CGR - Concepto EE0099701 de 2015
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto EE0099701 de 2015
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2015
i ÿ CONTRALORIA OENEFÍ-AL DF.LAREPÚBLICAiJURÍDICA ContraloriaGeneraldelaRepública::SGD12-08-201510:39
AlContestarCiteEsteNa: 2016EE0099701Fol:2Anex:0FA:0
ORIGEN 80112-OFICINAJURIDICAIMARTHAJULIANAMARTINEZBERMEO DESTINOJAIRYESIDDUARTELAVERDE
ASUNTO BOLETINDERESPONSABLESFISCALES-EFECTOSDELADECLARATORIADE
80112OBS 2015EE0099701 IIIllllllllllllllili!Illlllllllllllllllllllljl Bogotá, D.C. Señor
JAIR YESID DUARTELAVERDE
Jair.duartelv@qmail.com Asunto: Boletín de Responsables Fiscales - Efectos de la declaratoria de responsabilidadfiscal 1.Antecedentes. Esta Oficina ha recibido su solicitud de concepto jurídico radicada bajo el número 2015ER0066873, en la que indaga si una entidad pública puede generar pagos por concepto de apoyo educativo a entidadesque se encuentran reportadas en el boletínde responsablesfiscales.
2. Alcance del concepto y competencia de la Oficina Jurídica.
Losconceptos emitidos por laOficinaJurídica de laContraloriaGeneral de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, niel análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución1, ni tienen el carácter defuente normativay sólo puedenser utilizados parafacilitar lainterpretacióny
aplicación de las normasjurídicas vigentes, en materiade controlfiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica paraabsolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretacióny aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloria Generar2, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal ylasdemásmateriasenque debanactuaren armonía conla Contraloria General'Q y las 1RepúblicadeColombia,Ley1755de2015,artículo28 ;Art.43,numeral4delDecretoLey267de2000. 3Art.43,numeral5delDecretoLey267de2000. Carrera9No.12C-10 P.8(cid:127) PBX:6477000(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.aov.co páginaide4
CONTRALORIAI
OFICINA GENERAL DELAREPÚBLICAIJURÍDICA presentadas por la ciudadanía respecto de "la consultas de ordenjurídico que le sean formuladas a la Contraloría Generalde la República"4. En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscaf'5 y "asesorarjurídicamente a las entidades que ejercen elcontrolfiscal en elnivelterritorialy a lossujetospasivosde vigilancia cuando
éstoslosoliciten"6. Finalmente se aclara que no todos nuestros conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 167del Decreto Ley 267 de 2000, éstacalidad solo latienen las posicionesjurídicas que hayan sido previamente coordinadasy con la(s) dependencia(s) implicada(s).
3. ConsideracionesJurídicas.
Teniendo en cuenta que su consulta se remite al tema relacionado con el boletín de responsables fiscales y las obligaciones contenidas en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, este Despacho estima pertinente conceptuar de manera sucinta sobre ésta herramienta así como su consagración legal y en segundo lugar, se examinará lo correspondiente a losefectos de ladeclaratoria de responsabilidadfiscal. 3.1. Boletínde Responsables FiscalesConcepto. El Boletín de Responsables Fiscales ha sido definido por esta Oficina como "... una publicaciónperiódica mediantela cualla Contraloría GeneraldelaRepúblicareporta lalista delosnombresdelaspersonas,naturalesojurídicas, consurespectivaidentificación-cédula de ciudadanía o NIT que han sido halladas responsables fiscales y se publica para que reintegren, enforma inmediata, estos valores a laNación"8. No obstante lo anterior y teniendo en cuenta las inquietudes expuestas en su escrito de consulta, este Despachoconsideraoportunotraer aconsideraciónalgunosde losapartes consignados en el concepto 2007EE2159 del 24 de enero de 2007, en el que se
puntualizóde la siguiente manera: "Constitucionalmente la existencia de dicha base de datos que formalmente representa el Boletín, hasido validadaporlaCorte ConstitucionalalconsiderarqueelpatrimoniodeEstado esunbienconstitucionalmenterelevante. Latensiónexistenteentreelderecho colectivo ala 4Art.43,numeral12delDecretoLey267de2000. 5Art.43,numeral11delDecretoLey267de2000. 6Art.43,numeral14delDecretoLey267de2000. 7 Art. 43. OFICINA JURIDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretaciónjurídicaquecomprometalaposicióninstitucionaldelaContraloríaGeneraldelaRepúblicaentodasaquellasmateriasqueporsu importanciaameritendichopronunciamientooporimplicarunanuevaposturadenaturalezajurídicadecualquierorden. 8RepúblicadeColombia.ContraloríaGeneraldelaRepública.ConceptoN°0930del23demarzode2001 Carrera9No.12C-10 P.8(cid:127) PBX:6477000(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.oov.co Página2de4 T
CONTRALORIA|
OFICINA OENE.ilAL DELAREPÚBLICAiJUflíOlCA preservacióndelpatrimoniopúblicoyelderecho individualalhabeasdata, hasido superada a partir de la modulación de este y una interpretación holística que no reduce su núcleo
