🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CIDH - Cuáles son los estándares para garantizar el respeto del duelo

CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CIDH - Cuáles son los estándares para garantizar el respeto del duelo
Autor
CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año

GUÍAS PRÁCTICAS DE LA SACROI COVID-19 01 ¿ Cuáles son los estándares para garantizar el respeto del duelo, los ritos funerarios y homenajes a las personas fallecidas durante la pandemia de COVID-19? La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en colaboración con sus relatorías especiales, presenta la serie de guías prácticas que aborda temas relacionados con los derechos humanos en el contexto de la pandemia del COVID-19. A partir de los estándares interamericanos de derechos humanos desarrolla recomendaciones en materia de políticas públicas para orientar las prácticas y decisiones que adoptan los Estados relacionados a la pandemia. Esta es una apuesta de la Sala de Coordinación y Respuesta Oportuna e Integrada a la crisis en relación con la pandemia del COVID-19 (SACROI COVID-19). ¿Cuáles son los estándares para garantizar el respeto del duelo, los ritos funerarios Guía Práctica 01 y homenajes a las personas fallecidas durante la pandemia de COVID-19? 2 1 RESUMEN DEL CONTEXTO Al 23 de septiembre de 2020, el COVID-19 ha cobrado 535 mil vidas en la región de las Américas. La emergencia sanitaria global sin precedentes, ocasionada por la pandemia, afecta gravemente la plena vigencia de los derechos humanos en su dimensión colectiva y personal. La muerte de un familiar o una persona cercana durante la pandemia resulta particularmente difícil. Debido al riesgo de contagio, y a las medidas de contención

1. La CIDH sigue el adoptadas en el marco de la pandemia, las familias1 y sus seres queridos pueden verse

concepto de “familia” limitadas de compartir con la persona enferma en sus últimos días de vida. de acuerdo con la Adicionalmente, cada persona, comunidad y cultura tiene sus propios rituales como Opinión Consultiva formas de aliviar el dolor que causa la muerte de un ser querido. En particular, en el 24/2017 de la Corte contexto de la pandemia los ritos funerarios y homenajes a las personas fallecidas se Interamericana de ven restringidos y afectados para prevenir los contagios. Aparte de los ritos funerarios, Derechos Humanos. el proceso de duelo es un proceso de conexión social, que queda limitado en estos momentos. Estas restricciones en los ritos y homenajes posteriores al fallecimiento de personas portadoras de COVID-19, y en algunos países, a todas las muertes acontecidas durante la pandemia, pueden afectar el proceso de duelo de sus familiares y seres queridos y pueden vulnerar derechos tutelados en el marco jurídico interamericano. La CIDH presenta esta guía práctica con una serie de recomendaciones y consideraciones en materia de políticas públicas para orientar su formulación y adecuación, así como las prácticas y decisiones que adoptan los Estados en la disposición de los cuerpos y el respeto por el duelo de los familiares de las personas fallecidas durante la pandemia. Las medidas presentadas contribuyen al respeto de la memoria de las personas fallecidas. Registros, Debido a la gran cantidad de personas fallecidas en el marco de la pandemia, de coninhumaciones e formidad a la información disponible se han presentado una serie de situaciones en los identificación de Estados que se pueden traducir en afectaciones a derechos humanos: restos humanos

1. Sobre el local de fallecimiento:

» Personas fallecidas en domicilios: se han identificado desafíos relacionados con las instituciones encargadas de recoger el cadáver; » Personas fallecidas en locales públicos, en hoteles o centros de cuidados: existen demoras para recoger los cadáveres, así como desafíos en el manejo de los mismos en los hospitales. En ciertos casos esto ha llevado a la acumulación de cuerpos en las calles, debido a la saturación de los servicios de emergencia.

