CGR - Concepto IE0165265 de 2014
Contraloría General de la Nación
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Disponible
Detalles
- Título
- CGR - Concepto IE0165265 de 2014
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2014
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()CONTRALORÍA
OFICINA GENERAL DE LA REPÚBLICA ! JURÍDICA Contraloria General de la Republica SGQ 27-11-2014 15:02
Al Contestar Cite Este No.: 20141E0165265 Fol:3 An ex:0 FA:0
80112, ORIGEN 80112-OFICINA JURIDICA 1 MARTHA JULIANA MARTINEZ BERMEO
DESTINO 81113-GERENC1A ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA / MARIA JULIANA URIBE GUZMAN
ASUNTO RESPUESTA
•B ogotá, D.C., OBS 20141E0165265(cid:9) 11111111111111111111111111111111111111111111 Doctora
MARÍA JULIANA URIBE GUZMÁN
Gerente Administrativa y Financiera Contraloría General de la República Av. La Esperanza No. 60-50 Bogotá D.C.
ASUNTO: Proceso administración Edificio Colseguros.
Mediante solicitud radicada ante esta Oficina, con SIGEDOC 20141E0159997 del 6 de noviembre de 2014, se solicitó que se reconsiderara la viabilidad de proferir concepto sobre lo siguiente: "1. La viabilidad de asumir el costo de la condena y como consecuencia hacernos solidarios por este concepto frente a terceros.
2. En caso de ser factible esta incorporación, es fundamental conocer la estrategia jurídica de la Entidad en caso de que el fallo resulte adverso, siempre que es importante valorar los costos que actualmente genera el inmueble desocupado frente a las posibilidades de éxito en el trámite de un recurso de apelación."
I. ALCANCE DEL CONCEPTO.
Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución', ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los •1 Artículo 28 de la Ley 1437 de 2011.(cid:9) 1-1/44nN ‘hd".."-1%".- Avenida La Esperanza Calle 24 NO. 6050 Edificio Gran Estación 2. Pisos 4-10. PBX: 6477000 • Bogotá, k(cid:9) tes„
D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co "-t., 30 cA,
CONTRALORIA
GENERAL DE LA REPÚE3L1CA JIMDIGA
Doctora María Juiana Uribe Guzmán. Gerente Administrativa y Financiera. Página 2 de 6 empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General'2, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General"3 y las presentadas por la ciudadanía respecto de "la consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la
Contraloría General de la República'. En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscar5 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten. Finalmente se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, numeral 167 del Decreto Ley. 267 de 2000, esta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).
II. ANALISIS JURÍDICO La solicitud que hoy es de conocimiento de esta Oficina tiene sus antecedentes en el oficio con radicado 20141E01020154 del 25 de agosto de 2014 y la petición realizada por CISA mediante correo electrónico con referencia a la estrategia de defensa de la Contraloría en caso de que el fallo del proceso No. 63001-4003-002: 2013-00048, que cursa en el Juzgado Primero Civil Municipal de Descongestión de Armenia, sea adverso a sus intereses. 2 Art. 43, numeral 4 del Decreto Ley 267 de 2000. 3 Art. 43, numeral 5 del Decreto Ley 267 de 2000.
Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000.
4 5 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000. 6 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000. 7 Art. 43. OFICINA JURIDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Avenida La Esperanza Calle 24 NO. 6050 Edificio Gran Estación 2. Pisos 4-10. PBX: 6477000 • Bogotá,
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GENERAL DE(cid:9) REPÚBLICA 1 JIJRIDICAA
Doctora María Juiana Uribe Guzmán. Gerente Administrativa y Financiera. Página 3 de 6 2.1: Sobre el memorando radicado 20141E01020154 del 25 de agosto de 2014. Mediante radicado 20141E01020154 del 25 de agosto de 2014 y 20141E0131683, la Gerencia Administrativa y Financiera solicita conceptuar sobre la viabilidad de llegar un acuerdo con CISA en el sentido de escriturar pactando una cláusula adicional donde la Entidad se comprometa a pagar lo dispuesto en la sentencia que se profiera en el proceso que se adelanta contra la CGR, por el no pago de las cuotas de administración de las oficinas 501, 502 y el parqueadero ubicados en el Centro de Colseguros, Calle 21 No. 16-46 de la ciudad de Armenia.
Al respecto, esta Oficina se pronunció a través de radicado No. 20141E0134717 del 22 de septiembre de 2014, en los siguientes términos: "De acuerdo con su solicitud, este Despacho se permite indicarle que como quiera que se afronta un proceso judicial, su desarrollo, así como la exceptiva de su culminaciones de resorte del Despacho Judicial de conocimiento, por lo tanto este Despacho de acuerdo con su solicitud, impartió las instrucciones de presentar memorial para buscar que se adelante audiencia de conciliación de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Civil, situación esta que depende de la aceptación del Juez de Conocimiento y también del ánimo conciliatorio de la entidad. Es de advertir que como quiera que nos encontramos ante la eventualidad de una posible terminación anticipada del proceso, si se acepta la conciliación planteada, se dará por terminado el proceso, o en caso contrario se continuará con el procedimiento judicial hasta su culminación. En cuanto a la solicitud de concepto relacionada con la inclusión de una cláusula en las escrituras traslaticias de dominio que permita suscribir el negocio jurídico sin el paz y salvo exigido para el efecto, esta Oficina, reitera que los conceptos emitidos por esta dependencia, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver
consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre Avenida La Esperanza Calle 24 NO. 6050 Edificio Gran Estación 2. Pisos 4-10. PBX: 6477000 • Bogotá,
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CONTRALORÍA I
OFtCINR
GENERAL. DE LA REPÚBLICA / .11,IntoleA
Doctora María Juiana Uribe Guzmán. Gerente Administrativa y Financiera. Página 4 de 6 interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General de la República8 así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con lá Contraloría General."9 y las presentadas por la ciudadanía respecto de "las consultas de orden jurídico que le sean formuladas a las Contraloría General de la República". En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal" y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten." Por lo expuesto, la inclusión o no de cláusulas dentro de acuerdos de voluntades en las cuales partícipe la CGR no son de competencia de la Oficina Jurídica, por lo cual nos abstenemos de pronunciarnos al respecto."
