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CIADI - Laudo Caso ARB 21-16 de 2025

CIADI

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Detalles

Título
CIADI - Laudo Caso ARB 21-16 de 2025
Autor
CIADI
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
MASC
Año
2025

CENTRO INTERNACIONAL DE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A INVERSIONES En el procedimiento de arbitraje entre RIVERSIDE COFFEE, LLC Demandante y

REPÚBLICA DE NICARAGUA

Demandada

Caso CIADI No. ARB/21/16

LAUDO Miembros del Tribunal Dr. Veijo HEISKANEN, Presidente Sr. Philippe COUVREUR, Árbitro Sra. Lucy GREENWOOD, Árbitro Secretaria del Tribunal Sra. Ana Constanza Conover Blancas Fecha de envío a las Partes: 17 de octubre de 2025i

REPRESENTACIÓN DE LAS PARTES

En representación de Riverside Coffee, LLC:

En representación de la República de Nicaragua: Prof. Barry Appleton Cristina Cardenas Lillian De Pena Joseph Garvey Appleton & Associates International Lawyers LP 121 Richmond St W, Suite 602 Toronto, ON M5H 2K1 Canadá

Edward Mullins Alan Bart Reed Smith LLP 200 South Biscayne Boulevard, Suite 2600, Miami, FL, 33131 Estados Unidos de América

William Hill Gunster PA 600 Brickell Ave., Suite 3500 Miami, FL 33131 Estados Unidos de América

Melva Jo Winger de Rondón Carlos Rondón Riverside Coffee, LLC

Sra. Wendy Morales Urbina Sr. Hernaldo Chamorro Procuraduría General de la República de Nicaragua Kilómetro 3 y 1/2, Carretera Sur Managua, Nicaragua

Sr. Erwin Ramirez Colindres Ministerio de Fomento, Industria y Comercio Kilómetro 6 Carretera Masaya frente a Camino de Oriente

Kilómetro 3 y 1/2, Carretera Sur Managua, Nicaragua

Sr. Erwin Ramirez Colindres Ministerio de Fomento, Industria y Comercio Kilómetro 6 Carretera Masaya frente a Camino de Oriente Managua, Nicaragua

Sra. Analía González Sr. Paul Levine Sra. Nahila Cortés Sr. James East Sr. Fabian Zetina Sra. Jillian Timko Sr. Diego Zúñiga BakerHostetler LLP 1050 Connecticut Avenue NW Suite 1100 Washington, DC 20036 Estados Unidos de América

Sr. Marco Molina Sr. Carlos Ramos-Mrosovsky BakerHostetler LLP 45 Rockefeller Plaza Nueva York, NY 10111 Estados Unidos de Américaii

ÍNDICE DE CONTENIDOS

I.

INTRODUCCIÓN ................................................................................................................. 1

II.

ANTECEDENTES PROCESALES ...................................................................................... 2

III. ANTECEDENTES DE HECHO ......................................................................................... 20

A. Los antecedentes de la invasión y ocupación de Hacienda Santa Fé ........................... 20

B. La invasión y ocupación de Hacienda Santa Fé y sus consecuencias .......................... 22

IV. LAS RECLAMACIONES Y LOS PETITORIOS DE LAS PARTES ................................ 30

A. El petitorio de la Demandante ...................................................................................... 30

B. El petitorio de la Demandada ....................................................................................... 33

V.

JURISDICCIÓN Y ADMISIBILIDAD ............................................................................... 35

A. Las posiciones de las Partes ......................................................................................... 36 (1) La posición de la Demandada ............................................................................... 36 (2) La posición de la Demandante .............................................................................. 40

B. El análisis del Tribunal ................................................................................................. 43

A. Las posiciones de las Partes ......................................................................................... 36 (1) La posición de la Demandada ............................................................................... 36 (2) La posición de la Demandante .............................................................................. 40

B. El análisis del Tribunal ................................................................................................. 43

