CNDJ - F11001080200020230135300
Comisión Nacional de Disciplina Judicial
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Detalles
- Título
- CNDJ - F11001080200020230135300
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL
Bogotá D.C., diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Magistrada Ponente: MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202301353 00 Aprobado según Acta No. 05 de la fecha. Subsala N° 01
OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
Se procede a evaluar el mérito de la investigación disciplinaria ordenada mediante providencia del 19 de julio de 20241, dentro de las presentes diligencias seguidas en contra de los doctores Hernán Suárez Delgado y José Gilberto Zuluaga Ocampo en calidad de Fiscales Delegados ante la Corte Suprema de Justicia.
HECHOS
Dio origen a este asunto, el memorial presentado por el señor Ángel Mier Blanquicet2, quien se identificó como veedor ciudadano, y solicitó investigar la presunta mora de la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, para impulsar el proceso penal 3 promovido en contra del se ñor Dumek Turbay Paz por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
1 Archivo digital titulado “21 APERTURA DE INVESTIGACION” 2 Carpeta digital titulada “01 QUEJA” 3 Noticia criminal No. 1300115008779202100109 adelantado contra el señor Dumek Turbay Paz por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.República de Colombia Rama Judicial
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cumplimiento de requisitos legales.República de Colombia Rama Judicial
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ACONTECER PROCESAL
1. De conformidad con lo consagrado en el acta individual de reparto del 20 de noviembre de 2023 4, le correspondió el conocimiento de las presentes diligencias a quien hoy funge como ponente.
2. En auto del 15 de febrero de 2024 5, se inició indagación previa, con la finalidad de establecer la identidad de los inculpados. En esta etapa
se obtuvo:
- El doctor Hernán Suárez Delgado, Fiscal Cuarto Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, informó6 el 5 de abril de 2024 que el proceso penal promovido en contra del señor Dumek Turbay Paz le fue asignado como titular del despacho fiscal. Asimismo, lo c onoció el doctor José Gilberto Zuluaga como Fiscal Auxiliar Delegado ante la Corte Suprema de Justicia y la Fiscal de Apoyo Delegada ante los Jueces Penales del
Circuito, doctora Amanda Rodríguez Velásquez.
Así mismo, indicó que la investigación identifi cada con el CUI 130016008779202100109 fue asignada el 16 de mayo de 2022 a la Unidad Delegada ante la Corte Suprema de Justicia y el reparto ante la Fiscalía Cuarta se llevó a cabo el 20 de mayo siguiente. Narró que, a partir de esa fecha, conoció de la ac tuación el doctor José Gilberto
Unidad Delegada ante la Corte Suprema de Justicia y el reparto ante la Fiscalía Cuarta se llevó a cabo el 20 de mayo siguiente. Narró que, a partir de esa fecha, conoció de la ac tuación el doctor José Gilberto Zuluaga Ocampo hasta el 26 de abril de 2023, seguidamente, asumió el conocimiento de la indagación la Fiscal Seccional Amanda Rodríguez Velásquez.
4 Archivo digital titulado “02 11001080200020230135300 ACTA” 5 Archivo digital titulado “07 INDAGACION PREVIA” 6 Archivo digital titulado “10 RtaOficioSj09925-GABD-AnexoEnCarpetaN°011”República de Colombia Rama Judicial
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De otra parte, rindió un informe pormenorizado del proceso en comento, como a continuación se pasa a detallar:
“3.1. El 16 de mayo de 2022, el Señor Fiscal General de la Nación mediante Resolución 0 -0428 delegó el conocimiento de unas investigaciones a los Fiscales Delegados ante la Corte Suprema de Justicia, que por reparto corresponda. 3.2. El 18 de mayo de 2022, se asignó la indagación de la referencia a la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia. 3.3. El 20 de mayo de 2022, la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia recibió el encuadernamiento.
