CNDJ - 214.FUNCIONARIOS-REVOCA FALLO SANCIONATORIO-Absuelve- INEXISTENCIA DE MORA J
Procuraduría General de la Nación
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- Título
- CNDJ - 214.FUNCIONARIOS-REVOCA FALLO SANCIONATORIO-Absuelve- INEXISTENCIA DE MORA J
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
F 10345
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL Neiva, Huila, veintinueve (29) de noviembre dos mil veintitrés (2023) Magistrado Ponente: JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA Radicación No. 760011102000 201702687 01 Aprobado según Acta de Sala No. 096 de la misma fecha. ASUNTO Procede esta Comisión a decidir el recurso de apelación interpuesto por el funcionario disciplinable, en contra de la sentencia de 18 de junio de 2021, proferida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca1, mediante la cual se dispuso no decretar la nulidad del pliego de cargos y declaró responsable disciplinariamente al doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, por haber incurrido en la transgresión del artículo 153 numerales 1 y 15 de la Ley 270 de 1996, por desatender los artículos 6, 29 y 228 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 4 y 7 de Ley 270 de 1996 y los artículos124 y 37 numeral 1 del Código de Procedimiento Civil, vigente para la época de los hechos; falta calificada como grave a título de culpa grave de conformidad con lo previsto en el 1 Sala dual integrada por los doctores Luis Rolando Molano Franco (Ponente) y Gustavo Adolfo Hernández Quiñonez, decisión vista en el archivo digitalizado 76001110200020170268701\01primerainstancia\30sentencia.
M.P. JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA F 10345
Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación parágrafo del artículo 44 de la Ley 734 de 2002, por lo que lo SANCIONÓ con SUSPENSIÓN EN EL EJERCICIO DEL CARGO por el término de CUATRO (4) MESES.
HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE
1. La génesis de la presente actuación radica en la compulsa de copias ordenada por la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca a través de la Resolución No.
CSJVAR17-1198 del 17 de agosto de 2017, al interior de la Vigilancia Judicial Administrativa No. 76001-1101002-201700222-00, adelantada dentro del proceso ejecutivo hipotecario No. 76001-31-03-004-2001-00232-00, promovido por el señor Andrés Felipe Narváez Bravo contra la SOCIEDAD SINISTERRA ARANGO Y CIA. LTDA. y TOMÁS BERNARDO SINISTERRA, en la que se indicó que el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI pudo incurrir en falta disciplinaria, por la mora en pronunciarse sobre la objeción a la liquidación del crédito a pesar de haber recibido el dictamen pericial correspondiente, y en emitir respuesta a los memoriales de impulso procesal presentados por la parte actora2. La entidad noticiante allegó copia de la Vigilancia Judicial Administrativa No. 76001-1101002-2017-00222-00 solicitada por
Andrés Felipe Narváez Bravo contra el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO en calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI3. 2 Páginas 22-27 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\01. expediente (5)-1-51. 3 Páginas 2-30 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\01. expediente (5)-1-51. Pági na 2 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación
2. Realizado el correspondiente reparto, el 2 de noviembre de 2017, correspondió el conocimiento del asunto al Despacho de la
Magistrada Gloria Alcira Robles Correal4.
3. Mediante auto del 29 de mayo de 2018, el Magistrado Gustavo Adolfo Hernández Quiñonez ordenó iniciar indagación preliminar contra el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, y dispuso la práctica de las pruebas necesarias para determinar la ocurrencia de los hechos y la eventual responsabilidad del disciplinable5.
4. El 25 de junio de 2018, se recibió copia del acta de posesión No. 486 de fecha 8 de septiembre de 2008 del doctor RAMIRO
ELÍAS POLO CRISPINO, como JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE
CALI6.
5. Mediante oficio DESAJCLO18-6473 de fecha 13 de septiembre de 2018, la Coordinadora del Área de Recursos
Humanos de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Cali-Valle del Cauca remitió constancia de sueldos devengados y certificado de tiempos de servicio y cargos desempeñados por el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO como JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, así como los datos de contacto del mencionado funcionario7.
