CGR - INFORME FINAL SIC AF VIGENCIA 2023
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - INFORME FINAL SIC AF VIGENCIA 2023
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2023
Carrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000 cgr@contraloria.gov.co www.contraloria.gov.co 1
INFORME DE AUDITORÍA FINANCIERA
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
VIGENCIA 2023
CGRCDCDR - No.03
Mayo de 2024Carrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000 cgr@contraloria.gov.co www.contraloria.gov.co 2
Vicecontralor en funciones de Contralor General de la República Carlos Mario Zuluaga Pardo
Contralor Delegado para el Sector Comercio y Desarrollo Regional Rodolfo Enrique Zea Navarro
Directora de Vigilancia Fiscal María Cristina Quintero Quintero
Director de Estudios Sectoriales Helmer Fernando Cabrera Ramos
Supervisor Jaime Humberto Sanabria Brausin
Líder de Auditoría Alfonso Ricardo Becerra Alarcón
Equipo Auditor Yeison Quintana López Ricardo de Jesús Alandete Torres Wilson Javier Bedoya Delgado Flor María Gómez QuinteroCarrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000
Ricardo de Jesús Alandete Torres Wilson Javier Bedoya Delgado Flor María Gómez QuinteroCarrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000 cgr@contraloria.gov.co www.contraloria.gov.co 3
TABLA DE CONTENIDO
1. INTRODUCCIÓN .............................................................................................. 6 1.1. SUJETO DE CONTROL Y RESPONSABILIDAD ............................................. 6 1.2. MARCO NORMATIVO ...................................................................................... 7 1.3. RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN ........................................... 11 1.4. RESPONSABILIDAD DE LA CGR .................................................................. 12
2. OPINIÓN CONTABLE .................................................................................... 13
3. CONCEPTO SOBRE CONTROL INTERNO FINANCIERO ........................... 13
4. OPINIÓN EJECUCIÓN PRESUPUESTAL ..................................................... 14 4.1. OPINIÓN SOBRE LA RAZONABILIDAD DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL ........................................................................................... 14
5. REFRENDACIÓN DE LAS RESERVAS PRESUPUESTALES ...................... 14
6. FENECIMIENTO DE LA CUENTA ................................................................. 15
7. EFECTIVIDAD DEL PLAN DE MEJORAMIENTO ......................................... 15
8. ATENCION DE SOLICITUDES CIUDADANAS ............................................. 16
9. IMPLEMENTACION MECANISMOS DE INTEGRACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD .............................................................. 17
10. RELACIÓN DE HALLAZGOS ........................................................................ 18
11. PLAN DE MEJORAMIENTO .......................................................................... 19
ANEXO 1. RELACIÓN DE HALLAZGOS .............................................................. 20
PERSONAS CON DISCAPACIDAD .............................................................. 17
10. RELACIÓN DE HALLAZGOS ........................................................................ 18
11. PLAN DE MEJORAMIENTO .......................................................................... 19
ANEXO 1. RELACIÓN DE HALLAZGOS .............................................................. 20
ANEXO 2. ESTADOS FINANCIEROS .................................................................. 77Carrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000 cgr@contraloria.gov.co www.contraloria.gov.co 4
816111
Bogotá D.C.
Doctora
CIELO ELAINNE RUSINQUE URREGO
Superintendente Superintendencia de Industria y Comercio superintendente@sic.gov.co Carrera 13 No. 27 - 00, Pisos 1 y 3 Bogotá
Asunto: Informe Final de Auditoría Financiera – Vigencia 2023
Respetada doctora Cielo:
La Contraloría General de la República - CGR, con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 267 de la Constitución Política de Colombia , modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo 4 de 2019 y de conformidad con lo estipulado en la Resolución Orgánica 0012 del 24 de marzo de 2018, practicó Auditoría a los estados financieros de la Superintendencia de Industria y Comercio - SIC por la vigencia 2023, los cuales comprenden el Estado de Situación Financiera, el Estado de Resultados y el Estado de Cambios en el Patrimonio , que han sido preparados conforme al Marco Normativo para Entidades de Gobierno.
