CIADI - Laudo Caso ARB 10-5 de 2015
CIADI
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Detalles
- Título
- CIADI - Laudo Caso ARB 10-5 de 2015
- Autor
- CIADI
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- MASC
- Año
- 2015
Caso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela
Caso CIADI No. ARB/10/5
(1) TIDEWATER INVESTMENT SRL
(2) TIDEWATER CARIBE, C.A.
Demandantes –y–
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Demandada _____________________________________________
LAUDO _____________________________________________
dictado por
Profesor Campbell McLachlan QC, Presidente Dr. Andrés Rigo Sureda, Árbitro Profesora Brigitte Stern, Árbitro
Secretario del Tribunal
Sr. Marco Tulio Montañés-Rumayor
En representación de Tidewater Sr. Miguel López Forastier Sr. Thomas L Cubbage III Sr. Alexander A. Berengaut Sr. Daniel E. Matro y Sra. Gisselle S. Bourns
COVINGTON & BURLING LLP
850 Tenth Street, N.W. Washington, D.C. 20001-4956
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Sr. Bruce Lundstrom
TIDEWATER INC.
6002 Rogerdale Road Suite 600 Houston, Texas 77072
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
En representación de Venezuela Dr. Reinaldo Enrique Muñoz Pedroza Procuraduría General de la República Av. Los Ilustres cruce con calle Francisco Laze Martí. Edificio Procuraduría General de la República. Piso 8. Urb. Santa Mónica. Caracas 1040,
VENEZUELA
Sr. George Kahale III Sra. Miriam K. Harwood Sr. Ben Preziosi Sra. Gabriela Álvarez Ávila
Urb. Santa Mónica. Caracas 1040,
VENEZUELA
Sr. George Kahale III Sra. Miriam K. Harwood Sr. Ben Preziosi Sra. Gabriela Álvarez Ávila Sra. Claudia Frutos-Peterson Sr. Eloy Barbará de Parres
CURTIS, MALLET-PREVOST, COLT & MOSLE LLP
101 Park Avenue Nueva York, NY 10178
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Fecha de envío a las Partes: 13 de marzo de 2015Caso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela
GLOSARIO DE TÉRMINOS DEFINIDOS .................................................................................... ii ÍNDICE DE CASOS ................................................................................................................ iv I INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 1 A Solicitud de Arbitraje ......................................................................................................... 1 B Antecedentes procesales ................................................................................................... 1 C Antecedentes de hecho ..................................................................................................... 4
II ALEGACIONES DE LAS PARTES ....................................................................................... 8
A Responsabilidad ................................................................................................................. 8
1. Introducción ................................................................................................................... 8
2. El alcance de la expropiación ......................................................................................... 9
3. Si la expropiación fue lícita o ilícita .............................................................................. 13
4. Otras violaciones del TBI con Barbados ....................................................................... 17
B Indemnización .................................................................................................................. 18
1. Estándar de indemnización y fecha para la estimación de la indemnización ............. 19
2. Método de valuación ................................................................................................... 21
3. Elementos del avalúo ................................................................................................... 22
4. Intereses ...................................................................................................................... 32
III EL ANÁLISIS DEL TRIBUNAL ......................................................................................... 33
A Responsabilidad ............................................................................................................... 33
1. Expropiación ................................................................................................................ 35
2. Otros causas del reclamo ............................................................................................. 56
4. Intereses ...................................................................................................................... 32
III EL ANÁLISIS DEL TRIBUNAL ......................................................................................... 33
A Responsabilidad ............................................................................................................... 33
1. Expropiación ................................................................................................................ 35
2. Otros causas del reclamo ............................................................................................. 56
B Compensación ................................................................................................................. 57
1. Estándar de compensación .......................................................................................... 57
2. Fecha de avalúo ........................................................................................................... 59
3. Método apropiado para el cálculo del valor justo de mercado .................................. 61
4. Elementos del análisis valuatorio DCF ......................................................................... 63
C Intereses .......................................................................................................................... 75 D Costas ............................................................................................................................... 77 IV LAUDO ....................................................................................................................... 80 iCaso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela
GLOSARIO DE TÉRMINOS DEFINIDOS
Astivenca Astilleros de Venezuela, C.A. TBI con Barbados Acuerdo entre el Gobierno de la República de Venezuela y el Gobierno de Barbados para la promoción y protección de inversiones (suscripto el día 15 de julio de 19 94, en vigor desde el día 31 de octubre de 1995), 1984 UNTS 181 (An. C-10) Brailovsky/ Flores 1 / 2 Primer Informe Pericial sobre Valuación preparado por Vladimir Brailovsky y Daniel Flores (24 de octubre de 2013) y Segundo Informe (24 de abril de 2014) Presentación Brailovsky 1 Presentación sobre Enfoque Valuatorio, Tasa de Descuento e Intereses Anteriores al Laudo (10 de junio de 2014) Demandantes o Tidewater Tidewater Investment SRL y Tidewater Caribe, C.A. Contrato Corocoro Contrato CO-067 (Ex. C-22) Contrato Cardón Ex. C-86.
