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CGR - Concepto 1E0035092 de 2015

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto 1E0035092 de 2015
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2015

:ONTRALORIAUc,n

GENERAL DE LA REPÚBLICA I JURÍDICA

80112 Bogotá, D.C.

ContraloriaGeneraldelaRepública: :SGD17-04-201611:35

AlContestarCiteEsteNo.: 2016IE0035092Fol:3Anex:0FA:0

ORIGEN 80112-OFiCINAJURÍDICA/MARTHAJULIANAMARTINEZBERMEO DESTINO89111-CONTRALORIADELEGADAPARAELSECTORDEFENSAJUSTICIAYSEG./ IVONNEDELPILARJIMENEZGARCIA

ASUNTO RESOLUCION101DE2014HALLAZGOSFISCALKESARCHIVO

OBS 2015IE0035092 lllllllllllllillllllllllllllllllllllllllllll Doctora IVONNE DELPILARJIMENEZ GARCIA ContraloijííaDelegadaparael Sector Defensa,Justiciay Seguridad ContraloríaGeneral de la República Carrera8 No. 15-46 piso6 Bogotá

Asunto: Resolución Organizacional 101de 2014-Artículo 9o Hallazgos Fiscales

Archivo. Respetadadoctora Ivonnedel Pilar: Estaoficiha recibió su escrito radicado 2015IE0016014 del 24 defebrero de 2015, mediante el cual consulta lo siguiente: En virtud de lo previsto por la Guía de Auditoría ajustada al ambiente SICA, con base en la cual se adelantan los procesos auditores de las últimas vigencias, se atribuye a los ComitésTécnicos Sectoriales, lafunción devalidar o noloshallazgos fiscales que sean sometidos a su consideración, por los equipos de auditoría, en

desarrolle de ladiscusióny aprobaciónde losinformes productode lasactuaciones de contra fiscal. Laaprobáción en instanciade ComitéTécnico, se reflejaen lafirmade losinformes por parte del Contralor Delegado Sectorial, quien a su vez preside dicho órgano colegiado. Unavez aceptada laconnotaciónfiscalde loshallazgospresentesenlos informes corresponde su envío a la Contraloria Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, en sus respectivos formatos y con el materialprobatorio que sustenta loshechosque motivaronla observaciónfiscal. Mediante Resolución Organizacional 101 de2014, el Contralor General resignólas competencias para adelantar procesos de responsabilidad fiscal, las cuales se encontraban previamente a cargo de diferentes dependencias. Para el presente caso, lanrenqionada normadispuso en su artículo 9 lo siguiente: 2o °-0' i ' CarreraS;No.12C-10 Piso8 PBX:6477000(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloriagen.gov.co h- (2) CONTRALORÍA)„™„ \\ GENERAL DELAREPÚBLICA iJURÍDíCA DoctoraIvonnedel PilarJiménezGarcía, Contraloría Delegada paraelSector Defensa,Justicia y Seguridad. Página2de6 "Artículo 9: Ordenar a las Contraharías Delegadas Sectoriales trasladar a la ContraloríaDelegadaparaInvestigaciones,JuiciosFiscalesyJurisdicción Coactiva losantecedentesfiscales consusrespectivossoportesymediosdepruebayconel

previo cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 41 de la Ley 610 de 2000 cuando como fruto de las valoraciones de su competencia encuentre mérito para elinicio de la acción fiscal." Contalatribución, se asignó a los Contralores DelegadosSectoriales lafunción de control de los hallazgosfiscales, así como el material probatorio recaudado, con el findeevaluar elméritodelosmismosparainiciarlaacciónderesponsabilidadfiscal. La aplicación del control que aquí se instaura, implica que el Contralor Delegado Sectorial, luegode examinar losantecedentes que se sometanasu consideración, esto es, los hallazgosfiscales generados en diferentesactuacionesdecontrolfiscal y aprobados por el Comité Técnico, pueda encontrar que bien el hallazgo o el materialprobatorio,nocumplen losrequisitosdelartículo41 delaLey610 de2000, lo que implicaría falta de mérito y por ende culminación anormal del trámite del hallazgo. Loexpuestogenerainquietudesrespectode lacompetenciadelContralor Delegado Sectorial paraculminar sintraslado los hallazgosfiscales sometidos asu examen.