Así mismo, con fundamento en el artículo 268 de la Constitución Política, realizó
de Resultados y el Estado de Cambios en el Patrimonio , que han sido preparados conforme al Marco Normativo para Entidades de Gobierno.
Así mismo, con fundamento en el artículo 268 de la Constitución Política, realizó auditoría a los informes de ejecución presupuestal que incluyen la programación y ejecución de ingresos y gastos de la vigencia 2023.
La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Guía de Auditoría Financiera de la CGR y en cumplimiento de las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) y adaptadas al contexto nacional y marco jurídico de la CGR , consecuentes con las de general aceptación; de manera que el examen proporcionó una base razonable para fundamentar los conceptos y la opinión expresados en el informe.
La auditoría se llevó a cabo de conformidad con las Normas Internacionales de Entidades Fiscalizadoras Superiores ISSAI, con arreglo a las Normas Internacionales de Auditoría, lo que significa la plena conformidad con todas las NIA aplicables y, en su caso, con las orientaciones suplementarias facilitadas en las Notas de Práctica para las NIA emitidas por la INTOSAI. Adicionalmente, se aplicaron el documento de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales para lasCarrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000 cgr@contraloria.gov.co www.contraloria.gov.co 5
Auditorías en la CGR y la Guía de Auditoría Financiera adoptadas mediante la Resolución Reglamentaria Orgánica N°0012 de 20171.
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Auditorías en la CGR y la Guía de Auditoría Financiera adoptadas mediante la Resolución Reglamentaria Orgánica N°0012 de 20171.
Dichas normas exigen que la CGR cumpla con los requerimientos de ética, así como que se planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable sobre si los estados financieros y cifras presupuestales están libres de incorrección material.
La auditoría incluyó el examen y aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría financiera sobre los importes y la información reconocida y revelada en los Estados Financieros de la vigencia fiscal 2023, presentados por el Representante Legal de la SIC a la CGR, a través del Sistema de Rendición Electrónica de Rendición de la Cuenta e Informes – SIRECI. Se tuvo en cuenta la importancia del registro de información y soportes que reportan los registros en los sistemas, sobre la base de pruebas selectivas de las evidencias y documentos que soportan la gestión contable y presupuestal, las cifras y presentación de los Estados Financieros y el cumplimiento de las disposiciones legales, así como la adecuada implementación y funcionamiento del Control Interno Contable y Financiero y la efectividad de las acciones emprendidas por la SIC para eliminar las causas de los hallazgos de carácter contable y presupuestal que hacen parte del Plan de Mejoramiento.
Los procedimientos de auditoría seleccionados dependen del criterio profesional del auditor, e incluyen la valoración de los riesgos de incorrección material en las cifras financieras, debida a fraude o error.
Se definió el alcance atendiendo los riesgos en los procesos, la materialidad y
auditor, e incluyen la valoración de los riesgos de incorrección material en las cifras financieras, debida a fraude o error.
Se definió el alcance atendiendo los riesgos en los procesos, la materialidad y representatividad de los saldos en las cuentas seleccionadas, a través de la aplicación de pruebas sustantivas y de cumplimiento, realizando verificación selectiva de los documentos y registros contables.
En la evaluación del riesgo, la CGR tiene en cuenta el control interno para la preparación y presentación de la información, con el fin de diseñar procedimientos de auditoría que sean apropiados a las circunstancias.
La auditoría también incluyó, la evaluación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la Dirección de la SIC, así como de la presentación global de los estados financieros y cifras presupuestales.
