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CGR - Concepto 065 de 2025

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto 065 de 2025
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año

n i) CONTRALORÍA General de la República CGR - OJ - -2025 80112 Contraloria General de la República :: 5GD 05-06-2025 11:36

Al Contestar Cite Este No.: 2025EE0110048 Fol:9 Anex:0 FA:0

ORIGEN 80112 OFICINA JURÍDICA/ISDUAR JAVIER TOBO RODRIGUEZ

DESTINO JUAN ESTEBAN BEJARANO

ASUNTO CONCEPTO

Bogotá D.C. OBS 2025EE0110048 Señor

JUAN ESTEBAN BEJARANO BETANCUR

jebejaranobe@gmail.com SIGEDOC 2025ER0090438 del 30 de abril de 2025

SIPAR 2025-338127-80764-SJ

Asunto:

VALORACIÓN DE COSTOSCONTROL FISCAL MAGRO

AMBIENTALES - AUDITORIA

Tema: Cordial Saludo, La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, atiende su solicitud presentada a través de la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana, en donde plantea varios interrogantes relacionados con el ejercicio del control fiscal macro, su relación con los procesos al interior de la CGR, el principio de valoración de los costos ambientales y las auditorias que se hacen en el sector ambiental.

1. Antecedentes La solicitud presentada se expone textualmente en los siguientes términos: “Me permito acudir respetuosamente a su despacho con el fin de solicitar información relacionada con el control fiscal macro que ejerce la Contraloría General de la República. En particular, me gustaría obtener respuesta a los siguientes interrogantes: ¿Cuáles son los fundamentos jurídicos, normativos y/o legales que sustentan el control fiscal macro?

información relacionada con el control fiscal macro que ejerce la Contraloría General de la República. En particular, me gustaría obtener respuesta a los siguientes interrogantes: ¿Cuáles son los fundamentos jurídicos, normativos y/o legales que sustentan el control fiscal macro? ¿ Qué instrumentos, procedimientos, guías u otros mecanismos regulan su aplicación? ¿Qué dependencias de la CGR intervienen en el ejercicio del control fiscal macro y cuál es su rol específico? ¿Qué resultados y/o productos tangibles se han generado hasta la fecha como resultado de la implementación del control fiscal macro? Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 e . car@contraloha.QOv.co • www.contraloria.aov.co • Bogotá, D. C., Colombiaju] Página 1 de 17 065CONTRALORÍA General de la República • ¿Cómo se articula actualmente el control fiscal macro con el control fiscal micro y con los procesos de responsabilidad fiscal? • ¿Dónde pueden consultarse los resultados derivados del control fiscal macro? • ¿Qué compromisos ambientales internacionales están actualmente bajo la vigilancia y control fiscal de la CGR? • ¿En qué consiste el principio de valoración de costos ambientales en el marco de las actuaciones de control y vigilancia fiscal realizadas por la entidad? • ¿Dónde es posible consultar las auditorías fiscales, de cumplimiento y de desempeño relacionadas con el sector ambiental?”

2. Alcance del concepto y competencia de la Oficina Jurídica Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la CGR son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares.

En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución1 ni tienen

Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la CGR son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución1 ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría Generar2, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría Generar3 y las presentadas por la ciudadanía respecto de "las consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República"4. En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscat'5 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"6. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la CGR, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 20007, esta

Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la CGR, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 20007, esta 1 Art. 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. 2 Art. 43, numeral 4o del Decreto Ley 267 de 2000 3 Art. 43, numeral 5o del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 6 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 7 Art. 43 OFICINA JURÍDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cor@contraloria.Qov.co • www.contraloria.qov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 2 de 17m CONTRALORÍA Genera! de la República calidad sólo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).

3. Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica.