2. A nivel administrativo: » Dificultades para la correcta identificación de los restos mortales; » Omisión o falta de claridad en los registros de defunciones en relación con las causas de decesos determinados por COVID-19. En algunos casos, familiares reportaron información confusa o contradictoria en los certificados de defunción y reportes médicos; ¿Cuáles son los estándares para garantizar el respeto del duelo, los ritos funerarios Guía Práctica 01 y homenajes a las personas fallecidas durante la pandemia de COVID-19? 3 » Demoras en la entrega e inhumación de los restos mortales; » Dificultades administrativas para el otorgamiento de actas de defunción; » Un gran número de restos mortales inhumados en fosas comunes sin ser identificados o sin observar los aspectos técnicos necesarios; » Personas sometidas a intensas búsquedas de sus familiares fallecidos, soportando largas esperas para disponer de los cuerpos; » Ausencia de protocolos para que las personas migrantes puedan contactar y encontrar a sus familiares; » Problemas con identificación y repatriación de restos mortales; » Colapso de servicios funerarios y en las morgues, que lleva a:

» Acumulación de cuerpos en las morgues y calles; » Dificultad de recepción de cuerpos por la saturación de espacio y trabajadores en cementerios.

3. Condiciones de trabajo que afectan a la salud física y mental y los derechos laborales de personas trabajadoras de servicios funerarios y de morgues: » Limitación de recursos disponibles para el funcionamiento, la protección y seguridad personal de agentes de servicios forenses, funerarios y morgues; » Saturación de servicios lleva a sobrecarga de horarios laborales.

Ritos funerarios Los ritos y homenajes de las personas fallecidas, en distintos países, se ven afectay homenajes dos por la saturación de los servicios y las diversas restricciones impuestas por la pandemia, por lo que se considera se deben buscar maneras alternativas que garanticen su realización. Algunas restricciones identificadas: » Límites de personas asistentes a los ritos funerarios. El número permitido ha variado en los países, de 1 a 10 personas, en ocasiones se permite sólo a familiares directos como hijas/os, madres, padres y cónyuges; en otras, se realizan en absoluta soledad; » Tiempo de duración del funeral reducido; » Ausencia del contacto físico con el cuerpo. Adicionalmente, existen situaciones donde las familias y seres queridos no tienen acceso a los cuerpos para realizar los ritos acordes a su cultura, religión y/o cosmovisión. Estas situaciones incluyen: » La imposibilidad de repatriar a las personas fallecidas, cuyos cuerpos son cremados en el país de residencia, inclusive en aquellos casos donde la

cremación va en contra de sus creencias; » En algunas comunidades indígenas no se logra acceder a los cuerpos para realizar los ritos de acuerdo con su cosmovisión. Además, en numerosos casos las personas en situación de pobreza no cuentan con recursos para los gastos que implica la disposición final de los restos mortales o la repatriación de los cuerpos de sus seres queridos. Esta situación se ve agravada ante el contexto de desempleo y restricción de ingresos. ¿Cuáles son los estándares para garantizar el respeto del duelo, los ritos funerarios Guía Práctica 01 y homenajes a las personas fallecidas durante la pandemia de COVID-19? 4 Las restricciones mencionadas incrementan los obstáculos para la realización de funerales conforme con las creencias, los ritos y las costumbres, generando afectaciones a la salud mental y psíquica ante la imposibilidad de realizar el duelo. Esta realidad afecta las manifestaciones culturales propias de las personas y/o comunidades para despedir a una persona con dignidad y respeto; y prolonga el duelo y el sufrimiento. 2 DERECHOS QUE PUEDEN VERSE LIMITADOS Derechos Base jurídica: a la integridad » El art. 11 de la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre personal y consagra el derecho a preservar la salud y el bienestar. a la salud » El art. 10 del Protocolo de San Salvador indica que el derecho a la salud se entiende como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social. » El art. 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece el derecho a la integridad personal que implica el respeto a la integridad física,

psíquica y moral. » El art. 26 de la Convención Americana establece que los Estados se comprometen a adoptar medidas, a nivel interno y a través de la cooperación internacional, para lograr progresivamente la plena efectividad de los DESCA. » La Resolución 1/2020 “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas", indica que los Estados deben adoptar todas las medidas que sean adecuadas para proteger los derechos a la vida, salud e integridad personal. » La Resolución 4/2020 “Derechos Humanos de las Personas con COVID-19”, introduce directrices sobre el duelo y los derechos de familiares. Esto incluye el derecho de las personas familiares de víctimas fallecidas por COVID-19 a que se respete su integridad personal y su salud mental. Derecho de libertad El derecho a la libertad religiosa implica, entre otros, la libertad de profesar y divulreligiosa y de culto y gar su cultura, religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público derecho a participar como en privado. Los términos "creencias" y "religión" deben entenderse en sentido en la vida cultural amplio de creencias teístas, no teístas, ateas y de no profesar ningún culto o creencia. Asimismo, prevé que nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que afecten la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias. De este modo, el ejercicio de dicho derecho incluye la libertad de celebrar rituales fúnebres, acudir a los sitios sagrados y realizar el duelo y el luto conforme a sus propias creencias y culturas.

