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CICR - Empresas, violencia y conflictos armados

CICR o Cruz Roja - Comité Internacional de la Cruz Roja

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Detalles

Título
CICR - Empresas, violencia y conflictos armados
Autor
CICR o Cruz Roja - Comité Internacional de la Cruz Roja
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Ambiental
Año

www.cicr.org/spa/resources/ international-review/

ISSN: 0250-569X

5102.80 300/2710.5102 N.º 887 - Septiembre de 2012 REVISTA INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA Empresas, violencia y conflictos armados Empresas, violencia y conflictos armados

REVISTA INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA

REVISTA

INTERNACIONAL

DE LA CRUZ ROJA N.º 887Septiembre de 2012 LaInternational Review of the Red Cross se publica en inglés cuatro veces al año, en marzo, junio, septiembre y diciembre. La Selección de artículos de la Revista en español, de publicación anual, recoge artículos seleccionados de la versión en inglés. En la página Web del CICR, www.cicr.org, se publican todos los artículos en su versión original (principalmente en inglés), así como la traducción en español de los artículos Misión de laInternationalReview of the Red Cross seleccionados. La International Review of the Red Cross es una publicación periódica del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), especializada en derecho internacional humanitario. Procura Redactor jefe Presentación de manuscritos Suscripciones promover el conocimiento, el examen crítico y el desarrollo de Vincent Bernard, CICR La Redacción de la International Review of the Red La International Review of the Red Cross se esta rama del derecho, propiciar el análisis sobre la acción Cross (IRRC) invita a los lectores a hacerle llegar distribuye entre instituciones y organizaciones Consejo editorial

humanitaria en tiempo de conflicto armado y otras situaciones artículos sobre temas relacionados con la acción, seleccionadas. Toda distribución adicional estará Rashid Hamad Al Anezi de violencia armada, y contribuir a prevenir violaciones de las Universidad de Kuwait, Kuwait la política o el derecho humanitarios. En general, sujeta a la disponibilidad. normas que protegen los derechos y los valores fundamentales. cada número de la IRRC se dedica a un tema en Annette Becker Las solicitudes de suscripción deben enviarse a: Es, además, un foro para el análisis de las causas y las Universidad de París-Oeste Nanterre La Défense, particular, que selecciona el Consejo Editorial. Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) características de los conflictos, a fin de facilitar la comprensión Francia Esos temas se presentan en el documento "Temas Centro de Apoyo en Comunicación para de los problemas humanitarios que éstos ocasionan. También Françoise Bouchet-Saulnier de los próximos números de la International Review América Latina y el Caribe proporciona información sobre las cuestiones que interesan al Médicos sin Fronteras, París, Francia of the Red Cross", disponible en www.cicr.org/spa/ bue_log@icrc.org Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Alain Délétroz resources/international-review/. Se dará prioridad www.cicr.org International Crisis Group, Bruselas, Bélgica a los artículos que se relacionen con esos temas. Roja y, en especial, sobre la doctrina y las actividades del Comité Internacional de la Cruz Roja. Helen Durham El texto puede redactarse en español, francés o Equipo de Redacción Cruz Roja Australiana, Melbourne, Australia inglés. Los originales en español serán traduciRedactor jefe: Vincent Bernard

Mykola M. Gnatovskyy dos al inglés para su publicación en la InternatioAsistente de redacción: Mariya Nikolova Universidad Nacional Taras Shevchenko de Kiev, Comité Internacional de la Cruz Roja Ucrania nal Review of the Red Cross. y Elvina Pothelet El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), Bing Bing Jia Los artículos no deben haber sido publicados Asistente de edición: Claire Franc Abbas organización imparcial, neutral e independiente, tiene la Universidad Tsinghua, Beijing, China previamente, ni presentados a otra publicación. Asesores especiales sobre el tema de este número: misión exclusivamente humanitaria de proteger la vida y la Abdul Aziz Kébé Son revisados por un grupo de expertos, y la Claude Voillat y Marie-Louise Tougas Universidad Cheikh Anta Diop, Dakar, Senegal decisión sobre su publicación corressituaciones de violencia, así como de prestarles asistencia. Elizabeth Salmón ponde al Redactor jefe. La IRRC se reserva el Edición en español Pontificia Universidad Católica del Perú, Lima, Perú derecho de los textos. La decisión de Traducción: Julieta Barba, Alicia Bermolén, El CICR se esfuerza asimismo en prevenir el sufrimiento mediante la promoción y el fortalecimiento del derecho y Marco Sassòli aceptar, rechazar o revisar un artículo se comuniAlide Drienisenia, Paula Krajnc. de los principios humanitarios universales. Univeridad de Ginebra, Suiza cará al autor dentro de las cuatro semanas Revisión: Paula Krajnc, Margarita Polo. Yuval Shany siguientes a la recepción del texto. En ningún caso Lecturas de prueba: María Martha Ambrosoni, Fundado en 1863, el CICR dio origen a los Convenios de Universidad Hebrea, Jerusalén, Israel se devolverán los manuscritos a los autores. Paula Krajnc, Margarita Polo.

