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CIDH - Resolución No. 5 de 2022

CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos

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Detalles

Título
CIDH - Resolución No. 5 de 2022
Autor
CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2022

COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

RESOLUCIÓN 5/2022

Medida Cautelar No. 858-21 Familias de los Resguardos Río Murindó y Río Chageradó del Pueblo Indígena Embera Eyábida 1 respecto de Colombia 1 de febrero de 2022

Original: español

I. INTRODUCCIÓN

1. El 16 de septiembre de 2021, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (“la Comisión Interamericana”, “la Comisión” o “la CIDH”) recibió una solicitud de medidas cautelares 2 presentada por la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz (“los solicitantes”) , instando a la CIDH a que requiera al Estado de Colombia (“el Estado” o “Colombia”) la adopción de las medidas de protección necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de las familias que conforman los Resguardos Río Murindó y Río Chageradó del Pueblo Indígena Embera Eyábida (“los propuestos beneficiarios”). Según la solicitud, los propuestos beneficiarios se encuentran en riesgo, debido a que estarían siendo objeto de actos de violencia, además de amenazas, hostigamiento, desplazamientos, y asesinatos por la presencia de grupos armados en la zona.

2. De conformidad con el artículo 25.5 de su Reglamento, la Comisión solicitó información adicional a ambas partes el 7 de octubre de 2021. La parte solicitante remitió información el 20 de octubre de 2021. El 15 de octubre de 2021, el Estado solicitó una prórroga, la cual fue otorgada el 9 de noviembre.

El Estado remitió su respuesta el 10 de noviembre de 2021. El Estado presentó información adicional el

17 de novi embre y 24 de diciembre; y la parte solicitante, el 30 de diciembre de 2021. prima facie

3. Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho presentadas por las partes, la Comisión considera que la información presentada demuestra que los derechos a la vida e integridad personal de las personas propuestas beneficiarias se encuentran en una situación de grave y urgente riesgo de daño irreparable. En consecuencia, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisión solicita al Estado de Colombia que: a) adopte las medidas necesarias, y culturalmente adecuadas, para salvaguardar la vida e integridad personal de las familias de los Resguardos Río Murindó y Río Chageradó; b) concierte las medidas a adoptarse con las personas beneficiarias y/o sus representantes; y c) informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron luIIg. arR aE lSaU pMreEsNen DteE m HeEdCiHdaO cSa Yu tAeRlaGr Uy MasEí NevTiOtaSr PsuR EreSpEeNtiTcAióDnO. S POR LAS PARTES

A. Información aportada por los solicitantes 1 De conformidad con el artículo 17.2 del Reglamento de la CIDH, el Comisionado Carlos Bernal Pulido, de nacionalidad colombiana, no participó en el debate y deliberación del presente asunto. 2 Según la solicitud, las 1.276 personas que conforman los Resguardos indígenas Río Murindó y Río Chageradó del Pueblo Embera, por intermedio de su gobernador Dobaybi Sinigui Bailarín, han manifestado expresamente su consentimiento para que a través de la Comisión

Intereclesial de Justicia y Paz se inicie el trámite de la solicitud de medidas cautelares en beneficio de las familias que conforman los referidos Resguardos indígenas.

4. Los Resguardos Río Murindó y Río Chageradó son colindantes y hacen parte del pueblo indígena Embera Eyábida y se encuentran en el municipio de Murindó, Antioquía. A la fecha, serían 1276 personas que integran 566 núcleos familiares. El Resguardo Río Murindó tendría un área titulada a su favor de 18.270 hectáreas y está compuesto por las comunidades Isla, Caredó, Guagua, Chimiadó Gorrojo y Bichidubi – Rancho Quemado. El Resguardo Río Chageradó tendría un área titulada a su favor de 19.730 hectáreas, que luego fueron ampliadas a 22.500 hectáreas. En este resguardo se encuentran las comunidades de Chageradó, Turriquitado Alto, Turriquitado Bajo, Turriquitado Llano, Chigadó y Narañé.

Se informó que, en el marco del estado de cosas inconstitucionales declarado en la sentencia T-025 de 2004, la Corte Constitucional de Colombia emitió el auto 004 de 2009 y reconoció la afectación diferencial a la que se encuentran sometidos los pueblos indígenas por el conflicto armado, identificando a 34 etnias que están en peligro de ser exterminadas física y culturalmente, entre las que se encuentran los indígenas Ember a.

