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CGR - Resolución OGZ-0191 de 2015

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Resolución OGZ-0191 de 2015
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2015

RESOLUCIONORGANIZACIONAL NUMERO: OGZ- -2015 c

ONTRALORIA

11FEB. 2015

NERALDE LA REPUBLICA FECHA : PAGINA NUMERO: 1de 21 "Porlacualseordenaladelegaciónenmateriadecontrataciónestatal, administracióndelTalentoHumanoy otrasactividades administrativas; sereglamentalaJuntadeAdquisiciones;y sedictanotrasdisposicionesen materiadecontrataciónalinteriordelaContraloríaGeneraldelaRepública" ELCONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de susfacultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el numeral 2o del artículo 35 del Decreto Ley267 de 2000 y, CONSIDERANDO: Que el inciso cuarto del artículo 267 de la Constitución Política preceptúa que la Contraloría General de la Repúblicaes una Entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuesta!.

Que el artículo 209 ibidem determina que "La funcióp administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principies de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad ypublicidad,medianteladescentralización, ladelegaciónyladesconcentración defunciones. Lasautoridadesadministrativasdebencoordinarsusactuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un controlinterno que se ejercerá en los términos que señale laley: Que el artículo 111 del Decreto 111 del 15 de enero de 1996, "Por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que

conforman elestatutoorgánico del presupuesto"establece que "paragarantizar ta independencia que el ejercicio del control fiscal requiere, la Contraloría General de la República gozará de autonomía presupuestalpara administrar sus asuntos según lodispuestoporla Constituciónyestaley". Que como lo establece el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución y la ley, podrán transferí' mediante acto de delegación, el ejercicio de sus funciones a los colaboradores o aotras autoridades, con funciones afines o complementarios. Que elártículo 6 del Decreto Ley 267 de 2000 determina que en ejercicio de la autonomía administrativa, le corresponde a la Contraloría General de la República definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armoníacon losprincipiosconsagradosen laConstitucióny laley. Que los numerales 2oy 4o del artículo35 del Decreto Ley267 de 2000 señalan como at'ibuciones del Contralor General las de adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias parael adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonorrlía administrativa y presupuestalotorgadapor la Constitucióny la ley y

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NUMERO: OGZ- -2015

CONTRALORIA yy»."!

GENERALDE LA REPUBLICA FECHA : .Huí» PAGINA NUMERO: 2 de 21 "Porlacualseordenaladelegaciónenmateriadecontrataciónestatal, administracióndelTalentoHumanoy otrasactividadesadministrativas; sereglamentalaJuntadeAdquisiciones;y sedictanotrasdisposicionesen

materiadecontrataciónalinteñordelaContraloría GeneraldelaRepública" la de dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscalde lasdiferentesdependenciasde laContraloríaGeneralde laRepública, de acuerdo con la ley. Que elartículo 26 del Decreto Ley267 de 2000 facultaal Contralor Generalde la República, para que mediante acto administrativo delegue las funciones de ejecución presupuestal, ordenación del gasto y contratación, y parael caso de contratación, ladelegación procederáen lostérminosautorizados porlaLey80 de 1993. Que la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007, contempla el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y señala los principios que rigen ios contratos estatales, así como las modalidades de contratación. Que con la expedición de la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 019 de 2012, el Gobierno Nacional dispuso diversas normas con el propósito de fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de la corrupción, y la efectividad del control de lagestión pública. Que con la promulgación del Decreto 1510de 2013, se dispuso que resultaba necesario incorporar a la reglamentación las mejores prácticas internacionales en la planeación de la contratación y la compra pública, ajustar la reglamentación del sistema de compras y contratación pública a Colombia CompraEficienteyque resultabaconveniente manteneren unsolo instrumento la reglamentaciónaplicable al sistema de compra y contratación pública. Que a través de la Resolución Reglamentaria 65 del 11 de abril de 2008, la

