CGR - Concepto IE0084303 de 2015
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto IE0084303 de 2015
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2015
CONTRALORIA GENERAL 13ELAREPÚBLICA ¡JURÍDICA
80112 Bogotá, D.C.
ContraioriaGeneraldelaRepública: :SGD08-09-201516:06
AlContestarCiteEsteNo.: 20151E0084303Fol:5Ar>ex:0FA:0
ORIGEN 80112-OFICINAJURÍDICA/MARTHAJULIANAMARTÍNEZBERMEO DESTINO80631-DESPACHODELGERENTEDEPARTAMENTALQUINDIO/KATHERINEPULECIO
GOMEZ
ASUNTD COMPETENCIASNIVELDESCONCENTRADO
OBS 2015IE0084303 IIIllllllllllllliI!II¡llllllljlllilllllllIIIII Doctora Katherine Pulecio Gómez Contralor Provincial Gerencia DepartamentalColegiada Quindío Quindío
ASUNTO: COMPETENCIAS NIVELDESCONCENTRADO. RESOLUCION6541
DE2012. COMITÉ DE MORALIZACION Respetadadoctora Katherine: Esta Oficina recibió su comunicación donde de conformidad con el artículo 9 de la Resolución6541 de 2012, consulta:
1. La distribución por reparto de los asuntos de competencia de la Gerencia Departamental, se refiere al reparto de los asuntos entre los directivos colegiados o a la asignación y comisión de dichas actividades entre los funcionarios de la Gerencia.
2. De acuerdo con el artículo 9 numeral6 de la Resolución6541 de 2012, qué papel ostenta el Gerente en cuanto a la representación de la Gerencia Departamentaly cuál es el papeldel presidenteen éstetema.
3. Los asuntos misionalesde la Gerencia Departamental son de conocimiento
y responsabilidaddel gerente o del presidentede lacolegiatura.
ALCANCE DEL CONCEPTO.
Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraioria General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemasespecíficos, niel análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución1, nitienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la 1Artículo28delaLey1437de2011. Carrera9aNo.12C-10piso8. PBX:6477000(cid:127) Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia»www.contraioriagen.gov.co ___
CONTRALORÍA
OFICINA.
GENERAL DE L_A REPÚBLICA JURÍDICA DoctoraKatherinePulecioGómez Página2de8 interpretación y aplicación de las normasjurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limitaaaquellasqueformulen lasdependencias internasde laCGR, losempleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General", así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la ContraloríaGeneral"3y las presentadaspor la ciudadanía respectode "la consultas de ordenjurídico que le seanformuladas a la Contraloría Generalde la República"4.
Eneste orden, mediantesuexpedición se busca"orientar a lasdependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigenpara lavigilanciade lagestiónfiscally"asesorarjurídicamente a lasentidades queejercenelcontrolfiscal en el nivelterritorial ya lossujetos pasivosdevigilancia cuandoéstos lo soliciten"6. Finalmente se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porquedeconformidad con lodispuesto en el artículo 43, numeral 167delDecreto Ley267 de2000, estacalidad solo latienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).
CONSIDERACIONESJURIDICAS.
El artículo 128 de la Ley 1474 de 2011 determinó la creación de la figura de los Contralores Provinciales, loscuales ejercerán el rol directivo de manera colegiada junto con los Gerentes Departamentales dentro del ámbito de competencias atribuidas a las Gerencias Departamentales Colegiadas. En efecto estableció la normaqueestasGerencias DepartamentalesColegiadasestaríanconformadas por 2Art.43,numeral4delDecretoLey267de2000. 3Art.43,numeral5delDecretoLey267de2000. 4Art.43,numeral12delDecretoLey267de2000. :>Art.43,numeral11delDecretoLey267de2000. 6Art.43,numeral14delDecretoLey267de2000.