5. Según los solicitantes, los territorios que ocupan las personas propuestas beneficiarias vienen siendo ocupados por grupos armados como las “Autodefensas Gaitanistas de Colombia” (AGC) y el

“Ejército de Liberación Nacional” (ELN). En ese marco, se informó sobre un conjunto de eventos que 3 vendr ían viviendo desde el 2020 . Se destacaron, entre otros, los siguientes: a. El 10 de febrero de 2020, O.C.D. habría sido asesinado por miembros del ELN, en la comunidad Isla, mientras se bañaba en el río Murindó, pues el ELN lo acusaba de ser informante de los paramilitares de las AGC. b. El 15 de marzo de 2020, 15 paramilitares de las AGC habrían ingresado al caserío de Chimiadó, Resguardo del Río Murindó, amenazando de muerte a la población y prohibiéndoles movilizarse para caminar, cazar y recolectar alimentos durante el día y la noche, pues manifestaron que tomarían el control del territorio indígena con el apoyo de militares que operan en la zona. c. El 7 de mayo de 2020, hombres de las AGC habrían llegado a la comunidad de Chimiadó, Resguardo del Río Murindó, ocupando la casa comunitaria por ocho horas y, posteriormente, habrían disparado al aire ráfagas de fusil durante 20 minutos. d. El 8 de mayo de 2020, se habría presentado un enfrentamiento armado entre unidades del ELN y las AGC cerca de la comunidad de Chimiadó, Resguardo del Rio Murindó. Las AGC habrían pedido a la comunidad que curen a un herido, lo cual los pondría en riesgo de muerte frente al ELN. e. El 18 de mayo de 2020, el ELN y las AGC se habrían enfrentado a 50 metros de la comunidad Isla, Resguardo

del Rio Murindó. Señalaron que desde noviembre del 2019 la comunidad no ha podido transitar libremente por el territorio debido a los enfrentamientos y caminos minados. f. El 9 de junio de 2020, seis hombres armados de las AGC, habrían ingresado a la comunidad Isla, Resguardo del Rio Murindó, preguntando por el líder indígena, J.H.S., a quién abordaron y agredieron físicamente mientras se encontraba en el piso. g. El 16 de junio de 2020 se habría dado un enfrentamiento entre las AGC y el ELN en inmediaciones de la cabecera del río Murindó. h. El 9 de octubre de 2020, en el Resguardo del Río Murindó, Antioquia, habría sido liberado el indígena L.H.R luego de haber sido retenido por los paramilitares de las AGC el 6 de septiembre, acusándolo de pertenecer al ELN.

  1. El 22 de noviembre de 2020, hombres de las AGC habrían ingresado a la comunidad Chimiadó, Resguardo del Río Murindó, preguntando por E.D.B, miembro de la comunidad. Estos lo habrían golpeado, y amenazado de muerte acusándolo de apoyar a la guerrilla del ELN.

j. El 2 de febrero de 2021, la comunidad indígena Embera de los Resguardos Río Murindó y Río Chageradó, habría recibido un audio de un hombre que se identificó como “Andrés” integrante del ELN, anunciando la instalación de minas antipersona en caminos principales para enfrentar a los AGC y los militares que les apoyan. En el

mensaje se habría prohibido la entrada y salida hacia o desde los Resguardos del municipio Murindó. Se reportó que días atrás, en el entorno de los Resgua rdos, las AGC habrían ubicado sus unidades con la complicidad de 3 Los solicitantes también cuestionaron de manera general determinadas actividades empresariales en la zona, y su relación con el derecho a la consulta e impactos socioambientales. 2 las Fuerzas Militares. k. El 6 de febrero de 2021, en los Resguardos del Río Murindó y Río Chageradó se habría recibido una comunicación sonora de un supuesto mando del ELN que opera en la región, en la que indicaban que desde el 7 de febrero a las 2:00 p.m. nadie podría transitar por las trochas ni las siembras de Chibirico, debido a la instalación de minas antipersonal. Asimismo, habrían prohibido a la población buscar señal para comunicarse. l. El 8 de febrero de 2021, en total 104 personas de la comunidad de Chimiadó, Resguardo del Río Murindó, se habrían tenido que refugiar en la escuela comunitaria por un enfrentamiento armado entre las AGC y el ELN, a 500 metros de la comunidad. m. El 24 de febrero de 2021, cuatro hombres armados del ELN habrían ingresado a la comunidad Isla, Resguardo del Río Murindó, acusando a cuatro miembros de la comunidad de ser integrantes de las AGC. Uno de estos habría sido retenido y amarrado, mientras que los demás pudieron refugiarse. Dos días después, el ELN habría logrado amarrar y retener al resto de miembros señalados.

