CGR - Resolución REG-ORG-0048 de 2021
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Resolución REG-ORG-0048 de 2021
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2021
resoluciCn reglamentariaorgAnica
NUMERO: REG-ORG0 048
FECHA: 3 0 M. 2021
CONTRALO RIA GENERAL DE LA REPUBLICA pAGINA NUMERO: 1 de 7
Por la cual se modified el plazo para la aplicacion del Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP) a los particulares que manejen fondos o bienes Publicos, se adopta la Version 3.0 del Catalogo Integrado de Clasificacidn Presupuestal (CICP), se prorroga el termino para el reporte de la programacion y ejecucion del presupuesto ordinario y del presupuesto del Sistema General de Regalias, para el primer y segundo trimestre de la vigencia 2021, y se autoriza la apertura de la plataforma CHIP de las categorias CGR Presupuestal. CGR Regalias y CGR Personal y Costos de la vigencia 2020. EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legates, y CONSIDERANDO Que el articulo 354 de la Constitucion Poh’tica le atribuye a la Contralon'a General de la Republica la competencia para llevar la contabilidad referente a la ejecucion del Presupuesto General de la Nacion, en este sentido el articulo 36 de la Ley 42 de 1993, establece que le corresponde a este ente de control registrar la ejecucion de los ingresos y los gastos que afectan las cuentas del tesoro nacional, para lo cual tendra en cuenta los reconocimientos, los recaudos y las ordenaciones de gastos y de pagos. Que el Articulo 37, Inciso 2°, de la Ley 42 de 1993 establece: "Corresponde a la Contralon'a
General de la Republica uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad de la ejecucion del presupuesto general del sector publico y establecer la forma, oportunidad y responsables de la presentacion de los informes sobre dicha ejecucion, los cuales deberan ser auditados por los organos de control fiscal respectivos". Que el paragrafo del Articulo 37 de la Ley 42 de 1993, determina: "La Contralon'a General de la Republica establecera la respectiva nomenclatura de cuentas de acuerdo con la Ley Organica del Presupuesto". Que la Corte constitucional mediante Sentencia C - 557 de 2009, senate: "Respecto de la competencia de la Contralon'a para realizar el control fiscal en terminos de la contabilidad de la ejecucion del presupuesto general del sector publico, ha esclarecido la jurisprudencia constitucional que esta funcion comprende la competencia para la consolidacion del presupuesto general de la Nacion y el presupuesto de las entidades descentralizadas o por servicios, de cualquier orden territorial, asi como la consolidacion del presupuesto de los particulares o entidades que manejen fondos de la Nacion, pero exclusivamente en relacion con dichos fondos, asi como tambien de los fondos sin personen'a jun'dica denominados Especiales o de Cuenta.” Que asi mismo, ha expresado la Corte Constitucional que esta competencia comprende la de “uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad relativa a la ejecucion del presupuesto general del sector publico, asi como la de establecer la forma, oportunidad y responsables de la presentacion de los informes sobre dicha ejecucion".
RESOLUCION REGLAMENTARIA ORGANICA NUMERO: REG-ORG0 0 4 8 3 0 JUN. 2021
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CONTRALO RIA
GENERAL DE LA REPUBLICA PAGiNA NUMERO: 2 de 7
Por la cual se modified el plazo para la aplicacidn del Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP) a los particulares que manejen fondos o bienes Publicos, se adopfa la Version 3.0 del Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal (CICP), se prorroga el termino para el reporte de la programacion y ejecucidn del presupuesto ordinario y del presupuesto del Sistema General de Regalias, para el primer y segundo trimestre de la vigencia 2021, y se autoriza la apertura de la plataforma CHIP de las categorias CGR Presupuestal, CGR Regalias y CGR Personal y Costos de la vigencia 2020. Que de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 6° del Decreto Ley 267 de 2000, la Contralon'a General de la Republica, en ejercicio de su autonomia administrativa, debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonia con los principios consagrados en la Constitucion Politica. Que el numeral 4 del articulo 35 del Decreto Ley 267 de 2000, modificado por el Decreto Ley 2037 de 2019 y el Decreto Ley 405 de 2020, establece como funcion del Contralor General de la Republica la de "Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contralon'a General de la Republica, de acuerdo con la ley". Que el articulo 64 del Decreto Ley 267 de 2000, modificado por el articulo 15 del Decreto Ley 2037 de 2019, consagra como funcion de la Direccion de Cuentas y Estadisticas Fiscales, la de "Establecer lineamientos, orientar y desarrollar la contabilidad de la ejecucidn del Presupuesto
