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CGR - Concepto EE0160841 de 2014

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto EE0160841 de 2014
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2014

ContralonaGeneraldelaRepública: :SGD01-10-201407:30

AIContestarCiteEsteNo.: 2014EE01SÜ841Fol:7AjkOFA:0

ORIGEN 80112-0FICINAMOCA/MARTHAJUUANAMARTINEZBERMEO DESTINOMAGDACLEMENCIAHERNANDEZPUERTO/CONTRALORIAGENERALDEBOYAGA

ASUNTO PROCESODERESPONSABIUDADFISCALNOTIFICACIÓNPRESUNTOSRESPONSABLE OBS _ 2014EE0160841 lili

Tprwar Sm Uv Siroencerlcathos humamos 80112Bogotá,D.C., Doctora 2014 27OCT.

MAGDACLEMENCIA HERNÁDEZ PUERTO

DirectoraOperativade ResponsabilidadFiscal Contraloría Generalde Boyacá Calle 19No.995 piso5o

TunjaBoyacá Asunto: PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL. Notificación en el exterior de presuntos responsables.

Respetadadoctora MagdaClemencia: LaOficinaJurídica de laContraloríaGeneralde la Repúblicarecibiósu escritode fecha 1de septiembre 2014, con radicado 2014ER0119558, remitidoa esta dependencia por el Gerente Departamentalde Boyacáde laCGR con oficio 2014IE0124702 mediante el cual requiere "conceptuary/o asesorar en materia de notificaciones, más exactamente eltrámite o procedimiento a seguir cuando lapersona a la cualse le debe notificarde manera personal un .pronunciamiento de fondo en desarrollo de un Proceso de Responsabilidadfiscalreside enelexterior."

.

1 ALCANCE DELCONCEPTO Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directade problemasespecíficos, nielanálisisde actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución1, ni tienen el carácter de fuente normativay sólo pueden ser utilizados parafacilitar la interpretación y aplicación de las normasjurídicas vigentes,en materiadecontrolfiscal. Por lo anterior, lacompetenciade laOficinaJurídica paraabsolver consultas se limitaa aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismasy las entidades vigiladas "sobre interpretaciónyaplicación de las disposiciones 1Art. 28delaLey1437de2011 Av.LaEsperanza(Calle24)No.60-50(cid:127) CódigoPostal111321(cid:127) PBX6477000 car@contraloria.Qov.co(cid:127) www.contraloria.Qov.co(cid:127) Bogotá,D.C.,Colombia (cid:127) > OCONTRALORÍA|o~ SEHERALDELAREPÚBLICAIJURIDICA DoctoraMagdaClemenciaHernándezPuerto,DirectoraOperativaResponsabilidadFiscal Página2de6 legales relativas al campo de actuación de la Contraloría Generar2, así como las formuladas por las contraloríasterritoriales "respecto dela vigilancia de lagestiónfiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría Generar3 y las presentadas por la ciudadanía respecto de "las consultas de ordenjurídico que le

seanformuladas alaContraloríaGeneraldelaRepública"4. En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría Generalde la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión físcar5 y "asesorarjurídicamente a las entidades que ejercen elcontrolfiscalenelniveltenitorialya lossujetospasivosde vigilancia cuando éstoslosoliciten"6. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 167 del Decreto Ley 267/00, esta calidad sólo latienen las posicionesjurídicas que hayan sido previamentecoordinadasy con la(s) dependencia(s) implicada(s).

2. ANÁLISISJURÍDICO La Ley 1474 de 2011 reguló las notificaciones del procedimiento de responsabilidad fiscal así. "En los procesos de responsabilidadriscalque se tramiten en su integridad porlo dispuesto en laLey610 de 2000 únicamente deberán notificarsepersonalmente lassiguientesprovidencias:elautodeaperturadelprocesode responsabilidadfiscal, el autodeimputaciónderesponsabilidadfiscaly elfallo deprimerao únicainstancia;para estas providencias se aplicará elsistema de notificaciónpersonaly poraviso previsto para las actuaciones administrativas en la Ley 1437de 2011. Las demás decisiones queseprofierandentro delprocesoseránnotificadasporestado."8