VI. DEFENSAS PRELIMINARES DE LA DEMANDADA ................................................... 46

A. LA DEFENSA DE LA ATRIBUCIÓN .................................................................................... 47 (1) Las posiciones de las Partes .................................................................................. 47

a. La posición de la Demandada ....................................................................... 47 b. La posición de la Demandante ...................................................................... 52 (2) El análisis del Tribunal ......................................................................................... 55 a. Marco jurídico aplicable ................................................................................ 55 b. Si Prospera la Defensa de Atribución de la Demandada ............................... 57

B. La excepción de la seguridad nacional ......................................................................... 69 (1) Las posiciones de las Partes .................................................................................. 70

a. La posición de la Demandada ....................................................................... 70 b. La posición de la Demandante ...................................................................... 78 (2) El análisis del Tribunal ......................................................................................... 85 a. Estándar jurídico aplicable ............................................................................ 85 b. Si la Demandada invocó el Artículo 21.2(b) de buena fe.............................. 98

C. La defensa de las contiendas civiles de la Demandada en virtud del Artículo 10.6 del DR-CAFTA .................................................................................... 102iii

(1) Las posiciones de las Partes ................................................................................ 102 a. La posición de la Demandada ..................................................................... 102 b. La posición de la Demandante .................................................................... 104 (2) El análisis del Tribunal ....................................................................................... 105

VII. LAS RECLAMACIONES DE LA DEMANDANTE ....................................................... 107

A. Cuestiones preliminares ............................................................................................. 107

B. Supuesta violación del estándar de Protección y Seguridad Plenas ........................... 111 (1) Las posiciones de las Partes ................................................................................ 111

A. Cuestiones preliminares ............................................................................................. 107

B. Supuesta violación del estándar de Protección y Seguridad Plenas ........................... 111 (1) Las posiciones de las Partes ................................................................................ 111

a. La posición de la Demandante .................................................................... 111 b. La posición de la Demandada ..................................................................... 115 (2) El análisis del Tribunal ....................................................................................... 119 a. Estándar jurídico aplicable .......................................................................... 119 b. Si la Demandada incumplió el estándar de Protección y Seguridad Plenas ......................................................................................... 123

C. Supuesto incumplimiento del estándar de Trato Justo y Equitativo .......................... 130 (1) Las posiciones de las Partes ................................................................................ 130

a. La posición de la Demandante .................................................................... 130 b. La posición de la Demandada ..................................................................... 135 (2) El análisis del Tribunal ....................................................................................... 146 a. Estándar jurídico aplicable .......................................................................... 146 b. Si la Demandada incumplió el estándar de Trato Justo y Equitativo .......... 148

D. Presunta expropiación ilícita ...................................................................................... 154 (1) Las posiciones de las Partes ................................................................................ 154

a. La posición de la Demandante .................................................................... 154 b. La posición de la Demandada ..................................................................... 160 (2) El análisis del Tribunal ....................................................................................... 165 a. Estándar jurídico aplicable .......................................................................... 165 b. Si la inversión de la Demandante fue expropiada ilegalmente ................... 169

E. Supuesta violación del estándar de Trato de Nación Más Favorecida ....................... 178 (1) Las posiciones de las Partes ................................................................................ 178

a. La posición de la Demandante .................................................................... 178 b. La posición de la Demandada ..................................................................... 182 (2) El análisis del Tribunal ....................................................................................... 188iv

F.

(1) Las posiciones de las Partes ................................................................................ 178 a. La posición de la Demandante .................................................................... 178 b. La posición de la Demandada ..................................................................... 182 (2) El análisis del Tribunal ....................................................................................... 188iv

F. Supuesta violación del estándar de Trato Nacional .................................................... 189 (1) Las posiciones de las Partes ................................................................................ 189 a. La posición de la Demandante .................................................................... 189 b. La posición de la Demandada ..................................................................... 196 (2) El análisis del Tribunal ....................................................................................... 201

VIII. COSTAS ............................................................................................................................ 203

A. Los escritos de las Partes ............................................................................................ 203 (1) El escrito sobre costos de la Demandante ........................................................... 203 (2) El escrito sobre costos de la Demandada ............................................................ 208

B. La decisión del Tribunal ............................................................................................. 211

