CNDJ - F11001080200020240080800
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CNDJ - F11001080200020240080800
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL
Bogotá D.C., diecinueve (19) de febrero de dos mil veinticinco (2025) Magistrada Ponente: MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00 Aprobado según Acta No. 03 de la fecha. Subsala N° 01
OBJETO A DECIDIR
Procede la Sala Dual de Decisión de Instrucción a pronunciarse sobre la investigación disciplinaria ordenada mediante providencia del 30 de agosto de 20241, dentro de las diligencias seguidas contra la doctora Nuria Mayerly Cuervo Espinosa , en su calidad de Magistrada de la Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia.
ORIGEN DE LA ACTUACIÓN
En auto del 11 de marzo de 20242, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Caquetá expidió copias para que se investigara l a presunta mora en que pudieron incurrir los Magistrados del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, que tuvieron a cargo la causa punitiva adelantada contra Álvaro Camacho, por el delito de homicidio en concurso con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, en donde fue decretada la prescripción de la acción penal, así:
1 Archivo virtual número 012 expediente digital. 2 Folio 1 al 2 del archivo virtual ocho del cuaderno de primera instancia.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL
1 Archivo virtual número 012 expediente digital. 2 Folio 1 al 2 del archivo virtual ocho del cuaderno de primera instancia.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 2 | 39
«De otro lado, teniendo en cuenta que la primera instancia se resolvió en un término prudencial, y, que las presentes diligencias correspondieron por reparto efectuado a esta Corporación el día 22 de julio de 2016 según acta de reparto, es decir, de forma oportuna, pero que, al ser radicadas las diligencias en el antiguo Despacho 05 de la Sala Única de este Tribunal, hoy Despacho de la Ponente se indicó que la prescripción de la actuación operaba el 3 de octubre de 2028, por ello, no se le dio prelación al asunto; lo cual, incluso se infor mó así a la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura cuando se realizó el censo de procesos penales solicitado en cumplimiento de la sentencia T-099 de 2021, se dispondrá la compulsa de copias ante la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Caquetá a fin de que se verifique si en el presente asunto operó el fenómeno jurídico de la prescripción por el incumplimiento de los deberes que les correspondía al auxiliar que radicó en su oportunidad el asunto».
ACTUACIÓN PROCESAL
1.- El asunto fue sometido a reparto del 10 de mayo de 202 43 al
el incumplimiento de los deberes que les correspondía al auxiliar que radicó en su oportunidad el asunto».
ACTUACIÓN PROCESAL
1.- El asunto fue sometido a reparto del 10 de mayo de 202 43 al despacho de quien hoy funge como ponente de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.
2.- En auto previo del 28 de mayo siguiente4, se dispuso el recaudo de las siguientes pruebas:
En oficio TSSP 0267 del 12 de junio de 20245, la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia informó que mediante reparto de l 22 de julio de 2016 –secuencia 52561 —, el proceso penal radicado 187536105188201080304 -01 seguido contra Álvaro Camacho por los delitos de homicidio en concurso con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios,
3 Folio 1 del archivo virtual “04 Constancia Acta de reparto”. 4 Archivo virtual Titulado “007 Auto Previo”. 5 Archivo virtual Titulado “009 RtaOficioSjo23512 GABD Informe SalaPenalTribunalSuperiorFlorencia”.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 3 | 39
partes o municiones , fue asignado el 25 de ese mismo mes y año al despacho 005, el cual, para ese momento, es taba a cargo del Magistrado Marcos Javier Corté s Riveros del Tribunal Superior del
Página 3 | 39
partes o municiones , fue asignado el 25 de ese mismo mes y año al despacho 005, el cual, para ese momento, es taba a cargo del Magistrado Marcos Javier Corté s Riveros del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia para desatar el recurso de apelación.
El 1 ° de septiembre de 2018 , se produjo cambio de ponente, y correspondió a la Magistrada Nuria Mayerl y Cuervo Espinosa la continuación del conocimiento del proceso en mención.
