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CGR - Concepto EE0065595 de 2015

Contraloría General de la Nación

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Disponible

Detalles

Título
CGR - Concepto EE0065595 de 2015
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2015

V Íí®lCONTRALORÍAI o™,» ÿ # GENERAL D£ LAREPÚBLICA íJURÍDICA

80112 Bogotá, D.C.

ContraloriaGeneraldelaRepública: :SGD26-05-201515:34

AlContestarCiteEsteNo.: 2015EE0065595Fol:3Anex:0FA:0

ORIGEN S0112-OFICINAJURIDICA/MARTHAJULIANAMARTINEZBERMEO

DESTINOALEJANDRAMENESÉS

ASUNTO ACATAMIENTODELCONTRALORAUACONSTITUCIONYLEYES

OBS 2015EE0065595 IIIliliIIIIIliliIIIIIlllliilllIlllllllllllIIII Señora

ALEJANDRA MENESES

i.aleial7@hotmail.com

ASUNTO:ACATAMIENTO DELCONTRALORGENERALDELAREPUBLICAA LA

CONSTITUCION Y LAS LEYES. ARTICULO 268 DE LA

CONSTUTUCION POLITICA.

EstaOficina recibió su comunicación donde pregunta si el Contralor General de la República tiene el deber de Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los Decretos (...) de conformidad con lo ordenado por elartículo 268 de la Constitución Política.

ALCANCE DEL CONCEPTO.

Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. Encuanto asu alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, nitienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control

fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limitaaaquellas queformulen lasdependencias internasde laCGR, losempleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General"1, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General"2y las presentadas por la ciudadanía respecto de "la consultas deordenjurídico que leseanformuladas a la Contraloría Generalde la República"3. 1Art.43,numeral4delDecretoLey267de2000. 3Art.43,numeral5delDecretoLey267de2000. 3Art.43,numeral12delDecretoLey267de2000. Carrera9 No. 12C-10piso8 Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloría.gov.co

CONTRALORiA

|OFtCINA

GENERAL DELAREPÚBLICA > JURÍDiCA

SeñoraAlejandraMeneses Página2de5 En esteorden, mediantesu expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigenparalavigilanciadelagestiónfiscal"4y "asesorarjurídicamente a lasentidades que ejercen el controlfiscal en el nivelterritorial y a lossujetos pasivosdevigilancia cuando éstos losoliciten"5. Finalmente se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una

doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con lo dispuesto en el artículo43, numeral 166del DecretoLey267de2000, estacalidad solo latienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con !a(s) dependencia(s) implicada(s).

CONSIDERACIONES JURIDICAS.

El Artículo 95 de la Constitución Política establece: "La calidad de colombiano enaltece a todos losmiembros de la comunidadnacional. Todos están en eldeber deengrandecerlaydignificarla. Elejerciciodelosderechosylibertadesreconocidos en esta Constituciónimplica responsabilidades. Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes." (Negrilla fueras de texto) La Carta Política señala expresamente la responsabilidad y sometimiento de todos los ciudadanos, sin excepción alguna a la Constitución Política y las Leyes y en consecuencia cada uno de los derechos y libertades reconocidos en ellas implica responsabilidades. El ordenamiento jurídico constitucional consagra ios deberes comunes a todas las personas, trátese de nacionales o extranjeras, naturales o jurídicas, particulares o servidores públicosy prescribe obligaciones paracada uno de estos sujetos. Particularmente, refiriéndose a las autoridades y servidores públicos se refiere al cumplimiento de laConstitución y las Leyes en los siguientestérminos: Artículo 121."NingunaautoridaddelEstadopodráejercerfunciones distintas de las

que leatribuyenla Constituciónylaley." 4Art.43,numeral11delDecretoLey267de2000. 5Art.43,numeral14delDecretoLey267de2000. 6Art.43.OFICINAJURIDICA.SonfuncionesdelaOficinaJurídica:(...)16.Coordinarconlasdependenciaslaadopcióndeunadoctrina einterpretaciónjurídica quecomprometalaposicióninstitucionaldelaContraloríaGeneraldelaRepúblicaentodasaquellasmaterias queporsuimportanciaameritendichopronunciamientooporimplicarunanuevaposturadenaturalezajurídicadecualquierorden. Carrera9No.12C-10piso8 Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co CONTRALORIA! oficina

