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CGR - INFORME FINAL AF FINDETER VIGENCIA 2023

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - INFORME FINAL AF FINDETER VIGENCIA 2023
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2023

… … Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

INFORME DE AUDITORÍA FINANCIERA INDEPENDIENTE

A

FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S.A. - FINDETER

VIGENCIA 2023

CGR-CDCDR No. 01

Mayo de 2024… … Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

Vicecontralor General con funciones de Carlos Mario Zuluaga Pardo Contralor General

Contralor Delegado para el Sector Comercio y Desarrollo Regional Rodolfo Enrique Zea Navarro

Directora de Vigilancia Fiscal María Cristina Quintero Quintero

Director de Estudios Sectoriales Helmer Fernando Cabrera Ramos

Supervisor Carmen Teófila Perafán Garcia

Equipo Auditor

Líder de Auditoría y Auditora Gladys Ochoa Ruiz

Integrantes del Equipo Auditor Rolando Alberto Tique Garzón Fredy Alberto Hernández Corredor Iván Horacio Osorio Alvis Lilian María Perea Benítez0

TABLA DE CONTENIDO

1. INTRODUCCION ...................................................................................... 2

Fredy Alberto Hernández Corredor Iván Horacio Osorio Alvis Lilian María Perea Benítez0

TABLA DE CONTENIDO

1. INTRODUCCION ...................................................................................... 2 1.1 SUJETO DE CONTROL Y RESPONSABILIDAD ...................................... 5 1.2 RESPONSABILIDAD DE LA CGR ............................................................. 7

2. OPINIÓN CONTABLE FINDETER ........................................................... 9 2.1 OPINIÓN ESTADOS CONTABLES – “SIN SALVEDADES” ...................... 9

3. EVALUACION DEL CONTROL INTERNO FINANCIERO ....................... 9

4. OPINIÓN SOBRE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL ......................... 10 4.1 OPINION EJECUCIÓN PRESUPUESTAL RAZONABLE ........................ 10

5. FENECIMIENTO DE LA CUENTA DE FINDETER ................................ 10

6. OPINIÓN CONTABLE FONDO DE COFINANCIACION PARA INVERSION URBANA - FIU .................................................................. 11

7. OPINIÓN CONTABLE FONDO DE COFINANCIACION PARA INVERSION SOCIAL – FIS .................................................................... 11

8. ATENCION DE SOLICITUDES CIUDADANA Y DENUNCIAS .............. 11

9. EFECTIVIDAD PLAN DE MEJORAMIENTO ......................................... 11

10. VERIFICACION PRESUPUESTO A PROGRAMAS PERSONAS EN CONDICION DE DISCAPACIDAD ......................................................... 12

11. RELACION DE HALLAZGOS ................................................................ 14

12. PLAN DE MEJORAMIENTO .................................................................. 15

ANEXO 1. RELACION DE HALLAZGOS ................................................................ 16

ANEXO 2. REGISTRO FOTOGRÁFICO DE VISITA DE LA CGR MARZO 2024HALLAZGO 1 ......................................................................................... 41

ANEXO 3. OFICIO DE FECHA 22-11-2022 DE DISPONIBILIDAD PROVISIONAL

HALLAZGO 1 ......................................................................................... 41

ANEXO 3. OFICIO DE FECHA 22-11-2022 DE DISPONIBILIDAD PROVISIONAL CONSTRUCCION DE OBRAHALLAZGO 1 ......................................... 45 ANEXO 4. OFICIO 0790 DEL 24-03-2022 DE VIABILIDAD SERVICIO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO ..................................................... 46

ANEXO 5. ESTADOS FINANCIEROS ..................................................................... 59

ANEXO 6. PRESUPUESTO DE INGRESOS DE FINDETER 2022 – 2023 .............. 65

ANEXO 7. MUESTRAS SELECCIONADAS AUDITORIA FINANCIERA .................. 661

816111Bogotá D.C.

