CGR - Concepto CGR-OJ-084-2026
Contraloría General de la República
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto CGR-OJ-084-2026
- Autor
- Contraloría General de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2026
f i) CONTRALORÍA i; General de la República i'
CGR-OJ- -2026
80112Bogotá D.C. ;; Señor
NAISIR MANUEL MONTANO VILLANUEVA
naissirmanuel@amail.com 'f i' Referencia: Radicado interno SIGEDOC 2026ER0104803 del 05 de mayo de 2026
I ■' ! J • ' ' RESOLUCIONES EJECUTIVAS 0132-2024 y 0133-2024Tema:
Respetado Señor Montaño: i ; La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República -CGRrecibió la consulta citada en la referencia1, la cual procede a responder a continuación:
1. Antecedentes !
Mediante el oficio citado en la referencia el peticionario le solicitó a la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República lo siguiente: " (...) Teniendo en cuenta los presupuestos tácticos indicados en el acápite anterior, solicito respetuosamente a esa Dirección: '■ Primera: Informar cuál es la importancia y alcance de los principios de desarrollo sostenible y valoración de costos ambientales en el ejercicio de la vigilancia y control fiscal que adelanta la Contraloría General de la República.: ¡ I ■i Segunda: informar sucintamente sobre el contenido, alcance y objeto de las ISSAI 5110; ISSAI 5120; ISSAI 5130 e ISSAI 5140, así como de tas guías GUID-5200, GUID5201 y GUID5202, expedidas por INTOSAI. ! f Tercera: Informar sobre el contenido, alcance y finalidad de las Resoluciones Reglamentarias Ejecutivas 0132-2024 y 0133-2024. ;:
5201 y GUID5202, expedidas por INTOSAI. ! f Tercera: Informar sobre el contenido, alcance y finalidad de las Resoluciones Reglamentarias Ejecutivas 0132-2024 y 0133-2024. ;: i Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Art. 14, numeral 2o, sustituido por el articulo 1 de la Ley 1755 de 2015: "Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción”. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 car@contraloria.qov.co • www.contraloria.qov.co • Bogotá, D. C., Colombi 1 Página 1 de 10 084CONTRALORÍA General de la República Cuarta: Precisar a qué actividades, actuaciones o procedimientos resulta aplicable el procedimiento adoptado mediante la Resolución Reglamentaria Ejecutiva 0132-2024.
Quinta: Precisar a qué actividades, actuaciones o procedimientos se aplica la guía adoptada mediante la Resolución Reglamentaria Ejecutiva 0133-2024.
Sexta: Informar si el procedimiento de que trata la Resolución Reglamentaria Ejecutiva 0132-2024 puede ser utilizado por las Gerencias Departamentales Colegiadas de la
Contraloría General de la República.
Séptima: Informar si la .guía de que trata la Resolución Reglamentaria Ejecutiva 01332024 puede ser aplicada por las Gerencias Departamentales Colegiadas de la
Contraloría General de la República.
Octava: Remitir copia íntegra de las Resoluciones Reglamentarias Ejecutivas 01322024 puede ser aplicada por las Gerencias Departamentales Colegiadas de la
Contraloría General de la República.
Octava: Remitir copia íntegra de las Resoluciones Reglamentarias Ejecutivas 01322024 y 0133-2024, así como de los procedimientos, guías o documentos técnicos adoptados mediante dichas resoluciones”.
2. Alcance del Concepto y competencia de la Oficina Jurídica Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares.
En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución2, ni tienen el carácter de fuente normativo y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes en materia de control fiscal. Por la anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas ‘’sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría Genera/’3'/así como las formuladas por las contralorías territoriales ‘’respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que se deban actuar en armonía con la Contraloría General”4 y las presentadas por la ciudadanía respecto de las ‘’consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República”5. En este orden, mediante la expedición del concepto se busca "orientar a las dependencias de la CGR en la correcta aplicación de las normas que rigen para la
de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República”5. En este orden, mediante la expedición del concepto se busca "orientar a las dependencias de la CGR en la correcta aplicación de las normas que rigen para la 2 Art. 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. 3 Art. 43, numeral 4o del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art 43, numeral 5o del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art 43, numeral 12o del Decreto Ley 267 de 2000 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cor@contraloria.qov.co • www.contraloria.aov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 2 de 10CONTRALORÍA General de la República vigilancia de la gestión fiscal”6 y ‘’asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando estos lo soliciten”7. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la CGR, porque de conformidad con el artículo 43, numera! 16 del Decretó Ley 267 de 20008, esta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).
3. Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica.
Esta Oficina no se ha pronunciado sobre el tema objeto de consulta,
4. Respuesta 4.1 Problemas Jurídicos El presente concepto jurídico desarrollará los siguientes problemas jurídicos: 1. ¿Cuál es la importancia y alcance los principios de desarrollo sostenible y valoración de costos ambientales en el ejercicio de la vigilancia y control fiscal que adelanta la Contraloría General de !a República? 2. ¿Cuál es el contenido, finalidad y alcance y actividades generales que desarrolla el Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA), adoptado por la Resolución Ejecutiva REG-EJE-0132-2024? 3. ¿El Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA), adoptado por la Resolución Ejecutiva REG-EJE-0132-2024 es aplicable a las Gerencias Departamentales Colegiadas de la Contraloría General de la República? 4. ¿Cuál es el contenido, finalidad y alcance de la Guía para la Vigilancia y el Control fiscal de Instrumentos ambientales adoptada por la Resolución Ejecutiva REG-EJE-0133-2024? 6 Art 43, numeral 1 r del Decreto Ley 267 de 2000 ■ '
7 Art 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 20000 ! 8 Art 43 OFICINA JURÍDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16.Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que la comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la república en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cQr@contraloria.aov.co • www.contraloria.aov.co • Bogotá, D. C., ColombiaffN Página 3 de 10CONTRALORÍA General de la República 5. ¿La Guía para la Vigilancia y el Control fiscal de Instrumentos ambientales adoptada por la Resolución Ejecutiva REG-EJE-0133-2024 es aplicable a las Gerencias Departamentales Colegiadas de la Contraloría General de la República? 6. ¿Cuál es el objeto y finalidad de las normas internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) en aplicación al control fiscal ejercido por la Contraloría General de la República? 3.1 Resolución Ejecutiva REG-EJE-0132-2024 - "Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA)”. El objetivo9 y contenido del Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA), adoptado por la Resolución
El objetivo9 y contenido del Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA), adoptado por la Resolución Ejecutiva REG-EJE-0132-2024, es establecer los lineamientos para la operación y actividades necesarias para el desarrollo de las actuaciones de vigilancia y control fiscal de la Contraloría General de la República, verificando la aplicación de los principios de desarrollo sostenible y de valoración de costos ambientales en la gestión fiscal de los sujetos de control, los cuales se definen como: ”5Glosario y siglas Desarrollo sostenible: En virtud de este principio, la gestión económico-financiera y social del Estado debe propender por la preservación de los recursos naturales y su oferta para el beneficio de las generaciones futuras, la explotación racional, prudente y apropiada de los recursos, su uso equitativo por todas las comunidades del área de influencia y la integración de las consideraciones ambientales en la planificación del desarrollo y de la intervención estatal. Las autoridades estatales exigirán y los órganos de control fiscal comprobarán que en todo proyecto en el cual se impacten los recursos naturales, la relación costo-beneficio económica y social agregue valor público o que se dispongan los recursos necesarios para satisfacer el mantenimiento de la oferta sostenible. (Art 3, Decreto 403 de 2020). Valoración de Costos Ambientales: Es una herramienta que permite estimar los costos económicos asociados a la degradación ambiental y la pérdida de servicios ecosistémicos, con el fin de incorporarlos en la toma de decisiones y promover el uso sostenible de los recursos naturales. Desde la perspectiva del Control Fiscal de la
