CIDH - Guía Práctica sobre Lineamientos para la Formulación de Políticas Públicas
CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
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Detalles
- Título
- CIDH - Guía Práctica sobre Lineamientos para la Formulación de Políticas Públicas
- Autor
- CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad de Prensa
- Año
- —
GUÍA PRÁCTICA Lineamientos para la formulación de políticas públicas en materia de desplazamiento interno OAS Cataloging-in-Publication Data Inter-American Commission on Human Rights. Guía práctica sobre lineamientos para la formulación de políticas públicas en materia de desplazamiento interno / [Preparado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos]. p. ; cm. (OAS. Documentos oficiales ; OEA/Ser.L)
ISBN 978-0-8270-6916-9
1. Human rights. 2. Emigration and immigration. 3. Civil rights. 4. Internally displaced persons.
I. Title. II. Series.
OEA/Ser.L/V/II. Doc.101/18 Add.1
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
Miembros Secretario Ejecutivo Margarette May Macaulay Paulo Abrão Esmeralda Arosemena de Troitiño Luis Ernesto Vargas Silva Secretaria Ejecutiva Adjunta para el Monitoreo, Francisco José Eguiguren Praeli Promoción y Cooperación Técnica en Derechos Humanos Joel Hernández García María Claudia Pulido Antonia Urrejola Flávia Piovesan Jefa de Gabinete de la Secretaría Ejecutiva de la CIDH Marisol Blanchard Vera
GUÍA PRÁCTICA CONTENIDO 1
A. Objeto y alcance 3
B. Estructura 6
C. Lineamientos para la formulación de políticas públicas en desplazamiento interno 8
Lineamiento 1: Institucionalidad pública 9 Lineamiento 2: Recolección de datos, producción, análisis y difusión de información 11 Lineamiento 3: Medidas de prevención 14 Lineamiento 4: Reconocimiento y protección de derechos 17
Lineamiento 5: Inclusión del enfoque de género y diversidad 21 Lineamiento 6: Protección de grupos en situación de discriminación histórica 24 Lineamiento 7: Asistencia humanitaria 27 Lineamiento 8: Retorno, reasentamiento y reintegración local 29 Lineamiento 9: Acceso a la justicia y medidas de reparación 31 Lineamiento 10: Participación social 34 Lineamiento 11: Sustentabilidad y Presupuesto 36 Lineamiento 12: Cooperación regional e internacional 37 El jale (Tapanatepec, Istmo, Oaxaca) Carlos Hernández 3 A / Objeto y alcance 1 La Guía Práctica sobre Lineamientos para la Formulación de Políticas Públicas en materia de Desplazamiento Interno constituye una iniciativa de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, “la Comisión Interamericana”, “la Comisión” o “la CIDH”) para presentar, de manera didáctica, las principales recomendaciones contenidas dentro del Informe de Desplazamiento Interno en el Triángulo Norte de Centroamérica y relativas a la formulación de políticas públicas para abordar este problema de derechos humanos. 2 La CIDH, en cumplimiento del mandato previsto en el artículo 41 de la CADH y en el artículo 106 de la Carta de la OEA de prestar asesoramiento a los Estados en materia de derechos humanos, ha decidido elaborar esta guía cuyo objetivo es brindar recomendaciones que apuntan a orientar la actuación de los Estados para la formulación de políticas públicas con enfoque de derechos humanos, así como brindar herramientas a la sociedad civil y a las personas desplazadas internas para demandar, acompañar, incidir y controlar la actuación estatal.
