CGR - Resolución OGZ-0814 de 2022
Contraloría General de la Nación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CGR - Resolución OGZ-0814 de 2022
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL NÚMERO: OGZ - 08 14(cid:9) - 2022 0 2 NOV 2022
FECHA: CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO:(cid:9) 1 de 5 "Por la cual se crea en el Despacho del Vicecontralor el grupo de planeación, seguimiento, evaluación y control de las acciones de vigilancia y control fiscal priorizadas por el Despacho del Contralor General de la República, también denominado "Grupo de asuntos priorizados".
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y CONSIDERANDO Que el artículo 122 de la Constitución Política preceptúa que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento, y el artículo 125 del mismo estatuto prescribe que por regla general los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Que el artículo 209 de la Ley Fundamental establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones, principios mandatos de optimización que resultan complementados con los principios establecidos en la Ley 489 de 1998, ampliados y precisados por lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Que el artículo 119 de la Carta Política indica que la Contraloría General de la República, como
órgano de control, tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración, función pública que en voces del artículo 267 constitucional cumple respecto de la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes públicos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos. Para ello, la Contraloría es una entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal. Atributo de autonomía que es reiterado por los artículos 1 y 6 del Decreto 267 de 2000. Que el artículo 15 del Decreto 267 de 2000 señala que el objetivo del Despacho del Vicecontralor es prestar los apoyos auxiliares y administrativos inmediatos que demande el Vicecontralor contribuyendo a facilitar el ejercicio de sus funciones. Y el artículo 47 del mismo decreto precisa las funciones del Vicecontralor, así: "Artículo 47. Despacho y funciones del Vicecontralor. (...)
Son funciones del Vicecontralor:
1. Asistir al Contralor General en el ejercicio de sus atribuciones y velar, bajo la orientación de éste, por la calidad total de las labores y competencias asignadas a la Contraloría General de la República por la Constitución y la ley.
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL
O 814
NÚMERO: OGZ - - 2022 0 2 NOV 2022
FECHA: (cid:9)
CONTRALOR IA GENERAL. DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO:(cid:9) 2 de 5 "Por la cual se crea en el Despacho del Vicecontralor el grupo de planeación, seguimiento, evaluación y control
de las acciones de vigilancia y control fiscal priorizadas por el Despacho del Contralor General de la República, también denominado "Grupo de asuntos priorizados".
2. Asistir al Contralor General en la coordinación, seguimiento, orientación, evaluación y control del manejo y desarrollo de los aspectos técnicos que, en ejercicio de sus atribuciones, desarrolle la Contraloría General de la República.
3. Velar por la buena marcha de la Contraloría General, por el eficaz desenvolvimiento de su misión constitucional y legal y por el cumplimiento de las instrucciones impartidas por el
Contralor General.
4. Representar al Contralor General de la República en todo lo que éste determine y remplazarlo en sus ausencias en los términos dispuestos en el artículo 38 del presente decreto.
5. Orientar y coordinar las oficinas que dependan directamente de su Despacho.
6. Las demás que le sean asignadas por la ley." Que el numeral 4 del artículo 35 del Decreto 267 de 2000 atribuye al Contralor General de la República la función de dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la entidad. Así mismo, el artículo 4 del Decreto 271 de 2000 autoriza al Contralor General de la República para crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, las políticas y los programas de la entidad. Esta facultad de organización interna es reiterada por el artículo 3 del Decreto 2038 de 2019.
Que es función común de las dependencias de la Contraloría General de la República dirigir,
coordinar y controlar el desarrollo de las funciones que cumplen las dependencias y servidores a su cargo, en observancia de los principios que regulan la función administrativa y el principio de unidad de gestión, tal como lo preceptúa el artículo 72 A, ordinal 1, del Decreto 267 de 2000, adicionado por el artículo 22 del Decreto 2037 de 2019. Que por Resolución Organizacional OGZ-0781 de 2021 se adoptó el Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los empleos públicos de la planta global de la Contraloría General de la República, versión 5.0. Que el Contralor General de la República, desde la perspectiva de la planeación de la gestión institucional, prioriza determinados asuntos para efectuar vigilancia y control fiscal, los cuales ameritan un direccionamiento desde el más alto nivel de la organización y el seguimiento, evaluación y control que asegure el logro de los objetivos institucionales. Que el Despacho del Vicecontralor es la instancia adecuada para cumplir con esa función, lo cual está acorde con el deber de asistencia al Contralor General en la coordinación, seguimiento, orientación, evaluación y control del manejo y desarrollo de los aspectos técnicos que, en ejercicio de sus atribuciones, desarrolle la Contraloría General de la República. En mérito de lo expuesto, RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL NÚMERO: OGZ - 0 8 4 - 2022 2 NOV 2022
FECHA: 0
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO:(cid:9) 3 de 5 "Por la cual se crea en el Despacho del Vicecontralor el grupo de planeación, seguimiento, evaluación y control
de las acciones de vigilancia y control fiscal priorizadas por el Despacho del Contralor General de la República, también denominado "Grupo de asuntos priorizados". RESUELVE Artículo 1. CREACIÓN E INTEGRACIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO. Crear en el Despacho del Vicecontralor un grupo de trabajo transitorio encargado de recibir la información de los asuntos priorizados por el Contralor General de la República, planear las acciones de vigilancia y control fiscal pertinentes y efectuar el seguimiento, evaluación y control correspondientes, a fin de asegurar el logro de los objetivos institucionales. El grupo de trabajo estará integrado por el personal asesor o profesional que determine el Vicecontralor, quien también podrá determinar quién cumple el rol de coordinación. La transitoriedad del grupo de trabajo está dada por la duración de la actual administración de la Contraloría General de la República. Artículo 2. RESPONSABILIDADES DEL GRUPO DE TRABAJO. En cumplimiento de su objeto el grupo de trabajo tendrá las siguientes responsabilidades: a) Evaluar la información entregada como insumo por parte del Contralor General de la República. b) Recomendar la modalidad de vigilancia y control fiscal a implementar, de cara al caso concreto y de acuerdo a las instrucciones impartidas por el Contralor General de la República o por el Vicecontralor. c) Servir de instancia orientadora para la adecuación e implementación de las acciones de vigilancia y control fiscal por parte de las dependencias que deban conocer del asunto; d) Proyectar los actos correspondientes para impulsar el asunto, si en ese sentido fueron recibidas instrucciones; o, en su defecto, solicitar a la dependencia competente que
proceda de conformidad. e) Servir de canal de comunicación entre el Vicecontralor y las dependencias concernidas en el asunto priorizado. O Mantener registro actualizado de los asuntos priorizados en trámite, y disponer el medio a través del cual el Contralor General de la República y/o el Vicecontralor puedan tener acceso a esa información. g) Realizar las acciones de coordinación necesarias entre las dependencias de la entidad, tanto a nivel central como a nivel desconcentrado.