Contraloría General de la República implemento acciones de mejora a la reglamentaciónde laJuntade Licitacionesy Concursode Méritos, los Comités de Contratación, se delegó la ordenación del gasto en materias contractual y de administración del Talento Humano, y se dictaron medidas de orden administrativo y financiero. Que la precitada Resolución Reglamentaria fue modificada por la Resolución Reglamentaria 165 de 2012, la Resolución Reglamentaria 186 de 2012, la Resolución Reglamentaria219 de 2013 y la Resolución096 de 2014. Quecon laResoluciónReglamentaria65de2008 seestableció laconformación de laJunta de Licitacionesy Concurso de Méritos, del Comité de Contratación Abreviada en el Nivel Central, del Comité de Contratación Directa de Mínima Cuantía en el Nivel Central y de los Comités de Contratación Abreviada y de Mínima Cuantía en el Nivel Desconcentrado, así como determinó sus

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CíDNTRALORIA l1% FEB. 2015 viERAL DE LA REPÚBLICA FECHA : PAGINA NUMERO: 3de 21 "Porlacualseordenaladelegaciónenmateriadecontrataciónestatal,administracióndelTalento Humanoy actividades otras administrativas; sereglamentalaJuntadeAdquisiciones;y sedictanotrasdisposicionesen materiadecontrataciónalinteriordelaContraloríaGeneraldelaRepública" funciones, sesiones y funcionamiento, entre otros, y precisó otras disposic ones. Que la Contraloría General de la Repúblicaadoptó el Manualde Contratación,

el cual :uvo su última actualización el 30 de julio de 2014 y se encuentra armonizado con el Sistema Integradode Gestión y Control de Calidad. Que mediante Resolución Organizacional OGZ-0096-2014 se efectuó la delegación de laordenación del gastoy lacelebración de contratos alGerente Administrativo y Financiero en el Nivel Central de los recursos recibidos del presupU9Sto general de la Nación y del Sistema General de Regalías, de manera integral comprendiendo las etapas precontractual, contractual y postconjractua! Que en desarrollo de los principios constitucionales de economíay eficacia, y en aras de fomentar el mejoramiento continuo y la optimización de la gestión administfr.ativa de la Contraloría General de la Repúblicadirigidas a garantizar latrans¡:arencia en los procesos de selección de los contratistas se considera adecuaco unificar los órganos de asesoría y coordinación como lo son las Juntas de Licitación y los diferentes comités de contratación, siendo viable conformar y reglamentar la Junta de Adquisiciones del Nivel Central y el del NivelDesconcentrado,de acuerdo con lodispuestoen losartículos 11,numeral 21, y 20 del Decreto 267 de 2000. Que en a presente Resolución se hace necesario establecer los lineamientos a tener en cuenta frente a la supervisión e interventoría de contratos, con estricto ápego alas normas legalesque regulan estos conceptos. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TITULO I

CAPITULO I DE LA JUNTA DE ADQUISICIONES EN EL NIVEL CENTRAL ARTÍCULO 1. Reglamentar la Junta de Adquisiciones del Nivel Central como

órgano de coordinación y asesoría de la actividad precontractual, contractual y postcontractual al interior de la Contraloría General de la República.

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CONTRALORIA 1 i FT?. 25® GENERALDE LA REPUBLICA FECHA : PAGINA NUMERO: 4 de 21 "Porlacualseordenaladelegaciónenmateriadecontrataciónestatal,administracióndelTalentoHumanoy otrasactividadesadministrativas; sereglamentalaJuntadeAdquisiciones;y sedictanotrasdisposicionesen materiadecontrataciónalInteriordelaContraloriaGeneraldelaRepública" ARTÍCULO 2. INTEGRACION. LaJunta de Adquisiciones del Nivel Central de laContraloriaGeneralde laRepúblicaestaráconformado así:

1. El (La) Delegado(a) o representante del Contralor General, quien será un funcionario de nivel directivo o asesor.

2. El (La) Gerente de Gestión Administrativa y Financierao su delegado quien será unfuncionario del nivel asesor o ejecutivo, que presidirálaJunta.

3. El (La) Director(a) de laOficina de Planeación, o su delegado quien será un funcionario del nivel asesor o ejecutivo.

4. El (La) Director(a) de Recursos Físicos.

5. El (La) Director(a) de Recursos Financieros.

6. El (La) Director(a) de la Oficina Jurídica, o su delegado quien será un funcionario del nivel asesor o ejecutivo.

7. El (La) Director(a) de la dependencia que genera la necesidad de contratación y por lo tanto suscribe los estudios previos, con voz pero sin

voto.

8. El (La) Coordinador(a) de Gestión de la Gerencia de Gestión Administrativa y Financiera de la Dirección de Recursos Físicos, quien actuará como SecretarioTécnico del Comité, con voz pero sin voto.