Demandantes o Tidewater Tidewater Investment SRL y Tidewater Caribe, C.A. Contrato Corocoro Contrato CO-067 (Ex. C-22) Contrato Cardón Ex. C-86. CVP Corporación Venezolana del Petróleo SA, filial totalmente controlada por PDVSA Figuera 1 / 2 Testimonio Directo de Rubén Figuera (24 de octubre de 2013) y Segundo Testimonio Directo (24 de abril de 2014) Presentación Flores 1 Presentación de PowerPoint adjunta al testimonio directo del Dr. Flores (11 de junio de 2014) Respuestas de Brailovsky/Flores a Preguntas Presentación de PowerPoint: Respuestas de los Expertos de la Demandada a las Preguntas del Tribunal (12 de junio de 2014) Gulmar Offshore Gulmar Offshore Middle East L.L.C. Ley de Inversiones Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Promoción y Protección de Inversiones, de fecha 3 de octubre de 1999 (publicado en la Gaceta Oficial N.º 5.390 de fecha 22 de octubre de 1999) Kehoe 1 / 2 Testimonio Directo de Gerard P. Kehoe (29 de julio de 2013) y Segundo Testimonio Directo (22 de enero de 2014) La Cañada La Cañada, municipio ubicado en la costa del lago de Maracaibo, Venezuela, donde SEMARCA tenía su sede central Ministerio Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo iiCaso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela Navigant 1 / 2 Informe Pericial de Brent C. Kaczmarek para Navigant Consulting,
Ministerio Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo iiCaso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela Navigant 1 / 2 Informe Pericial de Brent C. Kaczmarek para Navigant Consulting, Inc. (29 de julio de 2013) y Segundo Informe Pericial (24 de enero de 2014) Presentación Navigant 1 Presentación de PowerPoint adjunta al testimonio directo del Sr. Kaczmarek (10 de junio de 2014) Respuestas de Navigant a Preguntas Presentación de PowerPoint: Respuestas a las Preguntas del Tribunal de fecha 11 de junio de 2014 (12 de junio de 2014) PDVSA Petróleos de Venezuela, S.A. PDVSA Petróleo PDVSA Petróleo, S.A. PetroSucre PetroSucre, S.A. Solicitud Solicitud de Arbitraje Modificada de fecha 1 de marzo de 2013 Ley de Reserva Ley Orgánica que Reserva al Estado Bienes y Servicios Conexos a las Actividades Primarias de Hidrocarburos (7 de mayo de 2009) (An. RL1) Demandada o Venezuela La República Bolivariana de Venezuela Resolución N.º 51 Resolución N.º 51 del Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo (8 de mayo de 2009) (An. RL-7) SEMARCA Tidewater Marine Service, C.A. Empresa SEMARCA El valor del capital de las Demandantes en SEMARCA junto con la Sede Central de SEMARCA ubicada en La Cañada (Memorial [96]) Servipica Guanta Consult, C.A. y Servicios Picardi, C.A. Contrato de Barcazas (Contrato N.º 4627) (An. R-87)
Sede Central de SEMARCA ubicada en La Cañada (Memorial [96]) Servipica Guanta Consult, C.A. y Servicios Picardi, C.A. Contrato de Barcazas (Contrato N.º 4627) (An. R-87) Tidewater Caribe o Segunda Demandante Tidewater Caribe, C.A. Tidewater Barbados o Primera Demandante Tidewater Investment SRL Contrato de Remolcadores (Contrato N.º 8027) (An. R-86) Wells 1 / 2 Informe Pericial del Prof. Louis T. Wells (24 de octubre de 2013) y Segundo Informe Pericial (24 de abril de 2014) Directrices del Banco Mundial Directrices del Banco Mundial sobre el Tratamiento de la Inversión Extranjera Directa de 1992 (CL-152) iiiCaso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela
ÍNDICE DE CASOS
ADC c. Hungría ADC Affiliate Ltd c. Hungría, Caso CIADI N.º ARB/03/16 (Laudo, 2 de octubre de 2006) 15 ICSID Rep 539 AIG c. Irán American International Group, Inc c. República Islámica de Irán (Laudo, 19 de diciembre de 1983) 4 Iran-US CTR 96 Amco Asia c. Indonesia II Amco Asia Corp c. República de Indonesia , Caso CIADI N.º ARB/81/1 (Laudo sobre el Fondo en el Marco de una Nueva Sumisión, 31 de mayo de 1990) 89 ILR 580 Amoco Amoco International Finance Corp c. República Islámica de Irán (Laudo Parcial, 14 de julio de 1987) 15 Iran-US CTR 189
mayo de 1990) 89 ILR 580 Amoco Amoco International Finance Corp c. República Islámica de Irán (Laudo Parcial, 14 de julio de 1987) 15 Iran-US CTR 189 AMT c. Zaire American Manufacturing & Trading, Inc c. Zaire, Caso CIADI N.º ARB/93/1 (Laudo, 21 de febrero de 1997) 5 ICSID Rep 14 Burlington c. Ecuador Burlington Resources Inc c. Ecuador, Caso CIADI N.º ARB/08/5 (Decisión sobre Responsabilidad, 14 de diciembre de 2012) Chevron c. Ecuador Chevron Corp c. Ecuador, Caso CNUDMI (Laudo Parcial sobre el Fondo, 30 de marzo de 2010) Fábrica de Chorzów Fábrica de Chorzów (Alemania c. Polonia) (Fondo) (1928) PCIJ Rep Ser A N.º 17 CMS c. Argentina CMS Gas Transmission Company c. Argentina, Caso CIADI N.º ARB/01/8 (Laudo, 12 de mayo de 2005) Continental Casualty c. Argentina Continental Casualty Co c. Argentina, Caso CIADI N.º ARB/03/9 (Decisión sobre Jurisdicción, 22 de febrero de 2006) Duke c. Perú Duke Energy International Peru Investments No 1 Ltd c. Perú, Caso CIADI N.º ARB/03/28 (Decisión sobre Anulación, 1 de marzo de 2011) Emmis c. Hungría Emmis International Holding BV c. Hungría, Caso CIADI N.º ARB/12/2 (Laudo, 16 de abril de 2014) Enron c. Argentina Enron Corp y Ponderosa Assets LP c. Argentina, Caso CIADI N.º
Emmis c. Hungría Emmis International Holding BV c. Hungría, Caso CIADI N.º ARB/12/2 (Laudo, 16 de abril de 2014) Enron c. Argentina Enron Corp y Ponderosa Assets LP c. Argentina, Caso CIADI N.º ARB/01/3 (Laudo, 22 de mayo de 2007) Funnekotter c. Zimbabwe Funnekotter c. República de Zimbabwe , Caso CIADI N.º ARB/05/6 (Laudo, 22 de abril de 2009) Goetz c. Burundi Antoine Goetz c. Burundi, Caso CIADI N.º ARB/95/3 (Laudo, 10 de febrero de 1999) 6 ICSID Rep 3
ivCaso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela Himpurna c. PT (Persero) Himpurna California Energy Ltd (Bermudas) c. PT (Persero) Perusahaan Listruik Negara (Indonesia) (Laudo Definitivo, 4 de mayo de 1999) XXV Ybk Comm Arb 11 Lemire c. Ucrania Joseph Charles Lemire c. Ucrania, Caso CIADI N.º ARB/06/18 (Laudo, 28 de marzo de 2011) LIAMCO Libyan American Oil Company (LIAMCO) c. Libia (Laudo, 12 de abril de 1977) 20 ILM 1 Merrill & Ring c. Canadá Merrill & Ring Forestry LP c. Canadá (Laudo, 31 de marzo de 2010) Metalclad c. México Metalclad Corporation c. México, Caso CIADI N.º ARB(AF)/97/1 (Laudo, 25 de agosto de 2000) 5 ICSID Rep 212 Middle East Cement c. Egipto