Los estudios y análisis se encuentran debidamente documentados, con base en la información suministrada por la SIC, en los papeles de trabajo registrados en el
1 Resolución Reglamentaria Orgánica 012 del 24 de marzo 2017 se adoptan Principios, Fundamentos y Aspectos Generales para las auditorías en la CGR y la Guía de Auditoria Financiera, como instrumentos de control posterior y selectivo dentro de los parámetros de las normas internacionales de auditoria para las entidades fiscalizadoras superiores ISSAI.Carrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000 cgr@contraloria.gov.co www.contraloria.gov.co 6
Sistema de Gestión de Expedientes y Archivos - SGDEA; de igual forma la actuación se encuentra registrado en el Sistema Automatizado para el Proceso
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Sistema de Gestión de Expedientes y Archivos - SGDEA; de igual forma la actuación se encuentra registrado en el Sistema Automatizado para el Proceso Auditor APA en el CAT_175_2024.
Durante el desarrollo del trabajo de auditoría no se presentaron limitaciones que afectaran el alcance de la misma.
1. INTRODUCCIÓN
La CGR realizó auditoría financiera a la SIC, por la vigencia 20 23, para la cual se definieron los siguientes objetivos específicos:
Objetivo General
Realizar Auditoría Financiera a la Superintendencia de Industria y Comercio, con el fin de vigilar la gestión fiscal que adelantó en la vigencia 2023 en cumplimiento de su misión y funciones, así como de los compromisos establecidos por el Gobierno Nacional a la entidad.
Objetivos Específicos
1. Determinar si los estados financieros de la vigencia 2023 están preparados, en todos los aspectos significativos, de conformidad con el marco de información financiera aplicable, y si se encuentran libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o error y emitir la opinión correspondiente.
2. Evaluar la ejecución del presupuesto de la vigencia 2023 y emitir la opinión correspondiente.
3. Evaluar las reservas presupuestales constituidas en la vigencia 2023, para efectos de su refrendación.
1.1. SUJETO DE CONTROL Y RESPONSABILIDAD
La SIC es un Organismo de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Comercio , Industria y Turismo, cread o mediante el artículo 25 del Decreto 2974 de 1968 y
1.1. SUJETO DE CONTROL Y RESPONSABILIDAD
La SIC es un Organismo de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Comercio , Industria y Turismo, cread o mediante el artículo 25 del Decreto 2974 de 1968 y reestructurada por los Decretos 2153 de 1992, 3523 de 2009, 4886 de 2011 y 092 de 24 de enero de 2022 cuya actividad está orientada a fortalecer los procesos de desarrollo empresarial y los niveles de satisfacción del consumo colombiano.
En desarrollo de lo anterior, la SIC cuenta con funciones específicas para salvaguardar los derechos de los consumidores, proteger la libre competencia y ejercer como Autoridad Nacional de Propiedad Industrial.Carrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000 cgr@contraloria.gov.co www.contraloria.gov.co 7
También cuenta con funciones para vigilar el cumplimiento de las normas relacionadas con la administración de datos personales, reglamentos técnicos, metrología legal.
La SIC es responsable de la preparación de los Estados Financieros objeto de la presente auditoría, de conformidad con el marco de información financiera aplicable. También es responsable del contenido de la demás información suministrada a la CGR en el curso de la auditoría, como del control interno contable.
1.2. MARCO NORMATIVO
Regulación contable
- Ley 1066 de 2006: “Por la cual se dictan normas para la normalización de la cartera pública y se dictan otras disposiciones”.
- Resolución 357 de 2008 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual
- Ley 1066 de 2006: “Por la cual se dictan normas para la normalización de la cartera pública y se dictan otras disposiciones”.
- Resolución 357 de 2008 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se adopta el procedimiento de control interno contable y de reporte del informe anual de evaluación a la Contaduría General de la Nación”.
- Resolución 533 de 2015 de la Contaduría General de la Nación. “Por la cual se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable a las entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones”.
- Resolución 193 de 2016 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se incorpora, en los procedimientos transversales del régimen de contabilidad pública RCP, el procedimiento para la evaluación del control interno contable”.
- Resolución 469 de 2016 de la Contaduría General de la Nación. “Por la cual se incorpora el procedimiento contable para registro de los hechos económicos relacionados con la movilización de activos”.
