CNDJ - F11001080200020230088600
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- CNDJ - F11001080200020230088600
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL
Bogotá D.C., dos (2) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Magistrada Ponente: MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202300886 00 Aprobado según Acta No.31 de la fecha. Subsala N° 01
OBJETO A DECIDIR
Procede la Sala Dual de Decisión de Instrucción a pronunciarse sobre la investigación disciplinaria ordenada mediante providencia del 19 de junio de 20241 en contra de los doctores LUIS HERNANDO CASTILLO RESTREPO, EDUARDO CASTILLO GONZÁLEZ e INÉS LORENA VARELA CHAMORRO, en su condición de Magistrados de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca.
ORIGEN DE LA ACTUACIÓN
La presente actuación disciplinaria tuvo origen en la expedición de copias dispuesta el 25 de julio de 2023 2 por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca, por medio de la cual solicitó investigar la presunta mora en la que pudieron incurrir los magistrados que tuvieron a cargo el proceso disciplinario adelantado contra la doctora Norella Acosta Tenorio, en su condición de Juez 2ª Civil del Circuito de Buga, pues no obstante el asunto les fue repartido el 20 de
1 Folio 1 al 5 del archivo virtual treinta del cuaderno de primera instancia. 2 Folio 1 al 12 del archivo virtual uno del cuaderno de primera instancia.República de Colombia Rama Judicial
1 Folio 1 al 5 del archivo virtual treinta del cuaderno de primera instancia. 2 Folio 1 al 12 del archivo virtual uno del cuaderno de primera instancia.República de Colombia Rama Judicial
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202300886 00
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mayo de 2019, solo profirieron decisión de primera instancia hasta el 25 de julio de 20233, de suerte que entre una fecha y otra transcurrieron 4 años, 2 meses y 5 días.
ACTUACIÓN PROCESAL
1.- El asunto fue sometido a reparto del 25 de agosto de 2023 4 al despacho de quien hoy funge como ponente de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.
2.- El 17 de octubre siguiente5, con la finalidad establecida en el artículo 208 de la Ley 1952 de 2019, se ordenó iniciar INDAGACIÓN PREVIA contra los entonces MAGISTRADOS de la extinta SALA
JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA DEL CONSEJO SECCIONAL DE
LA JUDICATURA del VALLE DEL CAUCA , hoy COMISIÓN SECCIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL del VALLE DEL CAUCA, que estuvieron a cargo del proceso disciplinario seguido contra la Juez 2ª Civil del Circuito de Buga.
Decisión que le fue notificada al doctor Luis Hernando Castillo Restrepo, y a la doctora Inés Varela Chamorro 6, en su condición de Magistrados de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca y al
Decisión que le fue notificada al doctor Luis Hernando Castillo Restrepo, y a la doctora Inés Varela Chamorro 6, en su condición de Magistrados de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca y al agente del Ministerio Público 7 mediante correo electrónico del 6 de diciembre de 2023.
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Informante: Denunciado: Radicado No.: De oficio Norella Acosta Tenorio. Juez 2º Civil del Circuito de Buga 76001-11-02-000-2019-0095800.
