CGR - Concepto CGR–OJ-121 de 2025
Contraloría General de la República
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto CGR–OJ-121 de 2025
- Autor
- Contraloría General de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2025
Contraloria General de la República :: SGD 26-08-2025 08:44
Ai Contestar Cite Este No.: 2025IE0100791 Fol:9 Anex:0 FA:0
ORIGEN 80112 OFICINA JURÍDICA/CARLOSOSCAR VERGARA RODRIGUEZ
DESTINO 80631 DESPACHO GERENTE DEPARTAMENTAL DEQUINDÍO/HECTOR ALBERTO MARINRIOS
CONTRALORÍA
ASUNTO CONCEPTO
OBS
GENERAL DE LA REPÚBLICA
2025IE0100791
80112CGR - OJ - de 2025
Bogotá D.C. Doctor
HÉCTOR ALBERTO MARÍN RÍOS
Gerente Departamental Colegiada Quindio Contraloría General de la República hector.marin@Contraloria.gov.co Referencia: Radicado SIGEDOC 2025IE0090774 del 4 de agosto de 2025
PLANTA TEMPORAL DE REGALÍAS EN LAS GERENCIAS
DEPARTAMENTALES COLEGIADAS DE LA CGR - INFORMES
TÉCNICOS FUNCIONARIOS PLANTA GLOBAL
COMPETENCIA PROCESOS DE RESPONSABILIDAD FISCAL
RECURSO DE REGALÍAS
Tema: Respetado Doctor Marín: La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República -CGRrecibió la comunicación citada en la referencia1, en la cual nos solicita pronunciamiento,
respecto de los siguientes aspectos:
1. Antecedentes.
En el oficio de la referencia su despacho presenta la siguiente solicitud: A través de la Ley 2443 del 27 de diciembre de 2024, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 la planta temporal del Sistema General de Regalías de la Contraloría General de la República para la vigilancia y control fiscal de los recursos
A través de la Ley 2443 del 27 de diciembre de 2024, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 la planta temporal del Sistema General de Regalías de la Contraloría General de la República para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, creada mediante Decreto Ley 2651 de 2022. Al interior de la CGR, a través de la Resolución OGZ-0827 del 16 de marzo de 2023, se establecieron grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, entre ellos el Grupo Interno de Trabajo Coordinación para la Responsabilidad Fiscal. Tara la atención de peticiones y consultas, mediante la Resolución Reglamentaria Ejecutiva REG-EJE No. 0064 del 30 de marzo de 2020 de la CGR, se determinó dar cumplimiento al artículo 5o del Decreto Ley 491 de 28 de marzo de 2020, el cual dispone la ampliación de los términos señalados en el artículo 14 de la Ley 1437 de 2011 para atender peticiones que se encuentren en curso o que se radiquen durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@Contraloria.gov.co • www.Contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombi^ Página 1 de 17 121CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA La Resolución OGZ-0827 del 2023, estableció en el artículo 81 las funciones del grupo interno de trabajo para la responsabilidad fiscal y del funcionario designado como coordinador. Por su pare el artículo 15 y 17 de la referida Resolución Organizacional, establecieron
La Resolución OGZ-0827 del 2023, estableció en el artículo 81 las funciones del grupo interno de trabajo para la responsabilidad fiscal y del funcionario designado como coordinador. Por su pare el artículo 15 y 17 de la referida Resolución Organizacional, establecieron las funciones de los Contralores provinciales de Regalías y el reparto de los antecedentes o hallazgos, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad. Igualmente, la CGR a través de la Resolución OGR-81117-0880 del 20 de mayo de 2025, actualizado versión 5.0 del Manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los empleos de la Planta Temporal de Regalías bienio 2005-2026. Actualmente en la panta de cargos de la Gerencia Departamental Colegiada de Quindío tiene asignados: (1) Contralor Provincial - Grado 01 ¡ (1) Profesional Universitario - Grado 01; quienes tramitan las actuaciones relacionadas con indagaciones preliminares y procesos, en su rol de directivos de conocimiento y sustanciador. En lo que respeta con los informes técnicos decretados en estas actuaciones, la gerencia viene designando los profesionales del grupo delegado de vigilancia fiscal para prestar estos apoyos. Del contenido de la Resolución OGZ-0827 del 2023, en especial el reparto de que trata el artículo 17, se infiere que la norma confiere competencia a los Contralores Provinciales de Regalías para conocer de los antecedentes o hallazgos, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, cuando se refieran a casos que involucren o estén asociados a los recursos del Sistema General de Regalías en la respectiva jurisdicción territorial de la Gerencia Departamental
indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, cuando se refieran a casos que involucren o estén asociados a los recursos del Sistema General de Regalías en la respectiva jurisdicción territorial de la Gerencia Departamental Colegiada (inciso primero). Seguidamente, (inciso 4) esta disposición señala que, de acuerdo con las necesidades del servicio, el «...Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal en articulación con el Gerente Departamental, dispondrá la asignación de dichos hallazgos a los Directivos de la planta permanente de las Gerencias Departamentales Colegiadas...» Atendiendo lo anterior, respetuosamente se solicita concepto en lo siguiente:
1. Algunos servidores públicos del Grupo de Vigilancia Fiscal han manifestado que la normatividad vigente no los faculta para rendir informes técnicos en las actuaciones a cargo del provincial de regalías, y los mismos los' deben ser adelantados por el personal de la planta temporal del SGR, en este sentido, ¿se pueden asignar profesionales universitarios del grupo delegado de vigilancia fiscal para que rindan los informes técnicos de que trata el artículo 10 de la Resolución Organizacional No. 748 de 2020 y artículo 117 de la Ley 1474 de 2011?
2. Atendiendo la necesidad del servicio (cúmulo de actuaciones, riesgo de caducidad o prescripción), ¿se pueden asignar las actuaciones que involucren recursos del Sistema General de Regalías a los Directivos de la planta permanente de la Gerencia
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cgr@Contraloria.gov.co • www.Contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 2 de 17CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA Departamental Colegiada?; igualmente, ¿se puede asignar un profesional universitario de la planta permanente de la gerencia para sustanciar actuaciones que involucren recursos del Sistema General de Regalías? (...)" Alcance del concepto y competencia de la Oficina Jurídica.2. Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República CGR, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución2 ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. ! Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas “sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría Genera/”3, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General’4 y las presentadas por la ciudadanía respecto de “las consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República”5. En este orden, mediante su expedición se busca “orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para ia
formuladas a la Contraloría General de la República”5. En este orden, mediante su expedición se busca “orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para ia vigilancia de la gestión fiscal’® y "asesorarjurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten’7. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la CGR, acorde con lo dispuesto en el artículo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 20008, esta calidad sólo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s). 2 Art. 28 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. 3 Art. 43, numeral 4o del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 5o del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 6 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 7 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 8 Art. 43 Oficina Jurídica. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden.
doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 . cgr@Contraloria.gov.co • www.Contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Pk Página 3 de 17<§>
CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPUBLICA Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica.3. Esta Oficina se ha pronunciado sobre algunos aspectos relacionados con el tema objeto de estudio, en relación con la competencias de las Gerencias Departamentales y especialmente en el conocimiento y tramite de los procesos de responsabilidad fiscal tramitados por la planta temporal de regalías, mediante los conceptos CGR-OJPI-057-2018 con SIGEDOC 2018EE0053147 de fecha 04 de mayo de 2018, CGR-0JPI-023-2020 con SIGEDOC 2020IE0024356 de fecha 11 de marzo de 2020, CGROJ-055-2022 con SIGEDOC 2022IE0031710 de fecha 04 de abril de 2022, CGR-OJ154-2022 con SIGEDOC 2022IE0076649 de fecha 10 de agosto de 2022, CGR-OJ147-2023 con SIGEDOC 2023IE0101234 de fecha 28 de septiembre de 2023; cuyos fundamentos se retoman en lo pertinente en la presente respuesta, los cuales pueden ser consultados en el aplicativo SINOR (Normatividad y Relatoría), a través de la
fundamentos se retoman en lo pertinente en la presente respuesta, los cuales pueden ser consultados en el aplicativo SINOR (Normatividad y Relatoría), a través de la página web institucional: www.Contraloria.qov.co en el micrositio “Normatividad”, Consideraciones Jurídicas.4. Analizado el asunto sometido a consideración de este Despacho es procedente señalar que, a partir del diseño Constitucional9 los órganos de control fiscal desarrollan de forma independiente la función pública de vigilancia y control fiscal sin ser asesores de los sujetos de vigilancia. Por ende, en virtud de la separación de poderes10, de la autonomía de las entidades territoriales11, de la autonomía administrativa de los sujetos de control y de la independencia del órgano de control fiscal12, la Contraloría General de la República CGR no participa en los procesos internos de la administración máxime cuando a los órganos de control fiscal les está prohibido el ejercicio de coadministración13. En este orden de ideas la Contraloría General de la República, emitirá pronunciamientos generales relacionados con la competencia los procesos de responsabilidad fiscal tramitados por la planta temporal de regalías. 4.1. Problema jurídico: Conforme a lo anterior, se abordará el análisis jurídico de la consulta encaminada a resolver como problema jurídico; los siguientes postulados: Competencias de las Gerencias Departamentales en la vigilancia y control de los recursos de regalías. 9 Constitución Política. Artículos 267, 268 y 272 modificados por el Acto Legislativo 04 de 2019.
10 Constitución Política. Artículo 113. 11 Constitución Política. Artículo 1. 12 Corte Constitucional, sentencias: C-113/99; C-103/15. 13 Artículo 267 de la Constitución Política, modificado por el artículo 1o del Acto Legislativo 04 de 2019. Corte Constitucional,
Sentencia C-140-20, M.P. José Fernando Reyes Cuartas.
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 PBX 518 7000 cgr@Contraloria.gov.co • www.Contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 4 de 17CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Conocimiento y trámite de los procesos de responsabilidad fiscal adelantados por la planta temporal de regalías. De la regulación de los informes técnicos en el proceso de responsabilidad fiscal. 4.2. Competencias de las Gerencias Departamentales en la vigilancia y control de los recursos de regalías. La competencia de la Contraloría General de la República para ejercer vigilancia y control fiscal a los recursos provenientes del Sistema General de Regalías SGR, está establecida en el artículo 267 de la Constitución Política y el artículo 183 de la Ley 2056 de 202014, así: “ARTÍCULO 183. Vigilancia v Control Fiscal y Disciplinario. En desarrollo de sus funciones Constitucionales y legales, la Contraloría General de la República v la Procuraduría General de la Nación ejercerán el control fiscal v disciplinario, respectivamente, sobre los recursos del Sistema General de Regalías. Con el fin de alcanzar una mayor eficacia de estas funciones, el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control implementara mecanismos de acceso, metodologías