costos económicos asociados a la degradación ambiental y la pérdida de servicios ecosistémicos, con el fin de incorporarlos en la toma de decisiones y promover el uso sostenible de los recursos naturales. Desde la perspectiva del Control Fiscal de la Contraloría General de la República, el Principio de Valoración de Costos 9 Numeral 1 del Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA) - Resolución Ejecutiva REG-EJE-0132-2024 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 car@contraloria,Qov.co • www.contraloria.qov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 4 de 10i) CONTRALORÍA General de la República Ambientales busca evaluar si se tuvieron en cuenta los costos ambientales en la toma de decisiones de los gestores que manejan recursos públicos.y que puedan tener repercusiones en la sostenibilidad de los recursos naturales. (CGR, 2021)”10 Dichos principios, además de estar definidos por el Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA), tienen fundamento constitucional en el artículo 26711: ‘’Artículo 267. La vigilancia y el control fiscal son una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes públicos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos. La ley
Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes públicos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos. La ley reglamentará el ejercicio de las competencias entre contralorías, en observancia de los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad. El control ejercido por la Contraloría General de la República será preferente en los términos que defina ía ley. (...) La vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el seguimiento permanente al recurso público, sin oponibilidad de reserva legal para el acceso a la información por parte de los órganos de control fiscal, y el control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad, el desarrollo sostenible v el cumplimiento del principio de valoración de costos ambientales. La Contraloría General de la República tendrá competencia prevalente para ejercer control sobre la gestión de cualquier entidad territorial, de conformidad con lo que reglamente la ley”12. (Subrayado por fuera del texto) Es por ello que es posible afirmar que la importancia de los principios referenciados radica en que permiten el correcto desarrollo de la vigilancia de la gestión fiscal del Estado, y tal como lo establece la Corte Constitucional: (...) Los principios como lo reconoce la doctrina están llamados a cumplir en el sistema normativo ios siguientes papeles primordiales: (i) Sirven de base y fundamento de todo el ordenamiento jurídico; (ii) actúan como directriz hermenéutica para la aplicación de las reglas jurídicas; y finalmente, (iii) en caso de insuficiencia normativa concreta y específica, se emplean como fuente integradora del derecho.
para la aplicación de las reglas jurídicas; y finalmente, (iii) en caso de insuficiencia normativa concreta y específica, se emplean como fuente integradora del derecho. En estos términos, es indiscutible que los principios cumplen una triple función de fundamento, interpretación e integración del orden jurídico. Se reconoce a los principios como fundamento, en la medida en que contribuyen a la organización deontológica de las distintas instituciones que dan soporte a la vida jurídica, esto es, 10 Numeral 5 del Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA) - Resolución Ejecutiva REG-EJE-0132-2024 ,1 Modificado por el articulo 1 del Acto Legislativo 4 de 2019 12 Artículo 267 de la Constitución Política de Colombia de 1991 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cqr@contraloria.Qov.co • www.contraloria.aov.co • Bogotá, D. C., Colombij Página 5 de 10CONTRALORÍA General de la República fijan los criterios básicos o pilares estructurales de una determinada situación o relación social que goza de trascendencia o importancia para el derecho Frente al alcance de dicho procedimiento se tiene que: "4 - Alcance. Este procedimiento inicia con determinar la aplicabilidad del PVCA en las actuaciones de vigilancia y control fiscal de la CGR (auditorias en las modalidades vigentes, actuaciones especiales de fiscalización y atención de denuncias fiscales, sin perjuicio de su aplicación en otras actuaciones de control fiscal posterior y selectivo) en las que es susceptible revisar y verificar la evaluación de los Principios
