CGR - Resolución REG-EJE 0158 de 2026
Detalles
- Título
- CGR - Resolución REG-EJE 0158 de 2026
- Autor
- Contraloría General de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2026
RES0LUCI6N reglamentaria ejecutiva
0158NUMERO: REG-EJE29 JUL 2026FECHA:
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA PAGINA NUMERO: 1 de 3 "Por la cual se autoriza la apertura exceptional de la Categorla Unica de Informacidn del Presupuesto Ordinario - CUIPO, correspondiente al cuarto (4°) trimestre acumulado de la vigentia 2025, y de la categorla Personal y Costos correspondiente a la vigentia 2025, en el Consolidador de Hacienda e Informacidn Publica - CHIP." EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPClBLICA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 6° del Decreto Ley 267 de 2000, la Contralona General de la Republica, en ejercicio de su autonomia administrativa, debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonia con los principios consagrados en la Constitucion Poh'tica. Que el numeral 4 del articulo 35 del Decreto Ley 267 de 2000, modificado por el Decreto Ley 2037 de 2019 y el Decreto Ley 405 de 2020, establece como funcion del Contralor General de la Republica, la de "Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contralona General de la Republica, de acuerdo con la ley". Que la Resolucion Reglamentaria Organica 0063 de 2023, por la cual se reglamenta la rendicion de informacidn por parte de las entidades o particulares que manejen fondos o bienes publicos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos publicos, para la vigilancia y el control
informacidn por parte de las entidades o particulares que manejen fondos o bienes publicos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos publicos, para la vigilancia y el control fiscal de las finanzas y contabilidad publicas, contempla los plazos de rendicion de la mencionada informacidn. Que el Articulo 20 de la Resolucion Reglamentaria Organica 0063 de 2023, establece que para el reporte del cuarto trimestre o anual acumulado, la informacidn sera la del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, con plazo de reporte hasta el 20 de febrero del ano inmediatamente siguiente. Que el Articulo 30 de la Resolucion Reglamentaria Organica 0063 de 2023, establece que, para el reporte del cuarto trimestre del primer ano del bieiiio, la informacidn sera la acumulada del periodo comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, con plazo de reporte hasta el 20 de febrero del aho inmediatamente siguiente. Que el Articulo 44 de la Resolucion Reglamentaria Organica 0063 de 2023, establece que el reporte anual, con corte a 31 de diciembre, de la informacidn sobre personal y costos tanto de la planta de personal como contratacidn de prestacidn de servicios vence el dia 15 de marzo del aho inmediatamente siguiente. Que la Resolucidn Reglamentaria Organica 0063 de 2023 establece que la presentacidn de la informacidn de que trata dicha Resolucidn se hard a traves del Consolidador de Hacienda e Informacidn
Publica (CHIP) o de la herramienta que sehale la CGR. Que la Presidencia de la Republica, el dia 11 de febrero de 2026, mediante Decreto 0150, declard el Estado de Emergencia Econdmica, Social y Ecoldgica en los departamentos de Cordoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolivar, Cesar, Magdalena y Chocd por el termino de 30 dfas calendario, contados a partir de la vigencia de dicho decreto. Que varias entidades manifiestan a ia Contralona Delegada para Economfa y Finanzas Publicas (CDEFP) que debido al evento de fuerza mayor derivado de las inundaciones no fue posible realizarRES0LUCI6N reglamentaria ejecutiva
0158NUMERO: REG-EJE29 JUL 2026FECHA:
CONTRALORIA GENERAL OE LA REPUBLIC PAGINA NUMERO: 2 de 3 "Por la cual se autoriza la apertura excepcional de la Categorla Unica de Informacion del Presupuesto Ordinario - CUIPO, correspondiente al cuarto (4°) trimestre acumulado de la vigencia 2025, y de la categorla Personal y Costos correspondiente a la vigencia 2025, en el Consolidador de Hacienda e Informacion Publica - CHIP." oportuna y correctamente el cargue de la informacion en el sistema CHIP, ya que se afecto la capacidad operativa, conectividad y sistemas de informacion. Que, una vez surtido el proceso de validacion de la informacion correspondiente al cuarto (4.°) trimestre acumulado de la vigencia 2025, se evidencio que algunas entidades territoriales no obtuvieron la certificacion, debido a deficiencias en la calidad de la informacion reportada o por la omision en su presentacion, circunstancias que impiden culminar satisfactoriamente el proceso de certificacion.
