CGR - Concepto 115 de 2024
Contraloria General de la Republica
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto 115 de 2024
- Autor
- Contraloria General de la Republica
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2024
115 CONTRALORÍA General de la República CGR-OJ- - 2024 -------- 80112Bogotá D.C., Señor
DANIEL MONTES BURGOS
daniboy1812@gmail.com
2024EE0143206 III IIIIIIIIIIIIIDIIIIIIIOll lll11111111111111
Referencia: Respuesta al oficio radicado con SIGEDOC 2024ER0150502 y SIPAR 2024-309448-82111-CO del 11/07/2024.
Tema: MANUAL DE JURISDICCIÓN COACTIVA Respetado Señor Montes: La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República -CGRrecibió la comunicación citada en la referencia, la cual procedemos a responder a
continuación:
1. Antecedentes En su comunicación el peticionario expresa "Motivado por la preocupación que creí percibir en el Contralor General de la Republica en su reciente entrevista televisiva con don Yamid Amat respecto al tema de las contralorías locales, y en razón de un prolongado litigio con la Contraloría Municipal de Palmira, comedidamente me atrevo a peticionar a Ustedes me digan si: 1). En Colombia, aún tiene vigencia el Manual de jurisdicción coactiva versión _2.0 de la Contraloría delegada investigaciones, juicios fiscales y jurisdicción coactiva de la Contraloría General de la República, que en su numeral 9.4.1.1. Determinación del Capital recuerda que: "Parte de la misión institucional de la CGR tiene que ver en las voces del artículo 268-5 constitucional, con: "Establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal,
Capital recuerda que: "Parte de la misión institucional de la CGR tiene que ver en las voces del artículo 268-5 constitucional, con: "Establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma." Por tal razón uno de los principales requisitos de los títulos ejecutivos derivados de la responsabilidad fiscal que sean reportados a cobro, debe ser la claridad de la suma líquida de dinero concretada en el fallo con responsabilidad fiscal o en la multa sancionatoria fiscal. Debe tratarse
Carrera 69 No. 44-35. Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 1 de 4CONTRALORÍA General de la República entonces de un valor numérico concreto, preciso, o liquidable por una simple operación aritmética; y no abstracto o indeterminado." (mis negrillas) y, 2) Si ese precepto como parte de la misión institucional rige exclusivamente para la Contrataría General de la República o, como parecería de sana lógica, debe aplicarse también en las contratarías territoriales (locales)."
2. Alcance del concepto y competencia de la Oficina Jurídica.
Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la CGR, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución1 ni tienen el
carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución1 ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contra/orí a Generaf'2, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría Generaf'3 y las presentadas por la ciudadanía respecto de "las consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República"4. En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscaf'5 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"6. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la CGR, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 20007, esta calidad sólo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente
interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la CGR, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 20007, esta calidad sólo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s). ' Art. 28 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. 2 Art. 43, numeral 4º del Decreto Ley 267 de 2000 3 Art. 43, numeral 5° del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 6 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 7 Art. 43 OFICINA JURiDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica:( ... ) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Carrera 69 No. 44-35. Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 2 de 4CONTRALORÍA General de la República
3. Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica.
Revisando la normatividad de la oficina, no se ha encontrado ningún precedente del tema consultado hasta la fecha. Los temas de su interés puedes consultarse a través
General de la República
3. Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica.
Revisando la normatividad de la oficina, no se ha encontrado ningún precedente del tema consultado hasta la fecha. Los temas de su interés puedes consultarse a través del micrositio "Normatividad" en la página institucional: www.contraloria.gov.co, o a través del correo institucional: cgr@contraloria.gov.co.
4. Consideraciones jurídicas.
4.1. Problema Jurídico.
Problema jurídico: Corresponde a las preguntas planteadas por el petente y que se responden a continuación. 4.2. Manual de jurisdicción coactiva.
