CGR - PRF-2015-00300-INPEC-SEGUNDA INSTANCIA
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - PRF-2015-00300-INPEC-SEGUNDA INSTANCIA
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2015
AUTO ® 1- ------- - -- ------------------ DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL NÚMERO: ORD-801 t20058 -2017 f-- -- - -- fi = fi=-- ------ -- ---··"~-----" 0 MAR.
CONTRALORÍA FECHA: 1 2017
(lf;:fif.:""'· De !. . A RFPIJrnuc .. 1-- - - ------ - -- - -------- - - -fiI PÁGINA NÚMERO: 1 de 29 "Por el cual se revisa en grado de consul/a la decisión de archivo proferida dentro del proceso de responsabilidad fiscal No. 2015-00300
PROCESO DE RESPONSABILIDAD
FISCAL: 2015-00300
NUMERO SIREF:
ENTIDAD AFECTADA: INSTITUTO PENITENCIARIO Y CARCELARIO INPEC PRESUNTOS RESPONSABLES: CONSORCIO CENTRO 2010, identificado con º Nit N 900398651, representado legalmente
por Julio Ricardo Rojas Hernández identificado º con la Cédula de Ciudadanía N 79.356.655 en condición de Contratista. WILLIAN MANUEL ALFONSO CASTAÑEDA º identificado con Cédula de Ciudadanía N 19.472.227 en calidad de integrante del Consorcio Centro 2010. JULIO RICARDO ROJAS HERNANDEZ º identificado con Cédula de Ciudadanía N 79.356.655 en calidad de integrante del Consorcio Centro 201 O. RODRIGO ANTONIO ARIAS CHAUSTRE º identificado con Cédula de Ciudadanía N 19.436.793 en calidad de interventor del Contrato N' 204 de 201O .
GUSTAVO ADOLFO RICAURTE TAPIA •
º identificado con Cédula de Ciudadanía N 12.968.114 en calidad de Director General del INPEC para la época de los hechos. GUILLERMO ALEXANDER MACIAS PARDO º identificado con Cédula de Ciudadanía N 79.840.644 funcionario delegado por el Grupo de Obras Civiles del INPEC para supervisar los Contratos de Obra y de lnterventoría Nos 204/1O y 220/1O ; respectivamente.
CUANTIA ESTIMADA DEL DAÑO
PATRIMONIAL: Ciento Nueve Millones Ochocientos
Veintinueve Mil Setecientos Treinta y Dos Pesos $109.829.732,00 -----/fi/1 :., -- AUTO D N E Ú S M P E A R C O OH : O D R E D LC 08 O f N 1 2
TR ' A L O R G E N E R A L
0058 -2017
CONTRALORÍA FECHA: 1 O MAR 2JJ17
PÁGINA NÚMERO: 2 de 29 fifi-- ------ _l_ ----- -- -- -----------¡ P" o r e c l u a s l e r e v si a e n g ar d o d e c o n s u atl al d e c si ói n d e a cr h vi o p or ef r di a d e n rt o d e p l r o c e s o d e r e s p o n s a b dili a d fiscal No. 2015-00300
º GARANTE: Aseguradora Liberty Seguros, con Nit N 860.039.988 Póliza Única de Seguro de Cumplimiento Nº 1802653 expedida el 20 de
diciembre de 2010.
CUANTÍA: CIENTO NUEVE MILLONES OCHIENTOS
VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS
TREINTA Y DOS PESOS ($109.829.732)
•
PRIMERA INSTANCIA: Contraloría Delegada para Investigaciones·,
Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva.
PROVIDENCIA CONSULTADA: 000078 de 17 de febrero de 2017
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA En uso de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las conferidas por los artículos 267 y 268 de la Constitución Política, las Leyes 61O de 2000 y 1474 de 2011, el Decreto Ley 267 de 2000 y las Resoluciones Orgánicas No_ 5500 de 4 de julio de 2003 y No_ 6497 del 29 de febrero de 20121 , revisa en grado de consulta la decisión de archivo adoptada dentro del proceso de la referencia. l. ASUNTO Procede el Despacho a revisar en grado de consulta, previsto en el artículo 18 de la Ley 61O de 2000, el auto de archivo No_ 0000078 del 13 de febrero de 2017, proferido por la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de la Contraloría General de la República, proferido en el responsabilidad fiscal No. 2015-00300. 1 Por la cua, se ad,ciono el a,ticulo 5A de la ·Reso1ución Orgán;ca No. SS00 de 2003.