9. El (La) Director(a) de la Oficinade Control Interno,o su delegado quien será unfuncionario del nivelasesoro ejecutivo,que actuaráconvoz perosinvoto.

Elpresidentede laJuntadeAdquisiciones del NivelCentral podrádecidir en qué eventos será necesaria y obligatoria la asistencia de los Directoresde Oficina y no sus delegados.

PARÁGRAFO: Podrán asistir a las reuniones de la Junta de Adquisiciones del Nivel Central, con voz pero sin voto, los directores de otras áreas, así como funcionarios o contratistas de la Contraloria General de la República, quienes porsusconocimientos específicos, experiencia laboraly calidades profesionales contribuyan a informar, explicar o dar claridad, técnica, financiera, jurídica o de cualquierotraíndolesobre lostemasquesevan atratar en larespectivareunión.

ARTÍCULO 3. FUNCIONES. La Junta de Adquisiciones del Nivel Central de la ContraloriaGeneral de la Repúblicatendrá las siguientes funciones:

1. Revisar y analizar laviabilidad de los procesosde selección y recomendar su inicioy apertura en lasmodalidadesde licitación pública,selecciónabreviada, concurso de méritos y contratación directa para los casos previstos en los literales b),c), e), g) e i) del numeral4 del artículo 2o de la Ley 1150del 2007, de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto General de Contratación de la

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:l11FEB.

NERAL OE LA REPÚBLICA FECHA PAGINA NUMERO: 5 de21 "Porlacualseordenaladelegaciónenmateriadecontrataciónestatal, administracióndelTalentoHumanoy otrasactivididesadministrativas; sereglamentalaJuntadeAdquisiciones;y sedictanotrasdisposicionesen materiadecontrataciónalinteriordelaContraloríaGeneraldelaRepública" Administración Pública, la normatividadvigente, el Manual de Contratación y los estudios previos presentados.

2. Formular recomendaciones tendientes a ajustar, aclarar o modificar los estudios previosy sus anexos, conelfinde que estos sean concordantes con los principios contractuales y con las necesidadesde la Entidad.

3. Asesorar y orientar al ordenador del gasto, cuando este lo requiera, para la toma de decisiones en materiaprecontractual, contractualy postcontractual.

4. Velar porque la gestión contractual de la Contraloría General de la República en el nivel central se desarrolle conforme a los principios que rigen la contratación estatal, la función administrativa y la gestión fiscal, así como la normatividadvigente que guía la contratación estatal.

5. Formular recomendaciones orientadas a garantizar la existencia de una adecuada planeaciónde los procesosde selección de losfuturos contratistas, acorde con los planes anuales de adquisición.

6. Solicitar información, cuando lo considere pertinente, sobre los procesos de contratación en sus diferentes etapas precontractual, contractual y postcontractual.

PARAGRAFO: En los casos de contratación directa referidos en el literal c) del numeral4 del artículo 2°de la Ley1150 del 2007 se requerirá la recomendación de laJunta deAdquisiciones, a que se refiere elnumeral 1del presenteartículo, únicaménte para aquellos cuya cuantía sea superior a los mil quinientos (1500)

SMLMV ARTÍCULO 4. SESIONESY FUNCIONAMIENTO.LaJuntadeAdquisiciones del Nivel Central de la Contraloría General de la Repúblicase reunirá cada vez que sea necesarioy se efectúe la convocatoria por el Presidentede laJunta através del Secetario Técnico o el Director de Recursos Físicos, quien mediante comunicación escrita o por vía electrónica indicará los temas a tratar y enviará los documentos que soporten lo pertinente,de forma previay oportuna.

PARÁGRAFO PRIMERO: De cada sesión se dejará constancia en actas que serán firmadas por cada uno de los asistentes. Su numeración será ascendente y corresponderá a cada vigencia fiscal. Su elaboración y custodia será responskbilidad del SecretarioTécnico de laJunta.

PARAGRAFO SEGUNDO: El Director de la dependencia que genera la necesid de contratación y suscribe los estudios previosdeberá presentar ante laJunta el asunto o tema a tratar.

