CGR - Resolución REG-EJE-0130 de 2024
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Resolución REG-EJE-0130 de 2024
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA
0130
NÚMERO: REG-EJE-(cid:9) FECHA : 16 A8R 2024
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO:(cid:9) 1 de 2 "Por la cual se autoriza la apertura de la Categoría CGR personal y costos del consolidador de hacienda e información pública -CHIP-". El Vice contralor en funciones de Contralor General de la República En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y CONSIDERANDO Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Ley 267 de 2000, la Contraloría General de la República, en ejercicio de su autonomía administrativa, debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política. Que el numeral 4 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000, modificado por el Decreto Ley 2037 de 2019 y el Decreto Ley 405 de 2020, establece como función del Contralor General de la República, la de "Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley". Que el Artículo 268 de la Constitución Política de Colombia consagra como una de las atribuciones del Contralor General de la República "4. Exigir informes sobre su gestión fiscal a los empleados oficiales de cualquier orden y a toda persona o entidad pública o privada que administre fondos o bienes públicos". Que la Resolución Reglamentaria Orgánica 0063 de 2023, "Por la cual se reglamenta la
rendición de información por parte de las entidades o particulares que manejen fondos o bienes públicos, en todos los niveles administrativos y respecto() de todo tipo de recursos públicos, para la vigilancia y el control fiscal de las finanzas y contabilidad públicas", contempla los plazos de rendición de la mencionada información. Que la Resolución Reglamentaria Orgánica 0063 de 2023 establece que la presentación de la información de que trata dicha Resolución se hará a través del Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP) o de la herramienta que señale la CGR. Que la Resolución 0063 de 2023, Artículo 44, consagra que el plazo para el reporte de la información sobre personal y costos es hasta el 15 de marzo del año inmediatamente siguiente. Que algunas entidades públicas han manifestado que existió confusión en relación con el plazo para el reporte de la información sobre personal y costos de la vigencia 2023, establecido en la Resolución 0063 de 2023, ya que en la página web de la CGR hay instructivos sobre ese reporte que no fueron actualizados respecto al nuevo plazo consagrado en esta Resolución. ,
RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA
NÚMERO: REG-EJE01,30
FECHA: 1 APR 2
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA NÚMERO: 2 de 2 "Por la cual se autoriza la apertura de la Categoría CGR personal y costos del consolidador de hacienda e información pública -CHIP-". Que, por lo expuesto, se hace necesario autorizar la apertura de la categoría CGR Personal y
Costos de la vigencia 2023, para las entidades que no reportaron la información de la categoría y periodo mencionados. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1: APERTURA DE LA CATEGORÍA CGR PERSONAL Y COSTOS DEL CONSOLIDADOR DE HACIENDA E INFORMACIÓN PÚBLICA -CHIP-. Con el fin de permitir el reporte de la información de que trata el artículo 44 de la Resolución Reglamentaria Orgánica 0063 del 03 de mayo de 2023, correspondiente al año 2023, se abrirá la plataforma del Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP), durante el periodo comprendido entre las 00:00 del día 17 de abril de 2024 y hasta las 11:59 p.m. del 25 de abril del año 2024. Artículo 2: PUBLICIDAD. La presente resolución se deberá publicar en el Diario Oficial y en el sitio web de la Contraloría General de la República. Artículo 3: VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los
RLOS MARIO ZU(cid:9) DO
1 Vice contrr en funciones de(cid:9) eneral de la República c2729 Publicada en el Diario Oficial No. (cid:9) d e(cid:9)
Revisó:
ANA ELENA MONSALVO HERRERA
Contralora Delegada para Economía y Finanzas Públicas LIBIA YOLIMA POVEDA RIMO Directora de Cuentas y estadísticas ficales
Aprobó: (cid:9) JAVIER TOBO RODRIGUEZ Director Oficina Jurídica(cid:9) e