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CGR - Concepto CGR-OJ-051-2026

Contraloría General de la República

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Detalles

Título
CGR - Concepto CGR-OJ-051-2026
Autor
Contraloría General de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2026

Contraloria General de la Republica :: SGD 04-05-2026 09:37

Al Contes.tar Cite Este No.: 2026IE0048841 Fol:0Anex:0 FA:0

ORIGEN 80112 OFICINAJURlDICA/CARLOS OSCAR VERGARA RODRIGUEZ ?^T.l-t,O80811DESPACHOGERENTEDEPARTAMENTALDEARAUCA/RAULFABIAN ENDOLARA

ASUNTO CONCERTO FUNCIONESYGRUPOS DETRABAJOPLANTATEMPORALDE REGALIAS

-D OBS

CONTRALORIA

GENERAL DE LA REFU6LICA

2026IE0048841

80112CGR-OJ2026

Bogota D.C., Doctor

RAUL FABIAN ENDO LARA

Gerente Departamentai Colegiada de Arauca Contraloria General de la Republica raul.endo@contraloria.gov.co Referenda: Traslado por competencia Oficina de Planeacion

Tema: FUNCIONES Y GRUPOS DE TRABAJO EN LA PLANTA TEMPORAL DE REGALIAS Gerencias Departamentales Colegiadas de la CGR - Cumplimiento del Plan nacional de vigilancia y control fiscal PNVCF - Rol funcionario experto en proceso auditor - Comite Tecnico Departamentai en el nivel desconcentrado.

Respetado Doctor Endo: La Oficina Jundica de la Contraloria General de la Republica -CGRrecibio por traslado la comunicacion citada en la referenda1, asi-como los correos de marzo 5 y ampliacion de abril 20, en los cuales se solicita prpnunciamiento, respecto de los

siguientes aspectos: Antecedentes. rr 1. En las comunicaciones de la referenda su despacho presenta la siguiente solicitud: “(.••) iUn funcionario de la planta de regalias adscrito al Grupo de Responsabilidad Fiscal de una Gerencia Departamentai, puede ser enlace experto dentro del proceso auditor para que sirva como enlace entre este grupo y el Grupo de Vigilancia Fiscal de la misma Gerencia, asi los recursos auditados no sean de regalias? En las Gerencias Departamentales que no’: euenten con Coordinador de Responsabilidad Fiscal, <>,13 designacion del funcionario enlace entre los grupos de Responsabilidad Fiscal y Vigilancia Fiscal, debe hacerse a traves de Colegiatura o 1Para la atencion de peticiones y consultas, mediante la Resolucion Reglamentaria Ejecutiva REG-EJE No. 0064 del 30 de marzo de 2020 de la CGR, se determine dar cumplimiento al articulo 5° del Decreto Ley 491 de 28 de marzo de 2020, el cual dispone la ampliacion de los terminos senalados en.el articulo 14 de la Ley 1437 de 2011 para atender peticiones que se encuentren en curso o que se radiquen durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 11-1071 • PBX 518 7000 cgr@Contraloria.gov.co • www.Contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombi% Pagina 1 de 19 051CONTR ALO RIA GENERAL DE LA REPUBLICA discrecionalidad del Gerente Departamental con Aprobacion del Comite Tecnico Departamental creado por la Resolucion 0020 del 24 de julio de 2018? En atencion a la Resolucion 0020 del 24 de julio de 2018, ^el comite tecnico departamental debe sesionar de forma periodica (obligatoriapresencia del

