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CNDJ - 197.Inexistencia de ACOSO LABORAL-PERSPECTIVA DE GÉNERO-F1101020190061800

Procuraduría General de la Nación

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Título
CNDJ - 197.Inexistencia de ACOSO LABORAL-PERSPECTIVA DE GÉNERO-F1101020190061800
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL

Bogotá D.C, veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticuatro (2024)

Magistrado Ponente: CARLOS ARTURO RAMÍREZ VÁSQUEZ

Radicación No. 11001010200020190061800 Aprobado según Acta de Sala de Instrucción Dual Sesión No. 02 de la misma fecha ASUNTO La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, procede a evaluar el mérito de la investigación disciplinaria ordenada en auto del 26 de octubre de 20211, contra el doctor HERNÁN GUILLERMO DAVID ENRÍQUEZ, Magistrado del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño en virtud a lo dispuesto en los artículos 90 y 250 de la Ley 1952 de 2019. HECHOS DENUNCIADOS El 15 de marzo de 2019, la doctora Adriana Inés Bravo Urbano, Juez 5º Administrativa del Circuito de Pasto, radicó queja disciplinaria contra el doctor HERNÁN GUILLERMO DAVID ENRÍQUEZ, en calidad de magistrado del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño, porque al parecer, en la visita de organización del trabajo que realizó en el despacho judicial el 13 de marzo de 2019, tuvo un comportamiento hostil y desobligante. 1 Folio 191 y siguientes, cuaderno principal.

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ICÁ S1 8 IA L Q U E0 0 Z Según lo inserto en el escrito, el funcionario solicitó su presencia en la diligencia “en tono fuerte y de un grito” diciéndole que en el despacho todos debían estar en la capacidad de atender al público y a los usuarios, repitiendo la frase, “por eso es que la gente se queja de este juzgado…es por ti, por tu personalidad, por tu forma de ser Adriana, aprende a respetarme, quién te crees”2. Lo anterior, pese a que nunca había tenido un trato personal con el magistrado. Agregó, que el funcionario revisó las situaciones administrativas laborales del juzgado y debido a los nombramientos por corto tiempo que realizó en el cargo de citador ante las “constantes incapacidades de la titular” procedió a dejar la anotación en el acta y lanzó la frase: “eso es clientelismo judicial”, desconociendo las explicaciones por ella rendidas, causándole un grave perjuicio moral y en su dignidad como mujer porque no pudo defenderse. Expuso, que los malos tratos son producto de lo que sucedió en una ocasión cuando el disciplinado le solicitó nombrar a una amiga de él y como no se concretó, tomó represalias en su contra. Manifestó, que el magistrado realizó una reunión con las empleadas del despacho, promovida por la secretaria y no permitió su

participación. Aseguró, que en aquella reunión, utilizó frases como, “ahhh es que en este juzgado todas son mujeres, aquí todas son mujeres…porque si no se las verían conmigo…Adriana también es mujer, sino las cosas las arreglaría de otra forma” e incluso, hizo gesticulaciones de admiración, queriendo insinuar que esos conflictos se presentaban por el género y que para evitar esas situaciones debía haber un hombre. Textualmente señaló: 2 Folio 2, reverso Página 2 | 23 R E P Ú B L IC A D E C O L O M B IA R A M A JU D IC IA L C O M IS IÓ N N A C IO N A L D E D ISM a g is tra d o C A R L O S A R T U R OR A D IC A C IÓ N N O . 1 1 0 0 1 0 1 0 2F

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ICÁ S1 8 IA L Q U E0 0 Z “Poniendo en evidencia cual fue el verdadero propósito de la visita, que no era otro que exteriorizar su malestar hacia mí, avergonzarme en público y sin fundamento alguno, la conducta que considero, no tiene nada que ver con la esfera laboral y la organización del trabajo que es el único factor que está llamado a revisar para efectuar mi calificación, que por cierto considero que dado el trato hacia mi ejercido, no puede ser objetivo ni imparcial” (Folio 4; sic a lo