n. El 28 de febrero de 2021, a 500 metros en dirección oriente de la comunidad Isla, Murindó, dos personas habrían sido afectadas por la explosión de una mina antipersonal, instalada por integrantes del ELN. Se señaló que un niño de 13 años perdió la pierna derecha y un docente quedó herido en menor gravedad. o. El 12 y 13 de abril de 2021, en Murindó, líderes Embera habrían sido seguidos por integrantes de las AGC que controlarían el casco urbano, en medio de la presencia policial en desarrollo de sus actividades con delegados de comunidades. p. El 13 y 14 de septiembre de 2021, líderes y lideresas Embera habrían sido seguidos por integrantes de las AGC, en medio de la presencia policial en desarrollo de sus actividades. q. Informaron que, durante agosto y septiembre de 2021, actores armados habrían reclutado 12 niños, quienes serían usados como “informantes”. 6. Los solicitantes aludieron a la existencia de testimonios sobre el embarazo de 6 mujeres jóvenes entre los 12 y los 18 años por actores armados que las usarían para iniciar controles sociales de las comunidades. Asimismo, reportaron que existirían un total de seis comunidades confinadas y tres desplazadas en los Resguardos indígenas Río Murindó y Río Chageradó. Particularmente, informaron sobre dos grandes desplazamientos. El primero, en octubre de 2019, fecha en la que once familias, integradas por 60 personas se desplazaron al casco urbano de Murindó, producto de enfrentamientos entre las AGC y el ELN, dejando 2122 indígenas en Murindó y 768 en Dabeiba en situación de

confinamiento. El segundo, se habría dado el 4 de febrero de 2021, dejando 179 personas afectadas (cerca de 40 familias). Se alegó que el referido escenario habría generado una crisis humanitaria en los Resguardos de Río Chageradó y Río Murindó, en materia de alimentación, salud, educación y protección. Se señaló que la oferta alimentaria habría disminuido, observándose aumento de la malnutrición infantil. Al respecto, según los solicitantes, las autoridades estatales anunciaron una ayuda humanitaria en alimentación solo para el 50% de la población, a pesar de que los síntomas palúdicos del 30 % de los Embera son constatables, así como, los niveles de desnutrición de los niños. Los solicitantes tam bién alegaron situaciones de violencia que habrían sucedido en otros territorios cercanos, como en Chocó, 4 donde también habría integrantes del pueblo Embera, alegandose la existencia del mismo contexto . 4 Se alegaron los siguientes presuntos hechos: a. El 3 de enero de 2020, el grupo AGC habría vuelto a realizar operaciones armadas en el territorio de Jiguamiandó; b. El 5 de enero de 2020, las AGC habrían ingresado a la comunidad Embera de Dearade, Carmen del Darién, que hace parte del Cabildo Mayor Embera de Urada-Jiguamiandó. Los AGC habrían preguntado por los nombres de los líderes y lideresas, afirmando que debían vincularse a las siembras de coca y permitir la deforestación del territorio. También habrían manifestado tener el control del territorio; c.

El 6 de enero de 2020, el grupo AGC habría realizado operaciones armadas en el Resguardo Humanitario Ambiental Alto Guayabal; d. El 8 de enero de 2020, diez paramilitares de las AGC vestidos de civil habrían ingresado a la propiedad de un indígena de la comunidad de Nuevo Cañaveral, Jiguamiandó, arrasando con 600 plantas de plátano con cuatro meses de producción. El proyecto productivo era impulsado por indígenas Embera apoyado por la comunidad internacional; e. El 11 de febrero de 2020, hombres armados de las AGC habrían incursionado en el resguardo de Nuevo Cañaveral, Jiguamiandó, disparando a quienes se encontraban en el lugar; f. El 25 de marzo de 2020, se conoció que la comunidad Embera de Ibudó y Padado, del Resguardo Urada-Jiguamiandó continúa siendo presionada por las AGC para poseer sus territorios; g. El 26 de marzo de 2020, durante 25 minutos se habría producido un enfrentamiento armado entre AGC y ELN en inmediaciones de la comunidad de Coredó; h. El 4 de abril de 2020, un grupo de paramilitares de las AGC habría ingresado a la casa de una familia Embera en Jaiba-Coredocito, Jiguamiandó, y requisado la vivienda de manera arbitraria; i. El 19 de julio de 2020, colonos cocaleros asociados a las AGC habrían amenazado al 3

