CGR - Concepto 054 de 2024
Contraloria General de la Republica
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CGR - Concepto 054 de 2024
- Autor
- Contraloria General de la Republica
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2024
054 fi-CONTRALORJA \fi -General de la Repúbiica CGR--OJ- - 2024 --fi--,----'--- 80112Bogotá D.C., Doctor Contraloria General de la Republica :: SGD 04-04-2024 07:27
Al Contestar Cite Este No.: 2024IE0036229 Fol:4 Anex:O FA:O ORIGEN 80112 OFICINA JURÍDICA/ ISDUARJAVIER TOBO RODRIGUEZ DESTINO 801118 UNIDAD DE APOYO TÉCÑICO AL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL/OMAR
JAVIER CONTRERAS SO.CARRAS
ASUNTO CONCEPTO RADICACION 2024IE0023478
OBS 2024IE0036229 lll lllllllllllll l ll ll llllllll l 1111111111111111 OMAR JAVIER CONTRERAS SOCARRÁS Jefe Unidad. de _Apoyo Técnico al SINACOF Contraloría General de la República omar.contreras@co_nfiraloria.gov.co REFERENCIA: Radicado inter_no: _2024IE0023478 de 28 de ffibrero de 2024.
TEMA: - SISTEMA .. NACIOt,JAL DE - CONTROL FISCAL · - SINACOF. •· Apropiaciones. presupuestales para compra de software.
Respetado doctor Contreras: La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República -CGRrecibió la consulta citada en la referencia, la cual procedernos a rasponder a continuación: 1 .• Antecedentes El peticionario plantea lo siguiente: "De manera atenta me permito solicitar concepto sobre la postura institucional de la Contraloría General de la República con respecto a lo relacionado con la asignación
1 .• Antecedentes El peticionario plantea lo siguiente: "De manera atenta me permito solicitar concepto sobre la postura institucional de la Contraloría General de la República con respecto a lo relacionado con la asignación de recursos, para brincarle apoyo a las Contralorías Territoria!es con un software para desarrol:2r íos procesos misionales. ( ... ) En el marco de lo considerado en el Decreto Ley 403 de 2020, por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal, que en el literal c) del artículo 6º, consagra que la p-revalencia en !a vigilancia y el control fiscal de los departamentos, distritos y municipios.y demás entidades del orden territorial, así como a los demás sujetos de control de las contralorías territoriales, por parte de la Contraloría General de la República, se ejercerá a través de diferentes mecanismos, entre ellos, el Sistema Nacional de Control Fiscal (SINACOF). Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000cgr@contraloria.gov.co • www.contralcria.gov.co • Bogotá D.G., ColombiaCONTRALORÍA General de la República A su vez el artículo 12 del precitado decreto, establece con rango legal el Sistema Nacional de Control Fiscal (SINACOF), como el conjunto de políticas, principios, normas, métodos, procedimientos, herramientas tecnológicas, instancias y mecanismos, estructurados lógicamente, que permiten a los órganos de control fiscal del orden nacional y territorial la planeación, armonización, unificación y estandarización del ejercicio de la vigilancia y control fiscal, y la evaluación y análisis
mecanismos, estructurados lógicamente, que permiten a los órganos de control fiscal del orden nacional y territorial la planeación, armonización, unificación y estandarización del ejercicio de la vigilancia y control fiscal, y la evaluación y análisis sobre su gestión y resultados. Sistema que, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, y como lo establece el artículo 13 estará dirigido por el Contralor General de la República, con el apoyo de la Auditoría General de la República. El artículo 14 amplió el objetivo general, en el sentido, de servir como instancia de gestión sistémica del control fiscal a nivel nacional, que incremente el desempeño y los resultados de los órganos de control fiscal que lo integran, a través de la armonización de los sistemas de control fiscal, la unificación y estandarización de la vigilancia y control de la gestión fiscal, permitiendo la medición y optimización de los recursos de sus entidades integrantes, la obtención de resultados con valor público, y el cumplimiento de las finalidades del control fiscal, promoviendo el control social y la articulación con el control interno. La Ley 14 7 4 de 2011, por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública, en sus artículos 126 y 130 dispuso, que la Contraloría General de la República, las contralorías territoriales y la Auditoría General de la República, a través del Sistema Nacional de Control Fiscal (SINACOF), propondrá una plataforma tecnológica unificada que procure la integración de los sistemas existentes y permita la incorporación de nuevos desarrollos previamente convenidos y concertados por los participantes de dicho sistema, e igualmente,
