🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CIDH - Informe de seguimiento - Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad en Guatemala, Honduras y El Salvador

CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CIDH - Informe de seguimiento - Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad en Guatemala, Honduras y El Salvador
Autor
CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año

Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 1Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador

OEA/Ser.L/V/II Doc. 126/24 7 de junio de 2024

Original: español

Comisión Interamericana de Derechos Humanos INFORME DE SEGUIMIENTO Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad

GUATEMALA, HONDURAS Y EL SALVADOR

2024 www.cidh.org Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 2 AÑOSRecomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador

COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

Miembros Roberta Clarke Carlos Bernal Pulido José Luis Caballero Ochoa Edgar Stuardo Ralón Orellana Arif Bulkan Andrea Pochak Gloria Monique de Mees Secretaria Ejecutiva Tania Reneaum Panszi Jefa de Gabinete Patricia Colchero Aragonés Secretaria Ejecutiva Adjunta para el Monitoreo, Promoción y Cooperación Técnica María Claudia Pulido Escobar Secretario Ejecutivo Adjunto para el Sistema de Peticiones y Casos Jorge Meza Flores OAS Cataloging-in-Publication Data

Informe de seguimiento: Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad dirigidas a los Estados de Guatemala, Honduras y El Salvador: aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 7 de junio de 2024. p. ; cm. (OAS. Documentos oficiales; OEA/Ser.L)

libertad dirigidas a los Estados de Guatemala, Honduras y El Salvador: aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 7 de junio de 2024. p. ; cm. (OAS. Documentos oficiales; OEA/Ser.L)

ISBN 978-0-8270-7868-0

1. H u m a n r i g h t s . 2 . C i v i l r i g h t s - - L a t i n A m e r i c a . 3 . D e te n t i o n o f p e rs o n s - - L a t i n America. 4. Criminal justice, Administration of--Latin America. 5. Prisons--Law and legislation--Latin America. I. Title. II. Series. OEA/Ser.L/V/II.doc.126/24.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 17 .2 del Reglamento de la CIDH, el Comisionado Stuardo Ralón, de nacionalidad guatemalteca, no participó en la discusión, investigación, deliberación y aprobación del presente informe. Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 3Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador Índice

I. INTRODUCCIÓN .............................................................................7

A. Contexto y propósito del informe ....................................................7

B. Alcance del concepto de privación de libertad ...............................9

C. Metodología ..................................................................................10

B. Marco temporal de seguimiento ...................................................12

C. Recolección de información .........................................................13

D. Análisis del cumplimiento de las recomendaciones .....................16

E. Identificación de las medidas para avanzar en el cumplimiento de la recomendación .........................................................................17

D. Estructura ......................................................................................17

C. Recolección de información .........................................................13

D. Análisis del cumplimiento de las recomendaciones .....................16

E. Identificación de las medidas para avanzar en el cumplimiento de la recomendación .........................................................................17

D. Estructura ......................................................................................17

II. SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES DIRIGIDAS A GUATEMALA ................................................................................20

Recomendación No. 27 del informe de país .........................................22 Recomendación No. 28 del informe de país. ........................................37 Recomendación No. 29 del informe de país. ........................................45 Recomendación No. 30 del informe de país. ........................................51 Recomendación No. 31 del informe de país: ........................................58 Recomendación No. 32 del informe de país. ........................................63 Recomendación No. 33 del informe de país. ........................................93

III. SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DIRIGIDAS A HONDURAS ..................................................................................98

Recomendación No. 4 del informe de país. ........................................102 Recomendación No. 21 del informe de país. ......................................116 Recomendación No. 22 del informe de país. ......................................127 Recomendación No. 23 del informe de país. ......................................133 Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 4Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador

IV. SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DIRIGIDAS A EL SALVADOR .................................................................................140

Recomendación No. 12 del informe de país. ......................................144 Recomendación No. 13 del informe de país. ......................................168 Recomendación No. 14 del informe de país. ......................................174 Recomendación No. 15 del informe de país. ......................................190

Recomendación No. 13 del informe de país. ......................................168 Recomendación No. 14 del informe de país. ......................................174 Recomendación No. 15 del informe de país. ......................................190 Recomendación No. 20 del informe de país. ......................................196