ARTÍCULO 5. QUORUM PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DE ADQUISiCIONES. La Junta de Adquisiciones del Nivel Central de la Contraloría General de la República podrá deliberar con la mitad más uno de sus integrantes

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GENERALDE LA REPUBLICA FECHA: PAGINA NUMERO: 6 de 21 "Porlacualseordenaladelegaciónenmateriadecontrataciónestatal, administracióndelTalentoHumanoy otrasactividadesadministrativas; sereglamentalaJuntadeAdquisiciones;y sedictanotrasdisposicionesen materiadecontrataciónalinteriordelaContraloríaGeneraldelaRepública" y decidirá válidamente con elvoto favorable de la mayoríade sus asistentes. Las determinaciones de la Junta tendrán ei carácter de recomendación para ei ordenador del gasto. En todo caso, si alguno de sus integrantes no comparte la decisión mayoritaria deberá fundamentar su posición, la cual deberá quedar consignada en la respectiva acta, para lo cual se invocarán las razones sustancialesfundamentadas con los soportes correspondientes.

El ordenador del gasto podráapartarse de lo recomendado por la Junta, siempre y cuando justifique las razones de dicha determinación, de lo cual quedará constanciaen la respectivaacta. ARTÍCULO 6. SECRETARÍA TÉCNICA. La Secretaría Técnica de laJunta de Adquisiciones de la Contraloría Genera!de la Repúblicaserá ejercida por el (la) Coordinador(a) de Gestión de la Dirección de Recursos Físicos y tendrá las siguientesfunciones:

1. Citar a los miembros de laJunta por solicitud del Presidente o de uno de sus miembros, cuando las necesidades del servicio ío requieran, a través de

comunicación escrita o por correo electrónico en la que indicará los temas a tratar y ordendel día señalando lafecha, horay lugar de lasesión.

2. Elaborar las actas de reunión de la Junta y remitirlas a cada uno de los integrantes para su revisión, aprobación yfirma.

3. Conservar el archivo y custodiade las actas de la Junta con sus respectivos anexos y losdemás documentos relacionados.

4. Elaborar y divuígar las comunicaciones que determine la Junta de

Adquisiciones.

5. Lasdemás que sean asignadas por laJunta.

CAPITULO II DELCOMITÉ ASESOR EVALUADOR ARTÍCULO 7. COMITÉ ASESOR EVALUADOR. Para la evaluación de las propuestas en los procesos de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos, el ordenador del gasto designará mediante comunicación escrita un ComitéAsesor Evaluador,conformado porservidores públicosy/o por particulares contratados paraeiefecto (contratos de prestaciónde servicios profesionalesy de apoyo a la gestión), atendiendo ¡as siguientes reglas: verificación jurídica y financiera a cargo de la Gerencia de Gestión Administrativa y Financiera y verificacióntécnica acargo de ladependencia solicitante del bien o servicio.

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NERAL DE LA REPUBLICA FECHA : 1) FEB.

PAGINANUMERO: 7de 21 "PorlacualIseordenaladelegaciónenmateriadecontrataciónestatal,administracióndelTalentoHumanoy

otrasactividades administrativas; sereglamentalaJuntadeAdquisiciones;y sedictanotrasdisposicionesen materiadecontrataciónalinteriordelaContraloríaGeneraldelaRepública" PARÁGRAFO PRIMERO: La verificación jurídica estará a cargo de ia Oficina Jurídica cuando eí presupuesto oficial de los procesos de selección superen los mil (1000) SMLMV. En los demás casos, estará a cargo de la Gerencia Administrativa y Financiera.

PARÁGRAFO SEGUNDO: El Comité estará sujeto a las inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses legales. El carácter asesor del Comité no lo ex me de la responsabilidad del ejercicio de la labor encomendada.

ARTICLLO 8. FUNCIONES DEL COMITÉ EVALUADOR. El Comité evaluador

tendrá a cargo las siguientes funciones:

1. Realikar la verificación y calificación de todos los aspectos de las ofertas presentadasdentro de cada procesode selección, conformealosparámetros establecidos en losestudios previos, pliego de condicionesy en armonía con ianormatividadvigente que rige la contratación estatal.

2. Proyectar las respuestas a las observaciones que presenten los oferentes sobre los resultadosobtenidos en laevaluación.

3. Presentar, establecer y sustentar el informe de evaluación y/o verificación de requisitos habilitantes,dentro del proceso de selección respectivo.