propondrá una plataforma tecnológica unificada que procure la integración de los sistemas existentes y permita la incorporación de nuevos desarrollos previamente convenidos y concertados por los participantes de dicho sistema, e igualmente, facilitará a las contralorías departamentales, distritales y municipales una versión adaptada a las necesidades y requerimientos propios del ejercicio de la función de control fiscal en el nivel territorial de la metodología para el proceso auditor, se encargará de su actualización y apoyará a dichas entidades en el proceso de capacitación en el conocimiento y manejo de esta herramienta. El artículo 4º de la Resolución Organizacional OGZ 0780 de mayo 3 de 2021 "Por la cual se dictan normas generales para el funcionamiento de la Unidad de Apoyo Técnico al Sistema Nacional de Control Fiscal (SINACOF) y se establecen otras disposiciones", señala: ARTÍCULO 4o. FINANCIACIÓN DE ACTIVIDADES DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL. La financiación de las actividades para el cumplimiento de los objetivos del Sistema Nacional de Control Fiscal (SINACOF), correrá por cuenta de las entidades que lo integran, a través de las apropiaciones presupuestales correspondientes y de los mecanismos de cooperación o colaboración que se determinen en el marco del Sistema. Para el efecto todas las propuestas de convenios o contratos interadministrativos, o de convenios de cooperación internacional, que se pretendan suscribir, deberán contar con el aval técnico y la revisión de sus términos por parte de la Unidad de Apoyo Técnico al Sistema Nacional de Control Fiscal, quien además ejercerá las labores de coordinación, supervisión o enlace según corresponda a la naturaleza
contar con el aval técnico y la revisión de sus términos por parte de la Unidad de Apoyo Técnico al Sistema Nacional de Control Fiscal, quien además ejercerá las labores de coordinación, supervisión o enlace según corresponda a la naturaleza Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co a Bogotá D.C., Colombia·coNT.R.ALORÍA Gen_erfi1I d_e .la Rep(!blica juridica del instrÚ¡r.er:,t9 • -a adoptar, con ei apoyo de las áreas. competentes de la Entidad ·que sean que sear. necesarias para el cumplimiento del objeto establecido en cada uno de ellos." • Por d'ispofid6n de'1 Legifilador ei' presfipfiesto de las coritralorías dfipartamentales está compuesto pfir: a) La t;ansferencia del porcentaje de los ingresos corrien_tes de libre dfisfinaciqn excluidas las rentas de destinación especifican, siendo estas las destinadas por la ley 'u' ordenanza· a un fin determinado, mas, b) la cuota de fiscalizacion pagadas por las entidades descentralizadas del orden departamental. (Artículos 300, 305 y 353 de la Constitución Política, Ley 617 de 2000, Decreto 192 de 2001, Ley 1416'de 20t0, Decreto 1068 de 2015". Con base en lo antérior, el peticionario pregunta lo siguiente: "En el marco del Ststema Nacional de Control Fiscal (SINACOF), puede la Contraloría General de la República, destinar unos recursos a efectos de la construcción de un
Con base en lo antérior, el peticionario pregunta lo siguiente: "En el marco del Ststema Nacional de Control Fiscal (SINACOF), puede la Contraloría General de la República, destinar unos recursos a efectos de la construcción de un Software que les pfirmita. ª: las ccntralorías territoriales el adecuado ejercicio de vigilancia y control, fiscal": ' .
2. Alcánce de_l concepto. y competencia de .la Oficina Jurídica Los conceptos emitidos por' la Oficina Jurídica de la CGR, son orientaciones de carácter general que rio comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares.
En cuanto a su alcance; no son de obligatoíio cumpiimiénto o ejecución ni tienen el carácter de fuente norrr,ativa y sólo pueden ser utilizados para facilítar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la cqmpetencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las de.pendencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades ·vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General" , así como las formuladas por las contralorías ·tenitoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General" y las presentadas por la ciudadanía respecto de "las consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República" En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen
jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República" En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal" y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten". Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la CGR, porque según el numeral 16 del artfcuio 43 del Decreto Ley 267 de 2000, esta calidad sólo Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co e www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., ColombiaCONTRALORÍA General de la República la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas con las dependencias implicadas.
3. Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica Esta Oficina se ha pronunciado sobre algunos aspectos relacionados con el tema objeto de consulta mediante Conceptos tales como el CGR-OJ-197-2 021, el cual podrá consultar a través del micrositio "Normatividad" en la página institucional:
www.contraloria.gov.co, o a través del correo institucional: cgr@contraloria.gov.co.
4. Consideraciones Jurídicas. 4.1. Problema jurídico.
Corresponde a la pregunta planteada por el peticionario que se responde a continuación: 4.2. El Sistema Nacional de Control Fiscal - SINACOF. Normatividad. El artículo 268 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 04 de
Corresponde a la pregunta planteada por el peticionario que se responde a continuación: 4.2. El Sistema Nacional de Control Fiscal - SINACOF. Normatividad. El artículo 268 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 04 de 2019, otorgó al Contralor General de la República, en el numeral 12, la atribución de: " ... 12) Dictar normas generales para armonizar los sistemas de control fiscal de todas las entidades públicas del orden nacional y territorial; y dirigir e implementar, con apoyo de la Auditoría General de la República, el Sistema Nacional de Control Fiscal, para la unificación y estandarización de la vigilancia y control de la gestión fiscal". Para el desarrollo de la anterior atribución, el Decreto 403 de 2020, "por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal", dedicó el Capítulo IV, del Título 11 denominado "Competencias de la Contraloría General de la República y las contralorías territoriales", a definir y establecer los parámetros de funcionamiento del SINACOF. El artículo 12, define el SINACOF, así: "Artículo 12. El sistema Nacional de Control Fiscal -SINACOF-, es el conjunto de políticas, principios, normas, métodos, procedimientos, herramientas tecnológicas, instancias y mecanismos estructurados lógicamente, que permiten a los órganos de control fiscal del orden nacional y territorial, la planeación, armonización, unificación y estandarización del ejercicio de la vigilancia y el control fiscal, y la evaluación y análisis sobre su gestión y resultados". Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000
y estandarización del ejercicio de la vigilancia y el control fiscal, y la evaluación y análisis sobre su gestión y resultados". Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., ColombiaCONTR AL .. OR ÍA G_e_nera _l de Jo I:_e púbiico Al ter:i_or legal tr'anscrfro; eí S_í_NACOF í1o·_e·s una' entidad, sino un conjun to de normas y r-froce i dimientos sobre el e } erci"ciode 1fi1 vigilantia y eh;ontról fiscal de competencia de las contn:;!lorías eri sus dis_ti_nto§> _ órdenes territori_ales. Tiene como propósito homogenizar 9itfia s normai y ·p_rocedimi_e·ntos,_ es decir, que las distintas contralorías apliquen en sus ejercicios de:fi scalizad ó"n, criterios comunes que además de brindar seguridad ju rídica, permi tan a los · organ ismos fiscalizadores · un desa rrollo técnico uni forme, independieritemerite del n.ivel territorial al que _p·ertenezcan y su estructura, en-términ'os de cantidai:l" y calid ad· de ·sujetos vigilados. • Señala el artículo 13 del Decreto en cita que la dirección del SINAC_OF corresponde al Contralor General ·de la Repúbli ca, con ·el apoyo de la· Auditoría Gener_al de la Repúbli ca. • • A trafiés del artícU lo 15; se "creó el Consejo Nacional del SINACOF, como organismo de coordinación y operación , que se integrará por: El Contralor General de la
Repúbli ca. • • A trafiés del artícU lo 15; se "creó el Consejo Nacional del SINACOF, como organismo de coordinación y operación , que se integrará por: El Contralor General de la República, o su delegado, qu ien lo presidirá ; el _Auditor General de la República, o su delegado, y todos ·1os coiltraiqre$ territoriales o sus delegados. . . .. . ' .·_ • El patág rafo 1 º de 1fi no.l'ma _eri cita, di_fipufio que la Contra lo ría Generai de la Repúblicá contara con un Grupo o Unidad de Ap:oyo Técnico al SI _NACOF", adscrito al Despacho del Contralor, es así como. se crea la Unidad la cual fue incluida en la nueva estructura de la Entidad, desa rrollada en el artículo -¡ 1 del Decreto Ley 267 de 2000, modificado por el artículo 4 del Deéreto Ley 405 de 16 de marzo de 2020, que describe las funciones de la misma. En desarrollo de las anterior es ·disposiciones constitucionales y legales, el Contralor General de la República expidió la Resolución Reglamentaria Orgánica REG-ORD0050 de 21 de diciembre de 2021, "por la cual se definen las reglas generales de func ionamiento del consejo Nacional del Sistema Nacional de Control Fiscal,
SINACOF".
