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CGR - Resolución REG-EJE-140 de 2024

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Resolución REG-EJE-140 de 2024
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2024

140-2024 30 DIC 2024

RESOLUCIÓN EJECUTIVA

NÚMERO: EJECONTRALORIA FECHA: , GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA 1 DE 4 "Por la cual se suspenden /os términos dentro de /os procesos de vigilancia y control fiscal micro y macro, procesos administrativos sancionatorios fiscales, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal en el nivel central, procesos de jurisdicción coactiva y /os trámites de respuesta de derechos de petición y demás actuaciones administrativas que se adelanten en los Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal de /os

Recursos del Sistema General de Regalías del Nivel Central" EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA (E) En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en los artículos 6 y 35, numeral 4º del Decreto Ley 267 de 2000, Decreto 2651 de 31 de diciembre de 2022 y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Ley 267 de 2000, la Contraloría General de la República, en ejercicio de su autonomía administrativa, debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política. Que el numeral 4 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000 establece como función del Contralor General de la República la de "Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contrataría General dela República, de acuerdo con la ley". Que la Ley 2056 de 2020 por la cual se regula la organización y el funcionamiento del

administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contrataría General dela República, de acuerdo con la ley". Que la Ley 2056 de 2020 por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías, establece en su artículo 183 ql,Je En desarrollo de sus funciones constitucionales y legales,"( ... ) la Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia y el control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, para lo cual el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control implementará mecanismos de acceso, metodologías y procedimientos necesarios para proveer información pertinente y oportuna al organismo de control.( ... )" Que el parágrafo primero del artículo 183 de la Ley 2056 de 2020, establece que( ... ) La Contrataría General de la República, para garantizar el adecuado ejercicio de las funciones de vigilancia y control fiscal, podrá contar con una planta temporal financiada con el porcentaje de recursos asignado en el artículo 361 de la Constitución Política y los que se asignen de los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías ( ... )" Que el proyecto de ley "por la cual se decreta el presupuesto del sistema general de regalías para el bienio del 1 º de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026", fue aprobado en segundo debate por el Senado de la República el 4 de noviembre de 20241, y Cámara 1 Gaceta No. 2049/2024140 - 2024 30 DIC 2024CONTRALORIA

GENERAL DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO: EJEFECHA: • PÁGINA 2 DE 4 "Por la cual se suspenden los términos dentro de los procesos de vigilancia y control fiscal micro y macro, procesos

RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO: EJEFECHA: • PÁGINA 2 DE 4 "Por la cual se suspenden los términos dentro de los procesos de vigilancia y control fiscal micro y macro, procesos administrativos sancionatorios fiscales, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal en el nivel central, procesos de jurisdicción coactiva y los trámites de respuesta de derechos de petición y demás actuaciones administrativas que se adelanten en los Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías del Nivel Central" de Representantes el 3 de diciembre de 20242, asignando los recursos a la Contraloría General de la República, para cumplir con las funciones de control y vigilancia fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías.

Que el proyecto de ley "por el cual se establecen disposiciones para dar continuidad a la función pública de control fiscal al sistema general de regalías en el bienio 2025-2026': surtió su trámite legislativo inicialmente en el Senado de la República, el cual fue aprobado en segundo debate el 5 de noviembre de 20243. Así mismo, el texto correspondiente fue aprobado en la Cámara de Representantes el 9 de diciembre del presente año4. Que mediante el artículo 2 del Decreto Ley 2651 del 30 de diciembre de 2022, se crea la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024. Que el artículo 3º del citado Decreto Ley 26t51 de 2022, señala que el Contralor General

vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024. Que el artículo 3º del citado Decreto Ley 26t51 de 2022, señala que el Contralor General de la República, podrá crear grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia los objetivos, las políticas y los programas orientados a la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías. Que, con el fin de atender el mandato legal, el Contralor General de la República expidió la Resolución Reglamentaria Organizacional Nº OGZ-0827 del 16 de marzo de 2023, "Por la cual se deroga la Resolución REGORG-0057 de 2023, y se toman otras disposiciones relacionadas con la creación de Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y se dictan normas para reglamentar su ejercicio." Que en la citada Resolución se crearon los siguientes grupos internos de trabajo: (1) Grupo Interno de Trabajo Coordinación para la Vigilancia y Control Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías. (2) Grupo Interno de Trabajo para Vigilancia y Control Fiscal a Nivefi I Macrq. (3) Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Micro. (4) Grupo Interno de Trabajo Coordinación para la Responsabilidad Fiscal (5) Grupo Interno de Trabajo Coordinación Administrativa. 2 Gaceta No. 2046/2024 3 Gaceta No. 1817/2024 4 Gaceta No. 214212024140 - 2024 30 DIC 2024