3.- Por auto del 30 de agosto de 202 46, se dispuso la apertura de investigación disciplinaria contra la doctora Nuria Mayerly Cuervo Espinosa, en su calidad de Magistrada de la Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, con la finalidad establecida en el artículo 211 de la Ley 1952 de 2019, por su presunta incursión en falta disciplinaria al incurrir en mora en resolver el proceso penal adelantado contra Álvaro Camacho bajo consecutivo 187536105188201080304-01.
Decisión que le fue notificada mediante comunicación electrónica d el 15° de octubre de 20247 y al agente del Ministerio Público8.
En esta etapa se ordenó la práctica de pruebas, y en cumplimiento de lo anterior, se acreditaron las siguientes:
- Por oficio OSG – 5821 del 4 de octubre de 20249, la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia remitió el acta de sesión de Sala Plena
6Archivo Titulado “012 Apertura de Investigación”. 7Archivo Titulado “022 Notif Nuria Sj47536”, con acuse de recibo de la misma fecha (el cual consta en el mismo archivo
de la Corte Suprema de Justicia remitió el acta de sesión de Sala Plena
6Archivo Titulado “012 Apertura de Investigación”. 7Archivo Titulado “022 Notif Nuria Sj47536”, con acuse de recibo de la misma fecha (el cual consta en el mismo archivo 8 Archivo titulado “023 Notif MinP Sj47554” con acuse de recibo de la misma fecha (el cual consta en el mismo archivo. 9 Archivo Titulado “019 RtaOficiosJ458019 GABD Calidades”.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 4 | 39
y copia del acta de posesión, correspondiente al nombramiento en propiedad realizado a la doctora Nuria Mayerly Cuervo Espinosa, en su calidad de Magistrada de la Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia. Asimismo, informó los datos de contacto requeridos.
Adujo que del 1° de septiembre de 2018 al 26 de agosto de 2024, ejerció el cargo de Magistrada de la Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia en propiedad, y mediante el Acuerdo PCSJA2212028 del 19 de diciembre de 2022 del Consejo Superior de la Judicatura, se transformó con carácter permanente la especialidad de Sala Única a Sala Penal en el referido Tribunal a partir del 11 de enero de 2023. Por último, concretó que d esde el 27 de agosto de 2024,
Judicatura, se transformó con carácter permanente la especialidad de Sala Única a Sala Penal en el referido Tribunal a partir del 11 de enero de 2023. Por último, concretó que d esde el 27 de agosto de 2024, desempeña el cargo de Magistrada de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil en propiedad por traslado.
- Con oficio S.G. -442 del 10 de octubre de 202 410, la Secretaria del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia remitió la relación de
situaciones administrativas, así:
Año Mes y Días de Permiso 2018 Octubre 30 y 31 Noviembre 6 Diciembre 14 (Jornada de la tarde) 18 y 19 2019 Abril 8 a 10 Mayo 16 (Jornada de la tarde) y 17 Junio 25 a 28 Julio 2 y 3 Agosto 21 (04:00 p.m. a 06:00 p.m.) Septiembre 16 a 20 (Renuncia los días 18 y 19) Octubre 31 Noviembre 1, 5 Diciembre 3 (Jornada de la tarde) 9 (Jornada de la tarde) 16, 18 y 19Renuncia la jornada de la tarde del día 3
10Archivo Titulado: “028 NvaRtaOficio Sj45882 GABD SituacionesAdministrativas Carpeta 032 Anexos Memorial”.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 5 | 39
