🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CGR - Informe Auditoria Financiera RTVC

Contraloría General de la Nación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CGR - Informe Auditoria Financiera RTVC
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año

Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

INFORME DE AUDITORIA

AUDITORÍA FINANCIERA

RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA - RTVC

VIGENCIA 2023.

CGR-CDTIC No. 7

Junio 13 de 2024.Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

Vicecontralor General de la República en funciones de Contralor General Carlos Mario Zuluaga Pardo

Vicecontralor General de la República. Carlos Mario Zuluaga Pardo

Contralor Delegado para el Sector Tecnologías de la Información y Comunicaciones Campo Elías Vega Rocha

Director de Vigilancia Fiscal Victor Hugo Guapacha Montoya

Directora de Estudios Sectoriales Adriana Lucia González Diaz

Supervisor:

José Fernando Ramírez Muñoz

Líder de auditoría Oscar Giovanni Álvarez Hernández

Auditores María Fernanda Cruz Amado Luis Alberto Caicedo Urbano Camilo Andrés Rosas Lobo Jhon Mario Núñez Gómez Andrés Mauricio Ojeda Ladino Victor Manuel Sanchez Villamil

Auditores María Fernanda Cruz Amado Luis Alberto Caicedo Urbano Camilo Andrés Rosas Lobo Jhon Mario Núñez Gómez Andrés Mauricio Ojeda Ladino Victor Manuel Sanchez Villamil Asdrúbal Harvey Suarez MoralesCarrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

1 Tabla de contenido

1. INTRODUCCIÓN. ........................................................................................................... 6 1.1. Objetivos .................................................................................................................. 6 1.1.1. Objetivos General. ............................................................................................ 6 1.1.2. Objetivos Específicos: ...................................................................................... 6 1.2. Información del Sujeto de Control. .......................................................................... 7 1.3. Marco Normativo. ..................................................................................................... 8 1.4. Resumen de políticas contables significativas ...................................................... 13 1.5. Responsabilidad del sujeto de control................................................................... 13 1.6. Responsabilidad de la Contraloría general de la República. ................................ 13

2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA FINANCIERA ...................................................... 14 2.1. Opinión Contable........................................................................................................... 14 2.2. Opinión sobre los estados financieros .......................................................................... 15 2.2.1. Concepto sobre control interno financiero. .................................................... 15

3. FUNDAMENTO DE LA OPINIÓN PRESUPUESTAL................................................... 17 3.1. Ejecución presupuestal. ................................................................................................ 17 3.2. Opinión presupuestal “no razonable”............................................................................ 19 3.3. Refrendación de las reservas presupuestales ............................................................. 19 3.4. Proceso presupuestal, contractual y del gasto. ............................................................ 19

3.2. Opinión presupuestal “no razonable”............................................................................ 19 3.3. Refrendación de las reservas presupuestales ............................................................. 19 3.4. Proceso presupuestal, contractual y del gasto. ............................................................ 19 3.5. Pronunciamiento sobre la revisión de la cuenta ........................................................... 20

4. ATENCIÓN A DENUNCIAS .......................................................................................... 21

5. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA. ............................................................................ 22

6. EVALUACIÓN DEL PLAN DE MEJORAMIENTO ........................................................ 22

7. PRESENTACIÓN DEL PLAN DE MEJORAMIENTO................................................... 23

8. RELACIÓN DE HALLAZGOS ....................................................................................... 25 8.1. Macro proceso gestión contable y financiera ............................................................... 25

Hallazgo No.1. Operaciones Recíprocas. Administrativa con presunta connotación Disciplinaria (A) (D) .............................................................................................................. 25 Hallazgo No. 2. Depuración predios. Administrativa (A) ..................................................... 29 Hallazgo No. 3. Segregación de funciones. Administrativa (A) ........................................... 33 Hallazgo No. 4. Retención en la fuente. Administrativa (A) ................................................ 34 Hallazgo No. 5. Control Interno Financiero. Administrativa (A) ........................................... 35 Hallazgo No. 6. Cartera. Administrativa (A) ......................................................................... 36 8.2. Macro proceso gestión presupuestal, contractual y del gasto ..................................... 37 Hallazgo No 7. Programación y Ejecución de Ingresos. Administrativa (A) ........................ 37Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