En relación con la consulta sobre la vigencia de la versión 2.0 del Manual de Jurisdicción Coactiva de la Contraloría General de la República en Colombia, es importante señalar que la versión actualmente en vigor es la versión 2.1. Este manual de jurisdicción coactiva forma parte de la normativa interna de la entidad y se encuentra ubicado en el aplicativo denominado Sistema de Gestión y Control Interno (SIGECI). De acuerdo con lo establecido en dicho manual, los temas tratados son analizados teniendo en cuenta las novedades normativas, los conceptos emanados de la Oficina Jurídica de la CGR, así como la jurisprudencia desarrollada por la Corte Constitucional y el Consejo de Estado: En el mencionado Manual se establece: "(. . .) Así mismo, cada uno de los temas tratados en el presente manual es analizado y contrastado a partir de las novedades normativas, los conceptos emanados de la Oficina Jurídica de la CGR y la jurisprudencia elaborada por la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. (. .. )" 2En relación con la segunda pregunta planteada acerca de la viabilidad de
Oficina Jurídica de la CGR y la jurisprudencia elaborada por la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. (. .. )" 2En relación con la segunda pregunta planteada acerca de la viabilidad de extender la aplicación del precepto contenido en el numeral 9.4.1.1 del Manual de Jurisdicción Coactiva de la Contraloría General de la República, que hace referencia a la "Parte de la misión institucional de la CGR tiene que ver en las voces del artículo 268-5 constitucional, con: "Establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma." Por tal razón uno de los principales requisitos de los títulos ejecutivos derivados de la responsabilidad fiscal que sean reportados a cobro, debe ser la claridad de fa suma líquida de dinero concretada en el fallo con responsabilidad fiscal o en la multa sancionatoria fiscal. Debe tratarse entonces de un valor numérico concreto, preciso, o liquidable por una simple operación aritmética; y no Carrera 69 No. 44-35. Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 3 de 4CONTRALORÍA Gener al de la República abstracto o indeterminado. Así se concreta el requisito de claridad del título ejecutivo que lo hace apto para su cobro por PJC.", a las Contralorías Territoriales, es esencial tener en cuenta que el manual constituye una normativa interna de la CGR. Su objetivo
hace apto para su cobro por PJC.", a las Contralorías Territoriales, es esencial tener en cuenta que el manual constituye una normativa interna de la CGR. Su objetivo primordial consiste en proporcionar una guía estandarizada a todos los funcionarios responsables de las labores de cobro, tanto en la sede central como en las entidades descentralizadas de la CGR, con miras a lograr una uniformidad en la actuación de la entidad. En este sentido, cabe resaltar que las disposiciones establecidas en dicho manual únicamente son aplicables a los procesos de jurisdicción coactiva que son llevados a cabo por la Contraloría General de la República.
4. Conclusiones. 4.1. De acuerdo con lo dispuesto en el Manual de Jurisdicción Coactiva versión 2.1, uno de sus propósitos es ofrecer a los funcionarios responsables de las tareas de cobro coactivo a nivel central y descentralizado de la CGR, así como al público en general, un documento de consulta que sea claro y dinámico. Este documento tiene como objetivo principal facilitar una comprensión más amplia de los procedimientos de cobro coactivo fiscal establecidos en la Ley 42 de 1993 y de cobro administrativo coactivo contemplado en la Ley 1437 del 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo". En este contexto, se detallan las etapas, actuaciones, trámites y diligencias necesarias para llevar a cabo de manera efectiva dichos procedimientos de cobro.
Proyectó: Karina Camacho Ron ru on. fi Revisó: Víctor Cortes Sotelo N.R. SIGEDOC 2024ER015050 y SIPAR 2024-309448-82111-CO
TDR 80112-033 Conceptos Jurídicos
Proyectó: Karina Camacho Ron ru on. fi Revisó: Víctor Cortes Sotelo N.R. SIGEDOC 2024ER015050 y SIPAR 2024-309448-82111-CO
TDR 80112-033 Conceptos Jurídicos Carrera 69 No. 44-35. Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 4 de 4