- Resolución 525 de 2016 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se establece el proceso contable y el sistema documental Contable”.
- Resolución 006 de 2017 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se establece el procedimiento contable para registro de las operaciones interinstitucionales y se modifica el Catálogo de Cuentas”.
- Resolución 182 de 2017 de la Contaduría General de la Nación. “Por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de
interinstitucionales y se modifica el Catálogo de Cuentas”.
- Resolución 182 de 2017 de la Contaduría General de la Nación. “Por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la preparación y publicación deCarrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000
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los informes financieros y contables mensuales, que deban publicarse de conformidad con el numeral 36 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002”.
- Resolución 456 de 2017 de la Contaduría General de la Nación: “Por medio de la cual se modifica el referente teórico y metodológico de la regulación contable pública del artículo 1 de la R628 de 2015”.
- Resolución 484 de 2017 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se modifican el anexo de la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y el artículo 4° de la Resolución 533 de 2015, y se dictan otras disposiciones.
- Resolución 156 de 2018 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se modifica la Resolución 354 de 2007, que adoptó el Régimen de Contabilidad Pública, estableció su conformación y definió su ámbito de aplicación”.
- Resolución 483 de 2018 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual
Contabilidad Pública, estableció su conformación y definió su ámbito de aplicación”.
- Resolución 483 de 2018 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se solicita a las entidades contables públicas que reportan información financiera, a través de CHIP, el diligenciamiento del formato para efectos de actualizar la base de datos que administra la Contaduría General de la
Nación.
- Resolución 425 de 2019 de la Contraloría General de la Nación: “Por la cual se modifican las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para
Entidades de Gobierno”.
- Resolución 167 de 2020 de la Contaduría General de la República: “Por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de
Información Financiera del Marco Normativo para Entidades de Gobierno”.
- Resolución 238 de 2021 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se modifica el Procedimiento contable para el registro de los procesos judiciales, arbitrajes, conciliaciones extrajudiciales y embargos sobre cuentas bancarias, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno”
- Resolución 080 de 2021 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se modifica el Procedimiento contable para el registro de los procesos judiciales, arbitrajes, conciliaciones extrajudiciales y embargos sobre cuentas bancarias, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, y el Catálogo
General de Cuentas de dicho Marco Normativo”.Carrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000
bancarias, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, y el Catálogo General de Cuentas de dicho Marco Normativo”.Carrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000 cgr@contraloria.gov.co www.contraloria.gov.co 9
- Resolución 211 de 2021 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se modifican el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno”.
- Resolución 331 de 2022 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se modifican las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para
Entidades de Gobierno”.
- Resolución 356 de 2022 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen del Contabilidad Pública, el Procedimiento para la preparación, presentación y publicación de los informes financieros y contables, que deban publicarse conforme a lo establecido en el numeral 37 del artículo 38 de la Ley 1952 de
2019”.
- Resolución 411 de 2023 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se establece la información a reportar, los requisitos, plazos y características de envío a la Contaduría General de la Nación y se deroga la Resolución número 706 de 2016”
- Resolución 421 de 2023 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual
de envío a la Contaduría General de la Nación y se deroga la Resolución número 706 de 2016”
- Resolución 421 de 2023 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se modifican procedimientos contables del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, de acuerdo con los ajustes realizados al Catálogo General de Cuentas con posterioridad a la expedición de los procedimientos”
- Resolución 180 de 2023 de la Contaduría General de la Nación: “Por la cual se incorpora la Norma de gastos de transferencias y subvenciones en las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los
Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno”.
