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CNDJ - F11001080200020240117400

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
CNDJ - F11001080200020240117400
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL

Magistrada ponente:

DIANA MARINA VÉLEZ VÁSQUEZ

DISCIPLINABLES: LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA, CÉSAR

AUGUSTO CASTILLO TABORDA, VÍCTOR

MANUEL CHAPARRO BORDA, ORLANDO

ECHEVERRY SALAZAR - MAGISTRADOS DE LA

SALA P ENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CALI

INFORMANTE: CORTE CONSTITUCIONAL SALA DE SELECCIÓN

DE TÚTELAS NÚMERO 5

RADICACIÓN: 11001-08-02-000-2024-01174-00

DECISIÓN: TERMINACIÓN Y ARCHIVO

Bogotá D.C., 25 de septiembre de 2024 Aprobado según Acta No.31 de Sala Dual de Instrucción No. 7

1. ASUNTO A TRATAR

La Sala Dual de Decisión de Instrucción de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 257A de la Constitución Polít ica de Colombia, el artículo 240 de la Ley 1952 de 2019, modificada por el artículo 62 de la Ley 2094 de 2021 y el Acuerdo No. 085 del 22 de agosto de 2022 proferido por la Corporación, se pronuncia sobre la indagación previa iniciada por auto del 11 de ju lio de 20241, en contra de Magistrados del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali.

2. SITUACIÓN FÁCTICA E INFORME DE SERVIDOR PÚBLICO

El inicio de las presentes diligencias, tuvo origen en la compulsa de copias

20241, en contra de Magistrados del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali.

2. SITUACIÓN FÁCTICA E INFORME DE SERVIDOR PÚBLICO

El inicio de las presentes diligencias, tuvo origen en la compulsa de copias ordenada mediante providencia del 24 de mayo 2024 2, proferida por la Sala de Selección de Tutelas No. 5 de la Corte Constitucional, la cual fue remitida a esta Corporación, mediante correo electrónico de 20 de junio de

1 Expediente virtual, 007 IndagacionPrevia 2024-1174 2 Expediente virtual, 001 Queja, AUTO SALA DE SELECCION 24 DE MAYO DE 2024 - NOTIFICADO 11 DE JUNIO DE 2024Página 2 | 9

20243, para que se investigara sobre la presunta remisión tardía por p arte de los Magistrados del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali a la Corporación Constitucional, de treinta y siete (37) expedientes de acciones de tutela, a saber:

No. Número expediente Demandante Demandado

1 76001318700320230004301 FLOREZ ATUESTA JOSE

ANTONIO NUEVA EPS Y OTROS

2 76001310900520230011601 TORO LOPEZ JUAN

ANTONIO

LA PREVISORA SEGUROS

SA 3 76001310700220230007701 ECHEVERRY OROBIO

PEDRO

AFP COLPENSIONES Y

COMFENALCO EPS

4 76001310900620230011501 QUIÑONES GARCIA LUIS

ARMANDO COLPENSIONES 5 76001311800520230009901 GALAN SARMIENTO

AUGUSTO COLPENSIONES 6 76001310900620230011001 MARTINEZ HECTOR

FABIO

ARMANDO COLPENSIONES 5 76001311800520230009901 GALAN SARMIENTO

AUGUSTO COLPENSIONES 6 76001310900620230011001 MARTINEZ HECTOR

FABIO

PROCURADURIA

PROVINCIAL DE

INSTRUCCION DE BUGA

7 76001318700320230003601 DAZA MUÑOZ ALBA

LUISA

ALCALDIA DE YUMBO,

SECRETARÍA DE

EDUCACION Y OTRO 8 76001318700720220009101

CADAVID SALAZAR

DIANA MARCELA EN

REPRESENTACION DEL

MENOR DE EDAD DMZC

NUEVA EPS Y OTROS 9 76001310700220230005101

CARABALI CARABALI

ROSA INES EN

REPRESENTACION DE

SU HIJO JRC

MINISTERIO DE DEFENSA;

