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CGR - Resolución OGZ-0357 de 2015

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Resolución OGZ-0357 de 2015
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2015

RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL NUMERO: OGZ057 11 stens

FECHA: CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO:(cid:9) 1 de 3 "Por la cual se retira un bien inmueble del Plan de Enajenación Onerosa de la Contraloría General de la República" EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000 y en el artículo 21 del Decreto 047 de 2014 y, CONSIDERANDO Que los numerales 2 y 4 del artículo 35 del Decreto 267 de 2000 establecen como funciones del Contralor General de la República las de adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley y dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley.

Que el artículo 20 del Decreto 047 de 2014 determina con respecto a los planes de enajenación onerosa, que las empresas industriales y comerciales del Estado y los Órganos Autónomos e Independientes, deberán adoptar dichos planes de conformidad con lo establecido en la Ley 708 de 2001. Que el artículo 21 ibídem, señala respecto al procedimiento del plan de enajenación onerosa que a partir de la vigencia del mismo, las entidades mencionadas en el artículo 20, deberán

actualizar o adoptar sus planes de enajenación onerosa bimestralmente, mediante acto administrativo suscrito por el representante legal. Que mediante Resolución Organizacional OGZ-0029-2014 de fecha 20 de junio de 2014, la Contraloría General de la República adoptó el Plan de Enajenación Onerosa para el tercer bimestre de 2014, dentro del cual incluyó el inmueble ubicado en la Avenida 2 No 14-68 en la ciudad de Cúcuta, Norte de Santander, con matrícula inmobiliaria 260-191790.

RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL NUMERO: OGZFÉCHA: 1 7 DIC. 2015

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO: 2 de 3 "Por la cual se retira un bien inmueble del Plan de Enajenación Onerosa de la Contraloría General de la República" Que el artículo tercero de la precitada Resolución, determinó autorizar la venta directa al Colector de Activos Fijos - CISA del inmueble ubicado en la Avenida 2 No. 14-68 en la Ciudad de Cúcuta — Norte de Santander de propiedad de la Contraloría General de la República, con fundamento en ello, se adelantó el trámite pertinente conforme a lo señalado en el 047 de 2014. Que conforme a la autorización de venta directa del inmueble señalado, la Contraloría General de ,la República y el Colector de Activos Públicos — CISA, adelantaron los trámites pertinentes

para la enajenación onerosa del mismo, sin embargo, al cotejar el Certificado de Tradición y Libertad y el Certificado Catastral se encontró una diferencia de área, situación que fue saneada e inscrita en el folio de matrícula inmobiliaria No 260-191790 el día 29 de enero de 2015, continuando así el proceso de venta. Que mediante correo electrónico del 24 de febrero de 2015, Central de Inversiones S.A. CISA informó la necesidad de actualizar el avalúo presentado por la Contraloría General de la República, dado que este no se encontraba vigente, y una vez efectuado el nuevo avalúo, de acuerdo con su resultado, se procedería a ajustar el valor ofertado en caso de presentarse diferencias. Que mediante oficio 2015ER0068002 del 3 de julio de 2015, y teniendo en cuenta el nuevo avalúo del inmueble, CISA dio alcance a la oferta económica presentada anteriormente, con una nueva oferta para que la Contraloría General de la República comunicara su aceptación y de esta manera continuar con el trámite. Que mediante oficio 2015EE0101807 del 19 de agosto de 2015, el Gerente Administrativo y Financiero, elevó solicitud a CISA S.A. para que aclarara la diferencia entre el avalúo comercial y la oferta presentada, indicando los estudios técnicos utilizados para determinar el plazo y la tasa de descuento que dieron lugar a la oferta final, así como la posibilidad de incorporar una Cláusula de Negociación. Que con oficio 2015ER0087521 del 27 de agosto de 2015, el Presidente de CISA, respondió

la solicitud elevada por la Contraloría General de la República, discriminando las variables utilizadas en el modelo de valorización utilizados para determinar el precio del inmueble e indicó que frente a la solicitud de incorporar la Cláusula de Negociación era preciso analizarla en conjunto en una reunión con las partes.

RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL

NUMERO: OGZei SUC. 2015

FICHA: CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO: 3 de 3 "Por la cual se retira un bien inmueble del Plan de Enajenación Onerosa de la Contraloría General de la República" Que pese a que se celebraron varias reuniones entre funcionarios de ambas partes y se adelantaron las gestiones de negociación, no fue posible llegar a un acuerdo para continuar con el proceso de venta directa al Colector de Activos Fijos - CISA del inmueble ubicado en la

Avenida 2 No. 14-68 en la Ciudad de Cúcuta — Norte de Santander de propiedad de la Contraloría General de la República. Que conforme a lo anterior, y toda vez que no se ha perfeccionado la venta del inmueble, es preciso retirar del Plan de Enajenación Onerosa de Bienes inmuebles para el tercer bimestre del año 2014, de la Contraloría General de la República, el inmueble ubicado en la Avenida 2 No 14-68 en la ciudad de Cúcuta, Norte de Santander, con matrícula inmobiliaria 260-191790. Que teniendo en cuenta que no se realizará la venta directa al Colector de Activos Fijos - CISA del inmueble señalado anteriormente y que éste debe retirarse del Plan de Enajenación

Onerosa de Bienes inmueble, se hace necesario continuar con el trámite establecido en el artículo 21 del Decreto 047 de 2014. RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- Retirar del Plan de Enajenación Onerosa de Bienes Inmuebles de la Contraloría General de la República para el tercer bimestre del año 2014, el siguiente inmueble. 7

MATRICULA

INMOBILIARIA NORTE DE 1 260-191790 01-07-0189-0038-000 Av. 2 N° 14-68 1.193.011.000.00 CUCUTA SANTANDER ARTICULO SEGUNDO.- Conforme a lo establecido en el artículo primero de la presente resolución y dando cumplimiento a lo señalado en el artículo 21 del Decreto 047 de 2014, la Contraloría General de la República retira la venta directa del inmueble ubicado en la Avenida 2 No 14-68 en la ciudad de Cúcuta, Norte de Santander, con matrícula inmobiliaria 260-191790 del Colector de Activos Fijos — CISA.

RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL NUMERO: OGZFECHA: .1 7 DIC. 2015

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO: 4 de 3 "Por la cual se retira un bien inmueble del Plan de Enajenación Onerosa de la Contraloría General de la República" ARTÍCULO TERCERO.- El contenido de la presente Resolución Organizacional deberá publicarse en la página web de la Contraloría General de la República y enviarse copia de la misma al Colector de Activos Públicos — CISA. ARTÍCULO CUARTO. — La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las

disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C., a los i 7 CIIQ 2015 EDGARDQ MAYA VILLAZ • N Contralor(cid:9) neral de la Rep blica Publicada en el Diario Oficial No. de

Proyecto: Julia Pinto Baracald cf

Profesional Universitario — Gerencia Administrativa y Financiera Revisó: Juan Fernando Londoño Abogado Contratista - Ger(cid:9) dministp titila y Financiera

Revisó: Dr. Antonio Rafael Díaz Montiel

Director de Recursos Físicos

Aprobó: Alfredo Vargas Abad

Gerente de Gestión Administrativa y Financiera

Revisó: Xiomara Rivera Vera

Profesional Universitario — Oficina Jurídica

Aprobó: Juliana Martínez Bermeo

Directora Oficina Jurídica

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