El respeto y protección del derecho de toda persona a ejercer sus propias prácticas culturales, dentro de los límites del respeto de los derechos humanos, incluye las prácticas religiosas, de culto o de creencia que se tenga en relación con la muerte; las cuales están estrechamente relacionadas con las formas de participación cultural y las cosmovisiones en las sociedades. ¿Cuáles son los estándares para garantizar el respeto del duelo, los ritos funerarios Guía Práctica 01 y homenajes a las personas fallecidas durante la pandemia de COVID-19? 5

Base jurídica: » El art. 3 de la Declaración Americana, establece el Derecho de libertad religiosa y de culto, que toda persona tiene de profesar libremente una creencia religiosa; de manifestarla y practicarla en público o en privado. El art. 12 de la Convención Americana establece que toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión. » El art. 13 de la Declaración Americana establece el derecho de participar en la vida cultural de la comunidad. En el mismo sentido, los artículos 26 de la Convención Americana y 14 del Protocolo de San Salvador protegen dicho derecho. » En los casos relacionados con comunidades indígenas y afrodescendientes, tanto la CIDH como la Corte IDH han estimado que la imposibilidad de realizar los rituales fúnebres o de acudir a los sitios sagrados constituyen serios obstáculos a su cosmovisión y religiosidad, que afectan severamente su identidad e integridad cultural. » La Resolución 4/2020 señala que las personas familiares de las víctimas

fallecidas durante la pandemia del COVID-19 deben poder realizar el duelo y sus ritos mortuorios, conforme a sus propias tradiciones y cosmovisión, el cual sólo podría ser restringido atendiendo a las circunstancias específicas y recomendaciones de las autoridades de salud con base en la evidencia científica disponible, y a través de las medidas que resulten idóneas para proteger la vida, salud o integridad y sean las menos lesivas.

Derecho a la Base jurídica: vida privada » El art. 5 de la Declaración Americana y el art. 11 de la Convención consagran el y familiar derecho a la vida privada y familiar y establecen la prohibición de injerencias arbitrarias o ataques abusivos a la misma.

Derecho Base jurídica: a la verdad » El derecho a la verdad, en determinados supuestos guarda relación con el derecho de acceso a la información, contemplado en el art. IV de la Declaración Americana y en el art. 13 de la Convención Americana. Bajo dichas disposiciones, el derecho a la verdad comprende el derecho de las víctimas y sus familiares a conocer la verdad, y también para la sociedad en su conjunto. ¿Cuáles son los estándares para garantizar el respeto del duelo, los ritos funerarios Guía Práctica 01 y homenajes a las personas fallecidas durante la pandemia de COVID-19? 6 3 PRÁCTICAS ACTUALES DE LOS ESTADOS A NIVEL GLOBAL En el contexto de la pandemia, los Estados han dado respuesta a los desafíos mencionados en la sección anterior, entre otros, mediante diversas iniciativas y medidas.

A continuación, se presentan una serie de ejemplos de prácticas relevantes en la

materia en varios países del mundo. Registros, » Se han realizado registros individualizados de personas fallecidas durante la inhumaciones e pandemia. identificación de » Se prohibió la inhumación de personas fallecidas por COVID-19 en fosas comunes restos humanos generales y se destinó el uso de fosas específicas para casos sospechosos o confirmados, para facilitar la posterior identificación y localización. » Se prohibió la incineración de cuerpos no identificados o identificados y no reclamados. » Se han implementado acciones de coordinación en los hospitales para facilitar el registro en bases de datos de las personas enfermas para facilitar la identificación, localización y, en caso de fallecimiento, el contacto con familiares. Ritos funerarios » Se solicitó la elaboración de recomendaciones basadas en evidencia científica y homenajes en para que se puedan controlar y regular periódicamente los servicios funerarios algunos Estados y las morgues. » Se utiliza la tecnología (vídeos, video llamadas, etc.) para que las personas puedan despedirse antes del fallecimiento y para la realización de los ritos funerarios y homenajes, y cultos religiosos para que los familiares y seres queridos puedan compartir imágenes, recuerdos, y otras expresiones al ser querido. » Se prohibió el incremento de los costos de los servicios funerarios, manteniendo los precios vigentes antes de la pandemia. » Se permitió la realización de velatorios bajo una serie de especificidades como la reducción del horario y número de participantes para asegurar el adecuado distanciamiento social, con base en las disposiciones de las autoridades de salud y la evidencia científica disponible. » Se dispuso la conformación de equipos de personas voluntarias para recoger