Ginebra y al Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, cuyas actividades internacionales H Unu ig vo e rS sl ii dm ad de Oxford, Reino Unido Los manuscritos pueden enviarse a Producción: Gabriela Melamedoff csc.bue@icrc.org o a la delegación del CICR más Diagramación: Estudio DeNuñez Gary D. Solis cercana. violencia dirige y coordina. Universidad de Georgetown, Washington DC, Publicado en agosto de 2015 Estados Unidos Formato del manuscrito10.000 por el Centro de Apoyo en Comunicación Miembros del Comité Nandini Sundar Los artículos pueden tener una extensión de para América y el Caribe, Buenos Aires, Argentina Presidente: Jakob Kellenberger Universidad Delhi, Nueva Delhi, India entre 5.000 y palabras. Se puede publicar Vicepresidente: Olivier Vodoz Comité Internacional de la Cruz Roja Fiona Terry contribuciones más cortas en la sección "Notas y Vicepresidenta permanente: Christine Beerli Investigadora independiente sobre acción humanitaria, comentarios". 19, avenue de la Paix Australia CH-1202 Ginebra, Suiza Podrá encontrar más indicaciones sobre la Teléfono: (++41 22) 734 60 01 Mauro Arrigoni Thierry Lombard Peter Walker Christiane Augsburger Claude Le Coultre Centro Internacional Feinstein, Universidad Tufts, presentación de artículos en Fax: (++41 22) 733 20 57 Boston, Estados Unidos www.cicr.org/spa/resources/international-review/ Correo electrónico: review.gva@icrc.org Paolo Bernasconi Yves Sandoz François Bugnion Rolf Soiron © CICR Foto de portada: Bernard G. R. Daniel Bruno Staffelbach Para reimprimir un texto publicado en la © Fotógrafo de Reuters /Reuters,

Melchior de Muralt Daniel Thürer International Review of the Red Cross, se debe 24 de marzo de 2003 Paola Ghillani André von Moos solicitar autorización al Redactor jefe. La Juerg Kesselring solicitud debe remitirse al Equipo de Redacción. Empresas, violencia y conflictos armados Revista fundada en 1869 Entrevista a John G. Ruggie y publicada por el Comité Titular de la cátedra Berthold Beitz de Derechos Internacional de la Cruz Roja Humanos y Asuntos Internacionales Ginebra Evaluación del papel de las iniciativas de múltiples actores en la promoción del programa de empresas y derechos humanos Scott Jerbi Actores empresariales y conflictos armados: hacia una nueva agenda humanitaria Hugo Slim Fomentar la acción humanitaria a través del diálogo y la cooperación con los actores económicos: la experiencia del CICR Claude Voillat Preguntas-respuestas: El derecho internacional humanitario y las empresas Diez preguntas a Philip Spoerri, director de Derecho Internacional y Cooperación del CICR www.cicr.org/spa/resources/ international-review/

ISSN: 0250-569X

5102.80 300/2710.5102 N.º 887 - Septiembre de 2012 REVISTA INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA Empresas, violencia y conflictos armados Empresas, violencia y conflictos armados