IX. LAUDO.............................................................................................................................. 214v

TABLA DE ABREVIATURAS SELECCIONADAS Y TÉRMINOS DEFINIDOS

Artículos de la CDI Artículos sobre Responsabilidad del Estado por Hechos Internacionalmente Ilícitos de la Comisión de Derecho Internacional Audiencia Audiencia sobre jurisdicción y fondo celebrada en Washington, D. C. y por videoconferencia del 1 al 11 de julio de 2024 C-[#] Anexo documental de la Demandante CIADI o el Centro Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones CIDH Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIJ Corte Internacional de Justicia Cl. Mem. o Memorial Memorial sobre el Fondo de la Demandante, de fecha 21 de octubre de 2022 Cl. PHB Escrito Posterior a la Audiencia de la

Derechos Humanos CIJ Corte Internacional de Justicia Cl. Mem. o Memorial Memorial sobre el Fondo de la Demandante, de fecha 21 de octubre de 2022 Cl. PHB Escrito Posterior a la Audiencia de la Demandante, de fecha 25 de octubre de 2024 Cl. Reply o Réplica Réplica sobre el Fondo y Memorial de Contestación sobre Jurisdicción de la Demandante, de fecha 3 de noviembre de 2023 CL-[#] Autoridad legal de la Demandante Convención de Viena o CVDT Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados Convenio del CIADI

Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados, que entró en vigor el 14 de octubre de 1966 Declaración de García Guatemala Declaración Testimonial del Sr. Ramón García Guatemala, de fecha 8 de marzo de 2024 Declaración de Henrriquez Cruz Declaración Testimonial del Sr. Jaime Francisco Henrriquez Cruz, de fecha 7 de octubre de 2022vi

Declaración de Huerta Gómez Declaración Testimonial de Vidal de Jesús Huerta Gómez, de fecha 8 de marzo de 2024 Declaración de Mena Rosales Declaración Testimonial de la Sra. Xiomara Mena Rosales, de fecha 3 de marzo de 2023 Declaración de Miller Declaración Testimonial del Sr. Tom Miller, de fecha 13 de octubre de 2022 Declaración de Rosales Mondragón Declaración Testimonial del Sr. Martín Agenor

Declaración de Miller Declaración Testimonial del Sr. Tom Miller, de fecha 13 de octubre de 2022 Declaración de Rosales Mondragón Declaración Testimonial del Sr. Martín Agenor Rosales Mondragón, de fecha 8 de marzo de 2024 Declaración de Welty Declaración Testimonial del Sr. Russell Welty, de fecha 28 de octubre de 2023 Declaración de Winger Declaración Testimonial del Sr. Melvin Winger, de fecha 20 de septiembre de 2022 Declaración de Enríquez Gómez Declaración Testimonial del Sr. Favio Darío Enríquez Gómez, de fecha 8 de marzo de 2024 Demandada o Nicaragua República de Nicaragua Demandante o Riverside Riverside Coffee, LLC DR-CAFTA o Tratado Tratado de Libre Comercio Centroamérica – Estados Unidos – República Dominicana firmado el 5 de agosto de 2004, que entró en vigor entre Estados Unidos y Nicaragua el 1 de abril de 2006 Inagrosa Empresa Inagrosa S.A. Informe de Burke-White Informe Pericial del Profesor William W. Burke-White, de fecha 8 de marzo de 2024 Informe de Huerta Cañedo Informe Pericial titulado “Reporte Comparativo de Valor de Tierra Agrícola” elaborado por el Sr. Carlos Pfister Huerta Cañedo, de fecha 6 de octubre de 2022 Informe de Gutiérrez Declaración Pericial del Sr. Renaldy J. Gutiérrez, Esq., de fecha 12 de octubre de 2023 Informe de Sequeira Informe Pericial del Dr. Byron Israel Sequeira Pérez, de fecha 8 de marzo de 2024vii

NMF

Gutiérrez, Esq., de fecha 12 de octubre de 2023 Informe de Sequeira Informe Pericial del Dr. Byron Israel Sequeira Pérez, de fecha 8 de marzo de 2024vii

