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CNDJ - F11001080200020230021800

Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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Título
CNDJ - F11001080200020230021800
Autor
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL

Bogotá D.C., cinco (05) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Magistrada Ponente: MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202300218 00 Aprobado según Acta No. 04 de la fecha. Subsala N° 01

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Se procede a evaluar el mérito de la investigación disciplinaria ordenada mediante providencia del 28 de agosto de 20 231, dentro de las presentes diligencias seguidas contra los doctores John William Sotomonte Rodríguez, Carlos Humberto Palomino Chaparro, Jorge Enrique Carvajal Hernández, Azucena Malaguera Tarazona, Susana Eugenia Ramón Rojas y Gilberto Iván Villarreal Pava, en su calidad de Fiscales Delegados ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga.

HECHOS

Dio origen a este asunto, la remisión que se hizo el 24 de febrero de 2023, del memorial de la señora Luz Marcela Salazar Betancur, quien como como representante legal de Inversiones Pérez Taborda y Cía. Ltda. Pérez Taborda Ltda. en reorganización, solicitó se investigara la presunta demora de los Fiscales Delegados ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga en adelantar el proceso penal que

1 Archivo digital titulado “24 APERTURA DE INVESTIGACION”República de Colombia Rama Judicial

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M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS

1 Archivo digital titulado “24 APERTURA DE INVESTIGACION”República de Colombia Rama Judicial

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se seguía en contra de distintos empleados del Fondo para el financiamiento del sector agropecuario Finagro, por el delito de falsedad ideológica en documento público, concusión y fraude procesal, en tanto, pese a que se radicó la denuncia en el año 2013, tan solo se formuló auto de imputación hasta el 5 de septiembre de 2018, sin que en ese interregno, los fiscales que estuvieron a cargo del asunto, dieran celeridad al trámite judicial.

Adicionalmente, señaló que desde dicha calenda hasta la fecha de radicación del escrito de queja, el 30 de enero de 2023, los funcionarios judiciales continuaron inactivos, pues la quejosa afirmó “ luego de la audiencia, se procedió a imputar cargos (5 de septiembre de 2018), llevamos más de 4 años desd e que se dio la imputación y estamos en juicio y se han realizado aproximadamente 5 audiencias en todos estos años. Los delitos de este proceso están próximos a prescribir”.

De otra parte, se tiene que, en la carpeta “ 12 AL PARECER MISMOS HECHOS”, se encuentra la remisión por competencia que la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Santander, hizo del proceso disciplinario No. 2023 -0317, donde se denota que su origen

HECHOS”, se encuentra la remisión por competencia que la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Santander, hizo del proceso disciplinario No. 2023 -0317, donde se denota que su origen corresponde a un escrito de referencia “ DERECHO DE PETICIÓN – S.O.S. JUSTICIA ”, también suscrito por la acá quejosa, señora Luz Marcela Salazar Betancur.

Al revisar su contenido, se advierte que es idéntico al escrito de queja que originó este radicado, por lo que habrá de entenderse incorporado a esta actuación.

ACONTECER PROCESALRepública de Colombia Rama Judicial

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1. De conformidad con lo consagrado en el acta individual de reparto del 13 de abril de 20232, le correspondió el conocimiento de las presentes diligencias a quien hoy funge como ponente.

2. El 9 de mayo siguiente3, se ordenó iniciar indagación previa con la finalidad de establecer la identidad de los inculpados, por lo que se

decretaron y recaudaron las siguientes pruebas:

-Oficio No. 51 del 11 de julio de 20234, a través del cual la doctora Nancy Liliana Barajas Peñaranda, Asistente de Fiscal III de la Fiscalía Cuarta delegada ante el Tribunal de Distrito, indicó que revisado el expediente físico y el sistema de información misional SPOA, se encontró que el

