CGR - Resolución REG- EJE-0137 de 2024
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Resolución REG- EJE-0137 de 2024
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2024
CONTRALORÍA 01!:HEAAL, Dlt -1...A RC:'fiÚ81...IC4
RESOLUCIÓN EJECUTIVA
DESPACHO DEL CONTRALOR GENl:RAL DE LA
REPVBLICA NÚMERO: EJE - -2024
FECHA: "Por medio de,hl cual se suspenden los térmíhos dentro de los proc6$os de vigilancia y controf fiscal micro y macro, procesos administrativos sancíonatcrios fiscale's, procesos disciplinarlos, lnd8(1at;io11f1s pr//1/iminares y procesos de responsabilidad .fiscal, procesos de Jurisdicción coactiva, el trámite de .respuesta a peüclones y demás actuaciones administrativas que se adelanten en la Gerencia Departamental Colegiada da Arauca.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los artículos 267 y 268 de la Constitución Política y los artículos 6 y numeral 4 artículo 35 del Decreto 267 de 2000. CONSIDERANDO Que el articulo 267 de la Constitución Política preceptúa que le Contralorfa General éle la República vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes púbUcos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos, y que el control ejercido por la Centralorfa General de la República será preferente en fos términos que defina la ley. Que, el mismo atributo de autogobiemo lo establece et artículo 6 del Decreto 267 de 2000, al establecer que la Contralorfa General de la República, en ejercicio de su autonomía administrativa, debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus
Que, el mismo atributo de autogobiemo lo establece et artículo 6 del Decreto 267 de 2000, al establecer que la Contralorfa General de la República, en ejercicio de su autonomía administrativa, debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonf a con los principíos consagrados en la Constitución Política. Que al Contralor General de la República como máxima autóridad administrativa de la Entidad se le ha confiado la funcl6n de "Dirigir como autoridad superior las labores admlnistn:Jtívas y de vlgllancla flsca} de las diferentes dependencias de la Contra/orla General de la Repúblíca, de acuerdo a la ley, por disposición del numera1 4 del articulo 46 del Decreto 267 de 2000. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 118 del Código General del Proceso, aplicable por remisión del artfculo 308 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, no se tomarán en cuenta aquellos días en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el despacho o no sea posible prestar el servicio durfimte la totalidad de la jornada. Que debido a la gran afectación en la infraestructura de la sede actual de la Gerencia Departamental Colegiada de Arauca, se priorizó la construcción de nueva sede; por lo cual es necesario realizar las actividades de traslado a una nueve sede temporal, ubicada en la Carrera 17 No. 23 - 64 Barrio Córdoba, Arauca.CONTRALORIA OEHt..FtAL. DC LA AEPÚBI..ICA
RESOLUCIÓN EJECUTIVA
DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL DE LA
REPÚBLICA NÚMERO: EJE - -2024
FECHA:
RESOLUCIÓN EJECUTIVA
DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL DE LA
REPÚBLICA NÚMERO: EJE - -2024
FECHA: PÁGINA NUMERO: Página 2 de 3 "Por meciio de la cual se suspenden los términos dentro de los procesos de vigilancia y control fiscal micro y macro, procesos 1;1dmínlstratívos sancionatorios fiscales, procesos dísclpllnarlos, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, procesos de jurisdicción coactiva, el trámite de respuesta a peticiones y demás actuaciones administrativas que se adelanten en la Gerencia Departamental Colegiada de Arauca . . Que el 25 de octubre de 2024 la Gerencia de Talento Humano a través de correo electrónico, informó a este despacho sobre la situación de fuerza mayor del traslado de la Gerencia Departamental Colegiada de Arauca a una nueva sede temporal, por lo que, se requerirá acciones como: traslado transformador eléctrico, instalación de equipos (traslado de internet), traslado de archivo (documentales), entre otras fictividades necesarias para la presentación temporal del servicio, a partir del 28 de octubre de 2024 hasta el 1 de noviembre de 2024.