NMF Nación Más Favorecida Partes Demandante y Demandada Primer Informe de Credibility International Informe Pericial de Credibility International sobre daños, elaborado por Timothy H. Hart, CPA y CFE, y Kenneth J. Kratovil, ASA y CFE, de fecha 3 de marzo de 2023 Primer Informe de Duarte Primer Informe Pericial del Dr. Odilo Duarte, de fecha 3 de marzo de 2023 Primer Informe de Richter Informe Pericial titulado “Economic Loss Suffered by Riverside Coffee, LLC as a Result of the Expropriation of Hacienda Santa Fé by the Republic of Nicaragua on June 16, 2018”, elaborado por Vimal Kotecha de Richter Inc., de fecha 14 de octubre de 2022 Primer Informe de Wolfe Declaración Pericial elaborada por el Dr. Justin Wolfe, de fecha 13 de octubre de 2022 Primera Declaración de Castro Declaración Testimonial del Comisionado de Policía Marvin Castro, de fecha 3 de marzo de 2023 Primera Declaración de González Argüello Declaración Testimonial de la Sra. Norma del Socorro González Argüello, de fecha 3 de marzo de 2023 Primera Declaración de Gutiérrez Declaración Testimonial del Sr. Luis Gutiérrez, de fecha 5 de octubre de 2022 Primera Declaración de Gutiérrez Rizo Declaración Testimonial de la Sra. Diana

Primera Declaración de Gutiérrez Declaración Testimonial del Sr. Luis Gutiérrez, de fecha 5 de octubre de 2022 Primera Declaración de Gutiérrez Rizo Declaración Testimonial de la Sra. Diana Gutiérrez Rizo, de fecha 3 de marzo de 2023 Primera Declaración de Herrera Declaración Testimonial del Subcomisionado de Policía William Herrera, de fecha 3 de marzo de 2023 Primera Declaración de Lacayo Ubau Declaración Testimonial del Sr. Rodolfo José Lacayo Ubau, de fecha 3 de marzo de 2023 Primera Declaración de López Blandón Declaración Testimonial del Sr. José Valentín López Blandón, de fecha 3 de marzo de 2023 Primera Declaración de Méndez Valdivia Declaración Testimonial del Sr. Álvaro Méndez Valdivia, de fecha 3 de marzo de 2023viii

Primera Declaración de Moncada Casco Declaración Testimonial del Sr. Alcides René Moncada Casco, de fecha 25 de enero de 2023 Primera Declaración de Rondón Declaración Testimonial del Sr. Carlos J. Rondón, de fecha 30 de septiembre de 2022 Primera Declaración de Winger de Rondón Declaración Testimonial de la Sra. Melva Jo Winger de Rondón, de fecha 16 de septiembre de 2022 PSP Protección y Seguridad Plenas R-[#] Anexo documental de la Demandada Reglas de Arbitraje del CIADI Reglas Procesales Aplicables a los Procedimientos de Arbitraje del CIADI en vigencia a partir del 10 de abril de 2006

R-[#] Anexo documental de la Demandada Reglas de Arbitraje del CIADI Reglas Procesales Aplicables a los Procedimientos de Arbitraje del CIADI en vigencia a partir del 10 de abril de 2006 Resp. CM. o Memorial de Contestación Memorial de Contestación sobre Jurisdicción y Fondo de la Demandada, de fecha 3 de marzo de 2023 Resp. Rej. o Dúplica Dúplica sobre Jurisdicción y Fondo de la Demandada, de fecha 8 de marzo de 2024 Resp. PHB Escrito Posterior a la Audiencia de la Demandada, de fecha 25 de octubre de 2024 RL-[#] Autoridad legal de la Demandada Segunda Declaración de Castro Segunda Declaración Testimonial del Comisionado de Policía Marvin Castro, de fecha 8 de marzo de 2024 Segunda Declaración de Gutiérrez Segunda Declaración Testimonial del Sr. Luis Gutiérrez, de fecha 27 de octubre de 2023 Segunda Declaración de Gutiérrez Rizo Segunda Declaración Testimonial de la Sra. Diana Gutiérrez Rizo, de fecha 8 de marzo de 2024 Segunda Declaración de Herrera Segunda Declaración Testimonial del Subcomisionado de Policía William Herrera, de fecha 8 de marzo de 2024ix