Tambi en expidio ia Resolución Organiz acional OGZ-780 de 3 de mayo de 2021, "por la cual se dictan normas generales para el. funcionami ento de la Unidad de Apoyo Técnico al Sistema Nacionái de Control Fiscal - SINAC OF y se establecen otras disposiciones", a través de la cual se reglamentan y desarrollan los parámetros de
la cual se dictan normas generales para el. funcionami ento de la Unidad de Apoyo Técnico al Sistema Nacionái de Control Fiscal - SINAC OF y se establecen otras disposiciones", a través de la cual se reglamentan y desarrollan los parámetros de func ionami ento de la Unidad, describ iendo y desagregando sus funciones tanto al interior de la CGR, como respecto de la coordinación e interacción con la Audi toría General de la República y con las contralorías en sus distintos órdenes territoriales. 4.3. Normas presupuestales para el funcionamiento de SINA COF. De acuerdo con la reseñada definición del SINACOF, que trae el artículo 12 del Decreto 403 de 2020, señala que se trata de un conjunto que, entre otros elementos, incluye las herramientas tecnológicas qu e permiten a todas las Contralorías, planear, Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contr aloria.gov.co • www.contraloria.gov . co • Bogotá D.C., ColombiaCONTRALO RÍA Gene ral de la Repúblic a armonizar, unificar y estandarizar el ejercicio de. la vigilancia y . el control fi_scal, y la . . . . fi • . . evaluación y análisis sobre su gestión y resul tados. En consonancia con esto y atendiendo a la consulta planteada donde se indaga por la viabilidad de construir un software que permita a las contralorías territoriales el adecuado ejercicio de vigilancia y control fiscal, resulta pertinente remitirse a la normatividad vigente aplicable. Es así como, respecto de los recursos con los cuales se financian las actividades del Sistema Nacional de Control Fiscal, el multf citado
adecuado ejercicio de vigilancia y control fiscal, resulta pertinente remitirse a la normatividad vigente aplicable. Es así como, respecto de los recursos con los cuales se financian las actividades del Sistema Nacional de Control Fiscal, el multf citado decreto precisó en el parágrafo 2 del artículo 15, lo siguiente: "Artículo 15. Consejo Nacional del Sinacof. (.") Parágrafo 2º . La financiación de las actividades del SINACOF correrán por cuenta de las entidades que lo integran a través de las apropiaciones presupu éstales correspondientes y de los mecanismos de cooperación o colaboración que se determinen en el marco del sistema". La norma anterior resulta clara en la medida que la integran dos apartados. El primero, qu e permite la financiación de las actividades del Sistema y señala a quienes corresponde tal financiación; el segundo, qu e establece los mecanismos a través de las cuales se pueden lograr los propósitos del SINACOF. En el lenguaje común, financiar, significa sufragar gastos de una actividad. En otras palabras, dar dinero o recursos para poder adelantar un proyecto. La disposición dejó explicito que las actividades propias del SINACOF, req uieren recursos para su ejecución, y también que, dichos recursos estarán a cargo de las entidades que conforman el Sistema. Lo anterior resulta apenas lógico en tanto son las entidades CGR, AGR y contralorías territorialfis, como organismos que ejercen derechos y obligaciones, quienes realizan las actividades propias de su competencia a través de la ejecución de sus respectivos presupuestos. En cuanto al segundo apa rtado de la norma, enuncia dos (2) mecanismos disponibles: "a través de las apr opiaciones ·presupuéstales correspondientes" y "de los
a través de la ejecución de sus respectivos presupuestos. En cuanto al segundo apa rtado de la norma, enuncia dos (2) mecanismos disponibles: "a través de las apr opiaciones ·presupuéstales correspondientes" y "de los mecanismos de cooperación o colaboración qu e se determinen" Entendemos entonces, qu e la norma viabiliza la posibilidad de qu e las entidades que integran el Consejo Nacional del SINACOF, incluyan en sus presup uestos partidas qu e permitan financia rlo; y de otra parte, que puedan desarrollar mecanismos de cooperación o colaboración a través de los cuales se disponga que dichos recursos se destinen a las finalidades del SINACOF. De conformidad con la Resolución Organizacional OGZ-780 de 3 de mayo de 2021, el artículo 4°, reza: Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., ColombiaCONl.RALORÍA General d;e lo Rep( 1bli - ca "Articulo 4. Financiád ón de 2ctivid2des -:!el siste:na nacional de control fiscal. La financiación de las actividades para el cum plimiento de !os objetivos del Sistema Nacionai de Control Fiscal -SI NACOF, correrá por cuenta de las entidades que lo integran, a través de las apropiaciones presupuestales correspondientes y de los rllecanismos de ·cciopernción o colabo iélción que se determinen en el marco del Sistema. Para el efectotodas las propuestas de convenios o contratos interadrni nistrátivos, o de convenios de cooperación internacional, que se pretendan
