CGR - Concepto 102 de 2023
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto 102 de 2023
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2023
CONTRALORIA GENERALDELAREPUBLICA Defender juntos los recursos publicos iTiene Sentido! 80112102
CGR-OJ- -2023
Bogota D.C. Doctora
LILIBETH AGUILERA RUA
Asesora de Despacho Despacho Vice Contralor General de la Republica Contraloria General de la Republica Referencia: Correo electronico 14 de julio de 2023
ASUNTO: VENTA LIBRO 100 ANOS DE LA CONTRALORIA GENERAL
DE LA REPUBLICA.
Respetado Doctora Lilibeth:
1. Antecedente.
La Oficina Juridica de la Contraloria General de la Republica -CGRrecibio el correo electronico de la referencia, el cual procedemos a responder a continuacion.
Senala en su comunicacion: “For medio del presente le estoy compartiendo la informacion suministrada por la funcionaria Isabel Cristina Rincon David de la Direccion del Despacho del Sehor Contralor, quien desde su cargo participo en las gestiones relacionadas con el libro de los 100 ahos de la CGR.
Lo anterior con la finalidad de atender la instruccion dada por el sehor Vicecontralor, en torno a la venta del mencionado libro durante la semana central del centenario, que nos permita controlar los riesgos que se deriven de la enajenacion, toda vez que los autores cedieron sus derechos intelectuales. La Ley 1807 de 2016 en sus articulos 4 y 5 ha determinado la destinacion de los recursos provenientes de la actividad de venta, es importante para este despacho contar con la seguridad juridica que los recursos cuenten con el amparo mediado por un convenio y el uso de los mismo este destinado a capacitaciones y publicaciones por medio del fondo cuenta.”
2.Alcance del concepto y competencia de la Oficina Juridica. Los conceptos emitidos por la Oficina Juridica de la CGR, son orientaciones de caracter general que no comprenden la solucion directa de problemas especificos, ni el analisis de actuaciones particulares. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cqr@contraloria.qov.co • www.contraloria.qov.co • Bogota. D. C., Colombia Pagina I de 8 CONTRALORIA GENERALDELAREPUBLlCA Defender juntos los recursos publicos iTiene Sentido! En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecucion1 ni tienen el caracter de fuente normativa y solo pueden ser utilizados para facilitar la interpretacion y aplicacion de las normas jurldicas vigentes, en materia de control fiscal. For lo anterior, la competencia de la Oficina Juridica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretacion y aplicacion de las disposiciones legates relativas al campo de actuacion de la Contraloria General"2, asi como las formuladas por las contralorias territoriales "respecto de la vigilancia de la gestion fiscal y las demas materias en que deban actuaren armonia con la Contraloria Generar3 y las presentadas por la ciudadania respecto de "las consultas de orden juridico que le sean formuladas a la Contraloria General de la Republica”4. En este orden, mediante su expedicion se busca "orientar a las dependencias de la Contraloria General de la Republica en la correcta aplicacion de las normas que rigen para la vigilancia de la gestion fiscal'5 y "asesorar juridicamente a las entidades que
ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando estos lo soliciten"6. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopcion de una doctrina e interpretacion juridica que comprometa la posicion institucional de la CGR, porque de conformidad con el articulo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 20007, esta calidad solo la tienen las posiciones jurldicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s). S.Precedente Doctrinal de la Oficina Juridica La Oficina Juridica se pronuncio sobre el tema objeto de consulta mediante concepto No. CGR-OJ055-2018. 4.Problema juridico ^Puede la Contraloria General de la Republica vender servicios de capacitacion y publicaciones? S.Consideraciones juridicas ' Art. 25 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el articulo 1 de la Ley 1755 de 2015. 2 Art. 43, numeral 4° del Decreto Ley 267 de 2000 3 Art. 43, numeral 5° del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 6 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 7 Art. 43 Oficina Juridica. Son funciones de la Oficina Juridica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopcion de una doctrina e interpretacion juridica que comprometa la posicion institucional de la Contraloria General de la Republica en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza
juridica de cualquier orden. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071. PBX 518 7000 cqr@contraloria.qov.co • www.contraloria.qov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 2 de 8 CONTRALORIA GENERALDELAREPUBLICA Defender juntos los recursos publicos iTiene Sentido! 5.1. Autonomia administrativa y presupuestal de la Contraloria General de la Republica. La Contraloria General de la Republica es un organo de control organizado como una entidad de caracter tecnico con autonomia administrativa y presupuestal, que tiene asignada la funcion de vigilar la gestion fiscal de la administracion y de los particulares que tengan a su cargo el manejo de fondos o bienes de la Nacion. El articulo 35 del Decreto Ley 267 de 2000, establece las funciones del Contralor General de la Republica, dentro de las cuales en el numeral segundo se determina la de "2. Adoptar las politicas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrative y financiero de la Contraloria General de la Republica, en desarrollo de la autonomia administrativa y presupuestal otorgada por la Constitucion y la ley." Respecto a la autonomia administrativa, ha dicho la Corte que consiste en la posibilidad que tienen los organismos de control fiscal de ejercer libremente las atribuciones y funciones inherentes a su propia organizacion interna, y aquellas que deben cumplir por mandate expreso de los articulos 267 y 268 de la Constitucion Politica, sin que rnedie ningun tipo de injerencia o intervencion por parte de otras autoridades publicas u organismos del Estado.