respectivamente, sobre los recursos del Sistema General de Regalías. Con el fin de alcanzar una mayor eficacia de estas funciones, el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control implementara mecanismos de acceso, metodologías y procedimientos necesarios para proveer información pertinente y oportuna a dichos organismos de control. PARAGRAFO PRIMERO. La Contraloría General de la República para garantizar el adecuado ejercicio de las funciones de vigilancia v control fiscal de que trata el presente artículo, podrá contar con una planta temporal, financiada con el porcentaje de recursos asignado en el artículo 361 de la Constitución v los oue se asignen de los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías. PARAGRAFO SEGUNDO. Prorrogúese, hasta el 31 de diciembre del 2022, la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, en los mismos términos y condiciones del artículo 38 de la Ley 1942 de 2018, incluyendo la facultad contenida en su parágrafo segundo. Igualmente, con el propósito de efectuar los ajustes requeridos de acuerdo a las disponibilidades presupuéstales, de conformidad con lo establecido en el artículo 150, numeral 10, de la Constitución Política, revistase al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias, por el termino de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Ley, para suprimir, modificar, refundir o crear empleos en la planta de global de duración temporal de la Contraloría General de la República para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías (...)” (negrilla y subrayado fuera de texto)
modificar, refundir o crear empleos en la planta de global de duración temporal de la Contraloría General de la República para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías (...)” (negrilla y subrayado fuera de texto) 14 “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías”, derogó la Ley 1530 de 2012, la cual establecía el control fiscal a los recursos el Sistema General de Regalías. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@Contraloria.gov.co • www.Contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 5 de 17€) CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA De acuerdo con lo expuesto, la Contraloría General de la República, para ejercer el control fiscal a estos recursos, podrá contar con una planta temporal financiada con el porcentaje de recursos asignado en el artículo 361 de la Constitución y los que se determinen de los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías. El Congreso de la República a través de la Ley 2279 de 2022 otorgó al presidente de la República facultades extraordinarias para suprimir, modificar, o crear empleos en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República de que trata el Decreto ley 1755 de 2020. El Decreto ley 2651 de 30 de diciembre de 2022, suprimió y creo unos empleos en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República, y mediante la Ley 2443 del 27 de diciembre de 2024, se prorrogó la existencia de esta planta temporal para el periodo 2025-2026, con el fin de continuar con la vigilancia y
mediante la Ley 2443 del 27 de diciembre de 2024, se prorrogó la existencia de esta planta temporal para el periodo 2025-2026, con el fin de continuar con la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías. i En el inciso segundo del parágrafo del artículo 2 del Decreto Ley 2651 de 2022, se facultó al Contralor General de la República, para fijar el respectivo manual de funciones, el cual se adoptó mediante la Resolución Organizacional ORG0821 de 202315, en el artículo 1, preciso: “ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar de manera parcial el "Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global de Duración Temporal de Regalias de la Contraloría General de la República”, creada mediante artículo 2 del Decreto 2651 de 2022, "Por el cual se suprimen y crean unos empleos en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República, para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías” el cual se encuentra contenido en documento adjunto - Fichas Técnicas que integran la presente resolución (...)” Por lo expuesto, le corresponde al gerente departamental de la planta permanente de la Contraloría General de la República de acuerdo con el manual de funciones adoptado, en la Resolución Organizacional ORG-0871 de 2024, entre otras funciones las de: “3. Definir lineamientos para el conocimiento, trámite y decisiones de indagaciones preliminares, antecedentes fiscales, procesos de responsabilidad fiscal y cobro coactivo, en coordinación con los directivos colegiados, supervisando la calidad de los informes generados. (...)
preliminares, antecedentes fiscales, procesos de responsabilidad fiscal y cobro coactivo, en coordinación con los directivos colegiados, supervisando la calidad de los informes generados. (...) Diseñar estrategias para la administración del talento humano de la Gerencia Departamental, garantizando el desarrollo de políticas de personal, el cumplimiento de los derechos y deberes de los servidores públicos y un adecuado clima laboral. (...)” 15 Modificado por la Resolución OGR-81117-0880 del 20 de mayo de 2025, actualizando a la versión 5.0 del Manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los empleos de la Planta Temporal de Regalías bienio 2005-2026 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 PBX 518 7000 cgr@Contralorta.gov.co • www.Contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 6 de 17CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Conforme a lo expuesto en la Ley 2056 de 2020 y el Decreto ley 2651 de 30 de diciembre de 2022, se dispuso la competencia para el ejercicio del control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías, mediante la creación de una planta temporal de empleos para fortalecer el ejercicio y la vigilancia del control fiscal a los recursos del CGR, disposiciones que no excluyen a la planta permanente de la CGR para ejercer el control fiscal de estos mismos recursos, conforme a lo dispuesto en el artículo 267 de la Constitución Política y la adopción del “Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global de la Contraloría General de la República”, que establece dentro de las funciones de los servidores Públicos de la CGR, la vigilancia y