certificacion, debido a deficiencias en la calidad de la informacion reportada o por la omision en su presentacion, circunstancias que impiden culminar satisfactoriamente el proceso de certificacion. Que, en atencion a lo manifestado por diferentes entidades territoriales para que se habilitara nuevamente la plataforma CUIPO, con el proposito de efectuar las correcciones necesarias y subsanar las inconsistencias identificadas durante el proceso de validacion de la informacion correspondiente al cuarto (4.°) trimestre acumulado de la vigencia 2025, y una vez analizadas dichas solicitudes, se evidencib que las inconsistencias correspondian a aspectos susceptibles de correccibn. En consecuencia, resulta procedente habilitar, de manera excepcional, la plataforma CUIPO para las entidades territoriales que no obtuvieron la certificacion de la informacion, con el fin de garantizar la calidad, integridad, consistencia y confiabilidad de la informacion reportada y permitir la culminacion del proceso de certificacion. Que la apertura excepcional de la plataforma comprendera todas las entidades territoriales que no fueron certificadas, por presentar deficiencias en la calidad de la informacion o por omision en el reporte. Que, adicionalmente, la plataforma se habilitara para la categoria de Personal y Costos del consolidador de hacienda e informacion publica -CHIP con el proposito de que todas las entidades que asf lo requieran puedan realizar el reporte o la correccion de la informacion correspondiente, garantizando la completitud y consistencia de los dates enviados. Que la habilitacion extraordinaria de la plataforma constituye una medida administrativa de caracter excepcional, orientada a facilitar la correccion de la informacion reportada y garantizar la adecuada culminacion del proceso de certificacion, en observancia de los principios que rigen la funcion
Que la habilitacion extraordinaria de la plataforma constituye una medida administrativa de caracter excepcional, orientada a facilitar la correccion de la informacion reportada y garantizar la adecuada culminacion del proceso de certificacion, en observancia de los principios que rigen la funcion administrativa, en particular los de eficacia, coordinacion, buena fe, econorma y colaboracion entre las autoridades y las entidades territoriales, previstos en el articulo 209 de la Constitucion Poh'tica y en la Ley 1437 de 2011, sin que ello implique la modificacion de las reglas generates del proceso de certificacion ni la creacion de un pen'odo ordinario adicional de reporte. En merito de lo expuesto RESUELVE: Articulo 1: APERTURA DE LA CATEGORiA UNICA DE INFORMACI6N DEL PRESUPUESTO
ORDINARIO -CUIPODEL CONSOLIDADOR DE HACIENDA E INFORMACION PUBLICA -CHIP-.
Con el fin de permitir el reporte o correccion de la informacion de que tratan los articulos 15 en sus incisos segundo y tercero, 16,17,18,19 de la Resolucibn Reglamentaria Organica 0063 del 3 de mayo de 2023, correspondiente al cuarto (4°) trimestre acumulado del aho 2025, se abrira la plataforma del Consolidador de Hacienda e Informacion Publica (CHIP), durante el periodo comprendido entre las 00:01 am y las 11:59 pm del 30 de Julio de 2026.
Articulo 2: APERTURA DE LA CATEGORIA PERSONAL Y COSTOS DEL CONSOLIDADOR DE
HACIENDA E INFORMACI6N PUBLICA -CHIP-. Con el fin de permitir el reporte o correccion de la-RES0LUC|6n REGLAMENTARIA EJECUTIVA
0158NUMERO: REG-EJE29 JUL 2026FECHA:
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLIC PAGINA NUMERO: ' 3 de 3 "Por la cual se autoriza la apertura excepcional de la Categoria Unica de Informacidn del Presupuesto Ordinario - CUIPO, correspondiente al cuarto (4°) trimestre acumulado de la vigencia 2025, y de la categoria Personal y Costos correspondiente a la vigencia 2025, en el Consolidador de Hacienda e Informacidn Publica - CHIP." informacidn de que trata el articulo 44 de la Resolucion Reglamentaria Organica 0063 del 03 de mayo de 2023, correspondiente al reporte anual 2025 con corte a Side diciembre, se autoriza de manera excepcional, la apertura de la plataforma del Consolidador de Hacienda e Informacidn Publica (CHIP), durante el periodo comprendido entre las 00:01 anrdel 30 de Julio de 2026 y las 11:59 pm del 10 de agosto de 2026. Articulo 3: PUBLICIDAD. La presente resolucion se debera publicar en el Diario Oficial y en el sitio web de la Contralona General de la Republica. Articulo 4: VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacidn y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNfQU UBLIQUESE Y&0MPLASE
Dada en ta w. CM los l CARLOS HBRNAN/RODfenGUEZ BECERRA ^eWe^Gafear'al.-^ la Republica • JUL 2028Publicada en el Diario Oficial NoJ lei ?
CARLOS ENRIQUE SILGADO BETANCO.URT?--''
Vicecontralor
Aprobb:
Aprobb: CARLOS OSCAR VERGARA RODRIGUEZ'
Director Ofiona Jurldica £ zr> Revise: JENNY ELIZABETH LINDO DIAZ Contralora belegada para Economla y Finanzas Publicas LIBIA YOLIMA POVEDA RIANO Directora de Cuentas y estadlsticas ficales i
Revisb: CAMILO CORREA ORTIZ, Asesor de Despacho, Vicecontralorla
Revisb: Angela Villamlzar Gaitbn, Prof. Universitario G2.' Oflcina Jurldica
Arelys Valencia Valencia, Prof. Especlalizado G4, Oflcina Jurldica1:Revisb: •t Prayectb: Karen Lorena Rodriguez Profesional especlalizado 03 ip .