Sobre la autonomia presupuestal, la jurisprudencia la define como la posibilidad que tiene los organos de control de "ejecutar el presupuesto en forma independiente, a traves de la contratacion y de la ordenacion del gasto o, dicho de otro modo, el nucleo esencial de la autonomia presupuestal reside en las facultades de manejo, administracion y disposicion de los recursos previamente apropiados en la ley anual del presupuesto, de contratacion y de ordenacion del gasto." De conformidad con lo establecido en el articulo 3 del Estatuto Organico del Presupuesto, la Contraloria General de la Republica, es una seccion del presupuesto y asi tambien el articulo 111 del mismo ordenamiento determina que para garantizar la independencia que el ejercicio del control fiscal requiere, la Contraloria General de la Republica gozara de autonomia presupuestal para administrar sus asuntos segun lo dispuesto por la Constitucion y en ese estatuto. En este orden juridico, la CGR financia sus gastos con cargo al Presupuesto General de la Nacion y en materia contractual le es aplicable la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007 y 1474 de 2011 y su Decreto Reglamentario 1082 de 2015. 5.2. Puentes de financiacion del Centro de Estudios Fiscales y su manejo La ley 1807 del 1 de septiembre de 2016 creo el Centro de Estudios Fiscales como una dependencia de la Contraloria General de la Republica con caracter academico e investigative, adscrita al Despacho del Contralor General de la Republica, cuyo objetivo es: Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000
cqr@contraloria.gov.co • www.contraloria.qov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 3 de 8 CONTRALORIA GENERALDELAREPUBLICA Defender juntos los recursos publicos iTiene Sentido! “(...) realizar y fomentar la investigacion que soporte el conocimiento en ciencia y tecnologia y a traves de ella la formacion de alta calidad en materia de vigilancia de la gestion y control de los recursos publicos, propendiendo por la consolidacion de una cultura respetuosa de la etica y los principles del Estado Social de Derecho, asi como por la preparacion de personal altamente calificado, en todos los niveles, en control y vigilancia de la gestion fiscal. Para ello podra desarrollar y ejecutar proyectos de investigacion, programas de estudio, formacion, preparacion y actualizacion permanente relacionados con esas materias, apoyado en el desarrollo de tecnologias de la informacion y la comunicacion (..,)"8 El funcionamiento e inversion y operacion del Centro de Estudios Fiscales (CEF), se financiara con los recursos que la Contralona General de la Republica le asigne de su presupuesto en cada vigencia fiscal y adicionalmente con los recursos propios por razon de la actividad misional de aquel; para lo cual podra fijar valores por la prestacion de servicios relacionados con el objeto, actividades, inscripcion y pago de cursos y programas academicos de estudios fiscales a cargo de dicha dependencia. Igualmente, podra recibir recursos provenientes de la cooperacion internacional y los provenientes de convenios o contratos con entidades publicas o privadas del orden nacional o internacional. Notese entones que las fuentes de financiacion del CEF, son: - Los recursos provenientes del Presupuesto General de la Nacion —PGN asignados