En la petición se abordan varios temas, así se pueden consultar varios antecedentes de pronunciamientos de esta Oficina así: • Sobre el Control Fiscal Macro, al ser un tema general, no se ha abordado en los términos que requiere el peticionario, sino que se ha mencionado me

de pronunciamientos de esta Oficina así: • Sobre el Control Fiscal Macro, al ser un tema general, no se ha abordado en los términos que requiere el peticionario, sino que se ha mencionado me manera tangencial en conceptos sobre el reporte de información en el CHIP8 • Respecto del principio de valoración de los costos ambientales se han emitido, entre otros, los conceptos CGR-OJ-Q041-2018.PDF, CGR-OJ-02012Q20.pdf, CGR-OJ-226-2022.pdf. Estos documentos pueden ser consultados en el micrositio de normatividad de la Contraloría General de la República.9 4.Consideraciones Jurídicas. 4.1. Problema jurídico. De la petición se develan varios problemas jurídicos: ¿Cómo ejerce el control macro la Contraloría General de la República y como se articula con los demás procesos misionales del órgano de control? ¿Qué es y cómo hace la contraloría la valoración de los costos ambientales? 4.2. Control Fiscal Macro - CMA Acuerdo con lo dispuesto en el artículo 267, modificada por el Acto legislativo 04 de 2019, la vigilancia y el control fiscal son una función Pública que ejerce la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes públicos, en todos los niveles de administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos. Entre las funciones del Contralor General de la República, están: General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. 8 CHIP es el consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública, Sistema través de la cual se captura,

General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. 8 CHIP es el consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública, Sistema través de la cual se captura, valida, transmite, centraliza, consolida y difunde la información cuantitativa y cualitativa, producida por las entidades públicas u otros agentes, con destino al gobierno central, usuarios estratégicos, las entidades de control y la ciudadanía en general. Tomado de: Generalidades del CHIP - Contaduría General de la Nación 9 Normatividad v Relatoría - Relatoría - Contraloría Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 CQr@contraloria.aov.co • www.contraloria.aov.co • Bogotá, D. C., Colombia^ Página 3 de 17CONTRALORÍA Genera! de la República

1. Prescribir los demás métodos y la forma de rendir cuentas, los responsables del manejo de los fondos d bienes de la Nación e indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados que deberán seguirse.

2. Revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables de erario y determinar el grado de eficiencia y economía con que hayan obrado.

3. Llevar un registro de la deuda pública de la nación y de las entidades descentralizadas territorialmente y pór servicios

4. Exigir informes de su gestión fiscal a los empleados oficiales de cualquier orden y a toda persona o entidad pública o privada que administre fondos o bienes públicos.

5, (...)

7. Presentar ai Congreso de la República un informe anual sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente.

(...)

orden y a toda persona o entidad pública o privada que administre fondos o bienes públicos. 5, (...)

7. Presentar ai Congreso de la República un informe anual sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente.

(...)

11. Presentar informes al Congreso de la República y al Presiente de la - República sobre el cumplimiento de sus funciones y certificación sobre la situación de las finanzas del Estado, de acuerdo con ¡a ley.

(...)

15. Presentar a la Cámara de Representantes la cuenta general del presupuesto y del tesoro y certificar el balance de la hacienda presentado al congreso por el Contador General de la Nación. ” Para el cumplimiento de dichas atribuciones, la Contraloría General de la República consolida los análisis y resultados de vigilancia y control fiscal de las finanzas y políticas públicas, tanto a escala general y territorial, como por sectores de actividad e intersectorial, para orientar el desarrollo de la misión constitucional, apoyar el control político, facilitar el ejercicio del control social y brindar elementos al ejecutivo para la toma de decisiones. Para lograrlo, la entidad organizo tales actividades y consolidó un nuevo macroproceso, consistente en la realización de un Control Fiscal Macro, con el cual se agrega valor a la gestión pública en asuntos estratégicos para el país y la agenda internacional, conforme con la definición presente en el Sistema de Gestión y Control Interno - SIGECI.