7Art.43.OFICINAJURIDICA.SonfuncionesdelaOficinaJurídica:(...)16.Coordinarconlasdependenciaslaadopcióndeunadoctrina einterpretaciónjurídica quecomprometalaposicióninstitucionaldelaContraloríaGeneraldelaRepúblicaentodasaquellasmaterias queporsuimportanciaameritendichopronunciamientooporimplicarunanuevaposturadenaturalezajurídica decualquierorden. Carrera9aNo. 12C-10Piso8. PBX:6477000-Código Postal111321.Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) _ www.contraloriagen.gov.co _ Página 2 |8 r
CONTRALOR]A
OFiCINA
GENERAL OEl L_>\ REPÚBLICA JURÍDICA DoctoraKatheñnePulecioGómez Página3de8 el Gerente Departamental y no menos de dos contralores provinciales, según distribución realizadapor el Contralor General de la República. La competencia de los directivos adscritos a las gerencias departamentales colegiadas abarca tanto el marco del control fiscal micro, como el del proceso de responsabilidadfiscal, y encadaGerenciafuncionan losGruposexistentescomo la Secretaría Común. Latoma de lasdecisiones colegiadasdebe ser completa, sobre todos losaspectos defondo que demande tanto el proceso auditor como el de responsabilidadfiscal. Tal como lo indica la Resolución 6541 ibidem, los directivos Colegiados deben estudiar losasuntossometidosasuconocimientoy de loscasosen loscualesactúa como ponente para decidir en forma colegiada y tomará decisiones unitarias de conformidad con las reglasestablecidas en lamencionada Resolución.
Se debe igualmente tener criterio para determinar qué aspectos son de fondo y cuálesdetrámite, esdecir lo referenteal contenidode ladecisión en sí, el impacto que lamismatengafrentealderechodedefensay aldebidoprocesoquedemanera necesariadebe garantizarsefrente atercerosen lasactuacionesdesplegadas en la gerencia. Así, por ejemplo, no cabe duda que la decisión de abrir un proceso de responsabilidadfiscal o elfallo quedebaemitirse, debe ser de carácter colegiado. Otrasdecisionessondetrámite y puedenserasumidasporotros nivelesjerárquicos de la entidad, pero no se puede ignorar que las decisiones, impulso procesal, etc, sonde competenciadel niveldirectivo. Es así como los directivos de la gerencia departamental colegiada deben ejercer funciones en los dos procesos señalados, resultando razonable que deba establecerse un sistema de reparto, radicación y decisión acorde con la naturaleza de los asuntos a ventilarse en sede administrativa, así como con la formación académicade dichosdirectivos. El esquema resulta aplicable tanto a nivel de control fiscal micro como de responsabilidad fiscal, pero por supuesto, el mismo es meramente indicativo y es susceptible de laintroducciónde lasetapasadicionalesque se estimen pertinentes paraasegurar laadecuadadivisióndeltrabajo siendoviable inclusolaconstrucción de esquemasdiferentes según el proceso implicado. Carrera9aNo.12C-10 Piso8.PBX:6477000«CódigoPostal111321.Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) _ www.contraloriagen.gov.co
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GENERAL DE t_A REPÚBLICA ÍD1CA
DoctoraKatherinePulecioGómez Página4de8 Asimismo, dentro de dicho término habrá de contemplarse el tiempo con que cuentan los diferentes niveles jerárquicos al interior de la gerencia departamental colegiadaparalaejecuciónde laslaboresasucargo (Sustanciación, revisiónporel coordinador de gestión, revisión del directivo, estudio de la ponencia, etc) manteniendo el respectoal derechofundamental al debido proceso. Ahora bien, la Resolución 6541 de 2012 fija competencias en el nivel desconcentradoconbaseen lasmodificacionesdelaLey1474de2011,yestablece las siguientes paralaGerencia Colegiada:
1. Conocer de los asuntos que sometan a su consideración cada uno de los Directivos Colegiadosen eltrámite del controlfiscal micro
2. Recepcióny trámite dequejasy denuncias ciudadanas
3. Ejecucióndel controlfiscal posterior excepcional
4. Indagación Preliminarfiscal
5. Proceso de Responsabilidad Fiscal del proceso de Jurisdicción Coactiva y