Hallazgo No 8. Presupuesto no comprometido (Pérdidas de Apropiación). Administrativa (A) 39 Hallazgo No 9. Ejecución Vigencias Futuras. Administrativa con presunta connotación Disciplinaria (A) (D) .............................................................................................................. 41 Hallazgo No 10. Ejecución Recursos Resolución 051 de 2023 “Implementación del despliegue y cobertura de la TDT pública nacional y regional”. Administrativa con presunta connotación Disciplinaria (A) (D) .......................................................................................... 44 Hallazgo No 11. Ejecución de Recursos de la Resolución Número 00088 de 2023. Administrativa con presunta connotación Disciplinaria (A) (D) ........................................... 46 Hallazgo No 12. Órdenes de Servicio Time Connexión S.A.S – para el cumplimiento del contrato No 5797 -2023 de 2023 ANT -RTVC. Administrativa con presunta connotación Disciplinaria (A) (D) .............................................................................................................. 49 Hallazgo No 13. Gestión de Cobro Contrato No 5717 de 2023 suscrito entre RTVC y ANT. Administrativa con presunta connotación Disciplinaria (A) (D) ........................................... 52 Hallazgo No 14. Ejecución de Recursos asignados mediante resoluciones por el FUTIC. Administrativa con presunta connotación Disciplinaria (A) (D) ........................................... 56 Hallazgo No 15. Plan de Previsión de Recursos Humanos.  Administrativa con presunta connotación Disciplinaria (A) (D) .......................................................................................... 58 Hallazgo No. 16. Deficiencias de planeación e inoperatividad de solución ERP contrato

Hallazgo No 15. Plan de Previsión de Recursos Humanos.  Administrativa con presunta connotación Disciplinaria (A) (D) .......................................................................................... 58 Hallazgo No. 16. Deficiencias de planeación e inoperatividad de solución ERP contrato 2039-2020. Administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal (A) (D) (F). ......... 60 Hallazgo No.17. Aplicación del régimen privado de contratación. Administrativa y disciplinaria. (A) .................................................................................................................... 67 Hallazgo No. 18. Órdenes BTL 389 y 397 del Contrato ANT -20235797. Presunta incidencia disciplinaria y fiscal. (A) (D) (F) ........................................................................... 69 Hallazgo No.19. Orden BTL 435 del Contrato ANT -20235797. Presunta incidencia disciplinaria y fiscal. (A) (D) (F) ............................................................................................ 79 Hallazgo No.20. Capacidad operativa actividades de operación logística y BTL. Administrativo (A) ................................................................................................................. 85 Hallazgo No. 21. Seguimiento y supervisión de las órdenes BTL. Administrativa con presunta incidencia disciplinaria. (A) (D) ............................................................................. 92 Hallazgo No 22. Planeación del contrato 2284 de 2023 y cumplimiento de metas del proyecto inversión BPIN 201811000132. Administrativa con presunta incidencia disciplinaria. (A) (D) .............................................................................................................. 95 Hallazgo No. 23. Deficiencias de planeación del contrato 1580 -2020 de AOM (Administración, Operación y Mantenimiento). Administrativa con presunta incidencia Disciplinaria. (A)(D) .............................................................................................................. 99 Hallazgo No. 24. Operatividad de estaciones. Administrativa........................................... 107

(Administración, Operación y Mantenimiento). Administrativa con presunta incidencia Disciplinaria. (A)(D) .............................................................................................................. 99 Hallazgo No. 24. Operatividad de estaciones. Administrativa........................................... 107

ANEXO 3. RELACIÓN DE HALLAZGOS .......................................................................... 112

Anexos 4 ............................................................................................................................. 117Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

814111

Doctor

HOLLMAN FELIPE MORRIS RINCÓN

Gerente Radio Televisión Nacional de Colombia RTVC S.A.S Av. El Dorado Cr. 45 # 26 – 33 Ciudad

Asunto: Informe de Auditoría Financiera Radio

Televisión Nacional de Colombia RTVC –Vigencia Fiscal 2023.