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Gtr.NERAI. oe; <.A RfiPÚBI.ICA -------- -··---·-··-· ---- -- PÁGINA NÚMERO: 3 de 29 s----- "Por - el cualse - revisa - en - grado de confi sulta la de-- cisión -- de - archivoproferida de-- ntrodel - pmces- -- o - deresponsa/-Ji!idacl fiscal No. 2015-00300
11. ANTECEDENTES A partir de los hechos de que tratan Fallos de Tutela proferidos por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Medellín y por el Consejo Superior de la Judicatura y atendiendo denuncias, noticias de diferentes medios de comunicación e informes de Auditoria que daban cuenta de la existencia de presuntas irregularidades e incumplimientos en la prestación de servicios de salud para la población privada de la libertad, en la ejecución de obras de adecuación, reparación, adquisición y mantenimiento de establecimientos carcelarios ubicados en Bogotá, Acacias, Combita, Barranquilla y Valledupar y en la adquisición, capacitación e implementación de sistemas de seguridad; adquisición de uniformes, dotación para internos, colchonetas, sabanas, cobijas, elementos de aseo personal, muebles y enseres para algunos de los establecimientos en mención, la Contraloría Delegada para el Sector
Defensa, Justicia y Seguridad abrió la Indagación Preliminar Nº 16 de 2013 el 5 de junio de 2013. Dicha actuación tuvo como objetivo investigar también otros hechos con incidencia fiscal: fallas en convenios para !a implementación del Sistema Integrado de Tratamiento Progresivo Penitenciario, en la adquisición de Pólizas de alto costo, en contratos de arrendamiento y en contratos para la adquisición de equipos informáticos y de software. Con Auto del 18 de junio de 2013 se ordenó desagregar algunos de los hechos incluidos en el hallazgo fiscal, dando lugar a la apertura de la Indagación Preliminar Nº 29 con el objeto de verificar presuntas irregularidades en la ejecución y pago de los siguientes contratos: Contrato Nº 204 de 2010 suscrito entre el INPEC y el Consorcio Centro 2010 para la adecuación de baterías sanitarias en los pabellones del Establecimiento Penitenciario de Acacias, adecuaciones sanitarias y placas de! Establecimiento Penitenciario de Combita, adecuaciones generales del Establecimiento Carcelario de Justicia y Paz de Bogotá y cerramiento del patio de visitas de la Reclusión d8 Mujeres de Bogotá. Contrato Nº 193 de 2010 suscrito entre el INPEC y el Consorcio Costa Atlántica, para la adecuación, mantenimiento de alojamiento de guardia, área administrativa, instalaciones hidrosanitarias y mantenimiento de cerramiento y nodos en el Establecimiento Penitenciario de Valledupar, adecuación de garitas y guyanas e impermeabilizaciones y cubierta de la panadería - rancl10 en el Establecimiento Penitenciario de Barran quilla y adecuación de garitas, instalación de concertinas en !os
pabellones y ad_ecuación del área de requisa en el Establecimiento Penitenciario de Tierralta. Concluido el trámite de la Indagación Preliminar Nº 29 de 2013, ésta fue trasladada a esta Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, mediante Oficio Nº 2014IIE0156511 del 7 de noviembre de 2014.