General de la Nacidn y uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad relativa a la ejecucidn del presupuesto general del sector publico". Que la Resolucidn Reglamentaria Organica 035 de 2020, modificada por la Resolucidn Organica No. 038 de 2020, o la que la sustituya, modifique o derogue, se refiere, entre otras materias, a la obligacidn de reportar la informacidn presupuestal para uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad de la ejecucidn del presupuesto general del sector publico. Que para uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad de la ejecucidn del presupuesto general del sector publico, la Contralon'a General de la Republica -Contralon'a Delegada para Econorma y Finanzas Publicas elabord el Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP) y el Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal (CICP), este ultimo, junto al Ministerio de Flacienda y Credito Publico. Que el Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP) y el Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal (CICP) son las herramientas con base en las cuales se reporta al Consolidador de Hacienda e Informacidn Publica (CHIP) la informacidn presupuestal a la que se refiere la Resolucidn Reglamentaria Organica 035 de 2020, o la que la sustituya, modifique o derogue. Que el Regimen y Catalogo mencionados son productos que desarrollan la estrategia de optimizar el uso de la informacidn macroecondmica del objetivo 1° del Plan Estrategico de la Contralon'a General de la Republica 2018-2022. Que mediante la Resolucidn REG-ORG No. 0040 de 2020, se adoptd el Regimen de
Contabilidad Presupuestal Publica y el Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal y en su articulo 2° se establecid el siguiente ambito de aplicacidn: "El Regimen de Contabilidad RES0LUCI6N reglamentaria organica NUMERO: REG-ORG0 048 3 0 JUN. 2021
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Por la cual se modifica el plazo para la aplicacion del Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP) a los particulares que manejen fondos o bienes Publicos, se adopta la Version 3.0 del Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal (ClCP), se prorroga el termino para el reporte de la programacion y ejecucion del presupuesto ordinario y del presupuesto del Sistema General de Regalias, para el primer y segundo trimestre de la vigencia 2021, y se autoriza la apertura de la plataforma CHIP de las categorias CGR Presupuestal, CGR Regalias y CGR Personal y Costos de la vigencia 2020. Presupuestal Publica( RCPP) y el Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal “(CICP)”, aplica a las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nacion, a los organos autonomos Constitucionales, a las entidades descentralizadas territorialmente o por servicios de cualquier orden, a los organismos de control fiscal, a los particulares que manejen fondos o bienes de la Nacion en relacion a dichos fondos o bienes, a los fondos sin personeria jun'dica denominados Especiales o
Cuenta creados por ley o con autorizacion de esta, al Banco de la Republica y a las entidades recaudadoras, receptoras y ejecutoras del Sistema General de Regalias. La informacion presupuestal a la que se refiere la Resolucion Reglamentaria Organica 035 de 2020, o la que la sustituya, modifique o derogue, se debe reportar al Consolidador de Hacienda e Informacion Publica (CHIP) con base en el Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP) y en el Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal (CICP)”. Que en el “Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP)", adoptado mediante la Resolucion REG-ORG No. 0040 de 2020, establecio que la contabilidad presupuestal de las entidades publicas y de los particulares que manejen fondos o bienes de la Nacion en relacion a dichos fondos o bienes, se debe llevar de conformidad con el principio de caja: “Por regia general la ejecucion del presupuesto de ingresos se efectua aplicando como criterio de registro contable la base de efectivo o caja. En aplicacion de este criterio los eventos se contabilizan en el momento en que se produce la corriente monetaria, esto es, cuando se produce la entrada de recursos financieros a su tesoren'a”. Que la Contralon'a Delegada para Economia y Finanzas Publicas, en mesas de trabajo realizadas a iniciativa de algunos particulares que manejen fondos o bienes de la Nacion, evidencio que estos vienen utilizando en su contabilidad el principio de “Devengo” y se hace necesario otorgar un plazo prudencial para que adecuen su contabilidad al principio de “caja”, y puedan as! dar cumplimiento al articulo 4° de la REG-ORG No. 0040 de 2020, modificado
por el articulo 2° de la Resolucion REG-QRG-0045-2020, en lo relacionado con la aplicacion del Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica “(RCPP)”. Que el Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal -CICPversion 2, adoptado mediante Resolucion Reglamentaria Organica 0046 del 9 de febrero de 2021, por su naturaleza dinamica debe ser actualizado por lo cual se hace necesario adoptar la version 3.0 de dicho Catalogo. Que se han presentado imprevistos en la parametrizacion de las categorias para la rendicion de la informacion del presupuesto ordinario y del Sistema General de Regalias, por lo cual se hace necesario ampliar los plazos para su presentacion, previstos en los articulos 20 y 30 de la Resolucion Reglamentaria Organica 035 de 2020. Que algunas entidades publicas han manifestado que por circunstancias de fuerza mayor originadas en la pandemia del COVID 19, se les presentaron dificultades para el reporte de las categorias: CGR_ Presupuestal, CGR Sistema General de Regalias y CGR Personal y Costos, RESOLUCION REGLAMENTARIA ORGANICA NUMERO: REG-ORG0 04 8 3 0 JUN. 2021