Segunda Declaración de Lacayo Ubau Segunda Declaración Testimonial del Sr. Rodolfo José Lacayo Ubau, de fecha 8 de marzo de 2024 Segunda Declaración de López Blandón

Segunda Declaración de Lacayo Ubau Segunda Declaración Testimonial del Sr. Rodolfo José Lacayo Ubau, de fecha 8 de marzo de 2024 Segunda Declaración de López Blandón Segunda Declaración Testimonial del Sr. José Valentín López Blandón, de fecha 8 de marzo de 2024 Segunda Declaración de Moncada Casco Segunda Declaración Testimonial del Sr. Alcides René Moncada Casco, de fecha 8 de marzo de 2024 Segunda Declaración de Rondón Segunda Declaración Testimonial del Sr. Carlos

J. Rondón, de fecha 31 de octubre de 2023

Segunda Declaración de Winger de Rondón Segunda Declaración Testimonial de la Sra. Melva Jo Winger de Rondón, de fecha 28 de octubre de 2023 Segundo Informe de Credibility International Segundo Informe Pericial de Credibility International sobre daños, elaborado por Timothy H. Hart, CPA y CFE, y Kenneth J. Kratovil, ASA y CFE, de fecha 8 de marzo de 2024 Segundo Informe de Duarte Segundo Informe Pericial del Dr. Odilo Duarte, de fecha 8 de marzo de 2024 Segundo Informe de González Argüello Segundo Informe Pericial de la Sra. Norma del Socorro González Argüello, de fecha 8 de marzo de 2024 Segunda Declaración de Méndez Valdivia Segunda Declaración Testimonial del Sr. Álvaro Méndez Valdivia, de fecha 8 de marzo de 2024 Segundo Informe de Richter

Segunda Declaración de Méndez Valdivia Segunda Declaración Testimonial del Sr. Álvaro Méndez Valdivia, de fecha 8 de marzo de 2024 Segundo Informe de Richter Informe Pericial titulado “Comments on the Report of Timothy Hart and Kenneth Kratovil of Credibility International regarding Riverside Coffee, LLC v. Republic of Nicaragua”, elaborado por Vimal Kotecha de Richter Inc., de fecha 1 de noviembre de 2023 Segundo Informe de Wolfe Declaración Pericial elaborada por el Dr. Justin Wolfe, de fecha 11 de octubre de 2023x

TBI Ruso Acuerdo de Promoción y Protección de las Inversiones entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la Federación de Rusia, que entró en vigor el 3 de septiembre de 2013 TBI Suizo Acuerdo entre la República de Nicaragua y la Confederación suiza sobre la Protección y la Promoción Recíproca de Inversiones, que entró en vigor el 2 de mayo de 2000 TJE Trato Justo y Equitativo Tr. Rev. Día [#] [Orador(es)] [página:línea] Transcripción de la Audiencia, revisada por las Partes y distribuida al Tribunal y a las Partes el 10 de octubre de 2025 Tribunal Tribunal de arbitraje constituido el 6 de mayo de 2022 en el Caso CIADI No. ARB/21/161

I.

INTRODUCCIÓN

1. La presente controversia ha sido sometida al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (“CIADI” o el “Centro”) en virtud del Tratado de

I.