Metalclad c. México Metalclad Corporation c. México, Caso CIADI N.º ARB(AF)/97/1 (Laudo, 25 de agosto de 2000) 5 ICSID Rep 212 Middle East Cement c. Egipto Middle East Cement S hipping & Handling Co SA c. Egipto, Caso CIADI N.º ARB/99/6 (Laudo, 12 de abril de 2002) 7 ICSID Rep 178 Mobil Cerro Negro c. PDVSA Mobil Cerro Negro Ltd c. Petróleos de Venezuela SA y PDVSA Cerro Negro SA, Caso CCI N.º 15416/JRF/CA (Laudo Definitivo, 23 de diciembre de 2011) Mondev c. Estados Unidos Mondev International Ltd c. Estados Unidos de América, Caso CIADI N.º ARB(AF)/99/2 (Laudo, 11 de octubre de 2002) 6 ICSID Rep 192 Demandas de las Navieras Noruegas Demandas de las Navieras Noruegas (Noruega c. Estados Unidos), CPA (Laudo, 13 de octubre de 1922), 1 RIAA 307 Plataformas Petrolíferas Plataformas Petrolíferas (República Islámica de Irán c. Estados Unidos de América) (Excepciones Preliminares) [1996] ICJ Rep 803 Patuha c. PT (Persero) Patuha Power Ltd c. PT (Persero) Perusahaan Listruik Negara (Laudo Definitivo, 4 de mayo de 1999) Papamichalopoulos c. Grecia Papamichalopoulos y Otros c. Grecia, ECHR Ser A, Vol 330-B (Fallo, 31 de octubre de 1995) Phoenix Action c.
Papamichalopoulos c. Grecia Papamichalopoulos y Otros c. Grecia, ECHR Ser A, Vol 330-B (Fallo, 31 de octubre de 1995) Phoenix Action c. República Checa Phoenix Actio n, Ltd c. República Checa, Caso CIADI N.º ARB/06/5 (Laudo, 15 de abril de 2009) Pope & Talbot c. Canadá Pope & Talbot Inc c. Canadá (Laudo Provisional, 26 de junio de 2000) 7 ICSID Rep 69 Quasar de Valores Quasar de Valores SICAV SA c. Federación Rusa, Caso CCE N.º 24/2007 (Laudo, 20 de julio de 2012) Rumeli c. Kazajstán Rumeli Telekom A/S c. Kazajstán, Caso CIADI N.º ARB/05/16 (Laudo, 21 de julio de 2008 ), confirmado: Decisión sobre Anulación, 25 de marzo de 2010 Santa Elena Compañia de Desarrollo de Santa Elena SA c. Costa Rica, Caso CIADI vCaso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela N.º ARB/96/1 (Laudo, 17 de febrero de 2000) Sapphire International Sapphire International Petroleums Ltd c. Natio nal Iranian Oil Co (Laudo) (1963) 35 ILR 136 Siemens c. Argentina Siemens AG c. Argentina , Caso CIADI N.º ARB/02/8 (Laudo, 6 de febrero de 2007) SPP c. Egipto Southern Pacific Properties (Middle East) Ltd c. Egipto, Caso CIADI N.º
Argentina Siemens AG c. Argentina , Caso CIADI N.º ARB/02/8 (Laudo, 6 de febrero de 2007) SPP c. Egipto Southern Pacific Properties (Middle East) Ltd c. Egipto, Caso CIADI N.º ARB/84/3 (Laudo, 20 de mayo de 1992) 3 ICSID Rep 195 Tecmed c. México Técnicas Medioambientales Tecmed SA c. México, Caso CIADI N.º ARB(AF)/00/2 (Laudo, 29 de mayo de 2003) 10 ICSID Rep 134 UPS c. Canadá United Parcel Service of America Inc c. Canadá (Laudo sobre Jurisdicción, 22 de noviembre de 2002) 7 ICSID Rep 285 Vivendi c. Argentina (Nueva Sumisión) Compañía de Aguas del Aconquija SA y Vivendi Universal SA c. Argentina, Caso CIADI N.º ARB/97/3 (Laudo, 20 de agosto de 2007) Wena Hotels c. Egipto Wena Hotels Ltd c. Eg ipto, Caso CIADI N.º ARB/98/4 (Laudo, 8 de diciembre de 2000) 6 ICSID Rep 89
viCaso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela
I INTRODUCCIÓN
A Solicitud de Arbitraje
1. El día 16 de febrero de 2010, Tidewater Inc., Tidewater Investment SRL, Tidewater Caribe, C.A., Twenty Grand Offshore, L.L.C., Point Marine, L.L.C., Twenty Grand Marine Service, L.L.C., Jackson Marine, L.L.C. y Zapata Gulf Marine Operators, L.L.C. presentaron una Solicitud de Arbitraje en virtud de las Reglas de Arbitraje CIADI en contra de la República