a la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia. 3.3. El 20 de mayo de 2022, la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia recibió el encuadernamiento. 3.4. El 24 de mayo de 2022, se emitió orden a policía judicial 7877031, donde se requirió la calidad foral entre otros del señor Dumek Turbay. 3.5. El 14 de septiembre de 2022, se recibió por parte de la Asistente del Despacho el Informe de Investigador de Campo FPJIC 0007579680 del 13 de septiembre de 2022. 3.6. El 27 de septiembre de 2022, se ordenó realizar análisis contractual teniendo como fundamento el informe 7579680. 3.7. El 3 de marzo de 2023, se recibió por parte de la Asistente del Despacho el Informe de Investigador de Campo FPJ -IC 0007975888 del 2 de marzo de 2023. 3.8. El 22 de marzo de 2023, se emitió orden a Policía Judicial 8959661 en donde se ordenó escuchar en diligencia de entrevista a varios testigos de los hechos, entre otras determinaciones. 3.9. El 18 de octubre de 2023, se realizó re unión con el ingeniero hidráulico con el fin de darle pautas relacionadas con el dictamen que se requiere se rinda relacionadas con el acueducto de Galerazamba.República de Colombia Rama Judicial
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3.10. El 4 de diciembre de 2023, se recibió por parte de la Asistente del Despacho el informe de investigador de campo FPJ -11 0008622066 de la misma fecha. 3.11. El 12 de diciembre de 2023, se emitió orden a Policía Judicial 9890848 en donde se ordenó obtener la documentación relacionada con los estudios de factibilidad económicos, financieros, di seños previos entre otros. (Ingeniero Humberto Enrique Silvera). 3.12. El 12 de diciembre de 2023, se emitió orden a Policía Judicial 9889076 en donde se ordenó determinar la capacidad financiera y organizacional de la única propuesta presentada entre otr os (Contador Luis Alberto Rodríguez Casallas). 3.13. El 24 de enero de 2024, se ordenó la compulsa de copias a la Unidad de Administración Pública de la Seccional Bolívar para que se investigue a los no aforados.”
Finalmente, aportó copia íntegra de las diligencias adelantadas bajo el CUI 130016008779202100109.
-El Departamento de Administración de Personal de la Fiscalía General de la Nación, mediante comunicación electrónica del 23 de abril de 20247, remitió los actos administrativos de los f uncionarios Hernán Suárez Delgado y José Gilberto Zuluaga Ocampo, junto a los datos de notificaciones.
de la Nación, mediante comunicación electrónica del 23 de abril de 20247, remitió los actos administrativos de los f uncionarios Hernán Suárez Delgado y José Gilberto Zuluaga Ocampo, junto a los datos de notificaciones.
- Posteriormente, el doctor José Gilberto Zuluaga Ocampo, Fiscal Cuarto Auxiliar Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, se pronunció mediante correo elect rónico del 30 de abril de 2024 8, y de
7 Archivo digital titulado “13 RtaOficioSj15265-GABD--Calidades” 8 Archivo digital titulado “18 MemorialDrJoseGilbertoZuluagaOcampo”República de Colombia Rama Judicial
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entrada, solicitó el archivo de las diligencias, al considerar que no existió mora en su actuación como fiscal de apoyo.
Indicó, que la indagación penal fue atendida inmediatamente, y se solicitó la asignación de un funcionario investigador. Al efecto, libró orden a Policía Judicial para recaudar los elementos materiales probatorios necesarios para decidir el trámite subsiguiente; sin embargo, de acuerdo con las pesquisas recaudadas, se requirió expedir una nueva orden.
Manifestó que, para el 1 ° de mayo de 2023, fecha en la cual se retiró pensionado de la entidad, se había recaudado un importante caudal probatorio, que era necesario someterlo a revisión de un perito de profesión ingeniero civil o arquitecto.
pensionado de la entidad, se había recaudado un importante caudal probatorio, que era necesario someterlo a revisión de un perito de profesión ingeniero civil o arquitecto.
3. Mediante proveído del 19 de julio de 2024 9, se dispuso a abrir investigación disciplinaria en contra de los doctores Hernán Suárez Delgado y José Gilberto Zuluaga Ocampo , en calidad de Fiscales Delegados ante la Corte Suprema de Justicia.