6. El 11 de septiembre de 2019, el Magistrado Gustavo Adolfo Hernández Quiñonez profirió auto de apertura de investigación
4 Página 32 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\01. expediente (5)-1-51. 5 Página 33 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\01. expediente (5)-1-51. 6 Páginas 37-38 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\01. expediente (5)-1-51. 7 Páginas 39-41 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\01. expediente (5)-1-51. Pági na 3 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación disciplinaria en contra del doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, y decretó la práctica de algunas pruebas8.
7. Mediante oficio No. 2626 del 24 de septiembre de 2019 la Secretaría del Juzgado 4 Civil del Circuito de Cali remitió copia
íntegra del proceso ejecutivo instaurado por Andrés Felipe Narváez Bravo cesionario de CIGPF CREAR PAIS LTDA
cesionario del BANCO COLPATRIA RED MULTIBANCABANCO
COLPATRIA S.A., contra la SOCIEDAD SINISTERRA ARANGO Y CIA LTDA Y TOMÁS BERNARDO SINISTERRA, bajo el radicado No. 76001-31-03-004-2001-00232-009.
8. Mediante decisión del 13 de abril de 2020, el Magistrado instructor ordenó el cierre de la investigación disciplinaria, de conformidad con lo normado en el artículo 160 A de la Ley 734 de
200210. Decisión notificada por edicto fijado y desfijado los días 3 y 5 de agosto de 2020, respectivamente11.
9. Mediante auto del 18 de septiembre de 2020, después de hacer un recuento pormenorizado de la compulsa de copias que dio origen a la actuación disciplinaria y del acervo probatorio recaudado, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca formuló pliego de cargos contra el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, por la presunta trasgresión del artículo 153 numerales 1 y 15 de la Ley 270 de 1996, por el posible desconocimiento de las siguientes
8 Páginas 43-44 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\01. expediente (5)-1-51. 9 Página 48 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\01.
expediente (5)-1-51 y 02. anexo cd prueba. 10 Archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\05. auto cierre de investigacion 203. 11 Archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\07. edicto. Pági na 4 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación normas: Constitución Política de Colombia artículos 6, 29 y 228, Ley 270 de 1996, artículos 4 y 7, el Código de Procedimiento Civil artículos 37 numeral 1 y 124, conducta que se calificó como gravísima con culpa gravísima de conformidad con el artículo 44 parágrafo único de la Ley 734 de 2002. Lo anterior, por cuanto desatendió las normas de carácter obligatorio, para dar el impulso necesario al proceso ejecutivo hipotecario No. 76001-31-03-004-2001-00232-00, generando un posible incumplimiento de los deberes funcionales descritos en la Ley 270 de 1996, por la posible negligencia y descuido en los términos establecidos violando aparentemente de reglas de obligatorio cumplimiento (Código de Procedimiento Civil y/o Código General del Proceso) para resolver ciertos escenarios procesales, como lo fue de una parte, la objeción de la liquidación del crédito por error grave solicitada por la demandada, pues desde el día 16 de marzo de 2012, fecha en que se profirió el auto mediante el cual de oficio se ordenó practicar dictamen pericial, se
designó un perito contable sin que el juez lo requiriera para que rindiera su experticia y sólo hasta el 17 de noviembre de 2017, resolvió de fondo el asunto al declarar no probada la objeción a la liquidación del crédito, transcurriendo un tiempo aproximado de 5 años, ocho 8 meses y 1 día sin que se evidenciara por parte del servidor judicial, celeridad para resolver los asuntos mentados y trayendo como consecuencia la parálisis en que estuvo el proceso ejecutivo hipotecario. Y, de otro lado, se demoró 9 meses y 9 días en resolver de fondo la solicitud de reconocer como cesionario al señor Andrés Felipe Narváez Bravo, quien el día 22 de septiembre de 2016, presentó memorial ante el despacho judicial con los soportes respectivos, Pági na 5 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación pero solo hasta el día 17 de noviembre de 2017 se le dio una respuesta definitiva, pese a que el 8 de febrero de 2017, en atención al auto que negó tal pretensión, se allegó la documentación requerida12. Decisión notificada personalmente al disciplinable por correo electrónico del 16 de enero de 202113.