2020 Febrero 28 Septiembre 24 y 25 Octubre 28, 29 y 30 Noviembre 27 y 30 Diciembre 18 2021 Enero 12, 13 (Jornada de la mañana) 14, 15, 18 y 29 (Jornada de la tarde) Febrero 25 Marzo 3 a 5 Abril 15, 16, 19, 22 y 23 (Renuncia a partir de las 04:00 p.m. de la jornada de la tarde del día 16) Mayo 25 a 28 y 31 Junio 28, 29 y 30 Julio 15, 16, 19, 21 y 22 Agosto 18, 23 a 25 Septiembre 16, 17, 20 y 21 Noviembre 5, 8, 9, 10 y 11 (Renuncia la jornada de la tarde del día 09 y el día 10) Diciembre 1, 13, 14 (Jornada de la tarde) 15 y 16 2022 Febrero 18, 21, 22 y 24 Abril 5, 6, 7, 8 y 18 Mayo 12,13,16, 17 y 18 Junio 17, 29 8, Jornada de la tarde) y 30 Julio 1, 18, 19, 22 y 29 (Renuncia a la jornada de la tarde del día 22) Agosto 4, 12 y 16
Junio 17, 29 8, Jornada de la tarde) y 30 Julio 1, 18, 19, 22 y 29 (Renuncia a la jornada de la tarde del día 22) Agosto 4, 12 y 16 Septiembre 1 (Jornada de la mañana) 2, 5, 6, 29 y 30 (Jornada de la tarde) Octubre 10, 13 y 14 (Renuncia a la jornada de la mañana del día 13) 27 (Jornada de la mañana) 28 y 31 (Renuncia en el horario de 02:00 p.m. a 04: 00 pm del día 28) Noviembre 8 al 10; 29 y 30 Diciembre 1, 2, 5, 16, 19 (Renuncia a la jornada tarde del día 1° y del día 5)
2023 Enero 12 (jornada de la tarde, renuncia al permiso), 26 y 30 (jornada de la tarde) Febrero 22, 23 (jornada de la tarde), 24 (jornada de la tarde renuncia a dicho permiso) Marzo 15, 16, 17 (renunció al permiso en la jornada de la mañana), 21 y 31 Abril 10 y 11 (renunció al permiso en la jornada de la tarde), 21 y 24 Mayo 16 (renunció a la jornada de la tarde), 18 y 19 Junio 9, 13, 27 (renunció al permiso en la jornada de la mañana), 28 y 29 Julio 5, 6, 7 Agosto 22, 24, 25 (renunció al permiso en la jornada de la mañana) y 31 (renunció al permiso) Setiembre 25, 26 y 27, Octubre 6, 9, 10, 11 y 31
Agosto 22, 24, 25 (renunció al permiso en la jornada de la mañana) y 31 (renunció al permiso) Setiembre 25, 26 y 27, Octubre 6, 9, 10, 11 y 31 Noviembre 1° (renunció al permiso), 27 (jornada de la mañana) 29 y 30 Diciembre 1°, 4
Además, respecto de las comisiones de servicios11 indicó:
FECHA COMISIÓN DE SERVICIOS LUGAR Del 1° al 3 de noviembre de 2018. Participar en el “XV Conversatorio Nacional de Género de la Rama Judicial” y “V Santa Marta
11 Respuesta remitida en Archivo Titulado “025RtaOficioSj45882 GABD InformePermisosyParticipación”, respuesta complementada en Archivo Titulado “019 RtaOficioSj458019 GABD Calidades”, oficio CSG -1227 suscrito por la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia el 4 de octubre de 2024 por solicitud de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 6 | 39
Congreso Latinoamericano Jurídico sobre Derechos Reproductivos” Los días 29 y 30 de agosto de 2019. Asistir al “XXII Encuentro de la Jurisdicción Ordinaria”. Medellín
Congreso Latinoamericano Jurídico sobre Derechos Reproductivos” Los días 29 y 30 de agosto de 2019. Asistir al “XXII Encuentro de la Jurisdicción Ordinaria”. Medellín Los días 18 y 19 de septiembre de 2019. Participar en el “XXV Encuentro Anual de Presidentes y Magistrados de Tribunales, Cortes y Salas Constitucionales de América Latina” Cartagena Los días 2 y 3 de mayo 2022. Participar en el curso “Fortalecimiento de Capacidades para transformar la deforestación en Colombia”. Florencia Caquetá Los días 21 y 22 de septiembre de 2023. Participar en el “Conversatorio Nacional del Sistema Penal Acusatorio y Oral” Santa Marta Del 2 al 4 de noviembre de 2023. Participar en el Cuarto Foro Internacional Denominado Intercambio de buenas prácticas en la aplicación de la ley para el abordaje de la criminalidad ambiental”. Florencia Caquetá
La Secretaría del Tribunal destacó que la investigada se posesionó como Vicepresidenta de dicha Corporación el 19 de febrero de 2019, para el periodo de un año. Luego, el 30 de enero de 2020, fue designada Presidenta de ese Tribunal por un año.