Departamental creado por la Resolucion 0020 del 24 de julio de 2018? En atencion a la Resolucion 0020 del 24 de julio de 2018, ^el comite tecnico departamental debe sesionar de forma periodica (obligatoriapresencia del profesional de apoyo) o es discrecional de la Colegiatura hacer su llamado cuando se requiera un analisis de fondo en algun asunto o controversia? ^Si dentro del proceso auditor en la fase de aprobacion de hallazgos no se encuentra ninguna discrepancia, se puede omitir la convocatoria del comite tecnicoprofesional de apoyo? lE\ comite tecnico departamental creado por la Resolucion 0020 del 24 de julio de 2018, puede sesionar dentro de la Colegiatura ordinaria o extraordinaria cuando sea necesario y dicha acta servira de soporte para ambos casos? (...)” Alcance del concepto y competencia de la Oficina Juridica.2. Los conceptos emitidos por la Oficina Juridica de la Contraloria General de la Republics CGR, son orientaciones de caracter general que no comprenden la solucion directa de problemas especificos, ni el analisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecucion2 ni tienen el caracter de fuente normativa y solo pueden ser utilizados para facilitar la interpretacion y aplicacion de las normas juridicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Juridica para absolver consultas se limits a aquellas que formulen las dependencies internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas “sobre interpretacion y aplicacion de las disposiciones legates relativas al campo de actuacion de la Contraloria General’, asi como las formuladas por las contralorias territoriales “respecto de la vigilancia de la gestion fiscal y

mismas y las entidades vigiladas “sobre interpretacion y aplicacion de las disposiciones legates relativas al campo de actuacion de la Contraloria General’, asi como las formuladas por las contralorias territoriales “respecto de la vigilancia de la gestion fiscal y las demas materias en que deban actuar en armonia con la Contraloria General’4 y las presentadas por la ciudadania respecto de "las consultas de orden jundico que le sean formuladas a la Contraloria General de la Republica’6. En este orden, mediante su expedicion se busca "orientar a las dependencias de la Contraloria General de la Republica en la correcta aplicacion de las normas que rigen para la vigilancia de la gestion fiscal’ y "asesorarjurldicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando estos lo soliciten”7. 2 Art. 28 de la Ley 1437 de 2011. sustituido por el articulo 1 de la Ley 1755 de 2015. 3 Art. 43, numeral 4° del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 5° del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 0 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 7 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@Contralona.govrco • www.Contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 2 de 19CONTRALORIA OENERAL QE LA REPUBLICA Se aclara que no todos los conceptos implican. la adopcion de una doctrina e interpretacion juridica que comprometa la posicion institucional de la CGR, acorde con

Pagina 2 de 19CONTRALORIA OENERAL QE LA REPUBLICA Se aclara que no todos los conceptos implican. la adopcion de una doctrina e interpretacion juridica que comprometa la posicion institucional de la CGR, acorde con lo dispuesto en el articulo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 20008, esta calidad solo la tienen las posiciones juridicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s). Precedente doctrinal de la Oficina Juridica.3. Esta Oficina se ha pronunciado sobre algunos aspectos relacionados con el tema objeto de estudio, en relacion con la competencias de las Gerencias Departamentales y especialmente en el conocimiento y tramite de los procesos de vigilancia, control fiscal y responsabilidad fiscal tramitados por la planta temporal de regalias, mediante los conceptos CGR-0J-PI-023-2020 con SIGEDOC 2020IE0024356 de fecha 11 de marzo de 2020, CGR-OJ-055-2022 con SIGEDOC. 2022IE0031710 de fecha 04 de abril de 2022, CGR-OJ-154-2022 con SIGEDOC 2022IE0076649 de fecha 10 de agosto de 2022, CGR-OJ-147-2023 con SIGEDOC 2023IE0101234 de fecha 28 de septiembre de 2023; cuyos fundamentos se retoman en lo pertinente en la presente respuesta, los cuales pueden ser consultados en el aplicativo SINOR (Normatividad y Relatorla), a traves de la pagina web institucional: www.Contralona.aov.co en el micrositio “Normatividad”. Consideraciones Juridicas.4. Analizado el asunto sometido a consideracion de este Despacho es procedente