vigentes, actuaciones especiales de fiscalización y atención de denuncias fiscales, sin perjuicio de su aplicación en otras actuaciones de control fiscal posterior y selectivo) en las que es susceptible revisar y verificar la evaluación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales, para lo cual se plantean tres situaciones que podrán presentarse de manera individual o combinada según la fiscalización y los roles que se deseen evaluar, así al evaluar un proyecto puede suceder que: , Como principios generales de la gestión fiscal que fundamentan, inspiran u orientan normas o criterios objetivos que conlleven a determinada obligación por parte del gestor fiscal; por ejemplo, para el caso de las entidades que reciben presupuesto de orden Nacional un Plan de Austeridad del Gasto y Sostenibilidad Ambiental que promueva la adquisición de bienes o servicios con ciertas características de sostenibilidad. Para otro tipo de entidades, disposiciones aplicables o internas sobre sostenibilidad ambiental. Adicionalmente existen otros escenarios en que se pueden aplicar estos principios en el contexto de la sostenibilidad ambiental como, por ejemplo, la dimensión de la sostenibilidad en el contexto de la gestión del riesgo de desastres (Ley 1523/2012), en el contexto de la gestión integral de los páramos (Ley 1930/2018), en el contexto de la gestión del desarrollo rural, en el contexto del ordenamiento territorial (Ley 1454/2011). i. En los casos en los que se identifiquen programas, proyectos, obras, actividades o contratos, que requieran otro tipo de permisos o autorizaciones de índole ambiental (Permiso de Aprovechamiento Forestal, Permiso de Ocupación de Cauce, Autorización de disposición final de residuos, permiso de vertimientos, entre otros.), igualmente estos principios fundamentan o
de índole ambiental (Permiso de Aprovechamiento Forestal, Permiso de Ocupación de Cauce, Autorización de disposición final de residuos, permiso de vertimientos, entre otros.), igualmente estos principios fundamentan o inspiran normas o criterios para el otorgamiento de esta clase de autorizaciones. Así mismo cuando se cuente con una licencia ambiental que no cuente.con valoración económica ambiental n. iii. En proyectos, obras o actividades que requieren la licencia u otro instrumento que cuente con valoración económica ambiental, para lo cual en cumplimiento de la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y valoración de Costos Ambientales se deban observar las buenas prácticas 13 Sentencia C-818-2005, Corte Constitucional, M.P. RODRIGO ESCOBAR GIL Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 car@contraloria.aov.co » www.contraloria.aov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 6 de 10CONTRALORÍA General de la República establecidas en la Resolución 1084 de 2018 del MADS, según la metodología de valoración escogida. El procedimiento finaliza con incorporar los resultados al Informe de auditoría, señalando los resultados de La aplicación del PPVCA en el que se haya aplicado este procedimiento”14. El procedimiento de que trata la Resolución debe ser utilizado por quienes participen en el ejercicio de la vigilancia y control fiscal de la Contraloría General de la República, es decir, las Contralorías delegadas Sectoriales, los Grupos Internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema Genera! de Regalías, las Gerencias Departamentales Colegiadas de la CGR, y en general, todas las
es decir, las Contralorías delegadas Sectoriales, los Grupos Internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema Genera! de Regalías, las Gerencias Departamentales Colegiadas de la CGR, y en general, todas las dependencias que tengan la competencia de ejercer el control fiscal posterior y selectivo de conformidad a lo señalado en el numeral 3 del Procedimiento regulado por la REG-EJE-0132-2024. Las actividades generales desarrolladas por esta resolución son: Determinar la aplicabilidad del PVCA, definir objetivo específico, realizar prueba de recorrido, seleccionar la muestra y elaborar plan de trabajo, aplicar el P-PVCA e incorporar los resultados al informe de auditoría, actividades que se encuentran detalladas en el numeral 8 del Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA), por lo cual, para su mayor comprensión y de todos los temas desarrollados anteriormente, se adjunta junto con la presente respuesta con sus respectivos anexos. 3.2 Resolución Ejecutiva REG-EJE-0133-2024 - Guía para la Vigilancia y el Control fiscal de Instrumentos ambientales. El objetivo15 de la Guía para la Vigilancia y el Control fiscal de Instrumentos ambientales adoptada por la REG-EJE-0133-2024 es orientar la evaluación de trámites e instrumentos ambientales frente a obras, proyectos o actividades que puedan afectar el ambiente, según se trate de licénciamientos, concesiones y permisos, en los que se involucran ios siguientes actores: a) sujetos de control que, como parte de su gestión, deben solicitar licencias y permisos, b) sujetos de control que se constituyen en