Liliana Barajas Peñaranda, Asistente de Fiscal III de la Fiscalía Cuarta delegada ante el Tribunal de Distrito, indicó que revisado el expediente físico y el sistema de información misional SPOA, se encontró que el proceso penal No. 680016008828201201862, el cual estaba en etapa de juicio oral ante el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Bucaramanga, estuvo a cargo de los siguientes fiscales:

-La Sección de Talento Humano de la Subdirección Regional de Apoyo Nororiental de la Fiscalía General de la Nación, mediante correo

2 Archivo digital titulado “02 11001080200020230021800 ACTA” 3 Archivo digital titulado “06 INDAGACION PREVIO” 4 Archivo digital titulado “08 RtaOficioSj.GABD-21498--InformeFiscalia--” Funcionario Dependencia Periodo de asignación Olga Rocío Correa Ardila Fiscal 5 Seccional de la Unidad delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Bucaramanga Del 11 de octubre de 2012 al 8 de octubre de 2014 John William Sotomonte Rodríguez Fiscal 01 delegado ante el Tribunal de Distrito de Bucaramanga Del 9 de octubre de 2014 al 22 de enero de 2015 Carlos Humberto Palomino Chaparro Fiscal 06 delegado ante el Tribunal de Distrito de Bucaramanga Del 22 de enero al 10 de marzo de 2015 Jorge Enrique Carvajal Hernández Fiscal 03 delegado ante el Tribunal de Distrito de Bucaramanga

Del 10 de marzo de 2015 al 12 de abril de 2021 Azucena Malaguera Tarazona Fiscal 03 delegado ante el Tribunal de Distrito de Bucaramanga

Distrito de Bucaramanga

Del 10 de marzo de 2015 al 12 de abril de 2021 Azucena Malaguera Tarazona Fiscal 03 delegado ante el Tribunal de Distrito de Bucaramanga Susana Eugenia Ramón Rojas Fiscal 05 delegado ante el Tribunal de Distrito de Bucaramanga Del 12 de abril de 2021 al 17 de marzo de 2023 Gilberto Iván Villarreal Pava Fiscal 04 delegado ante el Tribunal de Distrito de Bucaramanga Del 17 de marzo de 2023 a la fechaRepública de Colombia Rama Judicial

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electrónico del 31 de julio de 2023 5, remitió resoluciones de nombramiento y copia de actas de posesión correspondientes a los funcionarios que conocieron del proceso penal No. 2012 -01862, en su condición de Fiscales Delegados ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga.

-El 8 de agosto de 2023 6, el Fiscal John William Sotomonte Rodríguez se pronunció al respecto:

Indicó que, mediante Resolución No. 1709 del 1º de octubre de 2014, el Fiscal General de la Nación dispuso variar la asignación de la investigación No. 680016008828 2012 01862 a la Unidad Delegada ante el Tribunal de Bucaramanga, correspondiéndole el 15 de octubre de 2014, el conocimiento por reparto a la Fiscalía 01.

680016008828 2012 01862 a la Unidad Delegada ante el Tribunal de Bucaramanga, correspondiéndole el 15 de octubre de 2014, el conocimiento por reparto a la Fiscalía 01.

Narró que el 26 de diciembre de 2014, asumió el cargo de Fiscal Primero Delegado ante el Tribunal Superior de Bucaramanga y el 19 de enero de 2015 solic itó a la Dirección Seccional de Santander la declaratoria de impedimento para conocer las actuaciones correspondientes a dicha investigación, conforme a las causales 4 y 6 del artículo 56 del C.P.P., de tal manera que, con Resolución No. 029 del 20 de enero de 2015, se declaró fundado el impedimento y se ordenó la redistribución del caso siendo asignado el 22 de enero de 2015 a la Fiscalía 06.