7. En la información proporcionada por los solicitantes el 20 de octubre de 2021, se señaló que el 10 de septiembre de 2021, por medio de un oficio, la Procuraduría General de la Nación, manifestó

su preocupación al conocer que durante el 2021 el Alto Comisionado para la Paz habría registrado 18 accidentes por artefactos explosivos en la comunidad Embera de Antioquia y Chocó. Al respecto, señalaron que, desde febrero de 2021, se viene denunciado que los grupos armados del ELN y las AGC se encuentran minando dentro de los territorios de los Resguardos, y que los enfrentamientos se han fortalecido en esta zona. Particularmente, se reportó información sobre tres víctimas en el municipio de Murindó en el 2021: P.D.M de 13 años y de la comunidad de Islas, quién quedó lesionado y sin pierna derecha después de pisar una mina explosiva; D.B.C de 26 años y de la comunidad de Turriquitado Alto, quien quedó lesionado en la extremidad izquierda y perdió su pierna al pisar el artefacto explosivo; y R.B.D de 2 6 años, quien murió instantáneamente al pisar el artefacto explosivo.

8. También se reportó que, tras una comunicación de la Defensoría del Pueblo de 28 de abril de 2021, en la cual se manifiesta la voluntad de sustituir los cultivos de uso ilícito, no se han obtenido respuestas de fondo sobre la situación alegada por parte de las distintas entidades estatales. Asimismo, se informó que hasta el 19 de octubre de 2021 no se ha notificado la apertura de algún tipo de proceso judicial so bre los hechos alegados y que no se cuentan con medidas de protección.

9. La Comisión recibió información adicional el 30 de diciembre de 2021. Los solicitantes reportaron que el 22 de diciembre de 2021 los líderes indígenas H.B. y R.B.D. fueron interceptados por 20

hombres de las AGC, cuando se dirigían a un encuentro de futbol organizado por la comunidad de Turriquitado Llano. Este último habría sido dejado en libertad señalando: “este Embera tiene problema con nosotros. Ud se va, no tiene problema con nosotros. Pero su compañero se queda, él no va ni con usted ni a la comunidad, él se queda con nosotros. Lo único que le decimos es que nadie se puede enterar. Cuidado con informar.” Luego, el 23 de diciembre de 2021, se habría encontrado el cuerpo sin vida y con señales de tortura del líder indígena H.B., ahorcado con una cuerda en un árbol. Al respecto, se señaló que el 28 de diciembre de 2021, las AGC se responsabilizaron por el asesinato. Alegaron que el asesinato de H.B. deja desprotegida a su familia y a las comunidades de los Resguardos indígenas Río Murindó y Río Chageradó aterrorizadas. indígena Embera y gobernador L.S. en su vivienda del Resguardo de Padadó, responsabilizándolo por la erradicación de cultivos de coca que se adelantan en el Resguardo de Urada por unidades del Ejército. Informaron que el 29 de julio de 2020 comunidades indígenas se han movilizaron exigiendo saneamiento de la propiedad del Resguardo, ante la intervención de cocaleros foráneos que están apoyados por grupos armados en el desarrollo de esas siembras. Los cocaleros han amenazado de muerte a los líderes indígenas que están exigiendo el respeto a su territorio, a sus usos y costumbres; j. El 7 de agosto de 2020, el líder y gobernador L.S. se habría desplazado a Mutatá, Antioquia, luego de amenazas y