y Relatorla), a traves de la pagina web institucional: www.Contralona.aov.co en el micrositio “Normatividad”. Consideraciones Juridicas.4. Analizado el asunto sometido a consideracion de este Despacho es procedente sehalar que, a partir del diseho Constitucional9, la oficina juridica de la CGR, emitira pronunciamientos relacionados con la competencia .gue le asiste a la planta global y a la planta temporal de regalias de la Contralorla; General de la Republica, para cumplimiento de la vigilancia y control fiscal, respecto del origen de los recursos. En este orden de ideas, se emitira pronunciamiento general. 4.1. Problema jurldico: Conforme a lo anterior, se abordara el analisis jurldico de la consulta encaminada a resolver como problema jurldico; los siguientes postulados: Funciones y competencias de la planta temporal de regalias respecto de la vigilancia y control fiscal ejercido sobre recursos publicos diferentes a los recursos del sistema general de regalias. 8 Art. 43 Oficina Juridica. Son funciones de la Oficina Juridica: (...) 16. Coprdinar con las dependencias la adopcion de una doctrina e interpretacion juridica que comprometa la posicion institucional de la Contraloria General de la Republica en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza juridica de cualquier orden. 9 Constitucion Politica, Articulos 267, 268 y 272 modificados por el Acto Legislativo 04 de 2019. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071. PBX 518 7000

cgr@Contraloria.gov.co • www.Contraloria.gov.co • .Bogota, D. C., Colombia! Pagina 3 de 19CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Designacion de funcionario experto y designacion de Coordinador de Responsabilidad Fiscal, como enlace entre los. grupos de Responsabilidad Fiscal y Vigilancia Fiscal en las gerencias departamentales colegiadas de la CGR. Funciones y competencias del comite tecnico departamental creado por la Resolucion 0020 del 24 de julio de 2018 Funciones y competencias de la planta temporal de regalias. La competencia de la Contralona General de la Republica para ejercer vigilancia y control fiscal a los recursos provenientes del Sistema General de Regalias SGR, esta establecida en el articulo 267 de la Constitucion Politica y el articulo 183 de la Ley 2056 de 202010, asi: “ARTICULO 183. Viailancia v Control Fiscal y Disciplinario. En desarrollo de funciones Constitucionales y legates, la Contralona General de la Republica v la Procuraduna General de la Nacidn eierceran el control fiscal v disciplinario. respectivamente. sobre los recursos del Sistema General de Reaallas. 4.2. sus Con el fin de alcanzar una mayor eficacia de estas funciones, el Sistema de Seguimiento, Evaluacion y Control implementara mecanismos de acceso, metodologias y procedimientos necesafios para proveer informacion pertinente y oportuna a dichos organismos de control. PARAGRAFO PRIMERO. La Contralona General de la Republica para garantizar el adecuado eiercicio de las funciones de viailancia v control fiscal de aue trata el

presente articulo, podra contar con una planta temporal, financiada con el porcentaie de recursos asianado en el articulo 361 de la Constitucion v los aue se asignen de los recursos':de funcionamiento del Sistema General de Reaallas. PARAGRAFO SEGUNDO. Prorrdguese, hasta el 31 de diciembre del 2022, la planta global de duracion temporal de la Contralona General de la Republica para ia vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalias, en los mismos terminos y condiciones de! articulo 38 de la Ley 1942 de 2018, incluyendo la facultad contenida en su paragrafo segundo. Igualmente, con el proposito de efectuar los ajustes requeridos de acuerdo a las disponibilidades presupuestales, de conformidad con lo establecido en el articulo 150, numeral 10, de la Constitucion Politica, revistase al Presidents de la Republica de precisas facultades extraordinarias, por el termino de seis (6) meses, contados a partirde la fecha de publicacion de la presente Ley, para suprimir, modificar, refundir o crear empleos en la planta de global de duracion temporal de la Contralona General de la Republica para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalias (...)” (negrilia y subrayado fuera de texto) 10 "Por la cual se regula la organizacion y el funcionamiento del Sistema General de Regalias", derogo la Ley 1530 de 2012, la cual establecia el control fiscal a los recursos el Sistema General de Regalias, Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@Contraloria.gov;co • www.Contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombia P^gina 4 de 19CONTRALORIA