10. El doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO presentó escrito de descargos, en los que centró su defensa en la excesiva carga laboral que existía con anterioridad al momento en que asumió la titularidad del despacho –8 de septiembre de 2008–, teniendo que
recibir entonces 76 y 20 asuntos de primera y segunda instancia respectivamente, es decir, un juzgado con un alto volumen de congestión en los procesos que se encontraban pendientes para proferir fallo, resolver recursos de reposición, nulidades, objeciones, incidentes y apelaciones de autos. Refirió que la mencionada congestión se vio agravada por el cierre del despacho de 2 meses debido al atentado perpetrado el 1 de septiembre de 2008, que generó parálisis por dicho lapso, en tanto, se retomaron funciones el 5 de noviembre de esa anualidad, y puntualizó la cantidad de acciones de tutela en primera y segunda instancia, incidentes de desacato y hábeas corpus que ingresaron al despacho entre los años 2009 al 2018, para indicar que estos trámites tenían prelación legal. En el mismo sentido se refirió a las audiencias y diligencias realizadas del 2009 al 2018, e hizo alusión al tiempo que dedicó 12 Archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\10. pliego de cargos. 13 Archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\11. notificación del pliego de cargos. Pági na 6 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación para la preparación y práctica de dichas actuaciones, así como el total de memoriales que ingresaron en dicho lapso y lo que ello implicaba para el despacho, y el constante cambio de personal. Hizo referencia a las distintas Resoluciones proferidas en las
vigilancias administrativas solicitadas ante la Sala Administrativa del Consejo Seccional del Valle del Cauca en las cuales se atendía la situación de congestión del despacho a su cargo14. A su vez, solicitó la práctica de algunas pruebas y allegó los siguientes documentos: • Relación de los procesos a despacho de primera y segunda instancia recibidos el 5 de noviembre de 200815. • Resolución No. 0909 del 23 de julio de 2009 de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca proferida dentro de la Vigilancia Judicial Administrativa con radicado No. 76001-1101002-2009-00041-00 solicitada por el abogado Luis Alfonso Lora Pinzón contra el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI16. • Resolución No. 0849 del 14 de julio de 2010, de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca proferida dentro de la Vigilancia Judicial Administrativa con radicado No. 76001-1101002-2010-00027-00 solicitada por la abogada Verónica Zabala Martínez contra el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de 14 Páginas 3-17 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 15 Páginas 18-25 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 16 Páginas 26-30 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12.
respuesta del disciplinable al pliego de cargos. Pági na 7 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI17. • Resolución No. 51-4 del 19 de enero de 2011, de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca proferida dentro de la Vigilancia Judicial Administrativa con radicado No. 2011-00003-00 solicitada por el abogado Luis Alfonso Lora Pinzón contra el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI18. • Acuerdo No. PSAA09-5679 del 18 de marzo de 2009, de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura19. • Acuerdo No. PSAA10-6577 del 19 de febrero de 2010, de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura20. • Acuerdo No. PSAA11-7802 del 25 de febrero de 2011, de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura21. • Acuerdo No. PSAA11-9065 del 16 de diciembre de 2011, de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura22. • Acuerdo No. PSAA11-9366 del 29 de marzo de 2012, de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura23. • Acuerdo No. 118 del 23 de noviembre de 2012, de la Sala
Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca24. • Acuerdo No. PSAA13-9809 del 11 de enero de 2013, de la Sala 17 Páginas 31-35 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 18 Páginas 36-46 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 19 Páginas 48-49 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 20 Página 50 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 21 Páginas 51-53 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 22 Páginas 54-55 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 23 Páginas 56-58 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 24 Páginas 59-61 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. Pági na 8 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura25.
