CGR - Resolución OGZ-0400 de 2016
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Resolución OGZ-0400 de 2016
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2016
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL NÚMERO: OGZ-(cid:9) o -2016
CONTRALORÍA 1-!!''
GENERAL DE LA REPÚELICA(cid:9) + e(cid:9) LII .i MAR. 2016
PÁGINA NÚMERO: (cid:9) 1 de 5 "Por la cual se otorgan permisos sindicales en la Contraloría General de la República" EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el artículo 39 de la Constitución Política, el artículo 416A del Código Sustantivo del Trabajo y, CONSIDERANDO: Que el artículo 39 de la Constitucióh Política señala que "LosItrabajadores y empleador¿1 tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado", así mismo establece qué se "reconoce a' los representantes sindicales el fuero y las demás garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión".
Que el artículo 3 del Convenio 87 dé lá OIT, relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación y que se encuentra integrado al bloque de constitucionalidad, determinó que "1. Las organizaCiones de trabajadores y de' empleadores tienenel derecho de redactar sus estatutos y reglamentos"y "2. Las'autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal" 1 Que el artículo 6 del Convenio 151 de la OIT, sobre ia'protección del derecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones c:1e empleo en la administración pública, aprobado mediante la Ley 411 de 1997, señala que "1. Deberán concederse a Pio
representantes de las organizaciones':reconocidas de empleados públicos facilidadés apropiadas para permitirles el desempeño rápido y eficaz de sus funciones durante sus horas de trabajo o fuera de ellas, 2.' La Concesión de tales facilidades no deberá perjudicar el funcionamiento eficaz de lá administración o servicio interesado y 3.La naturaleza y el alance de estas facilidades sé determinarán de acuerdo con loS métodos mencionados en el artículo 7 del presente convenio o por cualquier otro medio apropiado". Que el artículo 7 ibídem establece que "Deberán adoptarse, de ser necesario, medid4s adecuadas a las condiciones nacionales para -estimular y fomentar el pleno desarrollo y utilización de procedimientos de negociación entre las autoriclqdes públicas competentes y las organizaciones de empleados públicos acerca de las condiciones de empleo, o dp cualesquiera otros métodos que permitan a los representantes de los empleados públicos participar en la determinación de dichas condiciones." ,$)
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL
NÚMERO:
OGZ-(cid:9) 00 =2016
CONTRALOR I A n
GENERAL DE LA REPÚBLICA FECHA : mg, 7118
PÁGINA NÚMERO: 2 de 5 "Por la cual se otorgan permisos sindicales en la Contraloría General de la República" Que el artículo 13 de la Ley 584 de 2000 adicionó un artículo en el Código sustantivo de Trabajo "Artículo 416A. Las organizaciones sindicales de los servidores públicos tienen derecho a que las entidades públicas les concedan permisos sindicales para que, quienes sean designados por ellas, puedan atender las responsabilidades que se desprenden del
derecho fundamental de asociación y libertad sindical. El Gobierno Nacional reglamentará la materia, en concertación con los representantes de las centrales sindicales." Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2813 de 2000 que reglamentó el artículo 13 de la Ley 584 de 2000, en lis artículos 1 y 2 determinando que los representantes sindicales de los servidores públicos tienen derecho a que se les concedan los permisos sindicales remunerados necesarios para el cumplimiento de su gestión y que las organizaciones sindicales son titulares de 'la garantía del permiso sindical, del cual podrán gozar los integrantes de las juntas diectivas, subdirectivas y comités seccionales de los sindicatos, comisiones legales o estatutarias de reclamos, y los delegados para las asambleas sindicales y la negociación colectiva, entre otros. Que el artículo 3 ibídem, advierte que le corresponde al nominador o al funcionario que este delegue para tal efecto, reconocer mediante acto administrativo los permisos sindicales, previa solicitud de las organizaciones sindicales, las cuales deberán precisar los permisos necesarios para el cumplimiento de su gestión, el nombre de los representantes„ su finalidad, duración periódica y su distribución. Que la jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado han establecido los criterios sobre el derecho a obtener permisos sindicales, entre ellos (i) La improcedencia de permisos sindicales permanentes, en tanto éstos se otorguen de manera transitoria o temporal, dado que el directivo sindical debe cumplircon las funciones propias de su cargo.' , (ii) La obligatoriedad de justificar sumariamente las razones, la época y la duración de cada