REVISTA INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA

REVISTA

INTERNACIONAL

DE LA CRUZ ROJA N.º 887Septiembre de 2012 LaInternational Review of the Red Cross se publica en inglés cuatro veces al año, en marzo, junio,

septiembre y diciembre. La Selección de artículos de la Revista en español, de publicación anual, recoge artículos seleccionados de la versión en inglés. En la página Web del CICR, www.cicr.org, se publican todos los artículos en su versión original (principalmente en inglés), así como la traducción en español de los artículos Misión de laInternationalReview of the Red Cross seleccionados. La International Review of the Red Cross es una publicación periódica del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), especializada en derecho internacional humanitario. Procura Redactor jefe Presentación de manuscritos Suscripciones promover el conocimiento, el examen crítico y el desarrollo de Vincent Bernard, CICR La Redacción de la International Review of the Red La International Review of the Red Cross se esta rama del derecho, propiciar el análisis sobre la acción Cross (IRRC) invita a los lectores a hacerle llegar distribuye entre instituciones y organizaciones Consejo editorial humanitaria en tiempo de conflicto armado y otras situaciones artículos sobre temas relacionados con la acción, seleccionadas. Toda distribución adicional estará Rashid Hamad Al Anezi de violencia armada, y contribuir a prevenir violaciones de las Universidad de Kuwait, Kuwait la política o el derecho humanitarios. En general, sujeta a la disponibilidad. normas que protegen los derechos y los valores fundamentales. cada número de la IRRC se dedica a un tema en Annette Becker Las solicitudes de suscripción deben enviarse a: Es, además, un foro para el análisis de las causas y las Universidad de París-Oeste Nanterre La Défense, particular, que selecciona el Consejo Editorial. Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR)

características de los conflictos, a fin de facilitar la comprensión Francia Esos temas se presentan en el documento "Temas Centro de Apoyo en Comunicación para de los problemas humanitarios que éstos ocasionan. También Françoise Bouchet-Saulnier de los próximos números de la International Review América Latina y el Caribe proporciona información sobre las cuestiones que interesan al Médicos sin Fronteras, París, Francia of the Red Cross", disponible en www.cicr.org/spa/ bue_log@icrc.org Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Alain Délétroz resources/international-review/. Se dará prioridad www.cicr.org International Crisis Group, Bruselas, Bélgica a los artículos que se relacionen con esos temas. Roja y, en especial, sobre la doctrina y las actividades del Comité Internacional de la Cruz Roja. Helen Durham El texto puede redactarse en español, francés o Equipo de Redacción Cruz Roja Australiana, Melbourne, Australia inglés. Los originales en español serán traduciRedactor jefe: Vincent Bernard Mykola M. Gnatovskyy dos al inglés para su publicación en la InternatioAsistente de redacción: Mariya Nikolova Universidad Nacional Taras Shevchenko de Kiev, Comité Internacional de la Cruz Roja Ucrania nal Review of the Red Cross. y Elvina Pothelet El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), Bing Bing Jia Los artículos no deben haber sido publicados Asistente de edición: Claire Franc Abbas organización imparcial, neutral e independiente, tiene la Universidad Tsinghua, Beijing, China previamente, ni presentados a otra publicación. Asesores especiales sobre el tema de este número: misión exclusivamente humanitaria de proteger la vida y la Abdul Aziz Kébé Son revisados por un grupo de expertos, y la Claude Voillat y Marie-Louise Tougas

Universidad Cheikh Anta Diop, Dakar, Senegal decisión sobre su publicación corressituaciones de violencia, así como de prestarles asistencia. Elizabeth Salmón ponde al Redactor jefe. La IRRC se reserva el Edición en español Pontificia Universidad Católica del Perú, Lima, derecho de los textos. La decisión de Traducción: Julieta Barba, Alicia Bermolén, El CICR se esfuerza asimismo en prevenir el sufrimiento mediante la promoción y el fortalecimiento del derecho y Perú aceptar, rechazar o revisar un artículo se comuniAlide Drienisenia, Paula Krajnc. de los principios humanitarios universales. Marco Sassòli cará al autor dentro de las cuatro semanas Revisión: Paula Krajnc, Margarita Polo. Univeridad de Ginebra, Suiza siguientes a la recepción del texto. En ningún caso Lecturas de prueba: María Martha Ambrosoni, Fundado en 1863, el CICR dio origen a los Convenios de Yuval Shany se devolverán los manuscritos a los autores. Paula Krajnc, Margarita Polo. Ginebra y al Movimiento Internacional de la Cruz Roja y Universidad Hebrea, Jerusalén, Israel de la Media Luna Roja, cuyas actividades internacionales Hugo Slim Los manuscritos pueden enviarse a Producción: Gabriela Melamedoff csc.bue@icrc.org o a la delegación del CICR más Diagramación: Estudio DeNuñez Universidad de Oxford, Reino Unido cercana. violencia dirige y coordina. Gary D. Solis Publicado en agosto de 2015 Universidad de Georgetown, Washington DC, Formato del manuscrito por el Centro de Apoyo en Comunicación Miembros del Comité Estados Unidos Los artículos pueden tener una extensión de para América y el Caribe, Buenos Aires, Argentina