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL
0814
NÚMERO: OGZ _ 2022
NOV 2022
FECHAD
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO:(cid:9) 4 de 5 "Por la cual se crea en el Despacho del Vicecontralor el grupo de planeación, seguimiento, evaluación y control de las acciones de vigilancia y control fiscal priorizadas por el Despacho del Contralor General de la República, también denominado "Grupo de asuntos priorizados". h) Hacer seguimiento a la ejecución de las directrices impartidas para la adecuada tramitación de los asuntos priorizados e informar al Vicecontralor las novedades existentes para tomar las acciones de evaluación y control respectivas. i) Requerir a las dependencias concernidas con el asunto priorizado la información actualizada y completa que sea pertinente para establecer el estado de tramitación del mismo. Presentar los informes que le sean requeridos por el Contralor General de la República j) y/o el Vicecontralor, en relación con los asuntos priorizados y la gestión realizada al respecto. k) Coordinar la elaboración de los proyectos de comunicados de prensa que serán
divulgados desde la Oficina de Comunicaciones, con relación al asunto priorizado, o consolidar los insumos para las intervenciones públicas que deba hacer el Contralor General de la República y/o el Vicecontralor sobre el asunto priorizado; I) Las demás que le asigne el Vicecontralor y que resulten afines al objeto y a las responsabilidades del grupo.
Parágrafo: Las responsabilidades asignadas al grupo de trabajo se entenderán sin perjuicio de las responsabilidades y funciones propias de los empleos de quienes participen en la gestión del asunto priorizado.
Artículo 3. ACCESO A LA INFORMACIÓN INSTITUCIONAL. El grupo de trabajo que por esta resolución se crea tendrá acceso a la información institucional que el caso demande, sin que se le pueda oponer reserva. Los integrantes del grupo de trabajo que conozcan la información protegida con reserva o cuando esta se catalogue como clasificada, deberán suscribir un compromiso de confidencialidad, y tomar las medidas necesarias 'para evitar que terceros no autorizados tengan acceso a la misma. Artículo 4. GESTIÓN DE DATOS E INFORMACIÓN POR PARTE DE LA DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN, ANÁLISIS Y REACCIÓN INMEDIATA -DIARI. La DIARI facilitará el acceso a las fuentes de información que posea en relación con los asuntos priorizados por el Contralor General de la República, en cabeza del Vicecontralor, y realizará con prioridad la analítica de datos que le sea solicitada para la planeación y ejecución de las acciones de vigilancia y control fiscal de esos asuntos.
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONALNÚMERO: OGZ - 0814 2022
FECHA: 0-2 NOV 202.2
CONTRALORÍA OENERAL DH LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO:(cid:9) 5 de 5 "Por la cual se crea en el Despacho del Vicecontralor el grupo de planeación, seguimiento, evaluación y control de las acciones de vigilancia y control fiscal priorizadas por el Despacho del Contralor General de la República, también denominado "Grupo de asuntos priorizados".
Artículo 5. COLABORACIÓN INTERNA PARA LA GESTIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO.
Todas las dependencias de la Entidad prestarán la colaboración y el apoyo que requiera el grupo de trabajo de articulación y seguimiento a temas priorizados, para el cumplimiento de sus responsabilidades. Artículo 6. APOYO ADMINISTRATIVO. Para las labores de carácter administrativo, logístico y de soporte técnico que se requieran para el funcionamiento del grupo, el personal del nivel técnico y asistencial asignado al Despacho del Vicecontralor prestará el apoyo necesario, conforme a los requerimientos que se presenten. Artículo 7. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
COM QUESE, P iQUESE Y CÚMPLASE
2022 02 NOV C.,aI.
CARLOS HER ECERRA
Contralor G lica Publicada en el Diario Oficial No.
Aprobación: CARLOS MARIO ZULUARA PARDO, Vicecontralo EMILIANO ALCIDES ZULETA ARZUAGA, Director Oficina de Planeación, Lider macroproceso DIrecc n miento Estratégico Revisión: JAVIER TOBO RODRtGUEZ, Director Oficina Juddica0" Proyección: PEDRO PABLO PADILLA CASTRO, asesor de gestión Despacho Vicecontralal