L.L.C., Jackson Marine, L.L.C. y Zapata Gulf Marine Operators, L.L.C. presentaron una Solicitud de Arbitraje en virtud de las Reglas de Arbitraje CIADI en contra de la República Bolivariana de Venezuela (Venezuela o Demandada).
2. El día 8 de febrero de 2013, el Tribunal emitió su Decisión sobre la Jurisdicción en la que resolvió que goza de jurisdicción sólo respecto de los reclamos planteados por Tidewater Investment SRL (Primera Demandante) y Tidewater Caribe, C.A. ( Segunda Demandante)
(en conjunto, Tidewater o Demandantes) de conformidad con el Artículo 8 del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Venezuela y el Gobierno de Barbados para la promoción y protección de inversiones de 1994 ( TBI con Barbados ). A la luz de dicha Decisión, las Demandantes presentaron una Solicitud de Arbitraje Modificada ( Solicitud) el día 1 de marzo de 2013.
3. La controversia se refiere a la inversión de las Demandantes en la prestación de servicios de soporte marítimo a la industria petrolera en Venezuela. Los antecedentes de hecho de la controversia se resumen en la Parte IC infra.
B Antecedentes procesales
4. Los antecedentes procesales del presente arbitraje hasta la Decisión sobre la Jurisdicción se repasan en dicha Decisión.
5. El día 7 de junio de 201 3, el Tribunal, con el consentimiento de las Partes, adoptó un calendario procesal a fin de determinar las etapas restantes del procedimiento.
6. Luego, las Partes intercambiaron los siguientes escritos sobre el fondo: a) El día 29 de j ulio de 2013, las Demandantes presentaron su Memorial sobre
calendario procesal a fin de determinar las etapas restantes del procedimiento.
6. Luego, las Partes intercambiaron los siguientes escritos sobre el fondo: a) El día 29 de j ulio de 2013, las Demandantes presentaron su Memorial sobre el Fondo, junto con una declaración testimonial del Sr. Gerald P. Kehoe
(Vicepresidente y, posteriormente, Vicepresidente Principal de Tidewater, 1Caso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela Inc. durante el período pertinente) y un informe p ericial preparado por el Sr. Brent C. Kaczmarek (de Navigant Consulting, Inc). b) El día 25 de octubre de 2013, la Demandada presentó su Memorial de Contestación sobre el Fondo, junto con una declaración testimonial del Sr. Rubén Figuera (ex -Gerente General d e Empresas Mixtas Costa Afuera en Corporación Venezolana del Petróleo, S.A. ( CVP), subsidiaria de PDVSA), un informe pericial del Profesor Louis T. Wells (Profesor Emérito Herbert F. Johnson de Gestión Internacional, Escuela de Negocios de Harvard) y un informe pericial del Sr. Vladimir Brailovsky y del Dr. Daniel Flores (de Economía Aplicada, S.C. y Econ One Research, Inc, respectivamente). c) El día 25 de enero de 2014, las Demandantes presentaron su Réplica sobre el Fondo, junto con la segunda declaración testimonial del Sr. Kehoe y el segundo informe pericial del Sr. Kaczmarek. d) El día 25 de abril de 2014, la Demandada presentó su Dúplica sobre el Fondo, junto con la segunda declaración testimonial del Sr. Figuera, el segundo informe pericial del Prof. Wells y el segundo informe pericial del Sr. Brailovsky y del Dr. Flores.
