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CGR - Resolución REG-EJE-0020 de 2016

Contraloría General de la Nación

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Disponible

Detalles

Título
CGR - Resolución REG-EJE-0020 de 2016
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2016

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA

NÚMát0. REG-e3E13""(cid:9) -2016

CONTRALORÍA wi FECHA(cid:9) 26 z016

PÁGINA NÚMERO: (cid:9) 1 de 4 "Por la cual se suspenden términos en los procesos administrativos sancionatodos, disciplinados, de responsabilidad fiscal, peticiones y demás actuaciones administrativas y misionales que se adelanten en algunas de las dependencias la Contraloría General de la República, ubicadas en la sede del Ministerio de Justicia" EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en los artículos 6 y 35 numeral 1 y 4 del Decreto 267 de 2000 y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 de la Constitución Polítida, el control fiscal es una función pública que está a cargo de la Contraloría General de la República, entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal, que vigila la gestión fiscal de la Administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación.

Que según lo dispuesto en el artículo 119 de la Constitución Política, la Contraloría General de la República tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración. Que por medio del artículo 268 de la Constitución Política se atribuye al Contralor General de la República la facultad para establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la

jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma. Que los numerales 1 y 4 del artículo 35 del Decreto 267 de 2000 establece como.función del Contralor General de la República la de "fijar las políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la vigilancia del Control Fiscal del Estado y de las demás funciones asignadas a la Contraloría General de la República de conformidad con la Constitución y la Ley" y "Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley', Que el artículo 1 de la Ley 610 de 2000 determina que el proceso de responsabilidad fiscal es el conjunto de actuaciones administrativas adelantadas por las Contralorías, con el fin de determinar y establecer la responsabilidad de los servidores públicos y de los particulares, cuando en el ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de ésta, causen por accián u omisión y en forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado. Que el artículo 13 de la Ley 610 de 2000 señala que el cómputo de los términos jprevistos en la referida ley se suspenderá en los eventos de fuerza mayor o caso fortuito.

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA

(cid:9)

NÚMERO: REG0002n(cid:9) -2016

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA FECHA : 26 OCT 2117p PÁGINA NÚMERO:(cid:9) 2 de 4 "Por la cual se suspenden términos en los procesos administrativos sancionatorios, disciplinarMs, de responsabilidad fiscal,

peticiones y demás actuaciones administrativas y misionales que se adelanten en algunas de las dependencias la Contraloría General de la República, ubicadas en la sede del Ministerio de Justicia" Que se ha programado por parte de la Dirección de Recursos Físicos el traslado de las dependencias de la Contraloría General de la República que se encuentra funcionando en la sede del Ministerio de Justicia a la nueva sede ubicada en el Edificio Paralelo 26 de la ciudad de Bogotá, según memorando del 26 de octubre de 2016, suscrito por el Director de Recursos Físicos. Que las dependencias que se encuentran funcionando en la sede del Ministerio de Justicia son el Despacho del Contralor General de la República, el Despacho del Vicecontralor, la Secretaría Privada, la Unidad de Apoyo Técnico al Congreso, la Oficina de Comunicaciones, la Oficina Jurídica, la Unidad de Cooperación Internacional e 'Incautación de Activos, la Gerencia de Gestión Administrativa y Financiera, la Dirección de Recursos Físicos, la Dirección de Recursos Financieros, la Contraloría Delegada de Economía y Finanzas, la Oficina de Gestión de Talento Humano, la Oficina de Control Interno y la Oficina de Planeación. Que el traslado de las dependencias de la Contraloría General de la República anteriormente mencionadas se realizará en el período comprendido entre el veintisiete (27) de octubre y el uno (1) de noviembre de 2016. Que por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 de la Ley 610 de 2000, 2 de la Resolución 5844 del 17 de abril de 2007 y 118 de la Ley 1564 de 2012 Código