3 Considerando lo anterior, el objeto de esta guía es brindar una herramienta práctica a los funcionarios y las funcionarias que tienen a su cargo el cumplimiento de las obligaciones en materia de derechos humanos así como a los y las representantes de organizaciones sociales que trabajan en la promoción y protección de los derechos de las personas desplazadas internas y que demandan al Estado la adopción de medidas y de políticas públicas para dar respuesta a esta preocupante situación. A El jale (Tapanatepec, Istmo, Oaxaca) Carlos Hernández
GUÍA PRÁCTICA A / OBJETO Y ALCANCE 4
4 Para el abordaje de esta guía, es necesario retomar la noción de desplazamiento interno forzado adoptada por la CIDH. De acuerdo con el Informe sobre Movilidad Humana que la CIDH aprobó en 2015 a través de su Relatoría sobre los Derechos de los Migrantes, los “desplazados internos” son aquellas personas o grupos de personas que han sido forzados u obligados a huir de sus hogares o lugares de residencia habitual, o a abandonarlos, en particular a causa de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o desastres naturales o causados por el ser humano, y que aún no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida1. En dicho informe, también se establece que una persona es desplazada por el mero hecho de haberse visto compelida a abandonar el lugar de residencia habitual, independientemente del registro formal ante autoridades estatales2. 5 Las tres características descriptas definen la situación de las personas desplazadas internas: en primer lugar, que la movilidad o el desplazamiento no sea voluntario; en
segundo lugar, que el desplazamiento sea consecuencia de situaciones de conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano; y en tercer lugar, que la persona permanezca bajo la jurisdicción de su país de origen o de residencia habitual, que en muchos casos es el responsable por la violación de los derechos o por la omisión de adoptar medidas para su protección. + + La combinación de estos factores expone a las personas desplazadas internas a una condición de extrema vulnerabilidad ya que se encuentran bajo la protección de su país de origen, que en muchos casos es también el que ha ocasionado su huida o el que no ha logrado prevenirla.
GUÍA PRÁCTICA A / OBJETO Y ALCANCE 5
6 En esa línea, la CIDH ha manifestado que, de conformidad con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otras normas de derecho internacional, las personas desplazadas internas tienen derecho a disfrutar libremente de los mismos derechos y libertades que el resto de los nacionales3. No obstante, en la práctica, rara vez pueden hacerlo, puesto que el desplazamiento interno contradice per se el goce efectivo de los derechos humanos. Lo anterior se debe a que una de sus características principales consiste en que sus víctimas se han visto forzadas a huir de sus hogares o lugares de residencia habitual, lo cual implica dejar atrás sus proyectos de vida y en la mayoría de casos, la pérdida de tierras, viviendas y otros bienes y componentes del patrimonio, así como la afectación de diversos derechos que se derivan del desarraigo y del desplazamiento4.
7 En definitiva, a través de esta Guía la Comisión Interamericana pretende ofrecer una serie de recomendaciones prácticas que sirvan como referencia para la formulación de políticas públicas con enfoque de derechos humanos en materia de desplazamiento interno, situación que viene siendo abordada por este organismo a través de sus distintos mecanismos de promoción y protección de derechos humanos. 8 La Comisión aspira a que este instrumento sea lo suficientemente amplio y flexible como para poder servir de referencia en diversos contextos sociales, culturales, políticos, y ambientales de todos los países de la región. 6 B / Estructura 9 Considerando el objeto de esta guía práctica, su estructura se divide en las siguientes secciones: Lineamiento 1: Lineamiento 2: Lineamiento 3: Lineamiento 4: Reconocimiento y Institucionalidad pública. Recolección de datos, Medidas de prevención. protección de derechos. producción, análisis y difusión de información. Lineamiento 5: Lineamiento 6: Lineamiento 7: Lineamiento 8: Inclusión del enfoque de Protección de grupos en Asistencia humanitaria. Retorno, reasentamiento género y diversidad. situación de y reintegración local. discriminación histórica. Lineamiento 9: Lineamiento 10: Lineamiento 11: Lineamiento 12: Acceso a la justicia y Participación social. Sustentabilidad y Cooperación regional e medidas de reparación. Presupuesto. internacional. B
GUÍA PRÁCTICA B / ESTRUCTURA 7
10 En ese entendimiento, se presentan lineamientos u orientaciones dirigidas a los distintos Poderes de los Estados de acuerdo a sus competencias y