Especifico de Funciones y de Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global de la Contraloría General de la República”, que establece dentro de las funciones de los servidores Públicos de la CGR, la vigilancia y control fiscal de los recursos Públicos, sin hacer distinción del origen de los mismos. Por su parte al interior de la Contraloría General de la República, para la reglamentación de la planta temporal de regalías, se expidió la Resolución Organizacional ORG 0880 de 2025, que actualiza el Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los empleos de la Planta Temporal de Regalías bienio 2025 -2026, para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y en igual sentido la Resolución Organizacional OGZ 0748 de 202016, en la cual se determina la competencia para el conocimiento, tramite, decisión y sustanciación indagaciones preliminares - IP y procesos de responsabilidad fiscal - PRF, incluyendo los provenientes por recursos del Sistema General de Regalías, conformé a lo reglado en el artículo 5, numeral 8 preciso la competencia para el nivel desconcentrado, así: “Artículo 5. Servidores Públicos competentes para el conocimiento, trámite y decisión de la Indagación Preliminar Fiscal. Según las competencias que se establecen en la presente Resolución, el conocimiento, trámite y decisión de las indagaciones preliminares fiscales estará en cabeza de quien ejerza el cargo de: (...)
8. Directivos de las Gerencias Departamentales Colegiadas (Gerentes Departamentales v Contralores Provinciales). (...)’’ (negrilla y subrayado fuera de texto) Por su parte el numeral 6 del artículo 6 de la misma resolución, fijó la competencia para el conocimiento y trámite de los procesos de responsabilidad fiscal, incluidos los que se tramitan respecto de los recursos SGR. “Artículo 6. Servidores Públicos competentes para el conocimiento, trámite y decisión del Proceso de Responsabilidad Fiscal. 16 "Por la cual se determina la competencia para el conocimiento y trámite de la acción de responsabilidad fiscal y de cobro coactivo en la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones"_______________________________
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@Contraloria.gov.co • www.Contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 7 de 17CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Según las competencias que se establecen en la presente Resolución, el conocimiento, trámite y decisión de los procesos de responsabilidad fiscal estará en cabeza de quien ejerza el cargo de: (...)
6. Directivos de las Gerencias Departamentales Colegiadas (Gerentes Departamentales y Contralores Provinciates). " Es procedente señalar que la citada norma, no hace distinción alguna respecto de la competencia y conocimiento de los procesos de responsabilidad o de las indagaciones preliminares, ni distingue entre los asuntos cuyos recursos provienen del Sistema General de Regalías y los derivados de las demás fuentes de recursos Públicos. Es decir, que cuando la planta temporal de regalías pierde competencia, precisamente por la naturaleza temporal de su existencia (bianual), los asuntos vigilancia y control
General de Regalías y los derivados de las demás fuentes de recursos Públicos. Es decir, que cuando la planta temporal de regalías pierde competencia, precisamente por la naturaleza temporal de su existencia (bianual), los asuntos vigilancia y control propios del Sistema General de Regalías, pasan a ser competencia de los directivos de la planta permanente de la CGR. 4.3. Conocimiento y trámite de los procesos de responsabilidad fiscal adelantados por la planta temporal de regalías Como se indicó en el numeral anterior, el ejercicio de vigilancia y control fiscal de los recursos públicos, no hace distinción respecto del origen de los mismos, es decir que aquellos que provienen de las regalías, son vigilados por la planta temporal de regalías de la Contraloría General de la República; sin embargo, cuando esta planta termina su vigencia, los procesos de vigilancia y control (Auditorías, Actuaciones Especiales, Especiales Seguimientos) y de los Procesos de Responsabilidad Fiscal, pasan a ser de conocimiento de los directivos adscritos a la planta permanente de la Contraloría, mientas se constituye una nueva vigencia de la planta de regalías. Los procesos de responsabilidad fiscal, cuentan con norma especial para su trámite y al interior de la CGR se ha determinado la competencia y conocimiento de estos asuntos, mediante la Resolución Organizacional OGZ 0748 de 2020 “Por la cual se determina la competencia para el conocimiento y trámite de la acción de responsabilidad fiscal y de cobro coactivo en la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones’1, en articulación con la Resolución OGR-81117-0880 del 20 de mayo de 2025, que actualizó el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los
