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CNDJ - F11001010200020170129400ADJUNTA20210503084841-2021

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Detalles

Título
CNDJ - F11001010200020170129400ADJUNTA20210503084841-2021
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
2021

COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL

Bogotá D. C., veintiocho (28) de abril de dos mil veintiuno (2021) Magistrado Ponente Dr. JULIO ANDRÉS SAMPEDRO ARRUBLA Radicación No. 11001010200020170129400 Aprobado Según Acta No. 023 de la misma fecha.

1. ASUNTO A DECIDIR La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en ejercicio de sus competencias consignadas en el artículo 257A de la Constitución Política de Colombia, procede a decidir la manifestación de impedimento del magistrado MAURICIO FERNANDO RODRÍGUEZ TAMAYO para conocer del proceso disciplinario seguido contra el abogado CHRISTIAN EDUARDO PINZÓN ORTÍZ a quien ya se le formularon cargos el 9 de diciembre de 2020, por presuntamente infringir los deberes previstos en los numerales 1 y 2 del artículo 153 de la Ley 270 de 1996, al desconocer los artículos 20, 128 y 129 de la Ley 734 de 2002 a título de culpa grave.

2. ACTUACIÓN PROCESAL Repartido el asunto de la referencia en la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, correspondió su conocimiento al Magistrado MAURICIO FERNANDO RODRÍGUEZ TAMAYO, según acta del 18 de febrero del año 2021.

Según constancia secretarial de 21 de abril de 2021, pasa al despacho de quien hoy funge como ponente en la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, para el pronunciamiento que corresponde. P á g i n a 1 | 4

COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL

M.P. DR. JULIO ANDRÉS SAMPEDRO ARRUBLA

Radicación No. 11001010200020170129400

Referencia: FUNCIONARIO ÚNICA INSTANCIA

3. CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN De acuerdo con lo manifestado por el Magistrado MAURICIO FERNANDO RODRÍGUEZ TAMAYO, el 18 de marzo de 2021, la secretaria de la Comisión recibió un memorial suscrito por el apoderado del disciplinable, en el que nombra como apoderado suplente al doctor

LUIS CARLOS TERRAGROSA DIAZGRANADOS.

Mediante auto del 21° de abril del presente año, el Magistrado manifiesta estar incurso en la causal de impedimento contenida en el numeral 5º del artículo 85 de la Ley 734 de 2002, toda vez que tiene una amistad íntima con el apoderado suplente el doctor LUIS CARLOS TORREGROZA DIAZGRANADOS dentro del proceso disciplinario en contra del señor

CHRISTIAN EDUARDO PINZÓN ORTÍZ.

Para la Comisión Nacional de Disciplina Judicial la solicitud hecha por el Magistrado Rodríguez se sustenta en el numeral 5 artículo 84 de la Ley 734 de 2002, que reza lo siguiente: ARTÍCULO 84. CAUSALES DE IMPEDIMENTO Y RECUSACIÓN. Son causales de impedimento y recusación, para los servidores públicos que ejerzan la acción disciplinaria, las siguientes:

5. Tener amistad íntima o enemistad grave con cualquiera de los sujetos procesales.

La manifestación de impedimento del Magistrado MAURICIO FERNANDO RODRÍGUEZ TAMAYO encuentra asidero legal en la norma

mencionada en precedencia. P á g i n a 2 | 4

COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL

M.P. DR. JULIO ANDRÉS SAMPEDRO ARRUBLA

Radicación No. 11001010200020170129400

Referencia: FUNCIONARIO ÚNICA INSTANCIA La Comisión considera que al ser tramitada y concedida la solicitud del impedimento se protegerá al disciplinable con una administración de justicia imparcial como elemento fundamental del derecho constitucional al debido proceso.

En mérito de lo expuesto, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en uso de sus facultades constitucionales y legales, RESUELVE: PRIMERO: ACEPTAR el impedimento manifestado por el Magistrado MAURICIO FERNANDO RODRIGUEZ TAMAYO y, en consecuencia, separarlo del conocimiento del presente proceso disciplinario, con fundamento en las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: COMUNICAR lo decidido al Magistrado cuyo impedimento se acepta.

TERCERO: Cumplidas las comunicaciones y anotaciones de rigor, de inmediato pasará el expediente al despacho, para disponer lo que en derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

JULIO ANDRÉS SAMPEDRO ARRUBLA Presidente P á g i n a 3 | 4

COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL

M.P. DR. JULIO ANDRÉS SAMPEDRO ARRUBLA

Radicación No. 11001010200020170129400

Referencia: FUNCIONARIO ÚNICA INSTANCIA

DIANA MARINA VÉLEZ VÁSQUEZ

Vicepresidente

MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS

Magistrada

ALFONSO CAJIAO CABRERA

Magistrado

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA

Magistrado

MAURICIO FERNANDO RODRÍGUEZ TAMAYO

Magistrado YIRA LUCIA OLARTE ÁVILA Secretaria P á g i n a 4 | 4

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