permiso, con el fin de garantizar el uso razonable de este derecho, pues su abuso mermaría la, importancia, eficiencia y preponderancia del mismo. 2 La posibilidad de limitar y/o negar los permisos sindicales cuando se afecte el funcionamiento de la entidad mediante acto administrativo debidamente motivado. 3 Que a través de la Resoludón Reglamentaria 0230. del 2013, la Contraloría General de la República otorgó permisos sindicales, teniendo en cuenta el Acuerdo Laboral del 201 suscrito con las asociaciones sindicales. 1 Consejo de Estado. Sentencia del 17 de febrero de 1994. Exp.3840 2 Corte Constitucional. Sentencia T-502 de 1998 3 Ibídem ti
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL
NÚMERO: OGZ-(cid:9) -2016(cid:9)
O O lf
CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA FECHA :(cid:9) fi MAR. 7216
PÁGINA NÚMERO: (cid:9) 3 de 5 "Por la cual se otorgan permisos sindicales en la Contraloría General de la República" Que por la Resolución Organizacional OGZ-0028-2014, la i cual fue aclarada por la Resolución Organizacional OGZ-0068-2014, <se reconoció per eso sindical a los miembros de la Junta Directiva de la Subdirectiva Seccional de la Organización Sindical Unión Nacional de Trabajadores en Organismos de Control "UNIOS'".
Que mediante Acuerdo Laboral Colectivo 2015-2016, suscrito entre las asociaciones sindicales ASCONTROL, ASDECCOL; SINALTRASE, CONAUDITORES y UNIOS y la
Contraloría General de la República, se acordó "La NACION/CGR continuará aplicando los • términos del artículo 13 de la Ley 584 de 2000, el Artículo, 416 del C.S. T., el Decreto Reglamentario 2813 del 29 de Diciembre de 2000 y la Resolución No 230 del 21 de junio de 2013. La NACION/CGR tramitará yexpedirá un acto administrativo medianteel cual se modifiquen las horas de permiso sindical según el número, de afiliados de la Contraloríta General de la República, de conformidad.con lo dispuepto en el Artículo 2 del Decreto 2813 de 2000, sin perjuicio de las horas de permiso sindical con que actualmente cuentan". Que las organizaciones sindicales ASCONTROL, CONAUDITORES, SINALTRASE Y UNIOS formalizaron ante la Dirección de Gestión de Talento Humano de la Contraloriia General de la República, los requerimientos correspondientes en materia de permisos sindicales, de los cuales se advirtió el aumento del número de afiliados de las mismas. Que en virtud de lo anterior, es preciso expedir un nuevo acto administrativo mediante el cual se otorguen los permisos sindicales a las organizaciones ASCONTROL, ASDECCOL, SINALTRASE, CONAUDITORES y UNIOS conforme a lo establecido en la léy y en el Acuerdo Laboral Colectivo 2015-2016.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Reconocer permisos sindicales remunerados, a la organización sindical Asociación Sindical de los Trabajadores de la Contraloría General de la Republica
— ASCONTROL, así:
1. Para actividades sindicales como reuniones de' junta directiva, asambleas, congresos,
plenos, foros, cursos, de capacitación, etc., para los afiliados y miembros de la Junta Directiva Nacional, Comisiones Estatutarias Nacionales, en el Nivel Central un total de dos mil (2.000) horas mensuales.
2. Para actividades ,sindicales como reuniones de junta directiva, asambleas, congresos', plenos, foros, cursos, de capacitación, etc., para: los afiliados y miembros de la JunIa Directiva Seccional, Comisiones Estatutarias Nacionales, en el Nivel Desconcentrado un total de tres mil novecientas (3.900) horas mensuales.
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL NÚMERO: OGZ-(cid:9) -2016 r4.00(cid:9)
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CONTRALORIA 0 6 1411i. 2 16
GENERAL DE LA REPÚBLICA ' CHA :(cid:9) - PÁGINA NÚMERO:(cid:9) 4 de 5 "Por la cual se otorgan permisos sindicales en la Contraloría General de la República" ARTÍCULO SEGUNDO: Reconocer permisos sindicales remunerados, a la organización sindical Asociación de Servidores Públicos de las Contralorl'as de Colombia - ASDECCOL, así
1. Para actividades sindicales como reuniones de junta directiva, asambleas, congresos, plenos, foros, cursos, de capacitación, etc., para los afiliados y miembros de la Junta Directiva Nacional y/o Subdirectivas Seccionales, Comisiones Estatutarias Nacionales, en el Nivel Central un total de dos mil cien (2.100) horas mensuales.
