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CGR - Concepto 1E0021051 de 2015

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto 1E0021051 de 2015
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2015

1

COMTRALORIA

.ru.PÚBLICA .O JUF RIC IDIN ICA A

80112ContraloríaGeneraldelaRepnblicn::SGD06-03-201514:54

AlContestarCiteEsteNo.: 2015IE0021051Fol:5Anex:0FA:0

ORIGEN 80112-OFICINAJURIDICA/MARTHAJULIANAMARTINEZBERMEO DESTINO 80117-OFICINADEPIANEACION/LISBETHTRlANACASAS

Bogotá, D.C. ASUNTO ESTRUCTURAORGANIZACIONALDELACGRLEY1474DE2011-MODIFICACION

OBS 2015IE0021051 ¡ISIIÜ9II1IIIIIlllIlllllliillISSIIIIIIIIII Doctora

LISBETH THIANA CASAS

Directora Oficinade Planeación Contraloría General de la República Ciudad Asunto: Estructura organizacional de la Contraloría General de la República Ley 1474 de 2011 -Modificación 1.Antecedentes. Esta Oficina ha recibido su comunicación radicada bajo el número 2014IE0170107 en la que solicita se emita concepto jurídico relacionado con la estructura organizadoral de la Contraloría General de la República, tanto en el nivel central como en el niveldesconcentrado a partirde lo dispuesto en el artículo 128de la Ley 1474de 2011 y cuáles son los grupos internos detrabajo que integran actualmente lasGerenciasDepartamentalesColegiadas,de acuerdocon lanormatividadinterna.

2. Concepto:;de la Oficina Jurídica. Alcance y competencia.

Los conceptos emitidos por laOficinaAsesora Jurídicade la ContraloríaGeneralde

la República,son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución1, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretadon y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la Contraloría General de la República, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre 1RepúblicadeColombia,Ley1437de2011,artículo28. OH Carrera9 No. 12C-10(cid:127) PBX:6477700(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co Página1de9

CONTRALORIA

. GIIHERALDEi-A('¡E.PÚBLIC.A ÍJUfMDlCA interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría Genera!"'2, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuaren armonía con la Contraloría Genera!'3 y las presentadas por la ciudadanía respectode "lasconsultasde ordenjurídico que le sean formuladas a la Contraloría Generalde la República"4. En este orden, mediante su expedición se busca "orientara lasdependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigenparala vigilanciadelagestiónfiscal"5y "asesorarjurídicamente alasentidades

que ejercenelcontrolfiscalen elnivelterritorialy a lossujetospasivosde vigilancia cuando éstoslosoliciten"6. Finalmente se aclara que notodos nuestros conceptos implican laadopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 167 del Decreto Ley 267 de 2000, ésta calidad solo latienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).

3. Consideraciones Jurídicas.

El Decreto Ley 267 de 2000, por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de laContraloríaGeneralde la República, establece los parámetros para la estructura organizacional de la entidad así como los derroteros funcionales que deben orientar el cumplimiento de su misión institucional. De acuerdo con la norma en mención, los criterios para la organización de la Contraloría General de la República son8: la especialización sectorial, la tecnificación, laparticipaciónciudadana, latransparencia, laintegralidaddel control, la simplificación y especialización, el alto nivel profesional, la funcionalidad, la multidisciplinariedad, la delegación, la desconcentración administrativa y financiera y laatención horizontaldefunciones por sectores de actividad económica y social. Igualmente,elartículo 10o del citado DecretoLeyconsagraque laContraloríaestará organizada en dos niveles básicos, el central y el desconcentrado y establece que "tanto el nivel central como el desconcentrado participan en el diseño de los planes, la