2Art.43,numeral4°delDecretoLey267de2000 3Art.43,numeral5°delDecretoLey267de2000

4Art. 43,numeral12delDecretoLey267de2000 5Art.43,numeral11delDecretoLey267de2000 6Art.43,numeral14delDecretoLey267de2000 7Art. 43 OFICINA JURÍDICA. Sonfunciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinarconlas dependencias la adopcióndeunadoctrinaeinterpretaciónjurídica quecomprometalaposicióninstitucionaldelaContraloríaGeneral delaRepúblicaentodasaquellas materiasqueporsuimportancia ameritendichopronunciamientooporimplicar unanuevaposturadenaturalezajurídicadecualquierorden. 8Artículo 106 GranEstaciónIIAv-Cra.60 No.24-09Pisosdel4oal 10° (cid:127) PBX:6477000 (cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloriagen.gov.co i O CONTRALORÍA LAÿrvlAA OPICINA fGGaEErNNueEERRnxAAiLLDDf\tEEL»AA RRnpEEPPnÚÚi'iBBnLLiII1CC0AAi!JURÍDICA DoctoraMagdaClemenciaHernándezPuerto,DirectoraOperativaResponsabilidadFiscal Página3de6 Lanormaen cita contempla expresamente los pronunciamientosque, proferidos dentro del proceso de responsabilidad fiscal, deben notificarse de manera personal así: i) el auto de apertura del proceso de responsabilidad fiscal, i¡) el auto de imputación de responsabilidadfiscaly iii) elfallo de primerao de únicainstancia. Partiendo de lo anterior, es decir, de la identificación de las decisiones que deben

notificarse personalmente, se analiza la solicitud elevada por la peticionaria, sobre el procedimiento a seguir cuando la persona a la que debe notificarse personalmente se encuentraen el exterior. Nótese que, para las notificaciones referidas se aplica el sistema de notificación personal o por aviso previsto para las actuaciones administrativas, en la Ley 1437 de 2011.Al respecto, losartículos67, 68y69ibidemseñalan: "Artículo 67. Notificación personal.Las decisiones que pongan término a una actuación administrativa se notificarán personalmente al interesado, asurepresentanteoapoderado, o alapersonadebidamente autorizadaporelinteresadoparanotificarse. Enla diligencia de notificaciónse entregará alinteresado copia íntegra, auténticaygratuitadelactoadministrativo, conanotacióndelafechayla hora, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes debeninterponerseylosplazosparahacerlo. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos invalidará la notificación. La notificación personal para dar cumplimiento a todas las diligencias previstas en el inciso anterior también podrá efectuarse mediante una cualquiera delassiguientesmodalidades:

1. Por medio electrónico. Procederá siempre y cuando el interesado acepte sernotificadodeestamanera.

La administración podrá establecer este tipo de notificación para determinados actos administrativos de carácter masivo que tengan origen en convocatorias públicas. En la reglamentación de la convocatoria impartirá a los interesados las instruccionespertinentes, y establecerá modalidades alternativas de notificación personal para quienesnocuentenconaccesoalmedioelectrónico.

2. En estrados. Toda decisión que se adopte en audiencia pública será notificada verbalmente enestrados, debiéndosedejarprecisaconstancia de las decisiones adoptadas y de la circunstancia de que dichas decisiones quedaron notificadas. A partir del día siguiente a la notificaciónsecontaránlostérminosparalainterposiciónderecursos.

GranEstaciónIIAv-Cra.60No.24-09 Pisosdel4oal10° (cid:127) PBX:6477000 (cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contralorlagen.gov.co OCONTRALORÍAL™ GENERALDELAREPÚBLICAIJURÍDICA DoctoraMagdaClemenciaHernándezPuerto,DirectoraOperativaResponsabilidadFiscal Página4de6 Artículo 68. Citaciones para notificación personal.Si no hay otro medio más eficaz deinformar alinteresado, se leenviará una citación a la dirección, alnúmero de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, para que comparezca a la diligencia de notificación personal. El envío de la citación se hará dentro de los cinco (5) días siguientes a la expedición delacto,ydedichadiligenciase dejará constancia enelexpediente. Cuando se desconozca la informaciónsobre eldestinatario señalada en elincisoanterior, lacitaciónsepublicaráenlapáginaelectrónica oenun lugar de acceso al público de la respectiva entidadpor el término de cinco(5) días. Artículo 69. Notificación por aviso.Si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la

citación, esta se harápormedio de aviso que se remitirá a la dirección, alnúmero de fax o alcorreo electrónico que figuren en elexpediente o puedan obtenerse del registro mercantil, acompañado de copia íntegra delacto administrativo. Elaviso deberá indicarlafechayladelacto que se notifica, la autoridad que lo expidió, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse, losplazos respectivosylaadvertenciade que lanotificaciónse considerarásurtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino. Cuandose desconozcalainformaciónsobre eldestinatario, elaviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectivaentidadporeltérmino de cinco (5) días, conlaadvertencia de que la notificación se considerará surtida alfinalizar el día siguiente al retirodelaviso. En el expediente se dejará constancia de la remisión o publicación del avisoyde lafecha enqueporeste medio quedará surtida lanotificación personal." La notificación personal que dispone el Código de ProcedimientoAdministrativo y de lo ContenciosoAdministrativo, desarrolla en unas etapasespecíficas a seguirse, es decir, que inicia con el envío de una citación a ladirección, fax o correoelectrónico quefigure en elexpediente;si se desconocen estosdatos,señalalanorma quedeberá publicarse en lapágina electrónica o en un lugar de accesoal públicode larespectivaentidad por eltérmino decinco (5) días.