funciones, y divididas metodológicamente de acuerdo a los principales temas que la Comisión Interamericana entiende conforman las obligaciones que los Estados han asumido a nivel internacional para garantizar los derechos de las personas desplazadas internas (en adelante “PDI”). 11 La CIDH quisiera remarcar el carácter progresivo de algunas de las medidas que los Estados deben adoptar en el cumplimiento de sus obligaciones internacionales, considerando las capacidades y recursos actuales. En ese sentido, el camino hacia el cumplimiento integral de las recomendaciones que aquí se presentan demanda la priorización y diseño de estrategias graduales que permitan a los Estados intervenir en función de sus capacidades reales y de sus necesidades más urgentes. 12 A tal fin, la CIDH insta a los Estados, y se pone a disposición de los mismos, para poder desarrollar una planificación estratégica que permita avanzar en la protección de los derechos humanos de la población desplazada interna de manera coherente y realista. 8 Lineamientos para la formulación de políticas públicas en desplazamiento interno C (La Ventosa, Istmo, Oaxaca) Carlos Hernández
GUÍA PRÁCTICA C / LINEAMIENTOS 9
LINEAMIENTO 1
Lineamientos para Institucionalidad la formulación de pública políticas públicas en desplazamiento interno Poderes Ejecutivo y Legislativo Adecuar y/o crear la estructura institucional de conformidad con los estándares interamericanos de derechos humanos para poder brindar respuestas efectivas para la protección de los derechos de las PDI. Poder Legislativo Establecer por ley formal un esquema institucional responsable de la
formulación, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas dirigidas a las PDI. Garantizar que dicho esquema se encuentre fundado en los principios del enfoque de derechos humanos en materia de institucionalidad pública. A tal fin se sugiere: El diseño de esquemas institucionales integrales que respondan a los principios de indivisibilidad, universalidad e interdependencia de los derechos humanos. El diseño de mecanismos efectivos de coordinación interinstitucional a nivel horizontal entre las distintas áreas sectoriales involucradas y a nivel vertical entre los distintos niveles de gobierno. La incorporación de la transversalización del enfoque de derechos humanos en todos los niveles de coordinación estatal. Definir en la normativa las funciones y responsabilidades de las instituciones involucradas en la protección de los derechos de las PDI. Establecer con claridad las diferentes funciones y responsabilidades de los distintos niveles de gobierno, nacional y local. Asegurar que los diseños normativos cuenten con participación social, lo que involucra no sólo a organizaciones sociales que trabajan en la promoción y protección de derechos de las PDI sino también a las PDI. Garantizar la progresividad en la cobertura presupuestaria para la sostenibilidad del esquema institucional. (La Ventosa, Istmo, Oaxaca) Carlos Hernández
GUÍA PRÁCTICA C / LINEAMIENTOS 1 - INSTITUCIONALIDAD PÚBLICA 10
Poder Ejecutivo Identificar un organismo/punto focal responsable por la implementación de la política pública para la protección de los derechos de las PDI. Implementar los mecanismos de coordinación interinstitucional en los niveles horizontal y vertical que garanticen la protección integral de los
derechos de las PDI. Diseñar e implementar protocolos de actuación que permitan identificar con claridad las responsabilidades y funciones de los distintos niveles de gobierno, nacional y local. Asegurar y ejecutar, progresivamente, el presupuesto para la sostenibilidad del esquema institucional. Capacitar al personal de los organismos que formarán parte del esquema institucional de respuesta al desplazamiento interno a fin de garantizar el conocimiento y sensibilización sobre los derechos de las PDI y las obligaciones del Estado para su garantía y protección. En particular se deberá tener especialmente en cuenta: La capacitación a todo el personal respecto de la promoción y protección de los derechos humanos y su rol como operadores públicos. La capacitación dirigida de manera exclusiva al personal de fuerzas de seguridad en materia de promoción y protección de derechos humanos. La capacitación sobre la incorporación del enfoque de género, diversidad y de los enfoques diferenciados en todas las medidas que el personal de estos organismos adopte. La capacitación y sensibilización sobre los derechos de las PDI y la obligación del Estado y sus funcionarios y funcionarias para garantizarlos y protegerlos. Poder Judicial Capacitar a los operadores de justicia en materia de promoción y protección de los derechos de las PDI. En particular se deberá tener especialmente en cuenta: La capacitación a todo el personal respecto de la promoción y protección de los derechos humanos y su rol como operadores judiciales. La capacitación sobre la incorporación del enfoque de género, diversidad y de los enfoques diferenciados en todas las decisiones que se adopten en el marco de las causas judiciales. La capacitación y sensibilización sobre los derechos de las PDI y, en particular, del
derecho al acceso a la justicia .