Para el efecto, el funcionario allegó: (i) la declaratoria de impedimento que presentó el 19 de enero de 2015 y ( ii) la Resolución No. 29 del 20 de enero de 2015, por medio de la cual el Director Seccional de Santander resolvió declarar fundado el impedimento planteado por el Fiscal Primero Delegado ante el Tribunal Superior del Distrito de Bucaramanga y , por ende, ordenó la redistribución del asunto entre los Fiscales de la Unidad Delegada ante el Tribunal de Distrito de Bucaramanga.

-Por medio de escrito del 9 de agosto de 2023 7, la Fiscal Azucena Malaguera Tarazona, informó que: Llegó a la Fiscalía Delegada ant e el Tribunal Superior de Bucaramanga con Resolución de traslado No. 1993 del 13 de septiembre de 2016 y, en Resolución

Malaguera Tarazona, informó que: Llegó a la Fiscalía Delegada ant e el Tribunal Superior de Bucaramanga con Resolución de traslado No. 1993 del 13 de septiembre de 2016 y, en Resolución No. 260 del 21 de septiembre de 2016, le fue asignado el despacho de la Fiscalía

5 Archivo digital titulado “11Calidades” 6 Archivo digital titulado “21 MemorialDr.jhonWilliamSotomonteRodriguez” 7 Archivo digital titulado “22 MemorialDraAzucenaMalagueraTarazona”República de Colombia Rama Judicial

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Tercera Delegada ante el Tribunal Superior de Bucaramanga y San Gil. Señaló que, del 7 de enero al 6 de febrero de 2017 tuvo un periodo de vacaciones y, el 15 de febrero del mismo año, solicitó ante el Centro de Servicios Judiciales de Bucaramanga la preclusión del proceso No. 2012-01862.

Contó que el 23 de marzo de 2017, se llevó a cabo una reunión con el investigador del CTI , Óscar Javier Bernal , para evaluar algunos informes de Policía Judicial rendidos al interior de dicho asunto, el cual, afirmó, para esa época constaba de 4 cuadernos originales de 359, 184, 238 y 281 folios más 22 anexos.

Respecto de la audiencia de preclusión que fue programada en varias oportunidades por el Juzgado Quinto del Circuito de Bucaramanga, expuso el

cuadernos originales de 359, 184, 238 y 281 folios más 22 anexos.

Respecto de la audiencia de preclusión que fue programada en varias oportunidades por el Juzgado Quinto del Circuito de Bucaramanga, expuso el siguiente acontecer:

  • 27 de junio de 2017: compareció a la audiencia, pero n o se realizó por la inasistencia de uno de los indiciados y su abogado. - 21 de noviembre de 2017: No se llevó a cabo. - 16 de abril de 2018: No se adelantó por cuanto no compareció uno de los defensores. - 21 de junio de 2018: Se realizó la diligencia en la que se negó la solicitud.

Dijo que, el 26 de junio de 2018, presentó en el Centro de Servicios Judiciales formato de solicitud de imputación, por lo que para el 12 de julio del mismo año se tenía audiencia de imputación, la cual no se realizó porque no as istieron los indiciados ni sus defensores ; en consecuencia, el 2 de agosto de esa anualidad, presentó una nueva solicitud, así que se programó diligencia para el 5 de septiembre de 2018, en la que se formuló imputación.

Narró que, el 30 de noviembre de 2018, presentó escrito de acusación, que el 10 de diciembre de esa anualidad asistió a audiencia de solicitud de medida de aseguramiento elevada por el apoderado de las víctimas, pero no se realizó por inasistencia de uno de los defensores. El 8 de febrero de 2019, se realizó audiencia de solicitud de medida de aseguramiento elevada por el apoderado de víctimas, la cual fue negada y apelada.

inasistencia de uno de los defensores. El 8 de febrero de 2019, se realizó audiencia de solicitud de medida de aseguramiento elevada por el apoderado de víctimas, la cual fue negada y apelada.