4 Folio 1 del archivo virtual número dos del cuaderno de primera instancia. 5 Folio 1 al 5 del archivo virtual número seis del cuaderno de primera instancia. 6 Folio 1 al 4 del archivo virtual número trece y 1 al 4 del archivo virtual catorce del cuaderno de primera instancia. 7 Folio 1 al 3 del archivo virtual número quince del cuaderno de primera instancia.República de Colombia Rama Judicial
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En esta etapa se ordenó la práctica de pruebas y en cumplimiento de lo anterior, se acreditaron las siguientes:
- Oficio del 1º de diciembre de 2023 8, por medio del cual el Secretario Judicial de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca relacionó los Magistrados que estuvieron a cargo del proceso disciplinario seguido contra la Juez 2ª Civil del Circuito de Buga9, así:
Periodos Lapso Magistrado a cargo
Cauca relacionó los Magistrados que estuvieron a cargo del proceso disciplinario seguido contra la Juez 2ª Civil del Circuito de Buga9, así:
Periodos Lapso Magistrado a cargo Actuaciones procesales Fecha Actuación 1.- Del 20 de mayo de 2019 al 1º de diciembre de 2020. 1 año, 6 meses y 9 días. Luis Hernando Castillo Restrepo. 1.1.- 20 de mayo de 2019. “Acta de reparto”. 1.2.- 9 de septiembre de 2019. “Auto por medio del cual se ordena iniciar indagación preliminar en contra de la doctora Norella Acosta Tenorio, en su condición de Juez 2ª Civil del Circuito de Buga”. 1.3.- 10 de febrero de 2020. “Auto por medio del cual se ordena abrir investigación disciplinaria en contra de la doctora Norella Acosta Tenorio, en su condición de Juez 2ª Civil del Circuito de Buga”. 1.4.- 28 de octubre de 2020. “Acuerdo PCSA20 -11650 proferido por el Consejo Superior de la Judicatura, por medio del cual se crean unos cargos con carácter permanente en Tribunales y Juzgados a nivel nacional”. 1.5.- 6 de noviembre de 2020. “Auto por medio del cual se ordena reiterar la práctica de una prueba documental”. 2.- Del 2 de diciembre de 2020 al 31 de marzo de 2021. 3 meses y 29 días. Eduardo Castillo
práctica de una prueba documental”. 2.- Del 2 de diciembre de 2020 al 31 de marzo de 2021. 3 meses y 29 días. Eduardo Castillo González 2.1.- 18 de enero de 2021. “Auto por medio del cual se avoca el conocimiento del asunto, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA20 -11650 proferido el 28 de octubre de 2020 por el Consejo Seccional de la Judicatura de Valle del Cauca y en Sala Plena del 1º de diciembre de 2020”. 3.- Del 1º de abril de 2021 al 25 de julio de 2023. 2 años, 3 meses y 24 días. Inés Lorena Varela Chamorro 3.1.- 5 de agosto de 2021. “Auto por medio del cual se declara cerrada la investigación disciplinaria adelantada en contra de la doctora Norella Acosta Tenorio, en su condición de Juez 2ª Civil del Circui to de Buga”. 3.2.- 9 de agosto de 2021. “Auto por medio del cual se corre traslado a los sujetos procesales por el término de 10 días”. 3.3.- 25 de julio de 2023. “Auto mediante el cual se decreta la terminación y archivo de las diligencias a favor de la doctora Norella Acosta Tenorio, en su condición de Juez 2ª Civil del Circuito de Buga”.
Gráfica de elaboración propia. Proceso disciplinario adelantado contra la Juez 2ª Civil del Circuito de Buga.
favor de la doctora Norella Acosta Tenorio, en su condición de Juez 2ª Civil del Circuito de Buga”.
Gráfica de elaboración propia. Proceso disciplinario adelantado contra la Juez 2ª Civil del Circuito de Buga.
8 Folio 1 al 10 del archivo virtual número nueve del cuaderno de primera instancia. 9
Informante: Denunciado: Radicado No.: De oficio Norella Acosta Tenorio. Juez 2º Civil del Circuito de Buga 76001-11-02-000-2019-0095800.República de Colombia
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- Mediante oficios del 1º de diciembre de 202310 y 2 de julio de 202411, el Secretario Judicial de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca enlistó cuántos asuntos de connotación o complejidad conocieron los doctores Luis Hernando Castillo Restrepo, Eduardo Castillo González e Inés Lorena Varela Chamorro, en su condición de
Magistrados de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca, así:
Periodos Magistrado Ponente Procesos 1.- Del 20 de mayo de 2019 al 1º de diciembre de 2020. Luis Hernando Castillo Restrepo. 3 2.- Del 2 de diciembre de 2020 al 31 de marzo de 2021. Eduardo Castillo González
diciembre de 2020. Luis Hernando Castillo Restrepo. 3 2.- Del 2 de diciembre de 2020 al 31 de marzo de 2021. Eduardo Castillo González
2 3.- Del 1º de abril de 2021 al 25 de julio de 2023. Inés Lorena Varela Chamorro
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Gráfica de elaboración propia. Procesos de complejidad.