- Resolución 285 de 2023 de la Contaduría General de la República: “Por la cual se modifican las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para
Entidades de Gobierno”
- Resolución 431 de 2023 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado: “Por la cual se adopta una metodología de reconocido valor técnico para el cálculo de la obligación contingente de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y trámites arbitrales que se adelanten contra la
entidad y deban ser registrados en el sistema Ekogui”.Carrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000 cgr@contraloria.gov.co www.contraloria.gov.co 10
- DUR 1068 de 2015 Nivel Nacional – Sector Hacienda y Crédito Público: Parte
3Tesorería y manejo de los recursos públicos (adicionado por decreto 1853
10
- DUR 1068 de 2015 Nivel Nacional – Sector Hacienda y Crédito Público: Parte
3Tesorería y manejo de los recursos públicos (adicionado por decreto 1853 de 2015) - En la cual se define el manejo de la Cuenta Única Nacional
(SCUN).
- Carta Circular 003 de 2018 de la Contaduría General de la República: “Aplicación del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y Evaluación
del Control Interno Contable.”
- Manual de Políticas Contables Generales y de Operación de la
Superintendencia de Industria y Comercio.
Regulación presupuestal
- Ley 2276 de 2022 : “Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2023”.
- Decreto Ley 111 de enero 15 de 1996: "Por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1984 y la Ley 225 de 1995 que conforman el estatuto orgánico del Presupuesto".
- Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 : "Por medio del cual se expide el
Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público”.
- Decreto 412 del 2 de marzo de 2018 : "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Régimen reglamentario del sector hacienda y crédito público, Parte 8 del Régimen Presupuestal, Parte 9
Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nación y se establecen otras disposiciones".
hacienda y crédito público, Parte 8 del Régimen Presupuestal, Parte 9 Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nación y se establecen otras disposiciones".
- Decreto No. 1793 del 21 de diciembre de 2022. Presidente de la República, "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2022, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos".
- Decreto No. 2590 del 23 de diciembre de 2022 "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan
las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos".Carrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000 cgr@contraloria.gov.co www.contraloria.gov.co 11
- Resolución No. 0042 del 20 de diciembre de 2019, Ministerio de Hacienda y Crédito Público: "Por la cual se establece el catálogo de clasificación presupuestal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público".
- Circular 033 del 18 de noviembre de 2022, Ministerio de Hacienda y Crédito Público: “Cierre Presupuesto General de la Nación PGN para la vigencia fiscal de 2022 e Inicio de la ejecución del PGN de la vigencia fiscal 2023”.
- Circular externa No. 042 del 31 de diciembre 2021, Dirección del Tesoro Nación: “Calendario PAC Vigencia 2022 y consideraciones de importancia para su ejecución”.
Regulación contractual
- Circular externa No. 042 del 31 de diciembre 2021, Dirección del Tesoro Nación: “Calendario PAC Vigencia 2022 y consideraciones de importancia para su ejecución”.
Regulación contractual
- Ley 80 de 1993. Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
- Ley 1150 de 2007. Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993.
- Manual de Contratación de la Superintendencia de Industria y Comercio: “Código: GA01-102 Visión: 5”.
- Ley Estatutaria 1618 de 2013 : Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Artículo 5.
1.3. RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN
Es responsabilidad de la SIC, la preparación y presentación fiel de los Estados Financieros de conformidad con la Ley 1314 de 2009, Resolución 533 de 2015 y sus modificaciones emitidas por la Contaduría General de la Nación, el cual está conformado por: el Marco Conceptual para la Pr eparación y Presentación de Información Financiera; las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos; los Procedimientos Contables; las Guías de Aplicación; el Catálogo General de Cuentas; y la Doctrina Contable Pública, así como las demás normas y conceptos aplicables emitidas por la Contaduría General de la Nación. Así como la información Presupuestal y demás información solicitada.
de Aplicación; el Catálogo General de Cuentas; y la Doctrina Contable Pública, así como las demás normas y conceptos aplicables emitidas por la Contaduría General de la Nación. Así como la información Presupuestal y demás información solicitada.
Igualmente, la administración de la SIC es responsable por diseñar, implementar y mantener mecanismos de control interno adecuados, para la preparación y presentación de Estados Financieros libres de incorrecciones materiales, bien sea por fraude o error.Carrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000 cgr@contraloria.gov.co www.contraloria.gov.co 12
El Representante Legal de la SIC rindió la cuenta anual de la vigencia fiscal de 2023, dentro de los plazos previstos en la Resolución Orgánica 064 de 2023.