DIRECCION GENERAL DE

SANIDAD MILITAR 10 76001318700520220009301 CASTELLANOS CHAVEZ

MIGUEL ANGEL COLPENSIONES 11 76001310901720220012001

CORDOBA CAICEDO

MARIA MARGOTH AO DE

MAZUERA CORDOBA

DANIEL STEVEN

NUEVA EPS

12 76001310901120230000501 VALLE MONDOL JAIME

ALONSO COLPENSIONES 13 76001310900620230000901 PEJENDINO ROSALES

JOSE ISRAEL COLPENSIONES 14 76001310902320230001101 PAREDES SUAREZ

LEYDA COLPENSIONES 15 76001310700320220010701 GONZALEZ VIVIAN

LIZETH

UNIDAD NACIONAL DE

PROTECCION UNP

16 76001310901720220011701 GONZALEZ LEON JAIR FISCALIA GENERAL DE LA

NACION

15 76001310700320220010701 GONZALEZ VIVIAN

LIZETH

UNIDAD NACIONAL DE

PROTECCION UNP

16 76001310901720220011701 GONZALEZ LEON JAIR FISCALIA GENERAL DE LA NACION 17 76001310901120230003001

CAMPOSANTO

METROPOLITANO DE LA

ARQUIDIOCESIS DE CALI

COLPENSIONES 18 76001310401820230005501 SILVA CASTILLO

YOHELVIS JOSE

OCUPAR TEMPORALES S.A.

ALUMINIO NACIONAL S.A. Y

OTRO

19 76001310902120230003101 SALAMANCA DE GOMEZ

NANCY EDILIA COLPENSIONES Y OTROS

3 Expediente virtual, 005 CorreoRemisorioPágina 3 | 9

20 76001318700920230006001 ECHEVERRY RESTREPO

LILIANA

AFP COLPENSIONES Y

OTROS 21 76001318700920230006401 GARCIA MUÑOZ

NOHORA HELENA

AFP COLPENSIONES Y

OTROS 22 76001310900720230008701 CASTRILLON PANESSO

NELLY

GOBERNACION DEL VALLE Y

OTROS 23 76001310401820230002001 CARDONA SANCHEZ

JUAN SABASTIAN

INSTITUTO COLOMBIANO DE

CREDITO EDUCATIVO Y

ESTUDIOS TECNICOS EN EL

EXTERIOR -ICETEX

24 76001311800320230003301 RICAURTE GO NZALEZ

CUSTODIO

CLINICA REGIONAL DE

OCCIDENTE Y OTRO 25 76001310401820230010701 MONTENEGRO GUIZA

MIGUEL MARIA COLPENSIONES Y OTROS

CUSTODIO

CLINICA REGIONAL DE

OCCIDENTE Y OTRO 25 76001310401820230010701 MONTENEGRO GUIZA

MIGUEL MARIA COLPENSIONES Y OTROS 26 76001310700520230006601 MONTOYA DELGADO

DIANA MARCELA NUEVA EPS Y OTROS 27 76001318700620220009601 MAYORGA Villafañe

YANETH AFP COLFONDOS Y OTROS 28 76001310900120230008801 ANDRADE JORGE

ERNESTO

AFP COLPENSIONES

29 76001318700420230004000

GOMEZ DE MARTINEZ

PIEDAD AO DE GOMEZ

TRUJILLO MILCIADES

NUEVA EPS

30 76001311800320230003501 VIDAL LEONOR DEL MAR COLPENSIONES

31 76001310901720230000801 URIETA ROMERO JUAN

RAMON COLPENSIONES

32 76001310901120230004201 ZAPATA PARRA LUIS

MIGUEL

FISCALIA 71 LOCAL DE CALI

Y OTRO

33 76001310901120230005701 FORERO PINZON JHON

MINISTERIO DE VIVIENDA

CIUDAD Y TERRITORIO Y

OTROS 34 76001310401820230005901 HINESTROZA AGUDELO

HECTOR FABIO COLPENSIONES 35 76001318700720220010601 AGUDELO ALVAREZ ALEXANDER EDUARDO COLPENSIONES Y OTROS 36 76001310902120230003901 VERGARA RIVERA