cuerpos de personas fallecidas por COVID-19, en coordinación con las familias y la policía para que posteriormente sean llevadas a los cementerios más cercanos. » Se aprobaron leyes que permiten la cremación gratuita de personas que murieron por el virus del COVID-19, tras la presentación de pruebas de que la muerte fue causada por esta enfermedad. » Se establecieron protocolos para repatriar cuerpos de personas fallecidas durante la pandemia. Acompañamiento » Se utiliza la tecnología para ofrecer servicios de salud mental, en el proceso de al duelo duelo, vía correo, teléfono, aplicaciones móviles, reuniones virtuales, entre otros. ¿Cuáles son los estándares para garantizar el respeto del duelo, los ritos funerarios Guía Práctica 01 y homenajes a las personas fallecidas durante la pandemia de COVID-19? 7 4 RECOMENDACIONES PARA LOS ESTADOS Generales 01 Respetar y garantizar los derechos de familiares de las personas fallecidas durante la pandemia. 02 Garantizar la investigación de las muertes potencialmente ilícitas, asegurando el derecho de acceso a la justicia de los familiares, a partir del Protocolo de Minnesota sobre la Investigación de Muertes Potencialmente Ilícitas (2016) de Naciones Unidas. 03 Implementar las buenas prácticas en materia de políticas públicas recogidas en esta guía y que sean aplicables a los respectivos Estados para garantizar el respeto al duelo, los ritos funerarios y homenajes a las personas fallecidas durante la pandemia del COVID-19. 04 Preservar la dignidad humana en la manipulación del cadáver bajo cualquier

circunstancia, respetando las creencias y las culturas de las personas, especialmente aquellas de las comunidades étnicas y pueblos indígenas. 05 Brindar orientaciones claras a los hospitales y centros de salud, centros de cuidado, cárceles y otros lugares donde ocurren muertes durante la pandemia, para el manejo de los cuerpos y trato con familiares con base en el derecho a la integridad personal y salud mental de las familias de las personas afectadas y de las víctimas fatales de la pandemia del COVID-19. 06 Brindar información a los familiares de las personas con COVID-19 con respecto a cuestiones como: la evolución de la enfermedad; las limitaciones de visitas a los sistemas hospitalarios y las afectaciones sobre prácticas culturales que puedan verse limitadas por las restricciones impuestas. 07 Fortalecer los mecanismos de control estatal para que no se flexibilicen y funcionen de manera efectiva, acordes a la legislación establecida para garantizar que cualquier disposición de recursos ocurra en un marco de transparencia e institucionalidad democrática, libre de corrupción. Se deben garantizar todas las medidas necesarias para que los recursos disponibles alcancen a las zonas y poblaciones más afectadas por la pandemia. 08 En las instituciones estatales de custodia se deben seguir las Reglas de Nelson Mandela, que establecen obligaciones específicas de flujo para muertes y de notificación a familiares. ¿Cuáles son los estándares para garantizar el respeto del duelo, los ritos funerarios Guía Práctica 01 y homenajes a las personas fallecidas durante la pandemia de COVID-19? 8