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CONTRALORÍA f--F-ECH_ A_ :--CJfic-cO MA-,--- 11.= 20=
11.---------------! Gfi"f.,SAL <)é_ LA l<OS/OÚ<H.,C.A PÁGINA NÚMERO: 4 de 29 "Por el cual se revisa en grado efe consulta la decisión de atchivo proferida dentro del proceso de responsabilidad fiscal No. 2015-00300 Con Oficio 2014IE0157270 del 1 O de noviembre de 2014 este Despacho remitió la Indagación Preliminar Nº 29 de 2013 a la Dirección de Investigaciones Fiscales. Habiendo evaluado los hechos objeto de la citada Indagación Preliminar, la Dirección de Investigaciones Fiscales encontró que estos corresponden a dos contratos diferentes: El 204 de 201 o y el 193 de 201O , por lo que constituyen hechos presuntamente generados de daño patrimonial diferentes y por esa razón, dando aplicación al artículo 14 de la Ley 610 de 2000 debían dar Jugar a actuaciones procesales independientes, correspondiendo al presente
Proceso los hechos relacionados con la ejecución del Contrato Nº 204 de 201 O suscrito entre el INPEC y el Consorcio Centro 201 O. Con Oficio 2016 IE0049434 del 7 de junio de 2016 la Dirección de Investigaciones Fiscales trasladó este Proceso de Responsabilidad Fiscal a la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva en razón a que fue vinculado al mismo el señor Mayor General Gustavo Adolfo Ricaurte Tapia Director del INPEC para la época de los hechos y dando aplicación a la Resolución Organizacional OGZ-0342-2015 del 23 de noviembre de 2015, según la cual son de competencia de esta Contraloría Delegada el trámite y conocimiento en primera instancia de las Indagaciones Preliminares y los Procesos de Responsabilidad Fiscal que se adelanten entre otros servidores públicos, contra los Generales de !a Fuerza Pública. 111.HECHOS El 16 de diciembre de 2Q1 O el Instituto Penitenciario y Carcelario INPEC y el Consorcio Centro 201 O suscribieron el Contrato de Obra N' 204 por valor de Novecientos Ocho Millones Cuatrocientos Noventa y Seis Mil Quinientos Cincuenta y un mrl pesos $908.496.551, cuyo objeto era la adecuación de baterías sanitarias y áreas de entrega de alimentos de los pabellones del Establecimiento Penitenciario de Acacias; la adecuación y mejoramiento de !as baterías sanitarias y la impermeabilización de las placas de las cubiertas del Establecimiento Penitenciario de Combita; la segunda etapa de las adecuaciones generales en e! área de alojamiento, para los auxiliares bachilleres y oficiales y adecuaciones en el área del comedor
del Establecimiento Carcelario y Pabellón de Alta Seguridad y Pabellón de Salud Mental de , Justicia y Paz de Bogotá y la adecuación e impermeabilización del área de reinserción social, cerramiento del patio de visitas, cuarto de bombas y adecuación de garitas del Establecimiento 1 • Penitenciario de Reclusión de Mujeres de Bogotá. Como resultado de la Indagación Preliminar Nº 29 de 2013, adelantada por la Contraloría Delegada para el Sector Defensa, Justicia y Seguridad se estableció la existencia de los siguientes faltantes de obra: [ • Respecto a las obras para los Establecimiento Penitenciarios de Acacias y Combita, para el Establecimiento Carcelario y Pabellón de Alta Seguridad y Pabellón de Salud Mental de Bogotá y para el Establecimiento Penitenciario de Reclusión de Mujeres de Bogotá: Fa!tantes de obra por valor de Sesenta y Tres Millones Novecientos Setenta y Cinco Mil Trescientos Ochenta y Cuatro Pesos $63.975.384. AUTO
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fiscal No. 2015-00300 • Respecto a las obras en el Pabellón de Alta Seguridad y Pabellón de Salud Mental de Bogotá de Justicia y Paz de Bogotá: El comedor del Ala Sur no se encontraba en funcionamiento lo que constituye un fa!tante de Cuarenta y Cinco Millones Ochocientos Cincuenta y Cuatro Mil Trescientos Cuarenta y Nueve Pesos $45.854.349. La suma total de los mencionados fa!tantes de obra: Ciento Nueve Millones Ochocientos Veintinueve Mil Setecientos Treinta y Dos Pesos $109.829.732,00 constituyen el monto del daño patrimonial al Estado que se estableció al momento de la apertura de estas actuaciones.