definición de las políticas, el establecimiento de los programas generales de la 2RepúblicadeColombia,Art.43,numeral4delDecretoLey267de2000. 3RepúblicadeColombia,Art.43,numeral5delDecretoLey267de2000. 4RepúblicadeColombia,Art.43,numeral12delDecretoLey267de2000. 5RepúblicadeColombia,Art.43,numeral11delDecretoLey267de2000. 6RepúblicadeColombia,Art.43,numeral14delDecretoLey267de2000. 7RepúblicadeColombia,DecretoLey267de2000,artículo43.OficinaJurídica.SonfuncionesdelaOficinaJurídica:(...)16.Coordinar conlasdependenciaslaadopciónde unadoctrina einterpretaciónjurídica quecomprometala posicióninstitucionaldelaContraloría GeneraldelaRepúblicaentodasaquellasmateriasqueporsuimportanciaameritendichopronunciamientoo porimplicarunanueva posturadenaturalezajurídica decualquierorden. 8RepúblicadeColombia,DecretoLey267de2000,artículo9°. _ Carrera9No.12C-10(cid:127) PBX:6477700(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co Página2de9 CONTRALORIA OFICINA r>r-, i..ariri-M.'jdlic.A .jurídica administradon de la Contraloría, la vigilancia fiscaly la ejecución de losplanes, políticas, programasy oroyectosadministrativos, devigilanciaycontrolfiscalydeltrámitedelproceso

de responsafyiilidadfiscal. Cada nivelejerce en elámbito de funciones y responsabilidades establecidas por mandato del presente decreto en forma concurrente y armónica, las competencias y funciones inherentes a la Contraloría Generalde la República. Esfunción especialdel livelcentralcoordinary controlar todas lasactividades de la Contraloría en el ámbito naciónal, incluyendo las que desarrolla el nivel desconcentrado, así como ejercer funciones es,jeciales asignadasporla Constitucióny laley, cuya naturalezanoimpliquesu ejercicio des< oncentrado". Teniendo en cuentaque el oficio de consulta indagaespecíficamente sobrealgunas de las dependencias que fueron creadas por la Ley 1474de 2011, tanto en el nivel central como en el desconcentrado, es oportuno armonizar y revisar integralmente las disposiciones que regulan elfuncionamiento de laentidad, motivo por el cual no puede examinarse el contenido del artículo 128 de la Ley 1474 de 2011de manera aislada paradar cabal observancia a sus disposiciones. Para tal fin, la norma contenida en el artículo 128 de la Ley 1474 de 2011, en tratándose del fortalecimiento institucional de la Contraloría General de la República, debe ser articulada para su adecuada interpretación y aplicación, con lo dispuesto en el Decreto Ley 267 de 2000, que como ya se indicó, es lanorma bajo la cual se dictaron las pautas actualmente vigentes, sobre organización y funcionamiento de la ContraloríaGeneral de la República,así como los parámetros para la estructura organizacional de la entidad y los derroteros funcionales que deben orientar el cumplimiento de su misión institucional.

Conformedon loexpuestoy habidacuentade las inquietudesformuladas eneloficio de consulta, pasa esta Oficina a examinar las modificaciones incorporadas por la Ley 1474 ele 2011 a la organización y estructura de la Contraloría General de la República, en su nivel central y en su nivel desconcentrado, respectivamente. 3.1. Dependencias creadas por la Ley 1474de 2011. Nivel Central. El artículo [128 de la Ley 1474del 12 dejulio de 2011, consagra en relación con el fortalecimiento institucional de la Contraloría General de la República, la creación dentrode laestructurade laentidad: laUnidadde InvestigacionesEspecialescontra la Corrupción, la Unidad de Cooperación Nacional e Internacional de Prevención, Investigación e Incautación de Bienes, la Unidad de Apoyo Técnico al Congreso y la Unidad de Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático, las cuales estarán adscritas al Despacho del Contralor General y serán dirigidas por un Jefe de Unidad del mismo nivel de losjefes de las oficinas asesoras. Así mismo, se fijó en dicha normaque en la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, se crearan once (11) cargos de Contralor delegado intersectoriales, quienes desarrollarán sus funciones con la finalidad de adelantar Carrera9No.12C-10(cid:127) PBX:6477700(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraioria.gov.co Página3de9

CONTRALORIA!»™ GEIIKRALDr.l_A[ÍIÜPÚBLICA iJUfÜÜICA

auditorías especiales o investigaciones relacionadas con hechos de impacto nacional que exijan la intervención inmediata de la entidad por el riesgo inminente de pérdida o afectación indebida de! patrimonio público o para establecer la ocurrencia de hechos constitutivos de responsabilidadfiscal y recaudar y asegurar las pruebas parael adelantamiento de los procesos correspondientes. De igual manera, se fijó el campo funcional de las denominadas Unidad de Cooperación Nacional e Internacional de Prevención, Investigación e Incautación de Bienes;de laUnidaddeApoyo Técnico al Congresoy de la Unidadde Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático.