MARTHA ISABEL

CORPORACION AUTONOMA

REGIONAL DEL VALLE DEL

CAUCA CVC

37 76001310901120230008001 ANGULO HURTADO SOL

ELENA COLPENSIONES Y OTRO

MARTHA ISABEL

CORPORACION AUTONOMA

REGIONAL DEL VALLE DEL

CAUCA CVC

37 76001310901120230008001 ANGULO HURTADO SOL

ELENA COLPENSIONES Y OTRO

La Sala de Revisión de la Corte Constitucional en su compulsa, fue enfática en mencionar, que la remisión tardía de los expedientes de tutela para su eventual revisión, puede compro meter el derecho de acceso a la administración de justicia de los ciudadanos y la efectiva protección de los derechos fundamentales, razón por la cual encontró pertinente compulsar copias a esta Corporación, para que se investigue sobre las razones del retardo en el envío de los expedientes por parte del Tribunal Superior de Cali.Página 4 | 9

3. TRÁMITE PROCESAL

Estas diligencias fueron asignadas por reparto del 2 de julio de 2024 4 al despacho de la doctora DIANA MARINA VÉLEZ VÁSQUEZ , en su condición de Magistrada de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, quien, mediante auto del 11 de julio de 2024 5, ordenó la apertura de indagación previa en contra de los Magistrados del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, a quienes les correspondió conocer de las tre inta y siete (37) acciones de tutela referidas, en tanto que, habiendo emitido la decisión de instancia, presuntamente, efectuaron de forma tardía la remisión de los expedientes a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

En la misma providencia que dio apertura a la indagación previa, se dispuso la práctica de pruebas, incorporándose, al expediente:

  1. Informe remitido el 22 de julio de 2024 6, por la doctora ISABELA

En la misma providencia que dio apertura a la indagación previa, se dispuso la práctica de pruebas, incorporándose, al expediente:

  1. Informe remitido el 22 de julio de 2024 6, por la doctora ISABELA TOBAR CELIS, en calidad de Escribiente de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, mediante el cual, certificó sobre el trámite dado en ese Tribunal a las treinta y siete (37) acciones de tutela antes referidas.
  1. Copia digital de los treinta y siete (37) expedientes de tutela previamente relacionados7.

4. CONSIDERACIONES

Competencia.

Esta Sala Dual de Decisión de Instrucción de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, es competente para conocer de los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los Magistrados de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial del país; dejando por sentado que la competencia deviene de conformidad con lo establecido en el artículo

4 Expediente virtual, 002 ActaDeReparto 5 Expediente virtual, 007 IndagacionPrevia 2024-1174 6 Expediente virtual, 011 CorreoRespuesta–2-31723,, 010 Anexos–31723, Oficio S.J. – 31723 - MJM 7 Expediente virtual, 010 Anexos–31723, TUTELAS CC - Oficio S.J. – 31723 - MJMPágina 5 | 9

257A de la Constitución Política de Colombia, lo señalado en los preceptos 2º (inciso 6º) y 240 de la Ley 1952 de 2019, modificad o por los artículos 1º y 62 de la Ley 2094 de 2021, respectivamente y, los cánones 1º y 6º del

2º (inciso 6º) y 240 de la Ley 1952 de 2019, modificad o por los artículos 1º y 62 de la Ley 2094 de 2021, respectivamente y, los cánones 1º y 6º del Acuerdo No. 85 del 9 de agosto de 2020 expedido por esta Corporación.

En el citado marco jurídico, corresponde a la Sala, conforme a las pruebas recaudadas, ev aluar si es procedente proseguir con la indagación disciplinaria o, por el contrario, si las manifestaciones se ajustan a alguno de los supuestos contenidos en el artículo 90 de la Ley 1952 de 2019.

Análisis del caso.