Y la planta de personal de la que dispuso cada uno de ellos:
Tipo de nombramiento (Propiedad, libre nombramiento y remoción y provisionalidad). Denominación del cargo Nombre del servidor judicial
2019 Provisionalidad Magistrado Luis Hernando Castillo Restrepo Provisionalidad Auxiliar judicial Angela María Moreno Mosquera Transitorio Auxiliar judicial en descongestión Martha Isabel Domínguez Transitorio Oficial mayor en descongestión Paola Johanna Bonilla Betancourt
2020 Provisionalidad Magistrado Luis Hernando Castillo Restrepo Provisionalidad Auxiliar judicial Angela María Moreno Mosquera Transitorio Sustanciador en descongestión Jairo Felipe Valencia Sánchez Provisionalidad Sustanciador en descongestión Alejandra Vélez Naranjo
Gráfica de elaboración propia. Planta de personal. Luis Hernando Castillo Restrepo. 2019-II a 2020-IV.
Tipo de nombramiento Denominación del cargo Nombre del servidor judicial
10 Folio 1 al 10 del archivo virtual número nueve del cuaderno de primera instancia. 11 Folio 1 al 5 del archivo virtual número cuarenta y tres del cuaderno de primera instancia.República de Colombia
Denominación del cargo Nombre del servidor judicial
10 Folio 1 al 10 del archivo virtual número nueve del cuaderno de primera instancia. 11 Folio 1 al 5 del archivo virtual número cuarenta y tres del cuaderno de primera instancia.República de Colombia Rama Judicial
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(Propiedad, libre nombramiento y remoción y provisionalidad).
2021 Provisionalidad Magistrado Eduardo Castillo González Provisionalidad Auxiliar judicial Arally Escobar Espinosa Provisionalidad Sustanciador Jhoan Sebastián Mejía Urbano
Gráfica de elaboración propia. Planta de personal. Eduardo Castillo González. 2021-I.
Tipo de nombramiento (Propiedad, libre nombramiento y remoción y provisionalidad). Denominación del cargo Nombre del servidor judicial
2021 Propiedad Magistrado Inés Lorena Varela Chamorro Provisionalidad Auxiliar judicial Mayra Alejandra Portilla Provisionalidad Sustanciador Andrés David Reyes
2022 Propiedad Magistrado Inés Lorena Varela Chamorro Provisionalidad Profesional especializada Mayra Alejandra Portilla Provisionalidad Auxiliar judicial Claudia Ximena Hurtado Provisionalidad Sustanciador Andrés David Reyes Descongestión Sustanciador en descongestión María Andrade Andrade
2023
Provisionalidad Auxiliar judicial Claudia Ximena Hurtado Provisionalidad Sustanciador Andrés David Reyes Descongestión Sustanciador en descongestión María Andrade Andrade
2023 Propiedad Magistrado Inés Lorena Varela Chamorro Provisionalidad Profesional especializada Diana Marcela Villarraga Rojas Provisionalidad Auxiliar judicial Claudia Ximena Hurtado Provisionalidad Sustanciador Alejandro Quintero Aquite
Gráfica de elaboración propia. Planta de personal. Inés Lorena Varela Chamorro. 2021-II a 2023-III.