IV. ACTUACIONES PROCESALES En desarrollo del presente Proceso de Responsabilidad Fiscal, se llevaron a cabo !as siguientes actuaciones tendientes a esclarecer los hechos investibados: Auto No. 088 de mayo 12, con el cual se ordenó el cierre de la Indagación Preliminar No. 29 de 2013 y se declara que existe mérito para abrir el proceso de responsabilidad fiscal.
(Ver folios 2615 y siguientes del expediente). Auto Nº 292 del 13 de mayo de 2015, mediante el cual se abre el Proceso de Responsabilidad Fiscal. (Ver folios 2662-2669). Auto Nº 453 del 9 de julio de 2015, mediante el cual se reconoce personería a un apoderado dentro del Proceso. (Ver folios 2991). Auto Nº 542 del 12 de agosto de 2015, mediante el cual se reconoc:o personería a unos apoderados y se adoptan otras decisiones. (Ver folio 301s-3019J.
Auto Nº 176 del 8 de marzo de 2016 por medio del cual se decretan pruebas de oficio. Folios 3059-3061. Auto Nº 188 de! 14 de marzo de 2016 por medio del cual se aclara le: fecha para la práctica de una prueba decretada de oficio. Folio 3064. Auto Nº 205 del 17 de marzo de 2016 por medio del cual se adopta la decisión adoptada en la Resolución Reglamentaria Ejecutiva Nº 0015 del 15 de marzo de ;>016. Folios 30753081. Auto No. 000078, mediante el cual se archiva el Proceso de Responsabilidad Fiscal No. 2015-00300 de 13 de febrero de 2017. AUTO ®
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NÚMERO: ORD-so1,2-. -2017 iJ CONTRALORÍA FECHA: o MAR.- PAGINA NÚMERO: 6 de 29 proceso "Por el cual se 1evisa en grado de consulta la decisión de archivo profer'ida dentro del de responsabilidad fiscal No. 2015-00300
V. DILIGENCIAS DE VERSIÓN LIBRE Y ESCRITOS CON ARGUMENTOS DE DEFENSA Oficio 2015ER0066908 del 1 de julio de 2015 mediante el cual el señor Juan Ricardo Rojas Hernández, Representante Legal del Consorcio Centro 201O presenta observaciones a! º informe técnico rendido en desarrollo de la Indagación Preliminar N 029 de 2013.
Oficio 2015ER0066578 del 26 de junio de 2015 con el cual el señor Guillermo Alexander Macias Pardo, funcionario delegado por el Grupo de Obras Civiles del INPEC para supervisar
los Contratos de Obra y de lnterventoría Nos 204/1O y 220/1 O; respectivamente, hace uso de • su derecho de defensa y contrad·1cción en el presente Proceso de Responsabilidad Fiscal. Oficio 2015ER0066944 del 1 de julio de 2015 mediante el cual el señor Rodrigo Antonio Arias Chaustre presenta argumentos de defensa y adjunta pruebas documentales. Folios 29352989. Oficio 2015ER0072652 del 16 de julio de 2015 mediante el cual el señor Rafael Alberto Ariza Vesga, apoderado de Liberty Seguros presenta argumentos.
VI. DECISIÓN OBJETO DE CONSULTA Corresponde al Auto No. 000078, proferido el 13 de febrero de 2017, por medio del cual la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, ordenó el archivo del expediente. {VE!rfolios 3150 y siguientes del expediente}.
La providenc·1a en mención, estableció en su articulo primero: " ... PRIMERO.-Archivar el Proceso de Responsabilidad Fiscal Nº 2015-00300, por presuntos fallan/es de obra objeto del Contrato N' 20'/4. suscrito por el /nst,tulo Nacional Penitenman·o y Carca/ario INPEC y el Consorcio Centro 201O , de conformid8d con lo establecido en 10s Eirfículos 47 de 18 ley 610 de 2000, a favor de /as siguientes personas. - WILLIAN MANUEL ALFONSO CASTAÑEDA identificado con Cédulá de Ciudadaní8 N' 19.472.227 en ca/id8d de integrante de/ Consorcio Centm 201 O.