Presidente: Jakob Kellenberger Nandini Sundar entre 5.000 y 10.000 palabras. Se puede publicar Vicepresidente: Olivier Vodoz Universidad Delhi, Nueva Delhi, India contribuciones más cortas en la sección "Notas y Comité Internacional de la Cruz Roja Vicepresidenta permanente: Christine Beerli Fiona Terry comentarios". 19, avenue de la Paix Investigadora independiente sobre acción CH-1202 Ginebra, Suiza Mauro Arrigoni Thierry Lombard humanitaria, Australia Podrá encontrar más indicaciones sobre la Teléfono: (++41 22) 734 60 01

Christiane Augsburger Claude Le Coultre Peter Walker presentación de artículos en Fax: (++41 22) 733 20 57 Centro Internacional Feinstein, Universidad www.cicr.org/spa/resources/international-review/ Correo electrónico: review.gva@icrc.org Paolo Bernasconi Yves Sandoz Tufts, Boston, Estados Unidos François Bugnion Rolf Soiron © CICR Foto de portada: Bernard G. R. Daniel Bruno Staffelbach Para reimprimir un texto publicado en la © Fotógrafo de Reuters /Reuters, Melchior de Muralt Daniel Thürer International Review of the Red Cross, se debe 24 de marzo de 2003 Paola Ghillani André von Moos solicitar autorización al Redactor jefe. La Juerg Kesselring solicitud debe remitirse al Equipo de Redacción. Empresas, violencia y conflictos armados Revista fundada en 1869 Entrevista a John G. Ruggie y publicada por el Comité Titular de la cátedra Berthold Beitz de Derechos Internacional de la Cruz Roja Humanos y Asuntos Internacionales Ginebra Evaluación del papel de las iniciativas de múltiples actores en la promoción del programa de empresas

y derechos humanos Scott Jerbi Actores empresariales y conflictos armados: hacia una nueva agenda humanitaria Hugo Slim Fomentar la acción humanitaria a través del diálogo y la cooperación con los actores económicos: la experiencia del CICR Claude Voillat Preguntas-respuestas: El derecho internacional humanitario y las empresas Diez preguntas a Philip Spoerri, director de Derecho Internacional y Cooperación del CICR Septiembre de 2012, N.º 887 de la versión original Empresas, violencia y conflictos armados ÍNDICE Empresas, violencia y conflictos armados 5 Editorial Vincent Bernard, redactor jefe 17 Entrevista a John G. Ruggie Titular de la cátedra Berthold Beitz de Derechos Humanos y Asuntos Internacionales, Escuela de Gobierno Kennedy de la Universidad de Harvard, ex representante especial del secretario general de las Naciones Unidas para la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas. 2 Septiembre de 2012, N.º 887 de la versión original Los artículos publicados en la International Review of the Red Cross reflejan las opiniones de los respectivos autores, y no necesariamente las del CICR o las de la Redacción. Sólo los artículos firmados por el CICR pueden serle atribuidos. Artículos 29 Evaluación del papel de las iniciativas de múltiples actores en la promoción del programa de empresas y derechos humanos Scott Jerbi 51 Actores empresariales y conflictos armados: hacia una nueva agenda humanitaria Hugo Slim 71 Fomentar la acción humanitaria a través del diálogo y la cooperación con los actores económicos: la experiencia del CICR Claude Voillat 101 Preguntas-respuestas: El derecho internacional humanitario y las empresas Diez preguntas a Philip Spoerri, director de Derecho Internacional y Cooperación del CICR 3