señalamientos por parte de colonos caleros que habrían ocupado ilegalmente predios del Resguardo de Urada, Jiguamiandó. Estos lo acusaban de promover las erradicaciones en el territorio realizadas por indígenas Embera y unidades del Ejército; k. El 26 de octubre de 2020, en inmediaciones del Resguardo de Alto Guayabal y Bidoquera, Jiguamiandó, militares habrían retenido indígenas Embera cuando regresaban a su comunidad con víveres de supervivencia, argumentando que la comida iba para la guerrilla; l. El 9 de noviembre de 2020, indígenas Embera de bajo Atrato habrían indicado que las AGC tienen una presión muy fuerte sobre las comunidades indígenas, reclutando a algunos jóvenes a quiénes les ofrecen entre 400 mil y 800 mil pesos (U.S.100 y 200 US) por ingresar a sus filas; m. El 8 de diciembre de 2020, en Riosucio, Chocó, dos líderes Emberas fueron declarados objetivo militar y amenazados de muerte telefónicamente por las AGC, señalándolos como responsables de orientar la erradicación de coca en el Resguardo Urada, Jiguamiandó. Tres días después, el 11 de diciembre de 2020, habría sido confirmado que existe un plan por parte de las AGC para atentar contra los líderes de Alto Guayabal e integrantes de la Guardia Ambiental; n. El 8 de enero de 2021, un docente Embera habría sido intimidado por un paramilitar de las AGC, en la localidad de Pavarandó Grande, Antioquia; o. El 17 de enero de 2021,

a 200 metros del puente del río Pavarandó, Mutatá, ocho paramilitares de las AGC habrían secuestrado al líder Embera J.B., guarda ambiental de Nuevo Cañaveral, y, luego de cuatro horas privado de la libertad, fue liberado por los paramilitares; p. El 2 de febrero de 2021 un integrante del Resguardo Urada, Jiguamiandó habría sido golpeado, maltratado y hurtado por paramilitares de las AGC entre Mutatá y Pavarandó, en un puesto de control a pocos minutos de un puesto policial y sitio de movilidad de las fuerzas militares. 4

B. Respuesta del Estado

10. El 10 de noviembre de 2021, el Estado de Colombia informó sobre las acciones desplegadas por el Ejército Nacional de Colombia. Así, señaló que el Batallón de Infantería N° 46

Voltígeros, mantiene constantemente operaciones militares en el área general del municipio de Murindó con las unidades militares que se encuentran desplegadas sobre ese sector, llevando a cabo una operación de control territorial y operaciones militares de seguridad y defensa, con el fin de contrarrestar el accionar delictivo de los grupos armados en la zona. En esa línea, explicaron que vienen adelantando operaciones militares direccionadas a continuar con el desminado militar en el área, donde ya se habría logrado destruir varios artefactos explosivos improvisados. Reportaron que a lo largo del 2021 ejecutaron 8 operaciones militares en la zona (4 de control territorial y 4 ofensivas).

11. Informaron que, como resultado de sus operaciones en contra de los grupos armados que delinquen en el municipio de Murindó, se habrían interpuesto las siguientes denuncias en contra del ELN

Frente Ma nuel Hernandez, alias “El Boche”, ante la Fiscalía 76 Especializada de Medellín: a. El 26 de junio de 2021, por daño a un niño indígena de la comunidad de Amparradó Medio por la activación de un artefacto explosivo. b. El 16 de julio del 2021, por la afectación de integrante de la comunidad de Turriquitado Alto, debido a la activación de un artefacto explosivo. c. El 16 de septiembre del 2021, por el confinamiento y desplazamiento de los integrantes de las comunidades indígenas del municipio de Murindó. d. El 22 de septiembre del 2021, 3 denuncias, por el uso de medios y métodos de guerra ilícitos (siembra de minas antipersonal). e. El 20 de octubre del 2021, por el delito de utilización de medios y métodos de guerra ilícitos (siembra de minas antipersonal).

12. Adicionalmente informaron que no se ha recibido quejas denuncias y/o requerimientos de las autoridades judiciales y de Ministerio Público relacionadas con la supuesta convivencia de la fuerza pública con los grupos armados ilegales. Por otro lado, se señaló que la Dirección de Derechos Humanos adscrita a la Gobernación de Antioquia ha realizado distintas acciones para hacer frente a la emergencia humanitaria ocasionada por el accionar de los grupos armados al margen de la ley, entre estas destacan

las siguien tes: a. Rescate y acompañamiento de las víctimas indígenas de minas antipersonal, siguiendo la ruta de atención establecida para estos casos. b. Adaptación del material pedagógico de educación en riesgo de minas (ERM) a la lengua Embera.