- JULIO RICARDO ROJAS HERNANDEZ identificado con Cédula de Ciudadanía Nº 79.356 655 en calidad de integrante del Consorcio Centro 2010. - RODRIGO ANTONIO ARIAS CHAUSTRE ¡den/iflcado con Cédula de Ciudadanía Nº 19,436.793 en calidad de Ii1/erventor del Contrato N' 204 de 2010. - GUSTAVO ADOLFO RICAURTE TAPIA identificado con Cédula de Ciudadanía Nº 12.968.114 en calidad de Dirtfctor General del INPEC µara la époc8 de /os hechos. -GUILLERMO ALEXANDER MACIAS PARDO identificado con Cédula de Ciudadanía Nº 79,840.644 funcionario delegado por el GrupÓ de Obras Civiles del INPEC para supervisar /os Contratos de Obra y de Interventor/a Nos 204/'IO y 220/10; respectivamente .. " Toda vez que los hechos investigados en el Proceso de Responsabilidad fiscal refieren a un presunto daño al patrimonio público, originado en un contrato de obra civil -contrato de Obra N. 204 de 2010-, la Contra!oría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva ,,- - - - --------- -fi------------- ------ --- ·-
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\-_ _ _ __ ______J __ _________ ___ __ _____ I "Por el cual se revisa en grado de consulta la decisión de archivo profedda dentro del proceso de responsabilidad fiscal No. 2015-00300 consideró conducente y pertinente el decreto de una prueba técnica practicada por un profesional de ingeniería civil. En efecto, con Auto No. 176 de 8 de marzo de 2016-ver 10Iios 3059 a 3061 del expedientese decretó de manera oficiosa una visita especial al lugar de !as obras civiles objeto de la investigación, la cual fue practicada por el ingeniero civil designado como apoyo técnico quien una vez verificadas las obras hizo entrega de los siguientes documentos: Acta de Visita Especial realizada el 16 de febrero de 2016 al Establecimiento Penitenciario de Combita. (Ver folios 3035-3038). Acta de Visita Especial realizada el 2B de marzo de 2016 al Establecimiento Penitenciario de Acacias. {Ver folios 3089-3091). Informe Técnico rendido por el Ingeniero Javier Ernesto Mesa Castellanos. (Verfolios3o9s a 3138 del expediente). VII . CONSIDERAC IONES COMPETENCIA: El Contralor General de la República es competente para revisar en grado de consulta la decisión de archivo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 y 268 de la Constitución Política, las Leyes 61O de 2000 y 1474 de 2011, el Decreto Ley 267 de 2000, las Resoluciones Orgánicas Nos. 5500 del 4 de julio de 2003, 5868 del 8 de julio de 2007 y 6397
del 12 de octubre de 2011.
GRADO DE CONSULTA: De conformidad con lo dispuesto en el articulo 18 de la Ley 61O de 2000, el grado de consulta tiene por objeto !a defensa del interés público, del ordenamiento jurídico y de los derechos y garantías fundamentales y procede cuando (i) se ordena el archivo de las diligencias; (ii) se profiere fallo sin responsabilidad 1iscal; y (iii) se profiere fallo con responsabilidad fiscal pero alguno de los implicados o vinculados estuvo representado por apoderado de oficio.
