🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CIDH - Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CIDH - Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Autor
CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año

Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

SEGUNDA EDICIÓN

AÑOSOEA/Ser.L/V/II.

Doc.385/23 20 noviembre 2023 1

Original: Español COMISI Ó N INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de

Derechos Humanos SEGUNDA EDICIÓ N 2023 cidh.org Las Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos 1 Humanos (OEA/Ser.L/V/II.173 Doc. 177 ) fueron aprobadas por la CIDH el 30 de septiembre de 2019 . El capítulo E sobre las Categorías de análisis del cumplimiento de las recomendaciones fue actualizado por la CIDH el 20 de noviembre de 2023. Por lo tanto, este documento constituye la versión actualizada y reemplaza a la original aprobada en 2019.

AÑOSCOMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

Miembros Margarette May Macaulay Esmeralda Arosemena de Troitiño Roberta Clarke Julissa Mantilla Falcón Edgar Stuardo Ralón Orellana Carlos Bernal Pulido José Luis Caballero Ochoa Secretaria Ejecutiva Tania Reneaum Panszi Jefa de Gabinete Patricia Colchero Aragonés Secretaria Ejecutiva Adjunta para el Monitoreo, Promoción y Cooperación Técnica María Claudia Pulido Secretario Ejecutivo Adjunto para el Sistema de Casos y Peticiones Jorge Meza Flores

OAS Cataloging-in-Publication Data

Secretaria Ejecutiva Adjunta para el Monitoreo, Promoción y Cooperación Técnica María Claudia Pulido Secretario Ejecutivo Adjunto para el Sistema de Casos y Peticiones Jorge Meza Flores

OAS Cataloging-in-Publication Data

Inter-American Commission on Human Rights. Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Segunda edición: aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 20 de noviembre de 2023. p. ;  cm. (OAS. Documentos oficiales; OEA/Ser.L)

ISBN 978-0-8270-7800-0

1.  Human rights--America.  2.  Civil procedure --America.  3.  Civil rights--America.  I.  Title.  II.

Series.

OEA/Ser.L/V/II.doc.385/23Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos Índice

A. Introducción ...........................................................................................................................5

B. Seguimiento de las decisiones y recomendaciones de la CIDH ........................................6

C. Mandatos de la CIDH relativos al seguimiento de recomendaciones ...............................8

D. Tipos de medidas recomendadas por la CIDH ....................................................................9

1. Sistema de peticiones y casos ......................................................................................................9

2. Medidas cautelares ......................................................................................................................10

3. Sistema de monitoreo ...................................................................................................................11

E. Categorías de análisis del cumplimiento de las recomendaciones .................................11

1. Categorías para evaluar la información .......................................................................................12

2. Categorías para evaluar el nivel de cumplimiento de cada recomendación ..............................16

3. Categorías para evaluar el nivel de cumplimiento del caso o del informe en su conjunto ........23

1. Categorías para evaluar la información .......................................................................................12

2. Categorías para evaluar el nivel de cumplimiento de cada recomendación ..............................16

3. Categorías para evaluar el nivel de cumplimiento del caso o del informe en su conjunto ........23

F. Herramientas utilizadas en el seguimiento de recomendaciones ...................................25

1. Cartas ...........................................................................................................................................25

2. Reuniones de trabajo ...................................................................................................................25

3. Audiencias ....................................................................................................................................26

4. Cuestionarios ...............................................................................................................................26

5. Visitas de seguimiento .................................................................................................................27

6. Mesas de trabajo ..........................................................................................................................27

7. Asistencia técnica .........................................................................................................................27

G. Procesos de seguimiento de recomendaciones ...............................................................27

1. Informes de fondo publicados y acuerdos de soluciones amistosas aprobados por la CIDH ..28

2. Medidas cautelares ......................................................................................................................29

3. Informes de país y capítulos IV.B del informe anual de la CIDH ................................................31

4. Informes temáticos .......................................................................................................................32

H. Participación de las partes peticionarias, las víctimas, los(as) bene ficiarios(as) y la sociedad civil ........................................................................................................................32

I. Mecanismos especiales de seguimiento ...........................................................................33

Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 3Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