GENERAL OE LA REPUBLICA

15 Modificado por la Resolucion Organizacional 0821 de! 24 de enero de 2023.En el sentido de generar e integrar las funciones correspondientes a los empleos de Profesional Universitario Grade 02 y Profesional Especializado Grado 03 de la Planta Global de Duracion Temporal de Regalias de la Contraloria General de la Republica. Modificada y adicionada por la Resolucion OGR-81117-0880 del 20 de mayo de 2025, actualizando a la version 5.0 del Manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los empleos de la Planta Temporal de Regalias bienio 2005-2026 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Cddigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@Contraloria.gov.co • www.Contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 5 de 19CONTRALORIA GENERAL OE LA REPUBLIC Por lo expuesto, le corresponde al gerente departamental de la planta permanente de la Contraloria General de la Republica de acuerdo con el manual de funciones adoptado, en la Resolucion Organizacional OGZ0874 de 2025 “poria cual se modified el Manual Especifico de Funciones, Requisites y Competencies Laborales de los Empleos Pubiicos de la Planta Global de la Contraloria General de la Republica Version 6. otras funciones las de: "16 entre “1. Orientar desarrollo del plan general de auditoria en todas sus fases en coordinacion con los Directivos colegiados de la Gerencia Departamental conforme los obietivos institucionales. controlar el plan general de auditoria v viailar su cumolimiento.

2. Orientar y liderar el desarrollo del control fiscal participative en coordinacion con los contralores provinciates, promoviendo la participacion ciudadana en el ejercicio del control fiscal.

cgr@Contraloria.gov;co • www.Contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombia P^gina 4 de 19CONTRALORIA GENERAL OE LA REPUBLICA De acuerdo con lo expuesto, la Contraloria General de la Republica, para ejercer el control fiscal a los recursos provenientes de las regalias, contara con una planta temporal, financiada con el porcentaje de recursos asignado conforme a lo establecido en el articulo 361 de la Constitucion y los que se determinen de los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalias. El Congreso de la Republica a traves de la Ley 2279 de 202211 otorgo al presidente de la Republica facultades extraordinarias para suprimir, modificar, o crear empleos en la planta global de duracion temporal de la Contraloria General de la Republica de que trata el Decreto ley 1755 de 202012. El Decreto ley 2651 de 30 de diciembre de 202213, suprimio y creo unos empleos en la planta global de duracion temporal de la Contraloria General de la Republica, y mediante la Ley 2443 del 27 de diciembre de 202414, se prorrogo la existencia de esta planta temporal para el periodo 2025-2026, con el fin de continuar con la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalias. En el inciso segundo del paragrafo del articulo 2 del Decreto Ley 2651 de 2022, se faculto al Contralor General de la Republica, para fijar el respective manual de funciones, el cual se adopto mediante la Resoluciqn Organizacional ORG0821 de 202315, modificada por la Resolucion Organizacional OG2 0880 del 20 de mayo de 2025, que en el articulo 1, preciso: “ARTICULO PRIMERO. Adoptar de manera parcial el "Manual Especlfico de Funciones,

202315, modificada por la Resolucion Organizacional OG2 0880 del 20 de mayo de 2025, que en el articulo 1, preciso: “ARTICULO PRIMERO. Adoptar de manera parcial el "Manual Especlfico de Funciones, Requisites y Competencias Laborales de los Empleos Publicos de la Planta Global de Duracion Temporal de Regalias de la Contraloria General de la Republica", creada mediante articulo 2 del Decreto 2651 de 2022, "Por el cual se suprimen y crean unos empleos en la planta global de duracion temporal de la Contraloria General de la Republica, para la vigilancia v control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalias" el cual se encuentra contenido en documento adjunto - Fichas Tecnicas que integran la presente resolucion (...)” (Negrilla y subrayado fuera de texto). 11 For la cual se decreta el presupuesto del sistema general de regalias para el bienio del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2024 12 For el cual se suprimen y crean unos empleos en la planta global de duracion temporal de la Contraloria General de la Republica, para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalias 13 Por el cual se suprimen y crean unos empleos en la planta global de duracidn temporal de la Contraloria General de la Republica, para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalias 14 Por el cual se establecen disposiciones para dar continuidad a la funcion publica de control fiscal al sistema general de regalias en el bienio 2025-2026 15 Modificado por la Resolucion Organizacional 0821 de! 24 de enero de 2023.En el sentido de generar e integrar las funciones correspondientes a los empleos de Profesional Universitario Grade 02 y Profesional Especializado Grado 03 de la Planta Global

conforme los obietivos institucionales. controlar el plan general de auditoria v viailar su cumolimiento.