Luego, en oficio TSSP 0534 del 11 de octubre de 202412, la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior de Florencia explicó que durante el año 2023, la investigada se desempeñó como Presidenta de esa
Luego, en oficio TSSP 0534 del 11 de octubre de 202412, la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior de Florencia explicó que durante el año 2023, la investigada se desempeñó como Presidenta de esa Sala y lideró la organización para el funcionamiento de la misma ante la reciente creación, y en ese año convocó a 14 salas penales entre el 6 de febrero y el 30 de noviembre de 2023. A la par, participó en las siguientes Salas de decisión así:
12 Archivo Titulado “025RtaOficioSj45882 GABD InformePermisosyParticipación”.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 7 | 39
-. Mediante oficio TSSP 0533 del 11 de octubre de 202413, la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia remitió un informe del proceso penal 187536105188201080304-01, y adjuntó el link de acceso al expediente digital. Asimismo, concretó los asuntos de complejidad asignados a la encartada.
Por último, informó que en virtud de la incapacidad médica del Magistrado Mario García Ibatá, titular del despacho 001 e integrante de la Sala Penal de esa Corporación, en oficio OSG No. 4245 del 15 de agosto de 2023, la Corte Suprema de Justicia dispuso q ue, durante el
Magistrado Mario García Ibatá, titular del despacho 001 e integrante de la Sala Penal de esa Corporación, en oficio OSG No. 4245 del 15 de agosto de 2023, la Corte Suprema de Justicia dispuso q ue, durante el periodo comprendido entre el 5 de agosto y el 3 de septiembre de 2023, la Presidenta de la Sala Penal , esto es, la Magistrada Nuria Mayerly Cuervo Espinosa, atendiera los asuntos que requerían ser evacuados de manera urgente durante la ausencia por incapacidad.
- Por oficio CAFLO24-926 de 5 de octubre de 202414, la Coordinación
Administrativa de Florencia – Caquetá - Dirección Ejecutiva Seccional
13 Archivo virtual titulado: “027 RtOficioSj.46106 GABD-InformeTrámiteExpe20180304”. 14 Archivo virtual titulado: “021 Salarios”.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 8 | 39
de Administración Judicial Neiva – Huila, certificó los salarios devengados por la disciplinabl e desde el 1° de septiembre de 2018 hasta noviembre de 2023.
- En certificado del 4 de octubre de 202415, el Secretario Judicial de esta Comisión, doctor William Moreno Moreno , descartó la duplicidad de asuntos para el mismo propósito.
- Mediante escrito UDAEO2 4-3651 de 2 8 de octubre de 202 416, la
Comisión, doctor William Moreno Moreno , descartó la duplicidad de asuntos para el mismo propósito.