V. CONCLUSIONES SOBRE MEDIDAS Y DESAFÍOS EN EL

CUMPLIMIENTO DE RECOMENDACIONES SOBRE DERECHOS

DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD EN GUATEMALA,

HONDURAS Y EL SALVADOR ....................................................210

A. Desafíos ......................................................................................211

B. Medidas de cumplimiento ...........................................................221

Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 5Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 6

I. INTRODUCCIÓNRecomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador

I. INTRODUCCIÓN

A. Contexto y propósito del informe

1. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, “CIDH” o “Comisión”) ha constatado que en distintos países de la región hay importantes desafíos respecto al respeto y garantía de los derechos de las personas privadas de libertad. En el marco del seguimiento a estos desafíos, la CIDH ha decidido desplegar un monitoreo específico a esta temática en Guatemala, El Salvador y Honduras. Al respecto, de acuerdo con los últimos informes de país emitidos respecto de cada uno, la CIDH identificó que la población reclusa en los tres países atraviesa deplorables condiciones de detención, hacinamiento, consecuencias del uso excesivo de la prisión preventiva, y la falta de una atención

población reclusa en los tres países atraviesa deplorables condiciones de detención, hacinamiento, consecuencias del uso excesivo de la prisión preventiva, y la falta de una atención diferenciada para grupos en especial situación de riesgo . Para 1 asistir a estos Estados en el fortalecimiento de sus esfuerzos por proteger y garantizar los derechos humanos de las personas privadas de libertad, la CIDH ha formulado recomendaciones en los correspondientes informes de país.

2. El cumplimiento integral de las recomendaciones de la CIDH es un propósito fundamental para asegurar la plena vigencia de los derechos humanos en los Estados miembros de la OEA, así como para contribuir al fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH). El escenario internacional actual exige que los actores involucrados no solo participen de manera activa reportando información sobre medidas para cumplir con las decisiones adoptadas por organismos internacionales, incluida la CIDH; sino que es esencial que estos esfuerzos se traduzcan en la implementación de medidas estatales idóneas, oportunas y efectivas que alcancen los objetivos de cada decisión.

CIDH, Situación de los derechos humanos en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II, Doc. 208/17, 31 de 1 diciembre de 2017, p. 394; Situación de derechos humanos en Honduras, OEA/Ser L/V/II, Doc.146, 27 de agosto de 2019, p. 334; Situación de los derechos humanos en El Salvador, OEA/Ser.L/V/II, Doc.278, 14 de octubre de 2021, p. 128. Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 7Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador

Doc.278, 14 de octubre de 2021, p. 128. Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 7Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador

3. En este contexto, la CIDH ha adoptado una serie de estrategias de seguimiento cercano a las recomendaciones que formula para identificar esfuerzos en materia de cumplimiento y, además, promover la adopción oportuna de medidas que incrementen la protección y garantía de los derechos humanos. El presente informe se enmarca en la estrategia para impulsar la implementación de las recomendaciones formuladas por la Comisión a los Estados de Guatemala, Honduras y El Salvador, en relación con los derechos de la población privada de libertad. Esto tiene el fin de verificar su nivel de cumplimiento por los Estados e identificar los avances y retos pendientes, así como posibles rutas para su efectiva implementación. Asimismo, la CIDH espera proveer con este informe una herramienta útil para el trabajo de las instituciones y organizaciones comprometidas con la promoción y defensa de los derechos de las personas privadas de libertad.

4. La CIDH advierte que actualmente se encuentra en proceso de elaborar un informe temático que analiza el régimen de excepción y sus consecuencias en los derechos humanos en El Salvador. Al respecto, el presente informe, al ser de seguimiento de recomendaciones y no de alcance temático, comprende medidas de cumplimiento de recomendaciones adoptadas por ese Estado desde enero de 2021 a febrero de 2023 en relación con las personas privadas de libertad. Sin embargo, la Comisión se remite a su próximo informe sobre el régimen de excepción como análisis temático más actualizado sobre la situación de personas privadas de libertad en ese país.

personas privadas de libertad. Sin embargo, la Comisión se remite a su próximo informe sobre el régimen de excepción como análisis temático más actualizado sobre la situación de personas privadas de libertad en ese país.