Se consulta:

1. Puede el Contralor Delegado Sectorial como resultado de lavaloración de losantecedentesfiscales sometidosasuconsideración envirtud delartículo 9 transcrito, ordenar la culminación o el archivo de los hallazgos fiscales previamente aprobados por una instancia bajo su dirección, cuando no se encuentre mérito parael iniciode laacciónfiscal?

2. En caso afirmativo, ¿Cuál sería el soporte legal que asigne competencia al Contralor DelegadoSectorial paraculminar de maneraanormal eltrámite de

un hallazgofiscal? ¿Através de qué procedimiento?

3. En caso negativo, ¿Cuál sería la instancia competente, en instancia de revisión,paraordenar laculminacióndeltrámitede loshallazgosfiscales que no ameriten el iniciode laacción fiscal?

Carrera9No.12C-10Piso8PBX:6477000(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co CONTRALOR!A I oficina GENERAL DELAREPÚBLICA iJURÍDICA DoctoraIvonnedelPilarJiménezGarcía, Contraloría Delegadapara elSector Defensa,Justiciay Seguridad. Página3de6 ALCANÓE DEL CONCEPTO Los conqeptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la Repúbllica son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directade problemas específicos, niel análisis de actuaciones particulares. Encuanta asu alcance, noson deobligatorio cumplimientoo ejecución, nitienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normasjurídicas vigentes, en materia de control fiscal Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limitaaaquellas queformulen lasdependencias internasde laCGR,losempleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General"1, asi como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia

de la ges ión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contralora General"2y las presentadaspor la ciudadanía respectode "la consultas de orden urídicoque leseanformuladas a laContraloría Generalde la República"3. Eneste o'den, mediantesu expedición se busca "orientara lasdependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigenparalavigilancia dela gestiónfiscal""y"asesorarjurídicamente a lasentidades queejercen el controlfiscal en el nivelterritorial ya lossujetos pasivosdevigilancia cuando éstos lo soliciten"5. Finalmente se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de laRepública,porquede conformidad con lo dispuesto en e! artículo43, numeral 16sdel Decreto Ley267 de 2000,estacalidadsolo latienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependenpia(s) implicada(s). 1Art.43,numeral4delDecretoLey267de2000. ~Art.43,numeral5delDecretoLey267de2000. 1Art.43,numeral12delDecretoLey267de2000. 4Art.43,numeral11delDecretoLey267de2000. 5Art.43,numeral14delDecretoLey267de2000. 6Art.43.OFICINAJURIDICA.SonfuncionesdelaOficinaJurídica:(...)16.Coordinarconlasdependenciaslaadopcióndeunadoctrinae

interpretaciónjurídicaquecomprometalaposiciónInstitucionaldelaContraloríaGeneraldelaRepúblicaentodasaquella_smateriasquepor suimportanciaarreritendichopronunciamientooporimplicarunanuevaposturadenaturalezajurídicadecualquierorden. Carrera9No.12C-10 Piso8PBX:6477000(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co CONTRALORIAJ OFICINA oeneralde laREPÚBLICA ijurídica DoctoraIvonnedelPilarJiménezGarcía, Contraloría DelegadaparaelSectorDefensa,Justiciay Seguridad. Página4de6 CONSIDERACIONESJURIDICAS Elprocesoauditor delaContraloríaGeneralde laRepública,esunprocesotécnico, que consta de varias etapas secuenciales y armonizadas, que permiten una evaluación integraly de altacalidad, obteniendo resultados efectivosy oportunos. Dichasetapas se encuentranesquematizadas en laGuíadeAuditoría7 con elfin de estandarizar y unificar la metodología paralaejecución del procesoauditor, la cual esunaherramientadetrabajodeaplicaciónobligatoria,por partedelosfuncionarios de la Contraloría General de la República. En el tema que nosocupa, relacionado con laevaluación y validación del hallazgo, la misma guía, establece: "En mesa de trabajo, realizada conelacompañamiento dealmenosunfuncionario expertoenelprocesode responsabilidadfiscal, una vez valoradas las pruebas realizadas, las evidencias obtenidas, la respuesta del