Atento saludo doctor Morris,

La Contraloría General de la República – CGR, con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 267 de la Constitución Política, y de conformidad con lo estipulado en la Resolución Orgánica 0012 del 24 de marzo de 2017, practicó Auditoría Financiera a Radio Televisión Nacional de Colombia RTVC -, a través del examen al estado de situación financiera con corte a 31 de diciembre de 2023 y el estado de resultados por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2023 y sus respectivas notas a los estados financieros 1, comparados con los estados financieros vigencia 2022, los cuales fueron auditados por el Ente de Control, así mismo, de acuerdo con el artículo 267 de la

diciembre del 2023 y sus respectivas notas a los estados financieros 1, comparados con los estados financieros vigencia 2022, los cuales fueron auditados por el Ente de Control, así mismo, de acuerdo con el artículo 267 de la Constitución Política de Colombia, la CGR tiene atribuciones de revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario.

Con fundamento en el artículo 267 de la Constitución Política, se realizó Auditoría a los informes de ejecución presupuestal que incluyen la programación y ejecución presupuestal de ingresos y gastos de la vigencia 2023, los cuales han sido preparados conforme al marco normativo aplicable a RTVC.

La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Guía de Auditoría Financiera de la Contraloría General de la República y en cumplimiento de las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) y adaptadas al contexto nacional y marco jurídico de la Contraloría General de la República (CGR), consecuentes con las de general aceptación; por lo tanto, requirió acorde con ellas, que los auditores cumplan los requerimientos de ética; así como, la planeación y ejecución del

1 Que han sido preparados conforme al Régimen de la Contabilidad Pública - NICSP -CGNCarrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

trabajo, de manera que el examen proporcionó una base razonable para fundamentar los conceptos y la opinión expresados en el informe.

cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

trabajo, de manera que el examen proporcionó una base razonable para fundamentar los conceptos y la opinión expresados en el informe.

La auditoría incluyó el examen y aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría financiera sobre los importes y la información reconocida y revelada en los Estados Financieros de la vigencia fiscal 2023, presentados el 27 marzo de 2024 por el representante legal de RTVC, a la Contraloría General de la República, a través del Sistema de Rendición Electrónica de Rendición de la Cuenta e Informes – SIRECI -, y el aplicativo de información local (SEVEN), para registrar los movimientos en los módulos contable y presupuestal.

Sobre la base de pruebas selectivas de las evidencias y documentos que soportan la gestión contable y presupuestal, las cifras, presentación de los Estados Financieros y el cumplimiento de las disposiciones legales, así como la adecuada implementación y funcionamiento del Control Interno contable, financiero y presupuestal y la efectividad de las acciones emprendidas por Radio Televisión Nacional de Colombia RTVC para eliminar las causas de los hallazgos de carácter contable, presupuestal, ejecución presupuestal a través de contratos y convenios que hacen parte del plan de mejoramiento.

En el trabajo de auditoría no se presentaron limitaciones que afectaran el alcance de la Auditoría Financiera.

La CGR concluye que se obtuvo evidencia suficiente y la información suministrada por RTVC, proporciona una base amplia y adecuada para emitir la opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros vigencia 2023 y la opinión sobre la

La CGR concluye que se obtuvo evidencia suficiente y la información suministrada por RTVC, proporciona una base amplia y adecuada para emitir la opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros vigencia 2023 y la opinión sobre la ejecución del presupuesto de la misma vigencia.

1. INTRODUCCIÓN.

La Contraloría General de la República realizó auditoría financiera a Radio Televisión Nacional de Colombia - RTVC, correspondiente a la vigencia 2023, para la cual se definieron los siguientes objetivos:

1.1. Objetivos

1.1.1. Objetivos General.

Evaluar y emitir una opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros y la ejecución presupuestal, emitir un pronunciamiento sobre el fenecimiento de la cuenta fiscal y emitir un concepto sobre el control interno. Vigencia 2023.