Etapa en la cual se decretaron y recaudaron los siguientes medios probatorios que interesan a la actuación:
-La doctora Sandra Milena Sierra Peñaloza del Departamento de Administración de Personal de la Fiscalía General de la Nación , mediante comunicación electrónica del 29 de julio de 202410, remitió las resoluciones de nombramiento, actas de posesión, direcciones,
9 Archivo digital titulado “21 APERTURA DE INVESTIGACION” 10 Archivo digital titulado “26 RtaOficioSj32944-GABD-DepAdministrativoPersonalFiscalia”República de Colombia Rama Judicial
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certificaciones laborales y los extractos con la información salarial de los doctores Hernán Suárez Delgado y José Gilberto Zuluaga Ocampo.
-Resolución 0-0467 del 6 de junio de 202211, en la que se nombra al doctor Hernán Suárez Delgado como Fiscal Delegado ante la Corte
doctores Hernán Suárez Delgado y José Gilberto Zuluaga Ocampo.
-Resolución 0-0467 del 6 de junio de 202211, en la que se nombra al doctor Hernán Suárez Delgado como Fiscal Delegado ante la Corte Suprema de Justicia y acta de posesión No. 0853 del 8 de junio de 202212.
-Resolución 0-3348 del 13 de septiembre de 201313, en la que se nombra al doctor Jo sé Gilberto Zuluaga Ocampo como Fiscal Auxiliar Delegado ante la Corte Suprema de Justicia y acta de posesión No. 000587 del 18 de septiembre de 201314.
-Diligencia de inspección judicial llevada a cabo el 2 de agosto de 202415 por la Magistrada auxiliar comisionada, del despacho en las instalaciones de la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia.
-A través de correo electrónico del 1 de agosto de 202416, la doctora Luz Marina Barriga Torres, Asistente de la Fiscalía 4 Delegada ante la Corte Suprema de Justicia , remitió copia de las estadísticas de producción laboral, correspondientes al despacho de los doctores Hernán Suárez Delgado y José Gilberto Zuluaga Ocampo, para el interregno procesal comprendido entre mayo de 2022 hasta abril de 2023 y, el control de audiencias para el mismo período de tiempo.
11 Archivo digital titulado “27 Salarios-CalidadesySituacionesAdministrativas, SUAREZ DELGADO” 12 Cargo que ostentó hasta el 03 de mayo de 2024 . Adicionalmente, de acuerdo a las novedades reportados en su extracto laboral, se evidencia que antes del 8 de junio de 2022 también fungía como Fiscal Delegado ante la Corte Suprema de Justicia
12 Cargo que ostentó hasta el 03 de mayo de 2024 . Adicionalmente, de acuerdo a las novedades reportados en su extracto laboral, se evidencia que antes del 8 de junio de 2022 también fungía como Fiscal Delegado ante la Corte Suprema de Justicia 13 Archivo digital titulado “27 Salarios-CalidadesySituacionesAdministrativas, ZULUAGA OCAMPO” 14 Retirado de la entidad por pensión de jubilación a partir del 30 de abril de 2023 15 Archivo digital titulado “32 CUMPLIDA COMISION” 16 Archivo digital titulado “33 RtaParcialOficioSj32959.GABD-AnexosyEstadisticas”República de Colombia Rama Judicial
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Así mismo, allegó copia de la Resolución No. 00/118 del 30 de agosto de 2022 por medio de la cual se asignó “ como Fiscal 16 del Grupo de Tareas Especiales para el caso Odebrecht, a la doctora FLOR ALBA TORRES RODRIGUEZ – Fiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia, y a la Fiscalía 17, al doctor HERNAN SUAREZ DELGADO, Fiscal Delegado ante la Corte Suprema de Justicia”.
Por último, adjuntó copia del oficio No. 085 del 26 de abril de 2023 a través del cual el doctor Hernán Suárez Delgado le distribuyó la noticia criminal No. 130016008779202100109 a la doctora Amanda Rodríguez
Por último, adjuntó copia del oficio No. 085 del 26 de abril de 2023 a través del cual el doctor Hernán Suárez Delgado le distribuyó la noticia criminal No. 130016008779202100109 a la doctora Amanda Rodríguez Velásquez como Fiscal de Apoyo, con el fin que evaluara el caso y le diera el impuls o procesal correspondiente, en coordinación con la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia.