auditado, se concluye sobre si la observación se establece como hallazgo administrativo y se determina suposible incidencia riscal, penal, disciplinaria o de otra indole. Establecido el hallazgo en mesa de trabajo por el equipo auditor con el acompañamiento deunfuncionario expertoenelprocesoderesponsabilidadfiscal, se sustentará ante elcomité técnico o la instancia competentepara su validación teniendo encuenta lareglamentación dela administración delprocesoauditor. En los eventos en que no exista acuerdo entre el equipo auditor y el funcionario experto en elproceso de responsabilidadfiscal acerca de la incidencia fiscal del hallazgo, se convocará a sesión demesa de trabajo a losfuncionarios de más alta jerarquía delprocesoauditor, alcomitétécnicoyderesponsabilidadfiscal, paraque participende la evaluaciónydefinan siexiste o no incidencia fiscal". Dicho comité, lo presideel Contralor DelegadoSectorial,quienademásfirma el informe. Sobre el mismotema, laGuíadeAuditoría determina: "Habrá de tenerse encuenta que existen situaciones que finalmente no son constitutivas de hallazgo con incidencia riscal, igualmente, que en loscasos excepcionales en losque dentro de la fase de ejecución de la auditoría y dada la complejidaddel asunto no se logre definir la existencia del hallazgo con incidencia fiscal, tendrá que tramitarse la indagaciónpreliminarconlacoordinacióndelárea deresponsabilidadfiscaf'.8 7GuíadeAuditoríadelaContraloríaGeneraldelaRepública,febrerode2015.

8GuíadeAuditoríadelaContraloríaGeneraldelaRepública,febrerode2015.pág.53. Carrera9No.12C-10Piso8PBX:6477000(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloría.gov.co CONTRALORIAUci», GENERAL DE LAREPÚBLICAiJURÍDICA Doctora nnedel PilarJiménezGarcía, Contraloría DelegadaparaelSector Defensa,Justiciay Seguridad. Página5de6 Es importante señalar también el papel que cumple dentro del ProcesoAuditor, el funcionar o experto en el proceso de responsabilidad fiscal, el cual tiene como función acompañar paraorientar alauditor sobre lainformación quedebeconsultar paradeterminar laobservacióny soportar posteriormente el hallazgo. Esteexperto, debetambién participar en lasustentación del hallazgo y del Informe de Auditoría en lo relacionado con los hallazgos ante las instancias correspondientes. En este crden y de conformidad con el procedimiento establecido en la Guía de Auditoría, agotado el Proceso auditor en lostérminos de los artículos 41 de la Ley 610 de 2C()009 y 98 de la Ley 1474de 201110 en armonía con el artículo 9o de la Resolución 0101 de 2014, los hallazgos fiscales deben reunir ios elementos de la responsapiilidadfiscal, es decir, que de lasvaloraciones realizadasdebetenerse la certezade que presta mérito para el iniciodel proceso de responsabilidadfiscal. Deigualmanera, establece laactual GuíadeAuditoría, el rolque cumple el Comité Técnico y su conformación.