Septiembre de 2012, n.º 887 de la versión original EDITORIAL: LA muNDIALIzACIóN sóLO TRAERá pROgREsO sI Es REspONsAbLE “El mundo es mi país.” Esta célebre frase de Thomas Paine expresa la idea de un vínculo común que une a la humanidad y transciende las distancias, las fronteras y las naciones. La revolución industrial primero y luego la mundialización imprimieron nuevo ímpetu a esta idea. Hoy en día, estamos más conectados que nunca, debido a nuestros viajes, nuestros medios de comunicación y nuestros intercambios comerciales. Esta evolución es, en gran medida, obra del sector privado: las actividades de las compa- ñías nacionales o multinacionales han tejido una red compleja de interdependencias. La mundialización es para mejor cuando nos beneficiamos mutuamente de nuestras ventajas respectivas, pero es para peor cuando no hay intercambio sino explotación. La ambivalencia de este fenómeno se percibe de manera más intensa en las zonas del planeta afectadas por conflictos y violencia: los factores económicos son, a menudo, causas directas de la violencia o, al menos, pueden exacerbarla y perpetuarla. Al igual que la sed de riqueza que impulsaba a los conquistadores del Nuevo Mundo, innumerables guerras fueron causadas o prolongadas por diná- micas vinculadas a la adquisición de bienes o de recursos, el control de nuevos mercados y la expansión económica. Durante varias décadas, África ha asistido a una profundización de sus conflictos debido, entre otras causas, a la presencia de recursos codiciados por las partes oponentes. Podríamos mencionar, en particular,

Sierra Leona, Liberia, República Democrática del Congo y sus vecinos, Nigeria, y así sucesivamente. América Central y América del Sur no se quedan atrás, con sus episodios recurrentes de conflictos o disturbios sociales relacionados con cuestiones de acceso a los recursos o de control de rutas de exportación; ejemplo de ello son Colombia, Perú o México. Si se observa el caso de Asia, en particular de Afganistán, el temor actual se debe a que la conciencia reciente de su inmenso potencial minero podría exacerbar las rivalidades, la violencia y la corrupción a expensas de una transición pacífica luego del retiro de las fuerzas internacionales1. Afganistán se convertiría así en una nueva ilustración de lo que a veces se denomina “la maldición de los recursos”, o la paradoja de que los países ricos en recursos tienden a ser menos desarrollados y a crecer menos rápidamente que los países que no poseen ninguno2. 1 V. el artículo de Graham Bowley, “Potential for a Mining Boom Splits Factions in Afghanistan”, en The New York Times, 8 de septiembre de 2012, disponible en: http://www.nytimes.com/2012/09/09/world/asia/ afghans-wary-as-efforts-pick-up-to-tap-mineral-riches.html?_r=3& (consultado en diciembre de 2012). 2 Un análisis de los países en desarrollo llevado a cabo por Jeffrey Sachs y Andrew Warner en 1995 permitió constatar que cuanto más dependiente de los recursos minerales es una economía, más débil es su tasa de crecimiento. V. Jeffrey D. Sachs y Andrew M. Warner, “Natural resource abundance and economic growth”, NBER Working Paper Series, Working Paper 5398, Harvard Institute for International Development, 1995.

5 Editorial Históricamente, los desafíos económicos han nutrido los conflictos, pero el impacto de las empresas multinacionales en las relaciones internacionales y las cuestiones de seguridad es hoy más fuerte que nunca. Así, en algunas zonas de conflicto armado o de violencia, las autoridades públicas apenas ejercen control, mientras que los actores económicos adquieren cada vez más influencia y asumen ciertas funciones que tradicionalmente incumbían al Estado. En ese sentido, es frecuente ver empresas privadas que se ocupan directamente de la seguridad de una zona geográfica o que incluso equipan e imparten formación complementaria a las fuerzas de seguridad públicas, a menudo con una participación muy débil, o ausencia total de los aparatos estatales. ¿Cuáles son hoy las facetas principales de la relación entre los actores económicos y los conflictos? ¿Qué normas existen para regular sus actividades? Este número de la International Review no aborda todas las relaciones entre guerra y economía, tales como el comercio de armas, las economías ilícitas y los tráficos, o las dimensiones económicas de la asistencia humanitaria, entre otras. La International Review ha escogido destacar los derechos y las responsabilidades de las empresas que operan en las zonas de conflicto armado y en otras situaciones de violencia. Tras haber dedicado un número al tema de la regulación internacional de las empresas militares y de seguridad privadas en 20063, la International Review aborda en esta edición los últimos desarrollos en la interacción entre negocios y conflicto. Tanto si ya se están establecidas en un país antes de un conflicto o si invierten en una zona ya en crisis, las empresas tendrán peso en el desarrollo del conflicto, por sus acciones, su influencia o su simple presencia. Como explica Hugo