J. Sistema Interamericano de Monitoreo y Seguimiento de Recomendaciones (SIMORE Interamericano) .....................................................................................................................33

K. Finalización del proceso de seguimiento de recomendaciones y decisiones ...............34

Anexo 1 – Tipos de medidas recomendadas por la CIDH .....................................................35

A. Sistema de Peticiones y Casos .........................................................................................35

1. Medidas de restitución en el ejercicio del derecho .....................................................................35

K. Finalización del proceso de seguimiento de recomendaciones y decisiones ...............34

Anexo 1 – Tipos de medidas recomendadas por la CIDH .....................................................35

A. Sistema de Peticiones y Casos .........................................................................................35

1. Medidas de restitución en el ejercicio del derecho .....................................................................35

2. Medidas de compensación ..........................................................................................................36

3. Medidas de satisfacción ...............................................................................................................37

4. Medidas de rehabilitación ............................................................................................................39

5. Medidas en materia de verdad y justicia .....................................................................................40

6. Medidas de no repetición o estructurales ...................................................................................42

B. Medidas Cautelares ...........................................................................................................45

1. Medidas inmediatas para proteger los derechos en riesgo ........................................................45

2. Medidas destinadas a evitar la ocurrencia de nuevos eventos de riesgo ..................................45

C. Sistema de Monitoreo ........................................................................................................46

1. Incidencia en la cultura de derechos humanos ..........................................................................46

2. Sistemas de información, datos e indicadores ...........................................................................46

Anexo 2 - Guía para la presentación de información sobre el cumplimiento de casos individuales a la CIDH ...............................................................................................................47

A. Introducción ........................................................................................................................47

B. Orientaciones generales para la presentación de la información ......................................47

C. Aspectos especí ficos para la presentación de información acorde al tipo de medida recomendada .....................................................................................................................48

Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 4Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

A. Introducción

1. El 30 de septiembre de 2019, durante su 173º período ordinario de sesiones, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, CIDH o Comisión) aprobó las Directrices Generales de Seguimiento de las Recomendaciones y Decisiones (Directrices 2

Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, CIDH o Comisión) aprobó las Directrices Generales de Seguimiento de las Recomendaciones y Decisiones (Directrices 2 Generales de Seguimiento) adoptadas a través de los distintos mecanismos derivados de sus mandatos convencionales, Estatuto y Reglamento. El desarrollo de dichas directrices se enmarcó en la implementación del Plan Estratégico 2017 -2021 de la CIDH, con el objetivo de fortalecer las acciones de seguimiento desplegadas por la CIDH, concentrándose en el diseño de metodologías, procedimientos y protocolos homogéneos, medibles y concretos para evaluar el cumplimiento integral de dichas recomendaciones y decisiones.

2. El 20 de noviembre de 2023, la CIDH aprobó la actualización del capítulo E de las Directrices Generales de Seguimiento, desarrollando los criterios especí ficos que serán utilizados por la CIDH para evaluar la información recibida durante los procesos de seguimiento y para determinar el nivel de cumplimiento de cada recomendación.

3. Esta actualización de las Directrices Generales de Seguimiento se enmarca en la implementación del nuevo Plan Estratégico 2023-2027 , que establece como uno de sus programas centrales el fortalecimiento del seguimiento de las recomendaciones y del SIMORE Interamericano . Un objetivo particular de este plan es el diseño de 3 metodologías, procedimientos y protocolos claros, medibles y concretos para evaluar integralmente el cumplimiento de las recomendaciones y decisiones de la CIDH. De esta manera, la Comisión continúa construyendo estrategias adicionales que impulsen el seguimiento y cumplimiento de sus decisiones y recomendaciones . 4

4. El presente documento describe las directrices generales que la CIDH aplica en el proceso

manera, la Comisión continúa construyendo estrategias adicionales que impulsen el seguimiento y cumplimiento de sus decisiones y recomendaciones . 4