Se tiene por tanto que el grado de consulta permite examinar integralmente y sin limitación alguna el asunto, toda vez que como se mencionó, su finalidad es la defensa del interés público, del ordenamiento jurídico y de los derechos y garantías fundamentales. Así lo consideró !a Corte Constitucional sobre el alcance de esta figura procesal prevista en la Ley 61o de 2000: .fi-- - --- -- -- ,-------- -- -- -- --- ---- -- - 1-,1
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P" o r e l c u a s l e r e v si a e n g ra d o d e c o n s u atl al d e c si ói n d e a r c h vi o p or f e dir a d e n ort d e p l or c e s o d e er s p o n s a b dili a d fiscal No. 2015-00300
al etimárt us ne ,atlusnoc al redecorp lA .8.5.4" senoisiced sal ramot arap aicnetepmoc ailpma ertoC al rop ohcid ol otneuc a reart etnaveler se c al es lauc le ne ,4002 ed 076-C aicnetneS al ne acilpa el es on euq ed otnup la ,setimíl nis y ed 550-C aicnetneS sal setnaveler nos néibmiTr: .5 550-C sid lá ,3991 ed aicnetneS al nE .9 .4 o/artnoC mitse euq eS al ne oc acifila picnirp le C y 3991 ne riugnit eneit acilbúpeR al ed lareneG ar atlusnoc al erboS .etneinevnoc e ada e red tire ,3002 869-C aicnetn osoikfo ,ocitámotua lortnoc nu om .oiciurjep ne amrofer on al ed oi .esrev a asap omoc7991 ed 385- , y nóica l ae lpa ed osrucer le ert consulta, dice la Corte: ' A diferencia de la apelación, no es un recurso. Por eso no hay apelante y, por ende, la competencia de/juez de segundo grado no depende de si una sola o ambas partes aspiran a la modificación de la sentencia proferida en primera instancia, de tal manera que goza de a atribuciones suficieotes para reformar y aún revocar el proveído sometido su conociiniento. Pero, desde Juego, habrá de tenerse en cuenta el motivo de la consulta, es decir, el interés que con ella se busca tutelar, a fin de establecer, dentro de las
características propias que ofrece en las distintas jurisdicciones, hasta dónde podría llegar el juzgador en el momento de introducir cambios a la providencia en cuestión. o. 5. 4. 1 En la Sentencia C-583 de 1997, al analizar la consulta en materia penal, precisa la Corte: Siendo así, cuando el superior conoce en grado de consulta de una decisión determinada, está facultado para examinar en forma íntegra el fallo del inferior, tanto por aspectos de hecho como de derecho y, al no estar sujeto a observar la prolúbicíón contenida en el artículo 31 de Ja Carta, bien puede el juez de segunda instancia modificar la decisión consultada a favor o en contra del procesado, sin violar por ello norma constitucional 2 alguna. " En este orden de ideas, corresponde al Despacho analizar si la providencia consultada y !as actuaciones que conforman el proceso de responsabilidad fiscal que la originaron, se encuentran dentro de los postulados constitucionales y legales, atendiendo la finalidad por la que se instituyó el grado de consulta en la Ley 61 O de 2000 o, si en su defecto, hay lugar a revocar la decisión objeto de análisis.
EL ASUNTO BAJO REVISIÓN: Al hacer mención de los antecedentes que originaron el presente Proceso de Responsabilidad Fiscal, la Contraloría Delegada para el Sector Defensa, Justicia y Seguridad, teniendo en cuenta los fallos de tutela proferidos por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Medellín y por el Consejo Superior de la ,.,udicatura y atendiendo denuncias, noticias de
diferentes medios de comunicación e informes de Auditoría que daban cuenta de irregularidades en /a atención a la población carcelaria adelantó !a Indagación Preliminar Nº 16, de la que posteriormente se desagregó la Indagación Nº 29 de 2013, que tuvo por objeto revisar la ejecución de Contratos de Obra suscritos por el Instituto Nacional Penitenciario [ corte ConstItucionol. Senter1cm r.oos de enem 11 de 2013. Magistrado sustancia dar: Mauricio Ganzález Cuerva.
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DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL
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NÚMERO. ORD-80112- Ü Ü -2017
CONTRALORÍA FECHA: 1 0 21Jl7
, !'\AR. GEfiEfiAC DE LA REP,:rnuCA PÁGINA NÚMERO: 9 de 29 "Por el cual se revisa en grado de consulta la decisión de archivo proferida dentro del proceso de responsabifidad fiscal No. 2015-00300 INPEC para reparar, adecuar y mejorar establecimientos penitenciarios y carcelarios en las ciudades de Bogotá, Acacias y .Combita. -:1,.-.•" A partir del informe técnico rendido en la Indagación Nº 29 de 2013, sobre la ejecución de las º obras objeto del Contrato de Obra N 204 de 201O , la Delegacja para el Sector Defensa, Justicia y Seguridad, concluyó al cerrar dicha Indagación la existencia de las siguientes irregularidades consistentes en faltantes de obra: OBRAS DE ADECUACIÓN DE BATERÍAS SANITARIAS Y ÁREAS DE ENTREGA DE
ALIMENTOS EN LOS PABELLONES DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE MEDIANA DE SEGURIDAD DE ACACIAS: El informe técnico encontró que se presentaron diferencias de obra en los ítems de pintura acriltex para cielo raso, anticorrosivo y esmalte para carpintería, por valor de $18.201.826.