transcrito). Adujo, que aquel “trato indigno” obedecía al recurso de reposición y en subsidio el de apelación que presentó contra la calificación del 2016 y que la situación relatada, ha conllevado a un deterioro en su salud. Para probar lo anterior, adjuntó declaraciones extra proceso de las señoras Ángela Carolina Enríquez Delgado, Marcia Nury Getial Mora, Miryam Mercedes Paz Solarte, Elizabeth Marcillo Álvarez y Alixon Mayini Rodríguez Sánchez, empleadas del Juzgado 5º Administrativo del Circuito de Pasto. ACTUACIÓN PROCESAL Las diligencias fueron asignadas por reparto del 4 de abril de 20193 al doctor Camilo Montoya Reyes, magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura. En proveído del 25 de junio de 2019, ordenó la apertura de indagación preliminar en contra del doctor HERNÁN GUILLERMO DAVID ENRÍQUEZ, en calidad de magistrado del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño4. La decisión se notificó personalmente al funcionario mediante despacho comisorio cumplido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño5. 3 Folio 30 4 Folios 33 a 34. 5 Folio 55. Página 3 | 23

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ICÁ S1 8 IA L Q U E0 0 Z En esa oportunidad, se ordenaron e incorporaron las siguientes pruebas: i. certificaciones laborales del indagado6, ii. declaraciones de las señoras Silvana Lorena Rodríguez Riascos y Norma Deyanira Tupaz de la Rosa y iii. ampliación de queja de la doctora Adriana Inés Bravo Urbano. Adicionalmente, el disciplinado rindió versión libre por escrito y adjuntó: (i) copias de las quejas de acoso laboral presentadas por las señoras Norma Deyanira Tupaz en marzo de 2019 y Carmen Elena Rodríguez en abril de 2015 contra la Juez 5ª Administrativa del Circuito de Pasto, (ii) denuncia de Sandra María Díaz Mejía por presuntos malos tratos en la realización de una audiencia con fecha 13 de septiembre de 20167, (iii) resolución del 30 de noviembre de 2017 por medio de la cual al resolver el recurso de reposición contra el acto de calificación dictado el 28 de febrero de 2017 fue modificado para incrementarla de 85 a 96 puntos8. Por reparto del 8 de febrero de 2021, fue asignado este proceso a quien funge como ponente9 y en proveído del 26 de octubre de 2021, se ordenó abrir investigación disciplinaria contra el doctor HERNÁN

GUILLERMO DAVID ENRÍQUEZ, magistrado del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño, por los posibles hechos irregulares acaecidos en la diligencia del 13 de marzo de 201910. Mediante escrito del 17 de noviembre de 2021, el disciplinado solicitó la nulidad de la decisión del 26 de octubre porque fue proferida cuando estaba precluido el término de 6 meses dispuesto en la norma. En auto del 9 de febrero de 2022, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial negó la petición incoada11. 6 Folios 63 y siguientes. 7 Folios 142 a 144. 8 Folios 149 a 156. 9 Folio 187. 10 Folios 191 y siguientes. 11 Folios 256 a 266. Página 4 | 23 R E P Ú B L IC A D E C O L O M B IA R A M A JU D IC IA L C O M IS IÓ N N A C IO N A L D E D ISM a g is tra d o C A R L O S A R T U R OR A D IC A C IÓ N N O . 1 1 0 0 1 0 1 0 2F

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ICÁ S1 8 IA L Q U E0 0 Z El 28 de abril de 2022, contando con la presencia del disciplinado, se recibieron los testimonios de Elizabeth Marcillo Álvarez, Ángela Carolina Enríquez Delgado, Miryam Mercedes Paz Solarte y Marcia

Nury Getial y el 21 de julio de 2022, las declaraciones de Silvana Lorena Rodríguez y Norma Deyanira Tupaz12. En auto del 14 de julio de 2023, se ordenó el cierre de la investigación y se corrió traslado a los sujetos procesales para que presentaran alegatos previos a la calificación, sin embargo, no fue radicado ningún escrito13. CONSIDERACIONES Competencia. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial es competente para ejercer la función jurisdiccional disciplinaria sobre los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, de conformidad con el artículo 257A de la Constitución Política de Colombia, en armonía con el artículo 239 de la Ley 1952 de 2019. Igualmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 1º del Acuerdo 085 de 2022, el presente asunto se somete a sala de decisión conformada con el magistrado Mauricio Fernando Rodríguez Tamayo. Los hechos jurídicos relevantes que se investigan en contra del doctor HERNÁN DAVID ENRÍQUEZ, Magistrado del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño, versan en las posibles irregularidades con incidencia disciplinaria en las que pudo incurrir el 13 de marzo de 2019 en la visita que realizó al Juzgado 5º Administrativo del Circuito de Pasto. 12 Folio 52 13 Folio 64. Página 5 | 23