GENERAL DELAREPÚBLICA iJURÍDICA

SeñoraAlejandraMeneses Página3de5 Artículo 122. (...) "Ningún servidor público entrará a ejercer su cargo sin prestar juramento de cumpliry defenderla Constitucióny desempeñarlos deberes que le incumben" Artículo 123."Sonservidorespúblicoslosmiembros de lascorporacionespúblicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente yporservicios. Los servidores públicos están al servicio delEstadoy de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma previstaporla Constitución, la leyy elreglamento." Deotro lado, la Ley734de 2002 por lacual se expide el Código Disciplinario Único, establece: "Artículo 34. Deberes. Son deberes detodo servidor público:

1. Cumpliry hacerque se cumplan los deberes contenidos en la Constitución, los tratados de Derecho Internacional Humanitario, los demás ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos distritales y municipales, los estatutos de la entidad, los reglamentos y los manuales de funciones, lasdecisionesjudiciales ydisciplinarias, lasconvencionescolectivas, los contratos de trabajo y lasórdenes superiores emitidasporfuncionario competente.

Los deberes consignados en la Ley 190de 1995se integrarán a este código." Artículo 35. "Prohibiciones. A todo servidorpúblico le está prohibido: Incumplir los deberes o abusar de los derechos o extralimitar las funciones contenidas en la Constitución, los tratados internacionales ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos distritales y municipales, los estatutos de la entidad, los reglamentos y los manuales de funciones, las decisionesjudiciales y disciplinarias, las convenciones colectivas y los contratos de trabajo." Artículo 50. "Faltas graves y leves. Constituye falta disciplinaria grave o leve, el incumplimiento de los deberes, el abuso de los derechos, la extralimitación de las funciones, o ia violación alrégimen deprohibiciones, impedimentos, inhabilidades, incompatibilidades o conflicto de intereses consagrados en la Constitución o en la ley, convenciones colectivasyloscontratos de trabajo." Carrera9 No. 12C-10piso8Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co

CONTRALORIAUc,™

GENERAL DELAREPÚBLICA JJURÍDICA

SeñoraAlejandraMeneses Página4de5 Respecto de la sujeción de las autoridades administrativas a la Constitución, a la Ley y precedentes judiciales de las altas cortes, la Corte Constitucional en

Sentencia C-539/11,señaló:

"SUJECION DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS A LA CONSTITUCION, A LA LEY Y PRECEDENTE JUDICIAL DE LAS ALTAS CORTES-Reglas jurisprudenciales fijadas en múltiples pronunciamientos de la Corte Constitucional La Corte reitera nuevamente el mandato superior de sujeción de las autoridades administrativas a la Constitucióny a la ley, yporende alprecedentejudicial de las Altas Cortes, endesarrollodelEstadoSocialy ConstitucionaldeDerecho-art.1CP™ ;los fines esenciales del Estado-art.2-; lajerarquía superior de la Constituciónart.4-; la sujeción de las autoridadespúblicas a la Constitución -artículos 6° 121y 123 CP-; el debido proceso y principio de legalidad-art.29 CP: el derecho a la igualdad -art.13 CP-; la buena fé de las autoridades públicas -art.83 CP-: los principios de la función administrativa -art. 209 CP-; la fuerza vinculante del precedentejudicial -artículo 230 superior-; y la fuerza vinculante de las decisiones de constitucionalidad -artículo 241 de la Carta Política-, En desarrollo de estos preceptos constitucionales, la Sala reitera igualmente, las regiasjurisprudenciales expuestas en detalle enlapartemotivay considerativa de esta sentencia, que han

sido fijadas y desarrolladas en múltiples pronunciamientos de esta Corporación. entre las más importantes las siguientes: (i) todas las autoridades públicas administrativas se encuentran sometidas alimperio de la Constitucióny la ley, por expreso mandato constitucional, lo cual implica el necesario acatamiento del precentejudicial emanado de lasAltas Cortes: (ii) elentendimiento delimperio de la ley, a la que están sujetas las autoridades administrativas y judiciales, debe entenderse como referido a ¡aaplicacióndelconjunto de normas constitucionalesy legales, incluyendo la interpretación jurisprudencial de los máximos órganos judiciales; (iii) todas las autoridades administrativas se encuentran obligadas a interpretar y aplicar las normas a los casos concretos de conformidad con la Constituciónylaley." Se concluye entoncesque las normas constitucionales generan un mayor grado de responsabilidad del Estado, según el artículo 6o, los particulares solo son responsables ante las autoridades por infringir laConstitución y las leyes, mientras que las autoridades públicas lo son por la misma causa y, además, por omisión o extralimitación en elejercicio de susfunciones. Incumplir la constitución y las leyes, desconoce la prevalencia del orden constitucional y la realización de losfines del Estado y si bien el artículo 268 no se Carrera9 No.12C-10piso8Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia (cid:127) www.contraloria.gov.co ((Si