Refirió que, el 11 de febrero de 2019, asistió a la audiencia programada por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito y se formuló acusación; el 10 de junio del mismo año se continuó con la diligencia, luego, el 10 de octubre de esa anualidad, compareció a audiencia preparatoria, pero no se realizó. Señaló que el 23 de enero de 2020, asistió a la audiencia preparatoria; luego se programó su continuación para el 16 de abril de ese año, pero no se realizó por confinamiento de la pandemia Covid 19; el 30 de octubre de 2020 se llevó a cabo la vista pública de manera virtual, donde hizo las solicitudes probatorias.República de Colombia Rama Judicial

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Explicó que en diciembre de 2020 hubo vacaciones colectivas y una vez culminaron en el mes de enero de 2021, dejó de laborar en la Fiscalía General de la Nación para disfrutar de su pensión. Resaltó que, una vez se elevaron las solicitudes de preclusión como de imputación, el trámite corresponde a los jueces y depend ía de la agenda de los entes judiciales.

Por último, solicitó se incorporaran a la actuación: (i) proceso de radicado No. 2012preclusión como de imputación, el trámite corresponde a los jueces y depend ía de la agenda de los entes judiciales.

Por último, solicitó se incorporaran a la actuación: (i) proceso de radicado No. 201201862 que se encuentra en la Fiscalía Delegada ante el Tribunal S uperior de Bucaramanga, (ii) las actas de audiencias y CDS que reposan en el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Bucaramanga y la Coordinación de los Jueces de Garantías, (iii) las resoluciones de permiso y vacaciones que como Fiscal obtuvo desde el 21 de septiembre de 2016, y (iv) la Resolución No. 0260 del 21 de septiembre de 2016, a través de la cual se le asignó el despacho y la carga laboral en la ciudad de Bucaramanga.

3. El 28 de agosto de 20238, se dispuso la apertura de investigación disciplinaria contra los doctores John William Sotomonte Rodríguez, Carlos Humberto Palomino Chaparro, Jorge Enrique Carvajal Hernández, Azuce na Malag uera Tarazona, Susana Eugenia Ramón Rojas y Gilberto Iván Villarreal Pava, en su condición de Fiscales Delegados an te el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga. Etapa en la cual se decretaron y recaudaron los siguientes medios de convicción que interesan a la actuación:

  • El 30 de agosto de 2023 9, la Subdirección Regional de Apoyo Nororiental de la Fiscalía General de la Nación, anexó los reportes de salarios devengados desde el año 2016 al año 2023, por los Fiscales Delegados ante el Tribunal Superior de Bucaramanga, doctores John

Nororiental de la Fiscalía General de la Nación, anexó los reportes de salarios devengados desde el año 2016 al año 2023, por los Fiscales Delegados ante el Tribunal Superior de Bucaramanga, doctores John William Sotomonte Rodríguez, Carlos Humberto Palomino Chaparro, Jorge Enrique Carvajal Hernández, Azucena Malaguera Tarazona, Susana Eugenia Ramón Rojas y Gilberto Iván Villarreal Pava.

8 Archivo digital titulado “24 APERTURA DE INVESTIGACION” 9 Archivo digital titulado “35 RtaOficioSj.GABD-31644-AnexosenCarpetaN°36”República de Colombia Rama Judicial

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También puso de presente que e l doctor Jorge Enrique Carvajal Hernández labor ó hasta el día 9 septiembre de 2016 , l a doctora Azucena Malaguera Tarazona hasta el día 10 de enero de 2023 (sic) y la doctora Susana Eugenia Ramón Rojas hasta el día 10 de enero de año 2023.