El ejercicio del Control Fiscal Macro (CMA), es realizado por la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Públicas, las contralorías delegadas intersectoriales y las contralorías delegadas sectoriales a través de sus Direcciones de Estudios Sectoriales (DES) y por supuesto, también interviene la Vicecontraloría y el Contralor General de la República.

las contralorías delegadas sectoriales a través de sus Direcciones de Estudios Sectoriales (DES) y por supuesto, también interviene la Vicecontraloría y el Contralor General de la República. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postad 11071 • PBX 518 7000 CQr@contraiona.Qov.co • www.contraloria.qov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 4 de 17CONTRALORÍA\ General de la República Los procesos relacionados con el macro proceso son dos:

1. Análisis y Evaluación de las Finanzas Públicas

2. Análisis y Evaluación de Políticas Públicas En desarrollo de este macroproceso, la Contraloría General de la República genera los siguientes documentos: i) Informe del Estado de los Recursos Naturales y del Ambiente, ii) Informes sobre los resultados consolidados del Sistema General de Regalías, iii) Estudios e Informes de seguimiento y control de resultados del Plan Nacional de Desarrollo PND, iv) Informe de Calidad y Eficiencia del Control Fiscal Interno de entidades y organismos del Estado, v) Informes financieros mensuales, vi) Informe sobre la situación de la deuda pública vii) Respuestas a solicitudes del congreso, viii) Informe sobre los resultados consolidados del SGP y otros recursos transferidos.

Igualmente se emiten: i) El Plan de Vigilancia y Control Fiscal Macro, ii) Certificación de los Ingresos Corrientes de libre destinación de la administración central territorial y el cálculo de los límites de gastos de las corporaciones públicas y íos organismos de control de las entidades territoriales, iii) Certificación de la situación de las finanzas del Estado, iv) Informe sobre la cuenta general del presupuesto y del tesoro, v) Certificación del Balance General de la Flacienda Pública

de control de las entidades territoriales, iii) Certificación de la situación de las finanzas del Estado, iv) Informe sobre la cuenta general del presupuesto y del tesoro, v) Certificación del Balance General de la Flacienda Pública En el sitio web oficial de la Contraloría General de la República, Contraloría General - Transparencia, Control y Confianza - Contraloria, se encuentra cada uno de los informes relacionados para su ubicación y descarga, así como informes constitucionales Informes Constitucionales - Contraloria de la vigencia actual (2023 - 2024) y de vigencias anteriores disponibles para la consulta: Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postai 111071 • PBX 518 7000 cqr@contraloria,Qov-co • www.contraloria.Qov.co • Bogotá, D. C., Colombia^ Página 5 de 17CONTRALORÍA General de la República Informes Constitucionales 2023 - 2024 dt su y wniUuCioftjL L C^caVxi'» Gcnenl 6» la Rtpúaicj <CGR)a(uü:ay avalúa el eomponan^tn» sauil del Gcí-emo líjaor.il y o<oi.ijct&5 y tnL<lai«i qu» co<r> Sector PO^te# Co^soídido, cr.manái dedeuday &nanus pv&fcu.ycenúca la oresercacióa del Balance Ge..e;ilde laNaewaydela Kadenda RúdGca y la Cueau Gece/al del Presup-uesa y del T<

Ademi» elabora y preteftu el iftlorme de jej'jór. cal Ccrvjatei GenenldelaRepúeAca. donde se plasmanlo» principales lo¡ros delRtao Esvaiésíeo vigente y los resudados de los demis planes, prog proyeuosoesarrotados ennuesua er.údad 1 Filtrar y ordenar II Buscas por a o Inicio Nombre Tamaño Descargas CAROTAS O h Inlografías Informes Financieros O n Concepto de la calidad y eficiencia del control fiscal interno de tas entidades y organismos del Estado 2023 O fe Informe sobre el Estado de los Recursos Naturales y del Ambiente O fe Informe sobre la Situación de las Finanias del Estado 2023 O fe Informe de Gestión CGR 2023202i O fe Informe Cuenta General del Presupuestoy del Tesoro vigencia 2023 O fe Informe Situación de la Deuda Pública vigencia 2023 O fe AuditorU al Balance General de Hacienda Pública 2023 ü fe Informe de Auditoria del Balance General de la Nación 2023 Igualmente se encuentran los análisis sectoriales y políticas públicas en el vínculo Análisis Sectoriales y Políticas Públicas - Contraloria Análisis sectoriales y políticas públicas rrfr m i i tn >~ u«o44ft»rae^M«i @@ © © □@ @ © Oun wtw i tsrrttá r—fif<rcii i o» u laíerAMtn > u v^itinai y sifKAcMftte bitMe