Slim en su artículo4, los actores económicos desempeñan papeles múltiples. Aquí nos referiremos sólo a algunos de ellos. En primer lugar, los actores económicos resultan a menudo víctimas de actos de violencia, como ilustró recientemente el asalto y la toma de rehenes de la planta petrolera en Amenas en Argelia. Se exponen a riesgos directos, como presiones, extorsiones, saqueos, tomas de rehenes o ataques. En segundo lugar, los actores económicos contribuyen a veces a la violencia, en forma directa o indirecta, voluntaria o involuntaria. También pueden representar una fuente de ingresos para las partes en el conflicto o incluso suministrarles los medios para luchar. En los casos más extremos, se benefician de la guerra, el caos y la violencia para desarrollar actividades criminales, como las empresas alemanas que contribuyeron directamente a la implementación de las políticas del régimen nazi y/o aprovecharon la mano de obra esclava de los campos nazis durante la Segunda Guerra Mundial. Por último, los actores económicos pueden desempeñar un papel positivo mediante su contribución a la ayuda humanitaria, la prevención o la reducción de la 3 V. el número sobre “Empresas militares privadas”, International Review of the Red Cross, n.° 863, septiembre de 2006. V. la selección de artículos en español del n.° 863 de la International Review en: https://www.icrc.org/spa/assets/files/publications/pseleccion-review-2006.pdf. 4 V. el artículo de Hugo Slim, “Actores empresariales y conflictos armados: hacia una nueva agenda humanitaria” en este número de la International Review.

66 Septiembre de 2012, n.º 887 de la versión original violencia. Los inversores que prosiguen su actividad en las zonas de conflicto a pesar de los riesgos permiten a sus empleados mantener un ingreso y pueden contribuir a garantizar cierta estabilidad. Los ejemplos de acciones humanitarias directas por parte de empresas y sus dirigentes abundan en la historia. ¿Acaso el mismo Henry Dunant, en los orígenes de la fundación del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, no era un empresario, que descubrió por casualidad los horrores de la guerra durante sus viajes de negocios? El cine popularizó la acción del empresario alemán Oskar Schindler en beneficio de sus empleados judíos perseguidos durante la Segunda Guerra Mundial (La lista de Schindler) o incluso la acción de Paul Rusesabagina, quien se valió de su influencia como gerente de hotel para proteger la vida de cientos de personas durante el genocidio ruandés (Hotel Ruanda). Recientemente, el gobierno y el sector privado cofinanciaron la reinserción profesional de ex combatientes del conflicto en Côte d’Ivoire, aportando otro ejemplo de la manera en que las empresas privadas pueden contribuir5. Finalmente, las empresas privadas son también donantes importantes de ayuda humanitaria. Responsabilidad social y responsabilidad jurídica: la creciente regulación de las actividades económicas A diferencia de los derechos y las obligaciones de los Estados, los grupos armados y los individuos, los derechos y las obligaciones de las empresas privadas y sus agentes durante los conflictos armados han permanecido difusos por largo tiempo y las normas aplicables han resultado parciales y fragmentadas. Hoy en día, diversas fuentes jurídicas y sociales, así como varios movimientos confluentes