- Acuerdo No. PSAA13-9842 del 19 de febrero de 2013, de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura26. • Acuerdo No. 89 del 24 de agosto de 2011, de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca27. • Circular sin número legible, dirigida a los funcionarios y empleados especialidad civil cuyo asunto es encuentro salud ocupacional28. • Acuerdo No. 45 del 2 de mayo de 2012, de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la judicatura del Valle del Cauca29. • Acuerdo No. 41 del 31 de mayo de 2013, de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la judicatura del Valle del Cauca30. • Circular No. 63 de fecha 2 de agosto de 2013, dirigida para los Juzgados Civiles del Circuito y Civiles Municipales de Cali cuyo asunto es entrega de procesos Acuerdo PSAA13-9962, fecha límite para entrega jueves 8 de agosto de 201331. • Circular No. 66 de fecha 6 de agosto de 2013, dirigida para los Juzgados Civiles del Circuito y Civiles Municipales de Cali32. • Acuerdo No. 04 del 9 de enero de 2014, de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle
25 Páginas 62-64 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 26 Páginas 65-66 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos.
27 Páginas 67-68 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 28 Página 69 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 29 Página 70 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 30 Página 71 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 31 Página 72 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 32 Página 73 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. Pági na 9 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación del Cauca33. • Acuerdo No. 11 del 24 de enero de 2014, de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca34. • Acuerdo No. 60 del 9 de julio de 2014, de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca35. • Acuerdo No. 096 del 21 de septiembre de 2011, de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca36.
- Acuerdo No. 54 del 16 de julio de 2013, de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca37. • Resolución No. 360 del 1 de julio de 2009, por la cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali concede un permiso al doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI durante el 3 de julio de esa anualidad38. • Resolución No. 400 del 15 de julio de 2009, por la cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali concede un permiso al doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, durante los días 16 y 17 de julio de esa anualidad39. • Resolución No. 704 del 30 de noviembre de 2009, por la cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali concede un
33 Páginas 75-76 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 34 Páginas 77-78 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 35 Páginas 79-80 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 36 Páginas 81-83 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos.
37 Páginas 84-85 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 38 Página 86 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 39 Página 87 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. Página 10 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación permiso al doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, durante el 5 de noviembre de esa anualidad40. • Resolución No. 032 del 9 de febrero de 2010, por la cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali concede un permiso al doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, durante el 12 de febrero de esa anualidad41. • Permiso No. 352 del 21 de junio de 2012, concedido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali al doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, durante el 22 de ese mismo mes y año42. • Permiso No. 435 del 26 de julio de 2012, concedido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali al doctor RAMIRO
ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, durante el 2 de agosto de esa anualidad43. • Permiso No. 632 del 4 de octubre de 2012, concedido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali al doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, durante el 5 de octubre de esa anualidad44. • Permiso No. 2017-72-73 del 25 de enero de 2017, concedido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali al doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI, durante el 27 de enero de esa 40 Página 88 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 41 Página 89 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 42 Página 90 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 43 Página 91 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 44 Página 92 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. Página 11 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01
Funcionarios en apelación anualidad45. • Oficio de fecha febrero 24 de 2010, de la Presidencia del Tribunal Superior de Cali sobre la designación del doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, como Clavero para las elecciones de Congreso del año 2010 y su respectiva certificación46. • Oficio de fecha mayo 14 de 2010, de la Presidencia del Tribunal Superior de Cali sobre la designación del doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO como Clavero para las elecciones de Presidente y Vicepresidente del año 2010 (primera y segunda vuelta), y su respectiva certificación47. • Oficio de fecha 13 de febrero de 2014, de la Presidencia del Tribunal Superior de Cali sobre la designación del doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO como Clavero para las elecciones de Congreso del año 2014 y su respectiva certificación48. • Oficio de fecha 19 de septiembre de 2016, de la Presidencia del Tribunal Superior de Cali sobre la designación del doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO como escrutador para las votaciones del plebiscito del 02 de octubre de 2016, y su respectiva certificación49. • Oficio de fecha 18 de noviembre de 2016, del Secretario de la Comisión Seccional Interinstitucional de la Rama Judicial sobre la designación del doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO como Jurado en las elecciones del representante de 45 Página 93 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos.