junto con la segunda declaración testimonial del Sr. Figuera, el segundo informe pericial del Prof. Wells y el segundo informe pericial del Sr. Brailovsky y del Dr. Flores.
7. El día 8 de noviembre de 2014 , las Demandantes informaron al Tribunal del acuerdo de las Partes de no presentar solicitudes de producción de documentos ante el Tribunal.
8. El día 20 de may o de 2014, en respuesta a una solicitud del Tribunal, las Partes comunicaron el alcance de su acuerdo en cuanto a la organización de la audiencia sobre el fondo, incluidos el calendario de la audiencia y el orden de los testigos.
9. El día 21 de mayo de 2014, las Demandantes solicitaron autorización para incorporar al expediente los anexos adicionales C -250 a C -261. El día 23 de mayo de 2014, la Demandada confirmó que ya no se oponía a la admisión de dichos documentos.
10. En la misma fecha, el Tribunal resolvió las cuestiones pendientes relativas a la organización de la audiencia y le comunicó su decisión sobre estos asuntos a las Partes.
11. La audiencia sobre el fondo se celebró entre los días 9 y 12 de junio de 2014 en la sede
del Centro ubicada en Washington, D.C. Las siguientes personas participaron de la audiencia: 2Caso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela
Tribunal Profesor Campbell McLachlan QC (Presidente) Dr. Andrés Rigo Sureda Profesora Brigitte Stern
Sr. Marco Tulio Montañés-Rumayor (Secretario)
Demandantes
Abogados (Covington & Burling) Sr. Miguel López Forastier Sr. Thomas (T.L.) Cubbage Sr. Alexander Berengaut Sr. Daniel Matro
Sr. Marco Tulio Montañés-Rumayor (Secretario)
Demandantes
Abogados (Covington & Burling) Sr. Miguel López Forastier Sr. Thomas (T.L.) Cubbage Sr. Alexander Berengaut Sr. Daniel Matro Sra. Gisselle Bourns Sr. Felipe Nazar Pagani Sra. Ana María Matías (asistente legal) Sr. Jorge García (asistente legal)
Partes: Sr. Jeffrey Gorski
Sr. Bruce Lundstrom Sr. Matthew Mancheski Sr. Chris Ogle
Testigo(s): Sr. Gerard Kehoe
Experto(s): Sr. Brent Kaczmarek Sra. Isabel Kunsman Sra. Sarah Sherman Sr. Matt Shopp
Demandada
Abogados (Curtis, Mallet-Prevost, Colt & Mosle LLP) Sr. George Kahale, III Sra. Miriam Harwood Sra. Gabriela Álvarez Ávila Sr. Eloy Barbará de Parres Sra. Claudia Frutos-Peterson Sr. Simon Batifort Sra. Arianna Sánchez Sr. Carlos Guzmán Sra. Gloria Díaz-Bujan Sr. Francisco Sánchez Sr. Ali Topaloglu Sr. Herbert Tapia 3Caso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela
Partes: Dr. Joaquín Parra
Dr. Álvaro Silva Calderón Dra. Natalia Linares Dra. Moreeliec Peña
Testigo(s): Sr. Rubén Figuera
Experto(s): Lic. Vladimir Brailovsky Prof. Louis T. Wells, Jr. Dr. Daniel Flores Sr. Andrea Cardani Sr. Jordan Heim
Estenógrafos
Testigo(s): Sr. Rubén Figuera
Experto(s): Lic. Vladimir Brailovsky Prof. Louis T. Wells, Jr. Dr. Daniel Flores Sr. Andrea Cardani Sr. Jordan Heim
Estenógrafos
Sra. Liliana Avalos de Bulgarelli Sr. David Kasdan
Intérpretes
Sra. Silvia Colla Sr. Daniel Giglio Sra. Judith Leandre
12. El día 13 de junio de 2014, el Tribunal procedió a una deliberación preliminar en
Washington, D.C. Posteriormente, deliberó a través de diversos medios.