ProcesoAdministrativo Sancionatorio. Igualmente, otorga funciones administrativas a la Gerencia Departamental Colegiada quien para su desempeño podrá apoyarse en el equipo de trabajo que conforme parael efecto8. Allí es necesario tener en cuenta la estructura administrativo de carácter desconcentrado de laContraloría General de la República. Le compete al Gerente Departamental ejercer la dirección administrativa y financiera en la Gerencia Departamental, esto habráde ceñirse a los términos de la delegación dada por el
Contralor General de la República como lo establece el artículo 74 del Decreto Ley 267de2000. Elartículo26delDecretoLey267de2000facultaalContralorGeneral de la República para que mediante acto administrativo delegue las facultades de ejecución presupuestal, ordenación del gasto, contratación y otras competencias administrativas, técnicas o jurídicas, en los términos de los actos de delegación y de lo dispuesto en el mencionado Decreto Ley, pudiendo recaer dicha delegación en losservidores públicosdel niveldesconcentrado. Por su parteelartículo 9 de la Resolución Ibidemdeterminaqueel Presidentede la Gerencia Departamental Colegiada debe realizar la distribución por reparto de los asuntos de competencia de la Gerencia Departamental a los directivos miembros de la Gerencia Colegiada enunciados anteriormente e incluso puede convocar de Artículo12Resolución6541de2012,aclaradoporlaResolución7159de2013. Carrera9aNo.12C-10Piso8.PBX:6477000«CódigoPostal111321.Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) _ www.contraloriagen.gov.co___ Página 4 |8
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OFICINA
GENERAL OEL I—A. REPÚBLICA & JURÍDICA DoctoraKatherinePulecioGómez Página5de8 oficio a los Directivos Colegiados a sesiones extraordinarias que se requieran para eltrámite de losasuntosdecompetenciade laGerencia Departamental. Se trata entonces de una función mancomunada y de colaboración armónica del presidente y los demás directivos de la colegiatura, lo que permite inferir que se trata de repartir los asuntos de conocimiento de la Gerencia entre los directivos y
estosa suvez podrándarletrámite entre losdiferentes grupos existentes. Cabe recordar que la competencia es atribuida a los Directivos y no a otros funcionarios, de conformidad con la Resolución 6541 de 2012, aspecto importante paracorroborar en cabezadequiénestáel conocimientode losasuntosa cargode la Gerencia Colegiada y en quien radica la responsabilidad, la dirección y lineamientos parasutrámite. Con base en la normativa transcrita, vemos que los presidentes de las Gerencias Departamentales de la Contraloría General de la República podrán asignar a los directivos de la respectivaGerenciay estosse apoyanen losdiferentes gruposque laconforman, atendiendo las necesidadesdel servicio y los perfilesocupacionales. Dicha asignación deberá ser consultada con los Directivos Colegiados (sesiones extraordinarias) que conforman la respectivaGerencia Departamental, en atención a los criterios cuantitativos, cualitativos, de complejidad y eficiencia que deben existir en cada GrupodeTrabajo. Finalmente, los procesos Misionales están orientados como su nombre lo indicaa larazónde ser de laentidad. Ental sentido el Presidentede laColegiaturadebe no sólo atender los procesos misionalessino procurar su cumplimiento. Respectode laComisiónde Moralización,elartículo 62 se refierealaconformación de la Comisión Nacional para la Moralización, en los siguientes términos: "Créase laComisión Nacional para la Moralización, integrada por: a) ElPresidentede la República; b) ElMinistrodel Interiory deJusticia; c) ElProcurador Generalde la Nación; d) ElContralor Generalde la República;
e) ElAuditor Generalde la República; f) El Presidentedel Senadoy de laCámarade Representantes; g) El FiscalGeneralde la Nación; h) El Presidentede laCorte SupremadeJusticia;
- El Presidentedel Consejo de Estado;
Carrera9aNo.12C-10 Piso8.PBX:6477000«CódigoPostal_111321.Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) _ www.contraloriagen.gov.co Página 5 |8