46 Páginas 94-95 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 47 Páginas 96-98 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 48 Páginas 99-100 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 49 Páginas 101-102 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. Página 12 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación funcionarios y empleados ante esa Comisión, realizadas el día 2 de diciembre de dicho año50. • Oficio de fecha 17 de noviembre de 2017, de la Presidencia del Tribunal Superior de Cali sobre la designación del doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO como escrutador para las elecciones de Jueces de Paz y de Reconsideración a realizarse el 26 de noviembre de ese año y su respectiva certificación51. • Oficio de fecha 22 de febrero de 2018, de la Presidencia del Tribunal Superior de Cali sobre la designación del doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO como escrutador para las elecciones de Congreso del año 2018 y su respectiva certificación52. • Oficio de fecha 11 de mayo de 2018, de la Presidencia del Tribunal Superior de Cali sobre la designación del doctor
RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO como escrutador para las elecciones de Presidente y Vicepresidente del año 2018 (primera y segunda vuelta), y su respectiva certificación53. • Certificaciones expedidas por la registraduría nacional del estado en las que consta que el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO fungió como escrutador el 17 de junio de 201854 y el 26 y 27 de agosto de 201855 • Resoluciones Nos. 01, 002, 003, 004, 005, 006, 007, 009, 01, 013, 014, 015, 016, 018, 019, 020, 021,022 y 023 todas del año 50 Páginas 103 y 104 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 51 Páginas 105 y 106 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 52 Páginas 107 y 108 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 53 Páginas 109 y 110 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 54 Página 111 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 55 Página 112 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. Página 13 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación 2009, expedidas por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Cali56. • Resoluciones Nos. 02, 003, 004, 019, 020 y 022 todas del año 2010, expedidas por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Cali57. • Resoluciones Nos. 003, 005, 009, 017, 019, 022, 025 y 028 todas del año 2011, expedidas por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Cali58. • Resoluciones Nos. 011, 013, 25, 026, 027 y 028 todas del año 2012, expedidas por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Cali59. • Resolución No. 006 del año 2013 expedida por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Cali60. • Sentencia de fecha 12 de mayo de 2017 proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca dentro del expediente No. 201100136 adelantado contra el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI por queja promovida por la señora Amanda Bravo de Reina61. • Providencia de fecha 16 de diciembre de 2016, proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la 56 Páginas 113-133 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al
pliego de cargos. 57 Páginas 134-139 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 58 Páginas 140-150 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 59 Páginas 151156 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 60 Páginas 157-158 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 61 Páginas 159-197 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. Página 14 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01 Funcionarios en apelación Judicatura del Valle del Cauca dentro del expediente No. 76 001 11 01 000 2011 02132 00 adelantado contra el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI62. • Sentencia No. 071 de fecha agosto 8 de 2012, proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca dentro del expediente No. 201002271 adelantado contra el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE
CALI63. • Sentencia de fecha 14 de julio de 2014, proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca dentro del expediente No. 201002034 adelantado contra el doctor RAMIRO ELÍAS POLO CRISPINO, en su calidad de JUEZ 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE
CALI64.
11. Por auto del 10 de febrero de 2021, el Magistrado ponente dispuso incluir en el acervo probatorio los documentos que aportó el disciplinable y decretó la práctica de las pruebas solicitadas por este65.
12. Mediante oficio CSJVAO 18-939 del 31 de julio de 2018, la presidencia del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca (i) informó las medidas de descongestión adoptadas para
62 Páginas 199-219 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 63 Páginas 222-229 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 64 Páginas 230-259 del archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\12. respuesta del disciplinable al pliego de cargos. 65 Archivo digitalizado76001110200020170268701\01primerainstancia\15. auto accede pruebas. Página 15 | 48
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Radicado No. 760011102000 201702687 01
Funcionarios en apelación los juzgados civiles del circuito de Cali entre los años 2011 y 2013, y las vigilancias judiciales administrativas realizadas al
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