c. Asesoría y asistencia técnica a los municipios y autoridades locales con competencia en la materia, sobre la ruta de atención a víctimas de accidentes con MAP3, MUSE4 y AEI5. d. Gestión ante la Unidad para la Atención y Reparación a Victimas, para el envío de paquetes alimentarios a las familias afectadas. e. Gestión ante organizaciones de cooperación internacional, para el envío de ayudas humanitarias consistentes en paquetes alimentarios, al igual que kits para atención primaria en salud. f. En agosto de 2020, se estructuró el plan de respuesta rápida para las comunidades indígenas de Murindó, Dabeiba, Frontino y Urrao, incluyendo jornadas de ERM en emergencia, brigadas de salud, proyectos agrícolas y de seguridad alimentaria, mejoramientos en infraestructura educativa, dotación y fortalecimiento de la guardia indígena. g. En el marco del Programa Aéreo Social de Antioquia, se realizan acciones de ERM en las comunidades étnicas priorizadas. 5

13. Asimismo, se reportó que las misiones humanitarias de verificación y acompañamiento vienen documentando las violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario de las que están siendo víctima las comunidades, actualizando los censos poblacionales por comunidad, para el trámite de la ayuda humanitaria de emergencia ante la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, entre otras acciones. En cuanto a la labor de la Unidad Nacional de Protección, esta reportó, mediante comunicación de fecha 27 de octubre de 2021, que el Resguardo Río Murindó y el Resguardo Río Chageradó, cuentan con órdenes de trabajo No. 311 y 312,

respect ivamente, activas y pendientes de Taller de Evaluación del Riesgo.

14. El 17 de noviembre de 2021, el Estado informó que existen 11 investigaciones activas en etapa de indagación ante la Fiscalía General de la Nación, en 9 de las cuales aún se estaría averiguando responsabl es. Las denuncias versan sobre los siguientes hechos:

a. Se denunciaron presuntos actos de terrorismo cometidos el 4 de abril de 2019 contra las comunidades pertenecientes a los Resguardos Indígenas de Río Murindó y Río Chageradó. b. Se denunció la incursión del grupo armado AGC, liderados por alias “Pica”, en la Comunidad Indígena de Isla en el Resguardo Río Murindó, el 11 de julio de 2019. Al respecto, informaron que se determinó al responsable, pero, el 25 de octubre de 2021, se solicitó la preclusión de la investigación por imposibilidad de continuar con el ejercicio de la acción penal ante la muerte de alias “Pica”. c. Se denunció el desplazamiento forzado de familias de la comunidad de Chageradó al casco urbano de Murindó, el 1 de septiembre de 2019. d. Se denunció el asesinato de un miembro de la comunidad indígena de Alto guayabal, en la comunidad indígena de Isla en Resguardo Río Murindó, el 10 de febrero de 2020. e. Se denunció que el 22 de noviembre de 2020 un miembro de la comunidad las Islas habría sido amenazado por el grupo AGC. Se informó que el 6 de mayo de 2021 se libró medida de protección; el 15 de junio de

2021, se realizó el Programa Metodológico y desde esa fecha se ha efectuado una actividad investigativa. f. Se denunció el desplazamiento de la población civil en el municipio de Murindó, que habría ocurrido el 25 de noviembre de 2020, debido al actuar del grupo Clan del Golfo. g. El 31 de diciembre de 2020 se denunció que 5 desertores indígenas de los grupos armados serían amenazados por estos. h. Se denunció que el 2 de marzo de 2021, la Comunidad Indígena de Caredó, habría sido amenazada de muerte en caso de no desalojar sus territorios en el plazo de un día. También se informó que 47 familias de la comunidad de indígenas Alto, Resguardo del río Chageradó, se desplazaron de manera colectiva hacia la comunidad de Turriquitadó Llano del mismo resguardo indígena.

  1. El 4 de mayo de 2021, se denunció que un miembro de la comunidad la Isla fue amenazado de muerte en noviembre de 2020 por el ELN, acusándolo de trabajar para el grupo AGC; y, posteriormente, el 25 y 26 de febrero de 2021, el ELN llegó a su comunidad a buscarlo a él y otros jóvenes.