involucran ios siguientes actores: a) sujetos de control que, como parte de su gestión, deben solicitar licencias y permisos, b) sujetos de control que se constituyen en financiadores del respectivo proyecto, y c) sujetos de control que, como parte de su gestión están facultadas para autorizar, expedir o negar permisos y autorizaciones. Su campo de aplicación es frente a: Numeral 4 del Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA) - Resolución Ejecutiva REG-EJE-0132-2024 15 Numeral 2 de la Guía para la Vigilancia y el Control fiscal de Instrumentos ambientales - REG-EJE-0133-2024 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postad 11071 • PBX 518 7000 cqr@contraloria.gov.co • www.contraloria.qov.co • Bogotá, D. C., Colombi; Página 7 de 10CONTRALORÍA General de la República ’3 - Campo de aplicación. Esta guía está diseñada para quienes participan en el ejercicio de la vigilancia y control fiscal micro de la Contraloría General de la República (CGR). Se aplica en diferentes modalidades de auditoría, actuaciones especiales de fiscalización, atención de denuncias fiscales y otras acciones de control efectuadas por las contralorías delegadas sectoriales, los grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y las Gerencias Departamentales Colegiadas de la Contraloría General de la República” El contenido de dicha guía versa sobre las licencias ambientales y los factores claves para la revisión en profundidad de las mismas, la concesión de aguas superficiales y
Departamentales Colegiadas de la Contraloría General de la República” El contenido de dicha guía versa sobre las licencias ambientales y los factores claves para la revisión en profundidad de las mismas, la concesión de aguas superficiales y subterráneas, las disposiciones referentes a los residuos peligrosos, los permisos de aprovechamiento forestal, permisos de vertimientos de aguas residuales, permisos de emisiones atmosféricas y los permisos de ocupación de Cauce, por lo que, para su mayor comprensión, se anexa la guía para la Vigilancia y el Control fiscal de Instrumentos ambientales, la resolución que la adopta y sus respectivos anexos. De igual forma, cabe señalar que el Control fiscal a cargo de la Contraloría General de la República, se enmarca en lo señalado por la Constitución Política, la Ley 42 de 1993, el decreto 403 de 2020 y las resoluciones REG-ORG-022-2018 por la cual se adopta la guía de auditaría de cumplimiento, REG-ORG-0012-2017 por la cual se adopta la guía de auditoría financiera y REG-ORG-0023-2018 por la cual se adopta la auditoría de desempeño, todas ellas en concordancia con las normas legales de la CGR y las Normas Internacionales de Auditoría para las Entidades Fiscalizadoras SuperioresISSAI, las cuales se fundamentan en normas internacionales de auditoría. Las Guías de Auditoría están elaborada con base en las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, conocidas como ISSAI por sus siglas en inglés, emitidas por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI), y adaptadas al contexto nacional y al marco jurídico que rige la actuación de la Contraloría General de la República.
inglés, emitidas por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI), y adaptadas al contexto nacional y al marco jurídico que rige la actuación de la Contraloría General de la República. Las normas internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) tienen como propósito: Garantizar la calidad de las auditorías realizadas >■ Fortalecer la credibilidad de los informes de auditoría para los usuarios >• Mejorar la transparencia del proceso de auditoría > Especificar la responsabilidad del auditor en relación con las otras partes involucradas Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 . PBX 518 7000 cgr@contraloria,qov.co • www.contraloria.qov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 8 de 10CONTRALORÍA Genera! de la República Definir los diferentes tipos de trabajos de auditoría y el conjunto de conceptos relacionados que proporcionan un lenguaje común para la auditoría del sector público. El conjunto completo de ISSAI se basa en un conjunto básico de conceptos y principios que define la auditoría del sector público y los diferentes tipos de compromisos respaldados por las ISSAI”16.