- Documento suscrito el 12 de diciembre de 2023, por el Secretario Judicial de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, a través del cual remitió el acta de sesión de Sala Plena y copia del acta de posesión, correspondiente al nombramiento realizado al doctor Luis Hernando Castillo Restrepo12 y a la doctora Inés Lorena Varela Chamorro13, en su condición de Magistrados de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca. - En la misma fecha, el doctor Luis Hernando Castillo Restrepo rindió versión libre14. Refirió que para la fecha en que asumió el conocimiento del asunto, ya había acaecido el fenómeno jurídico de caducidad 15 de
12 Folio 1 al 6 del archivo virtual diecisiete del cuaderno de primera instancia. 13 Folio 1 al 7 del archivo virtual dieciséis del cuaderno de primera instancia. 14 Folio 1 al 7 del archivo virtual dieciocho del cuaderno de primera instancia. 15 Al respecto, es del caso resaltar que no obstante que el 10 de febrero de 2020, el doctor Luis Hernando Castillo Restrepo
14 Folio 1 al 7 del archivo virtual dieciocho del cuaderno de primera instancia. 15 Al respecto, es del caso resaltar que no obstante que el 10 de febrero de 2020, el doctor Luis Hernando Castillo Restrepo profirió auto de apertura de investigación disciplinaria, no alcanzó a interrumpir el fenómeno jurídico de caducidad de la acción, pues el hecho más reciente que se cuestionó a la Juez 2ª Civil del Circuito de Buga databa del 19 de junio de 2013.República de Colombia Rama Judicial
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la acción disciplinaria y trasliteró la gráfica que el Seccional de instancia elaboró en tal sentido, para efectos de decretar la extinción de la acción:
Hechos y fecha de consumación Fecha de caducidad
1.- “Recibir la suma $60.000.000 valor que fue dividido en dos entregas de 30.000.000, en enero de 2007 y 2008”. Año 2013 2.- “Designar un solo perito para la realización de avalúo de bien a expropiar a través de Sentencia del 28 de marzo de 2007, auto del 04 de junio de 2007, auto del 12 de febrero de 2008. 28 de marzo de 2012 04 de junio de 2012 12 de febrero de 2013 3.- “Adoptar peritaje definitivo con Autos del 16 de marzo y 06 de julio de 2009 16 de marzo de 2014
28 de marzo de 2012 04 de junio de 2012 12 de febrero de 2013 3.- “Adoptar peritaje definitivo con Autos del 16 de marzo y 06 de julio de 2009 16 de marzo de 2014 06 de julio de 2014 4.- “Hacer caso omiso al fallo de tutela proferido por la Corte Suprema de Justicia, Sala Civil con Autos del 16 de marzo y 06 de julio de 2009”. 16 de marzo de 2014 06 de julio de 2014 5.- “Rechazar la objeción por error grave elevada por el apoderado del INCO a través de los siguientes proveídos: Auto del 21 de mayo de 2010, 08 de julio de 2010 y 09 de agosto de 2010”. 21 de mayo de 2015 08 de julio de 2015 09 de agosto de 2015 6.- “Acoger como definitivo un dictamen infundado que contemplaba valores indemnizatorios que eran propios de un establecimiento de comercio y no del bien inmueble a expropiar, a través de autos del 10 de septiembre y 02 de noviembre de 2010”. 10 de septiembre de 2015 02 de noviembre de 2015 7.- “A pesar de encontrarse impedida, librar mandamiento de pago, decretando ilegalmente el embargo y secuestro de los dineros, contratos y cuentas fiduciarias del INCO a través de Autos del 31 de agosto de 2012, auto del 17 de septiembre de 2012, auto del 13 de febrero de 2013, auto del 19 de junio de 2013”. 31 de agosto de 2017 17 de septiembre de 2017 13 de febrero de 2018
septiembre de 2012, auto del 13 de febrero de 2013, auto del 19 de junio de 2013”. 31 de agosto de 2017 17 de septiembre de 2017 13 de febrero de 2018 19 de junio de 2018
Gráfica trasliterada. Auto de terminación y archivo del 25 de julio de 2023.