C Antecedentes de hecho
13. El grupo Tidewater fue fundado en el año 1956 a fin de prestar servicio s de transporte marítimo en el Golfo de México1. Comenzó sus operaciones en Venezuela en el año 1958, mediante la adquisición de la empresa actualmente denominada T idewater Marine Service, C.A. ( SEMARCA), sociedad constituida de conformidad con la legislación de Venezuela2. Cuando tuvieron lugar los sucesos que constituyen el objeto del presente 1 Memorial, [13]. 2 Memorial, [14].
4Caso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela arbitraje, Tidewater había estado operando en forma continua en Venezuel a desde el año 1958.
14. Con anterioridad al mes de mayo de 2009, SEMARCA era propiedad de la Segunda Demandante, Tidewater Caribe, C.A. ( Tidewater Caribe ), sociedad constituida en Venezuela. Luego de una reorganización societaria que tuvo lugar el día 9 de ma rzo de 2009, Tidewater Caribe, a su vez, se convirtió en propiedad de la Primera Demandante,
Venezuela. Luego de una reorganización societaria que tuvo lugar el día 9 de ma rzo de 2009, Tidewater Caribe, a su vez, se convirtió en propiedad de la Primera Demandante, Tidewater Investment SRL, sociedad constituida en Barbados. Cada una de las empresas demandantes forman parte del grupo empresario Tidewater, que, en definitiva, es propiedad de Tidewater, Inc, sociedad constituida en los Estados Unidos.
15. SEMARCA tenía su sede central en el municipio de La Cañada, ubicado en la costa occidental del lago de Maracaibo. Tidewater Caribe era propietaria de la parcela de terreno utilizada por SEMARCA a tal efecto
3.
16. La industria petrolera de Venezuela fue nacionalizada en 1975. A partir de ese momento, la empresa petrolera estatal venezolana Petróleos de Venezuela, S.A. ( PDVSA) y sus filiales parcial o totalmente controladas , contrataron a empresas privadas para brindar apoyo a la industria petrolera en el país. Entre dichas filiales se encontraban tres empresas relevantes para el caso que nos ocupa: Corporación Venezolana del Petróleo SA (CVP), PDVSA Petróleo, S.A. (PDVSA Petróleo) y PetroSucre, S.A. (PetroSucre).
17. SEMARCA prestó sus servicios de soporte marítimo en virtud de un contrato tanto a
PDVSA Petróleo como a PetroSucre.
18. En principio, las operaciones de SEMARCA se limitaron al propio lago de Maracaibo.
19. A partir de fines de la década d e 1990, SEMARCA expandió sus operaciones a regiones costa afuera, incluido el Golfo de Paria ubicado cerca de la costa noroeste de Venezuela.
20. A pesar de haber operado en Venezuela durante muchos años, SEMARCA no tenía un
costa afuera, incluido el Golfo de Paria ubicado cerca de la costa noroeste de Venezuela.