-En oficio No. FDCSJ -10100 del 1 de agosto de 202 417, el doctor Ricardo Rafael Rivero como Fiscal Cuarto Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, complementó la respuesta anterior, e indicó que, “las investigaciones que adelanta la Unidad de Fiscalías delegadas ante la Corte Suprema de Justicia se dirigen contra aforados constitucionales y legales, lo que de por sí conlleva que en la mayoría de ellas se ventilen situaciones y hechos de importancia nacional o, por lo menos, regional. Además, también conoce de procesos asignados especialmente, mediante resolu ción, por la Fiscal General de la Nación atendiendo razones de complejidad e impacto nacional”.
Al efecto, citó las siguientes investigaciones tramitadas por el despacho en el período comprendido entre mayo de 2022 a abril de 2023:
17 Archivo digital titulado “36 NvaRtaOficioSj32959.InformeFiscalia4DelegadaAntelaCorte”República de Colombia Rama Judicial
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Radicado Asignación Investigado Delito Actuaciones o salidas 110016000102202100220 19/08/2021 Vice Fiscal General de la Nación Prevaricato por omisión Archivo 5/12/2023 110016000102202202419 13/03/2018 Ex Gobernador de Amazonas Contrato sin cumplimiento de requisitos legales Imputación 20/10/2022
Escrito de acusación 16/01/2023 110016000102202202753 27/09/2019 Ex Gobernador de Amazonas Contrato sin cumplimiento de requisitos legales Imputación 2/10/2022
Escrito de acusación 25/07/2023 110016000102201200551 16/01/2017 Brigadier General de la Policía Nacional Fraude Procesal y Favorecimiento Imputación 12/11/2022
Escrito de acusación 8/02/2022
Audiencia de acusación 6/02/2023 110016000102201900343 27/09/2019 Ex Gobernador del Cesar Contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado Imputación 5/07/2022
Escrito de acusación 26/10/2022
Audiencia de acusación 10/10/2023
cumplimiento de requisitos legales y peculado Imputación 5/07/2022
Escrito de acusación 26/10/2022
Audiencia de acusación 10/10/2023 761476000000202200032 26/10/2022 Magistrado Sala Civil Familia de Barranquilla Demanda de explotación sexual de menor de 18 años Imputación 21/06/2023
Escrito de acusación 25/07/2023
Gráfica transliterada. Procesos complejos o de connotación nacional.
Además, certificó que la planta de personal con que contaba la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia era 1 Fiscal Delegado, 1 Fiscal auxiliar, 5 Fiscales de apoyo y 2 asistentes.
Finalmente, manifestó “según lo que informan algunos funcionarios del despacho, la razón por la que el entonces Fiscal Delegado modificó la asignación de la indagación fue que el fiscal auxiliar José Gilberto Zuluaga Ocampo se retiró de la institución por cumplir requisitos deRepública de Colombia Rama Judicial
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pensión de jubilación. Se remite el oficio mediante el cual se asignó la indagación a la fiscal de apoyo Amanda Rodríguez Velásquez”.
-Se incorporaron los certificados de antecedentes disciplinarios de los
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pensión de jubilación. Se remite el oficio mediante el cual se asignó la indagación a la fiscal de apoyo Amanda Rodríguez Velásquez”.
-Se incorporaron los certificados de antecedentes disciplinarios de los aquí implicados, expedidos por la Procuraduría General de la Nación18 y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial 19, donde no constan anotaciones.
-Mediante constancia secretarial del 13 de agosto de 2024 20, el doctor William Moreno Moreno, Secretario Judicial de esta Corporación, indicó que, revisado el sistema de gestión siglo XXI, no cursan ni han cursado otras actuaciones relacionados con estos hechos.