General del Proceso, y demás disposiciones concordantes, resulta inminente la suspensión de los términos en los procesos administrativos sancionatorios, disciplinarios, de responsabilidad fiscal, peticiones y actuaciones administrativas y misionales que requieran el cómputo de términos que se encuentren adelantado en las dependencias de la Contraloría General de la República que se encuentran funcionando en la sede del Ministerio de Justicia. Que de acuerdo con lo anterior se suspenderán los términos de todos los procesos administrativos sancionatorios, disciplinarios, de responsabilidad fiscal, peticiones y actuaciones administrativas y misionales que se adelanten en las dependencias de la Contraloría General de la República que se encuentran funcionando en la sede del Ministerio de Justicia, durante los días comprendidos entre el veintisiete (27) de octubre y el uno (1) de noviembre de 2016. Que la suspensión de términos que se ordenará mediante este acto administrativo interrumpirá los términos de caducidad y prescripción, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 610 de 2000, óomoquiera que se trata de un evento de fuerza mayor y/o caso fortuito. Que de igual forma se deberá tener en cuenta la suspensión de las actividades administrativas y misionales que normalmente se desarrollan en las dependencias de la Contraloría General de la República que se encuentran ubicadas en la sede de Ministerio de

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA

0082n

NÚMERO: REG-EJE- -2016

CONTRALORÍA

26 Or

GENERAL DE LA REPÚBLICA FECHA PÁGINA NÚMERO:(cid:9) 3 de 4

°Por la cual se suspenden términos en los procesos administrativos sancionatorios, disciplinados, de msponsabilidad fiscal, peticiones y demás actuaciones administrativas y misionales que se adelanten en algunas de las dependencias la Contraloría General de la República, ubicadas en la sede del Ministerio de Justicia" Justicia, para que se informe lo ocurrido dentro de las diferentea respuestas que deban darse por las distintas dependencias a los particulares y entidades del Estado. Por lo expuesto, se RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. SUSPENDER los términos en los procesos administrativos sancionatorios, disciplinarios, de responsabilidad fiscal, peticiones y actuaciones administrativas y misionales que requieran el cómputo de términos que se encuentren adelantado en el Despacho del Contralor General de la República, el Despacho del Vicecontralor, la Secretaría Privada, la Unidad de Apoyo Técnico al Congreso la Oficina de Comunicaciones, la Oficina Jurídica, la Unidad de Cooperación Internacional e Incautación de Activos, la Gerencia de Gestión Administrativa y Financiera, la Dirección de Recursos Físicos, la Dirección de Recursos Financieros, la Contraloría Delegada de Economía y Finanzas, la Oficina de Gestión de Talento Humano, la Oficina de Control Interno y la Oficina de Planeación, desde el día veintisiete (27) 'de .octubre de 2016 hasta el uno (1) de noviembre de 2016. ARTÍCULO SEGUNDO. Conforme a lo resuelto en el artículo primero de la presente Resolución, esta suspensión interrumpe los términos de caducidad y de prescripción de los

procesos de responsabilidad fiscal de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 da la Ley 610 de 2000 . ARTÍCULO TERCERO. REANUDAR el cómputo de términos en en los procesos y actuaciones enunciados en el artículo primero de la presente Resolución, el día dos (2) de noviembre de 2016, fecha en la cual se reabrirá la atención al público. ARTÍCULO CUARTO. Informar en las diferentes respuestas que deban darse por el Despacho del Contralor General de la República, el Despacho del Vicecontralor, la Secretaría Privada, la Unidad de Apoyo Técnico al Congreso, la Oficina de Comunidaciones, la Oficina Jurídica, la Unidad de Cooperación Internacional e Incautación de Activos, la Gerencia de Gestión Administrativa y Financiera, la Dirección de Recursos Físicos, la Dirección de Recursos Financieros, la Contraloría Delegada de Economía y Finanzas, la Oficina de Gestión de Talento Humano, la Oficina de Control Interno y la Oficina de Planeación, a los particulares y demás entidades del Estado de los diferentes órdenes de la interrupción de labores administrativas y misionales. ARTÍCULO QUINTO. Adoptar las medidas necesarias en las diferentes actuaciones que se encuentren en curso y en las cuales se computen términos, dejando la respectiva constancia en los diversos expedientes de conformidad con lo dispuesto en la Ley

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA ofloPil

NÚMERO: REG-E4E- -2016

CONTRALORÍA FECHA: 26 OCE 2076

PÁGINA NÚMERO:(cid:9) 4 de 4

°Por la cual se suspenden términos en los procesos administrativos sancionatodos, disciplinados, de responsabilidad fiscal, peticiones y demás actuaciones administrativas y misionales que se adelanten en algunas de las dependencias la Contraloría General de la República, ubicadas en la sede del Ministerio de Justicia" ARTÍCULO SEXTO. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE EDGARDO OSE MAYA LL ON Contralor eneral de la Repú lita 50039 de 2 1 Oet "16 Publicada en el Diario Oficial Prowecro tis'? Os sii i¿i .i. imc pl131,4

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