Dicho Comité debe ser presididoporelContralor DelegadoSectorialy participanen elmismolos DirectoresdeVigilancia Fiscalyde EstudiosSectoriales,comotambién los Supervisores encargados de Auditoría, los Coordinadores de Gestión, ios responsablesde auditoríasy los integrantesdel grupo auditor, estos últimosactúan como invitados. 9Artículo41 Requisitosdelautodeapertura.Elautodeaperturadelprocesoderesponsabilidadfiscaldeberácontenerlosiguiente: 1.Competenciad2lfuncionarlodeconocimiento. 2.Fundamentosd !hecho. 3.Fundamentosd :derecho. 4.Identificacióndÿlaentidadestatalafectadaydelospresuntosresponsablesfiscales. 5.DeterminacióndeldañopatrimonialalEstadoyestimacióndesucuantía. 6.Decretodelaspruebasqueseconsiderenconducentesypertinentes. 7.Decretodelasmedidascautelaresaquehubierelugar,lascualesdeberánhacerseefectivasantesdelanotificacióndelautodeaperturaa lospresuntosresponsables. 8.Solicitudalaen daddondeelservidorpúblicoestéohayaestadovinculado,paraqueéstainformesobreelsalariodevengadoparalaépoca deloshechos,losdatossobresuidentidadpersonalysuúltimadirecciónconocidaoregistrada;eigualmenteparaenterarladeliniciodelas diligenciasfiscales 9.Ordendenotifiqairalospresuntosresponsablesestadecisión. 10

Uy 1474de 2011: ARTICULO 93. (cid:127)TAPAS DEL PROCEDIMIENTO VERBAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL. El procesoverbal

comprendelassig; ¡ntesetapas: a) Cuando se en:uentre objetivamente establecida la existencia del daño patrimonial al Estado y exista prueba que comprometa la responsabilidad gestorfiscal,elfuncionariocompetenteexpediráunautodeaperturaeimputaciónderesponsabilidadfiscal,elcualdeberá cumplirconiosre!í(J¡uisitosestablecidosenlosartículos4.1.y48delaLey610de2000ycontenerademáslaformulaciónindividualizadade cargosaiospresuñ'tosresponsablesylosmotivosporloscualessevinculaalgarante... Carrera9 No. 12C-10Piso8PBX:6477000»Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co ÿ1

CONTRALORÍA1

UUNIKALUKIAj

OFICINA M GgEeNnEeRrAaLldDeElLaARreEpPúÚBbLliIcCaA sS JURÍDICA DoctoraIvonnedelPilarJiménezGarcía, ContraloríaDelegadaparaelSector Defensa,Justiciay Seguridad. Página6de6 Tiene este Comité, entre otras muchas funciones específicas del ProcesoAuditor, revisaryaprobar loshallazgos resultantesdel ProcesoAuditor. Cabe destacar que, el equipo de auditoría tiene la responsabilidad de asegurarse que lasevidenciasqueapoyensushallazgosy losresultadosde losanálisiscausas y efectos, esténdebidamente soportados. Así las cosas y tal como lo establecen los procedimientos del proceso auditor determinado en la Guía de Auditoría, el Comité Técnico es lainstancia que valida

los hallazgos fiscales que posteriormente se incluyen en el informe debidamente soportado, por prestar méritoparainiciar laacciónfiscal. En el mismo sentido, el artículo 9 de la Resolución 0101 de 2014, señala los elementos necesarios para que proceda la apertura del Proceso de Responsabilidad Fiscal. Deotro lado,enfirmeel informedeauditoríay alanalizar losantecedentesfiscales, si se denota que el hallazgo fiscal no reúne los requisitos del artículo 9o de la ResoluciónOrganizacional No. 101de 2014, que configurados de acuerdo con los procedimientos determinados en la Guía de Auditoría, establecen en el Comité Técnico, la competencia pararevisar y aprobar los hallazgos. Habidacuentaqueesta instanciatiene lafunción antes señalada, corresponde a la misma,realizarunnuevoanálisisydedeterminarsejustificadamentequeelhallazgo no posee la connotación de fiscal, este debe levantarse y así consignarse en el documento respectivo.

IIAARRTTHHAAJJUULLIIAANNAA MARTÍNEZ BERMEO

DirectoraOficinaJurídica Proyectó:CieloEslavaBoowdem(Pyry

Revisó: Dra.LucenithMuñozAren:

N.R.2015IE0016014

Carrera9No.12C-10Piso8PBX:6477000(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co

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