Señaló que mientras el proceso estuvo a su cargo, lo impulsó de forma constante, al punto que profirió auto de indagación preliminar y de investigación disciplinaria. Reseñó que, con ocasión de la pandemia, los términos judiciales estuvieron suspendidos de marzo a junio de 2020. Mencionó q ue el proceso resultó complejo, no solo por involucrar dineros del erario público, sino por el cúmulo de carpetas que conformaban el proceso ejecutivo y destacó la congestión judicial que aquejó a su despacho.República de Colombia Rama Judicial
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Para dicho efecto, aportó16: acta de entrega de procesos del 26 de julio de 2018; certificación suscrita el 16 de octubre de 2019 por la extinta Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura; informe rendido el 17 de mayo de 2019 por el doctor Castillo Restrepo, al entonces Presidente de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca; Acuerdo
informe rendido el 17 de mayo de 2019 por el doctor Castillo Restrepo, al entonces Presidente de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca; Acuerdo PCSJA20-11686 proferido el 10 de diciembre de 2020 por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura; anuncios y convocatoria a Salas de Decisión de 2019; certificación de los permisos que le fueron conferidos en 2019; y Resolución No. 104 del 24 de septiembre de 2019, proferida por la entonces Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
- Oficios del 19 de diciembre de 202317 y 8 de julio de 202418, en donde la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico del Consejo Superior de la Judicatura remitió las estadísticas de producción de los disciplinables
de mayo de 2019 a julio de 2023:
Año Resumen Meses reportados Ingresos efectivos Promedio mes ingresos efectivos Egresos efectivos Promedio mes egresos efectivos Inventario final 2019 Procesos 12 1.068 89 1.136 95 1.016
2020 Procesos 12 591 49 922 77 523 Tutelas e impugnaciones 12 3 - - - -
2021 Procesos 12 522 44 540 45Tutelas e impugnaciones 12 3 - 3 - -
Gráfica transliterada. Estadísticas de producción. Luis Hernando Castillo Restrepo. Periodo 2019-II a 2021-I.
Procesos 12 522 44 540 45Tutelas e impugnaciones 12 3 - 3 - -
Gráfica transliterada. Estadísticas de producción. Luis Hernando Castillo Restrepo. Periodo 2019-II a 2021-I. Año Resumen Meses reportados Ingresos efectivos Promedio mes ingresos efectivos Egresos efectivos Promedio mes egresos efectivos Inventario final
2021 Procesos 12 522 44 540 45Tutelas e impugnaciones 12 3 - 3 - -
16 Archivo virtual diecinueve del cuaderno de primera instancia. 17 Archivo virtual treinta y dos del cuaderno de primera instancia. 18 Folio 1 al 4 del archivo virtual cuarenta y cinco del cuaderno de primera instancia.República de Colombia Rama Judicial
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Gráfica transliterada. Estadísticas de producción. Eduardo Castillo González. Periodo 2021-I a 2021-IV19.
Año Resumen Meses reportados Ingresos efectivos Promedio mes ingresos efectivos Egresos efectivos Promedio mes egresos efectivos Inventario final
2021 Procesos 12 509 42 314 26 0 Tutelas e impugnaciones
efectivos Egresos efectivos Promedio mes egresos efectivos Inventario final
2021 Procesos 12 509 42 314 26 0 Tutelas e impugnaciones 12 2 0 2 0 0 2022 Procesos 12 667 56 797 66 557 Tutelas e impugnaciones 12 2 0 2 0 0 2023 Procesos 6 424 71 448 75 476 Tutelas e impugnaciones 6 1 0 1 0 0
Gráfica transliterada. Estadísticas de producción. Inés Varela Chamorro. Periodo 2021-II a 2023-III.
Y relacionó las medidas de descongestión, transitorias y permanentes dispuestas en los mismos períodos:
Trimestres
Medidas de descongestión
2019 II Del 20-05-2019 al 30-06-2019 “Acuerdo No. PCSJA19-11296 del 7 de junio de 2019. Por el cual se crean medidas transitorias en la jurisdicción disciplinaria”. III Del 01-07-2019 al 30-09-2019IV Del 01-10-2019 al 31-12-20192020 I Del 01-01-2020 al 31-03-2020 “Acuerdo No. PCSJA20-11487 del 30 de enero de 2020. Por el cual se crean unos acuerdos con carácter transitorio en la Jurisdicción Disciplinaria”.
