CGR - PRF-004-001-2012-ECOPETROL-PRIMERA INSTANCIA
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - PRF-004-001-2012-ECOPETROL-PRIMERA INSTANCIA
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2012
ACTA DE AUDIENCIA DE DECISIÓN DENTRO DEL PROCESO VERBAL DE
RESPONSABILIDAD FISCAL
Nº PRF 004-001 DE 2012
En la ciudad de Bogotá D.C., a los 26 días del mes de noviembre de 2015, siendo las 08:19 a.m., en la sala de Audiencias No. 1 del piso 1° de la Contraloría General de la República, ubicada en la calle 63 Nº 14 -97, fecha y hora señalados en sesión de audiencia de decisión de 27 de octubre de 2015, el Contralor Delegado lntersectorial Nº 3, adscrito a la Unidad de Investigaciones Especiales Contra la Corrupción, en uso de las competencias constitucionales y legales, reinició la Audiencia de Decisión respecto del proceso PRF 004001 de 2012, cuyas entidades afectadas son la Empresa Colombiana de PetróleosECOPETROL S.A., la Nación, el Departamento de Norte de Santander y los Municipios de Cúcuta, Los Patios y Chinácota -Norte de Santander. El Despacho señaló a la audiencia el objeto de la presente diligencia en aplicación del artículo 101 de la Ley 1474 de 2011. Dentro de la audiencia, actuó como secretarios los funcionarios DILINGER FIERRO SAAVEDRA y DANIEL REYES, profesionales adscritos a la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción de la Contraloría General de la República. El Despacho advirtió a los participantes presentes y apoderados, que la audiencia sería • grabada en audio y video para efectos de dejar las constancias respectivas y en aras de garantizar el debido proceso.
Como en las anteriores oportunidades, con el fin de dar celeridad y fluidez a la presente sesión de la audiencia de descargos, se fijaron las siguientes: REGLAS DE ORDEN Las cuales respetuosamente solicitó el Señor Contralor Delegado lntersectorial fueran acatadas por los asistentes.
1. Se prohibió el uso de celulares en el recinto, por lo tanto, solicitó apagarlos o mantenerlos en silencio, absteniéndose de contestarlos. • 2. Así mismo prohibió aplaudir, hacer comentarios o murmurar dentro de la sala, so pena de incurrir en las sanciones establecidas a que haya lugar.
3. El horario en que se fijó para el desarrollo de la sesión fue desde su inicio hasta agotar la agenda programada.
Acto seguido procedió el Despacho a la presentación, identificación y verificación del asistente, quien hizo de viva voz su presentación: e.e. • Dr. LUIS FERNANDO FERIA MONTES, 19.471.441 y TP 59.016, en representación de SEGUROS COLPATRIA S.A., hoy AXA COLPATRIA S.A., vinculada como Tercero Civilmente Responsable. • Dr. HERNANDO YEPES ARCILA C.C. 4.319.970 y TP. 10.009, en representación de los señores JAVIER GENARO GUTIÉRREZ PEMBERTY, ÁNGEL GIOVANNI SERNA LEÓN y WILLIAM HERNANDEZ GUTIERREZ, y por sustitución del Dr. JUAN CARLOS GALINDO VACHA, representa a los señores ÁLVARO CASTAÑEDA
CARO, GERARDO IVÁN MESÍAS ROSAS y RAFAEL ESPINOSA ROZO.
e.e.
- Dr. LUIS ALEJANDRO QUINTERO SAENZ, 1.136.879.564 y TP 203.404, apoderado de TERMOTECNICA COINDUSTRIAL S.A.; e.e. • Dr. ANDRES FERNANDEZ DE SOTO, 79.155.646 y TP 41.615, apoderado de
ICAMEX S.A.S.
A continuación procedió el Despacho a dar lectura del Fallo Nº 01715 de 26 de noviembre de 2015, por medio del cual se profiere fallo sin responsabilidad fiscal en favor de los imputados mencionados. Previos recesos de las 10:37 a.m. y de 01: 00 p.m., se da por terminada la Audiencia de Decisión a las 03:15 p.m. y por ende el trámite del proceso de responsabilidad fiscal PRF 004 001 de 2012, el cual será remitido a la Oficina Jurídica de la CGR, con el objeto que se ' surta el grado de consulta en los términos de lo 18 y 54 de la Ley 61O de 2000, en concordancia con el artículo 10 5 de la Ley do;;vfiIJ'Vl • fi Secretario Secretario • - ...., - fi ..J) ·qfi a: fi ¡....: fi > fi u u -P "O" fi 't..::- -¿' .:; ,.,.., [ -- fifi l/) fi g:-fi t.i fi$ :fi : fi fid f fi u e) s: \ e fi fi