- Mediante escrito UDAEO2 4-3651 de 2 8 de octubre de 202 416, la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico del Consejo Superior de la Judicatura relacionó las estadísticas de producción de los despachos 005 (Sala Única) y 003 (Sala Penal) del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia de septiembre de 2018 a 2023, así:
15 Archivo virtual titulado: “018 Cursan”. 16 Archivos virtuales titulados: “029 RtaOficioSj46109 GABD AnexoenCarpetaNo.30” AnexosEstadistico”.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 10 | 39
- En memorial de l 28 de octubre de 202417, la disciplinable rindió versión libre y detalló que el proceso penal radicado 187536105188201080304-01 seguido contra Álvaro Camacho por los delitos de homicidio en concurso con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones , fue asignado el 25 de julio de 2016 al d espacho 005, el cual, para ese momento, estaba a cargo del Magistrado Marcos Javier Cortés Riveros de la extinta Sala Única d el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, cuyo radicado interno correspondió al 102 para resolver la apelación.
Precisó que el 1° de septiembre de 2018 se incorporó al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Florencia como titular del Despacho No. 005 (hoy Despacho 003 de la Sala Penal de la misma Corporación), y asumió la carga de procesos de esa célula judicial, entre ellos, el asunto objeto de investigación disciplinaria; cargo que desempeñó hasta el 26 de agosto de 2024, cuando se posesionó como Magistrada del Despacho 01 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de San Gil, Santander.
Destacó que al momento de posesionarse, todos los procesos del despacho se encontraban relacionados en un archivo en Excel denominado radicador, el cual contenía para los casos penales el
de San Gil, Santander.
Destacó que al momento de posesionarse, todos los procesos del despacho se encontraban relacionados en un archivo en Excel denominado radicador, el cual contenía para los casos penales el delito, nombre de los procesados, fecha de reparto, fecha de imputación, si el implicado estaba privado de la libertad y fecha de prescripción a efectos de asignarle el orden y prioridad en que debía ser fallado; dicha labor, según le fue informado, siempre fue realizada por
17 Archivo virtual titulado: “031 MemorialDraNuriaMayerliCuervo”.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 11 | 39
el auxiliar judicial del despacho y de ese modo lo mantuvo una vez asumió el cargo. Así las cosas, las fechas allí señaladas fueron tenidas en cuenta para efectos de la organización, dirección y priorización de los asuntos, bajo la total convicción de que las mismas se encontraban bien contabilizadas.
Frente al caso examinado, los datos registrados para el expediente 187536105188201080304-01 daban cuenta de que fue repartido el 22 de julio de 2016 -fecha en la que aún no fungía como titular del Despacho 05 -y, además, que prescribía el 3 de octubre de 20 28; término que aseguró desconocer quién lo contabilizó, pero bajo la
de julio de 2016 -fecha en la que aún no fungía como titular del Despacho 05 -y, además, que prescribía el 3 de octubre de 20 28; término que aseguró desconocer quién lo contabilizó, pero bajo la certeza de que estaba bien contado, no lo priorizó. Señaló que incluso la información relacionada con ese proceso, la remitió a la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura , cuando realizó el censo de procesos penales solicitado en cumplimiento de la sentencia T -099 de 2021 de la Corte Constitucional mediante la circular CSJCAQC21-153.
No obstante, una vez se aseguró que el dato allí registrado no correspondía a la realidad, mediante providencia del 21 de noviembre de 2023 declaró la prescripción de la acción penal adelantada en contra de Álvaro Camacho por el delito de homicidio y expidió copias pertinentes, pues le era «humanamente imposible volver a revisar todos los asuntos en orden de reparto, así como corroborar los datos del radicador uno a uno».
Precisó que con anterioridad a la recepción del citado proceso, estaban 74 procesos pendientes por fallo en el área penal, sin contar aquellos asuntos de las demás áreas de la jurisdicción ordinaria que allí se tramitaban, los cuales ascendían a 230, recib idos en su mayoría enREPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 12 | 39
M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 12 | 39
2016, pues casi la totalidad de las segundas instancias que ingresaron a dicho Tribunal en ese año, fueron asignadas a ese despacho y, por lo tanto, «contaba con asuntos desde el referido año sin resolver en todas las áreas de la jurisdicción ordinaria».