© ©© Ovfvus 9 i#otiPis«a tma&iii © rnsioOtt«CQI i • ntOuaftftM fn««wfer»« © © «adaactnMÉva fiük I Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 CQr@contraloria.Qov.co • www.contraloria.Qov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 6 de 17 ¡m CONTRALORÍA General de la República La Contraloría Delegada para economía y finanzas Home - Finanzas PúblicasContraloria, emite los siguientes certificados, los cuales también pueden ser tramitados en línea: ■ Ingresos de los Departamentos y los

  • Municipios

[Certificado Registróle Deuda] Certificación del Incremento salarial de los CongresistasA ¡E^eSiüSffieí^ertjíícado^^^st^ En esta secaón se encuenlren las certifteackmes del incremento salaría! de tos Congresistas expedidas. -(Certificaciones Ley 617 de 2000) A continuación se presentan los ingresos corneóles de libre destinación ICLD O 4 Para generar los productos reseñados, las dependencias involucradas siguen los procedimientos establecidos en el manual de calidad que es el conjunto de documentos que se publiquen en el Aplicativo SIGECI-Link documentos vigentes o herramienta que haga sus veces, necesarios para la operación eficiente, estandarizada, controlada y coordinada de los procesos institucionales, conforme a lo dispuesto en la Resolución 727 de 2019. 4.3. Principio de Valoración de los costos ambientales Para tratar el principio de valoración de los costos ambientales debemos tener en

estandarizada, controlada y coordinada de los procesos institucionales, conforme a lo dispuesto en la Resolución 727 de 2019. 4.3. Principio de Valoración de los costos ambientales Para tratar el principio de valoración de los costos ambientales debemos tener en cuenta que conforme al artículo 8 de la Constitución Política es obligación del Estado proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación. Igualmente, el artículo 79 de la Carta establece que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y que la ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo, así mismo, establece que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. Además, el artículo 80 de la Carta Política, dispone que el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de ios recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, y deberá prevenir y . controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas, también, el artículo 332 constitucional, determina que el Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 CQr@contraloria.Qov.co • www.contraloria.qov.co • Bogotá, D. C.. Colombian

Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 CQr@contraloria.Qov.co • www.contraloria.qov.co • Bogotá, D. C.. Colombian Página 7 de 170 CONTRALORÍA General de la República En desarrollo de tales mandatos y las atribuciones en cabeza del Contralor General de la República, el Decreto Ley 403 de 2020, señala que en virtud del principio de valoración de los costos ambientales, la gestión económico financiera y social del Estado debe propender por la preservación de los recursos naturales y su oferta para el beneficio de las generaciones futuras, la explotación racional, prudente y apropiada de los recursos, su uso equitativo por todas las comunidades del área de influencia y la integración de las consideraciones ambientales en la planificación del desarrollo y de la intervención estatal, en ese orden, las autoridades estatales exigirán y los órganos de control fiscal comprobarán que en todo proyecto en el cual se impacten los recursos naturales, la relación costo-beneficio económica y social agregue valor público o que se dispongan los recursos necesarios para satisfacer el mantenimiento de la oferta sostenible, y por el otro lado, el ejercicio de la gestión fiscal debe considerar y garantizar la cuantificación e internalización del costobeneficio ambiental. En resumen, se debe considerar que en los proyectos que impacten de recursos naturales se puede calcularse su costo, atendiendo variables cuantificables como afectación al recurso hídrico, al recurso aire o al recurso suelo, en términos del Instituto de Estudios Ambientales IDEA, en su documento Fundamentos Jurídicos10 nos aproxima a una definición: “Como principio la Valoración de Costos

