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Circular Externa 010 de 2026

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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Detalles

Título
Circular Externa 010 de 2026
Autor
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2026

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010 CIRCULAR CONJUNTA NÚMERO DE 2026

Bogotá D.C. 16 FEB 20%

PARA: ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL

DE: DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN Y MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ASUNTO: Lineamientos para la aplicación del artículo 308 de la Ley 2294 de 2023 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo -PND2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Formulario Único Territorial (FUT). Respetados (as) ministros (as), directores (as), gobernadores (as), Alcaldes (as): De conformidad con lo establecido en el artículo 308 de la Ley 2294 de 2023, que modifica el artículo 188 de la Ley 1753 de 2015? “[el] Departamento Nacional de Planeación en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, definirá las acciones conducentes a consolidar el FUT como único instrumento de reporte de la información territorial, con destino a las entidades del nivel nacional, con el propósito de simplificar el número de reportes y lograr mayor calidad y eficiencia en los flujos de información exceptuando la de carácter presupuestal que se debe reportar a través del CUIPO”. Así mismo, en concordancia con los numerales 3 y 5 del artículo 3 del Decreto 1893 de 2021? es función del Departamento Nacional de Planeación (DNP) presentar al Presidente de la República informes periódicos sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo (PND) y los demás que le sean solicitados. En línea, le corresponde

2021? es función del Departamento Nacional de Planeación (DNP) presentar al Presidente de la República informes periódicos sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo (PND) y los demás que le sean solicitados. En línea, le corresponde coordinar y apoyar la planeación de corto, mediano y largo plazo de los sectores, orientando la definición de políticas públicas y la priorización de recursos de inversión. En concordancia y, en cumplimiento del artículo 308 de la Ley 2294 de 2023, el DNP se encuentra en el proceso de identificación y consolidación del inventario de reportes que realizan los departamentos, distritos, municipios, sus respectivos establecimientos públicos, las unidades administrativas especiales, las empresas industriales y comerciales del Estado, las empresas sociales del Estado, las empresas oficiales de servicios públicos domiciliarios, las sociedades públicas, las sociedades de economía mixta, las entidades asimiladas a estos, los Esquemas Asociativos Territoriales, los territorios y resguardos indígenas certificados y asociaciones de estos últimos, y todas las entidades o formas de 1 Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20222026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida. 2 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país 3 Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de PlaneaciónContinuación de la Circular: “Lineamientos para la aplicación del artículo 308 de la Ley 2294 de 2023 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo -PND2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Formulario Unico Territorial (FUT). organización autorizadas por la normatividad vigente para ser ejecutores de recursos del

expide el Plan Nacional de Desarrollo -PND2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Formulario Unico Territorial (FUT). organización autorizadas por la normatividad vigente para ser ejecutores de recursos del Sistema General de Regalías (SGR). Este proceso tiene como objetivo cotejar dicha información con los requerimientos y necesidades del nivel nacional, para coordinar las acciones respectivas con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP). Para dar cumplimiento a este mandato legal, establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, se requiere la colaboración activa de las entidades del orden nacional y descentralizado para implementar los lineamientos relacionados con las solicitudes de reportes de información oficial básica, de naturaleza organizacional, financiera, económica, geográfica, social y ambiental, dirigidas a las entidades, esquemas y organizaciones señaladas anteriormente, autorizadas por la normatividad vigente para ser ejecutores de recursos del SGR. Para ello, se deben tener en cuenta las siguientes

consideraciones:

1. Lineamientos Generales 1.1. Información presupuestal: La información de carácter presupuestal de los departamentos, distritos, municipios, sus respectivos establecimientos públicos, las unidades administrativas especiales, las empresas industriales y comerciales del Estado, las empresas sociales del Estado, las empresas oficiales de servicios públicos domiciliarios, las sociedades públicas, las sociedades de economía mixta, las entidades asimiladas a estos, los Esquemas Asociativos Territoriales, los territorios y resguardos indígenas certificados y/o asociaciones de estos últimos, y todas las entidades o formas de organización autorizadas por la normatividad vigente que son ejecutores de recursos del SGR, debe

Asociativos Territoriales, los territorios y resguardos indígenas certificados y/o asociaciones de estos últimos, y todas las entidades o formas de organización autorizadas por la normatividad vigente que son ejecutores de recursos del SGR, debe tomarse exclusivamente de los reportes de la Categoría Única de Información del Presupuesto Ordinario (CUIPO). Estos reportes incluyen los formularios de Programación de Ingresos, Ejecución de Ingresos, Programación de Gastos, Ejecución de Gastos, Secciones Presupuestales Adicionales, Resguardos Indígenas (AESGPRI) y Sistema General de Regalías (SGR), los cuales son reportados trimestralmente a través de la plataforma CHIP (www .chip.gov.co). 1.2. Categorías del FUT: Es fundamental considerar las categorías vigentes del Formulario Único Territorial (FUT), a través de las cuales las entidades del nivel territorial reportan información financiera complementaria. Esto permitirá evaluar su contenido y evitar reportes duplicados o similares fuera de las siguientes categorías: a) FUT - Cierre Fiscal (Situación Fiscal) b) FUT - Deuda Pública (Créditos, créditos por sector y renta pignorada) c) FUT - Registro Presupuestal (F1 Registro Presupuestal) d) FUT - Tesorería Fondo de Salud (Reporte de Tesorería) e) FUT - Víctimas 1 (Ejecución Víctimas) f) FUT - Vigencias Futuras (Autorizaciones)Continuación de la Circular: “Lineamientos para la aplicación del artículo 308 de la Ley 2294 de 2023 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo -PND2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Formulario Unico Territorial (FUT).

