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CGR - Resolución REG-EJE-139 de 2024

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Resolución REG-EJE-139 de 2024
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2024

139 13 DIC 2024 I

CONTRALORIA

GENERAL DE LA RE.PÚBLICA

RESOLUCIÓN EJECUTIVA

DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL DE LA

REPÚBLICA NÚMERO: EJE - -2024

FECHA: PÁGINA NUMERO: Página 1 de 2 "Por medio de la cual se suspenden los términos de las funciones de la secretaría común y la ventanilla única de recepción de peticiones en la Gerencia Departamental Colegiada de Caldas" EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los artículos 267 y 268 de la Constitución Política y los artículos 6 y numeral 4 artículo 35 del Decreto 267 de 2000.

CONSIDERANDO Que el artículo 267 de la Constitución Política preceptúa que la Contraloría General de la República vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes públicos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos, y que el control ejercido por la Contraloría General de la República será preferente en los términos que defina la ley. Que, el mismo atributo de autogobierno lo establece el artículo 6 del Decreto 267 de 2000, al establecer que la Contraloría General de la República, en ejercicio de su autonomía administrativa, debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política. Que al Contralor General de la República como máxima autoridad administrativa de la Entidad se le ha confiado la función de "Dirigir como autoridad superior /as labores administrativas y de

funciones, en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política. Que al Contralor General de la República como máxima autoridad administrativa de la Entidad se le ha confiado la función de "Dirigir como autoridad superior /as labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contrataría General de la República, de acuerdo a la ley, por disposición del numeral 4 del artículo 45 del Decreto 267 de 2000. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 118 del Código General del Proceso, aplicable por remisión del artículo 306 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, no se tomarán en cuenta aquellos días en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el despacho o no sea posible prestar el servicio durante la totalidad de la jornada. Que debido al traslado a la nueva sede de la Gerencia Departamental Colegiada de Caldas, se encuentra pendiente las siguientes acciones: revisión del sistema HVAC, de las cajas tomacorrientes, validación en el modelo y el sitio del montaje de la UPS, revisar el sistema de puesta a tierra de telecomunicaciones, entre otras. En consecuencia, debido a que persisten situaciones de caso fortuito que impiden el normal funcionamiento en sede física de la secretaria común y la ventilla única de recepción de peticiones, se requiere suspender los términos desde el 16 de diciembre al 20 de diciembre de 2024. Que, dando cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias que regulan la materia, serán suspendidos los términos de las funciones de la secretaría común y la ventanilla única de recepción de peticiones, en la Gerencia Departamental Colegiada de Caldas.139 13 DIC 2024 52.973 17 DIC 2024

CONTRALORIA

GENERAL DE LA REPÚBLICA

de recepción de peticiones, en la Gerencia Departamental Colegiada de Caldas.139 13 DIC 2024 52.973 17 DIC 2024

CONTRALORIA

GENERAL DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIÓN EJECUTIVA

DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL DE LA

REPÚBLICA NÚMERO: EJE - -2024

FECHA: PÁGINA NUMERO: Página 2 de 2 "Por medio de la cual se suspenden los términos de las funciones de la secretaria común y la ventanilla única de recepción de peticiones en la Gerencia Departamental Colegiada de Caldas" Que la determinación de suspender los términos durante los días 16, 17 , 18, 19 y 20 de diciembre de 2024, no conlleva de manera alguna la interrupción de los términos legales de caducidad y prescripción de los diferentes procesos que adelante la Gerencia Departamental

Colegiada de Caldas. En mérito de lo expuesto, el Contralor General de la República, RESUELVE ARTÍCULO 1 º. SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS. Suspender los términos, durante los días 16, 17, 18, 19 y 20 de diciembre de 2024 en las funciones de la secretaría común y la ventanilla única de recepción de peticiones de la Gerencia Departamental Colegiada de Caldas, conforme a lo expresado en la parte motiva del presente proveído. ARTÍCULO 2º. INFORMACIÓN A LOS DIRECTAMENTE INTERESADOS. Corresponde al Gerente Departamental Colegiado de Caldas informar de la suspensión de términos de las funciones de secretaría común y la ventilla única de recepción de peticiones a las autoridades públicas, sujetos procesales, terceros interesados o peticionarios en las actuaciones

Gerente Departamental Colegiado de Caldas informar de la suspensión de términos de las funciones de secretaría común y la ventilla única de recepción de peticiones a las autoridades públicas, sujetos procesales, terceros interesados o peticionarios en las actuaciones administrativas. ARTÍCULO 3º. REINICIO DE TÉRMINOS. Se reiniciará el cómputo de términos de las funciones enunciadas en el artículo 1 de la presente resolución el día 23 de diciembre de 2024, fecha en el cual se reanudará la atención al público.

COMUN,QUESE Y CÚMPLASE

3 GUEZ BECERRV"' Repúblicafi Publicada en el Diario Oficial No. ______ _

  • • • J fi / Revisó: Néstor lván Arias Afanador - Director Oficina Jurídica (E);::;'fi At;¿ Proyectó: Angela Villamizar Gaitán - Profesional Universitario - Ofíéina jurídica

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