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ICÁ S1 8 IA L Q U E0 0 Z Primero, porque se presentó en el despacho judicial y desplegó un trato hostil y agresivo contra la quejosa al exigir su presencia como directa calificada y señalar que “todos debían estar en la capacidad de atender cualquier situación que se presente” y “por esa actitud es que constantemente se radicaban quejas”. Además, consignó en el acta los diferentes nombramientos en el cargo de citador, a pesar que estaban justificados por las “constantes incapacidades de la titular”, e indicó que eso era “clientelismo judicial”. Segundo, impidió a la quejosa participar en la reunión que realizó con las empleadas del despacho y mencionó “ahhh es que en este juzgado todas son mujeres ¡con razón! Adriana también es mujer, sino se las arreglaría conmigo de otra forma” haciendo incluso gesticulaciones de asombro y burla. Todas estas situaciones, según el dicho de la juez, atentaron contra su dignidad como funcionaria y mujer, causándole afectaciones en su salud. Dado que las presuntas irregularidades denunciadas tuvieron lugar en dos momentos acaecidos en el desarrollo de la visita, la Comisión procede a examinar cada uno de manera independiente. 1º.- Las pruebas que reposan en el plenario, dan cuenta que desde el

inicio de la visita estaban presentes las funcionarias: i. Ángela Carolina Enríquez Delgado, ii. Marcia Nury Getial Mora, iii. Miryam Mercedes Paz Solarte, iv. Norma Deyanira Tupaz y v. Silvana Rodríguez. Todas coinciden en la forma en la que se desarrolló la diligencia, pero únicamente las tres (3) primeras aseguran que hubo un tono de voz alto y fuerte de parte del magistrado, pues las (2) últimas, aseveran que cada expresión y requerimiento que realizó fueron de manera respetuosa sin utilización de un tono altisonante distinto al habitual. Página 6 | 23 R E P Ú B L IC A D E C O L O M B IA R A M A JU D IC IA L C O M IS IÓ N N A C IO N A L D E D ISM a g is tra d o C A R L O S A R T U R OR A D IC A C IÓ N N O . 1 1 0 0 1 0 1 0 2F

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ICÁ S1 8 IA L Q U E0 0 Z - Ángela Carolina Enríquez Delgado indicó inicialmente en declaración extra proceso: “usó un tono de voz alto e inapropiado, intimidándonos a los que encontrábamos presentes, pero principalmente a la doctora Adriana Bravo (…) El trato que suministraron los mencionados servidores públicos visitadores a la titular del despacho fue irrespetuoso, grotesco, usando un tono de voz

alto, abusando de su posición (…) “noté de parte del funcionario un tono de voz fuerte para imponer temor a la titular, porque eso no se presentó frente a las demás personas14 usaron un tono de voz muy alto y lo que más impactó fue que le dijo que eso era un clientelismo judicial”15. El 21 de julio de 2022 en este proceso disciplinario compareció la señora Enríquez Delgado e indicó frente a lo que sucedió desde el inicio de la visita, lo siguiente: “Recuerdo que ese día estábamos desarrollando nuestras labores y la verdad golpearon la puerta, personalmente no sabía quién era, ahora sé quiénes son. Posteriormente supe que era la visita del Consejo, pero no supe en ese momento, yo abrí la puerta y siguieron. Preguntaron si no estoy mal por la doctora y continué, yo continué mis labores. Me desempeñaba en secretaría porque no me correspondía ser parte de la visita y el doctor Hernán David, la doctora Adriana y su auxiliar iniciaron el proceso de revisión que se llevó a cabo. Como yo era la encargada de los usuarios, había demasiados usuarios, continué con mis labores y me daba cuenta que comenzaron a preguntar, me imagino que son rutinas de las visitas ha sido la única visita en la que he estado presente y la primera. Sin embargo, sí empezaron a usar un tono de voz alto donde la verdad uno intenta no interferir sino continuar con sus labores, había público que, no recuerdo porque ya ha pasado mucho tiempo, que era lo que hablaban o qué estaban diciendo, pero obviamente al ser una visita genera nerviosismo y temor entre la persona que la estaban visitando.

