CGR - Resolución REG-EJE 0160 de 2026
Detalles
- Título
- CGR - Resolución REG-EJE 0160 de 2026
- Autor
- Contraloría General de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2026
resoluciOn ejecutiva
DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL DE LA
REPOBLICA
NUMERO; EJE0160 -2026
CONTRALORIA FECHA: 10 AGO 2026GENERAL DE LA REPUBLICA PAGINA NUMERO: Pagina 2 de 3 “Por la cual se suspenden los terminos dentro de los procesos de vigilancia y control fiscal-micro y macro, procesos administrativos sancionatorios fiscales, procesos disciplinarios, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, procesos de jurisdiccidn coactiva, el trSmite de respuesta a derechos de peticidn y demAs actuaciones administrativas que se adelanten en la Contralorla General de la Republics, durante los dlas 10 11 12 13 y 14 agosto de _____ 2026" Que, en atencion a lo anterior y dadas las circunstancias de fuerza mayor derivadas del evento sismico, resulta necesario adoptar medidas transitorias consistentes en la suspension de los terminos de los procesos y actuaciones administrativas qu4 se adelantan en la Contralorla General de la Republica, el dia 10 de agosto de 2026 en la Sede Central, ubicada en Bogota
D. C., y durante los dtas 10, 11, 12, 13 y 14 de agosto de 2026 en las Gerencias Departamentales Colegiadas de Caldas, Choco, Risaralda, Quindio y Valle del Cauca.
Que, habiendose dado cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias que regulan la materia, se suspenderan los terminos en los siguientes procesos y actuaciones administrativas: vigilancia y control fiscal micro y macro, administrativos sancionatorios fiscales, disciplinarios, indagaciones preliminares, de responsabilidad fiscal, de jurisdiccidn coactiva, peticiones y demas actuaciones administrativas en tramite y que requieran el
administrativas: vigilancia y control fiscal micro y macro, administrativos sancionatorios fiscales, disciplinarios, indagaciones preliminares, de responsabilidad fiscal, de jurisdiccidn coactiva, peticiones y demas actuaciones administrativas en tramite y que requieran el compute de terminos, en las Gerencias Departamentales Colegiadas de Caldas, Choco, Risaralda, Quindio y Valle del Cauca y la Sede Central de la Contralorla General de la Republica, ubicada en la ciudad de Bogota D. C., Que la determinacion de suspender los terminos durante los dias 10, 11, 12, 13 y 14 de agosto de 2026, conileva la interrupcion de los terminos legales de caducidad y prescripcion de los diferentes procesos que adelante la Contraloria General de la Republica. Que el tramite de respuesta a las acciones de tutela estara exceptuado de la suspension de terminos; por lo tanto, los directives de cada dependencia deberan tomar las medidas necesarias para la oportuna atencion y respuesta, para que la Contraloria General de la Republica responda dentro del termino fijado por el juez de tutela. En merit© de lo expuesto, el Contralor General de la Republica, RESUELVE ARTICULO 1°. SUSPENSION DE TERMINOS. Suspender los terminos el dia 10 de agosto de 2026 en la Sede Central de la Contraloria General de la Republica, ubicada en la ciudad de Bogota D. C.( y durante los dias 10, 11, 12, 13 y 14 de agosto de 2026, exclusivamente en las Gerencias Departamentales Colegiadas de Caldas, Choco, Risaralda, Quindio y Valle del Cauca, respecto de los siguientes procesos y actuaciones que se adelanten en la Contraloria General de la Republica: vigilancia y control fiscal micro y macro, administrativos
en las Gerencias Departamentales Colegiadas de Caldas, Choco, Risaralda, Quindio y Valle del Cauca, respecto de los siguientes procesos y actuaciones que se adelanten en la Contraloria General de la Republica: vigilancia y control fiscal micro y macro, administrativos sancionatorios fiscales, disciplinarios, indagaciones preliminares, de responsabilidad fiscal, de jurisdiccidn coactiva, peticiones y demas actuaciones administrativas en tramite y que requieran el computo de terminos,RES0LUCI6N EJECUTIVA
DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL DE LA repOblica
NUMERO: EJE0160 -2026
CONTRALORIA FECHA: 10 AGO 2026GENERAL DE LA REPUBLICA PAGINA NUMERO: Pagina 1 de 3 "Por la cual se suspenden los terminos dentro de los procesos de vigilancia y control fiscal micro y macro, procesos administrativos sancionatorios fiscales, procesos disciplinarios, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, procesos deljurisdiccidn coactiva, el tr&mite de respuesta a derechos de peticidn y dem&s actuaciones administrativas que se adelanten en la Contralorla General de la RepOblica, durante los dias 10, 11, 12, 13 y 14 agosto de
1 2026" EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los articulos 267 y 268 de la Constitucion Politica y los articulos 6 y numeral 4 articulo 35 del Decreto 267 de 2000. CONSIDERANDO Que el inciso 6 del articulo 267, de la Constitucion Politica preceptua que la Contralorla General de la Republica, es una entidad de caracter tecnico con autonomia administrativa y