4. Elabcrar y suscribir el acta de Comité en la cual se determinen los fundamentos de laevaluación.

5. Recomendaralordenador del gasto laadjudicación o declaratoria desierta de ¡osprocesos de selección.

6. Analizar las explicaciones de losoferentes, en el caso de ofertas que podrían tener valor artificialmente bajo y recomendar el rechazo o continuación del proceso.

7. Las demás que sean señaladas en el Manual de Contratación de la

Contijaloría General de la República.

TITULO II

CAPITULO I

de: LA DELEGACION PARA LA ORDENACION DELGASTOY LA CELEBRACION DE CONTRATOS EN EL NIVELCENTRAL ARTICULO9. Delegar en el Gerente de Gestión Administrativa y Financiera de la ContráloriaGeneralde la Repúblicala ordenación del gasto y la competencia para ir y adelantartodasy cadaunade lasetapas inherentesa losprocesos decontrataciónque deban adelantarseatravésde lasmodalidadesde selección estableeidasenla Ley80de 1993,la Ley1150de2007,el Decreto1510de 2013 y demá decretos reglamentariosy normas que las adicionen, complementen o

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PAGINA NUMERO: 8 de 21 "Portacualseordenaladelegaciónenmateriadecontrataciónestatal, administracióndelTalentoHumanoy otrasactividadesadministrativas; sereglamentalaJuntadeAdquisiciones;y sedictanotrasdisposicionesen materiadecontrataciónalinteriordelaContraloría GeneraldelaRepública" modifiquen,y que involucren laejecución del PresupuestoGeneralde la Nación y de los ingresos del Sistema General de Regalías correspondientes a la

Contraloría General de la República. Para el cumplimiento de lo anterior, el Gerente de Gestión Administrativa y Financiera podrá contar con el apoyo .de los funcionarios y/o contratistas adscritos a la Gerencia de Gestión de Gestión Administrativa y Financieray de la Dirección Recursos Físicos. ARTÍCULO 10. Para todos los efectos, se entiende que la delegación para la ordenación del gasto y para la celebración de contratos dada al Gerente de Gestión Administrativa y Financiera, tanto de los recursos recibidos del presupuesto General de la Nacióny del Sistema General de Regalías, se hace de manera integral,en cuanto comprende ¡asetapas precontractual, contractual y postcontractual, sin perjuicio de la responsabilidad de los funcionarios que suscriban los estudios previos que sirven de base a los procesos de selección en todas las modalidades y que ejerzan la supervisión de ios contratos en los términos de la Ley 1474 de 2011y de la presente Resolución.

CAPITULO II

DE LA DELEGACIÓN PARA LA ORDENACIÓN DELGASTOY LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS ENELNIVEL DESCONCENTRADOGERENCIAS DEPARTAMENTALES ARTÍCULO 11. Delegar en los Gerentes Departamentales la ordenación del gasto y la competencia para dirigir y adelantar en ei respectivo departamento, todas y cada una de las etapas precontractual, contractual y postcontractual inherentes a los procesos de contratación que deban adelantarse através de la modalidad de selección abreviada de quetrata los literalesa), b) yc) del numeral 2o del artículo 2o de la Ley 1150 de 2007, hasta por el monto máximo de trescientos cincuenta (350) salarios mínimos legales mensuales vigentes, y los

procesos de mínimacuantía de que trata el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, que adicionó elartículo 2 de laLey1150 de 2007 yelCapítuloV MínimaCuantía del Decreto 1510 de 2013. ARTÍCULO 12. Delegar en los Gerentes Departamentales la suscripción de contratos de arrendamiento de bienes inmuebles a que se refiere el literal i) del numeral 4o del artículo 2o de la Ley 1150 de 2007. Como consecuencia de esta delegación, deberá realizar los reportes correspondientes a la Gerencia de GestiónAdministrativay Financiera,paralosefectos administrativos y contables del caso. ÍKD