Adicionalmente, se anexó r eporte de ausencias, desde el año 2016 al año 2023, de algunos disciplinables, de los cuales resulta del caso resaltar:

Dra. Azucena Malaguera Tarazona10 NOVEDAD FECHA INICIO FECHA FIN DÍAS Incapacidad enfermedad general 31/01/2018 02/02/2018 3

resaltar:

Dra. Azucena Malaguera Tarazona10 NOVEDAD FECHA INICIO FECHA FIN DÍAS Incapacidad enfermedad general 31/01/2018 02/02/2018 3 Sueldo vacaciones 20/12/2018 10/01/2019 21 Sueldo vacaciones 20/12/2019 10/01/2020 22 Sueldo vacaciones 20/12/2020 20/12/2020 22

Dr. Gilberto Iván Villarreal Pava11 NOVEDAD FECHA INICIO FECHA FIN DÍAS Sueldo vacaciones 20/12/2022 10/01/2023 22 Permiso remunerado 23/05/2023 23/05/2023 1

Dra. Susana Eugenia Ramón Rojas12 NOVEDAD FECHA INICIO FECHA FIN DÍAS Incapacidad enfermedad general 19/10/2021 20/10/2021 2 Incapacidad enfermedad general 21/10/2021 21/10/2021 1 Permiso remunerado 05/11/2021 05/11/2021 1 Sueldo vacaciones 20/12/2021 10/01/2022 22 Permiso remunerado 18/10/2022 18/10/2022 1 Permiso remunerado 28/11/2022 29/11/2022 2 Sueldo vacaciones 20/12/2022 10/01/2023 22

  • El 1º de septiembre de 2023 13, el Fiscal Carlos Humberto Palomino Chaparro rindió versión libre, y expuso que: En el año 2014 se desempeñó como Fiscal Primero Delegado ante el Tribunal

Superior de Bucaramanga encargado, Fiscal Tercero Seccional de Estructuras de

Chaparro rindió versión libre, y expuso que: En el año 2014 se desempeñó como Fiscal Primero Delegado ante el Tribunal Superior de Bucaramanga encargado, Fiscal Tercero Seccional de Estructuras de Apoyo y Coordinador de la Unidad de Estructuras de Apoyo, advirtió que la Fiscalía

10 Carpeta digital titulada “36AnexosRtaOficioSj.GABD-31644”, “REPORTE AUSENTISMO-AZUCENA MALAGUERA TARAZONA” 11 Carpeta digital titulado “36AnexosRtaOficioSj.GABD-31644”, “REPORTE AUSENTISMO-GILBERTO IVÁN VILLARREAL PAVA” 12 Carpeta digital titulado “36AnexosRtaOficioSj.GABD-31644”, “REPORTE AUSENTISMO-SUSANA EUGENIA RAMON ROJAS” 13 Archivo digital titulado “37 MemorialDrCarlosHumbertoPalimonoChaparro”República de Colombia Rama Judicial

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Delegada ante el Tribunal Superior arrastraba una carga laboral atrasada y el segundo despacho contaba con una carga laboral aproximada de 1.200 investigaciones por los delitos de homicidio en diferen tes modalidades – culposos, dolosos y preterintencionales.

Indicó que, el 15 de octubre de 2014, le fue asignada la indagación 680016008828 2012 01862. Refirió que, durante el tiempo que tuvo bajo su responsabilidad dicha

dolosos y preterintencionales.

Indicó que, el 15 de octubre de 2014, le fue asignada la indagación 680016008828 2012 01862. Refirió que, durante el tiempo que tuvo bajo su responsabilidad dicha actuación, esto es, dos meses y diez días, sostuvo reuniones con los apoderados de las víctimas a quienes les comentó que estaba recaudando elementos materiales probatorios para solicitar audiencia de formulación de imputación, sin embargo, su encargo culminó el 25 de diciembre de 2014.

  • A través de correo electrónico del 4 de septiembre de 202 3, Martha Milena Rojas Ramírez, en su calidad Oficial Mayor del Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Bucaramanga, indicó que dentro del proceso penal identificado con el radicado No. 68001600882820120186200 que se adelantó en contra de Justo Guillermo Rojas Arias y Julio César Arnedo González, por su participación en el punible de falsedad ideológica en documento público, concusión y fraude procesal, se constató que este último inició luego de que , en fase investigativa adelantada por la Fiscalía Tercera Delegada ante el Tribunal Superior de Bucaramanga , el 5 de septiembre de 2018 les formul ó imputación ante el Juzgado Trece Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bucaramanga, y se radicó posteriormente, el 30 de noviembre de 2018, el escrito de acusación.