GUÍA PRÁCTICA C / LINEAMIENTOS 11
LINEAMIENTO 2
Recolección de datos, producción, análisis y difusión de información Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial Adoptar medidas orientadas a la producción, sistematización, análisis y difusión de la información vinculada a las PDI garantizando procesos de transparencia y rendición de cuentas Poder Legislativo Sancionar las leyes necesarias para otorgarle la mayor legitimidad y sostenibilidad al sistema de información. Sancionar las leyes necesarias para garantizar el derecho al acceso a la información de las PDI. Poder Judicial Diseñar e implementar procedimientos para que, siempre que se estime conveniente, la información sobre los casos y las PDI sea remitida en carácter de confidencialidad al sistema de información sobre desplazamiento interno. Diseñar e implementar procedimientos para que la información que recibe y procesa el Poder Judicial sea remitida, en carácter de confidencialidad, a las instancias gubernamentales encargadas de la formulación, implementación, monitoreo y evaluación de políticas públicas. Impulsar mecanismos de producción de información que permitan contar con datos relativos a los procesos de tutela y amparo judicial, preservando el carácter de confidencialidad de las PDI involucradas en dichos procesos.
GUÍA PRÁCTICA C / LINEAMIENTOS 2 - RECOLECCIÓN DE DATOS, PRODUCCIÓN, ANÁLISIS 12
Y DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN Poder Ejecutivo Desarrollar un sistema de información de carácter confidencial que
permita el registro de los casos, de las PDI, y de la información vinculada a las medidas de protección que el Estado haya adoptado. Ese sistema deberá tomar en consideración lo siguiente: La inclusión de las PDI en el sistema de información no les concede un estatus jurídico especial. La situación de desplazamiento interno es una situación de hecho y los derechos de las PDI y las obligaciones estatales consecuentes no están sujetas a la incorporación de las DPI en un sistema de información El objetivo del sistema debe ser poder contar con información sobre la cantidad, las características, y la localización de las PDI a fin de que el Estado pueda adoptar las medidas adecuadas para la protección de sus derechos El sistema debe garantizar los principios de no discriminación y de igualdad para las PDI y debe establecer de manera clara, flexible, y conforme a los principios del derecho internacional de los derechos humanos, los requisitos para el registro de las PDI El sistema de información debe promover que la asistencia humanitaria y otro tipo de medidas se prevean de conformidad con las necesidades de las PDI El sistema debe, además, ayudar a garantizar el acceso a otros derechos, como por ejemplo la documentación de las PDI y otros derechos sociales El sistema debe prever en su diseño la posibilidad de apelación de las PDI cuya solicitud de inscripción haya sido rechazada El sistema debe garantizar un alcance territorial que permita la incorporación de todas las PDI a lo largo del país La participación de los gobiernos locales a lo largo de todo el proceso de diseño y gestión del sistema de información Designar el organismo responsable por la gestión y actualización del sistema de información. Asignar la partida presupuestaria correspondiente para asegurar la sostenibilidad del sistema.