Registros, 09 Crear un sistema nacional/estatal de registros individualizados de personas falleinhumaciones e cidas durante la pandemia. identificación de restos humanos 10 Instar a los centros médicos a proveer información confiable y fidedigna a familiares con respecto a la causa de muerte de personas fallecidas durante la pandemia, en virtud del derecho de los familiares a conocer lo sucedido y de la sociedad en su conjunto a conocer las estadísticas sobre el impacto y alcance de la pandemia del COVID-19. 11 Prohibir la inhumación de personas fallecidas por COVID-19 en fosas comunes generales y destinar el uso de fosas específicas para casos sospechosos o confirmados, para facilitar la posterior identificación y localización. Adicionalmente, prohibir la incineración de cuerpos no identificados o identificados y no reclamados. 12 Desarrollar e implementar bases de datos para el registro de personas afectadas por el COVID-19 y sus familiares, y de esta forma asegurar su identificación y facilitar el contacto para recibir información en relación con la situación de salud, y en supuestos de emergencia, otorgar el consentimiento previo, libre e informado sobre el tratamiento médico. Los hospitales, centros de salud y de cuidado, centros de privación de libertad e instalaciones para migrantes, deben contar con estas bases de datos. 13 Informar a familiares y allegados de forma clara y precisa sobre el potencial riesgo de contagio durante la permanencia en contacto con las personas con COVID-19 y los restos mortales, así como proveerles medidas de bioseguridad. Dicha información debe incluir detalles sobre el uso medidas de bioseguridad durante el proceso de identificación de cuerpos, incluidas las restricciones al

contacto directo con el cuerpo con motivo de protección sanitaria. 14 Adoptar medidas que permitan la identificación de las personas fallecidas y la trazabilidad de los cuerpos en caso de entierro. 15 Establecer estándares y mecanismos nacionales y consulares de identificación y, de repatriación de cuerpos de las personas fallecidas durante la pandemia por COVID-19; incluyendo el contacto con familiares. Ritos funerarios 16 Asegurar que se respete la voluntad de las familias respecto a la disposición final y homenajes de los cuerpos, siempre en congruencia con las disposiciones sanitarias vigentes. 17 Permitir los ritos mortuorios de manera adecuada a las circunstancias y, con ello, contribuir con la preservación de su memoria y homenaje. 18 Asegurar que los derechos a la libertad de conciencia y religión, así como la vida privada de las personas familiares, no sufran injerencias arbitrarias, de tal forma que cualquier limitación en estos derechos debe cumplir con los requisitos de legalidad y proporcionalidad. ¿Cuáles son los estándares para garantizar el respeto del duelo, los ritos funerarios Guía Práctica 01 y homenajes a las personas fallecidas durante la pandemia de COVID-19? 9 19 Respetar el derecho de las y los familiares y seres queridos de las víctimas fallecidas por la pandemia del COVID-19 para celebrar los ritos mortuorios, conforme a sus tradiciones y cosmovisión, y a las circunstancias específicas y recomendaciones de las autoridades de salud y con base en la evidencia científica disponible y atendiendo las buenas prácticas de políticas públicas existentes en algunos Estados.

20 Desarrollar procesos ágiles de consulta previa, libre e informada que tengan en cuenta debidamente las posiciones y tradiciones relacionadas con los ritos funerarios de los pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes y tribales, con mecanismos específicos de participación social para garantizar e incorporar las diferentes prácticas religiosas o creencias en los protocolos diseñados para estos efectos. 21 Establecer canales de coordinación eficaces y pautas claras, con enfoque de derechos humanos, entre los distintos niveles de instituciones públicas involucradas y que tengan competencia en la toma de decisiones sobre el manejo y administración de los cementerios y morgues, como las intendencias y municipalidades. Acompañamiento 22 Establecer mecanismos de atención a la salud mental en el sistema de salud al duelo público y privado para acompañar el duelo de las personas que han perdido un ser querido, garantizando el uso de tecnología para los servicios de apoyo y otras buenas prácticas de políticas públicas en esta materia. 23 Comunicar el fallecimiento de las personas por COVID-19 a la familia o red de apoyo, con respeto, y considerando la religión, la espiritualidad y los valores culturales de las personas afectadas. Personas 24 Asegurar que el personal de las morgues o establecimientos similares y los equitrabajadoras de pos de inhumación apliquen las precauciones de bioseguridad en todo momento servicios funerarios y cuenten con los equipos de protección personal adecuados. y morgues 25 Garantizar la protección y limitar la exposición al contagio de las personas trabajadoras y la comunidad en general durante el transporte, la cremación o inhumación de los cuerpos de personas fallecidas por COVID-19.

Consultar sobre este documento ...