Señaló que, el 3 de diciembre de 2018, les fue asignado el conocimiento del investigativo, instalándose audiencia de acusación el 11 de febrero de 2019, la cual se suspendió a solicitud de la fiscalía, así que se llevó

Señaló que, el 3 de diciembre de 2018, les fue asignado el conocimiento del investigativo, instalándose audiencia de acusación el 11 de febrero de 2019, la cual se suspendió a solicitud de la fiscalía, así que se llevó a cabo el 10 de junio de 2019.

Indicó que, en sesiones del 23 de enero, 30 de octubre de 2020, 23 de septiembre, 13 de octubre, 6 de diciembre de 202 1, 8 de febrero y 25República de Colombia Rama Judicial

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de mayo de 2022, se realizó la audiencia preparatoria, se dio inicio al juicio oral el 21 de junio de 2022 y continuó las sesiones los días 29 de septiembre de 2022 y 23 de agosto de 2023, siendo la última la que, para ese momento, se encontraba en espera para su realización, en tanto, se programó para el 13 de septiembre de 2023 a partir de las 8:30 a.m.

Adicionalmente, se remitió el link de acceso al proceso penal No. 201201862 NI 69717 que, por los delitos de falsedad ideológica en documento público, concusión, fraude procesal, se siguió contra Justo Guillermo Rojas Arias y Julio César Arnedo González.

  • Por medio del oficio No. 98 de 5 de septiembre de 2023 14, el Fiscal

documento público, concusión, fraude procesal, se siguió contra Justo Guillermo Rojas Arias y Julio César Arnedo González.

  • Por medio del oficio No. 98 de 5 de septiembre de 2023 14, el Fiscal John William Sotomonte Rodríguez indicó que el período en el que tuvo asignado el conocimiento del mentado proceso penal en la Fiscalía Primera Delegada ante el Tribunal, fue desde el 15 de octubre de 2014 al 20 de enero de 2015, y comentó que asumió la titularidad del Despacho el 26 de diciembre de 2014.
  • El 24 de noviembre de 2023 15, el doctor Héctor Augusto Lozada Aguilar, empleado adscrito a Gestión Misional de la Dirección Seccional de Santander de la Fiscalía General de la Nación, allegó información respecto a cada año de las actuaciones relevantes almacenadas en el SPOA, totalizadas por mes y emitidas por la Fiscalía 3 ª, 4ª y 5ª de la Unidad Delegada ante Tribunal de Bucaramanga; aclaró que respecto de la funcionaria Azucena Malaguera Tarazona, se enviaron datos con corte a diciembre de 2020, en tanto renunció a partir del 11 de enero de

14 Archivo digital titulado “41 MemorialDrJhonWilliamSotomontoRodriguezf” 15 Archivo digital titulado “43 RtaOficioSj.GABD-42158_Parte_1-AnexoenCarpetaN°44f”República de Colombia Rama Judicial

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Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA

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2021, y respecto a la doctora Susana Eugenia Ramón, con corte a diciembre de 2022, porque lo hizo a partir del 11 de enero de 2023.