Estipular que ser una PDI y las medidas de protección que dicha situación acarrea es una situación de hecho que no depende ni está sujeta al ingreso en el Sistema de Información. Diseñar el mecanismo a través del cual se alimentará el Sistema de Información y se garantizará la integración de la mayor cantidad de fuentes, asegurando la participación de las organizaciones sociales en el proceso de producción y remisión de información. Asegurar que los datos se encuentren desagregados, como mínimo, por raza, etnia, edad, orientación sexual, identidad y expresión de género, referencia geográfica, condición de discapacidad, pertenencia a pueblo indígena.
GUÍA PRÁCTICA C / LINEAMIENTOS 2 - RECOLECCIÓN DE DATOS, PRODUCCIÓN, ANÁLISIS 13
Y DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN Garantizar condiciones de absoluta seguridad de las PDI que ingresen en el sistema de información. Garantizar la absoluta confidencialidad de los datos del sistema de Información. Asegurar la actualización de la información y la sustentabilidad del sistema. Capacitar al personal encargado de la inscripción y el registro de datos, que tome en consideración: La formación en materia de promoción y protección de los derechos de las PDI Las características propias del desplazamiento interno y su impacto en el acceso a los derechos La valoración adecuada para la inscripción de las PDI en función de la normativa vigente La no revictimización de las PDI que son inscriptas La formación en materia de enfoque de género y diversidad y la especial atención a grupos en situación de discriminación histórica La formación para que el personal pueda brindar la información necesaria a las PDI en
torno a sus derechos y las obligaciones del Estado Diseñar e implementar mecanismos de producción y análisis de información sobre las medidas adoptadas para la protección de los derechos de las PDI. Identificar las fuentes de información provenientes de organismos públicos, organizaciones sociales, organismos internacionales, centros académicos, procuradurías de derechos humanos, otros mecanismos de reclamo y denuncia administrativos y judiciales, entre otros. Incorporar en los procesos de formulación, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas la sistematización y análisis de la información generada. Diseñar e implementar mecanismos de difusión de la información respecto de las medidas adoptadas por el Estado, su impacto y resultados concretos, promoviendo una cultura de transparencia de la gestión pública, y garantizando la seguridad y dignidad de los beneficiarios de dichas medidas. Publicar información sobre la situación del desplazamiento forzado interno y las medidas adoptadas por el Estado para la protección de los derechos de las PDI en formatos accesibles, fácil de entender y comprensible para los actores interesados.
GUÍA PRÁCTICA C / LINEAMIENTOS 14
LINEAMIENTO 3
Medidas de prevención Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial Reconocer la situación de desplazamiento interno forzado como un problema de derechos humanos que debe ser abordado desde la integralidad del Estado y adoptar medidas orientadas a eliminar o mitigar sus causas. Poder Ejecutivo Realizar diagnósticos cualitativos y cuantitativos sobre la situación del desplazamiento interno de personas en el país. Dichos diagnósticos
deberían arrojar, entre otros, los siguientes resultados: Las causas y circunstancias que están provocando el desplazamiento interno forzado de personas. La identificación, características y número de personas que están siendo víctimas del desplazamiento interno forzado, desagregadas por grupos sociales históricamente discriminados, entre otros: mujeres, niños, niñas y adolescentes, personas LGTBI, personas mayores, personas con discapacidad, pueblos indígenas, comunidades campesinas, personas afrodescendientes, personas migrantes. La identificación y características de las zonas geográficas que están siendo impactadas por las causas del desplazamiento interno. La identificación de los actores que están directa y/o indirectamente involucrados con las causas del desplazamiento interno. El relevamiento de normativa aplicable a la situación del desplazamiento interno. El relevamiento de medidas estatales que están siendo implementadas para atender la situación de las personas desplazadas internas. La identificación de las instituciones responsables por la adopción de medidas para la atención de las personas desplazadas internas. La identificación de instituciones de la sociedad civil que se encuentran directa o indirectamente trabajando en la temática. La identificación de organismos internacionales que se encuentran directa o indirectamente trabajando en la temática.