ayudan a que el sector privado tome mayor conciencia de sus responsabilidades. Obligaciones vinculantes en virtud del derecho internacional En vista de la red en constante crecimiento de iniciativas voluntarias para regular los comportamientos de las empresas que puedan afectar los derechos humanos, puede ser útil recordar antes que también existe un conjunto de normas vinculantes aplicables a los comportamientos de las empresas en contextos inestables. En el derecho internacional de los derechos humanos, los Estados desempeñan un papel primordial en prevenir y abordar los abusos de los derechos humanos que involucran a empresas. A fin de cumplir con su deber de proteger, los Estados deben ser capaces de regular el comportamiento de los actores involucrados (incluidas las empresas) y pronunciarse sobre las violaciones cometidas6. En tiempo de conflicto armado, el derecho internacional humanitario (DIH) es el régimen jurídico que prevalece. Esta rama del derecho contiene disposiciones que 5 V. “Côte d’Ivoire: Gobierno y empresas privadas aúnan esfuerzos para crear empleos para jóvenes”, en www.bancomundial.org, 27 de agosto de 2012, disponible en: http://www.bancomundial.org/es/news/ feature/2012/08/27/in-cote-d-ivoire-the-government-and-private-companies-are-partnering-to-createjobs-for-young-men-and-women. 6 Para acceder a un análisis más detallado del deber de proteger de los Estados, v. el artículo de Rachel Davis en este número de la International Review. 77 Editorial protegen a las personas civiles y los bienes de carácter civil, incluidos el personal y los bienes de las empresas que operan en situaciones de conflicto armado. También impone

obligaciones a los Estados, los individuos y las partes no estatales en el conflicto. El DIH obliga a los Estados (tanto el Estado de origen, el Estado territorial o el Estado contratante) a “respetar y hacer respetar” el DIH7, en particular mediante la adopción de una legislación nacional adecuada cuando corresponda. Los Estados están explícitamente obligados a criminalizar las infracciones graves del DIH en su legislación nacional, así como a investigar y juzgar dichas violaciones8. Por ende, los individuos, incluidos los ejecutivos y los empleados de las empresas, pueden ser considerados penalmente responsables a título individual por violaciones del DIH. El derecho penal internacional también evolucionó de manera significativa desde la Segunda Guerra Mundial y hoy en día, los ejecutivos y los empleados de las empresas pueden ser considerados responsables por las violaciones del DIH y otros crímenes internacionales en virtud de un sistema cada vez más sofisticado de modalidades de responsabilidad. En paralelo, cada vez más jurisdicciones nacionales han adoptado una legislación que les permite responder a los crímenes internacionales y transnacionales mediante responsabilidad penal y civil para las empresas9. En particular, la responsabilidad civil de las empresas constituye una alternativa explorada esta última década10. El conocimiento de las normas pertinentes de la legislación nacional y, sobre todo, del derecho internacional de los derechos humanos, del DIH y del derecho internacional penal, por tanto, es crucial para las empresas locales e internacionales que operan en contextos inestables. Desarrollo de instrumentos no vinculantes (o de “soft law”) Desde la década de 1990, con el aumento de la conciencia sobre la huella social y ambiental de las empresas en contextos inestables en todo el mundo, las

iniciativas para regular la conducta de lasempresas han proliferado, ya sea bajo la égida de las Naciones Unidas, asociaciones sectoriales o de partes interesadas múltiples11. En general, estas iniciativas se han centrado en el desarrollo de normas no vinculantes (o de “soft-law”) y de la autorregulación. 7 V. el artículo 1 común a los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 (CG). 8 V. las disposiciones de los Convenios de Ginebra relativas a las infracciones graves (arts. 50, 51, 130, 147 de los CG I-IV respectivamente) y los artículos 11 et 85 del Protocolo Adicional I a los Convenios de Ginebra. 9 V. el ejemplo de Noruega, presentado en el artículo de Simon Mark O’Connor en este número de la Review. 10 En materia de litigios civiles en particular, v. Alien Tort Claims Act (“ATCA”, Estatuto de reclamación por agravios contra extranjeros) en Estados Unidos, que ha habilitado los juicios civiles para las violaciones del DIH por parte de las empresas. 11 A nivel intergubernamental, incluyen la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), las Directrices para las empresas multinacionales de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), así como las Normas de desempeño para las empresas establecidas por la Corporación Financiera Internacional (CFI). Entre las iniciativas de partes interesadas múltiples, cabe mencionar el Pacto Global de las Naciones Unidas, los Principios Voluntarios sobre la Seguridad de los Derechos Humanos, la Iniciativa para la

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