4. El presente documento describe las directrices generales que la CIDH aplica en el proceso de seguimiento de sus decisiones y recomendaciones. En ese sentido, explica: (B) en qué consiste en términos generales este proceso de seguimiento; (C) los mandatos jurídicos que tiene la CIDH para realizar esta labor de seguimiento, de conformidad con la Carta de la Organización de los Estados Americanos (en adelante, OEA), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante, CADH), la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, el Estatuto de la CIDH y el Reglamento de la CIDH; (D) los tipos de medidas que la CIDH decide y recomienda por medio del sistema de peticiones y casos, medidas cautelares, y del sistema de monitoreo; (E) las categorías de análisis que adopta la CIDH para evaluar el nivel cumplimiento de sus recomendaciones y decisiones; (F) las Con el objetivo de facilitar la lectura de estas Directrices Generales de Seguimiento, la CIDH utiliza “recomendaciones” y 2 “decisiones” indistintamente para referirse ampliamente a las recomendaciones y decisiones adoptadas por la CIDH a través de sus distintos mecanismos (informes de fondo, acuerdos de soluciones amistosas, medidas cautelares, e informes de país y temáticos) acorde a las definiciones establecidas en la Sección B.

Programa 8, Plan Estratégico 2023-2027 CIDH, OEA/Ser.L/V/II.185, Doc. 310, 31 de octubre 2022.3

temáticos) acorde a las definiciones establecidas en la Sección B. Programa 8, Plan Estratégico 2023-2027 CIDH, OEA/Ser.L/V/II.185, Doc. 310, 31 de octubre 2022.3 Objetivo Estratégico 1 .3, Plan Estratégico 2023-2027 CIDH, OEA/Ser.L/V/II.185, Doc. 310, 31 de octubre 2022, p. 65.4 Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 5Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos herramientas utilizadas para realizar el seguimiento de las recomendaciones y decisiones; (G) los procesos de seguimiento desplegados en relación con los diferentes mecanismos de la CIDH; (H) las vías y canales de participación que tienen a su disposición las partes peticionarias, las víctimas, las organizaciones de la sociedad civil, e instituciones nacionales de derechos humanos; (I) los mecanismos especiales de seguimiento implementados por la CIDH; (J) el Sistema Interamericano de Monitoreo y Seguimiento de RecomendacionesSIMORE Interamericano; y (K) los criterios conforme a los cuales la CIDH puede dar por finalizado el proceso de seguimiento.

5. La CIDH invita a los Estados y a las personas usuarias interesadas en participar de los procesos de seguimiento de recomendaciones, principalmente, de informes de fondo publicados, informes de país, capítulos IV.B de informes anuales, informes temáticos frente a un país especí fico o informes de los grupos interdisciplinarios de expertos independientes (GIEI), a utilizar estas directrices con el objetivo común de impulsar el

frente a un país especí fico o informes de los grupos interdisciplinarios de expertos independientes (GIEI), a utilizar estas directrices con el objetivo común de impulsar el cumplimiento efectivo y adecuado de estas decisiones.

B. Seguimiento de las decisiones y recomendaciones de la CIDH

6. La CIDH adopta decisiones y formula recomendaciones a los Estados Miembros de la OEA con el fin de fomentar el debido respeto a los derechos humanos. Esta es una de las funciones atribuidas a la CIDH para cumplir su mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en las Américas. La CIDH adopta los siguientes tipos

de decisiones y recomendaciones: ▪ En el marco del sistema de peticiones y casos: • Recomendaciones en los informes de fondo; • Decisiones en los informes que aprueban acuerdos de soluciones amistosas pactados entre los Estados Miembros y los(as) peticionarios(as); y, • Decisiones en las resoluciones que otorgan o amplían medidas cautelares a personas o grupos en situaciones de gravedad y urgencia. ▪ En el marco del sistema de monitoreo: • Recomendaciones en los informes sobre la situación de derechos humanos en los países; • Recomendaciones en los informes temáticos; • Recomendaciones en el Informe Anual de la CIDH; • Recomendaciones en resoluciones; y, Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 6Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos • Llamamientos a los Estados Miembros efectuados en comunicados de prensa publicados . 5

7. El objetivo central del proceso de seguimiento es el de veri ficar y evaluar integralmente el

de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos • Llamamientos a los Estados Miembros efectuados en comunicados de prensa publicados . 5