GUÍA PRÁCTICA C / LINEAMIENTOS 3 - MEDIDAS DE PREVENCIÓN 15
Poder Ejecutivo y Poder Legislativo Adoptar medidas específicas para la prevención de las causas que están provocando el desplazamiento interno forzado de personas, entre las que se destacan: El desarrollo de una estrategia integral para la protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales que apunte a disminuir la brechas de desigualdad en
la población5. El desarrollo de una estrategia integral sobre seguridad ciudadana que, fundada en los estándares interamericanos de derechos humanos, incorpore, entre otras, medidas orientadas a combatir el crimen organizado, los delitos producidos por maras y pandillas, el control territorial ejercido por grupos delincuenciales. El desarrollo de planes de acción sobre empresas y derechos humanos orientados a establecer un control y regulación de las actividades económicas que impactan en comunidades indígenas y campesinas. El desarrollo de protocolos que regulen el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas afectados por los megaproyectos o actividades económicas, los que deben incorporar los estándares interamericanos en la materia. Adoptar una política pública integral con enfoque de derechos humanos para la prevención del desplazamiento forzado y para la protección de los derechos de las personas desplazadas internas, establecida por ley formal, que pueda recoger los siguientes aspectos: Principios fundamentales del enfoque de derechos humanos: igualdad y no discriminación, participación social, mecanismos de reclamo y acceso a la justicia, producción y acceso a la información, protección prioritaria a grupos en situación de discriminación histórica, perspectiva de género, diversidad e interculturalidad. Estándares interamericanos y universales para la protección de los derechos humanos de las personas desplazadas internas. Conformación y/o designación de la institucionalidad pública competente. Mecanismo de participación social para el diseño, implementación y evaluación. El diseño y la inclusión de sistemas de alerta temprana para monitorear y advertir sobre situaciones de riesgo y/o violencia que puedan provocar el desplazamiento de personas
e identificar el procedimiento para la adopción de medidas de prevención. Dicho sistema debe contar con la participación de todas las entidades competentes, sociedad civil y estar bajo el liderazgo de los organismos de control. El diseño y desarrollo de planes de contingencia para garantizar la respuesta a desplazamientos internos colectivos. Mecanismo de monitoreo y evaluación. Inclusión de la asignación presupuestaria. Medidas relativas a la difusión y acceso a la información. Promover un diálogo y debate interinstitucional para la efectiva aplicación y evaluación de las políticas formuladas para la prevención del desplazamiento forzado y la protección de los derechos de las personas desplazadas internas.
GUÍA PRÁCTICA C / LINEAMIENTOS 3 - MEDIDAS DE PREVENCIÓN 16
Involucrar a la sociedad civil en todo el proceso de formulación, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas, a fin de asegurar que su ejecución resulte integral, participativa e inclusiva. Involucrar a las personas desplazadas internas, en condiciones de seguridad, en todo el proceso de formulación, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas, a fin de asegurar que su ejecución resulte integral, participativa e inclusiva. Garantizar que los niveles de gobierno local participen desde el inicio del proceso de diseño y formulación de las políticas públicas destinadas a la prevención del desplazamiento interno forzado y a la protección de los derechos de las PDI. Tipificar el delito de desplazamiento interno de acuerdo con normas y estándares internacionales en la materia. Poder Judicial Promover la realización de audiencias públicas sobre desplazamiento interno que permitan visibilizar la problemática y en la cual puedan
escucharse las voces de organizaciones sociales y otros actores relevantes. Fortalecer los mecanismos judiciales que garanticen el acceso a la justicia de los casos relativos a situaciones de desplazamiento interno. Avanzar en interpretaciones jurídicas fundadas en los estándares interamericanos de derechos humanos que permitan determinar violaciones de derechos y responsabilidad del Estado en las causas del desplazamiento interno. Impulsar la investigación judicial bajo los principios de debida diligencia de aquellos hechos que pueden ser causa del desplazamiento interno. Robustecer los mecanismos judiciales que permiten la identificación de responsabilidades vinculadas a la violación de derechos de las personas desplazadas internas. Promover bajo el principio de debida diligencia la sanción a los responsables de dichas violaciones de derechos. )acaxaO ,omtsI ,cepetliN( oír la otnuJ zednánreH solraC