Doctor

JUAN CARLOS MUÑIZ PACHECO

Presidente. Financiera de Desarrollo Territorial S. A. - FINDETER aegarzon@FINDETER.gov.co lmzapata@FINDETER.go.co Bogotá D.C.

Asunto: Informe Final de Auditoría Financiera – Vigencia 2023

Respetado doctor Muñiz:

La Contraloría General de la República (en adelante CGR), con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 267 de la Constitución Política, y de conformidad con lo estipulado en la Resolución Orgánica 0012 del 24 de marzo de 2017, practicó Auditoría Financiera a los Estados Financieros de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. (en adelante FINDETER), a través del examen al Estado de Situación Financiera con corte a 31 de diciembre de 2023 y el Estado de Resultados por el

Territorial S.A. (en adelante FINDETER), a través del examen al Estado de Situación Financiera con corte a 31 de diciembre de 2023 y el Estado de Resultados por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2023 y sus respectivas notas a los Estados Financieros, los cuales f ueron auditados y comparados con los del año anterior vigencia 2022, que fueron auditados por este Ente de Control.

Así mismo, con fundamento en el artículo 268 de la Constitución Política, realizó auditoría a los informes de Ejecución Presupuestal de la vigencia 2023, los que han sido preparados y ejecutados conforme a las disposiciones impartidas por el MHCP2 mediante la Resolución No. 2416 del 12 de noviembre de 1997 “ Por la cual se establecen normas sobre la elaboración, conformación y aprobación de los presupuestos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta del orden nacional dedicadas a actividades financieras”.2

1. INTRODUCCION

La Financiera de Desarrollo Territorial S. A. - FINDETER, fue constituida por escritura pública 1570 del 14 de mayo de 1990, es una sociedad anónima de economía mixta de orden nacional, organizada como un establecimiento de crédito, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público , vinculado al Grupo Bicentenario S.A.S., sometida al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia. Su principal accionista es el Grupo Bicentenario S.A.S. con un 92.55% de participación.

El desarrollo de su objeto social está definido por el Decreto 663 de 1993,

Financiera de Colombia. Su principal accionista es el Grupo Bicentenario S.A.S. con un 92.55% de participación.

El desarrollo de su objeto social está definido por el Decreto 663 de 1993, FINDETER, inicialmente actuaba como un banco de desarrollo de segundo piso para otorgar créditos a las entidades del Estado o particulares que se dediquen a desarrollar los proyectos de construcción, ampliación y reposición de infraestructura y asistencia técnica para adelantar adecuadamente esas actividades, en los sectores antes mencionados, a través de entidades del sistema financiero Colombiano, las cuales asumen el riesgo total de crédito con el cliente y FINDETER asume el riesgo de crédito de la entidad financiera, a tasas de interés generalmente por debajo del mercado, los cuales son financiados con recursos obtenidos de organismos multilaterales, captación de recursos del público a través de certificados de depó sito a término, colocación de bonos en los mercados nacionales e internacionales y recursos propios.

Desde el año 2020, con el Decreto 468 de 2020, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica, el Gobierno Nacional autorizó a FINDETER para otorgar créditos directos con tasa compensada dirigidos a financiar proyectos y actividades en los sectores elegibles para conjurar la crisis o impedir la extensión de sus efectos en el territorio nacional, en el marco del Decreto 417 de 2020; poster iormente mediante el Decreto 1844 de 2021, adicionó esta línea de crédito directo a través del capítulo 9 al Título 7, Parte 6, Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, el cual es el Decreto Único Reglamentario para el Sector Hacienda y

crédito directo a través del capítulo 9 al Título 7, Parte 6, Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, el cual es el Decreto Único Reglamentario para el Sector Hacienda y Crédito Público (en adelante DUR). en el mismo 2021, mediante el Decreto 1883 de 2021, se incorporó al Decreto Único Reglament ario para el Sector Hacienda y Crédito Público la autorización a FINDETER para la creación de una línea de crédito directo con tasa compensada para financiar programas territoriales de reorganización, rediseño y modernización de las Empresas Sociales del EstadoESE y programas de saneamiento fiscal y financiero.