Y finalmente se señaló que: "Para los efectos anteriores, créanse dentro de laplanta globalde la Contraloría Generalde la República dos cargos de directorgrado 03, cinco (5) cargos de profesional universitario grado 02 y tres (3) cargos asistenciales grado 04, de libre nombramiento y remoción. (subrayado declarado inconstitucionalsegún sentencia C-824 de 2013).

Cabeseñalar quelaCorte Constitucionalenexamendeconstitucionalidaddel inciso antes trascrito puntualizó, en relación con el cargo denominado "Director", lo siguiente: "(...) 6.3.7Cargos de Directorgrado 03 Enprimerlugar, cabeprecisar que la Lev estableció cuál es elpersonalque integrará almenosdos (2) delascuatro (4) Unidadesinstituidasenla 1474de 2011. De unlado, elinciso 2o delartículo 128delmencionado cuerpo legislativo, alreferirse a la Unidad

de InvestigacionesEspecialescontra la Corrupción, creóonce (11) cargos de Contralor Delegado Intersectorial, los cuales, deberán atender las funciones de la Dependencia. De otro lado, al concebirse la Unidad de Cooperación Nacional e Internacional de prevención, investigación e incautación de bienes; se indicó que estaría conformada porlosservidorespúblicosde laplanta depersonalde la Entidad, asignados en misión al nuevo Despacho. De lo anterior se puede concluir que los cargos en estudio no corresponden a las dos (2) Unidadesmencionadas, pues, sus plantas de personalhan sido previamente definidas por el Congreso de la República en función legislativa. Adicionalmente, cabe anotar que la resolución 205 de 2012, por medio de la cual se determina elfuncionamiento de la Unidadde Seguridady Aseguramiento Tecnológico e informático, contempló enlosartículos 5y 6 las funciones de dos (2) Direcciones. En el artículo 5 se aludió a la Dirección de Seguridad y en el 6 a la Dirección de Aseguramiento Tecnológico e Informático, (sesubraya) La consideración precedentemente hecha, permite afirmar que los dos (2) caraos de Director en estudio corresponderían a la Unidad de Seguridad v Aseguramiento Tecnológico einformático v. eventualmente a la UnidaddeApoyo Técnico alCongreso de la República. Porende, la Sala revisará las funciones de estas Unidades, pues, es de conformidad con ellas que se debe definir si resultó ajustado a la Constitución la Carrera9No.12C-10(cid:127) PBX:6477700(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co

Página4de9 COÿTRALORIA ÿ ri'Ntife.Ai.i;>iv -A iÿi::pudi.ic/ calificación de libre nombramiento y remoción para las tantas veces referidas Direcciones. (se subraya) Porlo que respecta a la Unidadde Apoyo Técnico al Congreso, elinciso 4 delartículo 128dispuso lo siguiente: "(...) prestara asistencia técnica a las Plenarias las Comisiones Constitucionales y Legales, las bancadas parlamentarías y los Senadores y Representantes a la Cámarapara elejercicio de sus funciones(...) mediante elsuministro de información que no teiiga carácter reservado, el acompañamiento en el análisis, evaluación y elaboració':ndeproyectoseinformesespecialmente consuimpactoyefectosfiscales y presup(Jlestales, así como la canalización de las denuncias o quejas de oríqen i parlamen arío(...)" Como se púede apreciar, ninguna de estas actividades comporta la adopción de políticas públicas, se trata básicamente de una gestión de apoyo, acompañamiento, análisis v aiención a las inquietudes del Congreso. Tampoco encuentra la Sala que dichasactividadessupongan unespecialgrado de confianza que deba superarelgrado ordinario de confianza propio del ejercicio de la función pública. Entiende la Sala que los cometidos ordenados a la Unidad, se satisfacen con la diligencia exigible a un profesionalqueponga alseivicio de sus tareas sus conocimientosacadémicos. Parala Corte, no se advierte ningún elemento que exija del Director un grado especial de reserva, ni actividades que resulten críticas para el funcionamiento general de la