I Del 01-01-2020 al 31-03-2020 “Acuerdo No. PCSJA20-11487 del 30 de enero de 2020. Por el cual se crean unos acuerdos con carácter transitorio en la Jurisdicción Disciplinaria”. II Del 01-04-2020 al 30-06-2020 “Acuerdo PCSJA20-11577 del 24 de junio de 2020. Por el cual se prorrogan las medidas transitorias adoptadas en el Acuerdo No. PCSJA20 -11487 del 30 de enero de 2020 en la jurisdicción disciplinaria”. III Del 01-07-2020 al 30-09-2020IV Del 01-10-2020 al 01-12-2020 “Acuerdo PCSJA20 -11650 del 28 de octubre de 2020. Por medio del cual se crean unos cargos con carácter permanente en tribunales y juzgados a nivel nacional”. IV Del 02-12-2020 al 31-12-20202021 I Del 01-01-2021 al 31-03-2021II Del 01-04-2021 al 30-06-2021III Del 01-07-2021 al 30-09-2021IV Del 01-10-2021 al 31-12-20212022 I Del 01-01-2022 al 31-03-2022 “Acuerdo PCSJA22-11911 del 2 de febrero de 2022. Por el cual se crean unos cargos transitorios en la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y algunas Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial”. II Del 01-04-2022 al 30-06-2022 “Acuerdo PCSJA22-11970 del 30 de junio de 2022. Por
Nacional de Disciplina Judicial y algunas Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial”. II Del 01-04-2022 al 30-06-2022 “Acuerdo PCSJA22-11970 del 30 de junio de 2022. Por el cual se crean cargos permanentes en las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial y se modifica su planta de personal”. III Del 01-07-2022 al 30-09-2022 “Acuerdo PCSJA22-11993 del 1º de septiembre de
2022. Por el cual se crean unos cargos transitorios en la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y en algunas
Seccionales de Disciplina Judicial”.
19 El reporte suministrado por la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico del Consejo Superior de la Judicatura se realizó por los 12 meses del año 2021; no obstante, es del caso recordar, que el doctor Eduardo Castillo González solo estuvo del 2 de diciembre de 2020 al 31 de marzo de 2021.República de Colombia Rama Judicial
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IV Del 01-10-2022 al 31-12-20222023 I Del 01-01-2023 al 31-03-2023II Del 01-04-2023 al 30-06-2023III Del 01-07-2023 al 25-07-2023Gráfica de elaboración propia. Medidas de descongestión. Periodo 2019-II a 2023-III.
II Del 01-04-2023 al 30-06-2023III Del 01-07-2023 al 25-07-2023Gráfica de elaboración propia. Medidas de descongestión. Periodo 2019-II a 2023-III.
- El 19 de diciembre de 202320 y 29 de junio de 202421, el Secretario de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca certificó el número de Salas de Decisión en las que participó el doctor Luis Hernando Castillo Restrepo del 20 de mayo de 2019 al 1º de diciembre de 2020; el doctor Eduardo Castillo González del 2º de diciembre de 2020 al 31 de marzo de 2021 y la doctora Inés Lorena Varela Chamorro del 1º de abril de 2021 al 25 de julio de 2023, así:
Trimestres
Presidente
Vicepresidente
Magistrado
Total sesiones
2019 II Del 20-05-2019 al 30-06-201912
177
189 III Del 01-07-2019 al 30-09-2019 IV Del 01-10-2019 al 31-12-2019
2020 I Del 01-01-2020 al 31-03-2020 1974
93 II Del 01-04-2020 al 30-06-2020 III Del 01-07-2020 al 30-09-2020 IV Del 01-10-2020 al 01-12-2020 28274
93 II Del 01-04-2020 al 30-06-2020 III Del 01-07-2020 al 30-09-2020 IV Del 01-10-2020 al 01-12-2020 282
Gráfica de elaboración propia. Participación de Salas. Luis Hernando Castillo Restrepo. Periodo 2019-II a 2020IV.