Del análisis del material probatori o obrante en el expediente disciplinario, especialmente el informe rendido por la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali el 22 de julio de 2024, junto con las piezas procesales correspondientes a las treinta y siete (37) acciones de tutela objeto de la compulsa de copias , se tiene acreditada la siguiente información, que con fines metodológicos se muestra así:

RADICADO MAGISTRADO

PONENTE

FECHA

SENTENC

IA FECHA

NOTIFICA

ORDE N DE ENVÍO A LA CORTE FECHA

REMITE A

LA CORTE MORA

APROXIMA

DA EN

REMISIÓN

1 7600131870032023 0004301

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

18/10/202 3 23/10/202 3 SI 13/03/202 4 ≥ 3 meses 2 7600131090052023 0011601

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

CASAS MIRANDA

18/10/202 3 23/10/202 3 SI 13/03/202 4 ≥ 3 meses 2 7600131090052023 0011601

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

11/12/202 3 12/12/202 3 SI 13/03/202 4 ≥ 1 mes 3 7600131070022023 0007701

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

25/09/202 3 28/09/202 3 SI 13/03/202 4 ≥ 4 meses 4 7600131090062023 0011501

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

28/11/202 3 30/11/202 3 SI 13/03/202 4 ≥ 1 meses 5 7600131180052023 0009901

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

14/11/202 3 17/11/202 3 SI 13/03/202 4 ≥ 2 meses 6 7600131090062023 0011001

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 29/03/2023 31/03/2023 SI 09/03/202 4 ≥ 10 meses

7 7600131870032023 0003601

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 09/10/2023 07/11/2023 SI 13/03/2024 ≥ 3 meses

8 7600131870072022 0009101

CÉSAR AUGUSTO

CASTILLO TABORDA 14/02/2023 15/02/2023 SI 09/03/2024 ≥ 11 meses

9 7600131070022023 0005101

LUIS FERNANDO

0009101

CÉSAR AUGUSTO

CASTILLO TABORDA 14/02/2023 15/02/2023 SI 09/03/2024 ≥ 11 meses

9 7600131070022023 0005101

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 26/07/2023 31/07/2023 SI 10/03/2024 ≥ 6 meses

10 7600131870052022 0009301

CESAR AUGUSTO

CASTILLO

TABORDA 21/02/202 3 23/02/2023 SI 09/03/2024 ≥ 11 mesesPágina 6 | 9

11 7600131090172022 0012001

VÍCTOR MANUEL

CHAPARRO

BORDA 08/02/202 3 14/02/202 3 SI 09/03/202 4 ≥ 11 meses 12 7600131090112023 0000501

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA 15/03/202 3 17/03/2023 SI 09/03/2024 ≥ 10 meses

13 7600131090062023 0000901

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA 23/05/202 3 9/06/2023 SI 09/03/2024 ≥ 7 meses

14 7600131090232023 0001101

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

08/11/202 3 10/11/202 3 SI 13/03/2024 ≥ 2 meses 15 7600131070032022 0010701

CÉSAR AUGUSTO

CASTILLO

TABORDA

13/02/202 3 14/02/202 3 SI 09/03/202 4 ≥ 11 meses 16 7600131090172022 0011701

0010701

CÉSAR AUGUSTO

CASTILLO

TABORDA

13/02/202 3 14/02/202 3 SI 09/03/202 4 ≥ 11 meses 16 7600131090172022 0011701

VÍCTOR MANUEL

CHAPARRO BORDA 08/02/2023 14/02/2023 SI 09/03/2024 ≥ 11 meses

17 7600131090112023 0003001

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

29/05/202 3 31/05/202 3 SI 09/03/202 4 ≥ 8 meses 18 7600131040182023 0005501

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 25/07/2023 26/07/202 3 SI 09/03/2024 ≥ 6 meses

19 7600131090212023 0003101

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

16/05/202 3 17/05/202 3 SI 09/03/202 4 ≥ 8 meses 20 7600131870092023 0006001

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 07/09/2023 08/09/2023 SI 10/03/2024 ≥ 4 meses