5. Por su parte, el presente informe da seguimiento a las recomendaciones sobre derechos humanos de las personas privadas de libertad incluidas en el Informe de País de Honduras que fue aprobado el 27 de agosto de 2019 . Para ese propósito, 2 realiza un análisis de implementación en el margen de tiempo transcurrido desde el 1º de enero de 2020 hasta la aprobación del CIDH, Situación de derechos humanos en Honduras, OEA/Ser L/V/II, Doc.146, 27 de agosto de 2019. 2

Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 8Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador Capítulo V sobre Honduras del Informe Anual de 2022 de la CIDH . En consecuencia, el seguimiento de las recomendaciones 3 sobre personas privadas de libertad más recientes para Honduras será realizado mediante un informe posterior, considerando que el margen temporal del presente análisis no abarca la última visita in loco a Honduras -24 al 28 de abril de 2023ni la publicación del Informe de País aprobado el 24 de marzo de 2024. 4

6. Este informe es elaborado en aplicación de las metodologías de seguimiento de recomendaciones establecidas en las Directrices Generales de Seguimiento de Recomendaciones y Decisiones de la CIDH (en adelante, “Directrices Generales de Seguimiento”), aprobadas en su 173º periodo de sesiones . En este sentido, a 5 partir de la información proporcionada por los Estados, organizaciones de la sociedad civil, y la recabada por la CIDH a

la CIDH (en adelante, “Directrices Generales de Seguimiento”), aprobadas en su 173º periodo de sesiones . En este sentido, a 5 partir de la información proporcionada por los Estados, organizaciones de la sociedad civil, y la recabada por la CIDH a través de otras fuentes de información que se detallan en el apartado de metodología, el informe establece los niveles de cumplimiento actuales respecto de cada recomendación sometida a seguimiento e identi fica las medidas de implementación adoptadas, así como los principales desafíos de cumplimiento. Este informe de seguimiento fue finalmente aprobado por la CIDH el 7 de junio de 2024.

B. Alcance del concepto de privación de libertad

7. Los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas establecen que el concepto de “privación de libertad” abarca: Cualquier forma de detención, encarcelamiento, institucionalización, o custodia de una persona, por razones de asistencia humanitaria,

CIDH, Informe Anual 2022, Capítulo V - Honduras. 3 CIDH, Situación de derechos humanos en Honduras, OEA/Ser.L/V/II Doc.9/24, 24 de marzo de 2024. 4 CIDH, Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión 5 Interamericana de Derechos Humanos (2ª edición), OEA/Ser.L/V/II, Doc.385/23, 20 de noviembre de 2023. Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 9Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador tratamiento, tutela, protección, o por delitos e infracciones a la ley,

Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 9Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador tratamiento, tutela, protección, o por delitos e infracciones a la ley, ordenada por o bajo el control de facto de una autoridad judicial o administrativa o cualquier otra autoridad, ya sea en una institución pública o privada, en la cual no pueda disponer de su libertad ambulatoria. Se entiende entre esta categoría de personas, no sólo a las personas privadas de libertad por delitos o por infracciones e incumplimientos a la ley, ya sean éstas procesadas o condenadas, sino también a las personas que están bajo la custodia y la responsabilidad de ciertas instituciones, tales como: hospitales psiquiátricos y otros establecimientos para personas con discapacidades físicas, mentales o sensoriales; instituciones para niños, niñas y adultos mayores; centros para migrantes, refugiados, solicitantes de asilo o refugio, apátridas e indocumentados; y cualquier otra institución similar destinada a la privación de libertad de personas. 6

8. El presente informe se enfoca en el seguimiento de las recomendaciones de la CIDH respecto de las personas privadas de libertad por motivos relacionados con la comisión de delitos o infracciones a la ley que se encuentran recluidas en cárceles, centros de detención provisional, comisarías y estaciones de policía.

C. Metodología

9. La metodología para la elaboración del presente informe se desarrolló en 5 fases. En la primera, se seleccionaron las recomendaciones en relación con las personas privadas de libertad a las que se hace seguimiento. En la segunda, se definió el marco temporal de seguimiento de las recomendaciones. En la tercera, se

recomendaciones en relación con las personas privadas de libertad a las que se hace seguimiento. En la segunda, se definió el marco temporal de seguimiento de las recomendaciones. En la tercera, se procedió a recopilar y analizar información respecto de los avances y desafíos en el cumplimiento de cada recomendación por parte de los Estados de Guatemala, Honduras y El Salvador. En la cuarta fase, se verificó el estado de cumplimiento de cada recomendación CIDH, Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en 6 las Américas, Documento aprobado por la CIDH en su 131º período ordinario de sesiones, celebrado del 3 al 14 de marzo de 2008, disposición general. Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 10Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador de acuerdo con las categorías de cumplimiento establecidas en las Directrices Generales de Seguimiento de la CIDH . Por último, se 7 identificaron las medidas que cada uno de los Estados debe adoptar para avanzar hacia el cabal cumplimiento de cada recomendación. A continuación, se explica el desarrollo de cada una de estas fases.