Decreto 267 de 2000. CONSIDERANDO Que el inciso 6 del articulo 267, de la Constitucion Politica preceptua que la Contralorla General de la Republica, es una entidad de caracter tecnico con autonomia administrativa y presupuestal. No tendra funciones administrativas distintas de las inherentes a su propia organizacion y al cumplimiento de su mision constitucional. Que, el mismo atributo de autogobierno lo establece el articulo 6 del Decreto 267 de 2000, al establecer que la Contraloria General de la Republica, en ejercicio de su autonomia administrativa, debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonia con los principios consagrados en la Constitucion Politica. Que al Contralor General de la Republica como maxima autoridad administrativa de la Entidad se le ha confiado la funcion de “Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloria General de la Republica, de acuerdo a la ley, por disposicion del numeral 4 del articulo 45 del Decreto 267 de 2000. Que de conformidad con lo previsto en el articulo 118 del Codigo General del Proceso, aplicable por remision del articulo 306 del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, no se tomaran en cuenta aquellos dias en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el despacho o no sea posible prestar el servicio durante latotalidad de lajornada. Que, como consecuencia del evento sismico de magnitud 7,4 regisfrado el 10 de agosto de 2026, con epicentre en el municipio de San Jose del Palmar, departamento del Choco, y de las afectaciones ocasionadas en diferentes zonas del pais, entre otras, a la infraestructura y la
2026, con epicentre en el municipio de San Jose del Palmar, departamento del Choco, y de las afectaciones ocasionadas en diferentes zonas del pais, entre otras, a la infraestructura y la movilidad, particularmente en los departamentos de Choco, Valle del Cauca, Risaralda, Caldas y Quindio, el Presidente de la Republica decreto la declaratoria del Estado de Emergencia, previa evaluacion de la situacion en coordinacidn con la Unidad Nacional para la Gestion del Riesgo de Desastres (UNGRD), con el proposito de adoptar las medidas necesarias para atender y mitigar sus efectos.resoluciOn ejecutiva
DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL DE LA repOblica
NOMERO: EJE- -20260160
CONTRALORIA FECHA: 10 AGO 2026GENERAL DE LA REPUBLICA PAGINA NUMERO: Pagina 3 de 3 “Por la cual se suspenden los terminos dentro de los procesos de vigilancia y control fiscal micro y macro, procesos administrativos sancionatorios fiscales, procesos disciplinarios, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, procesos de jurisdiccidn coactiva, el tramite de respuesta a derechos de peticidn y dem&s actuaciones administrativas que se adelanten en la Contralorla General de la RepOblica, durante los dlas 10, 11, 12, 13 y 14 agosto de 2026" Paragrafo: La suspension de los terminos en curso si implicara la interrupcion de los terminos de extincion de las acciones de caducidad y prescripcion en las diferentes actuaciones administrativas y procesos que adelanta la Contraloria General de la RepOblica.
ARTICULO 2°. TRAMITE EXCEPTUADO. El tramite de respuesta a las acciones de tutela estara exceptuado de la suspension de terminos dispuesta en el articulo anterior. Por lo
actuaciones administrativas y procesos que adelanta la Contraloria General de la RepOblica. ARTICULO 2°. TRAMITE EXCEPTUADO. El tramite de respuesta a las acciones de tutela estara exceptuado de la suspension de terminos dispuesta en el articulo anterior. Por lo tanto, los directives de cada dependencia deberan tomar las medidas necesarias para la oportuna atencion y respuesta. ARTICULO 3°. INFORMACION A LOS DIRECTAMENTE INTERESADOS. Corresponde a los directives de cada dependencia, informar de la suspension de terminos a las autoridades publicas, sujetos procesales y terceros interesados en las actuaciones administrativas. ARTICULO 4°. REINICIO DE TERMINOS. Se reiniciara el computo de terminos en los procesos y actuaciones administrativas enunciados en el articulo 1 de la presente Resolucion, asi: en las Gerencias Departamentales Colegiadas de Caldas, Choco, Risaralda, Quindio y Valle del Cauca, el dia 18 de agosto de 2026; y en la Sede Central de la Contraloria General de la RepOblica, el dia 11 de agosto de 2026, fechas en las cuales se reanudara la atencion al pOblico. ARTICULO 5. VIGENCIA. La pi^gente resolucion rige a partir de su publicacion.
COMUMCfUESE Y f UWUfLASE
1 CARLOS HERMAN ROjyftjGUEZ BECERRA ^COpffUlL^rferalaJla RepOblica n 53188 KPublicada en el Diario Oficial No. Carlos Oscar Vergara Rodriguez, DirectorRevisd: icina Juridica. NSstor lv£n Arias Afanador, Asesor de Gesrfion G1, Oficina Juridica > Angela Villamizar Gaitan, Profesional Unjfersitario G2, Oficina juridicaProyecto:I I 4 I !
NSstor lv£n Arias Afanador, Asesor de Gesrfion G1, Oficina Juridica > Angela Villamizar Gaitan, Profesional Unjfersitario G2, Oficina juridicaProyecto:I I 4 I ! I I . :