Recuerdo que me acerqué a la ventanilla y todo el mundo se quedaba viendo como “que estaba pasando” la verdad yo no hacía parte de la visita, pero observaba como una forma de imponer temor frente a la titular del despacho”. Recuerdo que comenzaron a revisar hojas de 14 Récord 00:27:09 15 Récord 00:40:08 Página 7 | 23 R E P Ú B L IC A D E C O L O M B IA R A M A JU D IC IA L C O M IS IÓ N N A C IO N A L D E D ISM a g is tra d o C A R L O S A R T U R OR A D IC A C IÓ N N O . 1 1 0 0 1 0 1 0 2F

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ICÁ S1 8 IA L Q U E0 0 Z vida, yo era la citadora en ese momento fue así que en un momento me preguntaron algo y recuerdo que empezaron a revisar hojas de vida, yo era la citadora en ese momento y ahí si me preguntaron, yo tenía que intervenir, como había habido muchos citadores en el momento, yo puse atención porque era algo que refería a mi cargo y mencionaron que había un clientelismo judicial. Obviamente uno escucha porque hablan de su cargo, no porque uno quiera poner atención, pero por lo menos yo entré al juzgado porque cuando acabé mi judicatura dejé mi hoja de vida y en las oportunidades que habían para que me llamara, la doctora me daba la oportunidad al cumplir los

requisitos, yo entré por haber hecho mi judicatura y sé que los anteriores citadores por alguna razón renunciaron, yo estuve ahí 2 meses”16. Cuando intervino el funcionario, preguntó: “Doctora Ángela, ¿diga si es cierto si en la visita le di un trato cruel, inhumano a la doctora Adriana?” RESPONDIÓ: “Doctor lo que considero y expuse es que se usó un tono para generar temor, un tono alto y muchas veces esos tonos altos generan temor y superioridad frente a quien lo está registrando, uno lo respeta además porque viene de un magistrado, desde ahí uno se pone nervioso y más porque es visita y llegan con tonos altos a intentar imponerse. Es mi punto de vista de lo que sucedió”. PREGUNTADO. “Doctora Ángela, ¿cuáles fueron las palabras groseras en trato cruel, degradante o inhumano que surtieron temor? CONTESTÓ: “Exactamente las palabras no las recuerdo, pero era una voz alta. Qué palabras exacto se usaron no podría utilizar (…).” Contrastados los relatos de la señora Enríquez Delgado, nótese que si bien inicialmente indicó que el magistrado habría usado desde su llegada un tono de “voz alto e inapropiado irrespetuoso, grotesco, abusando de su posición, pues demostraba un enojo frente a ella sin razón alguna, saltando a la vista su pretensión de encontrar algún error en el trámite y manejo del juzgado”, luego realizó una exposición sobre lo que sucedió cuando arribó sin referir a aquellas

16 Récord 00:38:35 Página 8 | 23 R E P Ú B L IC A D E C O L O M B IA R A M A JU D IC IA L C O M IS IÓ N N A C IO N A L D E D ISM a g is tra d o C A R L O S A R T U R OR A D IC A C IÓ N N O . 1 1 0 0 1 0 1 0 2F

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ICÁ S1 8 IA L Q U E0 0 Z manifestaciones altisonantes con las que supuestamente se presentó el funcionario en el juzgado. En la segunda oportunidad, la testigo fue enfática en sostener que no hizo parte de la visita, por lo que no habría recibido aquella intimidación de parte del funcionario a la que inicialmente refirió. Además, al cuestionarla en declaración sobre aquél trato grotesco o inhumano señaló que radicaba en el tono de voz “porque viene de un magistrado, desde ahí uno se pone nervioso y más porque es visita y llegan con tonos altos a intentar imponerse” y al preguntarle sobre las palabras groseras o degradantes que utilizó, indicó: “Exactamente las palabras no las recuerdo, pero era una voz alta. Qué palabras exacto se usaron no podría utilizar”. - Marcia Nury Getial Mora, manifestó: “El trato que percibí del Magistrado respecto de la Dra. Adriana Bravo fue completamente