-En memorial del 13 de agosto de 2024 21, el doctor José Gilberto Zuluaga Ocampo se pronunció frente a la apertura de investigación disciplinaria, e indicó:
“(…) 3. En cuanto a los hechos se me pide una versión, la cual manifiesto desde ya, habida cuenta que resido fuera de Bogotá, por cuanto desde el 1 de marzo de 2023 me retiré a disfrutar de la pensión de vejez: en el presente caso, con todo respeto no considero que se presente una demora en el trámite de la investigación seguida contra el señor DUMEK TURBAY, si se tiene en cuenta la fecha en que fue instaurada la queja, la fecha de recepción en la Unidad de Fiscalías ante la Corte Suprema de Justicia, la fecha en que esta unidad la asignó a la Fiscalía Cuarta de dicha unidad, de la cual el suscrito fungió como Fiscal Auxiliar
18 Archivo digital titulado “38 CertificadosAntecedentesDisciplinariosProcuraduria”
Justicia, la fecha en que esta unidad la asignó a la Fiscalía Cuarta de dicha unidad, de la cual el suscrito fungió como Fiscal Auxiliar
18 Archivo digital titulado “38 CertificadosAntecedentesDisciplinariosProcuraduria” 19 Archivo digital titulado “37 CertificadosAntecedentesDisciplinario_CNDJ” 20 Archivo digital titulado “40 Cursan” 21 Archivo digital titulado “39 MemorialDrJoseGilbertoZuluagaOcampo”República de Colombia Rama Judicial
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hasta el último día de abril de 2023, la fecha en que se me asignó, la fecha en que se elaboró el programa metodológico, lo cual antecedió la escogencia de un investigador de Policía Judicial asignado al despacho, que por su carga laboral y por su perfil pudiera asumir la investigación, el señor OSCAR FLOREZ, quien inició la investigación y recolección de evidencias, en ejecución de las órdenes de Policía Judicial que se le expidieron, a lo cual se suma que se había tratado de abordar un investigador perito ingeniero civil o arquitecto para asignarle estudio técnico de las obras ejecutadas y que eran objeto de la investigación, en la que se nos manifestó verbalmente que antes de 3 meses el ingeniero civil no podía asumir nuevas investigaciones por su considerable cantidad de trabajo. Conjuntamente con el investigador OSCAR FLOREZ, seguimos con la inv estigación sin ninguna interrupción hasta el momento de mi retiro. (…)” (sic)
no podía asumir nuevas investigaciones por su considerable cantidad de trabajo. Conjuntamente con el investigador OSCAR FLOREZ, seguimos con la inv estigación sin ninguna interrupción hasta el momento de mi retiro. (…)” (sic)
CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN
Competencia. Esta Sala Dual de Instrucción es competente para instruir en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los Fiscales Delegados ante la Corte Suprema de Justicia, no sin antes dejarse por sentado que la anterior competencia deviene de conformidad con lo estab lecido en el artículo 257A de la Constitución Política de Colombia, lo señalado en los preceptos 112 modificado por el canon 56 de la Ley 2430 de 2024 (numeral 3º) y 116 de la Ley 270 de 1996 adicionado por el artículo 59 de la Ley 2430 de 2024, 2° (inciso 6°) y 240 de la Ley 1952 de 2019, modificados por las reglas 1ª y 62 de la Ley 2094 de 2021, respectivamente , y el canon 1°República de Colombia Rama Judicial
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del Acuerdo No. 85 de 9 de agosto de 2022 expedido por esta Corporación22. Del caso concreto. La situación fáctica que fundó la queja presentada por el señor Ángel Mier Blanquicet se circunscribe a la presunta mora
Corporación22. Del caso concreto. La situación fáctica que fundó la queja presentada por el señor Ángel Mier Blanquicet se circunscribe a la presunta mora por parte de la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia para impulsar la investigación promovida en contra del señor Dumek Turbay Paz por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, radicada bajo el CUI 130016008779202100109.