21 7600131870092023 0006401

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 21/09/2023 25/09/2023 SI 10/03/2024 ≥ 4 meses

22 7600131090072023 0008701

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

11/09/202 3 18/09/202 3 SI 10/03/202 4 ≥ 4 meses 23 7600131040182023 0002001

LUIS FERNANDO

0008701

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

11/09/202 3 18/09/202 3 SI 10/03/202 4 ≥ 4 meses 23 7600131040182023 0002001

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 24/04/2023 26/04/2023 SI 09/03/2024 ≥ 9 meses

24 7600131180032023 0003301

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 29/05/2023 31/05/2023 SI 09/03/2024 ≥ 8 meses

25 7600131040182023 0010701

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 28/11/2023 30/11/2023 SI 09/03/202 4 ≥ 1 meses

26 7600131070052023 0006601

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 17/08/2023 23/08/2023 SI 10/03/2024 ≥ 5 meses

27 7600131870062022 0009601

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 27/03/2023 30/03/2023 SI 09/03/2024 ≥ 10 meses

28 7600131090012023 0008801

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 11/09/2023 15/09/2023 SI 10/03/2024 ≥ 4 meses

29 7600131870042023 0004000

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 13/06/2023 15/06/2023 SI 09/03/2024 ≥ 7 meses

30 7600131180032023 0003501

LUIS FERNANDO

0004000

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 13/06/2023 15/06/2023 SI 09/03/2024 ≥ 7 meses

30 7600131180032023 0003501

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 29/05/2023 02/06/2023 SI 09/03/2024 ≥ 8 meses

31 7600131090172023 0000801

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 24/03/2023 27/03/2023 SI 09/03/2024 ≥ 10 meses

32 7600131090112023 0004201

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 11/07/2023 12/07/2023 SI 10/03/2024 ≥ 6 meses

33 7600131090112023 0005701

ORLANDO

ECHEVERRY

SALAZAR

08/08/202 3 09/08/202 3 SI 10/03/2024 ≥ 5 meses 34 7600131040182023 0005901

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

28/07/202 3 31/07/202 3 SI 09/03/202 4 ≥ 6 meses 35 7600131870072022 0010601

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 21/03/2023 23/03/2023 SI 09/03/2024 ≥ 10 meses

36 7600131090212023 0003901

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 29/05/2023 31/05/2023 SI 09/03/2024 ≥ 8 meses

37 7600131090112023 0008001

LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 29/05/2023 31/05/2023 SI 09/03/2024 ≥ 8 meses

37 7600131090112023 0008001

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA 25/09/2023 28/09/2023 SI 12/03/2024 ≥ 4 mesesPágina 7 | 9

Así las cosas, la Sala Dual encuentra claro, que existe una división de roles en los despachos judiciales, figura que determina y limita la competencia funcional y la responsabilidad, tanto de funcionarios judiciales como de los empleados.

En ese contexto, y frente al caso que nos ocupa, después de proferidos los fallos de instancia, se advierte que, los expedientes pasaron a la Secretaría Judicial del Tribunal, para que, de acuerdo con sus funciones y responsabilidades cumpliera lo dispuesto en cad a providencia, no solamente respecto de la notificación a las partes, sino también del envío en términos a la Corte Constitucional para su eventual revisión, atendiendo lo reglado en el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, quedando la responsabilidad func ional y el control material de cada proceso en cabeza de la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en atención a la citada división de roles y funciones.