Alegó que desde su creación el despacho a su cargo solo contaba con los cargos de Magistrado y auxiliar judicial, salvo la medida de descongestión que fuera otorgada mediante el Acuerdo PCSJA2111766 del Consejo Superior de la Judic atura, que dispuso crear con carácter transitorio, a partir del 15 de marzo y hasta el 10 de diciembre de 2021, un cargo de sustanciador. En ese orden, al auxiliar judicial del despacho le correspondía radicar los procesos ordinarios y las acciones constitucionales.
Aunado a ello, en cumplimiento a lo dispuesto por la Sala de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia, comunicado mediante oficio No. OSG 4246 del 15 de agosto del año 2023, asumió el conocimiento de 17 expedientes constitucionales que se encontraban a cargo del Despacho 01 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Florencia, regentado por el doctor Mario García Ibatá; en razón a la incapacidad médica ordenada al mencionado magistrado, y que requerían ser evacuados de manera urgente al igual que los procesos próximos a prescribir.
Reiteró que le fue imposible revisar uno a uno los datos de los procesos
al mencionado magistrado, y que requerían ser evacuados de manera urgente al igual que los procesos próximos a prescribir.
Reiteró que le fue imposible revisar uno a uno los datos de los procesos a su cargo que se encontraban en el radicador, pues a su llegada encontró procesos civiles, de familia y laborales en los que se estaban vencidos los términos para fallo. A la par, procesos penales próximos a prescribir y autos en apelación con persona privada de la libertad , tal situación implicó direccionar la atención del despacho en es os casos,REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 13 | 39
dadas las consecuencias de no emitir fallos en dicha área, pues, la prescripción de la acción penal conlleva a una demanda por falla en el servicio de la administración judicial. Destacó que, de forma permanente, recibía en el Tribunal Superior de Florencia asuntos próximos a prescribir.
De manera que resolvió los asuntos no en orden de reparto, sino acorde a su orden de priorización y urgencia, siendo en primer lugar , los de resorte constitucional, luego, los asuntos penales con preso y/o próximos a prescribir y lo s autos de la misma especialidad. Asimismo, priorizó aquellos asuntos laborales, en los que se discutía el fuero laboral y algunos en los cuales se encontraban involucrados sujetos de
próximos a prescribir y lo s autos de la misma especialidad. Asimismo, priorizó aquellos asuntos laborales, en los que se discutía el fuero laboral y algunos en los cuales se encontraban involucrados sujetos de especial protección constitucional tales como menores, personas de la tercera edad o personas en situación de capacidad reducida o con enfermedades, en las cuales estuvieran involucrados derechos de carácter fundamental.
Finalmente, adujo que su labor como titular de despacho no se limitó a la elaboración de providencias, pues también realizó audiencias, lo que implicó destinar tiempo considerable no solo a su celebración, sino a su preparación y estudio del caso . A demás, como integrante de cuerpo colegiado, le correspondía estudi ar los proyectos de las Salas de Decisión que integró, lo cual requería el estudio no solo de los proyectos sino también la revisión de cada uno de los expedientes, que a partir del 2020 estaban digitalizados, y en los días en los que la señal de internet fallaba dicha tarea era tediosa, al igual que las labores de descargar y firmar las providencias, actos administrativos y oficios que le correspondían.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 14 | 39
Por último, concretó que en 2020, a causa de la pandemia por el Covid 19, «padeció la falta de herramientas necesarias para e l cumplimiento de las labores sin poder acceder a las sedes judiciales, se impuso ante
Por último, concretó que en 2020, a causa de la pandemia por el Covid 19, «padeció la falta de herramientas necesarias para e l cumplimiento de las labores sin poder acceder a las sedes judiciales, se impuso ante la avalancha de solicitudes al interior de los procesos, así como para tomar cualquier decisión emitir una providencia y/o garantizar a las partes el acceso a los expedientes, fuera indispensable la digitalización de los expedientes, sin que se tuviera en cuenta que, no se contaba con los equipos y el personal suficiente, lo que conllevó a que las labores no solo en el Despacho en que fui titular, sino en toda el Tribunal Superior de Florencia se ralentizaran, pues, cada decisión implicaba digitalizar el expediente y cargar los archivos incluidos los de las audiencias en el One Drive, actividad que fue bastante desgastante debido a las repetidas y continuas fallas en el sistema y la velocidad del Internet con la que se cuenta en ésta zona del país; de ahí que, prioricé dicha labor de digitalización en el Despacho, de tal forma que a mediados del año 2021 la totalidad de los expedientes que me fueron entregados en físico, ya se encontraban cargados digitalmente en One Drive, con lo cual, se garantizó el acceso a los mismos por los servidores judiciales y en especial por las partes».