En este punto y, previo a adentrarnos en evaluar si la conducta de los aquí implicados , se adec úa a lo seña lado por la ley como falta disciplinaria, es importante precisar que, en el proceso penal acusatorio, regido bajo la Ley 906 de 2004, existen dos grandes etapas en la estructura del procedimiento: i) la investigación, que a su vez tiene dos escenarios, la indagación y la investigación formal, esta última que comienza con la formulación de imputación hasta la presentación del escrito de acusación ante el juez de conocimiento, fase que es controlada por la Fiscalía G eneral de la Nación, según lo indica el artículo 250 de la Constitución Política; y ii) el juicio, la cual, conforme lo establece el libro III del Código de Procedimiento Penal, se integra por las audiencias de formulación de acusación, preparatoria, juicio oral y fijación de sentencia.
Lo anterio r, permite aseverar que, como se evidencia en el asunto objeto de inconformidad, en el primer escenario propuesto, el delegado de la Fiscalía General de la Nación tiene el deber de llevar a cabo diferentes averiguaciones respecto de los hechos jurídicament e
objeto de inconformidad, en el primer escenario propuesto, el delegado de la Fiscalía General de la Nación tiene el deber de llevar a cabo diferentes averiguaciones respecto de los hechos jurídicament e
22 “Mediante el cual se establece el mecanismo de conformación de las Salas de decisión de primera instancia, segunda instancia y doble conformidad de los procesos de competencia exclusiva de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial de conformidad con las Leyes 1952 de 2019 y 2094 de 2021”.República de Colombia Rama Judicial
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relevantes a fin de establecer si existen motivos y situaciones fácticas que permitan concluir que, en efecto, pudiese existir un delito, lo que significaría entonces que habrá de acudir ante la entidad juzgadora competente para dar inicio a la investigación formal o, por el contrario, ordenar el archivo de las diligencias.
Para ello, conforme lo establece el parágrafo del artículo 175 del Código de Procedimiento Penal, existe un término máximo, a saber:
“ARTÍCULO 175. Duración de los procedimientos. (…)
PARÁGRAFO 1. La Fiscalía tendrá un término máximo de dos años contados a partir de la recepción de la noticia criminis para formular imputación u ordenar motivadamente el archivo de la indagación. Este término máximo será de tres años cuando se presente concurso de delitos , o cuando sean tres o más los imputados. Cuando se trate de investigaciones por delitos que sean
formular imputación u ordenar motivadamente el archivo de la indagación. Este término máximo será de tres años cuando se presente concurso de delitos , o cuando sean tres o más los imputados. Cuando se trate de investigaciones por delitos que sean de competencia de los jueces penales del circuito especializado el termino máximo será de cinco años.” (Negrilla fuera de texto).
Decantado lo anterior, procede esta Comisión a efectuar un análisis de lo actuado al interior de la investigación penal No. 130016008779202100109 de cara a la inspección judicial practicada 23, para que, a partir de ello, se pueda establecer la ocurrencia o no de la superación del término precitado como pasa a verse:
Fecha de la Actuación Fecha de la Actuación Despacho Encargado o quien suscribe Detalle o Actuación adoptada 18/5/2022 20/5/2022 recibido en el despacho
Se asignó la investigación a la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia24, proveniente de la Fiscalía 53 Seccional de Cartagena. 24/5/2022 Doctor Hernán Suárez Delgado, Orden a Policía Judicial, tendiente a obtener
23 Archivo digital titulado “32 CUMPLIDA COMISION” 24 Carpeta No. 1, folios 24 y 25República de Colombia Rama Judicial
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Fiscal 4º Delegado