negativo, pues casi en toda la visita la trató a los gritos (…) el Magistrado levantó la voz y se dirigió a la Dra. Adriana diciéndole Adriana ven, la visita la tienes que atender tú, porque yo vengo a calificarte a ti, no a tus empleados (…)”. Verificado el testimonio que rindió en este proceso, indicó: “Escuché un ruido en la puerta muy fuerte y una voz masculina que dijo: “buenas tardes venimos a realizar la visita” en ese momento se asomó el doctor Hernán David, era el doctor Hernán David, vengo a realizar la visita y le dijo: ¿Estás ocupada? La doctora se levantó y le dijo no, estoy revisando un asuntico y le dijo a la doctora Norma Tupaz, doctora Norma por favor imprima el acta y la doctora volvió a su puesto de trabajo. Nosotros nos retiramos y nos fuimos a nuestro lugar de trabajo, después se escuchó al doctor Hernán David, ya hablando con la señora secretaria y la compañera citadora, empezó a preguntar por los asuntos, creo que estaban revisando asuntos de reparación directa nulidad y restablecimiento del derecho que son los que se conoce directamente en el juzgado. También preguntó por Página 9 | 23 R E P Ú B L IC A D E C O L O M B IA R A M A JU D IC IA L C O M IS IÓ N N A C IO N A L D E D ISM a g is tra d o C A R L O S A R T U R OR A D IC A C IÓ N N O . 1 1 0 0 1 0 1 0 2F

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ICÁ S1 8 IA L Q U E0 0 Z unas hojas de vida, preguntó por el cargo y los cambios que se habían realizado con el citador. En ese sentido, creo que la señora Secretaria le informó y junto con la titular del despacho, le informaron que la titular del cargo se encontraba con incapacidad con accidente laboral. En ese momento se le escuchó que la llamó y le dijo: “Adriana, ven a atender la visita, la visita es para ti”, ya en un tono de voz bastante alto, se escuchó a la doctora que salió y le dijo que qué era lo que necesitaba, entonces le dijo que le explicara el por qué se habían hecho tantos cambios de citador, que eso no lo podía hacer, que eso se llamaba “clientelismo judicial” y se escuchó que le explicaba que esos cambios se habían hecho porque la titular del cargos se encontraba en incapacidad laboral y que las incapacidades que le daban era de 15 días, de 20 días, en ese sentido, digamos en fines de semana no se daban entonces los citadores renunciaban por eso porque no se les daba una estabilidad, incluso se presentaban problemas con la afiliación a salud. Entonces ella le explicó esa situación y le dijo que se salía de las manos que había nombrado a varias judicantes o ex judicantes que habían pasado por el juzgado y tenían conocimiento. Posteriormente, el doctor Hernán David pidió un proceso de tutela, la doctora Adriana me dijo “doctora Nury para que me permita un

expediente de tutela” en ese momento había uno solo yo procedí a entregárselo miró calendario, verificó términos, la sentencia, me hizo unas recomendaciones respetuosas, me dijo cuál era el mecanismo para proyectar la sentencia y ahorrar tiempo. Eso pasó, yo anoté las recomendaciones, me dispuse a regresar a mi puesto. Lo escuchaba que decía que había quejas sobre el juzgado, que eso se debía a la personalidad de la doctora Adriana. Después se fue bajando el tono de voz, porque en realidad el doctor Hernán David hablaba bastante fuerte, digamos gritaba prácticamente”. (Récord 01:49:27). Para la Comisión, la exposición de la testigo si bien refiere al “tono de voz alto” también realiza un relato donde fue escuchada la quejosa, pudo expresarse y participar en la diligencia -luego de ser requerida por el funcionario para que la atendiera dado que continuó con sus labores - y puntualmente, señala que prosiguió de manera respetuosa -no indica la utilización de palabras groseras o soeces de su parte-. Adicionalmente, demuestran que realizó la manifestación “eso se llama clientelismo judicial”, sin imputar concretamente un comportamiento desviado a la titular del despacho judicial. - Miryam Mercedes Paz Solarte, expuso: Pági na 10 | 23