INTRODUCCIÓN

1. La presente controversia ha sido sometida al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (“CIADI” o el “Centro”) en virtud del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y República Dominicana suscrito el 5 de agosto de 2004, que entró en vigor entre los Estados Unidos de América y la República de Nicaragua el 1 de abril de 2006 (“DR-CAFTA” o el “Tratado”) y el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados, que entró en vigor el 14 de octubre de 1966 (el “Convenio del CIADI”). El procedimiento se rige de conformidad con las Reglas Procesales Aplicables a los Procedimientos de Arbitraje del CIADI en vigor desde el 10 de abril de 2006 (las “Reglas de Arbitraje del CIADI”), sujeto a las modificaciones del Tratado. 2. Las partes del arbitraje son Riverside Coffee, LLC (“Riverside” o la “Demandante”), una sociedad de responsabilidad limitada constituida en 1999 con arreglo a las leyes del estado de Kansas, Estados Unidos de América y la República de Nicaragua (“Nicaragua” o la “Demandada” y, junto con la Demandante, las “Partes”). 3. La controversia advino a causa de la invasión y ocupación ilegal en el transcurso de los meses de junio y julio de 2018 de Hacienda Santa Fé, una gran plantación ubicada en el municipio de San Rafael del Norte, Departamento de Jinotega, Nicaragua, y los presuntos daños causados por los invasores a los negocios de aguacate y forestales de la Demandante. La Demandante es propietaria de Hacienda Santa Fé a través de Empresa Inagrosa S.A.

daños causados por los invasores a los negocios de aguacate y forestales de la Demandante. La Demandante es propietaria de Hacienda Santa Fé a través de Empresa Inagrosa S.A. (“Inagrosa”), una sociedad constituida en Nicaragua en 1996. Según la Demandante, los invasores actuaron a instancias del Gobierno nicaragüense y su conducta es imputable a la Demandada. La Demandante sostiene asimismo que la Demandada no adoptó medidas para devolver la propiedad a la Demandante y, en su lugar, expropió el inmueble mediante una orden judicial. 4. La Demandante alega que Nicaragua ha incumplido sus obligaciones en virtud de los Artículos 10.1, 10.2, 10.3, 10.4, 10.5 y 10.7 del DR-CAFTA y procura obtener una indemnización por los daños ocasionados a su inversión como consecuencia de los2

presuntos incumplimientos de la Demandada. La Demandante inicialmente reclamó una compensación por un importe de USD 644.098.011, pero posteriormente redujo la compensación reclamada a USD 240.995.140, más intereses. La Demandante también reclama daño moral por un importe de USD 45 millones, más intereses. 5. La Demandada sostiene que la Demandante tergiversa los hechos. Según la Demandada, la invasión de Hacienda Santa Fé que inició en el período comprendido entre los meses de junio-julio de 2018 no fue la primera y la propiedad había sido ocupada por invasores con anterioridad. La Demandada sostiene que las invasiones se remontan a principios de la década de 1990, antes de que la propiedad fuera adquirida por Inagrosa. La Demandada no

anterioridad. La Demandada sostiene que las invasiones se remontan a principios de la década de 1990, antes de que la propiedad fuera adquirida por Inagrosa. La Demandada no tuvo ningún papel en la invasión y ocupación ilegal que tuvo lugar en el período comprendido entre los meses de junio-julio de 2018, la cual fue dirigida por antiguos miembros de la resistencia nicaragüense, o los Contras, en un momento en que Nicaragua estaba transitando meses de enfrentamiento civil generalizado. La Demandada sostiene que el Gobierno nicaragüense procuró poner fin a la ocupación ilegal, protegió los derechos de los propietarios privados de Hacienda Santa Fé y evitó la violencia innecesaria, finalmente reubicando a los ocupantes ilegales de forma pacífica. La Demandada, asimismo, niega haber expropiado la propiedad mediante una orden judicial, según alega la Demandante. En cualquier caso, según la Demandada, su responsabilidad se encuentra excluida en virtud de la excepción de seguridad esencial del Artículo 21.2(b) del DR-CAFTA y la defensa de contienda civil en virtud del Artículo 10.6 del DR-CAFTA, que limitan la responsabilidad de las partes del DR-CAFTA a indemnizar a los inversionistas de otras partes del DR-CAFTA por pérdidas y daños sufridos en relación con una contienda civil. II.