Sostuvo que si se comparaba su « despacho con los demás de la Corporación, durante los años 20 19 y 2020 reduje en más del 30% la cantidad de procesos a mi cargo, lo que equivale a casi 100 procesos, lo que se puede corroborar con los formatos de estadística, aunque aumentó el reparto de procesos para todos, fue a la que el inventario se
cantidad de procesos a mi cargo, lo que equivale a casi 100 procesos, lo que se puede corroborar con los formatos de estadística, aunque aumentó el reparto de procesos para todos, fue a la que el inventario se le afectó en menor proporción , pues hice los mayores esfuerzos posibles para continuar disminuyendo mi inventario de procesos, y si se revisa los índices de efectividad superé en los años 2021 y 2022 el 80%, fruto del enorme esfuerzo que se realiza a diario i ncluso los fines deREPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202400808 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
Página 15 | 39
semana para el cumplimiento de las funciones, lo cual, se puede corroborar con las actas de discusión y definitivos que a diario se elaboran». Por las aludidas razones, pidió que se decretara la terminación del proceso disciplinario en su favor, pues destacó que a causa del error de un empleado al momento de fijar la fecha de prescripción para radicar el proceso, operó la prescripción de la acción, tal y como lo declaró en proveído del 21de noviembre de 2023.
CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN
Competencia. Esta Sala Dual de Decisión de Instrucción de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial es competente para conocer en primera instancia, de los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los Magistrados de los Tribunales del país , no sin antes dejarse por sentado que la anterior competencia deviene de
Comisión Nacional de Disciplina Judicial es competente para conocer en primera instancia, de los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los Magistrados de los Tribunales del país , no sin antes dejarse por sentado que la anterior competencia deviene de conformidad con lo establecido en el artículo 257A de la Constitución Política de Colombia, lo señalado en los preceptos 11218 (numeral 3°), 11619 de la Ley 270 de 1996, 2° (inciso 6°), 240 de la Ley 1952 de 201920 y el canon 1° del Acuerdo No. 85 de 9 de agosto de 2022 expedido por esta Corporación21.
Caso concreto. La situación fáctica que fundó la expedición de copias se contrajo a investigar un posible retardo injustificado por parte de la doctora Nuria Mayerly Cuervo Espinosa, en su calidad de Magistrada
18 Modificado por el canon 56 de la Ley 2430 de 2024, “POR LA CUAL SE MODIFICA LA LEY 270 DE 1996 ESTATUTARIA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES". 19 Adicionado por el artículo 59 de la citada Ley 2430. 20 Modificados por las reglas 1ª y 62 de la Ley 2094 de 2021, respectivamente. 21 “Mediante el cual se establece el mecanismo de conformación de las Salas de decisión de primera instancia, segunda instancia y doble conformidad de los procesos de competencia exclusiva de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial de conformidad con las Leyes 1952 de 2019 y 2094 de 2021”.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL
conformidad con las Leyes 1952 de 2019 y 2094 de 2021”.REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL
M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.