20. A pesar de haber operado en Venezuela durante muchos años, SEMARCA no tenía un contrato general de concesión con P DVSA o sus filiales . En su lugar, operaba sobre la base de una cuenta corriente a través de contratos de fletamento a corto plazo: contratos frecuentes con varios meses de duración que se prorrogaban en forma periódica
4. Las Partes coinciden en que, al mom ento de la confiscación de los activos de 3 Memorial, [16], que cita Ex C-190. El resto de la parcela de terreno era (y continúa siendo) arrendado a un tercero: Memorial, [17]. 4 Tal como se destacara en la Decisión sobre la Jurisdicción, [153]; Memorial, [20], que cita Kehoe 1, [15] -
[16]. 5Caso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela las Demandantes, SEMARCA pres taba sus servicios tanto en el L ago de Maracaibo como en el Golfo de Paria, en virtud de cuatro contratos a corto plazo5: a) Lago de Maracaibo : SEMARCA le prestaba servicios de soporte marítimo a PDVSA Petróleo conforme a dos contratos de fletamento a plazo determinado: i) el denominado Contrato de Remolcadores (Contrato N.º 8027); y ii) el Contrato de Barcazas (Contrato N.º 4627)6. b) Costa afuera: i) SEMARCA le había fletado cuatro buques a PetroSucre a fin de brindar apoyo a las operaciones en el marco del Proyecto Corocoro en la zona occidental del G olfo de Paria (el Contrato Corocoro )7; y ii) SEMARCA
de brindar apoyo a las operaciones en el marco del Proyecto Corocoro en la zona occidental del G olfo de Paria (el Contrato Corocoro )7; y ii) SEMARCA tenía un contrato a corto plazo con Chevron Cardón III, S.A. a fin de que dos buques le brindaran apoyo a sus operaciones en el bloque Cardón III del Proyecto Rafael Urdaneta al norte del lago de Maracaibo (el Contrato Cardón)8.
21. Las Partes cuestionan la duración y el estado de dichos contratos a la fecha de la Ley de Reserva, cuestión que el Tribunal abordará más adelante.
22. Durante el período 2008 –2009, los precios mundiales del petróleo bajaron significativamente. PDVSA tuvo dificultades para cumplir sus obligaciones de pago con
SEMARCA9.
23. Tal como el Tribunal observó en la Decisión sobre la Jurisdicción, las cuentas por cobrar adeudadas a SEMARCA comenzaron a acumularse en el mes de junio de 200810. Al día 31 de mayo de 2009, el Informe Anual de Tidewater registraba que las cuentas por cobrar 5 Memorial, [25]-[29]; Memorial de Contestación, [40]. 6 Ex R-86 (Contrato de Remolcadores); Ex R-87 (Contrato de Barcazas).
7 Contrato CO-067 (Ex C-22). 8 Ex C-86. 9 Memorial de Contestación, [11]. 10 Véase Decisión sobre la Jurisdicción, [154] -[181]. Tal como se destacará infra, las conclusiones de hecho a las que arribó el Tribunal a efectos de determinar si las ex cepciones a la jurisdicción de la Demandada no son vinculantes respecto del Tribunal al momento de establecer los reclamos sobre el
hecho a las que arribó el Tribunal a efectos de determinar si las ex cepciones a la jurisdicción de la Demandada no son vinculantes respecto del Tribunal al momento de establecer los reclamos sobre el fondo de las Demandantes. No obstante, con sujeción a lo que sigue en el presente Laudo, dicho resumen describe los sucesos que derivaron en las confiscaciones y que dieron lugar al presente arbitraje. 6Caso CIADI No. ARB/10/5 Tidewater c. Venezuela adeudadas a SEMARCA ascendían aproximadamente a 40 millones de dólares estadounidenses11.
24. El día 7 de mayo de 2009, el Gobierno de Venezuela promulgó la Ley Orgánica que Reserva al Estado Bienes y Servicios Conexos a las Actividades Primarias de Hidrocarburos (Ley de Reserva)12. El día siguiente, 8 de mayo de 2009, el Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo emitió una resolución (Resolución N.º 51) que identificó a las Demandantes, junto con otros 38 prestadores de servicios, como sujetos a la Ley de Reserva13.
25. El mismo día, los activos de S EMARCA en el Lago de Maracaibo, incluidos su sede central ubicada en La Cañada y 11 buques, fueron confiscados 14. SEMARCA continuó prestand o servicios a PetroSucre en el Golfo de Paria luego de dicha confiscación, aunque, el día 12 de julio de 2009, los cua tro buques de las Demandantes asigna dos al Proyecto Corocoro en el G olfo de Paria también fueron confiscados 15. Las Partes disienten en cuanto al ámbito de aplicación de la Ley de Reserva, al alcance de las confiscaciones, y a la medida
en el G olfo de Paria también fueron confiscados 15. Las Partes disienten en cuanto al ámbito de aplicación de la Ley de Reserva, al alcance de las confiscaciones, y a la medida de los activo
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