7. El objetivo central del proceso de seguimiento es el de veri ficar y evaluar integralmente el conjunto de las decisiones adoptadas por la CIDH, de manera coordinada, articulada y transversal, y determinar si las mismas están siendo cumplidas por los Estados, con el fin de garantizar una reparación plena a las víctimas de violaciones de derechos humanos, así como de aumentar el respeto, la protección y la promoción de los derechos humanos en el Hemisferio. La CIDH despliega la función de seguimiento de recomendaciones para que las decisiones emitidas por ella a través de sus distintos mecanismos se refuercen mutuamente y para que se aproveche al máximo el potencial con miras a lograr su implementación efectiva. Esto se hace con el fin de que sea posible analizar todas las recomendaciones emitidas frente a un determinado país o sobre un tema o asunto especí fico, de tal manera que se puedan identi ficar los avances históricos, los desafíos pendientes, y las rutas posibles que puedan llevar a alcanzar el cumplimiento de las recomendaciones por parte de los Estados.

8. El cumplimiento integral de las decisiones de la CIDH constituye un elemento indispensable para asegurar la e ficacia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (en adelante, SIDH) y contribuir a la plena vigencia de los derechos humanos en los Estados Miembros de la OEA. En este sentido, la CIDH recuerda que, en virtud del derecho internacional y la jurisprudencia interamericana, los Estados están obligados a cumplir de buena fe las recomendaciones de la CIDH de conformidad con el principio de

en los Estados Miembros de la OEA. En este sentido, la CIDH recuerda que, en virtud del derecho internacional y la jurisprudencia interamericana, los Estados están obligados a cumplir de buena fe las recomendaciones de la CIDH de conformidad con el principio de pacta sunt servanda . Además, la Comisión recuerda que los organismos del SIDH ya han 6 hecho patente la necesidad de comprender que el acceso a la justicia no se agota en la emisión de una sentencia o decisión internacional, sino en su efectivo cumplimiento y en la materialización de las medidas ordenadas , con el objetivo de hacer vigente el efecto 7 útil de los derechos humanos regulados por los instrumentos en la materia . 8 La CIDH también realiza el seguimiento a los llamamientos hechos por ella a los Estados Miembros por sus comunicados de 5 prensa en el marco de su sistema de monitoreo. Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, U.N. Doc. A/CONF.39/27 (1969), Artículo 26: "Pacta sunt servanda". 6 T odo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe. Corte IDH. Caso Atala Riffo y Niñas vs. Chile, resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia del 26 de noviembre de 2013. Corte IDH, Caso Muelle Flores vs. Perú. Fondo, Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 6 de 7 marzo de 2019 . Serie C No. 375 , párr. 154 . Corte IDH. Caso Atala Riffo y Ni ñas vs. Chile , resolución de supervisión de

cumplimiento de sentencia del 26 de noviembre de 2013. Corte IDH. Caso Fontevecchia y D’amico vs.Argentina, resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia del 1 de septiembre de 2015, párr. 7. Corte IDH. Caso de la masacre de La Rochela vs. Colombia , resolución de supervisión de cumplimiento de la sentencia del 31 8 de agosto de 2015 , párr. 2 . Corte IDH. Caso Apitz Barbera y otros (“Corte Primera de lo Contencioso Administrativo”) vs. Venezuela, resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia del 23 de noviembre de 2012 , párr. 39 . Corte IDH. Caso López Mendoza vs.Venezuela, resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia del 20 de noviembre de 2015, párr. 11. Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 7Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

C. Mandatos de la CIDH relativos al seguimiento de recomendaciones

9. La CADH, en su artículo 41, establece entre las funciones y atribuciones de la CIDH la de “formular recomendaciones, cuando lo estime conveniente, a los gobiernos de los Estados Miembros para que adopten medidas progresivas en favor de los derechos humanos dentro del marco de sus leyes internas y sus preceptos constitucionales, al igual que disposiciones apropiadas para fomentar el debido respeto a esos derechos” . Reflejando 9 esta disposición, el Estatuto de la CIDH establece en su artículo 18 (b) que a este organismo le compete “formular recomendaciones a los gobiernos de los Estados para que adopten medidas progresivas en favor de los derechos humanos, dentro del marco de