Institución. En suma, no cabría predicar para este caso una nominación de libre nombramientoy remoción, (se subraya) En lo concerniente a la Unidad de Seguridad v Aseguramiento Tecnológico e Informático que, por lo demás, ha incorporado, por vía de resolución, dos (2) Direcciones ellegisladordispuso, en elinciso 5o del varias veces mencionado artículo 128de la Ley 1474de 2011, lo siguiente: "(...) prestará apoyo profesional y técnico para la formulación y ejecución de las políticas y programas de seguridadde los servidorespúblicos, de losbienesy de la información de la entidad; llevará el inventario y garantizará el uso adecuado y mantenimiento de los equipos de seguridad adquiridos o administrados por la Contraloría; promoverá la celebración de convenios con entidades u organismos nacionales e internacionales para garantizar la protección de las personas, la custodia de losbienesy la confidencialidade integridadde losdatosmanejadospor la institución (. ..)" Como se óuede observar, la gestión de la Unidad se concentra en prestar apoyo [y profesional técnico, llevar el inventario y garantizar el uso adecuado de los equipos desequrich dypromoverla celebraciónde conveniosque conduzcanalaprotecciónde las person, la custodia de los bienes y la confidencialidade integridadde los datos de la Institución. Ninguna de estas funciones presupone la adopción de políticas públicas, con lo cual, no cabe sostener que por esta razón resultase admisible Carrera9No.12C-10(cid:127) PBX:6477700(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co

Página5de9 uS| CONTRALORÍAí V $ qLUÍ"RAL. Dt 1-A líEPUBLICA ío JU™ RÍDIC, A, constitucional/ventela calificacióndelcargo de Directoren esta dependencia, como de libre nombramientoyremoción, (sesubraya) De acuerdo con lo anterior, esta Oficina pasa a absolver los interrogantes formulados en relación con los cargos de Director Grado 03, creados por la Ley 1474 de 2011, artículo 128, de la siguiente manera:

1. A qué dependencias de la CGR están adscritos y cuáles son las normas que así lo establecen?. Cuálessonlosnombres de tales cargos?

2. La creación de dichos cargos supone que a su vez e implícitamente se crean dos direccionesenlaestructura de la CGR? Cuálessonlasnormasaplicables alrespecto?

Cuáles sonlosnombresde tales direccionesy cuáles su ubicaciónenla estructura de la CGR?

3. Cuáles sonlas normasmediante las cuales fueron creadas en la CGR la Direcciónde Apoyo Técnico alCongresoyla Direcciónde Seguridady Aseguramiento Tecnológico e Informático, para cada una de las cuales la Resolución Orgánica 7341 del 19 de noviembrede 2013 estableció funciones?

Conformecon lasnormastrascritasy en especia!el análisis expuesto porel máximo tribunal constitucional, se tiene que los dos (2) empleos denominados Director Grado 03 creados en el artículo 128 de la Ley 1474 de 2011, corresponden a la Unidadde Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático y a la Unidad de Apoyo Técnico al Congreso de la República, tal como lo deduce la Corte

Constitucional, en unode losapartes citados enforma precedentey que se subrayó para losefectos pertinentes. En tratándose de la organización interna de la entidad, se tiene que estos dos empleos de Directivo se incorporan a la planta global de la entidad y su naturaleza es de carrera administrativa, tal como lo clarificó la Corte Constitucional en su examen de constitucionalidad del inciso mencionado. De igual manera, el campo funcional de dichas dependencias está enmarcado en lo fijado en el espíritu de la norma que dictó el legislador para el caso de las mencionadas Unidades de Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático y de Apoyo Técnico a! Congreso de la República, respectivamente, tal como se indicó por ¡a corporación judicial. En armonía con lo dispuesto en dicha norma, la organización interna de la Contraloría General de la República, debe responder en todo momento a lo dispuesto por el legislador, tanto en el año 2000, a través del Decreto Ley 267 y recientemente en la Ley 1474 de 2011, tal como lo puntualizó la Corte Constitucional. Ahora bien, en un orden lógico de la organización, para que una dependencia se establezca y funcione de manera correcta, no basta con la exclusiva creación legislativa. Para tal fin, se requiere que la estructura y organización del grupo, oficina, dirección, unidad o gerencia dependiendo cada caso, estén acompañados Carrera9No.12C— 10(cid:127) PBX:6477700(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co CONTRALORIA >e. L.Arí::püolíca '(cid:127) O juF rI íC dI iN cA a