rllecanismos de ·cciopernción o colabo iélción que se determinen en el marco del Sistema. Para el efectotodas las propuestas de convenios o contratos interadrni nistrátivos, o de convenios de cooperación internacional, que se pretendan suscribir, deberán contar con el aval té•cnico y la revisión de sus términos por parte de. la .Unidad de Apoyo Técnico al Sistema Nacional de Control Fiscal, quien además ejercerá las labores. de coordinación, .sup ervisión o enlace según corresponda a la naturaleza. jurídica del instíumento a adoptar, con el apoyo de las áreas competentes de la Entidad que ·sean necesarias parn el cumplimiento del objeto establecido en cada uno de ellos". . • . . • . . . . . . La anterior resolución recoge con iguales expresiones, lo dicho en el Decreto 403 de 2020, agregando única.mente que cuando sfi utilice el mecanismo de contratos o convenios interadrrdnist rativos o de coope ración inter nacional, deberán éstos someteíse a los avaies de. técnicos y de revisión por la Unidad de Apoyo de la Contraloríá General de la Repú Qlica. De otra parte. el.artículo 126 de· la Ley 1474 de 201 1, "por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión públ ica", ordena a la entidades integrantes del SINACOF, levantar el inventario de los sistemas de información implementados por las contralorías territoriales y proponer una plataforma tecnológica unificada que integre los sistemas existentes y permita la incorporación
entidades integrantes del SINACOF, levantar el inventario de los sistemas de información implementados por las contralorías territoriales y proponer una plataforma tecnológica unificada que integre los sistemas existentes y permita la incorporación de nuevos desarrol.los previamente convenidos y concertados por los participantes de dicho sistema. La disposición anterior resulta coinc idente con el mandato constitucional que asigna a la Contraloría General de la Rep ública, la función de dictar normas gener ales que armonicen y unifiquen las normas de vigilancia y el control fiscal en el país. Sin embargo, el Decreto 2295 de 29 de diciembre de 2023, "por el cual se liquida el Presupuesto General de ia Nación para la vigencia fiscal de 2024, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos", para la Contraloría General de la República, no incluyó partida específica para atender los gastos que permitan Ja adqu isifión de software destinados al cumplimiento de ,funciones del Sistema Nacional de C_ontrol Fiscál, no pbsta_nte, podría solicitarse la consecución de dichos recursos a través de los mecanismos presupue stales establecidos al_interior de la entidad. En otras palabras, la Contraloría General de la República mediante los mecanismos presupuestales a que haya lugar, podrá incluir las apropiaciones que permitan ejecutar gastos para el cumplimiento dé las finalidades del Sistema Nacional de Control Fiscal,
SINACOF .
. ,• Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 11 1071 • PBX 518 7000 cgr@cóntralÓria.gov,cÓ • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.G., Colombia·fi • . CONTRALO RÍA
Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 11 1071 • PBX 518 7000 cgr@cóntralÓria.gov,cÓ • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.G., Colombia·fi • . CONTRALO RÍA fi Generaf · cte la Repúb lica
5. Conclusiones.
De acuerdo con lo previsto en el parágrafo 2 del artículo 15 del Decreto 403 de 2020 y el artículo 4 de la Resolución Organizacional OGZ-780 de 2021, la Contraloría General de la República puede incluir apropiaciones presupuestfilfis que perm itan la financiación de actividades del Sistema Nacional de Control -Fiscal, . SINACOF, entre ellas, ·la adquisición de software destinado al cum plimiento de las finalidades propias de dicho Sistema. · fi Proyecto: Gloria Leonor Torres Gutiérrez. :) Revisó: Erika Cure. EL--., Radicación: 2024IE0023478. TRD801 1 2-1 52-02. Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 11 1071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., Colombia