1.4. RESPONSABILIDAD DE LA CGR
La CGR realiza auditoría financiera con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 267 2 de la Constitución Política de Colombia, y el Decreto Ley 403 de 2020, en cuyos Títulos I, V y VIII, se regulan los principios, sistemas y procedimientos técnicos de control fiscal, vigilando la gestión fiscal de la administración y de los fondos o bienes de la Nación. Así mismo, la CGR de acuerdo con el artículo 268 Constitucional 3, tiene la atribución de revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario.
La CGR ha llevado a cabo esta auditoría financiera teniendo como soporte técnico y conceptual las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores - ISSAI, emitidas por la Organización Internacional de Entidades
cuentas que deben llevar los responsables del erario.
La CGR ha llevado a cabo esta auditoría financiera teniendo como soporte técnico y conceptual las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores - ISSAI, emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI), según lo establecido en la Resolución Reglamentaria No. 0012 de 2017, por la cual se adoptan principios, fundamentos y aspectos generales para las auditorías en la CGR y la Guía de Auditoría Financiera - GAF-, como instrumentos de control posterior y selectivo dentro de los parámetros de las normas internacionales de auditoría para las entidades fiscalizadoras superiores ISSAI.
Dichas normas exigen que la CGR cumpla con los requerimientos de ética, así como que se planifique y ejecute la Auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable sobre si los estados financieros y cifras presupuestales están libres de incorrecciones materiales.
Una Auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de Auditoría sobre los valores y la información revelada por el sujeto de control. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorreción material en los estados financieros y cifras presupuestales, debido a fraude o error.
Al efectuar dichas valoraciones, la CGR tiene en cuenta el control interno para la preparación y presentación de la información, con el fin de diseñar los procedimientos de Auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias.
Esta Auditoría también incluyó la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas
procedimientos de Auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias.
Esta Auditoría también incluyó la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas
2 Artículo modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo 04 de 2019.
3 Artículo modificado por el artículo 2 del Acto Legislativo 4 de 2019.Carrera 69 No. 44-35 Piso 6 Bogotá – Colombia. Código Postal 111071 PBX 5187000 cgr@contraloria.gov.co www.contraloria.gov.co 13
por la SIC, así como la evaluación de la presentación global de los estados financieros y cifras presupuestales.
En lo correspondiente a esta Auditoría Financiera, la CGR concluye que la evidencia de Auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para la opinión de Auditoría.
2. OPINIÓN CONTABLE
En opinión de la CGR, por la importancia de los hechos descritos en los hallazgos establecidos, la opinión es SIN SALVEDADES, debido a que los Estados Financieros presentan fielmente, en todos los aspectos materiales, la situación financiera a 31 de diciembre de 202 3, así como los resultados correspondientes al ejercicio terminado en esa fecha, de conformidad con el marco normativo de información financiera aplicable.
3. CONCEPTO SOBRE CONTROL INTERNO FINANCIERO
Aplicada la metodología establecida en la CGR, para la evaluación del Control Interno Financiero a 31 de diciembre de 2023, la SIC obtuvo una calificación CON DEFICIENCIAS, dado que se evidenciaron incorrecciones no materiales por
Aplicada la metodología establecida en la CGR, para la evaluación del Control Interno Financiero a 31 de diciembre de 2023, la SIC obtuvo una calificación CON DEFICIENCIAS, dado que se evidenciaron incorrecciones no materiales por inconsistencias en la aplicación del Marco Normativo para entidades de Gobierno, que no afectaron la opinión, entre ellas:
- Deficiencias de control interno contable en lo relacionado con la medición inicial y posterior de la propiedad, planta y equipo, situación que impide cumplir con la característica de relevancia y representación fiel de la información contable de la SIC.
- Deficiencias en registros contables que no corresponden a la vigencia 2023, lo que llevó a establecer incorrecci
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