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ICÁ S1 8 IA L Q U E0 0 Z “…utilizó un tono de voz alto, no sé si ese es su tono habitual, pero si era un tono fuerte, más de lo que normalmente cualquier persona suele utilizar. Yo en ese momento me encontraba en el despacho de la señora juez con ella y la Dra. Nury Getial, revisando un asunto relacionado con un proyecto de aprobación de conciliación extrajudicial, que se vencía al otro día que estaba un poco complicado y lo sentimos llegar y sí nos llamó la atención su tono de voz. (…) 6. - Las palabras hacia la juez fueron siempre en el mismo tono, fuerte. seguidamente señaló que todos incluso la misma Juez debíamos estar en condiciones de atender al público (…) usó un tono de voz alto para solicitarle a la juez que atendiera la visita a quien le dijo: “por eso es que la gente se queja de este juzgado, por tu personalidad Adriana (…) el Magistrado le dijo en voz muy alta que lo que ella estaba haciendo se llama clientelismo judicial” (Folio 12; reverso). Cuando rindió testimonio en este proceso, la señora Paz Solarte ratificó lo expuesto en declaración extra proceso de manera idéntica, usando las mismas palabras y estructura de su relato inicial. En efecto, sostuvo que el magistrado usó un tono de voz alto para solicitarle a la

juez que atendiera la visita a quien le dijo: “por eso es que la gente se queja de este juzgado, por tu personalidad Adriana” y prestó especial atención a los nombramientos efectuados en el cargo de citador, “le pidió explicación a la doctora que ya había salido y la doctora le dijo que eso obedecía a que de manera constante la persona que estaba incapacitada que era la citadora en propiedad, tenía que estar renovando sus incapacidades médicas, pero que no era una incapacidad constante sino que obedecía a que el médico tratante prorrogue de acuerdo a la incapacidad y en esas condiciones, era muy difícil que una persona acepte un cargo porque eran franjas muy pequeñas, lapsos de tiempo muy pequeños. El doctor le dijo a la doctora que eso tenía nombre propio y que se llamaba clientelismo judicial”. Récord 00:01:08:05. En contraposición al supuesto tono fuerte y desmedido que utilizó el magistrado, aparecen los testimonios de Norma Tupaz y Silvana Pági na 11 | 23 R E P Ú B L IC A D E C O L O M B IA R A M A JU D IC IA L C O M IS IÓ N N A C IO N A L D E D ISM a g is tra d o C A R L O S A R T U R OR A D IC A C IÓ N N O . 1 1 0 0 1 0 1 0 2F

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S1 8 IA L Q U E0 0 Z Rodríguez quienes también estaban presentes en la realización de la visita y expusieron sobre la situación inicial lo siguiente: -Norma Deyanira Tupaz17 el 21 de agosto de 2019 y 21 de julio de 2022, expuso: “El señor Magistrado llegó, se acercó a Secretaría, saludó a todos los que estábamos allí y dijo: vengo a hacer la visita, por favor me pueden atender, entonces abrimos la puerta, el ingresó, estaba la secretaria Ángela Enríquez y mi persona en secretaría. Procedimos a hacerlo seguir y nuevamente dijo, por favor necesito que la doctora Adriana esté presente y la doctora Adriana no salía, si estaba en la oficina en el despacho de ella. Igual la puerta del despacho estaba abierta, lo escuchó lo miró llegar, pero ella no sé por qué razón no salió inmediatamente a atenderlo. Él llegó a secretaría, se ubicó en la parte que estaba la citadora y pidió el libro radicador, en ese momento como la doctora Adriana no salía volvió a decir, Adriana por favor atiéndeme, porque yo vengo a hacerte la visita a ti, para calificarte no a los empleados que me están atendiendo. La doctora salió inmediatamente y se disculpó con él, le dijo que la disculpara y procedió a atenderlo. Él pidió el libro radicador, comenzó a revisar los asuntos 2018 porque la visita era para calificar ese año. Encontró inicialmente unos asuntos 2018 que la admisión no había sido oportuna, que había habido mora en las admisiones, pidió a su