Posteriormente el procedimiento de notificación contempla que, si dentro de los cinco (5) días siguientes al envío de lacitación no esposible realizar la notificación personal, GranEstaciónIIAv-Cra.60No.24-09 Pisosdel4oal10° (cid:127) PBX:6477000 (cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloriagen.gov.co 4 J

OCONTRALORÍA

I OFICINA GENERALDELA«EPÚBL1CAiJURÍDICA DoctoraMagdaClemenciaHernándezPuerto,DirectoraOperativaResponsabilidadFiscal Página5de6 se hará por medio de aviso, el cual se remitirá a ladirección, fax, o correo electrónico quefigure en el expediente; aviso que debe indicar i) fecha del acto que se notifica, ii) autoridad que lo expide, iii) los recursosque proceden, iv) las autoridades antequienes deben interponerse, v) los plazos respectivosy vi) la advertencia de que la notificación seconsiderará surtidaalfinalizar eldíasiguientede laentregadelaviso. Si se desconoce la información del destinatario, el aviso, con la copia íntegra del acto administrativo debe publicarse en la página electrónica y en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad durante cinco (5) días, con la advertencia de considerarse surtida la notificación al finalizar el día siguiente del aviso. Finalmente, deberá dejarse constancia en el expediente de la remisióno publicación del aviso y de lafechaenque porestemedioquedasurtida lanotificaciónpersonal. Como se advierte, la Ley 1437 de 2011 no contempla el mecanismo a surtir a efectos

de la notificación personal de quienes residen en el exterior, razón por la cual resultan aplicables las disposiciones contenidas en Código Generaldel Procesode conformidad con lo dispuesto en el artículo 306 del CPACA que consagra: "En los aspectos no contempladoseneste CódigoseseguiráelCódigodeProcedimientoCivilenloquesea compatible con la naturaleza de los procesos y actuaciones que corresponden a la jurisdicción de locontenciosoadministrativo." Elartículo 291 del CódigoGeneral del Proceso, regulalaforma de notificación personal y disponeen el numeral3o: "3. La parte interesada remitirá una comunicación a quien deba ser notificado, a surepresentanteoapoderado, pormedio de serviciopostal autorizado por el Ministerio de Tecnologías de la Infomiación y las Comunicaciones, en la que leinfomnará sobre¡aexistencia delproceso, su naturaleza y la fecha de la providencia que debe ser notificada, previniéndolo para que comparezca al juzgado a recibir notificación dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su entrega en el lugar de destino. Cuando la comunicación deba ser entregada en municipio distinto alde la sede deljuzgado, eltérmino para comparecer será de diez (10) días;y sifuere en elexteriorelténnino será de treinta (30)días. Lacomunicación deberá serenviada a cualquiera delasdirecciones que le hubieren sido informadas al juez de conocimiento como correspondientes a quien deba ser notificado. Cuando se trate de personajurídica de derecho privado la comunicación deberá remitirse a la dirección que aparezca registrada en la Cámara de Comercio o en la

oficina deregistrocorrespondiente. GranEstaciónIIAv-Cra.60No.24-09 Pisosdel4oal 10o (cid:127) PBX:6477000 (cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraIoriagen.gov.co CONTRALORÍAI UUINIriMLUrvlMfOFICINA GGEENNEERRAALLODEELLAARREEPPUÚBBLLIICCAAIIJURIDICA DoctoraMagdaClemenciaHernándezPuerto,DirectoraOperativaResponsabilidadFiscal Página6de 6 Cuando la dirección del destinatario se encuentre en una unidad inmobiliaria cerrada, la entrega podrá realizarse a quien atienda la recepción. La empresa de servicio postal deberá cotejar y sellar una copia de la comunicación, y expedir constancia sobre la entrega de esta en la dirección correspondiente. Ambos documentos deberán ser incorporadosalexpediente. Cuandoseconozcaladirección electrónica dequiendebasernotificado, la comunicación podrá remitirse por el Secretario o el interesado por mediode correoelectrónico. Sepresumiráque eldestinatarioharecibido lacomunicación cuando eliniciadorrecepcioneacuse de recibo. Eneste caso, se dejará constancia de ello en el expediente y adjuntará una impresióndelmensajededatos."

3. CONCLUSION Las notificaciones personales en los procesosde responsabilidadfiscal se realizan por el sistema de notificación personal y por aviso previsto para las actuaciones administrativas en laLey 1437de 2011;y ante cualquier vacío normativo como el caso referido se observará lo previsto para la notificación personal en la Ley Procesal Civil

(Ley 1564de2012). Cordialsaludo; JU . 1EO DirectoraOficinaJurídica

Proyectó: JohanaMilenaValenzuelaP§rdo Revisó: TeresaBonilladelaTorr&QsS&u Radicado: 2014IE0124702,2014ER0W9558,2014ER011769

GranEstaciónilAv-Cra.60No.24-09Pisosdel4oal10° (cid:127) PBX:6477000 (cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloriagen.gov.co

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