en articulación con la Resolución OGR-81117-0880 del 20 de mayo de 2025, que actualizó el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los empleos de la Planta Temporal de Regalías bienio 2005-2026 “Manual Especifico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global de Duración Temporal de Regalías de la Contraloría General de la República11. En el cual se determina como objetivo principal de la creación del cargo de Contralor provincial de regalías: “Dirigir el ejercicio del control fiscal micro, la recepción y trámite de quejas y denuncias, la indagación preliminar fiscal y los procesos de responsabilidad fiscal, jurisdicción coactiva y sancionatorio fiscal, de conformidad con las normas legales vigentes y las Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@Contraloria.gov.co • www.Contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 8 de 17CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Políticas y procedimientos adoptados por la Contraloría General de la República, correspondientes al Sistema General de Regalías. ” (negrilla y subrayado fuera de texto) A renglón seguido, dentro de las funciones esenciales que deben desarrollar los contralores provinciales de Regalías, para la tención de la acción fiscal, están las de: "1. Ejercer y dirigir, de manera colegiada con los Gerentes Departamentales y demás Contralores Provinciales, el trámite y decisiones de los procesos de control fiscal micro, la indagación preliminar fiscal, los procesos de responsabilidad fiscal, cobro coactivo y
"1. Ejercer y dirigir, de manera colegiada con los Gerentes Departamentales y demás Contralores Provinciales, el trámite y decisiones de los procesos de control fiscal micro, la indagación preliminar fiscal, los procesos de responsabilidad fiscal, cobro coactivo y sancionatorios fiscales correspondientes ai Sistema General de Regalías (...)
8. Responder por el desarrollo de las indagaciones preliminares que deban adelantarse como resultado del proceso micro, relacionado con el Sistema General de Regalías, para coadyuvar a la apertura del proceso de responsabilidad fiscal (...)
11. Determinar la procedencia de la iniciación de los procesos de responsabilidad fiscal y del decreto de medidas cautelares, para garantizar el pago del detrimento que llegare a configurar en un posible fallo con responsabilidad fiscal” (negrilla y subrayado fuera de texto) Por su parte la Resolución Organizacional 0827 de 202317, las que determina el lineamiento completo para el trámite de los PRF, determina los lineamientos para la composición, funciones y direccionamiento de los grupos de trabajo, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Resolución OGZ 0827 de 2023. “ARTICULO 3o. CREACION DE GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALIAS. Crear para el cumplimiento de las funciones de vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, los siguientes grupos Internos de trabajo adscritos al Despacho del Contralor General de la República: (1) Grupo Interno de Trabajo Coordinación para la Vigilancia y Control Fiscal de
los Recursos del Sistema General de Regalías. (2) Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Macro. (3) Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Micro. (4) Grupo Interno de Trabajo Coordinación para la Responsabilidad Fiscal. (5) Grupo Interno de Trabajo Coordinación Administrativa.” Para el Grupo interno de Trabajo de Responsabilidad Fiscal del Sistema General de Regalías, en el artículo 8o, se establecen como funciones, entre otras, la de Realizar el reparto y/o reasignar ios antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal en el grupo de trabajo. ” 17 "Por la cual se deroga la Resolución REG-ORG-0057 de 2023, y se toman otras disposiciones relacionadas con la creación de grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del sistema general de regalías y se dictan normas para reglamentar su ejercicio." Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 PBX 518 7000 cgr@Contraloria.gov.co • www.Contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 9 de 17CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA Se evidencia claramente que para el trámite los Procesos de Responsabilidad Fiscal, se contará con un grupo interno de trabajo que atenderá las disposiciones y lineamient
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