esencial. "Por tal motivo, el propósito de la administración de esta base de datos es doblementelegítima, puessirve comomecanismodepresiónparalograrelresarcimientode losdaños causadosalEstado vpermitequelasentidadesestatalesnosostenganrelaciones jurídicas contractuales o de función pública con estas personas, mientras no se reparanlos daños causados"9, (se subraya) De esta manera, podemos deducir que elBoletín de Responsables Fiscales es un registro público de las personas declaradas fiscalmente responsables de daños al patrimonio del Estado, que debe generarse periódicamente a partir de la información registrada por las contralorías, y de obligatoria consulta porpartedelosservidorespúblicos competentespara realizar contratación estatal, nombrar o posesionaren cargospúblicos. De esta manera se buscaevitarquequieneshancausadoporsuconductadolosaogravementeculposa undaño alpatrimonio estatal, se vinculen a la funciónpública o contratencon elEstado". 3.2. Boletínde ResponsablesFiscales.Alcance ylímitesdelasobligacionesfundadasporla norma. Tras la Constitución Política de 1991que reorganiza la misión funcional de la Contraloria Generalde la República, se expide la Ley42 de 1993 "Sobre la organización delsistema de controlfiscalfinanciero y los organismos que loejercen", en dondepormedio de artículo 84, se impone la obligación a la Contraloría General de la República, de publicar boletines periódicos con la relación de las personas contra quienes se haya dictado fallos con responsabilidadfiscal; a las Contralorías territoriales reportar la información de lo mismo a
aquella, y artículo seguido, se prohibe a los representantes legales y demás funcionarios competentes, de abstenerse de nombrar, darposesión o celebrar cualquier tipo de contrato con quienes aparecieren en elBoletín, so pena, de incurrir en causalde mala conducta,(se subraya) La Ley610 de 2000, que a partirdel 18de agosto delmismo año, esla norma especialque estableceeltrámite delProcesode ResponsabilidadFiscal, ensuartículo 60reglóelBoletín de Responsables Fiscales. Allí básicamente, en cada uno de sus tres (3) incisos mantiene los tres (3) mismos componentes imperativos de la Ley 42 de 1993, y corresponde a cada unodeellosundestinatario delanorma, ensuorden:la Contraloría GeneraldelaRepública, las contralorías territoriales, y losrepresentanteslegalesy demás funcionarios competentes paranombrar, darposesióno celebrarcualquiertipode contratoenlaadministraciónpública. Observemos eltenorliteraldela Ley: "ARTICULO 60. BOLETIN DE RESPONSABLES FISCALES. La Contraloría General de la República publicará con periodicidad trimestral un boletín que contendrá los nombres de las personasnaturalesojurídicasaquienesseleshayadictadofalloconresponsabilidadfiscalenfirme yejecutoriadoynohayansatisfecholaobligacióncontenida enél. 9RepúblicadeColombia.RamaJudicial.CorteConstitucional.SentenciaT-1031de2003.M.P.:EduardoMontealegreLynett Carrera9No.12C-10 P.8(cid:127) PBX:6477000(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloria.oov.co página3de4
CONTRALORIA GENERALDELAREPÚBLICA!JURÍDICA Paraefectodeloanterior,lascontraloriasterritorialesdeberáninformarala ContraloriaGeneralde laRepública, enlaforma v términosque esta establezca, larelacióndelaspersonasa quienesse leshayadictado fallo conresponsabilidadfiscal, asícomo de lasque hubierenacreditado elpació correspondiente, de los fallos que hubieren sido anulados por la jurisdicción de lo contencioso administrativo ydelasrevocacionesdirectasquehayanproferido,paraincluiroretirarsusnombres delboletín,segúnelcaso. Elincumplimientode esta obligaciónserá causaldemalaconducta. Losrepresentanteslegales,asícomolosnominadoresvdemásfuncionarioscompetentes,deberán abstenerse de nombrar, darposesióno celebrarcualquiertipo de contrato conquienesaparezcan en elboletín de responsables, so pena de incurriren causalde mala conducta, en concordancia con lo dispuesto en elartículo 6o de la ley 190de 1995. Para cumplir con esta obligación, en el evento de no contar con esta publicación, los servidores públicos consultarán a la Contraloría Generalde la Repúblicasobre lainclusiónde losfuturos funcionarios o contratistas enelboletín". (se subraya) Ya en anterior pronunciamiento10 ésta dependencia asesora señaló, que ¡os sujetos obligados por elartículo 60 mencionado, no son losparticulares que pretenden contratar o vincularse con elEstado, sino la administración en las tres (3) modalidades señaladas en
cadaunodelosincisosquedebeatender, enelmomentodeejecutarlaacciónadministrativa, lasaccionesuomisiones señaladas estrictamenteporla Ley". Acorde con lo anterior, es precisoseñalar que mientras no existaunadecisiónjudicial de autoridadcompetentequesuspendaprovisionalmenteo anuleelcorrespondientefallo de responsabilidadfiscal proferido en contra de una persona natural o jurídica, tal decisión nosólo conlleva lainclusiónen el Boletín respectivo,sino que sus efectosjurídicos están orientados a la imposibilidad de acceder a la contratación administrativa u ocupar un cargo público,ademásde laaplicación de lacaducidad del contrato, tal como lo dispone el artículo 61 de la Ley 610 de 2000. Lo anterior, sin perjuicio del pago que realice un responsable fiscal para resarcir los recursos perdidos por el Estado, situación que conlleva igualmente,a la exclusión del referido Boletín. En losanteriorestérminos, seabsuelve su consulta. Cordialmente,
JULIANA MARTINEZ BERMEO
DirectoraOficinaJurídica Proyectó: (m/ohanaAsslenArévalo Y
Revisó: VJoséDíazPeñaloza
Radicado: 2015ER0066873
10RepúblicadeColombia.ContraloríaGeneraldelaRepública.OficinaJurídica.ConceptoN°EE17341del22demarzode2006 Carrera9IMo.12C-10 P.8(cid:127) PBX:6477000(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombiaÿwww.contraloria.aov.co página4de4