GUÍA PRÁCTICA C / LINEAMIENTOS 17
LINEAMIENTO 4
Reconocimiento y protección de derechos Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial Adoptar medidas que permitan el reconocimiento y la efectiva protección de los derechos fundamentales de las personas desplazadas internas. Poder Judicial Fortalecer los mecanismos judiciales para garantizar el principio de igualdad en el acceso a la justicia de las personas desplazadas internas. Incorporar en sus decisiones los estándares y las recomendaciones emanadas de los Sistemas Interamericano y Universal de Protección de los Derechos Humanos. Impulsar la creación de sistemas de información y registro a partir de los casos recibidos vinculados a PDI
Promover, a partir de las medidas que crean convenientes, la visibilización de la situación de desigualdad estructural de las PDI. Capacitar al personal del Poder Judicial en materia de derecho internacional de los derechos humanos y derecho humanitario.
GUÍA PRÁCTICA C / LINEAMIENTOS 4RECONOCIMIENTO Y PROTECCIÓN DE DERECHOS 18
Poder Legislativo Sancionar una ley formal que reconozca los derechos de las personas desplazadas internas, que cuente con participación social, y tome en consideración los siguientes aspectos: Los derechos reconocidos en los instrumentos internacionales e interamericanos de derechos humanos, específicamente los Principios Rectores de los desplazamientos internos. La interpretación que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos ha realizado sobre los derechos que tienen las personas desplazadas internamente. El reconocimiento y protección del derecho a no ser desplazado. El reconocimiento y protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. El reconocimiento y protección del derecho a la asistencia humanitaria. Considerando las dificultades que encuentran las personas desplazadas El reconocimiento y protección del derecho a la vida familiar. internas para acceder a sus derechos, El reconocimiento y protección del derecho al retorno y/o se sugiere la derogación de aquellas reasentamiento en condiciones de seguridad y dignidad. normas que, a pesar de no tener la La inclusión del enfoque de género, diversidad e intencionalidad de restringir los derechos interculturalidad en la norma. de esta población, al no contemplar su La protección de bienes abandonados. situación particular de desventaja en el Políticas de protección, restitución y garantías de no acceso a los derechos, tienen un impacto
negativo. Un ejemplo de una buena repetición. práctica sería la derogación de normas que establecen la presentación de determindo tipo de documentación para la Derogar toda disposición que, aunque en obtención de subsidios u otro tipo de apariencia neutral, pueda tener un impacto prestaciones, ya que en muchos casos las negativo en el acceso a los derechos de las PDI no tienen acceso a la documentación personas desplazadas internas. que han dejado en los hogares que debieron abandonar. Incluir un enfoque diferenciado para las personas desplazadas internas en disposiciones de alcance Ello implica la incorporación de enfoques general. diferenciados en normas de alcance general, o sea la inclusión de disposiciones que Adoptar una disposición que tipifique como delito puedan contemplar la situación particular al desplazamiento forzado causado de manera de las PDI para lograr equiparar su situación arbitraria, por situaciones de violencia y/o por a las del resto de las personas en cuanto al acceso a los derechos. Un ejemplo de una violaciones a los derechos humanos. buena práctica sería la inclusión de la excepción para las personas desplazadas internas al requisito administrativo de presentación de certificados de residencia para la inscripción escolar.
GUÍA PRÁCTICA C / LINEAMIENTOS 4RECONOCIMIENTO Y PROTECCIÓN DE DERECHOS 19
Poder Ejecutivo Adoptar las medidas necesarias para garantizar la efectiva protección de los derechos de las personas desplazadas internas. Entre las medidas que podrían adoptar
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