a la CGR. -Los directamente derivados de la prestacion de servicios relacionados con el objeto, actividades, inscripcion y pago de cursos y programas academicos de estudios fiscales a su cargo; y, -Los recursos provenientes de la cooperacion internacional. -Los recursos provenientes de convenios o contratos con entidades publicas o privadas del orden nacional o internacional. En este orden, la Ley 1807 de 2016, modified el Decreto Ley 267 de 2000 al sefialar que el Fondo Cuenta de Publicaciones de que trata el articulo 72 de ese ordenamiento, pasara a denominarse Fondo Cuenta de Capacitacion y Publicaciones. 8 Articulo 2, Ley 1807 de 2016, por la cual se modifican parcialmente los Decretos-ley 267 y 271 de 2000 y se crea la dependencia denominada "Centro de Estudios Fiscales (CEF)" de la Contraloria General de la Republica, se establecen sus funciones y se dictan otras disposiciones". 11 Articulo 4 ley 1807 de 2016. Articulo 4°. , Presupuesto. El funcionamiento e inversion y operacion del Centro de Estudios Fiscales (CEF), creado por la presente ley, se financiara con los recursos que la Contraloria General de la Republica le asigne de su presupuesto en cada vigencia fiscal. Adicionalmente, a partir de la vigencia de la presente ley, la Contraloria General de la Republica podra generar recursos propios por razon de la actividad del Centro de Estudios Fiscales (CEF), para lo cual podra fijar valores por la prestacion de servicios relacionados con el objeto, actividades, inscripcion y pago de cursos y programas academicos de estudios fiscales a cargo de dicha dependencia.
[Igualmente, podra recibir recursos provenientes de la cooperacion internacional y los provenientes de convenios o contratos con entidades publicas o privadas del orden nacional o internacional. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cqr@contraloria.qov.co • www.contraloria.qov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 4 de 8 CONTRALORIA GENERALDELAREPU0LICA Defender juntos los recursos publicos iTiene Sentido! En este fondo cuenta, ademas de lo previsto en el articulo 72 del Decreto-ley 267 de 2000, se manejaran los recursos propios que genere la Contralorla General de la Republica por razon de la actividad del Centro de Estudios Fiscales (CEF) creado por la Ley 1807 de 2016, los cuales se destinaran a la financiacion de las actividades misionales y propias del objetivo de dicho Centro. En este contexto, el articulo 72 del Decreto ley 267 de 2000, crea el Fondo Cuenta de Publicaciones, unicamente para publicaciones y como una cuenta especial de administracion de recursos, sin personeria juridica, administrado como un sistema separado de cuentas, a cargo del Contralor General de la Republica, o en quien este delegue. Lo primero que hay que indicar es que el articulo 72 mencionado, crea un Fondo Cuenta, aspecto este importante para este estudio. Por su parte el articulo 5 de la Ley 1807 de 2016, le adiciona el tema de la capacitacion, siendo su nueva denominacion "Fondo Cuenta de Capacitacion y Publicaciones" y, en consecuencia, ademas de lo sehalado en el articulo 72 del Decreto Ley 267 de 2000, en este Fondo tambien se
manejaran los recursos propios que genere la Contraloria General de la Republica por razon de la actividad del Centro de Estudios Fiscales (CEF). Entonces, de acuerdo con la nueva disposicion legal, el manejo de recursos a traves de dicho fondo, sera para aquellos denominados propios, lo cual difiere ostensiblemente de los que le asigna al CEF el presupuesto de la Contraloria General de la Republica. Por consiguiente, la determinacion del objeto del Fondo Cuenta demuestra que fue constituido como un mecanismo de manejo de recursos propios, dirigida al cumplimiento de las finalidades de la ley, en consecuencia, lo juridicamente viable es cehir el manejo de los recursos de dicho Fondo, a los rubros estrictamente previstos en la Ley de su constitucion. 