j. El 28 de mayo de 2021, se denunció que el 25 de febrero hombres armados, presuntamente integrantes del ELN, llegaron a la comunidad indígena de Islas, Resguardo Río Murindó, con la finalidad de llevarse a un joven de la comunidad, frente a ello, los miembros de la Guardia Indígena se opusieron y en respuesta

fueron amenazados. Se informó que el 2 de junio de 2021, se libró medida de protección; el 9 de junio de 2021 se realizó Programa Metodológico y desde esa fecha se ha efectuado 1 actividad investigativa. k. El 31 de mayo de 2021, se habría denunciado que el A.B. fue amenazado por el grupo AGC, acusándolo de 5 pertenecer al ELN , y le manifestaron que, si no suministraba información del ELN, iban a quemar a toda su familia. Se informó que los “indiciados” son el Comandante de las AGC alias “Tuto”, alias “Pastrana”y Wilmar Bailarín. Asimismo, sobre las actuaciones judiciales avanzadas, se señaló que el 2 de junio de 2021 se libró medida de protección, el 9 de junio de 2021 se realizó el Programa Metodológico y desde esa fecha se ha efectuado una actividad investigativa. 5 Según la información aportada, lo acusaban de ello ya que el 15 de junio de 2020 el ELN habría acampado en su propiedad ubicada en el territorio de la comunidad de Bachidubi del Resguardo Río Murindó. 6

15. Asimismo, el Estado detalló el conjunto de acciones que vienen desplegando la Policía Nacional y el Ejército para garantizar la protección de la población en general y salvaguardar el territorio 6 nacional . El 24 de diciembre de 2021, se informó que a lo largo del año 2021 hubo 6 víctimas de minas antipersonal en el municipio de Murindó, una de las cuales falleció; y se detalló las acciones adelantadas para su atención, tales como la activación de la Ruta de Atención Integral a Víctimas y el seguimiento y

acompañamiento a los personeros municipales a fin de garantizar la entrega de kits de ayudas de emergencia. Se informó las acciones desplegadas por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, destacando actividades de Educación en el Riesgo de Minas, y operaciones de desminado humanitario y 7 gestióIInI .t eArNriÁtoLrIiSaIlS. S OBRE LOS ELEMENTOS DE GRAVEDAD, URGENCIA E IRREPARABILIDAD

16. El mecanismo de medidas cautelares es parte de la función de la Comisión de supervisar el cumplimiento con las obligaciones de derechos humanos establecidas en el artículo 106 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos. Estas funciones generales de supervisión están establecidas en el artículo 41 (b) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, recogido también en el artículo 18 (b) del Estatuto de la CIDH. El mecanismo de medidas cautelares está descrito en el artículo 25 del Reglamento de la Comisión. De conformidad con ese artículo, la Comisión otorga medidas cautelares en situaciones que son graves y urgentes, y en cuales tales medidas son necesarias para prevenir un daño irreparable a las personas.

17. La Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (“la Corte Interamericana” o “Corte IDH”) han establecido de manera reiterada que las medidas cautelares y 8 provisionales tienen un doble carácter, uno tutelar y otro cautelar. Respecto del carácter tutelar, las 9 medidas buscan evitar un daño irreparable y preservar el ejercicio de los derechos humanos. Para ello,

6 La Policía Nacional-Departamento de Policía Urabá contaría con un Despliegue Táctico y Operacional del Servicio de Policía, en la jurisdicción, con la finalidad de coadyuvar en el fortalecimiento de las condiciones requeridas por la ciudadanía en general y poder neutralizar a cualquier actor y/o factor que pudiese llegar a afectar negativamente la convivencia ciudadana. Asimismo, se habrían emitido los boletines No. 007-2020, 008-2020, 0102020 y 001-2021, con el fin de alertar sobre la situación de orden público que afecta a las comunidades indígenas del municipio de Murindó. Aunado a ello, desde la seccional de inteligencia, se habría realizado el análisis situacional para orientar al mando en la toma de decisiones con la finalidad de anticipar y prevenir afectaciones a personas y bienes; desde la seccional de investigación criminal, se habría abierto investigación criminal de oficio, en contra de la cúpula de la guerrilla del ELN; desde la seccional de protección y servicios especiales, se habría solicitado a la Unidad Nacional de Protección, la realización de estudio de seguridad de las comunidades indígenas en riesgo, entre otras acciones. Las Fuerzas Armadas, por su parte continuarían con las actividades de desminado en las zonas afectadas y/o territorios aledaños. Asimismo, mediante el Batallón Voltígeros y Batallón de Infantería de Marina habrían logrado establecer planes preventivos y de control para garantizar la seguridad de la población de Murindó – Antioquia. 7 La Oficina habría desarrollado un taller de ERM en octubre de 2020 para el municipio de Muri

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