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GENERAL DEL L.A REPÚBLICA ; JORÍOiCA DoctoraKatherinePulecioGómez Página6de8 j) ElDirector del Programa Presidencialde Modernización, Eficiencia,Transparenciay Luchacontra laCorrupción; k) ElConsejero Presidencialparael BuenGobiernoy laTransparencia; I) ElDefensordel Pueblo.(Negrillafuera detexto) A suvez elartículo 65 de ladisposición ibidem,establece: "ComisionesRegionales de Moralización. Cada departamento instalará una Comisión Regional de Moralización que estará encargada de aplicar y poner en marcha los lineamientosde la ComisiónNacionaldeMoralizacióny coordinaren elnivel territoriallasaccionesdelosórganos deprevención, investigaciónysanción . delacorrupción La Comisión Regionalestará conformada porlos representantes regionales de la Procuraduría General de ¡a Nación, la Contraloría General de la República, la FiscalíaGeneraldelaNación,elConsejoSeccionaldelaJudicaturaylaContraloría Departamental, MunicipalyDistrital. Laasistenciaaestasreunionesquesellevarán
acabo mensualmentees obligatoría e indelegable. OtrasentidadesquepuedenserconvocadasparaserpartedelaComisiónRegional de Moralización, cuandoseconsiderenecesario, son:la Defensoría delPueblo, las personerías municipales, los cuerpos especializados de policía técnica, el GobernadoryelPresidentede laAsamblea Departamental. Conelfin de articularlasComisionesRegionalesde Moralizaciónconlaciudadanía organizada, deberá celebrarse entre ellosporlomenosunareunióntrimestralpara atenderyrespondersuspeticiones, inquietudes, quejasydenuncias." Entalsentido, laResolución6541 enelnumeral6delartículo9otorgacomofunción al Presidentede la Gerencia Departamental Colegiada, representar a laCGR ante las entidades públicas, privadas y jurisdiccionales en el ámbito territorial de competencia de laGerencia Departamental. En otras palabras, la función del Presidente de la Gerencia Departamental Colegiada es la de representar a la CGR en el Comité Regional de Moralización, con las mismas funciones que se tienen a nivel nacional en el campo de su jurisdicción.9 9 Ley1474de2011:ARTICULO64.FUNCIONES,LaComisiónNacionalparalaMoralizacióntendrálassiguientesfunciones: a)VelarporelcumplimientodelaaplicacióndelapresenteleyydelaLey190de1995; b)Coordinariarealizacióndeaccionesconjuntasparaiaiuchacontraiacorrupciónfrenteaentidadesdelordennacionaloterritorialenlas cualesexistanindiciosdeestefenómeno; Carrera9aNo.12C-10Piso8. PBX:6477000«CódigoPosta!111321.Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127)
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CONTRALORÍA
OFICINA
GENERAL DE L.A. REPÚBLICA JURÍDICA
DoctoraKatherinePulecioGómez Página7de8 ElComité InterinstitucionalparalaVigilanciade laGestión Pública,CIVIGEP,surge deunconveniocelebradoentrelaProcuraduríaGeneraldelaNación,laContraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo, para la prevención de la corrupción. Cuando se expidió la Ley 1474 de 2011, el Viceprocurador General de la Nación expidió la Directiva No. 001 para laCoordinación y Seguimiento de los Comités de Vigilancia y Control a laGestión PúblicaCIVIGEP, en lossiguientes términos: "En desarrollo del Convenio Interinstitucionalpara la Vigilancia de la Gestión PúblicaCIVIGEP-, celebradoentrelaContraloría GeneraldelaRepública,laDefensoríadel Puebloy la Procuraduría Generalde la Nación, con fundamento en elartículo 17 numeral 15delDecreto 262 de 2000, con elfin de dar cumplimiento o lo dispuesto enelcitado acuerdo, mepermitorealizarlosprecisioneseimpartirlosinstrucciones queserelacionano continuación:NoobstantequeelnuevoEstatutoAnticorrupción que entró en vigencia el 12dejulio delaño en curso, en suartículo 64 literales o). b), i) Y k), le otorgó o la Comisión Nacional para la Moralización, entre otras funciones, los de velarporelcumplimiento de lo aplicaciónde loley 1664de 2011
yloley 190de 1995realizaraccionesconjuntaspara la luchacontra la corrupción; igual que promover la participación ciudadana y el Control Social de la Gestión Público, que sibiense relacionany asemejancon algunos de loscontenidos enel citado acuerdo, también esciertoqueéste último tiene como funciones específicas garantizar lo eficiencia y eficacia en la planeación, asignación y ejecución de los recursos delEstado, mediante acciones preventivasy correctivas (disciplinariasy fiscales), incentivando, para tal efecto, el control social o a través de labores pedagógicas y educativas. En ese contexto es evidente que el CIVIGEP, aún se encuentra vigentey corresponde darle aplicación como uninstrumentode carácter interinstitucional necesario en el