En el año 2023, mediante el Decreto 1637 de 2023, se incorporó al título 7 del Decreto Único Reglamentario - DUR, el capítulo 12, en el cual se estableció una nueva línea de crédito directo compensada, una destinada a irrigar recursos de capital de trabajo y/o liquidez a las empresas distribuidoras y comercializadoras de energía eléctrica de naturaleza oficial, m ixta y/o privada, que hayan aplicado a la opción tarifaria regulatoria establecida por la Comisión de Regulación de Energía y3

Gas (CREG), de conformidad con lo establecido en el artículo 5° de la Ley 2299 de 2023, adicionalmente a las nuevas operaciones de crédito directo, y en virtud a la autorización que trajo la Ley 2294 de 2023. en su artículo 288, modificó el artículo 270 de l Decreto 663 de 1993, permitiendo a FINDETER celebrar operaciones especiales de fondeo o financiamiento con bancos o entidades multilaterales o

autorización que trajo la Ley 2294 de 2023. en su artículo 288, modificó el artículo 270 de l Decreto 663 de 1993, permitiendo a FINDETER celebrar operaciones especiales de fondeo o financiamiento con bancos o entidades multilaterales o bilaterales, en los términos y condiciones que sean determinados por el Gobierno Nacional y aquellos definidos en los respectivos reglamentos.

Objeto Social del Sujeto de Control

El objeto social de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., FINDETER, consiste en la promoción del desarrollo regional y urbano, mediante la financiación y la asesoría en lo referente a diseño, ejecución y administración de proyectos o programas de inversión relacionados con las siguientes actividades:

a. Construcción, ampliación y reposición de infraestructura correspondiente al sector de agua potable y saneamiento básico; b. Construcción, pavimentación y remodelación de vías urbanas y rurales; c. Construcción, pavimentación y conservación de carreteras departamentales, veredales, caminos vecinales, puentes y puertos fluviales; d. Construcción, dotación y mantenimiento de la planta física de los planteles educativos oficiales de primaria y secundaria; e. Construcción y conservación de centrales de transporte; f. Construcción, remodelación y dotación de la planta física de puestos de salud y ancianatos; g. Construcción, remodelación y dotación de centros de acopio, plazas de mercado y plazas de ferias; h. Recolección, tratamiento y disposición final de basuras;

  1. Construcción y remodelación de campos e instalaciones deportivas y parques;

j. Construcción, remodelación y dotación de mataderos; k. Ampliación de redes de telefonía urbana y rural;

h. Recolección, tratamiento y disposición final de basuras;

  1. Construcción y remodelación de campos e instalaciones deportivas y parques;

j. Construcción, remodelación y dotación de mataderos; k. Ampliación de redes de telefonía urbana y rural; l. Otros rubros que sean calificados por la junta directiva de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., FINDETER, como parte o complemento de las actividades señaladas en el presente numeral; m. Asistencia técnica a las entidades beneficiarias de financiación, requerida para adelantar adecuadamente las actividades enumeradas; n. Financiación de contrapartidas para programas y proyectos relativos a las actividades de que tratan las letras numerales precedentes que hayan sido financiados conjuntamente por otras entidades públicas o privadas, o. Adquisición de equipos y realización de operaciones de mantenimiento, relacionadas con las actividades enumeradas en este numeral.4