afectación al recurso hídrico, al recurso aire o al recurso suelo, en términos del Instituto de Estudios Ambientales IDEA, en su documento Fundamentos Jurídicos10 nos aproxima a una definición: “Como principio la Valoración de Costos Ambientales es esencial para el control fiscal ambiental, y consiste en que, durante el desarrollo de un plan, proyecto, programa, o cualquier actividad desarrollada sobre el patrimonio natural del país, no se comprometan negativamente los bienes y servicios ambientales y el equilibrio ecológico/’ Y Agrega: (...) el denominado "principio de valoración de costos ambientales parámetro en el uso y acceso a los elementos del capital natural. A pesar de que este principio está arraigado a la función de gestión fiscal que tiene el Estado, aparejado en importancia y obligatoriedad a principios como la eficiencia, economía y equidad, ni el constituyente, ni el legislador y tampoco la jurisprudencia hacen una mención detallada sobre la materialización de dicho principio en el marco de la gestión fiscal del pais. como ! Pese a lo anterior, entendiendo que un ordenamiento jurídico está hecho de apartes normativos, jurídicos y políticos, se ha de entender que el querer del constituyente al presentar la valoración de los costos ambientales como principio de la gestión fiscal y por ende sujeto al control ejercido por la CGR, al mismo nivel de los principios de eficiencia, equidad y economía, buscaba optimizar el ejercicio de la función fiscal del Estado. Por ello previo indispensable poner dentro de los valores-costos de la gestión estatal el impacto que la misma genera sobre los bienes y servicios ambientales, 10 IDEA, Instituto de Estudios Ambientales Curso de Formación en Auditoria a la aplicación del principio de valoración de costos ambientales.

indispensable poner dentro de los valores-costos de la gestión estatal el impacto que la misma genera sobre los bienes y servicios ambientales, 10 IDEA, Instituto de Estudios Ambientales Curso de Formación en Auditoria a la aplicación del principio de valoración de costos ambientales. 11 Constitución Política de Colombia. Artículo 267. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071» PBX 518 7000 CQr@contraloria.qov.co • www.contraloria.aov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 8 de 17CONTRALORÍA Genera! de la República entendido dentro estos últimos no sólo los netamente ecosistémicos/ ecológicos, sino también los sociales/culturales de la Nación. La importancia del Principio de Valoración de Costos Ambientales en la gestión fiscal del Estado está determinada por la relevancia del patrimonio ambiental dentro de las riquezas de la nación y por la responsabilidad en cabeza del Estado de la conservación y debida gestión de aquellas. Lo anterior con miras a logran la consolidación de un modelo de desarrollo que no nos cueste nuestro patrimonio ambiental, traducido al lenguaje normativo, en pro de la consolidación de un modelo sostenible de gestión. Teniendo claridad sobre los motivos que movieron al constituyente a normativizar este principio y el alcance que se le da equiparándolo a otros principios sobre los cuales se tiene hoy mayor claridad y criterio de aplicación, se establece que la materialización del principio de valoración de. costos ambientales está determinada como: Obligación en cabeza de los organismos que hacen gestión fiscal, sean de carácter público o privado, de considerar y garantizar la cuantlficación e internalización del costo ambiental que genera la gestión que hacen

ambientales está determinada como: Obligación en cabeza de los organismos que hacen gestión fiscal, sean de carácter público o privado, de considerar y garantizar la cuantlficación e internalización del costo ambiental que genera la gestión que hacen sobre los bienes y servicios ambientales del país. (Resaltado fuera de texto) Dicha obligación irradia la gestión fiscal que haga cualquier tipo de organismo sea público o privado, no solamente los llamados a hacer gestión ambiental, pues en el fondo se propende por un deber en cabeza del gestor fiscal de considerar la variante ambiental en cada una de las decisiones que adopte en el marco de sus funciones, potestades y competencias legales. De esta manera se busca que su accionar no vaya en contra de los deberes que tiene como parte de la administración pública, los cuales se encuentran formalizados en los considerandos relacionados con el tríptico ecológico (función ecológica de la propiedad, derecho a un ambiente sano y desarrollo sostenible)” De acuerdo con la definición de valoración de costos ambientales propia de la Dirección de Estudios Sectoriales de la Contraloría Delegada12 para el medio ambiente, tenemos lo siguiente: “(...) El principio de valoración de costos ambientales permite evaluarla gestión que adelantan los sujetos de control en el uso, explotación, protección y conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, para contribuir al desarrollo sostenible del país. Tal evaluación implica que para cada sujeto de control se identifique y evalúe el cumplimiento de fas funciones y obligaciones ambientales directas e indirectas, así como el desarrollo de acciones de prevención, mitigación, sostenimiento y manejo de los impactos ambientales generados por el desarrollo de 12 Procedimiento Especializado Valoración de Costos Ambientales - Contraloria