1.1.2. Objetivos Específicos:Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

1. Evaluar y emitir una opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros de la vigencia 2023.

2. Evaluar y emitir una opinión sobre la ejecución presupuestal de la vigencia

2023.

1.2. Información del Sujeto de Control.

Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVCse creó mediante decreto 3525 del 26 de octubre de 2004 y protocolizada a través de la Escritura No. 3138 otorgada en

1.2. Información del Sujeto de Control.

Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVCse creó mediante decreto 3525 del 26 de octubre de 2004 y protocolizada a través de la Escritura No. 3138 otorgada en la Notaria Treinta y Cuatro del Círculo de Bogotá el 28 de octubre de 2004 y hasta la fecha la naturaleza jurídica de RTVC es de una sociedad entre entidades públicas, indirecta, del orden nacional, inscrita en la Cámara de Comercio el 29 de noviembre de 2004 bajo el No. 00964425 del libro IX, con un capital autorizado de CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES TREINTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($5.557.030.758,42) representados en cuotas sociales distribuidos entre sus socios, así:

CANAL REGIONAL TEVEANDINA LTDA con 35.000.000 de cuotas sociales: 70 % del capital social.

Ministerio de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (MINTIC) con 15.000.000 de cuotas sociales: 30 % del capital social.

De acuerdo con lo establecido en los estatutos de RTVC en el CAPÍTULO II, patrimonio, capital y estados financieros el artículo 5, Establece: patrimonio. El patrimonio de la sociedad está constituido por: a. Los aportes de los accionistas; b. Las transferencias corrientes que reciba del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o de la Entidad que haga sus veces que correspondan a ingresos sin contraprestación, ni condición. c. Las sumas que con

Las transferencias corrientes que reciba del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o de la Entidad que haga sus veces que correspondan a ingresos sin contraprestación, ni condición. c. Las sumas que con destino a la sociedad se apropien en el presupuesto nacional; d. Los ingresos netos que se obtengan en la explotación de las actividades propias de su objeto social; e. Las donaciones y aportes que reciba de personas naturales o jurídicas, y f. Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título.

RTVC, tiene personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y capital independiente, vinculada al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -MINTIC-, con la principal función de programar, producir y emitir los canales públicos de Televisión Nacional: Señal Colombia, Canal Institucional; al igual que las Emisoras Públicas Nacionales, Radio Nacional de Colombia y Radiónica.

Como parte del proceso de convergencia el Sistema de Medios Públicos ha avanzado para ofrecer a todos los colombianos servicios y contenidos digitales a través de sus páginas web, entre las cuales se destacan sus emisoras online Señal Clásica, Señal Digital y Radiónica.

Así mismo, implementó el proyecto "señal memoria” que busca preservar y poner a disposición de la ciudadanía la historia del país contada a través de la radio y la televisión.

Como parte del Sistema de Medios Públicos, RTVCPlay es la alternativa de entretenimiento online, donde en un solo lugar y de forma gratuita, las audiencias tienen a su disposición una gran variedad de contenidos educativos y culturales en

televisión.

Como parte del Sistema de Medios Públicos, RTVCPlay es la alternativa de entretenimiento online, donde en un solo lugar y de forma gratuita, las audiencias tienen a su disposición una gran variedad de contenidos educativos y culturales en formatos de audio y video para que puedan ver, escuchar, sentir y recordar lo mejor de las producciones de Señal Colombia, Canal Institucional, Radio Nacional de Colombia, Radiónica y el proyecto Señal Memoria, en el lugar donde se encuentren, a la hora que lo deseen y en el dispositivo que prefieran.

En el 2022, RTVC se transformó en Sociedad por Acciones Simplificada S.A.S con el fin de dinamizar y facilitar la implementación de las buenas prácticas en materia de Gobierno Corporativo.