ANTECEDENTES PROCESALES

6. El 19 de marzo de 2021, la Demandante presentó una Notificación de Arbitraje ante el Secretariado del CIADI, con pruebas de respaldo (la “NdA”). En su NdA, la Demandante nombró como árbitro a Lucy Greenwood, nacional del Reino Unido, de conformidad con los Artículos 10.16(6) y 10.19 del DR-CAFTA.3

nombró como árbitro a Lucy Greenwood, nacional del Reino Unido, de conformidad con los Artículos 10.16(6) y 10.19 del DR-CAFTA.3

7. El 2 de abril de 2021, la Secretaria General del CIADI registró la NdA de conformidad con el Artículo 36(3) del Convenio del CIADI y notificó a las Partes del acto de registro. En la Notificación del Acto de Registro, la Secretaria General invitó a las Partes a informar al CIADI de cualquier disposición acordada en cuanto al número de árbitros y al método para su nombramiento, y además invitó a las Partes a constituir el tribunal de arbitraje lo antes posible de conformidad con los Artículos 37 y 40 del Convenio del CIADI. 8. El 7 de abril de 2021, la Demandante escribió al Centro indicando que el acuerdo de las Partes relativo a la constitución del tribunal estaba contenido en el Artículo 10.19 del DR-CAFTA, al que las Partes habían prestado su consentimiento y en el que la Demandante se había basado al nombrar a su árbitro en la NdA. 9. El 8 de abril de 2021, el Centro escribió a las Partes, acusando recibo de la carta de la Demandante de 7 de abril de 2021 y dejando constancia del entendimiento del Centro de que las Partes habían acordado constituir el tribunal de arbitraje de conformidad con el Artículo 10.19 del DR-CAFTA. 10. El 9 de abril de 2021, el Centro escribió a las partes informándoles que la Sra. Lucy Greenwood, nacional del Reino Unido, había aceptado su designación como árbitro en este caso. 11.

10. El 9 de abril de 2021, el Centro escribió a las partes informándoles que la Sra. Lucy Greenwood, nacional del Reino Unido, había aceptado su designación como árbitro en este caso. 11. El 4 de mayo de 2021, tras ser nombrado por la Demandada, el Sr. Philippe Couvreur, nacional de Bélgica, aceptó su designación como árbitro. 12. Mediante carta de 5 de octubre de 2021, el Centro señaló que las Partes no habían realizado ninguna actuación en el procedimiento durante cinco meses consecutivos. El Centro indicó que, de conformidad con la Regla 45 de las Reglas de Arbitraje del CIADI, si las Partes no realizaban ninguna intervención antes del 4 de noviembre de 2021 (es decir, dentro de los seis meses consecutivos siguientes a la última intervención en el procedimiento), la Secretaria General daría por terminado el procedimiento tras notificar a las Partes. El Centro también recordó a las Partes que el plazo de seis meses podía prorrogarse por acuerdo de las Partes.4

13. Mediante comunicaciones de 3 de noviembre de 2021, las Partes informaron al Centro que estaban celebrando consultas en relación con la controversia y solicitaron que el Centro no adoptara ninguna medida para la terminación del procedimiento durante un período no inferior a 120 días, es decir, hasta el 4 de febrero de 2022. 14. Mediante comunicaciones de 2 de febrero de 2022, las Partes informaron al Centro que sus consultas continuaban y solicitaron que el Centro no adoptara ninguna medida para la terminación del procedimiento por un período de 30 días, es decir, hasta el 4 de marzo de 2022. 15.

sus consultas continuaban y solicitaron que el Centro no adoptara ninguna medida para la terminación del procedimiento por un período de 30 días, es decir, hasta el 4 de marzo de 2022. 15. Mediante comunicaciones de 5 de marzo de 2022, las Partes informaron al Centro que sus consultas continuaban y solicitaron que el Centro no adoptara ninguna medida para la terminación del procedimiento por un período adicional de 24 días, es decir, hasta el 28 de marzo de 2022. 16. El 25 de marzo de 2022, la Demandante comunicó al Centro que las Partes no habían logrado alcanzar un acuerdo sobre el árbitro presidente y solicitó que el Presidente del Consejo Administrativo procediera a nombrar al árbitro presidente de conformidad con el Artículo 38 del Convenio del CIADI. 17. Los días 28 y 31 de marzo, 8 y 29 de abril y 3 de mayo de 2022, las Partes y el Cen

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