5. Conclusiones 4.1 Los principios "desarrollo sostenible” y "valoración de costos ambientales” encuentran su fundamento constitucional en el artículo 267 de la Constitución Política de Colombia de 1991, y así mismo, el Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA), adoptado por la Resolución Ejecutiva REG-EJE-0132-2024, establece su definición tal cual se señala
Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA). 4.3 La resolución reglamentaria Ejecutiva REG-EJE-0133-2024 adopta la Guía para la Vigilancia y el Control fiscal de Instrumentos ambientales es orientar la evaluación de trámites e instrumentos ambientales frente a obras, proyectos o actividades que 16 Artículo 1.2.1 de la Guía de Auditoría Territorial en el marco de las Normas Internacionales ISSAI -GAT Versión 4.0 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cQr@contraloria.qov,co • www.contraloria.aov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 9 de 10© CONTRALORÍA General de la República puedan afectar el ambiente, según se trate de licénciamientos, concesiones y permisos, en los que se involucran los actores mencionados. Esta resolución es aplicable a las Gerencias Departamentales Colegiadas de la Contraloría General de la República de conformidad con el numeral 3 de la misma. El contenido de esta guía versa sobre las licencias ambientales y los factores claves para la revisión en profundidad de las mismas, la concesión de aguas superficiales y subterráneas, las disposiciones referentes a los residuos peligrosos, los permisos de aprovechamiento forestal, permisos de vertimientos de aguas residuales, permisos de emisiones atmosféricas y los permisos de ocupación de Cauce, por lo que, para su mayor comprensión, se anexa la guía para la Vigilancia y el Control fiscal de Instrumentos ambientales, la resolución que la adopta y sus respectivos anexos.
la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA), adoptado por la Resolución Ejecutiva REG-EJE-0132-2024, establece su definición tal cual se señala en la presente respuesta. La importancia de estos principios radica en que contribuyen al correcto desarrollo de la vigilancia de la gestión fiscal del Estado. 4.2 La Resolución Reglamentaria Ejecutiva REG-EJE-0132-2024 adopta el Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA), cuyo contenido versa sobre los lineamientos para la operación y actividades necesarias para el desarrollo de las actuaciones de vigilancia y control fiscal de la Contraloría General de la República, junto a la aplicación de los principios de desarrollo sostenible y de valoración de costos ambientales en la gestión fiscal de los sujetos de control. Este procedimiento también es aplicable para las Gerencias Departamentales Colegiadas de la Contraloría General de la República de conformidad a! numeral 3 de la REG-EJE-0132-2024. Las actividades generales desarrolladas por la anterior resolución son: Determinar la aplicabilidad del PVCA, definir objetivo específico, realizar prueba de recorrido, seleccionar la muestra y elaborar plan de trabajo, aplicar el P-PVCA e incorporar los resultados al informe de auditoría, actividades que se encuentran detalladas en el numeral 8 del Procedimiento de Control fiscal a la aplicación de los Principios de Desarrollo Sostenible y de Valoración de Costos Ambientales en la Vigilancia y Control Fiscal que ejerce la CGR (P-DSVCA). 4.3 La resolución reglamentaria Ejecutiva REG-EJE-0133-2024 adopta la Guía para la
emisiones atmosféricas y los permisos de ocupación de Cauce, por lo que, para su mayor comprensión, se anexa la guía para la Vigilancia y el Control fiscal de Instrumentos ambientales, la resolución que la adopta y sus respectivos anexos. Estas normas están dirigidas a garantizar la calidad de las auditorías realizadas, fortalecer la credibilidad de íos informes de auditoría para los usuarios, mejorar la transparencia del proceso de auditoría y definir los diferentes tipos de trabajos de auditoría y el conjunto de conceptos relacionados que proporcionan un lenguaje común para la auditoría del sector público. 4.4 Para mayor comprensión de lo expuesto, se