Así, se allegaron varios consolidados, de los que resulta del caso resaltar:

Cuenta de Número Noticia Total 201916

Etiquetas de fila UNIDAD ANTE EL TRIBUNAL DE DISTRITO JUDICIAL - BUCARAMANGA FISCALIA 03-TRIBUNAL 75

Archivo por conducta atípica (aplica al indiciado) art.79 c.p.p 9 Archivo por inexistencia del hecho art 79. c.p.p 3 Audiencia de formulación de acusación 2 Audiencia de juicio oral 6 Audiencia preparatoria 26 Autoriza búsqueda selectiva en bases de datos 2 Inactivado para acumulación conexidad procesal 5 Preclusión (ejecutoriada) - extinción de la acción penal por muerte del indiciado o imputado 1 Revoca medidas de aseguramiento 2 Sentencia absolutoria por acusación directa (ejecutoriada) 1 Solicitud de audiencia preliminar 2 Suspensión del juicio oral 16

FISCALIA 04-TRIBUNAL 110

Archivo por conducta atípica art.79 c.p.p 9 Archivo por inexistencia del hecho art 79. c.p.p 1

AUDIENCIA CONCENTRADA 2

Audiencia de dosificación de la pena y sentencia 2

Archivo por conducta atípica art.79 c.p.p 9 Archivo por inexistencia del hecho art 79. c.p.p 1

AUDIENCIA CONCENTRADA 2

Audiencia de dosificación de la pena y sentencia 2 Audiencia de formulación de acusación 4 Audiencia de juicio oral 33 Audiencia preparatoria 12 Dispone detención domiciliaria 1 Escrito de acusación directo - no cobija a todos los imputados - (ruptura) 3 Formulación de la imputación 6 Inactivado para acumulación conexidad procesal 2 Preclusión (ejecutoriada) - atipicidad del hecho investigado 1 Preclusión (ejecutoriada) - extinción de la acción penal por muerte del indiciado o imputado 2 Preclusión (ejecutoriada) - imposibilidad de continuar el ejercicio de la acción penal 1 Preclusión (ejecutoriada) - inexistencia del hecho investigado 1 Presentación del caso 1 Sale a delegada corte suprema de justicia 1 Sale a fiscal de conocimiento 1

16 Carpeta digital titulada “44 AnexoRtaParte_1”, “SPOA ACTUACIONES RELEVANTES 2019ENE-DIC”República de Colombia Rama Judicial

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Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA

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Sale a fiscalía seccional 4 Sentencia condenatoria por acusación directa (apelada) 1 Sentido del fallo 1 Solicitud de Audiencia de Formulación de Imputación 13

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Sale a fiscalía seccional 4 Sentencia condenatoria por acusación directa (apelada) 1 Sentido del fallo 1 Solicitud de Audiencia de Formulación de Imputación 13 Solicitud de imposición de medidas de aseguramiento 3 Solicitud preclusión - imposibilidad de continuar con el ejercicio de la acción penal 5

FISCALIA 05-TRIBUNAL 40

Activado por otra causa 1 Archivo por conducta atípica art.79 c.p.p 5 Audiencia de juicio oral 5 Audiencia preparatoria 5 Escrito de acusación directo - cobija a todos los imputados 1 Inactivación de indiciado 4 Inactivado para acumulación conexidad procesal 5 Inactivar caso 1 Ruptura procesal por archivo - No cobija todos los imputados 5 Sale a fiscal de conocimiento 2 Sale a fiscalía local 1 Sale por competencia territorial 1 Sentido del fallo 1 Solicitud preclusión - atipicidad del hecho investigado 3 Total general 225

Cuenta de Número Noticia Total 202017

Etiquetas de fila UNIDAD ANTE EL TRIBUNAL DE DISTRITO JUDICIAL - BUCARAMANGA FISCALIA 03-TRIBUNAL 68

Archivo por conducta atípica (aplica al indiciado) art.79 c.p.p 11 Archivo por inexistencia del hecho art 79. c.p.p 3 Audiencia de juicio oral 30 Audiencia preparatoria 10 Inactivado para acumulación conexidad procesal 2 Preclusión (ejecutoriada) - atipicidad del hecho investigado 1

Audiencia de juicio oral 30 Audiencia preparatoria 10 Inactivado para acumulación conexidad procesal 2 Preclusión (ejecutoriada) - atipicidad del hecho investigado 1 Preclusión (ejecutoriada) - extinción de la acción penal por muerte del indiciado o imputado 3 Sale a fiscal de conocimiento 2 Sentencia absolutoria por acusación directa (ejecutoriada) 1 Suspensión del juicio oral 5