expide el Plan Nacional de Desarrollo -PND2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Formulario Unico Territorial (FUT). 1.3.Proyectos de inversión: La información relacionada con la ejecución y seguimiento de proyectos de inversión de los Planes de Desarrollo Territorial (PDT), deberá ser registrada y reportada por las entidades del nivel territorial a través de las herramientas informáticas dispuestas por el DNP, que soportan el Sistema Unificado de Finanzas e Inversión Pública y su equivalente a través de la Plataforma Integrada de Inversión Pública - PIIP. Estas herramientas están alineadas con las fases del ciclo de la inversión pública, incluida la información para el Sistema General de Regalías (SGR) y del Sistema General de Participación (SGP). 1.4.Solicitudes adicionales de información: Cualquier solicitud de información adicional, ya sea de tipo presupuestal o relacionada con la ejecución y seguimiento de proyectos de inversión Territorial o la demás información oficial básica, de naturaleza organizacional, financiera, económica, geográfica, social y ambiental que sea requerida por las entidades del orden nacional para efectos del monitoreo, seguimiento, evaluación y control de las entidades territoriales que no esté contenida en las categorías del FUT, deberá coordinarse en cada caso, según corresponda, de conformidad a lo establecido en el Decreto 3402 de 2007: Requerimientos nuevos de información presupuestal deberá coordinarse con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para ser reportada a través de la Categoría Única de Información Presupuestal Ordinaria (CUIPO). Requerimientos nuevos de información relacionada con la ejecución y seguimiento de

Ministerio de Hacienda y Crédito Público para ser reportada a través de la Categoría Única de Información Presupuestal Ordinaria (CUIPO). Requerimientos nuevos de información relacionada con la ejecución y seguimiento de proyectos de inversión Territorial deberá coordinarse con el Departamento Nacional de Planeación, para ser incluida en los sistemas de información que dispone la entidad. Requerimientos información oficial básica, de naturaleza organizacional, financiera, económica, geográfica, social y ambiental que sea requerida por las entidades del orden nacional para efectos del monitoreo, seguimiento, evaluación y control de las entidades territoriales deberá coordinarse con la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del FUT, para ser incluida en el Formulario Único Territorial (FUT), administrado por el Consolidador de Hacienda e información Pública (CHIP), en cumplimiento del Decreto 3402 de 2007. 1.5.Procedimiento para adelantar la solicitud. Las entidades del orden nacional deberán enviar sus solicitudes de conformidad con los parámetros señalados en el formato que podrán descargar a través del siguiente enlace: " https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/direccion%20descentralizacion%20y%20fortalecimiento%20fisc/REQUERIM IENTOS_INFORMACION_ENTIDADES_ NACIONALES ANEXOCIRCULARFUTART308.xlsx 4 La PIIP es una Herramienta Web que permitirá tener en un solo lugar el ciclo completo de cualquier Proyecto de Inversión Pública, con el objetivo de mejorar la Viabilidad, Programación, Ejecución y Seguimiento de la Inversión Pública en el País. Integra diferentes sistemas de información que soportan el Ciclo de la Inversión Pública, como la

Inversión Pública, con el objetivo de mejorar la Viabilidad, Programación, Ejecución y Seguimiento de la Inversión Pública en el País. Integra diferentes sistemas de información que soportan el Ciclo de la Inversión Pública, como la Metodología General Ajustada (MGA), el Sistema Unificado de Inversión y Finanzas Públicas (SUIFP), El Sistema de Seguimiento a Proyectos de Inversión (SPI) y el Gesproy.Continuación de la Circular: “Lineamientos para la aplicación del artículo 308 de la Ley 2294 de 2023 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo -PND2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Formulario Unico Territorial (FUT). 1.6. 2. Para el diligenciamiento, se tomará en cuenta lo siguiente: Para requerimientos de información presupuestal se debe enviar solicitud al correo relacionciudadano@minhacienda.gov.co dirigido a la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Para requerimientos de información relacionada con la ejecución y seguimiento de Proyectos de Inversión Territorial se debe enviar solicitud al correo servicioalciudadano@dnp.gov.co dirigido a la Subdirección de Inversiones, Seguimiento y Evaluación del Departamento Nacional de Planeación. Para requerimientos de información oficial básica, de naturaleza organizacional, financiera, económica, geográfica, social y ambiental se debe enviar solicitud a la Contaduría General de la Nación al correo mesadeservicio@contaduria.gov.co En el asunto del correo, se deberá indicar: “Solicitud aplicación artículo 308 de la Ley 2294 de 2023-PND”. El archivo contiene cuatro (4) “tipos de solicitud”, cada una detalla la categoría o el nombre del formulario según la necesidad. En la columna