de fas funciones y obligaciones ambientales directas e indirectas, así como el desarrollo de acciones de prevención, mitigación, sostenimiento y manejo de los impactos ambientales generados por el desarrollo de 12 Procedimiento Especializado Valoración de Costos Ambientales - Contraloria Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 , cqr@contraloria,aov.co • www.contraloria.qov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 9 de 170 CONTRALORÍA General de la República sus actividades. Debe existir coherencia entre ei parámetro seleccionado para realizar la contrastación en esta etapa del proceso, debido a que el juicio, conclusión, opinión está íntimamente vinculado con el referente seleccionado para la evaluación. (...)” Conforme al procedimiento establecido en el Sistema de Gestión y Control Interno SIGECI, en los lineamientos para la operación indica: “Este procedimiento aplica, para el ejercicio de las actuaciones de vigilancia y control (auditorias en las modalidades vigentes, actuaciones especiales de fiscalización y atención de denuncias fiscales, sin perjuicio de su aplicación en otras actuaciones de control fiscal posterior y selectivo) con sujeción a los lineamientos que, para la vigencia del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal, establezca el Contralor General al interior de la Contraloría General de la República. Asimismo, debe orientarse al impacto que tiene en la ejecución de proyectos, obras, actividades, contratos, y en términos generales, la gestión fiscal pública que afecte el medio ambiente en la materialización de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales. Ahora bien, en el procedimiento de evaluación a la aplicación de los Principios

fiscal pública que afecte el medio ambiente en la materialización de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales. Ahora bien, en el procedimiento de evaluación a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y Valoración de Costos Ambientales en la vigilancia y control fiscal de la CGR, se desarrolla en las mismas etapas establecidas en las guías13 de la Contraloría General de la República (CGFt) para las auditorías. En este sentido, resulta importante aclarar que las actividades definidas en este procedimiento no constituyen una fase adicional, sino que complementan el ejercicio del control fiscal (auditorias en las modalidades vigentes, actuaciones especiales de fiscalización y atención de denuncias fiscales, sin perjuicio de su aplicación en otras actuaciones de control fiscal posterior y selectivo) de la CGR. Se plantea una serie de pasos secuenciales que cuentan con el apoyo de herramientas conceptuales y metodológicas orientando a los equipos auditores a enfocarla atención en la identificación y evaluación, de manera que permitirá determinar contextos que estén en contravía de criterios normativos ambientales y que puedan requerir acciones de manejo e internalización por parte de las entidades, o acciones visibles con el fin de involucrar una visión de desarrollo sostenible. Con el nuevo enfoque de control fiscal, la Contraloría General de la República (CGR) puede priorizar auditorías a actividades, proyectos, entes, asuntos y temas que tengan un posible alto riesgo de deterioro ambiental o que estén involucrados en problemáticas o conflictos ambientales. Esta decisión se puede tomar en cualquiera de las tres situaciones de la vigilancia y control fiscal de la CGR (auditorias en las modalidades vigentes, actuaciones especiales de

involucrados en problemáticas o conflictos ambientales. Esta decisión se puede tomar en cualquiera de las tres situaciones de la vigilancia y control fiscal de la CGR (auditorias en las modalidades vigentes, actuaciones especiales de fiscalización y atención de denuncias fiscales, sin perjuicio de su aplicación en 13 Guía principios fundamentos y aspectos generales en el marco de normas internacionales ISSAI, guía de auditoría de cumplimiento y anexos en el marco de normas internacionales - ISSAI, guía de auditoría de desempeño y anexos en el marco de normas internacionales ISSAI y guía de auditoria financiera anexos, formatos e instructivos en el marco de normas internacional

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