esta disposición, el Estatuto de la CIDH establece en su artículo 18 (b) que a este organismo le compete “formular recomendaciones a los gobiernos de los Estados para que adopten medidas progresivas en favor de los derechos humanos, dentro del marco de sus legislaciones, de sus preceptos constitucionales y de sus compromisos internacionales, y también disposiciones apropiadas para fomentar el respeto a esos derechos” ; y en su artículo 18 (d), que la CIDH tiene la atribución de “solicitar que los 10 gobiernos de los Estados le proporcionen informes sobre las medidas que adopten en materia de derechos humanos” . 11

10. En relación con los Estados Miembros de la OEA que no han ratificado la CADH con base en el artículo 62 de la CADH, la CIDH tiene la facultad de solicitarles información, y emitir los informes y recomendaciones que estime convenientes, de acuerdo con el artículo 106 de la Carta de la OEA y el artículo 18 del Estatuto de la CIDH.

11. Dadas estas atribuciones y con miras a garantizar el efecto útil del SIDH, la CIDH tiene el mandato de realizar el seguimiento a las recomendaciones y decisiones que emita a través de sus distintos mecanismos (los sistemas de peticiones y casos, medidas cautelares y monitoreo), y de presentar su valoración del cumplimiento de dichas recomendaciones y decisiones a la Asamblea General de la OEA, a través de sus

Informes Anuales.

12. En el marco del sistema de peticiones y casos, el artículo 48 del Reglamento de la CIDH establece que, “una vez publicado un informe sobre solución amistosa o sobre el fondo en los cuales haya formulado recomendaciones, la Comisión podrá tomar las medidas de seguimiento que considere oportunas, tales como solicitar información a las partes y

establece que, “una vez publicado un informe sobre solución amistosa o sobre el fondo en los cuales haya formulado recomendaciones, la Comisión podrá tomar las medidas de seguimiento que considere oportunas, tales como solicitar información a las partes y celebrar audiencias, con el fin de verificar el cumplimiento con los acuerdos de solución Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), artículo 41. 9 Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (1979), artículo 18.10 Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (1979), artículo 18.11 Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 8Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos amistosa y recomendaciones. La Comisión informará de la manera que considere pertinente sobre los avances en el cumplimiento de dichos acuerdos y recomendaciones”. 12

13. En relación con a las medidas cautelares, el artículo 25 del Reglamento de la CIDH establece el mandato de “tomar las medidas de seguimiento apropiadas, como requerir a las partes interesadas información relevante sobre cualquier asunto relacionado con el otorgamiento, observancia y vigencia de las medidas cautelares. Dichas medidas pueden incluir, cuando resulte pertinente, cronogramas de implementación, audiencias, reuniones de trabajo y visitas de seguimiento y revisión” . 13

14. En cuanto al sistema de monitoreo, de acuerdo con el artículo 59, inciso 9 del Reglamento de la CIDH, “a través del Capítulo V de su Informe Anual, la Comisión dará seguimiento a las medidas adoptadas para dar cumplimiento a las recomendaciones formuladas en los informes de país o temáticos, o en informes publicados previamente en el Capítulo IV.B” . 14

las medidas adoptadas para dar cumplimiento a las recomendaciones formuladas en los informes de país o temáticos, o en informes publicados previamente en el Capítulo IV.B” . 14

15. La Asamblea General de la OEA ha aprobado mandatos para fortalecer el mecanismo de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la CIDH. Asimismo, ha alentado a los Estados Miembros a que cumplan y den seguimiento a las recomendaciones de la CIDH y les ha exhortado a que fortalezcan sus capacidades institucionales en el seguimiento y la implementación de las decisiones y recomendaciones del SIDH . 15

D. Tipos de medidas recomendadas por la CIDH

16. La CIDH recomienda diferentes tipos de medidas a los Estados Miembros de la OEA a través de sus distintos mecanismos.