En desarrollo de su objeto social, FINDETER podrá cumplir las siguientes funciones:

a) Redescontar créditos a las Entidades Territoriales, a sus entidades descentralizadas, a las áreas metropolitanas, a las asociaciones de municipios, a las entidades a que se refiere el Artículo 375 del Código de Régimen Municipal, a las regiones y provincias previstas en los artículos 306 y 321 de la Constitución Política, para la realización de los programas o proyectos de qué trata el artículo 5o. de estos estatutos; a las instituciones de Educación Superior Públicas u Oficiales del Orden Nacional y a las regidas por las normas del derecho privado, para la financiación de las actividades previstas en el numeral 3; del artículo 5º. de estos estatutos y, a las Organizaciones Regionales de Televisión para la financiación de las

regidas por las normas del derecho privado, para la financiación de las actividades previstas en el numeral 3; del artículo 5º. de estos estatutos y, a las Organizaciones Regionales de Televisión para la financiación de las actividades previstas en el numeral 12 del artículo 5º. de estos estatutos. b) Redescontar créditos a entidades públicas del orden nacional, a entidades de derecho privado y patrimonios autónomos, siempre y cuando dichos recursos se utilicen en las actividades definidas en numeral 2 del artículo 268 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en proyectos relacionados con el medio ambiente. c) Redescontar contratos de leasing en los términos y condiciones que señale el Gobierno Nacional. d) Captar ahorro interno mediante la emisión de títulos y la suscripción de otros documentos, así como celebrar contratos de crédito interno, los cuales requerirán para su celebración y validez la autorización de la Junta Directiva de FINDETER, sin perjuicio de lo previsto en el literal c del artículo 16 de la Ley 31 de 1992. e) Recibir depósitos de las entidades públicas, a término fijo o de disponibilidad inmediata y reconocer por ellos rendimientos o contraprestaciones especiales. f) Celebrar operaciones de crédito con sujeción a los requisitos y procedimientos establecidos por la legislación vigente para el endeudamiento externo de las entidades descentralizadas del orden nacional. g) Administrar directamente las emisiones de títulos y celebrar los contratos de fideicomiso, garantía, agencia o pago a que hubiere lugar. h) Celebrar contratos de fiducia para administrar recursos que le transfieran la Nación u otras entidades públicas para financiar la ejecución de programas

fideicomiso, garantía, agencia o pago a que hubiere lugar. h) Celebrar contratos de fiducia para administrar recursos que le transfieran la Nación u otras entidades públicas para financiar la ejecución de programas especiales relacionados con las actividades señaladas en este artículo. i) Prestar el servicio de asistencia técnica, estructuración de proyectos, consultoría técnica y financiera. j) Administrar títulos de terceros. k) Emitir avales y garantías tanto a entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera como a otras que disponga el Gobierno Nacional. l) Crear líneas de crédito con tasa compensada, incluidas líneas dirigidas a promover el microcrédito, siempre y cuando los recursos equivalentes al monto del subsidio provengan de la Nación, entidades públicas, entidades5

territoriales o entidades privadas, previa autorización del Gobierno Nacional y aprobación y reglamentación de la Junta Directiva. m) Adquirir, negociar o vender bienes muebles o inmuebles para asegurar la ejecución del objeto que le asigna la ley y estos estatutos. n) Girar, aceptar, endosar o negociar títulos valores. o) Cancelar pasivos laborales y los costos de ejecución de planes de retiro del personal empleado cuando formen parte de programas orientados a la reestructuración o transformación de entidades administradoras de servicios públicos, conducentes a mejoras en la eficiencia de la prestación de los mismos. p) Otorgar financiamiento a sus funcionarios y trabajadores, derivados de la ejecución ordinaria de sus relaciones laborales y de la política de bienestar social, con sujeción a las normas generales que dicte la Junta Directiva o como resultado de pactos o convenciones colectivas.

ejecución ordinaria de sus relaciones laborales y de la política de bienestar social, con sujeción a las normas generales que dicte la Junta Directiva o como resultado de pactos o convenciones colectivas. q) Celebrar toda clase de contratos cuyo fin sea desarrollar el objeto social. r) De acuerdo con el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, autorizar a las entidades descentralizadas de los entes territoriales para intermediar operaciones de redescuento. s) Invertir en Fondos de capital Privado cuya política de inversión se encuentra relacionada con el objeto social desarrollado por FINDETER.