A. Selección de recomendaciones

10. Para la elaboración de este informe, la CIDH identificó las recomendaciones formuladas en su sistema de monitoreo a los Estados de Guatemala, Honduras y el Salvador en relación con la población privada de libertad. Particularmente, seleccionó las recomendaciones contenidas en los últimos informes de monitoreo a la situación de derechos humanos de cada país que se habían publicado hasta la aprobación del Informe Anual 2022.

11. En relación con el Estado de Guatemala, se seleccionaron 7 recomendaciones sobre personas privadas de libertad del Informe

a la situación de derechos humanos de cada país que se habían publicado hasta la aprobación del Informe Anual 2022.

11. En relación con el Estado de Guatemala, se seleccionaron 7 recomendaciones sobre personas privadas de libertad del Informe sobre la situación de derechos humanos en Guatemala de 2017. 8

Respecto de Honduras, se seleccionaron 4 recomendaciones sobre personas privadas de libertad contenidas en el Informe sobre la situación de derechos humanos en Honduras de 2019; al respecto, 9 el seguimiento de las recomendaciones sobre personas privadas de libertad más recientes para Honduras será realizado mediante un proceso e informe posterior, considerando que el margen temporal de análisis del presente no abarca la última visita in loco a CIDH, Directrices generales de seguimiento de recomendaciones y decisiones de la Comisión 7 Interamericana de Derechos Humanos (2ª edición), OEA/Ser.L/V/II, Doc.385/23, 20 de noviembre de 2023. CIDH, Situación de los derechos humanos en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II, Doc. 208/17, 31 de 8 diciembre de 2017, recomendaciones 27-33. CIDH, Situación de derechos humanos en Honduras, OEA/Ser L/V/II, Doc.146, 27 de agosto de 9 2019, recomendaciones 4, 21-23. Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 11Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador Honduras -24 al 28 de abril de 2023ni la publicación del Informe de País aprobado el 24 de marzo de 2024 . 10

12. Finalmente, en relación con El Salvador, se seleccionaron 5 recomendaciones relacionadas con personas privadas de libertad

de País aprobado el 24 de marzo de 2024 . 10

12. Finalmente, en relación con El Salvador, se seleccionaron 5 recomendaciones relacionadas con personas privadas de libertad formuladas en las observaciones preliminares a la visita in loco de la CIDH que tuvo lugar del 2 al 4 de diciembre de 2019, las cuales fueron publicadas el 27 de diciembre de 2019 y reiteradas, en su 11 integridad, en el Informe sobre la situación de derechos humanos sobre el Salvador de 2021. 12

B. Marco temporal de seguimiento

13. Para las recomendaciones de los informes de país, se determinó que este informe de seguimiento consideraría las medidas de cumplimiento adoptadas desde el año siguiente a su publicación incorporando, además, la información relevante contenida en el Informe Anual de 2022 de la CIDH respecto de cada país.

Además, se decidió que, si después de la publicación de este último, la CIDH conocía circunstancias sobrevinientes o información adicional relevante para el contenido del informe, esta también sería incluida.

14. De esta manera, el seguimiento de las recomendaciones del Informe de País sobre Guatemala comprende desde el 1º de enero de 2018. En relación con El Salvador, el límite temporal de 13 seguimiento se estableció desde la publicación de las observaciones preliminares a la vista in loco, abarcando desde el CIDH, Situación de derechos humanos en Honduras, OEA/Ser.L/V/II Doc.9/24, 24 de marzo de 10

2024. Ver supra párr. 5.

CIDH, Comunicado de Prensa No. 335/19, CIDH presenta observaciones preliminares de su visita 11 in loco a El Salvador, 27 de diciembre de 2019.