1. Sistema de peticiones y casos

17. De conformidad con la jurisprudencia del SIDH, las víctimas de violaciones de derechos humanos tienen derecho a una reparación integral del daño sufrido, la cual debe concretarse mediante medidas individuales tendientes a restituir, indemnizar y rehabilitar a Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2013), artículo 48. 12

Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2013), artículo 25. 13 Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2013), artículo 59.9.14 OEA, Resolución AG/RES. 1701 (XXX-O/00) Evaluación del funcionamiento del sistema interamericano de protección y 15 promoción de los derechos humanos para su perfeccionamiento y fortalecimiento, punto resolutivo 5.d; OEA, Resolución AG/RES.

2672 (XLI-O/11) Observaciones y Recomendaciones al Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, punto resolutivo 3.b; OEA, Resolución AG/RES. 2675 (XLI-O/11) Fortalecimiento del sistema interamericano de derechos humanos en seguimiento de los mandatos derivados de las Cumbres de las Américas, punto resolutivo 3.d; y, OEA, Resolución AG/RES. 2928 (XLVIII-O/18) Promoción y Protección de Derechos Humanos, puntos resolutivos ix.1 y ix.2. Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 9Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos las víctimas, así como medidas de satisfacción y garantías de no repetición . Esta pauta 16 jurisprudencial del SIDH es, de hecho, un re flejo de las reglas generales del derecho internacional consuetudinario relativas a la reparación de las víctimas.

18. Las medidas de reparación integral recomendadas en los informes de fondo publicados, y las medidas de reparación acordadas entre las partes en los acuerdos de solución amistosa aprobados por la CIDH, son clasificadas de la siguiente manera : 17 ▪ Medidas de restitución en el ejercicio del derecho, cuando ello es posible ▪ Medidas de compensación ▪ Medidas de satisfacción ▪ Medidas de rehabilitación ▪ Medidas en materia de verdad y justicia ▪ Medidas de no repetición o estructurales, como: • Políticas públicas • Legislación/Normativa • Fortalecimiento institucional

2. Medidas cautelares

19. Las recomendaciones dadas por la CIDH en las resoluciones que otorgan o amplían

▪ Medidas de no repetición o estructurales, como: • Políticas públicas • Legislación/Normativa • Fortalecimiento institucional

2. Medidas cautelares

19. Las recomendaciones dadas por la CIDH en las resoluciones que otorgan o amplían medidas cautelares se insertan en el deber de protección en cabeza de los Estados y son adoptadas de conformidad con el artículo 25 del Reglamento en situaciones de gravedad y urgencia con el fin de prevenir la ocurrencia de un riesgo de daño irreparable a las personas, o al objeto de una petición o caso pendiente ante los órganos del Sistema Interamericano.

20. Estas recomendaciones están dirigidas a mitigar la situación de riesgo que motivó la adopción de las medidas cautelares y generalmente incluyen los siguientes componentes: 18 ▪ Medidas inmediatas para proteger los derechos en riesgo; ▪ Que las medidas a adoptarse sean concertadas con las personas bene ficiarias y sus representantes a efectos de asegurar que tengan una participación en la plani ficación e implementación de las mismas; CIDH, Lineamientos principales para una política integral de reparaciones, 19 de febrero de 2008, OEA/Ser/L/V/II.131, doc. 1, 16 párr. 1; CIDH, Impacto del procedimiento de solución amistosa, OEA/Ser.L/V/II.Doc.45/13, 18 de diciembre de 2013, pág. 23, párr. 64; Corte IDH. Caso La Cantuta Vs. Perú. Sentencia de 29 de noviembre de 2006. Serie C No. 162, párrs. 199-203.

Ver Anexo, Sección A, para una descripción de las medidas de reparación recomendadas por la CIDH en el sistema de 17 peticiones y casos. Ver Anexo, Sección B, para una descripción de las medidas cautelares recomendadas por la CIDH. 18 Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 10Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ▪ Medidas destinadas a evitar la ocurrencia de nuevos eventos de riesgo.

21. Las medidas requeridas en una resolución general son decididas por la Comisión atendiendo a la situación en concreto. En general, suelen tener un carácter amplio, puesto que la modalidad de implementación corresponde en principio al Estado atendiendo al principio de concertación con los(as) beneficiarios(as) y sus representantes.

3. Sistema de monitoreo

22. Las recomend

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...