1.1 SUJETO DE CONTROL Y RESPONSABILIDAD

FINDETER es responsable de la adecuada preparación y presentación de los Estados Financieros y cifras presupuestales objeto de la presente auditoría, de conformidad con el marco de información financiera aplicable. También es responsable del contenido de la demás información suministrada a la CGR en el curso de la auditoría, como del Control Interno Contable.

MARCO NORMATIVO CONTABLE

Los Estados Financieros han sido preparados de acuerdo con las Normas de Contabilidad y de Información Financiera aceptadas en Colombia (NCIF), establecidas en la Ley 1314 de 2009, reglamentadas por el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 modificado po r los Decretos 2496 de 2015, 2131 de 2016, 2170 de 2017, 2483 de 2018, 2270 de 2019, 1432 de 2020, el 938 de 2021 y el 1611 de 2022. Las NCIF Grupo 1 se basan en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) completas, emitidas y traducidas o ficialmente al

el 1611 de 2022. Las NCIF Grupo 1 se basan en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) completas, emitidas y traducidas o ficialmente al español por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Board – IASB, por sus siglas en inglés).

FINDETER aplica a sus estados financieros individuales las siguientes excepciones del Título 4 Regímenes especiales del Capítulo 1 del Decreto 2420 de 2015:6

  • La aplicación de la NIC 39 y la NIIF 9, respecto del tratamiento de la cartera de crédito y su deterioro y, la clasificación y la valoración de las inversiones; para estos casos continúa aplicando lo requerido en la Circular Básica Contable y Financiera de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC).

Los Estados Financieros de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. FINDETER, para el periodo terminado al 31 de diciembre de 2023, han sido preparados de conformidad con las Normas de Contabilidad e Información Financiera Aceptadas en Colombia (NCIF) y las disposiciones emitidas por la Superintendencia Financiera de Colombia aplicables.

La Financiera de Desarrollo Territorial S.A. FINDETER, ha definido por estatutos efectuar un corte de sus cuentas, preparar y difundir Estados Financieros de propósito general una vez al año, el 31 de diciembre. Para efectos legales en Colombia, los Estado s Financieros principales son los estados financieros individuales, los cuales se expresan en pesos colombianos, por ser la moneda funcional y de presentación o reporte para todos los efectos. Para el caso de FINDETER no se efectúa distribución de dividend os, según lo estipulado en los

individuales, los cuales se expresan en pesos colombianos, por ser la moneda funcional y de presentación o reporte para todos los efectos. Para el caso de FINDETER no se efectúa distribución de dividend os, según lo estipulado en los artículos 3 de la ley 57 de 1989 y articulo 30 de Ley 1328 de 2009.

Relación de Estados Financieros rendidos en el aplicativo SIRECI:

  • Estado de Situación Financiera • Estado de Resultados del Ejercicio • Estado de Otros Resultados Integrales • Estado de Cambios en el Patrimonio • Estado de flujos de efectivo

FINDETER registra la provisión de cartera de redescuento y cartera comercial directa según lo dispuesto por la Superintendencia Financiera de Colombia. La constitución de provisiones individuales se realiza de acuerdo con las pérdidas esperadas determinadas en la metodología de calificación de riesgo de crédito definida en el modelo de referencia.

Se rige también por la Resolución 3600 de 1988 expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia y Circulares Externas por medio de las cuales se adopta el Plan Único de Cuentas del Sistema Financiero, asì como la aplicación de la Circular Externa 100 de 1995.

MARCO NORMATIVO PRESUPUESTAL

FINDETER presupuestalmente se rige por las disposiciones impartidas por el7

MHCP1 mediante la Resolución No. 2416 del 12 de noviembre de 1997 “Por la cual se establecen normas sobre la elaboración, conformación y aprobación de los presupuestos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta del orden nacional dedicadas a actividades financieras”.

se establecen normas sobre la elaboración, conformación y aprobación de los presupuestos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta del orden nacional dedicadas a actividades financieras”.