del respectivo estudio técnico previo que debe liderar la Oficina de Planeación, de maneraque se establezcade maneraordenaday delimitadatanto lasfunciones así como las responsabilidades que le corresponderán. En el mismo sentido, y atendiendo o dispuesto en el artículo 21 del Decreto Ley 267 de 2000, el Comité Directivo dejerá servir como órgano superior jerárquico de consulta, coordinación y evaluación de los asuntos generales de laadministración de los recursos humanos, financierosyfísicos de laContraloría,así como participaren ladefinicióndepolíticas y evaluación de asuntos generales del desarrollo de la vigilanciafiscal y las demás áreas misionales que ejerce la Contraloría General de la República. En tal medida, cualquier iniciativa relacionada con la organización interna de la entidad y su normalfuncionamiento debe estar acompañado del respectivo estudio técnico que lo sustente y soporte y del aval del Comité Directivo en su condición de órgano superior de consulta, coordinación y evaluación de los asuntos de la administración. Lo anterior, sin perder de vista los lineamientos normativosfijados por el legislador para laContraloríaGeneralde laRepúblicatanto en el Decreto Ley 267 de200C como en laLey 1474 de 2011y en especial el examende exequibilldad efectuado sobre dichos preceptos por laCorte Constitucional. 3.2. Depencencías creadas por la Ley 1474de 2011. Nivel Desconcentrado. Ahora bien, descendiendo al nivel desconcentrado de la Contraloría General de la ¿e República, tiene que el Decreto Ley 267 de 2000 también determinó tanto la

estructura riterna así como la denominación de sus dependencias y el objetivo de las mismas. Paratal efebto, el artículo 11 del Decreto Ley 267 de 2000 en relación con el nivel desconcentrado consagró, para su estructura interna, que cada Gerencia Departamental estaría integrada por Grupos Delegados de Vigilancia Fiscal y Grupos de Investigaciones,Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva. Adicionalmente, en el Parágrafo 10 dedicho artículoseseñaló queen cadagerencia departamertal el Contralor General creará, previo estudio técnico de la Oficina de Planeación, los grupos de trabajo que sean necesarios para que el gerente departamertal cumpla a cabalidad con sus funciones y responsabilidades. Posteriormente, la Ley 1474 de 2011 en su artículo 128, consagró en relación con el nivel des ;oncentrado de la entidad, que "para la vigilancia de los recursospúblicos de la Nación administrados en forma desconcentrada en elnivelterritorialo transferidos a las entldade territoriales y sobre los cualesla Contraloría Generalde la República ejerza control pre\alente o concurrente, organícense en cada departamento gerencias departamentales colegiadas, conformadas por un gerente departamentaly no menos de dos contralo'es provinciales. Con la misma estructura, organícese para elDistrito Capital unagerencia distritalcolegiada". Carrera9 No.12C-10(cid:127) PBX:6477700(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co Página7de9

CONTRALORIA

OFICINA

GENERAL DC-:LARCPÚBLlCA JURÍDICA

De igual manera, la Ley 1474 de 2011 fijó un campo funcional adicional para las denominadas gerencias departamentales colegiadas, las que sumadas a las ya previstas en el Decreto Ley 267 de 2000, establecen el marco general de competencia de la actuación de la Contraloría General de la República en el nivel desconcentrado. Espreciso señalar que si bien laLey 1474 de 2011 creó lasdenominadasgerencias departamentales colegiadas y su respectiva conformación, nada indicó en relación con su organización y estructura interna, motivo por el cual, debe acudirse para su adecuada interpretación a lodispuesto en el mencionado Decreto Ley 267 de 2000, que comoya se indicó,consagraen su artículo 11 quecadaGerenciaestáintegrada por los Grupos Delegadosde Vigilancia Fiscaly Gruposde Investigaciones,Juicios Fiscalesy Jurisdicción Coactiva. A nivel interno,tal como lo consagra el parágrafo 1o del artículo 11 del Decreto Ley 267 de 2000, le asiste al Contralor General, previo estudio técnico de la Oficina de Planeación, determinar si hay o no lugar a la creación de grupos de trabajo que sean necesarios para que la gerencia cumpla a cabalidad sus funciones y responsabilidades. Ahora bien, atendiendo a la inquietud formulada en el oficio de consulta y en especial a que se hace alusión al contenido de la Resolución 5685 de 2005 afin de determinar la estructura actual de las gerencias departamentales, se observa que dicha normaconsagró que laorganización detales instancias sería lasiguiente: 1).