2.2. Sobre el correo electrónico del 30 de octubre de 2014. El 30 de octubre de 2014, la funcionaria Julia Pinto Baracaldo, profesional de la Gerencia de Gestión Administrativa y Financiera, remitió correo electrónico a esta Oficina mediante el cual solicita de manera urgente la posición de esta dependencia frente al caso relacionado con la suscripción del Otrosí a la escritura traslaticia de dominio del inmueble de la CGR ubicado en la ciudad de Armenia, calle 21 No. 16-46 Oficinas 501, 502 y el parqueadero, en el cual se asume por las partes la deuda solidariamente que se ocasione con el fallo del proceso No. 63001-4003-002-2013-00048, proceso ejecutivo singular que valga señalar, se adelanta por las obligaciones de cuotas de administración del citado inmueble. Al respecto, esta Oficina a través de radicado número 20141E0155312 del 6 de noviembre de 2014, respondió: "Es importante señalar al respecto que este Despacho, mediante radicado 20141E0134717 del 22 de septiembre de 2014, informó el estado del proceso enunciado y de conformidad con las funciones de esta Oficina señaló que loS pronunciamientos dados, son simples orientaciones de carácter general y no comprenden a la solución directa de problemas específicos, concluyendo Artículo 43, numeral 4 del Decreto Ley 267 de 2000. 'Artículo 43, numeral 5 del Decreto Ley 267 de 2000. Avenida La Esperanza Calle 24 NO. 6050 Edificio Gran Estación 2. Pisos 4-10. PBX: 6477000 • Bogotá,
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O
CONTRALORÍA
OFIC)NA
GENERAL DE LA REPOOLiCA 1 JURIDICA
Doctora María Juiana Uribe Guzmán. Gerente Administrativa y Financiera. Página 5 de 6 finalmente que la inclusión o no de cláusulas dentro de los acuerdos de voluntades, no correspondían a su ámbito de competencias. (..9 El Contralor General de la República mediante Resolución Organizacional No. 0096 del 8 de octubre de 2014 y con fundamento en el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, en el artículo 110 del Decreto 111 de 1996 y en el artículo 26 del Decreto Ley 267 de 2000, delegó en el Gerente de Gestión Administrativa y Financiera "(...) la facultad de ordenación del gasto y la competencia para dirigir y adelantar todas y cada una de las etapas ineherentes a los procesos de contratación en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1510 de 2013 y las demás normas que regulan la materia (...) " De las disposiciones enunciadas se colige que la facultad para dírigir y adelantar la ordenación del gasto y la competencia para contratar, que conlleva la realización de las diferentes etapas, a saber precontractual y post contractual, le corresponde a la Gerencia Administrativa y Financiera, por lo cual esta Oficina no efectuará pronunciamiento alguno sobre la situación particular que se consulta, habida cuenta que dentro de su órbita de competencia, las consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las
entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuaciones de la Contralorea General de la República así como las formuladas por la contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General." 2.3. Caso concreto . De conformidad con lo expuesto en el numeral primero sobre el "alcance de la consulta" y teniendo en cuenta los antecedentes a la consulta que hoy es de conocimiento de esta Oficina, no se reconsiderará la posición respecto a la emisión de un concepto toda vez que se trata de un caso particular y dentro de la órbita de competencia, las consultas se limitan a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al Avenida La Esperanza Calle 24 NO. 6050 Edificio Gran Estación 2. Pisos 4-10. PBX: 6477000 • Bogotá,
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CCOONTNRRTAAL LOORR Í ÍAA
1 OFICINA
LA REPO DUCA JWIDIOA
Doctora María Juiana Uribe Guzmán. Gerente Administrativa y Financiera. Página 6 de 6 campo de actuación de la Contraloría General de la Republical° así como las • formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestióri fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General. "11 Cordial saludo,
UL A M INEZ BERMEO
írectora Oficina Jurídica Contraloría General de la República
Revisó: (cid:9) Teresa Bonilla de la Torre. Prof. Esp.03
Proyectó: Milagro Espinosa Arriata, Contratista Radicado: 20141E0159997 '° Artículo 43, numeral 4 del Decreto Ley 267 de 2000. l'Artículo 43, numeral 5 del Decreto Ley 267 de 2000.
Avenida La Esperanza Calle 24 NO. 6050 Edificio Gran Estación 2. Pisos 4-10. PBX: 6477000 • Bogotá,