Mediante el Acta No. 406 del 29 de noviembre de 2022, la Junta Directiva realizó la aprobación del presupuesto correspondiente a la vigencia 2023, de acuerdo con lo establecido literal b) Aprobar el presupuesto anual de FINDETER del articulo 41 funciones de la Junta Directiva de los Estatutos Sociales.

Igual, aplica la Guía Metodológica de Ejecución Presupuestal vigencia 2023, sobre las disposiciones generales que regulan el proceso de ejecución del presupuesto de FINDETER y se hacen extensivas a todas las áreas como responsables del manejo y ejecución del presupuesto.

El régimen contractual de FINDETER es de derecho privado motivo por el cual su marco normativo se rige por la normatividad mercantil y financiera, asì como sus políticas para contratación de Bienes y Servicios Versión 1 del 8 de julio de 2020.

1.2 RESPONSABILIDAD DE LA CGR

La responsabilidad de la Contraloría General de la República consiste en producir un informe que contiene la opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros auditados, un concepto sobre la Evaluación del Control Fiscal Interno Financiero, una opinión sobre la Ejecución Presupuestal, Efectividad del Seguimiento del Plan de Mejoramiento y Fenecimiento de la Cuenta Rendida, con base en las muestras seleccionadas y soportadas en pruebas sustantivas y de control que permitieron obtener una base suficiente y adecuada.

de Mejoramiento y Fenecimiento de la Cuenta Rendida, con base en las muestras seleccionadas y soportadas en pruebas sustantivas y de control que permitieron obtener una base suficiente y adecuada.

La CGR en cumplimiento del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal 2024, realizó auditoría financiera a la Financiera de Desarrollo Territorial S.A.- FINDETER, para la vigencia 2023, y tiene como objetivo general “ Realizar Auditoría Financiera a la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., con el fin de vigilar la gestión fiscal que adelantó en la vigencia 2023 en cumplimiento de su misión y funciones, así como de los compromisos establecidos por el Gobierno Nacion al a la entidad ”, de igual forma se definieron los siguientes objetivos especí ficos, los cuales fueron aprobados en Comité de Evaluación Sectorial - CES No.46 del 27 de diciembre 2023:

1. Determinar si los estados financieros de FINDETER de la vigencia 2023 están preparados en todos los aspectos significativos, de conformidad con el marco de información financiera aplicable, y si se encuentran libres de

1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público8

incorrecciones materiales, ya sea por fraude o error y emitir la opinión correspondiente.

2. Evaluar la ejecución del presupuesto de la vigencia 2023 y emitir la opinión correspondiente.

3. Determinar si los estados financieros de los Fondos de cofinanciación para las inversiones social, vial y urbana, administrados por FINDETER, correspondientes a la vigencia 2023 están preparados, en todos los aspectos significativos, de conformidad con el marco de información financiera aplicable, y si se encuentran libres de incorrecciones materiales, ya sea por

correspondientes a la vigencia 2023 están preparados, en todos los aspectos significativos, de conformidad con el marco de información financiera aplicable, y si se encuentran libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o error y emitir la opinión correspondiente.

La auditoría se llevó a cabo de conformidad con las Normas Internacionales de Entidades Fiscalizadoras Superiores ISSAI, con arreglo a las Normas Internacionales de Auditoría lo que significa la plena conformidad con todas las NIA aplicables y, en su caso, con las orientaciones suplementarias facilitadas en las Notas de Práctica para las NIA emitidas por la INTOSAI. Adicionalmente, se aplicaron la Guía de Principios, fundamentos y aspectos generales para las auditorías en la CGR y la Guía de Auditoría Financiera contenidas en la Resolución Reglamentaria Orgánica N°0012 de 2017.

Dichas normas exigen que la CGR cumpla con los requerimientos de ética, así como que se planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable sobre si los Estados Financieros y cifras presupuestales están libres de incorrección material.