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NERALDE LA REPÚBLICA FECHA : PAGINA NUMERO: 9de 21 "Porlacualseordenaladelegaciónenmateriadecontrataciónestatal, administracióndelTalentoHumanoy otrasactividadesadministrativas;sereglamentalaJuntadeAdquisiciones;y sedictanotrasdisposicionesen materiadecontrataciónalinteríordelaContraloría GeneraldelaRepública" ARTÍCULO 13. Delegar en los Gerentes Departamentales la suscripción de contratosde comodatodebienesmueblese inmuebles,bienseaque laGerencia Departamental actúe como comodante o comodatario. Como consecuencia de estadelegación, deberá realizar los reportes correspondientes a la Gerencia de GestiónAdministrativay Financiera,para losefectos administrativos y contables

del case ARTÍCULO 14. Delegar en los Gerentes Departamentales laaprobación de las garantías que se constituyan para amparar el cumplimiento de las obligaciones de los cantratos celebrados por la respectiva Gerencia Departamental y demás mecanismos de coberturade riesgos, lo anterior conforme a loestablecido en el artículo 7o de laLey 1150de 2007 yTítulo IIIdel Decreto 1510de 2013 y demás normas que las modifiquen, adicionen o aclaren. ARTÍCULO 15.Delegar en los Gerentes Departamentales la representación de la Conlraloría General de la República en las asambleas ordinarias y extraordinarias y consejos de administración de la Copropiedad - Propiedad Horizonlal respecto de los inmuebles de la entidad ubicados en la respectiva Gerencia Departamental. ARTÍCULO 16. Delegar en los Gerentes Departamentales, en ejercicio de la dirección administrativa y financiera de las Gerencias Departamentales, la función je velar y salvaguardar por el buenfuncionamiento y mantenimiento de infraestructura la física en donde funciona la respectiva sede.

PARAGRAFO: Como consecuencia de esta delegación, los Gerentes Departamentales deberán efectuar trimestralmente los respectivos reportes a la Gerenciade GestiónAdministrativay Financiera,paralosefectosadministrativos y contatles del caso.

CAPITULO III

DE LA JUNTA DE ADQUISICIONES EN ELNIVELDESCONCENTRADO

ARTICLLO 17. INTEGRACION. La Junta de Adquisiciones en cada Gerencia Departamental estará conformadaasí:

1. El (L ) Gerente Departamental,quien lo presidirá.

2. Un (el) Coordinador (a) de Gestión de Vigilancia Fiscal, designado por el

Gereihte Departamental.

3. Un Coordinador (a) de Gestión de Investigaciones, Juicios Fiscales y

Jurisc icción Coactiva.

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CONTRALORÍA GENERALDE LA REPÚBLICA FECHA : PÁGINA NÚMERO: 10de 21 "Porlacualseordenaladelegaciónenmateriadecontrataciónestatal, administracióndelTalentoHumanoy otrasactividadesadministrativas;sereglamentalaJuntadeAdquisiciones;y sedictanotrasdisposicionesen materiadecontrataciónalinteriordelaContraloría GeneraldelaRepública"

4. Un (a) Profesional Universitario, seleccionado por el Gerente Departamental, quien actuará como SecretarioTécnico de! Comité con voz pero sin voto.

PARÁGRAFO: Podrán asistir a las reuniones de laJunta de Adquisiciones del nivel desconcentrado, con voz pero sin voto, funcionarios o contratistas de la ContraloríaGenera!de la República,quienes porsus conocimientos específicos, experiencia laboral y calidades profesionales contribuyan a informar, explicar o dar claridad, técnica, financiera, jurídica o de cualquier otra índole sobre los temas que se van atratar en la respectiva reunión.

ARTÍCULO 18. FUNCIONES. La Junta de Adquisiciones de! nivel desconcentrado de la Contraloría General de la Repúblicatendrá las siguientes

funciones:

1. Revisar y emitir su concepto sobre laviabilidad de dar inicio a los procesos de selección en las modalidades de Selección Abreviada de que trata los literales a), b) y c) del numeral 2o del artículo 2o de la Ley 1150 de 2007, hastaporel monto máximo de su delegación.

2. Formular recomendaciones tendientes a ajustar, aclarar o modificar los estudios previos y sus anexos, con el fin de que estos sean concordantes con los principios contractuales y con las necesidades de la Entidad.

3. Asesorar yorientar al Gerente Departamental, cuando este lo requiera, para la toma de decisiones en materia precontractual, contractual y post contractual.

4. Velar porque la gestión contractual de la Gerencia Departamental se desarrolle conforme a ios principios que rigen la contratación estatal, la función administrativa y la gestión fiscal, así como la normatividad vigente que guía lacontratación estatal.

