CGR - Resolución ORG-6497 de 2012
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Resolución ORG-6497 de 2012
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2012
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KM 6497
RESOLUCIÓNORGÁNICA 2 9 FEB 201? fecha.
CONTRALORÍA PÁGINANÚMERO: 2de2
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1. Las DireccionesdeVigilancia Fiscaladelantarán en primera instancia lasindagaciones preliminares que sean necesarias dentro del ejercicio auditor micro, o como resultado del mismo, con independencia de las calidades o fuero de que gocen las personas presuntamente involucradasen loshechosinvestigados.
2. Prestar el apoyo técnico y iogístico que requiera fa Contraloria Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva para el cumplimiento de sus funciones.
3. Informar a las dependencias de la Contraloria General de la República y a las autoridades competenteslos asuntosque por competencia sean de su conocimientoo requieransu intervención.
PARÁGRAFO 1o. Las Contratarías Delegadas Sectoriales remitirán a la dependencia competente los asuntos que tengan mérito para ser valorados, como consecuencia de cualquier acción de vigilancia o sistema de control en sus entidades vigiladas. Tales actuaciones son, entre otras, las siguientes; dictamen integral de la evaluación de la cuenta, los Informes de auditoria, o evaluación de información recibida por cualquier
medioidóneo. PARÁGRAFO 2o. Los hallazgos con incidencia fiscal y las indagaciones preliminares fiscales que se adelanten por las Contratarías Delegadas para la Vigilancia Fiscal Sectorial y tas Grupos de Vigilancia Fiscal de las Gerencias Departamentales, deberán reunir los requisitos establecidos en los artículos 40 y 41 de la Ley 610 de 2000 para iniciar proceso de responsabilidad Fiscal; en caso contrario, dichas actuaciones serán devueltas paraqueseobrede conformidad. PARÁGRAFO 3o. El criterio jurídico sobre ios elementos de la responsabilidad fiscal expresado por las dependencias que tramitan el proceso de responsabilidadfiscal, a nivel central y desconcentrado, para la devolución de los hallazgos fiscales producto del ejercicio de auditoría e Indagacionespreliminaresfiscales, prevalecerá sobre el contenido del hallazgodeauditoria.
ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partirdesu publicaciónen el Diario Oficial, subroga en lo pertinente la Resolución Orgánica 5868 de 2007 y deroga todas las disposiciones que lesean contrarias, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2 9 FEB 2012
Dadaen Bogotá D.C.,a los
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