ARTÍCULO TERCERO: Reconocer permisos sindicales remunerados, a la organización sindical Sindicato Nacional de Trabajadores al Servicio del Estado en los Órganos de Control y Vigilancia de las Entidades Vigiladas - SINALTRASE, así:
1. Para actividades sindicales como reuniones de junta diréctiva, asambleas, congresos, plenos, foros, cursos, de capacitación, etc., para los afiliados y miembros de la Junta Directiva Nacional y/o Subdirectivas Seccionales, Comisibnes Estatutarias Nacionales,' en el Nivel Central un total de dos mil cien (2.100) horas mensuales.
ARTÍCULO CUARTO: Reconocer permisos sindicales remunerados, a la organización sindical Colegio Nacional de Auditores de la Contraloría General de la RepublicaCONAUDITORES, así: 1, Para actividades sindicales como reuniones de junta directiva, asambleas, congresos, plenos, foros, cursos, de capacitación, etc., para los afiliados y miembros de la Junta Directiva Nacional y/o Subdirectivas Seccionales, Comisiones Estatutarias Nacionales, en el Nivel Central un total de quinientas veinticuatro (524) horas mensuales.
ARTÍCULO QUINTO: Redonocer permisos sindicales remunerados, a la organización sindical Unión Nacional Independiente de Trabajadores en Órganos de Control - UNIOS,
así:
1. Para actividades sindicales como reuniones de junta directiva, asambleas, congresos, plenos, foros; cursos, d capacitación, etc., para los afiliados y miembros de la Junta
Directiva Nacional y/o Subdirectivas Seccionales, Comisiones Estatutarias Nacionales, en el Nivel Central un talal de cuatrocientas trece (413) horas mensuales.
ARTÍCULO SEXTO: La comunicación de la distribución merisuarde los permisos sindicales de que tratan los artículos anteriores, deberá ser enviada por el Secretario de la Junta Nacional del Sindicato respectivo al Director de Gestión del Talento Humano, en la tercera semana de cada mes y deberá contener:' Objeto, fecha de ejecución, duración, lugar, nombre, cargo sindical de los seleccionados y dependencia a la que está asignado el funcionario.
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL
NÚMERO: OGZ-r1.100(cid:9) -2016
'(cid:9) • CONTRALORÍA 6 IJAR 2016
GENERAL DE LA REPÚBLICA FECHA : (cid:9) PÁGINA NÚMERO:(cid:9) 5 de 5 "Por la cual se otorgan permisos sindicales en la Contraloría General de la República" ARTÍCULO SEPTIMO: La Dirección de Gestión del Talento Humano informará al Jefe inmediato de los funcionarios, la fecha en que se ha autorizado el permiso sindical.
ARTÍCULO OCTAVO: Los directivos de la Junta Nacional de las Asociaciones Sindicales, deberá reportar al Director de Gestión de Talento Humano el uso de las horas mensuales asignadas, en el mismo momento del envío de la programación del mes siguiente, de igujl manera, los directivos de las dependencias que tengan funcionarios con permiso sindical autorizado, deberá informar a la Dirección de Gestión de Talento Humano la ejecución de
la programación mensual establecida.
ARTÍCULO NOVENO: La presente Resolución rige a partir de su publicación, deroga lla Resolución Reglamentaria 230 de 2013, la Resolución Organizacional OGZ-0028-2014, la Resolución Organizacional OGZ-0068-2014 y las demás disposiciones que le sean contrarias.(cid:9) 5
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los(cid:9) 6 timt 2016 EDGARDO JOSÉ MAYA VILLI4ZÓN Contralor Ge ral de la Repu 41318 1 7 MAR 2016 Publicada en el Diario Oficial No. de Proyectó: Manuel Ayala Director de Gest n e lelnentoto H umano
Aprobó: (cid:9) Sara Moreno Nova
Gerente del Talento Humano
Revisó: (cid:9) Edna Morrena Rivera Vera
Profesional Universitario — Oficina Jurídica
Aprobó: (cid:9) Juliana Martínez Bermeo
Directora Oficina Jurldica 5