Trimestres
Presidente
Vicepresidente
Magistrado
Total sesiones 2020 IV Del 02-12-2020 al 31-12-2020 - - - 2021 I Del 01-01-2021 al 31-03-2021 4 - 24 28 28
Gráfica de elaboración propia. Participación de Salas. Eduardo Castillo González. Periodo 2020-IV a 2021-I.
Trimestres
Presidente
Vicepresidente
Magistrada
Total sesiones
2021 II Del 01-04-2021 al 30-06-2021 640
46 III Del 01-07-2021 al 30-09-2021 IV Del 01-10-2021 al 31-12-2021
2022 I Del 01-01-2022 al 31-03-202281 II Del 01-04-2022 al 30-06-2022 - 81 III Del 01-07-2022 al 30-09-2022
20 Folio 1 al 8 del archivo virtual veintidós del cuaderno de primera instancia.
-
81 II Del 01-04-2022 al 30-06-2022 - 81 III Del 01-07-2022 al 30-09-2022
20 Folio 1 al 8 del archivo virtual veintidós del cuaderno de primera instancia. 21 Folio 1 al 4 del archivo virtual cuarenta y dos del cuaderno de primera instancia.República de Colombia Rama Judicial
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202300886 00
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IV Del 01-10-2022 al 31-12-2022
2023 I Del 01-01-2023 al 31-03-2023 -
-
77
77 II Del 01-04-2023 al 30-06-2023 III Del 01-07-2023 al 25-07-2023 204
Gráfica de elaboración propia. Participación de Salas. Inés Varela Chamorro. Periodo 2021-II a 2023-III.
Y los permisos que les fueron conferidos en el mismo periodo:
Trimestres
Subtotales
Total de permisos
2019 II Del 20-05-2019 al 30-06-2019 4 III Del 01-07-2019 al 30-09-2019 6 17 IV Del 01-10-2019 al 31-12-2019 7
2020 I Del 01-01-2020 al 31-03-2020III Del 01-07-2019 al 30-09-2019 6 17 IV Del 01-10-2019 al 31-12-2019 7
2020 I Del 01-01-2020 al 31-03-2020II Del 01-04-2020 al 30-06-2020 - 0 III Del 01-07-2020 al 30-09-2020IV Del 01-10-2020 al 01-12-202017
Gráfica de elaboración propia. Permisos. Luis Hernando Castillo Restrepo. Periodo 2019-II a 2020-IV.
Trimestres
Subtotales
Total de permisos 2020 IV Del 02-12-2020 al 31-12-2020 6 6 2021 I Del 01-01-2021 al 31-03-2021 - - 6
Gráfica de elaboración propia. Permisos. Eduardo Castillo González. Periodo 2020-IV a 2021-I.
Trimestres
Subtotales
Total de permisos
2021 II Del 01-04-2021 al 30-06-2021 1 4 III Del 01-07-2021 al 30-09-2021 1 IV Del 01-10-2021 al 31-12-2021 2
2022 I Del 01-01-2022 al 31-03-2022 2 7 II Del 01-04-2022 al 30-06-2022III Del 01-07-2022 al 30-09-2022 2 IV Del 01-10-2022 al 31-12-2022 3
7 II Del 01-04-2022 al 30-06-2022III Del 01-07-2022 al 30-09-2022 2 IV Del 01-10-2022 al 31-12-2022 3
2023 I Del 01-01-2023 al 31-03-20232 II Del 01-04-2023 al 30-06-2023 1 III Del 01-07-2023 al 25-07-2023 1 13
Gráfica de elaboración propia. Permisos. Inés Varela Chamorro. Periodo 2021-II a 2023-III.República de Colombia Rama Judicial
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- Mediante oficios del 12 de enero 22 y el 26 de junio de 2024 23, la Coordinación de Talento Humano24 y la Jefe de Asuntos Laborales25 de la Dirección Ejecutiva Seccional del Valle del Cauca certificaron que ni los doctores Luis Hernando Castillo Restrepo y Eduardo Castillo González, ni la doctora Inés Lorena Varela Chamorro tuvieron permisos para ejercer la docencia o para adelantar estudios de especialización, maestría o de otra índole; sin embargo, resaltó que en 2019, el doctor Luis Hernando Castillo Restrepo fungió como formador de la “Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla” 26 y en 2021 culminó el plan de estudios de Doctorado, que cursó en la Universidad de Baja California.