2024. Ver supra párr. 5.

CIDH, Comunicado de Prensa No. 335/19, CIDH presenta observaciones preliminares de su visita 11 in loco a El Salvador, 27 de diciembre de 2019. CIDH, Situación de los derechos humanos en El Salvador, OEA/Ser.L/V/II., Doc 278, 14 de octubre 12 de 2021, recomendaciones 12-15 y 20. CIDH, Informe Anual 2022, Capítulo IV.B - Guatemala. 13 Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 12Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador 1º de enero de 2020 hasta febrero de 2023, incluyendo la información contenida en el Capítulo V del Informe Anual 2022 de la CIDH . 14

15. Finalmente, el seguimiento de las recomendaciones del informe de país sobre Honduras abarca el proceso de implementación realizado en el periodo comprendido desde el 1º de enero de 2020 hasta lo contenido en el respectivo Capítulo V del Informe Anual 2022 de la CIDH . Al respecto, aunque la CIDH aprobó el más 15 reciente Informe de País sobre la Situación de Derechos Humanos en Honduras en 2024, el seguimiento de las recomendaciones de este último será objeto de un proceso e informe posterior, considerando que su publicación fue posterior al margen de implementación analizado en el presente informe . 16

C. Recolección de información

16. Para la recopilación de información sobre el seguimiento de las recomendaciones sobre personas privadas de libertad, el 28 de junio de 2021, la CIDH envió un cuestionario a los Estados de Guatemala , Honduras y El Salvador solicitando información 17 18 19 para la elaboración del informe, el cual fue respondido por los

junio de 2021, la CIDH envió un cuestionario a los Estados de Guatemala , Honduras y El Salvador solicitando información 17 18 19 para la elaboración del informe, el cual fue respondido por los tres Estados . 20 CIDH, Informe Anual 2022, Capítulo V – El Salvador.14 CIDH, Informe Anual 2022, Capítulo V - Honduras. 15 CIDH, Situación de derechos humanos en Honduras, OEA/Ser.L/V/II Doc.9/24, 24 de marzo de 16

2024. Ver supra párr. 5.

Respecto del Estado de Guatemala, se solicitó ampliación de información el 6 de octubre de 2021. 17 Respecto del Estado de Honduras, el cuestionario fue reiterado el 10 de agosto. 18 Respecto del Estado de El Salvador, el cuestionario fue reiterado el 10 de agosto y 8 de octubre 19 de 2021. El Estado de Honduras respondió el 30 de septiembre de 2021; el Estado de Guatemala, el 5 de 20 agosto con información adicional remitida el 9 de agosto de 2021, y el Estado de El Salvador remitió información los días 30 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre de 2021. Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 13Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador 17 . Por su parte, la Comisión también publicó un cuestionario de consulta dirigido a las organizaciones de la sociedad civil a través de su página web. Este cuestionario fue respondido por varias 21 organizaciones respecto de El Salvador y Honduras, y por CONADEH, en calidad de institución nacional de derechos humanos de este último. Además, considerando la necesidad de 22 que la Comisión accediera a información relevante al seguimiento de estas recomendaciones, se sostuvieron reuniones con los

CONADEH, en calidad de institución nacional de derechos humanos de este último. Además, considerando la necesidad de 22 que la Comisión accediera a información relevante al seguimiento de estas recomendaciones, se sostuvieron reuniones con los representantes de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala y Honduras, así como con personal de las respectivas oficinas.

18. Asimismo, para la elaboración de este informe, la Comisión tomó en cuenta información aportada por organizaciones de la sociedad civil a través de las audiencias temáticas ante la CIDH sobre la situación de las personas privadas de libertad en Guatemala , 23

Honduras y El Salvador . También, consideró la información 24 25 CIDH, Cuestionario de consulta para Organizaciones de la Sociedad Civil sobre el cumplimiento 21 de las recomendaciones relacionadas con las condiciones de detención y el uso de la prisión preventiva en Guatemala, Honduras y El Salvador. Centro de Derechos Sexuales y Reproductivos al cuestionario de consulta sobre condiciones de 22 detención y uso de la prisión preventiva en El Salvador, 31 de agosto de 2021; Respuesta de la Red por los Derechos Humanos de las Personas Privadas de Libertad (Red PPL) al cuestionario de consulta sobe condiciones de detención y uso de la prisión preventiva en Guatemala, Honduras y El Salvador, septiembre de 2021; CONADEH; Oficio No. DC-112-2021/DD, 28 de julio de 2021. CIDH, Audiencia sobre situación de derechos humanos de las personas privadas de libertad en 23 Guatemala, 141º periodo ordinario de sesiones, 29 de marzo de 2011; CIDH, Audiencia sobre situación del sistema penitenciario en Guatemala, 124º periodo ordinario de sesiones, 6 de marzo de 2006.