1.3. Marco Normativo.

Tabla 1. Fuentes y criterios para la auditoría financiera.

Fuente de criterio Criterio Ley 84 de 1873 Código Civil Colombiano Artículo 1602. Los contratos son ley para las partes. Constitución Política de Artículo 2. Son fines esenciales del Estado.Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

Fuente de criterio Criterio Colombia de 1991 Artículos 209: La función administrativa. artículo 352 2 regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución de los presupuestos de la Nación. Por su parte, el artículo 21 del decreto 115 de 1996 3, establece la obligatoriedad de contar con certificados de disponibilidad presupuestal. Ley 30 de 1992

Nación. Por su parte, el artículo 21 del decreto 115 de 1996 3, establece la obligatoriedad de contar con certificados de disponibilidad presupuestal. Ley 30 de 1992 Por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior. Toda la norma Ley 80 de 1993 Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública Artículo 2. De la definición de entidades, servidores y servicios públicos Artículo 3. De los fines de la contratación estatal. Artículo 4º. De los derechos y deberes de las entidades estatales. Artículo 5º. De los derechos y deberes de los contratistas. Artículo 23. De los principios en las actuaciones contractuales de las entidades estatales. Artículo 24. Del principio de transparencia. Artículo 25. Del principio de economía. Artículo 26. Del principio de responsabilidad. Artículo 50. De la responsabilidad de las entidades estatales. Artículo 51. De la responsabilidad de los servidores públicos. Artículo 52. De la responsabilidad de los contratistas. Artículo 53. De la responsabilidad de los consultores, interventores y asesores. Ley 87 de 1993 Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones Artículo 1. Definición del control interno. Artículo 2. Objetivos de control interno. Artículo 4. Elementos para el sistema de control interno. Ley 489 de 1998 Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las

Artículo 4. Elementos para el sistema de control interno. Ley 489 de 1998 Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones Artículo 3. Principios de la función administrativa. Artículo 4. Finalidades de la función administrativa.

2 Constitución Política. Artículo 352 “Además de lo señalado en esta Constitución, la Ley Orgánica de Presupuesto regulara lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución de los presupuestos de la Nación de las entidades territoriales y d ellos entes descentralizados de cualquier nivel administrativo y su coordinación con el Plan Nacional de Desarrollo, así también la capacidad de los organismos y entidades estatales para contratar. 3 DECRETO 115 DE 1996 Numeral IV. De la ejecución del presupuesto . Artículo 21. Todos los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuestales, deberán contar con los certificados de disponibilidad previos que garanticen la existencia de apropiación suficiente para atender estos gastos. Igualmente, estos compromisos deberán contar con registro presupuestal para que los recursos no sean desviados a ningún otro fin. En este registro se deberá indicar claramente el valor y el plazo de las prestaciones a las que haya lugar. Esta operación es un requisito de perfeccionamiento de estos actos administrativos. En consecuencia, no se podrán contraer obligaciones sobre apropiaciones inexistentes , o en exceso del saldo disponible, con anticipación a la apertura del crédito adicional correspondiente, o con cargo a recursos del crédito cuyos

En consecuencia, no se podrán contraer obligaciones sobre apropiaciones inexistentes , o en exceso del saldo disponible, con anticipación a la apertura del crédito adicional correspondiente, o con cargo a recursos del crédito cuyos contratos no se encuentren perfeccionados , o sin que cuenten con el concepto de la Dirección General de Crédito Público para comprometerlos antes de su perfeccionamiento, o sin la autorización para comprometer vigencias futuras por el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, o quien éste delegue. El funcionario que lo haga responderá personal y pecuniariamente de las obligaciones que se originen. Negrilla Fuera de textoCarrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

Fuente de criterio Criterio Ley 610 de 2000, por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías. artículo 6, modificado por el artículo 126 del Decreto Ley 403 de 2020 Artículo 3. Gestión fiscal. Artículo 6. Daño patrimonial al estado. Artículo 39. Indagación preliminar. Ley 819 de 2003 Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones Artículo 8. Reglamentación a la programación presupuestal. Artículo 10. Vigencias futuras ordinarias. Artículo 11. Vigencias futuras excepcionales. Artículo 12. Vigencias futuras ordinarias para entidades territoriales. Ley 1474 de 2011