5.3. Regulacion del Fondo de Capacitacion y Publicaciones en la Resolucion Organizacional 0553 de 2017 La Resolucion Organizacional OGZ-0553 de 20179, "Por la cual se expide el Estatuto Organico del Centro de Estudios Fiscales y se dictan otras disposiciones", regula lo relacionado con el Fondo Cuenta de Capacitacion y Publicaciones en el articulo decimo cuarto, asi: Modificada por la Resolucion OGZ-0805 de 2022, 'por medio de la cual se crea el Sistema de Investigacion Aplicada e Innovacion de la Contraloria General de la RepublicaSINAI', publicada en el Diario Oficial No. 52.065 de 14 de junio de 2022. - Modificada por la Resolucion OGZ-0786 de 2021, 'por medio de la cual se modifican parcialmente los Capitulos III y V de la
Resolucion Organizacional numero 553 de 2017, a traves de la cual se expidio el Estatuto Organico del Centro de Estudios Fiscales de la Contraloria General de la Republica', publicada en el Diario Oficial No. 51.750 de 29 de julio de 2021 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Cddigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cqr@contraloria.QOv.co • www.contraloria.qov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 5 de 8 CONTRALORIA GENERALDELAREPUBLICA Defender juntos los recursos publicos iTiene Sentido! “ARTICULO 14. RECURSOS DEL FONDO CUENTA. Los recursos del Fondo
Cuenta son los siguientes:
1. Los recursos del presupuesto general de la nacion que se destinen a la financiacion de actividades del Centro de Estudios Fiscales (CEF). Estos recursos se programaran en el presupuesto de funcionamiento como una transferencia de la Contraloria General de la Republica para ser ejecutados a traves del Fondo Cuenta de Capacitacion y Publicaciones.
2. Los recursos propios que se originen por la comercializacion y/o distribucion de las publicaciones e impresos de diversa indole que realice la Contraloria General de la Republica.
3. Los recursos propios que genere la CGR por concepto de venta de servicios generados por las actividades del Centro de Estudios Fiscales, en el cumplimiento de su objeto.
4. Los recursos provenientes de cooperacion nacional o Internacional.
5. Los recursos que se originen en convenios o contratos que se suscriban con organismos o entidades publicas o privadas de caracter nacional.
6. Los rendimientos financieros provenientes de los recursos propios del Fondo
Cuenta.
7. Los demas que obtenga a cualquier titulo el Centro de estudios Fiscales en el cumplimiento de su objeto.
PARAGRAFO 1o. El Comite Asesor determinara los criterios con base en los cuales el Director del CEF fijara en cada caso las tarifas de los productos, bienes o servicios que en virtud de su actividad tengan la vocacion de ser prestados por el CEF. PARAGRAFO 2o. En ningun caso se establecera el cobro por la participacion de los servidores publicos de la CGR en las actividades, eventos y programas de capacitacion e investigacion impartidos directamente por el CEF.” (Resaltado fuera de texto) En el tramite legislative de la Ley 1807 de 2016, en la Ponencia para Primer Debate en Camara, se dijo: "De igual forma, el articulo adicionado corresponde al articulo 6° del texto propuesto y aprobado en segundo debate en Senado de la Republica que hace referencia a una modificacion al Fondo Cuenta de Publicaciones de que trata el articulo 72 del Decreto-ley 267 de 2000 que pasaria a denominarse Fondo Cuenta de Capacitacion y Publicaciones y podria, entre otras, manejar los recursos propios que genere la Unidad Institute de Altos Estudios Fiscales
(IAEF)".