5. Formular recomendaciones orientadas a garantizar la existencia de una adecuada planeación de los procesos de selección de los contratistas, acorde con losplanesanuales de adquisición. -

6. Solicitar información sobre los procesos de contratación en sus diferentes etapas precontractual,contractualy post contractual.

ARTÍCULO 19.SESIONES Y FUNCIONAMIENTO. La Junta de Adquisiciones del Nivel Desconcentrado de la Contraloría General de la República se reunirá cadavez que sea necesarioy se efectúe laconvocatoria por el Presidentede la Junta a través del Secretario Técnico, quien mediante comunicación escrita o por vía electrónica indicará los temas a tratar y enviará los documentos que

soporten lo pertinente,deforma previay oportuna.

PARÁGRAFO: De cada sesión se dejará constancia en actas que serán firmadas porcadauno de ¡osasistentes en señal de aprobación. Su numeración RESOLUCIONORGANIZACIONALNUMERO: OGZ1 q ' -2015 . i tJa. c ONTRALORIA ll1FEB. 2015

NERAL DE LA REPÚBLICA FECHA: PAGINA NUMERO: 11de 21 "Porlacua. seordenaladelegaciónenmateriadecontrataciónestatal, administracióndelTalentoHumanoy otrasactividadesadministrativas; sereglamentalaJuntadeAdquisiciones;y sedictanotrasdisposicionesen materiadecontrataciónalinteriordelaContraloriaGeneraldelaRepública" sera aseendente y corresponderá a cada vigencia fiscal. Su elaboración y custodiia será responsabilidad del SecretarioTécnico del Comité.

ARTICULO 20. QUORUM PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DE ADQUISICIONES DEL NIVEL DESCONCENTRADO. LaJunta de Adquisiciones del Nival Desconcentrado de la Contraloria General de la República podrá deliberer con la mitad más uno de sus integrantes y decidirá válidamente con el voto favorable de la mayoría de sus asistentes. Las determinaciones de la Junta tendrán el carácter de recomendación parael ordenador del gasto. Entodo caso, si alguno de sus integrantes no comparte la decisión mayoritaria deberá fundamentar su posición, lacual deberá quedar consignadaen la respectiva acta,

para lo cual se invocarán las razones sustanciales fundamentadas con los soportes correspondientes. El ordenador del gasto podráapartarse de lo recomendado por laJunta, siempre y cuando justifique las razones de dicha determinación, de lo cual quedará constancia en la respectiva acta. ARTICULO 21. SECRETARIA TECNICA. La secretaria técnica de la Junta de Adquisiciones de cada Gerencia Departamental será ejercida por un Profesional Universtario seleccionado por el Gerente Departamental y tendrá las funciones establecidas en el artículo 6 de ¡apresente Resolución. CAPITULO IV DEL COMITE EVALUADOREN EL NIVEL DESCONCENTRADO ARTICL LO 22. COMITÉ EVALUADOR. El ordenador del gasto de cada Gerencia Departamental designará un Comité Evaluador, cuando así se requiere,, el cual estará conformado por los funcionarios y/o contratistas que conside'e necesarios, quienes realizarán la verificación y evaluación de las propuestas presentadas dentro de los procesos de Selección Abreviada, de conformidadcon lo dispuesto en losliteralesa), b) ye) del numeral2odelartículo 2o de la Ley 1150de 2007.

PARÁGlRAFO: La funciones del Comité Evaluador de cada Gerencia Departamental serán lasestablecidasen elartículo 8 de lapresenteResolución.

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NÚMERO: OGZ- -2015

CONTRALORIA GENERALDE LA REPUBLICA FECHA: H 1fTO PAGINA NUMERO: 12de 21 "Porlacualseordenaladelegaciónenmateriadecontrataciónestatal, administracióndelTalentoHumanoy otrasactividadesadministrativas; sereglamentalaJuntadeAdquisiciones;y sedictanotrasdisposicionesen

materiadecontrataciónalinteriordelaContraloria GeneraldelaRepública"

TITULO III

CAPITULO I

DELA SUPERVISION E INTERVENTORIA CONTRACTUAL ARTÍCULO 23.SUPERVISIÓN EINTERVENTORÍA DE LOS CONTRATOS: La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable yjurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato, ejercerá la Contraloria General de la República, cuando para tales eventos no se requiera de conocimientos especializados, según lo establecido en los estudios y documentos previos y/o en lo

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