2. Orientar y liderar el desarrollo del control fiscal participative en coordinacion con los contralores provinciates, promoviendo la participacion ciudadana en el ejercicio del control fiscal.

3. Definir lineamientos para el conocimiento, tramite y decisiones de indagaciones preliminares, antecedentes fiscales, procesos de responsabilidad fiscal y cobro coactivo, en coordinacion con los directivos colegiados, supervisando la calidad de los informes generados. .

4. Representar al Contralor General de la Republica y a los contralores delegados a nivel departamental, asegurando el cumplimiento de los objetivos de vigilancia fiscal en la region.

5. Disehar estrategias para la administracion del talento humano de la Gerencia Departamental. aarantizando el desarrollo de oolfticas de personal, el cumplimiento de los derechos v deberes de los servidores pubiicos v un adecuado clima laboral (Negrilla y subrayado fuera de texto).

Conforme a lo expuesto en la Ley 2056 de 2020 y el Decreto ley 2651 de 30 de diciembre de 2022, se dispuso la competencia para el ejercicio del control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalias, mediante la creacion de una planta temporal de empleos para fortalecer el ejercicio y la vigilancia del control fiscal a los recursos del SGR, disposiciones que no excluyen a la planta permanente de la CGR para ejercer el control fiscal de estos mismos recursos, conforme a lo dispuesto en el articulo 267 de la Constitucion Politica y la adopcion del “Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales de los Empleos Pubiicos de la Planta Global de la Contraloria General de la Republica”, que establece

dispuesto en el articulo 267 de la Constitucion Politica y la adopcion del “Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales de los Empleos Pubiicos de la Planta Global de la Contraloria General de la Republica”, que establece dentro de las funciones de los servidores Pubiicos de la CGR, la vigilancia y control fiscal de los recursos Pubiicos, sin hacer distincion del origen de los mismos. Por su parte, al interior de la Contraloria General de la Republica, para la reglamentacion de la planta temporal de regalias, se expidio la Resolucion Organizacional ORG 0880 de 2025, que actualize el Manual Especifico de Funciones, 16 Adoptado mediante Resolucidn 871 del 19 de diciembre de 2024, en el sentido de adicionar disciplinas academicas y ajustar competencias y requisitos de estudio y experiencia. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Cddigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@Contraloria.go\/.co • www.Contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 6 de 19| CONTRALORIA ' CENERAU DE LA REPUBUCA Requisites y Competencias Laborales de los empleos de la Planta Temporal de Regalias bienio 2025 -2026 para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalias - Version 5.0 - GTH-03-MF-002, para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General d© Regalias, el cual para el nivel desconcentrado, dentro de las funciones de los contfalores provinciales para el SGR, precise: “(...) Dirigir, de manera colegiada con los Gerentes Departamentales y Contralores Provinciales, el tramite y decisiones de los orocesos de control fiscal micro, indagacion oreliminar fiscal, resoonsabilidad fiscal, cobro coactivo v

precise: “(...) Dirigir, de manera colegiada con los Gerentes Departamentales y Contralores Provinciales, el tramite y decisiones de los orocesos de control fiscal micro, indagacion oreliminar fiscal, resoonsabilidad fiscal, cobro coactivo v sancionatorios fiscales relacionados con el Sistema General de Regalias.

2. Orientar la definicidn de poUticas. planes v oroaramas de vigilancia fiscal en el Sistema General de Regalias, garantizando su eiecucidn en la circunscriocion territorial para cumolir con los obietivos institucionales.