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 egr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 6 de 8 CONTRALORIA GENERALD£LAREPUBLICA Defender juntos los recursos publicos iTiene Sentido! Como se denota de lo expuesto, uno de los recursos que puede generar el Centro de
Estudios Fiscales y que deben canalizados a traves del Fondo Cuenta, corresponde a los recursos propios que se originen por la comercializacion y/o distribucion de las publicaciones e impresos de diversa Indole que realice la Contralorla General de la Republica. 5.4. Sistema de Gestion y Control Interne - SIGECI Lineamientos para la venta de publicaciones y servicios de capacitacion a partes interesadas externas a la Contraloria General de la Republica, por parte del Centro de Estudios Fiscales. Este procedimiento determine que el Fondo Cuenta de Capacitacion y Publicaciones de la CGR es una cuenta especial de administracion de recursos, sin personeria juridica, administrado como un sistema separado de cuentas, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 5 de la Ley 1807 de 2016 y el Decreto Ley 2037 de 2019. Dichos recursos son destinados a la financiacion de las actividades misionales V propias de los objetivos del Centro de Estudios Fiscales. Indica tambien el citado procedimiento que “El Centro de Estudios Fiscales elaborara el Portafolio de servicios de capacitacion externos y el Portafolio de publicaciones, para la oferta de estos a las partes interesadas externas a la CGR, y lo sometera a aprobacion del Comite Asesor del CEP. ” Tambien se indica que “En caso de requerir de aliados estrategicos o cooperantes para la ejecucidn de los servicios de capacitacion y/o publicaciones del Centro de Estudios Fiscales, se podran celebrar todo tipo de convenios, contratos y acuerdos permitidos en la ley para las entidades publicas, con sujecion al Manual de Contratacidn de la CGR; el Manual de Procedimientos para gestionar convenios, acuerdos y los demas
instrumentos de cooperacion con instituciones del pals o del exterior; y demas disposiciones legates vigentes, de conformidad con el articulo 17 de la Resolucidn OGZ0553 de 2017. “(Ttesaltado fuera de texto) Se senala tambien que corresponde al Comite Asesor del Centro de Estudios Fiscales determinar los criterios con base en los cuales el Director del CEF “fijara en cada caso los precios de los productos y servicios que en virtud de su actividad tengan la vocacion de ser comercializados y prestados por el CEF.” Cabe precisar que el Comite Asesor del CEF: es un organo creado por la Ley 1807 de 2016 e integrado por el Contralor General quien lo preside o el Vicecontralor, un Contralor Delegado designado por el Contralor General, un representante de los funcionarios de la Contraloria General de la Republica y el Director del Centro de Estudios Fiscales (CEF), con voz, pero sin voto, quien ejerce la secretaria tecnica. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cqr@contraloria.qov.co « www.contraloria.qov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 7 de 8 CONTRALORIA GENERALDELAREPUBLlCA Defender juntos los recursos publicos iTiene Sentido! De acuerdo con lo expuesto, en la Contraloria General de la Republica, existe una dependencia a quien la Lev le ha conferido la facultad de elaborar un Portafolio de servicios de capacitacion externos v un Portafolio de publicaciones, para la oferta de estos a las partes interesadas externas a la CGR, lo cual debe ser aprobado por un Comite encabezado por el Sr. Contralor General de la Republica.
Asi las cosas, cualquier actividad que se relacione con venta de servicios por capacitacion o publicaciones, la competencia para tal efecto esta radicada en el Centro de Estudios Fiscales de la Contraloria General de la Republica. Cabe precisar que a la fecha no existe una reglamentacion especifica sobre la forma como deben fijarse las tarifas a cobrar por la venta de servicios academicos y publicaciones. 6.El caso concrete Analizado el caso sometido a nuestra consideracion, es necesario precisar que la Oficina Juridica no emite conceptos juridicos frente a situaciones particulares y concretas, toda vez que, mediante Circular 018 del 22 de noviembre de 2016 del senor Contralor General de la Republica y en el paragrafo del articulo 3 de la Resolucion Organizacional No. 0789 de 2021, se determine que los asuntos particulares y concretos deben ser decididos por los funcionarios competentes segun corresponda. 7.Conclusiones 7.1. El Fondo Cuenta de Capacitacion y Publicaciones, fue constituido como un mecanismo para el manejo de recursos propios, dirigido al cumplimiento de las finalidades de la ley. 7.2. De conformidad con lo dispuesto en la Circular 018 del 22 de noviembre de 2016 y el paragrafo del articulo 3 de la Resolucion Organizacional No. 0789 de 2021, la Oficina Juridica no emite conceptos juridicos frente a situaciones particulares y concretas, y, por tanto, los asuntos especificos, deben ser decididos por los funcionarios competentes en cada area. Cordialmente,/- - . _
JAVJER TOB IGUEZ
Diream Oficina Juridica Proyecto. Lucenith Munoz Arenas Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cqr@contraloria.gov.co • www.contraloria.qov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 8 de 8