auxiliar que dejara constancia. Hablaba con la doctora Adriana y le pedía explicación del porque tanta mora en las admisiones y la doctora le daba sus explicaciones. Luego, la auxiliar del doctor recuerdo yo, preguntó y dijo quién es Esteban Medisis entonces yo le dije él es el citador que estuvo hasta diciembre ¿y quién es la citadora en propiedad?, la señora Ruth Estella España le contesté. Entonces ella dijo, ¿cómo así?, ¿dónde está ella?, entonces yo le dije, sufrió un accidente laboral de trabajo está incapacitada desde mediados de septiembre y no se ha reintegrado porque le han prorrogado sus incapacidades, entonces ella dijo, ¿cómo así, cuántos citadores han nombrado en reemplazo de ella durante sus incapacidades porque si Esteban no está y ahorita hay otra chica? le dije, si se han hecho como 5 nombramientos en 6 meses que llevaba en incapacidad la citadora. El doctor Hernán David al escuchar eso dijo, no me parece, porque para mí eso es traumático para secretaría que haya tantos citadores, deja constancia de eso Silvana y agregó esto para mí es clientelismo Adriana, eso te lo tengo que decir, entonces la doctora se empezó a poner nerviosa y la vi cómo un poco sonrojada a la doctora Adriana” (récord 00:07:15). Posteriormente, el funcionario solicitó los planes de mejoramiento a la 17 Folio 97 Pági na 12 | 23

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ICÁ S1 8 IA L Q U E0 0 Z juez pero no los tenía y pidió que dejara constancia de eso, la doctora se puso más nerviosa todavía y le dijo; ¡mira!, ya son tres irregularidades que te encuentro Adriana”18. Seguidamente, el magistrado comisionado cuestionó a la testigo sobre los términos que utilizó el funcionario al exponerle a la quejosa sobre las denuncias en su contra y respondió: “él le dijo, mira no solamente en secretaría deben atender al usuario Adriana, también si se presenta la ocasión y es necesario tú también debes hacerlo, mira que hay muchas quejas de los juzgados que dicen que en secretaría no se atiende bien y que el juez no habla con los usuarios y esa es la queja que siempre se presenta que la atención no es buena, como de manera general.

PREGUNTADO: esa observación que el magistrado le hizo a la jueza se la hizo en privado o delante de las demás personas. CONTESTÓ: Delante de las demás personas como haciendo la sugerencia que debíamos atender siempre muy bien al usuario y que no era solo función nuestra sino también de la titular, pero en buenas palabras en buenos términos, como recomendación (…) la expresión de “clientelismo judicial” fue sin reproche ni utilizando un tono exagerado

(…) “la doctora Adriana sí rendía las explicaciones que él pedía, primero respecto de la mora en la admisión de las demandas y también cuando él le mencionó que algunos asuntos se demoraban en pasar a audiencia inicial, la doctora le explicaba el porqué, incluso cuando le dijo que eso era clientelismo judicial, la doctora le explicó que obedecía a las incapacidades de la citadora, la verdad a mí me consta lo que voy a manifestar, es que no era necesario nombrar tantos (…)”19. Los relatos de la testigo, muestran coincidencia con las expresiones que imputan las demás declarantes al disciplinado relativas a la solicitud que realizó a la juez para que mantuviera su disposición para atender el público y sobre las quejas que se habrían presentado por la mala atención del juzgado -a folios 106 el investigado adjuntó copias de algunas denunciaspero no los registra como una reclamación desmedida, exagerada o ultrajante de su dignidad, sino como un consejo o recomendación para que evitara ese tipo de situaciones. 18 Récord 00:08:06 -folio 97 19 Récord 00:13:27 Pági na 13 | 23 R E P Ú B L IC A D E C O L O M B IA R A M A JU D IC IA L C O M IS IÓ N N A C IO N A L D E D ISM a g is tra d o C A R L O S A R T U R OR A D IC A C IÓ N N O . 1 1 0 0 1 0 1 0 2F

U N C IO N A R IO

C IP L IN A JU D

R A M ÍR E Z V0 0 0 2 0 1 9 0 0 6

ICÁ S1 8 IA L Q U E0 0 Z - Silvana Rodríguez, testificó el 21 de agosto de 201920 y 21 de julio de 202221, en los siguientes términos: “el día que llegamos a la visita, efectivamente estaba la doctora Adriana Inés Bravo con su Secretaria y empleados. Al momento que llegamos la doctora salió y nos saludó ella llegó y se fue a su despacho y entonces el doctor Hernán muy respetuosamente le dijo: doctora por favor se acerca usted acá, ella nos dejó con la secretaria con Norma Tupaz, le dijo que la visita y la calificación es para la señora Juez no es para la Secretaria. Efectivamente cuando el doctor Hernán se puso a revisar unos procesos con ella, se comenzó a verificar que los procesos tenían una dilación de los términos (…) yo me

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