CONTRALORÍAí „,c1NA \ \ JU GCNF.RAL DE LAREPÚBLICA iJURÍDICA

SeñoraAlejandraMeneses Página5de5

refiere específicamente a que ei Contralor General de la Repúblicadeba cumplir la Constitución, las Leyes, los tratados internacionales, Decretos, Resoluciones y demás normas,comociudadanoy servidor públicodeacuerdocon loexpuesto está obligado a su acatamiento so penade las responsabilidades aque hayalugar. Finalmente, es importante recordar que el Contralor General de la República es e! máximofuncionario del organismofiscalizador y susfunciones7 deben realizarsede conformidadcon el mandatoconstitucionaly legaldentrode losprocesosque leson inherentesa sus actuaciones. Cordialmente, LfiaufbcuJj Juliana Martínez Bermeo Directora Oficina Jurídica

Proyectó: CieloEslava Revisó:LucenithMuñozArenas' \ Rad.2014ER0022238 7 Artículo268.ElContralorGeneraldelaRepúblicatendrálassiguientesatribuciones: I.Prescribirlosmétodosylaformaderendircuentaslosresponsablesdelmanejodefondos obienesdelaNacióneindicarloscriteriosde evaluaciónfinanciera,operativayderesultadosquedeberánseguirse. 2.Revisaryfenecerlascuentasquedebenllevarlosresponsablesdelerarioydeterminarelgradodeeficiencia,eficaciayeconomíaconque hayanobrado. 3.LlevarunregistrodeladeudapúblicadelaNaciónydelasentidadesterritoriales. 4.Exigirinformessobresugestiónfiscalalosempleadosoficialesdecualquierordenyatodapersonaoentidadpúblicaoprivadaqueadministre

fondosobienesdelaNación. 5.Establecerlaresponsabilidadquesederivedelagestiónfiscal,imponerlassancionespecuniariasqueseandelcaso,recaudarsumontoy ejercerlajurisdiccióncoactivasobrelosalcancesdeducidosdelamisma.

6. ConceptuarsobrelacalidadyeficienciadelcontrolfiscalinternodelasentidadesyorganismosdelEstado. 7.PresentaralCongresodelaRepúblicauninformeanualsobreelestadodelosrecursosnaturalesydelambiente. 8.Promoverantelasautoridadescompetentes,aportandolaspruebasrespectivas,investigacionespenalesodisciplinariascontraquienes hayancausadoperjuicioalosinteresespatrimonialesdelEstado.LaContraloría,bajosuresponsabilidad,podráexigir,verdadsabidaybuena feguardada,lasuspensióninmediatadefuncionariosmientrasculminanlasinvestigacionesolosrespectivosprocesospenalesodisciplinarios. 9.PresentarproyectosdeleyrelativosalrégimendelcontrolfiscalyalaorganizaciónyfuncionamientodelaContraloríaGeneral. 10.Proveermedíanteconcursopúblicolosempleosdesudependenciaquehayacreadolaley.Estadeterminaráunrégimenespecialdecarrera administrativaparalaselección,promociónyretirodelosfuncionariosdelaContraloría.Seprohibeaquienesformenpartedelascorporaciones queintencionenenlapostulaciónyeleccióndelContralor,darrecomendacionespersonalesypolíticasparaempleosensudespacho. 11.PresentarInformesalCongresoyalPresidentedelaRepúblicasobreelcumplimientodesusfuncionesycertificaciónsobrelasituaciónde

lasfinanzasdelEstado,deacuerdoconlaley. 12.Dictarnormasgeneralesparaarmonizarlossistemasdecontrolfiscaldetodaslasentidadespúblicasdelordennacionalyterritorial. 13.Lasdemásqueseñalelaley. PresentaralaCámaradeRepresentanteslaCuentaGeneraldePresupuestoydelTesoroycertificarelbalancedelaHaciendapresentadoal CongresoporelContadorGeneral. Carrera9 No. 12C-10piso8Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.gov.co

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