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Fiscal 4º Delegado Ante la Corte Suprema de Justicia documentos y una entrevista, para lo cual se dio un término de 45 días.25 13/9/2022 Recibido 14/9/2022 Investigador de campo Informe de investigador de campo26, que da cuenta del cumplimiento a la OPJ del 24/5/2022. 27/9/2022 Doctor Hernán Suárez Delgado, Fiscal 4º Delegado Ante la Corte Suprema de Justicia Orden a Policía Judicial, en la que se requiere un análisis contractual de cara a las pruebas recaudadas, para lo cual se otorgó un término de 60 días.27 2/3/2023 Recibido 3/3/2023 Investigador de campo Informe de investigador de campo28, que da cuenta del cumplimiento a la OPJ del 27/9/2022. 22/3/2023 Doctor Hernán Suárez Delgado, Fiscal 4º Delegado Ante la Corte Suprema de Justicia Orden a Policía Judicial, en la que se ordenan 5 entrevistas, para lo cual se otorgó un término de 60 días.29 26/4/2023 Doctor Hernán Suárez Delgado, Fiscal 4º Delegado Ante la Corte Suprema de Justicia Se asigna el proceso a la Fiscal de apoyo Amanda
días.29 26/4/2023 Doctor Hernán Suárez Delgado, Fiscal 4º Delegado Ante la Corte Suprema de Justicia Se asigna el proceso a la Fiscal de apoyo Amanda Rodríguez Velásquez.30 16/11/2023 Óscar Alberto Flórez Forero, servidor de Policía Judicial Solicitó ampliar el término en 17 días para dar cumplimiento a la OAP del 22/3/2023.31 Visto bueno por parte del doctor Suárez Delgado. 4/12/2023 Investigador de campo Informe de investigador de campo32, que da cuenta del cumplimiento a la OPJ del 22/3/2023. 12/12/2023 Doctor Hernán Suárez Delgado, Fiscal 4º Delegado Ante la Corte Suprema de Justicia Orden a Policía Judicial, en la que se requiere la obtención de documentos y el análisis para el esclarecimiento de los hechos, para lo cual se otorgó un término de 180 días.33 12/12/2023 Doctor Hernán Suárez Delgado, Fiscal 4º Delegado Ante la Corte Suprema de Justicia Orden a Policía Judicial, en la que solicitó análisis financiero y contable, para lo cual se otorgó un término de 180 días.34 23/1/2024 Doctor Hernán Suárez Delgado, Fiscal 4º Delegado Ante la Corte Suprema de Justicia Compulsa de copias a la Unidad de Administración Pública de la Seccional Bolívar, para que se
Doctor Hernán Suárez Delgado, Fiscal 4º Delegado Ante la Corte Suprema de Justicia Compulsa de copias a la Unidad de Administración Pública de la Seccional Bolívar, para que se investigue al Secretario
25 Carpeta No. 1, folio 41 26 Carpeta No. 1, folios 57 a 113 27 Carpeta No. 1, folio 114 28 Carpeta No. 1, folios 118 a 209 29 Carpeta No. 1, folio 210 30 Carpeta No. 1, folio 222 31 Carpeta No. 1, folio 251 32 Carpeta No. 1, folios 252 a 300 y Carpeta No. 2, folios 301 a 337, al cual se anexó cuaderno con 192 folios, que obra del folio 338 a 531 y cuaderno con 36 folios que obra del folio 532 a 568 33 Carpeta No. 2, folio 569 34 Carpeta No. 2, folio 571República de Colombia Rama Judicial
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL
M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS
Radicación No. 11001080200020230135300
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
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General de la Gobernación de Bolívar y al representante legal del Consorcio Aguamar.35 5/4/2024 Doctor Hernán Suárez Delgado, Fiscal 4º Delegado Ante la Corte Suprema de Justicia Constancia donde se indicó: “en estos momentos están pendientes de respuesta a las órdenes de policía judicial
Doctor Hernán Suárez Delgado, Fiscal 4º Delegado Ante la Corte Suprema de Justicia Constancia donde se indicó: “en estos momentos están pendientes de respuesta a las órdenes de policía judicial teniendo en cuenta que conforme a manifestación del Ingeniero Civil, cuenta con un alto cúmulo de órdenes a policía judicial debido a que es el único servidor que cuenta con estudios en recursos hidráulicos”. 7/6/2024 Recibido 14/6/2024 Servidor Luis Alberto Rodríguez Casallas Informe de investigador de campo36, que da cuenta del cumplimiento a la OPJ del 12/12/2023.
De conformidad con lo anterior, es preciso indicar que luego de su radicación, la investigación penal No. 130016008779202100109 fue asignada el 20 de mayo de 2022 a la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, data en la cual, ostentaba la titularidad del despacho el doctor Hernán Suárez Delgado37. A contin
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