OBRAS DE ADECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LAS BATERÍAS SANITARIAS Y
ÁREAS DE ENTREGA DE ALIMENTOS EN PABELLONES E IMPERMEABILIZACIÓN DE
LAS PLACAS DE CUBIERTAS EN PABELLONES DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE MEDIANA SEGURIDAD DE COMBITA: Según el informe técnico no fueron instaladas por el contratista tragantes de aluminio 0:4 en ninguna de las cubiertas, no se encontró impermeabilización en manto zetal y se encontraron diferencias de cantidades de obra en la pintura ecológica para cubiertas. De igual forma, señala e! informe que hay diferencias de obra en !os ítems de enchape de pared anticado, incrustaciones línea astro, muro en ladrillo tolete, piso duropiso, naríz en gravilla lavada, placa de contrapiso y cubierta en asbesto cemento. Finalmente, se concluye que no se encontraron ejecutados los ítems enchape de pared egeo y wing plástico. ' Las anteriores diferencias o fa!tantes de ítems de obra fueron cuantificados en la suma de
VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETENTA Y SIETE
PESOS ($27.862.077).
ADECUACIONES GENERALES EN EL ÁREA DE ALOJAMIENTO PARA LOS AUXILIARES
BACHILLERES V OFICIALES DEL CUERPO DE CUSTODIA V ADECUACIONES DEL
ÁREA DEL COMEDOR SUR DEL ESTABLECIMIENTO CARCELARIO - PABELLÓN DE ALTA SEGURIDAD Y PABELLÓN DE JUSTICIA Y PAZ DE BOGOTÁ: El informe técnico refiere igualmente a "inconsistencias en algunas actividades contractuales en pisos, esmalte sobre lámina lineal y salidas fluorescentes en tubería", por valor de OCHO
MILLONES DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS
($8.219,856).
- AUTO DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL fiNÚMERO ORD-8011'2- • Ü Ü 5 8 -2017 1 ,1 0 2011
CONTRALORIA FECHA MAfl. 1 1 GEl{H1A.L !)fi Lfi RS,Fq'"H 1c;,- PÁGINA NÚMERO: 1 O de 29 11 "Por el cual se revisa en grado de coosu/la /a decisión de arc/iivo proferida dentro del proceso de responsabilidad fisca, No. 2015-00300 Adicionalmente, se encontró que al momento de la visita en la que se recaudó la información base para el informe técnico, el comedor sur no se encontraba en funcionamiento, por lo que se incluyó como faltante de obra la suma de $45.854.349, correspondiente a los costos de dicho comedor.
ADECUACIÓN E IMPERMEABILIZACIÓN DEL ÁREA DE REINSERCIÓN SOCIAL, CERRAMIENTO DEL PATIO DE VISITAS, CUARTO DE BOMBAS Y ADECUACIÓN DE
GARITAS DEL ESTABLECIMIENTO DE RECLUSIÓN DE MUJERES DE BOGOTÁ: Se reportaron en el informe diferencias de cantidades de obra en !as actividades de viga de cimentación, Guayana metálica en malla expandida MT-40, refuerzo Guayana y concertina en doble vuelta inoxidable, las cuales ascienden a la suma de NUEVE MILLONES
SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($9.691.624).