Guatemala, 141º periodo ordinario de sesiones, 29 de marzo de 2011; CIDH, Audiencia sobre situación del sistema penitenciario en Guatemala, 124º periodo ordinario de sesiones, 6 de marzo de 2006. CIDH, 175º período de sesiones, Audiencia “Violaciones a los Derechos Humanos de la Personas 24 Privadas de Libertad en Honduras”, 9 de marzo de 2020. CIDH, Audiencia pública “Detenciones arbitrarias y situación de las personas privadas de libertad 25 en el Estado de Excepción en El Salvador”, 185º periodo ordinario de sesiones, 25 de octubre de 2022; Audiencia ‘Situación de derechos humanos y Estado de Derecho en El Salvador’, 184° período de sesiones, 23 de junio de 2022; CIDH, 175º periodo de sesiones, audiencia pública “Impacto de las medidas extraordinarias sobre los derechos de las personas privadas de libertad en El Salvador”, 10 de mayo de 2018; 156º periodo de sesiones, audiencia pública “Situación de derechos humanos de personas privadas de libertad en El Salvador”, 19 de octubre de 2015. Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 14Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador consignada en el Capítulo V de los Informes Anuales de la CIDH anteriores al 2022, e incluyendo este último, en el que la Comisión hace seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones formuladas en los informes de país o temáticos. Adicionalmente, la CIDH hizo algunas solicitudes complementarias de información a los tres Estados, con la finalidad de actualizar ciertos datos relevantes. Y recopiló y analizó información pública o ficial proveniente de fuentes estatales; informes, y pronunciamientos de

CIDH hizo algunas solicitudes complementarias de información a los tres Estados, con la finalidad de actualizar ciertos datos relevantes. Y recopiló y analizó información pública o ficial proveniente de fuentes estatales; informes, y pronunciamientos de organismos intergubernamentales; estudios, y comunicados de organizaciones no gubernamentales; estudios académicos, e información de prensa.

19. Se destaca, además, que el 6 de febrero de 2024, la CIDH transmitió el presente informe a los Estados de Guatemala, Honduras y El Salvador para que remitieran sus respectivas observaciones. Estas últimas fueron remitidas a la Comisión por el Estado de Guatemala (el 27 de febrero de 2024) ; el Estado de 26

Honduras (el 14 de marzo de 2024) y el Estado de El Salvador 27 (el 8 de abril de 2024) . Las partes pertinentes de las 28 observaciones proporcionadas por los tres Estados fueron incorporadas a la versión final del presente informe.

20. La información recopilada y analizada permitió identificar los avances y desafíos de los Estados para el cumplimiento de cada Estado de Guatemala, Observaciones de la Comisión Presidencial por la Paz y los Derechos 26

Humanos al Informe de Seguimiento: Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad dirigidas a los Estados de Guatemala, Honduras y El Salvador, Nota OEA-M4-NV-040-2024, 27 de febrero de 2024. Estado de Honduras, Observaciones y comentarios del Estado de Honduras al proyecto de 27

Informe de Seguimiento: Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad dirigidas a los Estados de Guatemala, Honduras y El Salvador por parte de la Secretaría de Derechos Humanos

(Dirección de Investigación y Cumplimiento de Compromisos Internacionales), Comunicación

Informe de Seguimiento: Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad dirigidas a los Estados de Guatemala, Honduras y El Salvador por parte de la Secretaría de Derechos Humanos

(Dirección de Investigación y Cumplimiento de Compromisos Internacionales), Comunicación electrónica No. 247-DPM-SRECI-2024, 14 de marzo de 2024. Estado de El Salvador, Observaciones del Estado de El Salvador al informe de seguimiento: 28 Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad dirigidas a los Estados de Guatemala, Honduras y El Salvador, Nota MPOEA-OEA-055/2024, 8 de abril de 2024. Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH 15Recomendaciones sobre personas privadas de la libertad | Guatemala, Honduras y El Salvador una de las recomendaciones formuladas por la CIDH en relación con las personas privadas de libertad. Con base en esta información, la CIDH prosiguió a hacer el análisis del estado de cumplimiento de cada recomendación, atendiendo los lineamientos, así como las categorías de cumplimien

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...