🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CGR - Resolución 100 211221- Tramites Segunda Instancia Sala Fiscal

Contraloría General de la Nación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CGR - Resolución 100 211221- Tramites Segunda Instancia Sala Fiscal
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Otros_temas_legales
Área del derecho
Fiscal
Año

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA NÚMERO: REG-EJE 0100 -2021

CONTRALORÍA Fecha: 24 DIC 2021

GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO: 1 de 3 «Por el cual se adopta el procedimiento para trámites de segunda instancia en la Sala Fiscal y Sancionatoria». EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en los numeral 1? y 4” artículos 6” y 35 del Decreto Ley 267 de 2000 y, CONSIDERANDO Que el artículo 267 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 04 de 2019, establece que la vigilancia y el contro! fiscal son funciones públicas a cargo de la Contraloría General de la República, es imperativo ejercer la vigilancia de la gestión fiscal que desarrollan los servidores públicos, los particulares y las entidades que manejen fondos o bienes públicos, en los diferentes niveles administrativos, respecto de todo tipo de recursos públicos. La ley reglamentará el ejercicio de las competencias entre contralorías, en observancia de los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad. El control ejercido por la Contraloría General de la República será preferente en los términos que defina la ley. Que el numeral 5” del artículo 268 de la Constitución Política dispone que el Contralor General de la República tiene como atribución, establecer la responsabilidad que se derive de una inadecuada gestión fiscal, imponer sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva para lo cual tendrá prelación.

Que el artículo 4 del Decreto Ley 405 de 2020 modificó el artículo 11 del Decreto Ley 267 de 2000, que determina la estructura orgánica y funcional de la Contraloría General de la República, entre otras cosas, para crear la Sala Fiscal y Sancionatoria, como dependencia adscrita al Despacho del Contralor General de la República, encargada de adelantar la segunda instancia de los procesos de responsabilidad fiscal y de los procesos sancionatorios fiscales, facultad que recaía exclusivamente en el Contralor General de la República, por disposición del parágrafo del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000. Que el artículo 5? del Decreto Ley 405 de 2020, adicionó el artículo 42E del Decreto Ley 267 de 2000, señalando las funciones que debe cumplir la Sala Fiscal y Sancionatoria, encargada de conocer en segunda instancia y grado de consulta los procesos de responsabilidad fiscal, tramitados en primera instancia por la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, la Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo y el Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del Sistema General de Regalías, así como para conocer en segunda instancia los procesos sancionatorios fiscales.

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA NÚMERO: ReG-EJE 0100 -2021

CONTRALORÍA Fecha: 241 DIC 2021

GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO: 2 de 3 «Por el cual se adopta el procedimiento para trámites de segunda instancia en la Sala Fiscal y Sancionatoria». Que mediante Resolución Reglamentaria Orgánica 039 de 2020, por la cual se establecen las

reglas para el ejercicio de la potestad sancionatoria al interior de la Contraloría General de la República, dispuso que los Contralores Delegados Intersectoriales de la Sala Fiscal y Sancionatoria dirigirán y decidirán la segunda instancia de todos los procesos administrativos sancionatorios fiscales que adelanten la diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, tanto en el nivel central como del desconcentrado. Que mediante Resolución Organizacional No. OGZ-0764 del 30 de junio de 2020, el Contralor General de la República reglamentó el funcionamiento de la Sala Fiscal y Sancionatoria y, de manera transitoria, en el artículo 13 ibídem dispuso que la Coordinación de esa Sala, junto con la Oficina de Planeación, adoptaran los procedimientos necesarios dentro del Sistema de Gestión de Calidad y Control Interno -SIGECI. Que en la reunión de expertos con los líderes del Macroproceso de Responsabilidad Fiscal y Resarcimiento del Daño al Patrimonio Público y del Proceso de Gestión Procesal, fue aprobado el procedimiento para el trámite de la decisiones de la Sala Fiscal y Sancionatoria, con el objetivo de establecer lineamientos para la operación y actividades con sus respectivos responsables y registros, necesarias para analizar, proyectar y expedir las diferentes providencias de la Sala Fiscal y Sancionatoria, como dependencia colegiada, así como las decisiones unitarias de segunda instancia en procesos de responsabilidad fiscal y de los procesos administrativos sancionatorios fiscales de acuerdo con su competencia, garantizando el debido proceso. Que dado que la mayoría de asuntos de conocimiento de la Sala Fiscal y Sancionatoria se relacionan con el proceso de responsabilidad fiscal, es necesario que este procedimiento haga

parte del proceso Gestión Procesal y del Macroproceso de Responsabilidad Fiscal y Resarcimiento al Daño al Patrimonio Público. Que en el marco del SIGECI y de la arquitectura empresarial de la Contraloría General de la República, es necesario adoptar los procedimientos y los demás instrumentos que se requieran para la operación de los procesos institucionales, en lo que le compete a la Sala Fiscal y Sancionatoria. Que se hace necesario adoptar el procedimiento para expedir decisiones de segunda instancia al interior de la Sala Fiscal y Sancionatoria, en aras de lograr el cumplimiento de los objetivos del Macroproceso de Responsabilidad Fiscal y Resarcimiento del Daño al Patrimonio Público. En mérito de lo expuesto, y

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA

NÚMERO: REG-EJE -2021

0:00

CONTRALORÍA FECHA: 91 DIC 2021

GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO: 3 de 3 «Por el cual se adopta el procedimiento para trámites de segunda instancia en la Sala Fiscal y Sancionatoria». RESUELVE Artículo 1.- ADOPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS. Adoptar el procedimiento para expedir las decisiones de la Sala Fiscal y Sancionatoria. Parágrafo 1. Para efectos de la divulgación, consulta y aplicación del procedimiento que se adopta con la presente resolución, este deberá publicarse en el aplicativo SIGECI, o el que haga sus veces, con sujeción a lo establecido en la Resolución Organizacional OGZ-0727 del 14 de noviembre de 2019, por la cual se reglamenta el Sistema de Gestión y Control InternoSIGECI.

Artículo 2.- VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la techa de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C., alos ) 1 DIC WA CA o helde có OBA VARRARTE Contralor General de la República 51895 ,, 21 DIC 2021 Publicada en el Diario Oficial No.

Aprobación: EDUARDO JOSÉ PINEDA ARRIETA - Contralor Delegado para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo EZ, GINA CATHERINE AMAYA HUERTAS - Contralora Delegada Intersectorial de la Unidad de Responsabilidad Fiscai delb EaA a.7

Revisó: MARÍA TERESA ZUALUGA BOTERO - Contralora Delegada Intersectorial / Coordinadora de la Sala Fiscal y Sancionatoria Pes A Obi Bás, Proyectó: ROSA ÁNGELA CALDERÓN GARCÍA - Profesional Especializada 04 (e) Validación SIGECI: VANESSA VARÓN GARRIDO - Directora Oficina de Planeación “3

JDSÉ NEHEMÁN GÓMEZ LOZADA - Asesor de gestión_y 27

Revisión jurídica: LUIS FELIPE MURGUEIFIO SICARD, Director Oficina Jurídica PEDRO PABLO PADILLA CASTRO, asesor de gestión (e)

Consultar sobre este documento ...