Las diferencias de obra se describen en el siguiente cuadro: fi--··-fifi-fifi----fifi- ------- - -fi-----------fi Actividades del Contrato ltems con diferencjas o Valor de los faltantes o faltantes de obra diferencias de obra Adecuación "de baterías Pintura acriltex para cielo raso, $18.201.826 sanitarias y áreás de entrega de anticorrosivo y esmalte para alimentos en los pabellones del carpintería. Establecimiento Penitenciario de Mediana de Seguridad de Acacias $27.862.077 Adecuacíón y mejoramiento de Tragantes de aluminio D:4 en las baterías sanitarias en ninguna de las cubiertas, no se l pabellones e encontró impermeabilización en . impermeabilización de las manto zetal y se encontraron placas de cubiertas en diferencias de cantidades de 1 pabellones del Estab!ecimiento obra en la pintura ecológica Penitenciario de Mediana para cubiertas, diferencias de Seguridad de Cornbita obra en los ítems de enchape de pared anticado, incrustaciones línea astro, muro en ladrillo tolete, piso duropiso,
nariz en gravilla lavada, placa de contrapiso y cubierta en y asbesto ceme:1to no se encontraron ejecutados los y ítems enchape de pared egeo winn olástico. Adecuaciones generales en el Pisos, esmalte sobre lámina $8.219.856. y área de alojamiento para !os lineal salidas f:uorescentes en y 1 auxi!iares bachilleres oficiales tubería. y del cuerpo de custodia 1 adecuaciones del área del Comedor Sur $45.854.349. -- ---· .. ----·--- ·I AUTO ·®,• ---·----
DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL
------------·-----· 0 058 ··-- . NÚMERO: ORD-8()'112· -2017 \ ' ,1 O MAR 2017
CONTRALORIA FECHA: -- - C-E:HS:.RM. Ofi l..A F1r;,-(,"l..lCAPÁGINA NÚMERO: 11 de 29
.. -------,--, - fi - "Por el cual se revisa en grado de consultél la decisión de archivo proferida dentro riel proceso de responsabilidad fiscal No. 2015-00300 -·- - comedor sur del ·- - Establecimiento Carcelario - - Pabellón de Alta Seguridad y Pabellón de Justicia y Paz de Boqotá Adecuación e Viga de cimentación, Guayana $9.691.624. "--fiimpermeabilización del área de metálica en malla expandida reinserción social, cerramiento MT-40, refuerzo Guayana y del patio de visitas, cuarto de concertina en doble vuelta
bombas y adecuación de inoxidable. garitas del Establecimiento de Reclusión de mujeres de Boaotá --- fi Total __$ 1_09.8 -29fi. 73::'. --
- -· - DE LAS PRUEBAS OBRAN TES Y LOS ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD FISCAL: El señor ROJAS HERNANDEZ, pone de presente que el INPEC adeuda al Consorcio Centro 201 O la suma de Doscientos Seis Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Novecientos Treinta y Ocho Pesos $206.653.938, según el Acta Final, situación que obedece al no haber provlsionado !os recursos necesarios para el pago de estos recursos al Contratista.
Aunado a lo anterior, Con oficio 2015ER0066578 del 26 de junio de 2015ver folios 2792 a 2841-, el señor Guillermo Alexander Macias Pardo, funcionario delegado por el Grupo de Obras Civiles del INPEC para supervisar los Contratos de Obra y de lnterventoría Nos 204/10 y 220/1 O; respectivamente, realiza las siguientes precisiones respecto a la ejecución del contrato: • . .E n lo que respecta a las cantidades de obra y e/ estado y funcionalidad de las mismas, retoma los resultado de las visitas efectuadas por el Ingeniero designado por el /NPEC Rafael Arturo Rodrfguez Me/o a cada 11110 cie ros Establecimientos objeto del Con/rato 204 de 2010, en las que se tomó como referencia el Acta de Recibo Pina! suscrita por el INPEC y una vez red/izadas ias mediciones y verific;,ciones del caso, no se presentaron
diferencias con el acta de recibo final, evidenciándose por e/ contrario, en algunos casos mayor cantidad de obra ejeculada. En cuanto al servicio que prestan las obras visitadas, se consignó por parte del Ingeniero Rodríguez Me/o que estas se encuentran en funcionamiento y cumpliendo la función para la cual fueron conslruidas, . .. " ... Las anteriores revisiones se encuentran sopo1tadas en las lrascrrpciones que de las actas de visita efectuad;,s por el Ingeniero Rodríguez Me/o incluye el señor Guillermo Alexander Macias Pardo en sti escrilo yen el regís/ro fotográfico qiie también hace parte de dicho escrito . ." (Folios 2801-2841). De igual forma, el Oficio en mención contiene copia del Acta de Liquidación por Mutuo Acuerd
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