3. Orientar de manera consensuada con el Gerente Departamental y los Contralores Provinciales en decisiones y asuntos de complejidad financiera yjuridica que fortalezcan la gestion fiscal dentro de su circunscripcion territorial.

4. Dirigir. en coordinacion con el Gerente Departamental. la elaboracidn del comoonente territorial del plan general de auditoria relacionado con el Sistema General de Regalias, conforms a los lineamientos del Contralor General de la Republica y en articulacion con las Contralorias Delegadas.

5. Liderar el desarrollo v eiecucidn del plan general de auditoria del Sistema General de Regalias en todas sus fases, contribuyendo al logro de los objetivos institucionales.

6. Dirigir el desarrollo de los procesos administrativos sancionatorios para determinar el grado de responsabilidad del gestor fiscal, en relacidn con el Sistema General de Regalias. (...)" (Negrilla y subrayado fuera de texto).

Se logra evidenciar en estas ultimas funciones, que las mismas estan directamente relacionadas con los recursos provenientes del Sistema General de Regalias SGR y limitan su actuacion a la vigilancia y control fiscal de los mismos, es decir que sus funciones se enmarca especificamente en el condicionamiento de estos recursos a diferencia de las funciones del gerente departamental que puede determinar el mismo

limitan su actuacion a la vigilancia y control fiscal de los mismos, es decir que sus funciones se enmarca especificamente en el condicionamiento de estos recursos a diferencia de las funciones del gerente departamental que puede determinar el mismo control fiscal, pero respecto de todo tipo de recursos incluidos los recursos de regalias. En igual sentido la Resolucion Organizacional OGZ.0748 de 202017, en la cual se determina la competencia para el conocimiento, tramite, decision y sustanciacion indagaciones preliminares - IP y procesos de responsabilidad fiscal - PRF, incluyendo los provenientes por recursos del Sistema General de Regalias, conforme a lo reglado en el articulo 5, numeral 8 preciso la competencia para el nivel desconcentrado, asi: “Articulo 5. Servidores Publicos competentes para el conocimiento, trdmite y decision de la Indagacidn Preliminar Fiscal. 17 "Por la cual se determina la competencia para el conodmiento y tramite de la aeddn de responsabilidad fiscal y de cobro coactivo en la Contraloria General de la Republica y se dictan otras disposiciones" Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • C6digo Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@Contraloria.gov.co • wvAv.Contraloria.gov.ee • Bogota, D. C.. Colombiai Pdgina 7 de 19CONTRALORIA OeNERAL DE LA REPU8LICA Segun las competencias que se establecen en la presente Resolucion, el conocimiento, tramite y decision de las indagaciones preliminares fiscales estara en cabeza de quien ejerza el cargo de: (...)

8. Directivos de las Gerencias Deoartamentales Coleaiadas (Gerentes Departamentales v Contralores Provinciales). (...)" (negrilla y subrayado fuera de texto) Por su parte el numeral 6 del articulo 6 de la misma resolucion, fijo la competencia para el conocimiento y tramite de los procesos de responsabilidad fiscal, incluidos los que se tramitan respecto de los recursos SGR. “Articulo 6. Sen/idores Publicos competentes para el conocimiento, tramite y decision

del Proceso de Responsabilidad Fiscal. Segun las competencias que se establecen en la presente Resolucion, el conocimiento, tramite y decision de los procesos de responsabilidad fiscal estara en cabeza de quien ejerza el cargo de: (...)

6. Directivos de las Gerencias Departamentales Coleaiadas (Gerentes Departamentales v Contralores Provinciales).’’ (Negrilla y subrayado fuera de texto).