La auditoría incluyó el examen y aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría financiera sobre los importes y la información reconocida y revelada en los Estados Financieros de la vigencia fiscal 2023, presentados por el Representante Legal de FINDETER a la Contraloría General de la República, a través del Sistema de Rendición Electrónica de Rendición de la Cuenta e Informes - SIRECI -, se tuvo en cuenta la importancia del registro de información y soportes que reportan los registros en los Sistemas, sobre la base de pruebas selectivas de

través del Sistema de Rendición Electrónica de Rendición de la Cuenta e Informes - SIRECI -, se tuvo en cuenta la importancia del registro de información y soportes que reportan los registros en los Sistemas, sobre la base de pruebas selectivas de las evidencias y documentos que soportan la gestión contable y presupuestal, las cifras y presentación de los Estados Financieros y el cumplimiento de las disposiciones legales, así como, la adecuada implementación y funcionamiento del Control Interno Contable y Financiero y la efectividad de las acciones emprendidas por FINDETER para eliminar las causas de los hallazgos de carácter contable, presupuestal y técnico seleccionados que hacen parte del Plan de Mejoramiento.

El análisis y verificación de la información y soportes suministrados por FINDETER, se encuentra debidamente documentada en papeles de trabajo que reposan en el Aplicativo Automatizado del Proceso Auditor - APA de la CGR.9

Las incorrecciones se dieron a conocer oportunamente al representante legal de la Entidad, dentro del desarrollo de la Auditoría Financiera, otorgando el plazo legalmente establecido para que FINDETER presentará los argumentos y soportes que permitieran desvirtuar o no, las incorrecciones comunicadas. Las respuestas de la administración fueron analizadas e incorporadas en el informe de acuerdo con su pertinencia.

En el trabajo de auditoría no se presentaron limitaciones que afectar an el alcance de la Auditoría Financiera.

Se definió el alcance atendiendo los riesgos en los procesos, la materialidad y representatividad de los saldos en las cuentas seleccionadas, a través de la aplicación de pruebas sustantivas y de c ontrol, realizando verificación selectiva de los documentos y registros contables.

representatividad de los saldos en las cuentas seleccionadas, a través de la aplicación de pruebas sustantivas y de c ontrol, realizando verificación selectiva de los documentos y registros contables.

En la evaluación del riesgo, la CGR tiene en cuenta el control interno para la preparación y presentación de la información, con el fin de diseñar procedimientos de auditoría que sean apropiados a las circunstancias. La auditoría también incluyó, la evaluación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la Dirección, así como de la presentación global de los Estados Financieros y cifras presupuestales.

2. OPINIÓN CONTABLE FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL

2.1 OPINIÓN ESTADOS CONTABLES – “SIN SALVEDADES”

En opinión de la CGR, los Estados Financieros de FINDETER, presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, la situación financiera a 31 de diciembre de 2023, así como los resultados de las operaciones por el año terminado en dicha fecha, de conformidad con el marco de información financiera aplicable por la Superintendencia Financiera y con los principios y normas de contabilidad prescritos por la Contaduría General de la Nación, con fundamento en el modelo de evaluación implementado por la CGR2.

3. EVALUACION DEL CONTROL INTERNO FINANCIERO

La evaluación del sistema de Control Interno Contable de FINDETER, arrojó como resultado una calificación de de 1.3 correspondiente al concepto de “EFICIENTE”, con base en el resultado de la aplicación de la metodología establecida en la CGR:

La evaluación del sistema de Control Interno Contable de FINDETER, arrojó como resultado una calificación de de 1.3 correspondiente al concepto de “EFICIENTE”, con base en el resultado de la aplicación de la metodología establecida en la CGR:

2 En desarrollo del proceso auditor se materializo un daño fiscal por valor de $493.928.162 estos recursos no ingresan al presupuesto, ni afectan los Estados Financieros de FINDETER, dado que los mismos, son recursos de terceros que se manejan a través de Patrimonios Autónomos y Fiducias Mercantiles.10

Imagen 1. Calificación Final del Control Interno Fiscal Contable

Fuente: Formato 14-Matriz de riesgos y controles GAF.

En desarrollo del Proceso Auditor se detallan las siguientes debilidades encontradas

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