FISCALIA 04-TRIBUNAL 84

Archivo por conducta atípica art.79 c.p.p 15 Audiencia de formulación de acusación 4 Audiencia de juicio oral 22 Audiencia preparatoria 18 Escrito de acusación directo - no cobija a todos los imputados - (ruptura) 2 Formulación de la imputación 2

17 Carpeta digital titulada “46 AnexoRtaParte_2”, “SPOA ACTUACIONES RELEVANTES 2020ENE-DIC”República de Colombia Rama Judicial

COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010102000202300218 00

Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA

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Preacuerdos posteriores a la presentación de la acusación 1 Ruptura procesal cuando la decisión de terminación anticipada no cobija todos los procesados 1 Sale a fiscal de conocimiento 13 Sentencia condenatoria por acusación directa (ejecutoriada) 1 Solicitud de Audiencia de Formulación de Imputación 5

FISCALIA 05-TRIBUNAL 24

procesados 1 Sale a fiscal de conocimiento 13 Sentencia condenatoria por acusación directa (ejecutoriada) 1 Solicitud de Audiencia de Formulación de Imputación 5

FISCALIA 05-TRIBUNAL 24

Archivo por conducta atípica (aplica al indiciado) art.79 c.p.p 1 Archivo por conducta atípica art.79 c.p.p 10 Archivo por imposibilidad de encontrar o establecer el sujeto activo art. 79 c.p.p auto julio 5 de 2007 mp Yesid Ramírez Bastidas 1 Audiencia de juicio oral 1 Audiencia preparatoria 1 Formulación de la imputación 1 Inactivado para acumulación conexidad procesal 3 Preclusión (ejecutoriada) - atipicidad del hecho investigado 1 Preclusión (ejecutoriada) - existencia de causal que excluye responsabilidad 1 Sentencia condenatoria por acusación directa (ejecutoriada) 1 Solicitud preclusión - atipicidad del hecho investigado 3 Total general 176

Cuenta de Número Noticia Total 202118 Etiquetas de fila

UNIDAD ANTE EL TRIBUNAL DE DISTRITO JUDICIAL - BUCARAMANGA 188

FISCALIA 04-TRIBUNAL 104

Activado por otra causa 1 Archivo por conducta atípica (aplica al indiciado) art.79 c.p.p 1 Archivo por conducta atípica art.79 c.p.p 6 Archivo por inexistencia del hecho art 79. c.p.p 4 Audiencia de dosificación de la pena y sentencia 3 Audiencia de formulación de acusación 6 Audiencia de juicio oral 31 Audiencia preparatoria 21

Archivo por inexistencia del hecho art 79. c.p.p 4 Audiencia de dosificación de la pena y sentencia 3 Audiencia de formulación de acusación 6 Audiencia de juicio oral 31 Audiencia preparatoria 21 Escrito de acusación directo - no cobija a todos los imputados - (ruptura) 2 Formulación de la imputación 9 Inactivación de indiciado 1 Inactivado para acumulación conexidad procesal 2 Inactivar caso 1 Nulidad por violación a garantías fundamentales 1 Preclusión (ejecutoriada) - extinción de la acción penal por muerte del indiciado o imputado 1 Preclusión (ejecutoriada) - extinción por prescripción de la acción penal 1 Sale a fiscal de conocimiento 1

SALE DE DIRECCION ESPECIALIZADA A DIRECCION SECCIONAL 4

Solicitud de Audiencia de Formulación de Imputación 7

18 Carpeta digital titulada “46 AnexoRtaParte_2”, “SPOA ACTUACIONES RELEVANTES 2021ENE-DIC”República de Colombia Rama Judicial

COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010102000202300218 00

Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA

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Solicitud de preclusión por extinción de la acción penal por prescripción

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