RESOLUCIÓN EJECUTIVA

2 Gaceta No. 2046/2024 3 Gaceta No. 1817/2024 4 Gaceta No. 214212024140 - 2024 30 DIC 2024

RESOLUCIÓN EJECUTIVA

NÚMERO: EJECONTRALORIA

FECHA: GENERAL DE LA REPÚBLICA PÁGINA 3 DE 4 "Por la cual se suspenden los términos dentro de los procesos de vigilancia y control fiscal micro y macro, procesos administrativos sancionatorios fiscales, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal en el nivel central, procesos de jurisdicción coactiva y los trámites de respuesta de derechos de petición y demás actuaciones administrativas que se adelanten en los Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías del Nivel Central" Que la ley 2279 del 21 de diciembre de 2022 decretó el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio 2023 - 2024, para el cumplimiento de la función constitucional y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías. Por lo tanto, los empleos creados en el decreto 2651 artículo 2°, estarán vigentes el 31 de diciembre de

2024. Que teniendo en cuenta la cantidad y complejidad de los asuntos a cargo de los cinco (5) grupos creados mediante la Resolución Organizacional No. OGZ - 0827 del 16 de marzo de 2023, es necesario suspender los términos de todas las actuaciones administrativas y procesales de vigilancia y control fiscal a fiargo de los Grupos Internos de Trabajo de los Recursos del Sistema General de Regalías; para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Macro; para la Vigilancia y Control a Nivel Micro; para la Coordinación

administrativas y procesales de vigilancia y control fiscal a fiargo de los Grupos Internos de Trabajo de los Recursos del Sistema General de Regalías; para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Macro; para la Vigilancia y Control a Nivel Micro; para la Coordinación para la Responsabilidad Fiscal; para la Coordinación Administrativa, de los procesos en curso en el nivel central a 31 de diciembre de 2024. Que los procesos de responsabilidad fiscal a nivel central, que se encuentran en la Sala Fiscal y Sancionatoria, deben continuar con el trámite procesal que se encuentren surtiendo en segunda instancia. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Suspender a partir del 2 de enero de 2025 los términos de todos los procesos de vigilancia y control fiscal micro y macro, procesos administrativos sancionatorios fiscales, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal del Nivel Central, procesos de jurisdicción coactiva y los trámites de respuesta de derechos de petición y demás actuaciones administrativas que se adelanten en los cinco (5) Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías del Nivel Central, que se encuentren en curso al 31 de diciembre de 2024 y que requieran el cómputo de términos en la Contraloría General de la República, conforfie a lo expresado en la parte motiva del proveído.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los procesos de responsabilidad fiscal a Nivel Central que se encuentran en la Sala Fiscal y Sancionatoria, deben continuar con el trámite procesal que se encuentra en curso en segunda instancia.

ARTÍCULO TERCERO: La suspensión de términos dispuesta, no implica de manera

encuentran en la Sala Fiscal y Sancionatoria, deben continuar con el trámite procesal que se encuentra en curso en segunda instancia.

ARTÍCULO TERCERO: La suspensión de términos dispuesta, no implica de manera alguna la interrupción de los términos de caducidad y prescripción en los diferentes procesos administrativos sancionatorios fiscales, indagaciones preliminares, procesos de responsabilidad fiscal, procesos de jurisdicción coactiva y demás actuaciones140 - 2024 30 DIC 2024 52986 31 DIC 2024

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CONTRALORIA

GENERAL DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO: EJEFECHA: , PÁGINA 4 DE 4 "Por la cual se suspenden los términos dentro de los procesos de vigilancia y control fiscal micro y macro, procesos administrativos sancionatorios fiscales, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal en el nivel central, procesos de jurisdicción coactiva y los trámites de respuesta de derechos de petición y demás actuaciones administrativas que se adelanten en los Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías del Nivel Central" administrativas que estuviesen adelantando en los Grupos antes citados y en los que se requiera el cómputo de términos.

PARÁGRAFO: El presente acto administrativo debe incorporarse en los diferentes expedientes y actuaciones administrativas objeto de suspensión.

ARTÍCULO CUARTO: La suspensión de términos dispuesta, no implica de manera alguna la interrupción de los términos de los procesos que cursan actualmente en la sala fiscal y sancionatoria.

ARTÍCULO QUINTO: Los términos de suspensión a que se refiere el artículo primero

alguna la interrupción de los términos de los procesos que cursan actualmente en la sala fiscal y sancionatoria.

ARTÍCULO QUINTO: Los términos de suspensión a que se refiere el artículo primero de la presente resolución, se reanudaran una vez se dé la provisión de los diferentes empleos asignados a los Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías y, en consecuencia, se reanudarán mediante el respectivo acto administrativo que emita el Contralor Delegado lntersectorial o a quien le sea asignado el conocimiento conforme a las reglas de competencia y distribución del trabajo.

ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los fiJAIME ESCOBAR VELEZ Contralor General de la República (E) Publicada en el Diario Oficial No. ________ de ________ _ Aprobó: Néstor lván Arias Afanador - Dire:tor Oficina Jurídica (Eb.1..# fi,,/,

Revisó: Angela Villamizar Gaitán - Prof. Universitario, Oficinafirídica.fi4f Proyectó: Laura María Palacio Asesora del Despacho Grado 02 ,-- Revisó: Victoria E. Bolívar Ochoa COI Coordinadora GIT Vigilancia y Control Fiscali:JfiU

Para los Recursos del SGR. Diana Marcela Melina fi111YJ9?rdinadora GIT Responsabilidad Fiscal para Los recursos del SGR'.fi

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