ejercicio de los funciones de control preventivo, correctivo y social atribuido por lo Constitución y lo ley, conforme están desarrollados enelacuerdosuscritoentrelostres (3) entesrelacionados. Paraello, c)Coordinarelintercambiodeinformaciónenmateriadeluchacontralacorrupción; d)Realizarpropuestasparahacerefectivaslasmedidascontempladasenestaleyrespectodelaspersonaspolíticamenteexpuestas; e) Establecer ios indicadoresde eficacia, eficiencia y transparencia obligatorios paralaAdministración Pública, y losmecanismosde su divulgación; f)EstablecerlasprioridadesparaafrontarlassituacionesqueatentenolesionenlamoralidadenlaAdministraciónPública; g) Adoptar unaestrategia anual que propendaporlatransparencia, laeficiencia, lamoralidad y los demás principios que deben regir la AdministraciónPública;
h)Promoverlaimplantacióndecentrospilotoenfocadoshacialaconsolidacióndemecanismostransparentesylaobtencióndelaexcelencia eniosnivelesdeeficiencia,eficaciayeconomíadelagestiónpública; i)Promoverelejercicioconscienteyresponsabledelaparticipaciónciudadanaydelcontrolsocialsobrelagestiónpública; j) Prestarsuconcursoenelcumplimientodelasaccionespopularesencuantotienenqueverconlamoralidadadministrativa; k)Orientarycoordinarlarealizacióndeactividadespedagógicaseinformativassobretemasasociadosconlaéticaylamoralpúblicas,los deberesylasresponsabilidadesenlafunciónpública; I)Mantenercontactoeintercambiopermanentesconentidadesoficialesyprivadasdelpaísydelexteriorqueofrezcanalternativasdelucha contralacorrupciónadministrativa; m)PrestartodosuconcursoparalaconstruccióndeunEstadotransparente; n)DarsesupropioReglamento. Carrera9aNo.12C-10Piso8.PBX:6477000'Código Postal111321.Bogotá,D.C.(cid:127) Colombia(cid:127) www.contraloriagen.gov.co Página 7 |8
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Oo„FoIC,NINAA
GENERAL. DE DA REPÚBLICA iJURÍDICA DoctoraKatherinePulecioGómez Página8de8 losdestinatariosdeestaDirectiva,deberánprocedereneleventodenoencontrarse conformadosen surespectivoDepartamento o efectuarlacreacióndelos Comités de Vigilanciay ControlalaGestiónPública, o, ensudefecto, continuarsuaplicación
einformara este Despachosobre elcumplimiento de lapresenteDirectiva, paralo cualtendránencuentaalmomentoderealizarlaseleccióndequejasytemasobjeto de las acciones correspondientes, criterios fundamentados exclusivamente en la gran trascendencia e impacto social que se deriven del manejo de recursos destinados a salud, educación, planes de desarrollo de gobierno, contratación administrativa, vigilanciayseguimiento alasentidadesencargadasde la selección yejecucióndesubsidiosyrecursosdelEstado,programasdelaReddeSolidaridad, plandeordenamiento territorial, medioambiente, derechoshumanos, crisisinvernal y los que en la actualidad hayan adquirido relevancia de acuerdo con esos parámetros. ElComité de Vigilancia y Controla la Gestión Pública de conformidad con la cláusula primera del convenio estará integrado por los representantes de cada una de las entidades a nivel territorial (Procurador Regional, Defensor del Pueblo Regional, Gerente Regionalde la Controlaría GeneraldelaRepública), además de las Contralorías Departamentales que manifiesten su voluntad de participar en ellos, al igual que las Procuradurías Provinciales, Contralorías y Personerías Municipales, y de serposible una UniversidadPública o privada que sea invitada y demás instituciones y organizaciones públicas o privadas que de acuerdo a la situación de cada región se considere necesario. Este Despacho continuará elejercicio delseguimiento alalaborque adelantenlos COMITÉS, para locualiosrespectivosProcuradoresRegionales, ProvincialesyDistritalesdeberán informardentro de los cinco (5) días siguientes alrecibo de la presente Directiva,
sobrelasactividadesqueseencuentranentrámite, ylostemasdeimportanciaque ensurespectivosede deberíanserincluidos." (Negrillafuera detexto) Esasí comoelGerente Departamentalde laCGR,deberá representaralaCGR en el CIVIGEP y como se observa no se indica función alguna por parte de la Presidencia. Cordialmente,
JULIANA
MARTÍNEZBERMEO
DirectoraOficinaJurídica Proyectó.CieloEslavaB. jjj
Revisó: JoséDíazPeñaloza
N.R. 2015ER0080506 S
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