Despacho del Gerente Departamental, 2). Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, 3). Grupo de Vigilancia Fiscal, y 4). Grupo de Participación Ciudadana. Y fundamentó esta organización en los cambios que se presentaron en la organización de las Gerencias Departamentales y que se hacía necesario modificar su estructura para convertirlas en áreas funcionales, acorde al conceptode plantaglobal,donde las personasque conforman losdiferentes Grupos de Trabajo pudieran desarrollar competencias y habilidades que apunten al desempeño de actividades misionales integrales9. No obstante lo anterior, es preciso señalar que la realidad de las nuevas gerencias departamentales colegiadas, conllevó la modificación en su conformación interna, la cual se integra a partir de la Ley 1474de 2011 con un gerente departamental y _no me_nos de dos contralores provinciales y a nivel estructural, se debe guardar coherencia con lo dispuesto en el citado Decreto Ley 267 de 2000, de acuerdo con el cual, la estructurade lasgerencias en el niveldesconcentrado es ladispuesta en el artículo 11 que altenor consagraque los grupos que las integranson: los Grupos Delegados de Vigilancia Fiscal y los Grupos de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, distribución ésta que es la que recoge en la actualidad la Resolución interna 6541 de 2012, modificada por la7363 de 2013 y 7364 de 2013. 3EstanormacontóconelavaldelaOficinadePlaneación,segúnconcepto2005IE22181de15dejuniode2005,citadoenlaresolución encomento. Carrera9No.12C— 10(cid:127) PBX:6477700 Bogotá,D.C.Colombiawww.contraioria.gov.co

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CONTRALORIA!

ERAL I>0. |_ARUPÚtriUCA (cid:127) ÿ En virtud de esta norma, no sólo se establece la organización interna de las gerenciasdepartamentales colegiadassino que sefijan lascompetenciasgenerales urjo de cada de los grupos que las integran, así: "Artículo 6° Eltrámite delcontrolfiscalmicro, elprocesoadministrativo sanclonatorío fiscal que de este se derive, la atención de quejas y denuncias ciudadanas y la ejecución del control fiscal posterior excepcional serán adelantados por los funcionarlos del Grupo de Vigilancia Fiscaly delproceso administrativo sanclonatorío que se derive delproceso de responsabilidad fiscal será tramitado por el Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva". Corolario de lo expuesto se observa que esta última Resolución centra sufinalidad, tal como lo indica su epígrafe en precisar y fijar "las competencias en el nivel desconcentrado de la Contra/orla Generalde la República para elconocimientoy trámite del control fiscal micro, el control fiscal posterior excepcional; la atención de quejas y denuncias ciudadanas; la Indagación Preliminar Fiscal; el proceso de Responsabilidad Fiscal y el oroceso de Jurisdicción Coactiva y el Proceso Administrativo Sancionatorlo Fiscal, en aienclón a las modificacionesestablecidas enla Ley 1474de 2011". De lo que se infiere que el contenido previsto en el artículo 2o de la Resolución 5685 de 2005 cayó en desuso ante la nueva estructura colegiada de las gerencias departamentales, con lo cual se puede predicar su derogatoria tácita ante la

expedición del cuerpo normativo contenido en la Resolución 6541 de 2012 antes mencionada. Con base en las anteriores consideraciones setiene que laactual estructura interna de la entidad, debe responder integralmente al espíritu del legislador, el cual se encuentra definido en el Decreto Ley 267 de 2000 y la Ley 1474 de 2011, normas estas que deben interpretarse de manera armónica y no aislada y articularse con las dispos ciones internas que se han dictado para dar operatividad a tales preceptos, los cuales deben responder en todo momento a dichos mandatos y en especial a la realidad cambiante de la administración y a los retos que le son encomendados de acuerdo con los nuevos contextos analizadosy regulados por el legislador. En losanteriorestérminos se absuelve su consulta. Cordialmente, )dUft£U/j JULIANA Martínez beRMEO Directora o f¡ciñaJurídica

Proyectó: JohanaAsslenArévalo ÿ

Revisó: LucenithMuñozArenasA Radicado: 2014IE0170107 '

Carrera9No.12C-10(cid:127) PBX:6477700(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co Página9de9

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