Es procedente senalar que la citada norma, no hace distincion alguna respecto de la competencia y conocimiento de los procesos de responsabilidad o de las indagaciones preliminares, ni distingue entre los asuntos cuyos recursos provienen del Sistema General de Regalias y ios derivados de las demas fuentes de recursos Publicos. Es decir, que cuando la planta temporal de regalias pierde competencia, precisamente por la naturaleza temporal de su existencia (bianual), los asuntos de vigilancia y control propios del Sistema General de Regalias, pasan a ser competencia de los directivos de la planta permanente de la CGR. Contrario sensu, la planta global temporal de regalias, no puede asumir dentro del cumplimiento de sus funciones la vigilancia y control fiscal de otro tipo de recursos publicos que no sean los de regalias, como tampoco pueden conocer del tramite, decision y sustanciacion indagaciones preliminares - IP y procesos de responsabilidad fiscal - PRF, provenientes de recursos publicos ordinaries del orden nacional,

publicos que no sean los de regalias, como tampoco pueden conocer del tramite, decision y sustanciacion indagaciones preliminares - IP y procesos de responsabilidad fiscal - PRF, provenientes de recursos publicos ordinaries del orden nacional, territorial, del sistema General de Participacion SGP, toda vez que sus competencias son especificas y se limita a los recursos del SGR. En tal sentido, el paragrafo del articulo 2.2.1.1.4. del Decreto Unico Reglamentario 1083 de 201518, precisa lo siguiente: 18 For medio del cuai se expide el Decreto Unico Reglamentario del Sector de Funcion Publica Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@Contralona.gov:co • www.Contralorla.gov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 8 de 19CONTRALORIA GENERAL DE LA RERUBLICA “ARTICULO 2.2.1.1.4. Nombramiento en el empleo temporal. El nombramiento debera efectuarse mediante acto administrativo en el que se indicara el termino de su duracion, al vencimiento del cual quien lo ocupe quedara retirado del servicio automaticamente. El termino de duracion del nombramiento en el empleo de caracter temporal debera sujetarse a la disponibilidad presupuestal. Paragrafo. A auienes eierzan emoleos de caracter temporal no oodra efectuarseles ninoun movimiento dentro de la planta de personal que imoligue el eiercicio de funciones distintas a las que dieron luaar a la creacion de los mismos de acuerdo con lo establecido en la Lev 909 de 2004. (...)” Ahora bien, para atender la pregunta formulada en la peticion “tUn funcionario de la planta de regalias adscrito al Grupo de Responsabilidad Fiscal de una Gerencia

con lo establecido en la Lev 909 de 2004. (...)” Ahora bien, para atender la pregunta formulada en la peticion “tUn funcionario de la planta de regalias adscrito al Grupo de Responsabilidad Fiscal de una Gerencia Departamental, puede ser enlace experto dentro del proceso auditor para que sin/a como enlace entre este grupo y el Grupo de Vigilancia Fiscal de la misma Gerencia, asi los recursos auditados no sean de regalias?, es procedente indicar que, de acuerdo al manual de funciones de la planta temporal de regalias, no es dable que un funcionario adscrito a la misma sea designado el rol de experto en el proceso auditor, como enlace entre los grupos de vigilancia fiscal y responsabilidad fiscal, cuando los recursos auditados no pertenezcan al Sistema General de Regalias SGR, toda vez que el alcance de sus competencias no le permite asumir funciones propias de la planta global de la CGR. For su parte, el articulo 122 de la Constitucion Politica, establece que no habra empleo publico que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento. Para lo cual el Departamento Administrativo de la Funcion Pubica, entro a definir lo que se debe entender como empleo publico, al precisar: 'En ese sentido, el empleo debe ser entendido no solo como la denominacion, el grado y el codigo que se asignan para su identificacion sino como el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propdsito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado. For lo tanto, y atendiendo lo dispuesto en el articulo 122 de la Carta Politica, cada empleo debe tener definidas sus funciones claramente9. Asi las cosas, los servidores publicos deben atender las funciones consagradas en la

desarrollo y los fines del Estado. For lo tanto, y atendiendo lo dispuesto en el articulo 122 de la Carta Politica, cada empleo debe tener definidas sus funciones claramente9. Asi las cosas, los servidores publicos deben atender las funciones consagradas en la Constitucion, la ley o los reglamentos a los cuales se encuentra cada uno adscrito en razon al cargo que desempena. Dichas funciones dfeben cumplir los fines del Estado y ser expresas, concretas, precisas y determinadas en razon a constituir el marco de responsabilidad de cada servidor publi

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