Luis Hernando Castillo Restrepo fungió como formador de la “Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla” 26 y en 2021 culminó el plan de estudios de Doctorado, que cursó en la Universidad de Baja California.
Para dicho efecto aportó 27: certificación de culminación de estudios; incapacidad médica que le fue conferida al doctor Luis Hernando Castillo Restrepo el 22 de marzo de 2022; certificación de estudios de la “Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla” del 2, 17 de julio y 22 de octubre de 2020; resoluciones por medio de las cuales le concedieron distintos permisos en marzo de 2021, junio y noviembre de 2022, enero, junio, julio de 2023; Resolución No. CSJVAR21-20 del 27 de febrero de 2021, en la que le otorgaron compensatorio por turno de Hábeas Corpus; y comisiones de servicios conferidas a los doctores Luis Hernando Castillo Restrepo e Inés Lorena Varela Chamorro:
Trimestres
Acto administrativo
Objeto
Comisión
Días
2019 I Del 01-01-2019 al 31-03-2019 “Resolución No. 104 del 24 de septiembre de
2019. Por el cual se conceden
“VIII Conversatori o de la Jurisdicción Disciplinaria y IV de 7 y 8 de noviembre de 2019. 2
II Del 01-04-2019 al 30-06-2019 III Del 01-07-2019 al 30-09-2019
y IV de 7 y 8 de noviembre de 2019. 2
II Del 01-04-2019 al 30-06-2019 III Del 01-07-2019 al 30-09-2019 IV Del 01-10-2019 al 31-12-2019
22 Folio 1 al 4 del archivo virtual veinticuatro del cuaderno de primera instancia. 23 Folio 1 al 3 del archivo virtual treinta y siete del cuaderno de primera instancia. 24 Respecto a Luis Hernando Castillo Restrepo e Inés Lorena Varela Chamorro. 25 En relación con Eduardo Castillo González. 26 En específico, el 2º de julio de 2020, en la “Segunda Videoconferencia: la ética, aspecto ineludible de una buena práctica judicial”, el 17 de julio de 2020 en la “Octava Videoconferencia: régimen de nulidades en la Ley 1123 de 2007” y el 22 de octubre de 2020 en la “Tercera Videoconferencia: interpretación judicial en el derecho disciplinario”. 27 Archivo virtual veinticinco del cuaderno de primera instancia.República de Colombia Rama Judicial
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unas comisiones de servicios”. Rendición de cuentas”.
2022 I Del 01-01-2022 al 31-03-2022 “Resolución No. 098 del 19 de septiembre de
2022. Por medio de la cual se concede unas
cuentas”.
2022 I Del 01-01-2022 al 31-03-2022 “Resolución No. 098 del 19 de septiembre de
2022. Por medio de la cual se concede unas comisiones de servicios”. “Jornada de la jurisdicción disciplinaria”. 22 y 23 de septiembre de 2022.
2 II Del 01-04-2022 al 30-06-2022 III Del 01-07-2022 al 30-09-2022 IV Del 01-10-2022 al 31-12-2022
Gráfica de elaboración propia. Comisiones de servicios. Periodo 2019-II al 2023-III.
- Se aportó también certificado en el cual se constató que ninguno de los implicados registra antecedentes disciplinarios, ni en la Procuraduría General de la Nación, ni en esta Corporación.
3.- Mediante auto calendado el 19 de junio de 2024 28 se ordenó la apertura de INVESTIGACIÓN DISCIPLINA
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