Que, dando cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias que regulan la materia, serán suspendidos los términos en los procesos y actuaciones administrativas: vigilancia y c:ontrol fiscal micro y macro, administrativos sancionatorios, fiscales, disciplinarios, indagaciones preliminares, de responsabllldad fiscal, de jurisdicción coactiva, peticiones y demás actuaciones administrativas en trámite y que requieran el cómputo de
disciplinarios, indagaciones preliminares, de responsabllldad fiscal, de jurisdicción coactiva, peticiones y demás actuaciones administrativas en trámite y que requieran el cómputo de términos, en la Gerencia Departamental Colegiada de Arauca. Que la determinación de suspender los términos durante los dlas 28,29.,30,31 de octubre y 1 de noviembre de 2024, no conlleva de manera alguna la interrupción de los términos legales de caducidad y prescripción de los diferentes procesos que adelante la Gerencia Departamental Colegiada de Arauca. Que el trámite de respuesta a las acciones de tutela estará exceptuado de la suspensión de términos; por lo tanto, la Gerencia Departamental Colegiada de Arauca, deberán tomar las medidas necesarias para la oportuna atención y respuesta. En mérito de lo expuesto, el Contralor General de la República, RESUELVE ARTÍCULO 1 º• SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS. Suspender los términos, durante los días 28,29,30,31 de octubre y 1 de noviembre de 2024, en los procesos y actuaciones administrativas de vigilancia y control fiscal micro y macro, administrativos sancionatorios fiscales, disciplinarios, de responsabllidad fiscal, de jurisdicción coactiva, indagaciones preliminares, peticiones y demás actuaciones administrativas en trámite, que se adelanten en la Gerencia Departamental Colegiada de Arauca, en las que se requiera el cómputo de términos, conforme a lo expresado en la parte motiva del presente proveído. ARTÍCULO 2º. TRÁMITE EXCEPTUADO. El trámite de respuesta a las acciones de tutela
términos, conforme a lo expresado en la parte motiva del presente proveído. ARTÍCULO 2º. TRÁMITE EXCEPTUADO. El trámite de respuesta a las acciones de tutela estará exceptuado de la suspensión de términos dispuesta en el articulo anterior. Por loI
CONTRALORIA GEN6:R"AL DE. LA RE.PÚBLICA
RESOLUCIÓN EJECUTIVA
DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA NÚMERO: EJE· {) 1 3 7 -2024
FECHA: 8 OCT PÁGINA NUMERO: Página 3 de 3 "Por medio de la cual se suspenden los términos dentro de los procesos de vigilancia y cqntrol fiscal micro y macro, procesos administrativos sancionatorios fiscales, procesos disciplinarlos, Indagaciones preflminares y procesos de responsabllldad fiscal, procesos de jurisdicción coactiva, ef trámite de respuesta a peticiones y demás actuaciones administrativas que se ad6fanten en la Gerencia Departamentaf Colegiada de Arauca. tanto, la Gerencia Departamental Colegiada de Arauca, deberá tomar las medidas necesarias para la oportuna atención y respuesta.
ARTÍCULO 3°. INFORMACIÓN A LOS DIRECTAMENTE INTERESADOS. Corresponde al Gerente Departamental Colegiado de Arauca informar de la suspensión de términos a las autoridades públicas, sujetos procesales, tercetos interesados o peticionarios en las actuaciones administrativas. ARTICULO 4°. REINICIO DE TÉRMINOS, Se reiniciará el cómputo de términos en los procesos y actuaciones administrativas enunciadas en el artículo 1 de la presente
actuaciones administrativas. ARTICULO 4°. REINICIO DE TÉRMINOS, Se reiniciará el cómputo de términos en los procesos y actuaciones administrativas enunciadas en el artículo 1 de la presente resolución el día 5 de noviembre de 2024, fecha en el cual se reanudará la atención al público.
Revisó: ECERRA bllcfi
. 2.024 Javier Tobo Rodríguez - Director Oficina Jurtdi \.V ¡: J,. j ,. Néstor lván Arlas Afanador - asesor de GesUófiOflcina Juríd_,,..,,..... /lAngela Vlllamlzar Galtán - Profesional Universitario - O/icina jurldlca .J,i!' GrvpoSlnor