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Porla cual se modifica el plazo para la aplicacion del Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP) a los particulares que manejen fondos o bienes Publicos, se adopta la Version 3.0 del Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal (CICP), se prorroga el termino para el reporte de la programacion y ejecucidn del presupuesto ordinario y del
presupuesto del Sistema General de Regalias, para el primer y segundo trimestre de la vigencia 2021, y se autoriza la aperiura de la plataforma CHIP de las categorias CGR Presupuestal, CGR Regalias y CGR Personal y Costos de la vigencia 2020. y en otros casos, para solicitar oportunamente la apertura de la plataforma para realizar correcciones a la informacion reportada, correspondiente al cuarto trimestre de la vigencia 2020 y la anual para personal y costos, motive por el cual se procedera a autorizar la apertura de la plataforma (CHIP). En merito de lo expuesto RESUELVE ARTICULO 1°. Adicionar un paragrafo al articulo 4° de la Resolucion REG-ORG No. 0040 de 2020, modificado por el articulo 2° de la Resolucion REG-ORG-0045-2020, el cual quedara asi: asi: "ARTICULO 4°. APLICACION. La aplicacion del Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP) y el Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal (CICP) se exigira para la programacion y ejecucidn del presupuesto de la vigencia 2021 y siguientes. Paragrafo Primero Transitorio. Entidades del Presupuesto General del Sector Publico. Las entidades que conforman el Presupuesto General del Sector Publico, para la vigencia fiscal de 2020, rendiran a la Contraloria General de la Republica su informacion presupuestal en el clasificador presupuestal en el cual vienen rindiendo hasta la fecha. Paragrafo Segundo Transitorio. Las entidades que por las causas mencionadas en la parte considerativa de la Resolucion Reglamentaria Organica No. 0040 de 2020. no puedan aplicar el Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP) y el Catalogo Integrado de Clasificacion
Presupuestal (CICP) para la programacion y ejecucidn del presupuesto de la vigencia 2021, para efectos de la rendicidn de informacion deberan para dicha vigencia, homologar las cuentas del catalogo que utilicen en la actualidad, con las del CICP. PARAGRAFO Tercero. La aplicacion del Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP), con el principio de caja, para los particulares que manejen fondos o bienes publicos, se exigira para la programacion y ejecucidn del presupuesto, a partir de la vigencia 2023. Lo anterior, sin perjuicio de que el reporte de la informacion presupuestal, para la programacion y ejecucidn del presupuesto de la vigencia de 2021 y 2022, se haga con el principio de caja o de devengo.” RESOLUCION REGLAMENTARIA ORGANICA NUMERO: REG-ORG0 04 8 3 0 JUN. 20ZI
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Por la cual se modified el plazo para la aplicacion del Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP) a los particulares que manejen fondos o bienes Publicos, se adopta la Version 3.0 del Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal (CICP), se prorroga el termino para el reporte de la programacion y ejecucion del presupuesto ordinario y del presupuesto del Sistema General de Regalias, para el primer y segundo trimestre de la vigencia 2021, y se autoriza la apertura de la plataforma CHIP de las categorlas CGR Presupuestal, CGR Regalias y CGR Personal y Costos
de la vigencia 2020. ARTICULO 2°. REPORTE DE LA INFORMACI6N DEL PRIMER TRIMESTRE DE LA VIGENCIA 2021 DEL SISTEMA GENERAL DE REGALIAS. El termino para el reporte de la informacion del Sistema General de Regalias, correspondiente al primer trimestre del primer ano del bienio, 2021-2022 es hasta el dia treinta (30) de julio de 2021 a las 11:59:00 p.m. ARTICULO 3°. REPORTE DE INFORMACION DEL SEGUNDO TRIMESTRE DE LA VIGENCIA 2021 DEL SISTEMA GENERAL DE REGALIAS. El termino para el reporte de la informacion del Sistema General de Regalias, correspondiente al segundo trimestre, del primer ano del bienio 2021-2022, sera la acumulada del periodo comprendido entre el 1 de enero hasta el 30 de junio, con plazo de reporte hasta el dia treinta (30) de agosto de 2021 a las 11:59:00 p.m. Arti'culo 4°. REPORTE DE LA INFORMACION DEL PRESUPUESTO ORDINARIO PARA EL PRIMER TRIMESTRE DE LA VIGENCIA 2021. El termino para el reporte de la informacion del primer trimestre de la vigencia 2021, a la que se refieren los articulos 15, inciso segundo, 16, 17, 18, 19, de la Resolucion REG-ORG 035 de 2020, sera hasta el dia treinta (30) de julio de 2021 a las 11:59:00 p.m. Arti'culo 5°. REPORTE DE LA INFORMACION DEL PRESUPUESTO ORDINARIO PARA EL SEGUNDO TRIMESTRE DE LA VIGENCIA 2021. El termino para el reporte de la informacion
del segundo trimestre de la vigencia 2021, a la que se refieren los articulos 15, inciso segundo, 16, 17, 18, 19, de la Resolucion REG-ORG 035 de 2020, sera la acumulada del periodo comprendido entre el 1 de enero hasta el 30 de junio, con plazo de reporte hasta el dia treinta (30) de agosto de 2021 a las 11:59:00 p.m.