En el asunto del correo, se deberá indicar: “Solicitud aplicación artículo 308 de la Ley 2294 de 2023-PND”. El archivo contiene cuatro (4) “tipos de solicitud”, cada una detalla la categoría o el nombre del formulario según la necesidad. En la columna “especificar”, las entidades deberán describir los ajustes requeridos en las categorías o formularios objeto de modificación. Además, deberán incluir las propuestas específicas de ajuste, el nombre y los datos de contacto de la persona responsable en la entidad solicitante. Socialización del Diagnóstico FUT El Departamento Nacional de Planeación, realizó el diagnóstico mediante la aplicación de encuestas a las entidades del nivel territorial y del orden nacional que será presentado ante el Comité Técnico y la Comisión Intersectorial del FUT. Este diagnóstico tuvo como objetivo evaluar los reportes de información solicitados, con el fin de racionalizar y simplificar el número de reportes a cargo de las entidades territoriales, mejorando la calidad y eficiencia de los flujos de información en el marco de la consolidación del Formulario Único Territorial (FUT). En el mismo sentido, se revisó la arquitectura de referencia - estándares, mejores prácticas y pautas - con el objetivo de unificar y optimizar la recolección, procesamiento y publicación de datos en las entidades territoriales, en aras de procurar la interoperabilidad, integración, eficiencia y seguridad en la gestión de datos entre entidades a través de FUT. Para ello, promoverá en la instancia del Comité Técnico y la Comisión Intersectorial del FUT, a través de la Contaduría General de Nación y del Ministerio de Hacienda, en aras de acordar las actividades necesarias y los lineamientos de las entidades del orden nacional, para el cumplimiento del artículo

Técnico y la Comisión Intersectorial del FUT, a través de la Contaduría General de Nación y del Ministerio de Hacienda, en aras de acordar las actividades necesarias y los lineamientos de las entidades del orden nacional, para el cumplimiento del artículo 308 de la Ley 2294 de 2023, así como la hoja de ruta interinstitucional. Consideraciones Finales Las entidades del orden nacional del nivel central y descentralizado deberán abstenerse de solicitar información que ya esté reportada a través del FUT, CUIPO o SUIFP o su equivalente de la Plataforma Integrada de Inversión Pública - PIP, del DNP.Continuación de la Circular: “Lineamientos para la aplicación del artículo 308 de la Ley 2294 de 2023 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo -PND2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Formulario Unico Territorial (FUT). El Departamento Nacional de Planeación en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, realizará seguimiento a las acciones conducentes a consolidar el FUT como único instrumento de reporte de la información territorial, con destino a las entidades del nivel nacional, con el propósito de simplificar el número de reportes y lograr mayor calidad y eficiencia en los flujos de información. Las inquietudes relacionadas con la presente Circular podrán ser dirigidas a la Subdirección de Fortalecimiento Fiscal Territorial del DNP al correo fiscalterritorial@dnp.gov.co y a la Dirección General de Apoyo Fiscal del MHCP, al correo relacionciudadano@minhacienda.gov.co Dada en la ciudad de Bogotá el día 16 FEB 2026

NATALIA IREN LINA\POSSO

Directora General Nacional de Planeación Ministro

relacionciudadano@minhacienda.gov.co Dada en la ciudad de Bogotá el día 16 FEB 2026

NATALIA IREN LINA\POSSO

Directora General Nacional de Planeación Ministro Ministerio de Hacienda y Crédito Público Por el Departamento Nacional de Planeación: Preparó: Nelfrey Tarache Rodriguez - Funcionario SFFT - nelfreyt Preparó: Eric Alberto Orgulloso - Subdirector Fortalecimiento Fiscal Territorial _ £A'0M Revisó: Julián Torres Jiménez - Director de Descentralizacion y Fortalecimiento Fiscal Territorial 777

Aprobó: Rubin Huffington Rodriguez, Subdirector General de Descentralización y Desarrollo Territorial (E) exa

Revisó: Jessica Murillo Mena, Asesora Dirección General DNP Jete

Revisó: Maria Gabriela Acevedo — Asesora OAJ G¢P

Aprobó: Frank Olivares Torres - Jefe Oficina Asesora Jurídica 707

Revisó: Luz Mery Portela David — Secretaria General ZMP®

Por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Revisó: Néstor Mario Urrea - Director General Apoyo Fiscal -DAR Ismael Antonio Molina Giraldo - Subdirector Apoyo al Saneamiento Hscal Territorial, DAF Fernando Olivera - Asesor DAF Y fe Maria Isabel Cruz Montilla - Oficina Asesora Jurídica Ministerio de Hacienda

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