Artículo 10. Vigencias futuras ordinarias. Artículo 11. Vigencias futuras excepcionales. Artículo 12. Vigencias futuras ordinarias para entidades territoriales. Ley 1474 de 2011 Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública Artículo 44. Sujetos disciplinables. Artículo 82. Responsabilidad de los interventores. Artículo 83. Supervisión e interventoría contractual. Artículo 84. Facultades y deberes de los supervisores y los interventores. Artículo 87. Maduración de proyectos. Artículo 92. Contratos interadministrativos. Ley 1952 de 2019 Por medio de la cual se expide el código general disciplinario se derogan la ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario Artículo 4. Legalidad. Artículo 8. Favorabilidad. Artículo 23. Garantía de la función pública. Artículo 25. Destinatarios de la ley disciplinaria. Artículo 26. La falta disciplinaria. Artículo 27. Acción y omisión. Artículo 38. Deberes. Artículo 39. Prohibiciones. Artículo 70. Sujetos disciplinables. Decreto 92 de 2017 Por el cual se reglamenta la contratación con entidades sin ánimo de lucro a la que hace referencia el inciso segundo del artículo 355 de la Constitución Política Artículo 7. Aplicación de los principios de la contratación estatal.

contratación con entidades sin ánimo de lucro a la que hace referencia el inciso segundo del artículo 355 de la Constitución Política Artículo 7. Aplicación de los principios de la contratación estatal. Decreto 1421 de 2017 Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad Artículo 1. Subrogación de una sección al Decreto 1075 de 2015. Atención educativa a la población con discapacidad Decreto Ley 403 de 2020 Por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal Artículo 3. Principios de la vigilancia y el control fiscal. Artículo 80. Campo de aplicación.

Acto Legislativo 4 de 2019 Por medio del cual se reforma el régimen de control fiscal Toda la norma Resolución 181331 de 2009 y sus modificaciones, Ministerio de Minas y Energía Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público (RETILAP) Artículo 1. Expedición y obligatoriedad del RETILAP.

Normatividad completa.Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

Fuente de criterio Criterio Resolución orgánica 042 de 2020 de la CGR “Por la cual se reglamenta la rendición electrónica de la cuenta, los informes y otra información que realizan los sujetos de vigilancia y

Fuente de criterio Criterio Resolución orgánica 042 de 2020 de la CGR “Por la cual se reglamenta la rendición electrónica de la cuenta, los informes y otra información que realizan los sujetos de vigilancia y control fiscal a la Contraloría General de la República a través del Sistema de Rendición Electrónico de la Cuenta e Informes y Otra Información

(SIRECI)”.

Artículo 3. Deber de rendir cuenta e informe. Artículo 5. Cuenta e informe. La Ley 2276 de 20226

Artículo 50 que, “Sin perjuicio de la responsabilidad fiscal y disciplinaria a que haya lugar, cuando en vigencias anteriores no se haya realizado el pago de obligaciones adquiridas con las formalidades previstas en el Estatuto Orgánico del Presupuesto y demás normas que regulan la materia, y sobre los mismos no se haya constituido la reserva presupuestal o la cuenta por pagar correspondiente, se podrá hacer el pago bajo el concepto de "Pago de Pasivos Exigibles - Vigencias Expiradas Resolución 9078 de 2013 y sus modificaciones, Ministerio de Minas y Energía Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE Artículo 2. Cumplimiento del RETIE.

Normatividad completa.

Por el cual se disposiciones que se consideran necesarias para la seguridad. El cumplimiento de las mismas y el mantenimiento adecuado darán lugar a una instalación prácticamente libre de riesgos, pero no necesariamente eficiente, conveniente o adecuada para el buen servicio o para ampliaciones futuras en el uso de la electricidad. El Decreto 115 del

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...