ARTICULO 6°. CATALOGO INTEGRADO DE CLASIFICACION PRESUPUESTAL (CICP).
Adoptar la version Numero 3.0 del Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal (CICP), el cual forma parte integral de esta Resolucion y sustituye la version 2.0 del Catalogo Integrado de Clasificacion Presupuestal (CICP). Arti'culo 7°. APERTURA DE LA PLATAFORMA CHIP. Autorizar la apertura de las categorlas CGR presupuestal y CGR Regalias, con el objetivo de que las entidades que no reportaron la informacion del cuarto trimestre de la vigencia 2020, o la reportaron con inconsistencias, en el plazo establecido en la resolucion REG-ORG 0035 de 2020, la reporten o realicen ajustes en el periodo comprendido entre el dia 2 de julio y el 6 de julio del ano 2021, hasta las 11:59 p.m. ARTICULO 8°. Autorizar la apertura de la categorla CGR Personal y Costos, con el objetivo de que las entidades que no reportaron la informacion de la vigencia 2020, en el plazo
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Por la cual se modified el plazo para la aplicacior del Regimen de Contabilidad Presupuestal Publica (RCPP) a los particulares que manejen fondos o bienes Publicos, se adopta la Version 3.0 del Catalogo Integrado de Clasificacidn Presupuestal (CICP), se prorroga el termino para el reporte de la programacion y ejecucion del presupuesto ordinario y del presupuesto del Sistema General de Regalias, para el primer y segundo trimestre de la vigencia 2021, y se autoriza la apertura de la plataforma CHIP de las categorias CGR Presupuestal. CGR Regalias y CGR Personal y Costos de la vigencia 2020. establecido en la resolucion REG-ORG 0035 de 2020, la reporten en el periodo comprendido entre el di'a 2 de julio y el 6 de julio del ano 2021, hasta las 11:59 p.m. Arti'culo 9°. DIVULGACION. Para efectos de su divulgacion y consulta, esta Resolucion y el Catalogo Integrado de Clasificacidn Presupuestal (CICP) version 3.0 que se adopta con la misma seran publicados en el Diario Oficial y en el portal institucional Web de la Contraloria General de la Republica. Arti'culo 10°. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolucion y los documentos que hacen parte integral de la misma rigen a partir de la fecha de su publicacidn en el Diario Oficial, adiciona un paragrafo al arti'culo 4° de la Resolucion REG-ORG No. 0040 de 2020, modificado
por el arti'culo 2° de la Resolucion REG-ORG-0045-2020, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogota D. C., a los p€Ij^c6rj CARI Contralor General fie la Republica 1 • 7 ZJ 3 0 JUN. 2021 Publicada en el Diario Oficial No:
Aprobo: Julian Mauricio
Rui^oarfs^-^Ticecontralor / Director Oficina Jurfdica (E).
Aprobaron: CARL OSDAVI DCASTIL LOARB ELAEZ,C on tralorDel eg adoParaEc onomlayFinanzasPOblicas.
LIBIAYOLIMAPOVEDARIANO.DirectoradeCuentasyEstadfsticasFiscales. Proyectaron FREDYCfiSPEDESVILLA.AsesordegestionContraloriaDelegadaparaEconomlayFinanzasPiiblicas IVANAGU IRREACEV EDO.A sesordegestidnContraloriaDelegadaparaEconomlayFinanzasPOblicas HECTOROS W ALDOA MAYATOV AR CoordinadordegestidnContraloriaDelegadaparaEconomlayFinanzasPOblicas Validacion en el contexto del SIGECI: Vanessa Vardn Garrido. Directora Oficina de Planeacidn Jose Neheman Gomez Lozada, Asesor de Gestion
Reviso: Lucenith Munoz Arenas. Oficina Juridica