De lo expuesto, encuentra la Sala, que en este caso se reúnen los requisitos para disponer la terminación de procedimiento y ordenar el consecuente archivo de la actuación adelantada en contra de los doctores LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA, CÉSAR AUGUSTO CASTILLO TABORDA, VÍCTOR MANUEL CHAPARRO BORDA y ORLANDO ECHEVERRY SALAZAR , en calidad de Magistrados de la Sala Penal

LUIS FERNANDO CASAS MIRANDA, CÉSAR AUGUSTO CASTILLO TABORDA, VÍCTOR MANUEL CHAPARRO BORDA y ORLANDO ECHEVERRY SALAZAR , en calidad de Magistrados de la Sala Penal Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali , al no evidenciar que hayan incurrido en alguna irregularidad que deba trascender disciplinariamente, pues, se itera, los citados Magistrados en las dec isiones de instancia ordenaron a la Secretaría de la Corporación remitir en término cada expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

Así entonces, no resulta procedente continuar con las diligencias, porque representaría un desgaste pa ra jurisdicción disciplinaria, razón por la cual, se ordenará la terminación y el archivo definitivo, de conformidad con lo previsto en los artículos 90 y 250 de la Ley 1952 de 2019, que señalan:Página 8 | 9

«ARTÍCULO 90. TERMINACIÓN DEL PROCESO DISCIPLINARIO . En cualquier etapa de la actuación disciplinaria en que aparezca plenamente demostrado que el hecho atribuido no existió, que la conducta no está prevista en la ley como falta disciplinaria, que el disciplinado no la cometió, que existe una causal de exc lusión de responsabilidad, o que la actuación no podía iniciarse o proseguirse, el funcionario del conocimiento, mediante decisión motivada, así lo declarará y ordenará el archivo definitivo de las diligencias, la que será comunicada al quejoso. […] ARTÍCULO 250. ARCHIVO DEFINITIVO. El archivo definitivo de la actuación disciplinaria procederá en cualquier etapa, cuando se establezcan plenamente los presupuestos enunciados en el presente código.»

[…] ARTÍCULO 250. ARCHIVO DEFINITIVO. El archivo definitivo de la actuación disciplinaria procederá en cualquier etapa, cuando se establezcan plenamente los presupuestos enunciados en el presente código.»

Otras Determinaciones

De lo expuesto, esta Corporación adv ierte la necesidad de compulsar copias ante la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Valle del Cauca, para que se investiguen los comportamientos de los empleados judiciales de la Secretaría de la Sala Penal Tribunal Superior del Distrito Judicial d e Cali, respecto de la remisión tardía a la Corte Constitucional de las 37 acciones de tutelas previamente relacionadas.

En mérito de lo expuesto, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, a través de la Sala Dual de Decisión de Instrucción, en uso de sus facultades constitucionales y legales;

RESUELVE

PRIMERO: ORDENAR la terminación del procedimiento y disponer el archivo definitivo de la actuación en favor de los doctores LUIS FERNANDO

CASAS MIRANDA, CÉSAR AUGUSTO CASTILLO TABORDA, VÍCTOR MANUEL CHAPARRO BORDA y ORLANDO ECHEVERRY SALAZAR , en su condición de Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, de acuerdo con la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: Efectuar las notificaciones judiciales a que haya lugar, utilizando para el efecto los correos electrónicos, incluyendo en el acto de notificación copia integral de la providencia notificada, en formato PDF no modificable. Se presumirá que el destinatario ha recibido la comunicación,Página 9 | 9

cuando el iniciador recepcione acuso de recibo, en este caso se dejará

notificación copia integral de la providencia notificada, en formato PDF no modificable. Se presumirá que el destinatario ha recibido la comunicación,Página 9 | 9

cuando el iniciador recepcione acuso de recibo, en este caso se dejará constancia de ello en el expediente y adjuntará una impresión del mensaje de datos y del respectivo acuse de recibo certificado por el servidor de la Secretaría Judicial.

TERCERO: Dar cumplimiento al acápite de “Otras determinaciones”.

CUARTO: Por Secretaría Judicial de la Corporación se efectuarán las anotaciones, registros, comunicaciones, notificaciones y envíos de rigor.

QUINTO: Contra esta providencia proceden los recursos de Ley.

El expediente v irtual consta de mil sesenta (1060) archivos y cien (100) carpetas.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

WILLIAM MORENO MORENO

Secretario Judicial

MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS

Magistrada

DIANA MARINA VÉLEZ VÁSQUEZ

Magistrada

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